ARTÍCULO 8:
Se autorizan las siguientes modificaciones presupuestarias:
1. Se
autoriza a la Municipalidad de Abangares para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 8562, código presupuestario 232 904 70104 231 280
2310 3412, por un monto de cuatro millones quinientos diez mil ciento cincuenta
y nueve colones (¢4 510 159), o el saldo que exista, destinada "Para la
construcción de un aula en la escuela la Sierra en el distrito Sierra", a
fin de que se utilicen para la remodelación del redondel de toros de Tres
Hermanos, distrito Sierra.
2. Se
autoriza a la Municipalidad de Abangares para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 9632, código presupuestario 232 904 70104 331
280 2310 3120, por un monto de dos millones cuatrocientos mil colones (¢2 400
000), o el saldo que exista, destinada a "Muro de contención salón comunal
de la comunidad de la Sierra, distrito la Sierra", a fin de que se utilice
para iluminación del salón multiuso de Tres Amigos, distrito Sierra.
3. Se
autoriza a la Municipalidad de Alvarado para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley 9632, código presupuestario 232 902 70104 384 001 2310
2151, por un monto de dos millones cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos
cincuenta y dos colones (¢2 488 652), o el saldo que exista, destinada a
"Continuación de acera de seguridad sobre Ruta 230 desde la escuela Vieja
hasta el cruce de los Cisneros, en la comunidad de Capellades,
distrito Capellades", a fin de que se utilice
para modernización del alcantarillado de los barrios centrales del distrito de Capellades.
4. Se
autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104 732
001 2310 2151, por un monto de cuatro millones de colones (¢4 000 000), o el
saldo que exista, destinada a "Compra de materiales para la construcción
de cunetas y aceras en el barrio el Colegio - Punta Plancha, distrito Buenos
Aires", a fin de que se utilice para la compra de equipo médico y compra
tanque para acondicionar jacuzzi, a favor del Hogar de Ancianos de
Buenos Aires, distrito Buenos Aires.
5. Se
autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las
siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9604, artículo 4,
inciso 13, por un monto de sesenta y dos millones ochocientos setenta y cinco
mil ciento cuarenta colones (¢62 875 140), o el saldo que exista, destinada a
la "Confección de basureros para el barrio Mena de Buenos Aires a
beneficio de la Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires".
. Ley 9289, código
presupuestario 232 905 70104 225 280 2310 3120, por un monto de cinco millones
cuatrocientos mil colones (¢5 400 000), o el saldo que exista, destinada a
"Mejoramiento (Construcción) del salón comunal barrio Las Lomas, distrito
Buenos Aires".
. Ley 9604, artículo 4,
inciso 5, por un monto de novecientos mil colones (¢900 000), o el saldo que
exista, destinada a la "Compra de instrumentos musicales para el templo católico
de San Pedro Apóstol, Buenos Aires".
. Ley 9411, código
presupuestario 232 905 70104 224 280 2310 3120, por un monto de seis millones
cuarenta y nueve mil doscientos noventa y seis colones (¢6 049 296), o el saldo
que exista, destinada a "Compra de sillas de ruedas y condensador de
oxígeno para el hogar de ancianos de Buenos Aires, distrito Buenos Aires".
. Ley 9411, código
presupuestario 232 905 70104 225 280 2310 3320, por un monto de cuatro millones
de colones (¢4 000 000), o el saldo que exista, destinada a "Reparaciones
varias al edificio emisora radio cultural de Buenos Aires, distrito Buenos
Aires".
. Ley 9019, código
presupuestario 232 905 70104 321 001 2310 3412, por un monto de tres millones
seiscientos mil colones (¢3 600 000), o el saldo que exista, destinada a
"Reparación escuela de Platanares, distrito Buenos Aires".
. Ley 9341, código
presupuestario 232 905 70104 219 280 2310 3340, por un monto de tres millones
ciento cincuenta mil colones (¢3 150 000), o el saldo que exista, destinada a
"Compra de materiales de construcción y suministros para el templo
católico de Veracruz, distrito Buenos Aires".
. Ley 9791, artículo 7,
inciso 28, por un monto de un millón ochocientos mil colones (¢1 800 000), o el
saldo que exista, destinada a la "Compra de equipo para la cocina de la
asociación de desarrollo indígena de Salitre, distrito Buenos Aires".
. Ley 9514, código
presupuestario 232 905 70104 731 001 2310 3230, por un monto de un millón de
colones (¢1 000 000), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
equipo, mobiliario e insumos para la Fundación Pro Clínica del Dolor y Cuidados
Paliativos, distrito Buenos Aires".
. Ley 9514, código
presupuestario 232 905 70104 733 001 2310 3120, por un monto de dos millones de
colones (¢2 000 000), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
mobiliario, equipo, utensilios, materiales y suministros de oficina para la
Asociación de Desarrollo Integral de Buenos Aires, distrito Buenos Aires".
