Artículo 6°: Apruébense los siguientes Egresos Ordinarios y
Extraordinarios del Poder Judicial, para el Ejercicio Económico del 2023.
(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido y tipo de formato
consulta el Alcance Digital N° 267 a La gaceta N° 235 del
9 de diciembre de 2022, tomo V)
(Modificado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43872 del 16 de
enero de 2023)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43943 del 23 de febrero de 2023)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43994 del 18 de abril del 2023)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44071 del 26 de mayo de 2023)
(Modificado
por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44085 del 21 de junio de 2023)
(Así reformado por el artículo 3° de la ley N° 10370 del 21 de julio del
2023)
(Modificado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44190 del 21 de
agosto de 2023)
(Modificado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 44223 del 27 de
setiembre del 2023)
(Así reformado por el artículo 2° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de
2023)
(Así reformado por el artículo 3° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de
2023)
(Modificado por el artículo 1°
del decreto ejecutivo N° 44253 del 13 de noviembre de 2023)
(Modificado por el artículo 1°
del decreto ejecutivo N° 44264 del 16 de noviembre de 2023)
(Así reformado por el artículo 1°
de la ley N° 10406 del 4 de diciembre del 2023)
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