. Ley 9514, código
presupuestario 232 905 70104 734 001 2310 3310, por un monto de cuatro millones
novecientos noventa y dos mil cuatrocientos
setenta y seis colones (¢4 992 476), o el saldo que exista, destinada a
"Construcción de zona recreativa Skate Park, en
el polideportivo de Buenos Aires, distrito Buenos Aires".
. Ley 9795, artículo 4, inciso
4, por un monto de cinco millones cuarenta y ocho mil quinientos sesenta y
cinco colones (¢5 048 565), o el saldo que exista, destinada a la
"Construcción de aceras a favor de la Asociación de Desarrollo Específica
del Barrio Mena".
. Ley 9791, código
presupuestario 232 905 70104 295 280 2310 2220, por un monto de dos millones
setecientos mil colones (¢2 700 000), o el saldo que exista, destinada a
"Compra y colocación de alcantarillas en la comunidad de Barrio Mena,
distrito Buenos Aires".
A fin de que se utilicen para la compra de mobiliario, equipo y
utensilios para uso en el salón comunal del barrio Lomas, distrito Buenos Aires.
6. Se autoriza a la Municipalidad de Cañas para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9514, código presupuestario 232 904
70104 267 280 2310 3120, por un monto de un millón seiscientos setenta mil
trescientos dos colones (¢1 670 302), o el saldo que exista, destinada a
"Compra de menaje para salón comunal de San Juan, distrito San
Miguel", a fin de que se utilice para compra de tubería para Asada de la
comunidad de Coco Lajas, distrito San Miguel.
7. Se autoriza a la Municipalidad de Cañas para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9632, código presupuestario 232 904
70104 301 280 2310 3120, por un monto de tres millones quinientos cincuenta y
cinco mil doscientos sesenta y seis colones (¢3 555 266), o el saldo que
exista, destinada a "Ampliación de la cocina del salón comunal de la
comunidad de San Juan, distrito San Miguel", a fin de que se utilice para la construcción de
camerinos en la comunidad de San Juan, distrito San Miguel.
8. Se
autoriza a la Municipalidad de Cañas para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley 9791, código presupuestario 232 904 70104 320 280 2310
3310, por un monto de cinco millones dieciséis mil novecientos veinticinco
colones (¢5 016 925), o el saldo que exista, destinada a "Proyecto de
instalación de malla perimetral en la plaza de fútbol de la comunidad de San
Miguel, distrito San Miguel", a fin de que se utilice para la remodelación
de camerinos y casetilla de la plaza de fútbol del distrito de San Miguel de
Cañas.
9. Se
autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de las siguientes
partidas presupuestarias:
. Ley 8691, código
presupuestario 232 905 70104 372 280 2310 2151, por un monto de tres millones
ochocientos noventa y cinco mil novecientos treinta y dos colones (¢3 895 932),
o el saldo que exista, destinada "para darle mantenimiento al camino Altos
de San Antonio, distrito Paso Canoas".
. Ley 8790, código
presupuestario 232 905 70104 332 280 2310 2151, por un monto de quince millones
de colones (¢15 000 000), o el saldo que exista, destinada "para reparar
las vías del barrio El Carmen, distrito Corredores".
. Ley 8790, código
presupuestario 232 905 70104 330 280 2310 2220, por un monto de diez millones
de colones (¢10 000 000), o el saldo que exista, destinada "para colocar
alcantarillas en el barrio La Fortuna de ciudad Neilly,
distrito Corredores".
? Ley
8790, código presupuestario 232 905 70104 328 280 2310 1350, por un monto de
once millones quinientos cuarenta y un mil seiscientos cincuenta colones (¢11
541 650), o el saldo que exista, destinada "para comprar hidrantes para la
ciudad de Neilly centro, distrito Corredores".
. Ley 8908, código
presupuestario 232 905 60104 367 1 1310 2220, por un monto de seis millones
ciento sesenta y nueve mil nueve colones (¢6 169 009), o el saldo que exista,
destinada a "Reparación y ampliación alcantarillado Barrio San Rafael,
distrito Corredor".
. Ley 8908, código
presupuestario 232 905 60104 364 1 1310 3412, por un monto de un millón
setecientos sesenta mil colones (¢1 760 000), o el saldo que exista, destinada
a "Reparaciones escuela La Fortuna, distrito Corredor".
. Ley 8908, código
presupuestario 232 905 70104 362 1 2310 3210, por un monto de tres millones
seiscientos mil colones (¢3 600 000), o el saldo que exista, destinada a
"Conclusión edificio Cruz Roja ciudad Neilly,
distrito Corredor".
. Ley 9019, código
presupuestario 232 905 70104 433 001 2310 3412, por un monto de cuatro millones
de colones (¢4 000 000), o el saldo que exista, destinada al
"Acondicionamiento de un aula para cómputo, escuela de Santa Marta,
distrito Corredor".
. Ley 9103, código
presupuestario 232 905 70104 660 001 2310 2220, por un monto de cuatro millones
de colones (¢4 000 000), o el saldo que exista, destinada "Para
alcantarillado del centro de la comunidad, Comité de caminos de barrio San
Rafael, distrito Corredor".
. Ley 9289, código
presupuestario 232 905 70104 325 280 2310 3120, por un monto de diez millones
trescientos cincuenta y cinco mil cincuenta y seis colones (¢10 355 056), o el
saldo que exista, destinada a "Construcción y equipamiento de local para
cocina comedor y oficina, Asociación Reciclando Esperanzas de Ciudadela 22
octubre del cantón de Corredores, distrito Corredores".
A fin de que se distribuyan de la siguiente manera:
. Para compra de play y máquinas de hacer ejercicios a la
intemperie en el distrito de Corredor, cuarenta y tres por ciento (43%).
. Para compra de materiales
para construcción de aceras en el centro de Ciudad Neily,
cincuenta y siete por ciento (57%).
10.Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9341, código presupuestario 232
905 70104 350 280 2310 3120, por un monto de tres millones cuatrocientos
sesenta y nueve mil ciento cuarenta y ocho colones (¢3 469 148), o el saldo que
exista, destinada a "Enmallado del cementerio de la comunidad de Colorado,
distrito Paso Canoas,", a fin de que se utilice para la construcción de
una batería sanitaria y compra de cerámica para la capilla de velación del
cementerio de Colorado de Paso Canoas.
11.Se autoriza a la Municipalidad de Escazú para que varíe el destino
de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9341, código
presupuestario 232 900 70104 217 280 2310 2151, por un monto de seis millones
trescientos cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta colones (¢6 345 940), o
el saldo que exista, destinada a "Mejoras en la Calle el Piano en San
Antonio de Escazú (125 mts lineales de base
estabilizadora y tratamiento de lastre superficial) en área de calle pública,
distrito San Antonio".
. Ley 9514 código
presupuestario 232 900 70104 218 280 2310 2210, por un monto de dos millones
novecientos sesenta y cinco mil seiscientos treinta y nueve colones (¢2 965
639), o el saldo que exista, destinada a "Instalación de contenedores
automatizados para controlar la gestión y recolección de desechos en las
comunidades de Calle los Mangos, Anonos, distrito San
Rafael".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 900 70104 217 280 2310 3120, por un monto de dos millones
novecientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta y nueve colones (¢2 933
479), o el saldo que exista, destinada a "Equipamiento del salón comunal de la
comunidad de Anonos (Adquisición de línea
blanca y equipo de cómputo), distrito San Rafael".
A fin de
que se utilicen de la siguiente manera:
. Cincuenta por ciento
(50%) se gire a la Junta de Educación de la escuela de Guachipelín,
para compra de implementos deportivos.
. Cincuenta por ciento
(50%) se gire a la Junta Administrativa IEGB Pbro. Yanuario
Quesada M. para dotar de materiales necesarios a la banda rítmica del IEGB Yanuario Quesada y la compra de implementos deportivos para
las clases de educación física.
12.Se
autoriza a la Municipalidad de Liberia para que varíe el destino de las
siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9193, código
presupuestario 232 904 70104 200 1 2310 2151, por un monto de dieciséis
millones doscientos setenta y siete mil trescientos noventa y cinco colones
(¢16 277 395), o el saldo que exista, destinada a "Construcción y
remodelación de puentes internos del distrito central de Liberia sector sur
(puente Santa Lucía y puente los Camarenos (Barrios
La Arena) y sector norte (puente que se ubica entre los barrios San Roque e
IMAS que sirve de paso para ingres".
. Ley 9411, código
presupuestario 232 904 70104 200 280 2310 2151, por un monto de quince
millones, ochocientos cincuenta y un mil, doscientos cincuenta y cinco colones
(¢15 851 255), o el saldo que exista, destinada a "Compra de materiales
para ampliar paso peatonal del puente Felipe Pérez Pérez,
distrito Liberia".
A fin de
que se utilicen para mejoras en la zona deportiva salón multiuso de barrio el
Capulín, distrito Liberia.
13.Se
autoriza a la Municipalidad de Poás para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9341, código presupuestario 232
901 70104 264 280 2310 3120, por un monto de un millón treinta y ocho mil
cuatrocientos cuarenta colones (¢1 038 440), o el saldo que exista, destinada a
"Mejoras en infraestructura del salón comunal de San Rafael de Poás, distrito San Rafael", a fin de que se utilice
para la contratación de operarios de construcción para obra pública en el
distrito de San Rafael de Poás.
14.Se
autoriza a la Municipalidad de Poás para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9411, código presupuestario 232
901 70104 272 280 2310 3120, por un monto de novecientos treinta y nueve mil
trescientos setenta y cinco colones (¢939 375), o el saldo que exista,
destinada a "Remodelación del salón comunal de San Rafael, distrito San
Rafael", a fin de que se utilice para alquiler de maquinaria pesada de backhoe para obra pública en el distrito San
Rafael de Poás.
15.Se
autoriza a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley 9385, artículo 5, inciso 29, por un monto de diez
millones de colones (¢10 000 000), o el saldo que exista, destinada a
"Compra de combustible para la Cruz Roja", a fin de que se utilice
para gastos operativos de la Cruz Roja Costarricense, comité auxiliar en
Santiago de Puriscal.
16. Se
autoriza a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley 9289, código presupuestario 232 900 70104 250 280 2310
2220, por un monto de cuatro millones ochocientos treinta y siete mil
ochocientos colones (¢4 837 800), o el saldo que exista, destinada a
"Construcción de pasos de alcantarilla en el camino Mastatal-
Zapatón, distrito Chires", a fin de que se
utilice para realización de un tratamiento superficial en la cuenca del Río
Negro sobre la ruta nacional 318.
17.Se
autoriza a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley 9514, código presupuestario 232 900 70104 248 280 2310
2220, por un monto de un millón ochocientos setenta y dos mil quinientos
cincuenta y dos colones (¢1 872 552), o el saldo que exista, destinada a
"Reparar un paso de alcantarilla en la carretera a Bajo Badilla, distrito
Santiago", a fin de que se utilice para la compra de cámaras de seguridad
para que sean colocadas en puntos estratégicos de Santiago.
18.Se
autoriza a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley 9019, código presupuestario 232 900 70104 340 001 2310
2151, por un monto de dos millones ciento noventa y siete mil seiscientos
cuarenta colones (¢2 197 640), o el saldo que exista, destinada a
"Continuación de muro de retención en el camino Grifo Alto, el Poro
contiguo a plaza de deportes, distrito Grifo Alto", a fin de que se
utilice para la construcción de losa de concreto antigua calle Grifo Alto,
desde la ruta 137 hacia tanque de agua de la Asada.
19.Se
autoriza a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley 9019, código presupuestario 232 900 70104 229 280 2310
2151, por un monto de siete millones novecientos ochenta y tres mil quinientos
sesenta y siete colones (¢7 983 567), o el saldo que exista, destinada
"Para mejorar las obras de drenaje y construir un muro de retención en la
calle Junquillo Arriba-Mercedes Norte, distrito Mercedes Sur", a fin de
que se utilice para la compra de gaviones, para hacer un muro en la cancha
sintética de Mercedes Norte.
20.Se
autoriza a la Municipalidad de San Isidro para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 9791, código presupuestario 232 903 70104 283
280 2310 2220, por un monto de tres millones cuarenta y seis mil sesenta
colones (¢3 046 060), o el saldo que exista, destinada a "Proyecto para
adecuación de cunetas frente a parroquia de la comunidad de San Isidro,
distrito San Isidro", a fin de que se utilice para proyecto para
adecuación de cunetas al costado sur del templo católico, distrito San Isidro.
21.Se
autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 8790, código presupuestario 232 902 70104 272
280 2310 3310, por un monto de un millón seiscientos mil colones (¢1 600 000),
o el saldo que exista, destinada "Para construir la I etapa de la cancha multiusos
Los Olivos de Azul, distrito La Isabel", a fin de que se utilice para
mejoras en el parque y mobiliario de deporte y recreación Los Olivos.
22.Se
autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 9604, artículo 4, inciso 33, por un monto de
un millón doscientos cinco mil setecientos sesenta y seis colones (¢1 205 766),
o el saldo que exista, destinada a "Construir primer etapa cancha multiuso
en parque de Torrealba, distrito La Isabel", a fin de que se utilice para
construir, comprar los materiales para una tapia en el salón comunal de la
comunidad de Torrealba.
23.Se
autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 9514, código presupuestario 232 902 70104 285
280 2310 3310, por un monto de dos millones novecientos ochenta y cuatro mil
seiscientos setenta y tres colones (¢2 984 673), o el saldo que exista,
destinada a "Construcciones, adiciones y mejoras para los camerinos de la plaza de fútbol de la
comunidad de Canada, distrito La Suiza", a fin
de que se utilicen para la construcción de canales revestidos tipo IV y la
construcción, adiciones y mejoras en el camino 03-05-007, distrito de La Suiza.
24.Se
autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 9632, código presupuestario 232 902 70104 301
280 2310 3310, por un monto de dos millones ochocientos dieciséis mil
trescientos setenta y dos colones (¢2 816 372), o el saldo que exista, destinada
a "Estructura y cubierta de techo cancha multiusos al costado norte de la
plaza de deportes en la comunidad de la Suiza centro, distrito la Suiza",
a fin de que se utilice para la construcción de canales revestidos tipo IV y la
construcción, adiciones y mejoras en el camino 03-05- 166, distrito de La Suiza.
25.Se
autoriza a la Municipalidad de Pococí para que varíe
el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 8627, código presupuestario
232 906 70104 650 280 2310 2151, por un monto de seiscientos cuarenta mil
colones (¢640 000), o el saldo que exista, destinada "Para reparaciones en
el puente sobre la calle ramal el Peligro, distrito Rita."
. Ley 8790, código
presupuestario 232 906 70104 250 280 2310 3120, por un monto de dos millones
cuatrocientos mil colones (¢2 400 000), o el saldo que exista, destinada
"Para comprar radios de comunicación para mejorar la comunicación de las
comunidades del distrito Rita."
. Ley 9341, código
presupuestario 232 906 70104 253 280 2310 3120, por un monto de cuatro millones
de colones (¢4 000 000), o el saldo que exista, destinada a "Enmallado
perimetral del hogar Ángel de Amor, distrito La Rita".
. Ley 9411, código
presupuestario 232 906 70104 229 280 2310 3310, por un monto de cuatrocientos
mil colones (¢400 000), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras a los
camerinos de la cancha de fútbol de el Patio de San
Cristóbal, distrito Rita".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 906 70104 251 280 2310 2151, por un monto de setecientos
ochenta y cinco mil ciento noventa y seis colones (¢785 196), o el saldo que
exista, destinada "Para proyecto de rotulación de calles en la comunidad
de Iztarú y el Patio, distrito la Rita".
A fin de
que se utilicen para mejoras parque central de la comunidad de La Rita,
distrito La Rita.
26.Se
autoriza a la Municipalidad de Pococí para que varíe
el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 8627, código
presupuestario 232 906 70104 651 280 2310 2151, por un monto de ochocientos mil
colones (¢800 000), o el saldo que exista, destinada "Para reparaciones en
el puente sobre la calle ramal el Gobierno, distrito Rita."
. Ley 8691 código
presupuestario 232 906 70104 270 280 2310 3120, por un monto de dos millones
cuatrocientos mil colones (¢2 400 000), o el saldo que exista, destinada
"Para la compra de una máquina para hacer block en la comunidad El Indio,
distrito Rita".
. Ley 9411, código
presupuestario 232 906 70104 227 280 2310 3120, por un monto de cuatrocientos
mil colones (¢400 000), o el saldo que exista, destinada a "Construcción
de salón comunal en Iztarú, distrito Rita".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 906 70104 248 280 2310 3120, por un monto de un millón
quinientos setenta mil trescientos noventa y un colones (¢1 570 391), o el
saldo que exista, destinada a "Mejoras salón comunal de la comunidad de
San Gerardo, distrito La Rita".
A fin de
que se utilicen para proyecto mejoras en el sistema de drenaje, distrito La
Rita.
27.Se autoriza
a la Municipalidad de Pococí para que varíe el
destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9514, código
presupuestario 232 906 70104 251 280 2310 3120, por un monto de tres millones
ciento sesenta y seis mil ochocientos ochenta y nueve colones (¢3 166 889), o
el saldo que exista, destinada a "Remodelación de la casa policial de San
Rafael para oficina consejo de distrito, distrito La Colonia".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 906 70104 258 280 2310 3120, por un monto de dos millones
diecinueve mil trescientos ocho colones (¢2 019 308), o el saldo que exista,
destinada a "II etapa remodelación de la casa policial para la oficina del
concejo de distrito en la comunidad de San Rafael, distrito Colonia".
A fin de
que se utilicen para proyecto de construcción de la oficina del concejo de
distrito y Asociación de Desarrollo San Rafael en la Casa de La Cultura,
distrito La Colonia.
28.Se
autoriza a la Municipalidad de Pococí para que varíe
el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley
8790, código presupuestario 232 906 70104 235 280 2310 3120, por un monto de
cuatro millones de colones (¢4 000 000), o el saldo que exista, destinada
"Para comprar lote y construir bóveda para el cementerio de Guápiles,
distrito Guápiles".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 906 70104 241 280 2310 2151, por un monto de dos millones
cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos ochenta y nueve colones (¢2 439
889), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras boulevard en la
comunidad de Guápiles, distrito Guápiles".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 906 70104 243 280 2310 3310, por un monto de cuatrocientos
mil colones (¢400 000), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras
infraestructura gimnasio en la comunidad de Toro Amarillo, distrito
Guápiles".
. Ley 9791, código
presupuestario 232 906 70104 256 280 2310 3310, por un monto de un millón
doscientos mil colones (¢1 200 000), o el saldo que exista, destinada a
"Mejoras en el gimnasio de la comunidad de Garabito, distrito
Guápiles".
. Ley 9791, código
presupuestario 232 906 70104 260 280 2310 3120, por un monto de doscientos
cuarenta mil colones (¢240 000), o el saldo que exista, destinada a
"Equipamiento de mobiliario para la sala de capacitaciones de la Unión
Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Pococí,
distrito Guápiles".
. Ley 9791, código
presupuestario 232 906 70104 261 280 2310 2151, por un monto de cuatrocientos
mil colones (¢400 000), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras
infraestructura vial y fluvial, en la periferia de la escuela La Guaria,
distrito Guápiles".
. Ley 9791, código
presupuestario 232 906 70104 250 280 2310 2151, por un monto de ciento sesenta
mil colones (¢160 000), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras
infraestructura vial y fluvial en la comunidad de Bovinos, distrito
Guápiles".
A fin de
que se utilicen para proyectos mejoras a la infraestructura parque de Toro
Amarillo, distrito Guápiles.
29.Se
autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las
siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9791, artículo 8,
inciso 22, por un monto de veintisiete millones ochocientos noventa y un mil
ochocientos cuarenta y cuatro colones (¢27 891 844), o el saldo que exista,
destinada "Para mejoramiento de la infraestructura de la cancha multiuso
de Santa Marta.
. Ley 9791, artículo 8,
inciso 26, por un monto de cuatro millones cuatrocientos dieciocho mil
novecientos un colones (¢4 418 901), o el saldo que exista, destinada a
"Mallado perimetral y enverjado del lote donde está construido el templo
católico del Socorro. Distrito Brunka".
. Ley 9791, artículo 8,
inciso 25, por un monto de dos millones seiscientos veintidós mil veinticuatro
colones (¢2 622 024), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de
aceras en la comunidad de Santa Rosa, distrito Brunka".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 905 70104 283 280 2310 3120, por un monto de un millón
seiscientos noventa y cinco mil setecientos veinticuatro colones (¢1 695 724),
o el saldo que exista, destinada a "Mejoras y construcción de rampa en la
casa del adulto mayor y personas con discapacidad de la comunidad de Santa
Marta, distrito Brunka".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 905 70104 285 280 2310 3340, por un monto de un millón
trescientos cincuenta mil colones (¢1 350 000), o el saldo que exista,
destinada a "II etapa de construcción de la cocina del templo católico de
la comunidad de Guadalajara, distrito Brunka,".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 905 70104 286 280 2310 3120, por un monto de un millón trescientos
cincuenta mil colones (¢1 350 000), o el saldo que exista, destinada a "II
etapa de construcción del muro de contención del salón comunal de la comunidad
de Guadalajara, distrito Brunka,".
. Ley 9711, artículo 4,
inciso 20, por un monto de treinta y tres millones doscientos veinticuatro mil
ciento setenta colones (¢33 224 170), o el saldo que exista, destinada a
"Compra de equipo de audio, cómputo y musical para la iglesia católica de
Llano Bonito, distrito Brunka".
. Ley 9461, artículo 4,
inciso 26, por un monto de siete millones doscientos mil trescientos setenta y
un colones (¢7 200 371), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
materiales para la construcción de aceras en la calle principal de Santa
Marta".
. Ley 9289, código
presupuestario 232 905 70104 247 280 2310 3120, por un monto de siete millones
novecientos noventa y tres mil trescientos ochenta y cinco colones (¢7 993
385), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de cocina, compra
de equipo de cocina para el concejo pastoral de Cañas, distrito Brunka".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 905 70104 284 280 2310 3120, por un monto de novecientos mil
colones (¢900 000), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
mobiliario para el salón comunal de la comunidad de el socorro, distrito Brunka".
. Ley 9791, código
presupuestario 232 905 70104 316 280 2310 3120, por un monto de un millón
doscientos cincuenta y un mil ciento ochenta colones (¢1 251 180), o el saldo
que exista, destinada a "Compra de equipo de audio y amplificación para el
concejo pastoral de la comunidad de Santa Marta, distrito Brunka".
. Ley 9791, código
presupuestario 232 905 70104 315 280 2310 3120, por un monto de dos millones setecientos
diecisiete mil noventa y cinco colones (¢2 717 095), o el saldo que exista,
destinada a "compra de equipo y mobiliario para la asociación de
desarrollo integral de la comunidad de Santa Marta, distrito Brunka".
A fin de
que se utilicen para la compra de equipo de audio, musical, de cocina y
audiovisual a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Marta.
30.Se
autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de las
siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9632, código
presupuestario 232 905 70104 271 280 2310 3230, por un monto de un millón
trescientos cincuenta mil colones (¢1 350 000), o el saldo que exista,
destinada "Para proyecto de instalación de malla perimetral para la casa
de salud de la comunidad de Ceibón, distrito Pilas".
. Ley 9632, código
presupuestario 232 905 70104 273 280 2310 3230, por un monto de dos millones
setecientos mil colones (¢2 700 000), o el saldo que exista, destinada a
"Mejoras en la casa de salud de la comunidad de Concepción, distrito
Pilas".
. Ley 9791, artículo 8,
inciso 9, por un monto de treinta y siete millones cuatrocientos setenta mil
cuatrocientos setenta y dos colones (¢37 470 472), o el saldo que exista,
destinada a la "compra de equipo de audio para la Asociación de Desarrollo
Integral del Pilas, distrito Pilas."
? Ley
9791, artículo 8, inciso 10, por un monto de dos millones doscientos ochenta y
cinco mil setecientos setenta colones (¢2 285 770), o el saldo que exista,
destinada a "Compra de mobiliario, equipo de sonido, trastes de cocina y
sillas para el equipamiento quedando para beneficio de la iglesia Puerta del
Cielo, distrito Pilas".
. Ley 9019, código
presupuestario 232 905 70104 333 001 2310 3412, por un monto de cuatro millones
ciento noventa y ocho mil doscientos setenta colones (¢4 198 270), o el saldo
que exista, destinada a "Mejoras de la planta física de la escuela de la
comunidad de San Vicente de Granadinas, distrito Pilas,".
. Ley 9193, código
presupuestario 232 905 70104 232 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones
trescientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones (¢4 347
445), o el saldo que exista, destinada a "Techado de la cancha multiuso de
la escuela Concepción, distrito Pilas".
. Ley 9289, código
presupuestario 232 905 70104 238 280 2310 3410, por un monto de dos millones
setecientos mil colones (¢2 700 000), o el saldo que exista, destinada a
"Mejoras varias en la escuela la Tinta, distrito Pilas".
. Ley 9411, código
presupuestario 232 905 70104 244 280 2310 3230, por un monto de tres millones
novecientos cincuenta y siete mil quinientos cincuenta y dos colones (¢3 957
552), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de la casa de salud
de Ceibón, distrito Pilas".
. Ley 9461, artículo 4,
inciso 29, por un monto de cuatro millones quinientos mil colones (¢4 500 000),
o el saldo que exista, destinada al "Equipamiento de la cocina comunal de
la Asociación de Desarrollo Integral de Pilas".
. Ley 9604, artículo 4,
inciso 17, por un monto de cuatro millones cuarenta mil novecientos setenta y
cinco colones (¢4 040 975), o el saldo que exista, destinada a la
"Construcción de la I etapa del salón parroquial de Concepción de
Pilas".
. Ley 9604, artículo 4,
inciso 15, por un monto de cuatro millones trescientos cuarenta y siete mil
cuatrocientos cuarenta y cinco colones (¢4 347 445), o el saldo que exista,
destinada a la "Construcción de una cocina para el Consejo de
Evangelización de La Fortuna".
Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
756 001 2310 3340, por un monto de seis millones ciento cuarenta mil
setecientos treinta y siete colones (¢6 140 737), o el saldo que exista,
destinada a "Reconstrucción del templo católico de Santa Teresita,
distrito Pilas".
. Ley 9514, código
presupuestario 232 905 70104 309 280 2310 3340, por un monto de cuatro millones
ciento ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y tres colones (¢4 188 683), o el
saldo que exista, destinada a "Construcción de la cocina del templo
católico de la comunidad de Pilas, distrito Pilas".
A fin de
que se utilicen para la compra de equipo y audiovisual y mobiliario para uso en
el salón comunal de las Pilas, a beneficio de la Asociación de Desarrollo
Integral las Pilas, Buenos Aires.
31.Se
autoriza a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino de la partida
aprobada mediante la Ley 9632, código presupuestario 232 900 70104 276 280 2310
2151, por un monto de seiscientos cincuenta mil quinientos cuarenta y nueve
colones (¢650 549), o el saldo que exista, destinada a "Relastrado del camino Zapatón abajo El Rey en la comunidad
Bajo el
Rey, Distrito Chires", a fin de que se utilice
para la realización de un tratamiento superficial en la cuesta del Río Negro,
sobre la ruta nacional 318.
32.- Se autoriza al Instituto Costarricense del Deporte y la
Recreación (Icoder) para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 9289, código presupuestario
211-63000-70103-280-2310-3310-256, por un monto de dos mil ciento dieciséis
millones trescientos sesenta y tres mil colones con 00/100 (¢2.116.363.000,00),
o el saldo que exista, destinados a la iluminación de campos deportivos para
las canchas: Pacuare Viejo, Pueblo Nuevo, Bambuzal, Cangrejos, Santa Eduvigues,
Los Cocos, Cieneguita 2, Playa Paniagua, La Bomba, Roosevelt, Corales II, Asis Esna, Cieneguita, Pacuare Nuevo y Limoncito, para Rehabilitar el Parque Cariari (Área Recreativa Nacional Cariari)
para desarrollar en un área de significancia ecológica un sitio de recreación y
de apoyo a una educación que contribuya al entendimiento y responsabilidad con
el ambiente, en cumplimiento de los objetivos que establece la Ley 8725, a fin
de que se utilice para la construcción de tres gimnasios deportivos y
recreativos, el primero en el cantón de Siquirres, el
segundo en Limón cantón central y el tercero en el distrito de Bataan, en el
cantón de Matina, cada uno de ellos por un monto de
setecientos cinco millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trescientos
treinta tres colones con 33/100 (¢705454333,33), para un presupuesto total de
dos mil ciento dieciséis millones trescientos sesenta y tres mil colones con
00/100. Todos en terrenos correspondientes a propiedad municipal, los cuales
deberán cumplir con los criterios técnicos y legales, según lo establecido por
el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
33.- Se autoriza a la Municipalidad de Carrillo para
que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9514, código
presupuestario 232 904 70104 247 280 2310 3310, por un monto de trece millones
ciento veintiséis mil trescientos ochenta y un colones (¢13.126.381), o el
saldo que exista, destinada a "Entechado de Cancha Multiuso, Barrio lo
Jocotes, distrito de Filadelfia", a fin de que se utilicen para el
proyecto de mejoras del cementerio San Francisco, Barrio Los Jocotes, distrito
de Filadelfia, cantón de Carrillo, en beneficio de la zona y el aprovechamiento
de los recursos.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
34.- Se autoriza a la Municipalidad de Carrillo, para
que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9166, código
presupuestario 203 044 00 70104 280 2310 3110 393, por un monto de doscientos
setenta y cinco millones doscientos setenta y cinco mil colones (¢275.275.000)
o el saldo que exista, destinada a "Otorgar donaciones y ayudas para
reparaciones de viviendas reportadas a vecinos del cantón en ocasión de
Emergencia Nacional declarada por decreto No.37305-MP", a fin de que se
utilicen para el proyecto de construcción de paradas de buses en el cantón de
Carrillo, Guanacaste.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
35.- Se autoriza al Servicio Nacional de Aguas, Riego
y Avenamiento (Senara), para que varíe el destino de la partida aprobada
mediante la Ley 9341, código presupuestario 207 169 60103 001 1310 2121 230,
por un monto de ¢2.422.200.000,00 (dos mil cuatrocientos veintidós millones
doscientos mil colones sin céntimos), o el saldo que exista, destinados a
"cubrir el estudio de factibilidad del proyecto del "Sistema de
Abastecimiento de Agua para la cuenca media del río Tempisque y sus comunidades
costeras", por un monto de ¢ 1.022,2 millones, que se incluye en el
Programa Integral de Abastecimiento de Agua para Guanacaste (PIAGG), con la
siguiente distribución de recursos; - ¢380,7 millones, para el levantamiento
topográfico lidar, que consiste en un emisor que
dispara una serie de rayos que son refractados en la superficie, y a partir de
esa información y mediante un procesamiento computacional se obtiene un modelo
de elevación del terreno, por ello el resultado obtenido permitirá la realización
del trazo de toda la red de conducción y distribución a nivel del área del
proyecto. - ¢187,0 millones, realización de estudios de geofísica, pruebas
realizadas para determinar las características geotécnicas de un terreno, lo
que permitirá identificar entre otras cosas, las diferentes capas que conforman
el suelo (se requieren 85 perfiles geofísicos). -¢412,5 millones,
correspondientes para realizar los métodos de ensayo de penetración estándar
(pruebas spt), de las cuales son requeridas 375. - ¢42,0
millones, elaboración de trincheras para identificar de manera física y visual,
las características de las diferentes capas de suelo comprendidas en el área
del proyecto (se requieren 40 trincheras).
Adicionalmente a los estudios mencionados con anterioridad, se
incluyen ¢1.400,0 millones, con los siguientes propósitos. - ¢1.172,2 millones,
para cubrir el diseño técnico del embalse Río Piedras. - ¢227,8 para cubrir el
desarrollo del estudio de impacto ambiental. Todo lo anterior, según ley de
creación del Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento
(SENARA) no.6877 del 18/07/1983 y sus reformas)", a fin de que se utilicen
para la compra y/o expropiación de tierras del Proyecto de Abastecimiento de
Agua para la Cuenca Media del río Tempisque y Comunidades Costeras (Paacume).
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
36.- Se autoriza a la Municipalidad de Valverde Vega
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9019, código
presupuestario 203 044 70104 001 2310 3110 712, por un monto de ciento
veintidós millones ochocientos cincuenta mil colones (?122.850.000), o el saldo
que exista, destinados "Para otorgar donaciones y ayudas para reparaciones
de viviendas reportadas a vecinos del cantón en ocasión de emergencia nacional
declarada por decreto 37305-MP", a fin que se utilicen para adquirir
equipo destinado a garantizar la atención oportuna de emergencias que se
generen en el cantón de Sarchí.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
37.- Se autoriza a la Municipalidad de Bagaces para que varíe el destino de la partida aprobada
mediante la Ley 9385, artículo 5, inciso 26, por un monto de cuarenta y ocho
millones cuatrocientos seis mil dieciséis colones (¢48.406.016), o el saldo que
exista, destinada a "Culminación del salón multiusos y remodelación de la
cocina comunal del barrio Miravalles", a fin de que se utilice para el
gimnasio, distrito Fortuna.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
38.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9926, artículo 8, inciso 18, por un monto
de un millón doscientos cincuenta mil colones (¢1.250.000), o el saldo que
exista, destinados a "Compra de equipo de cómputo para el Liceo Académico
de Boruca",
. Ley 10035, artículo 5, inciso 29, por un monto
de tres millones quinientos treinta y dos mil doscientos veintinueve colones
(¢3.532.229), o el saldo que exista, destinados a "Mejoras varias al
templo católico de San Joaquín, distrito Boruca",
. Ley 9711, artículo 4, inciso 21, por un monto
de un millón doscientos cincuenta mil colones (¢1.250.000), o el saldo que
exista, destinados a "Compra de equipo de sonido e instrumentos musicales
para el templo cristiano de Boruca, distrito Boruca",
. Ley 9791, código presupuestario 232 905 70104
308 280 2310 3410, por un monto de dos millones doscientos sesenta y nueve mil
setenta y dos colones (¢2.269.072), o el saldo que exista, destinada a
"Construcción de sanitario y mejoras a la rampa de la escuela en la
comunidad de Ojo de Agua, distrito Boruca",
. Ley 9791, código presupuestario 232 905 70104
307 280 2310 3120, por un monto de dos millones doscientos sesenta y ocho mil
colones (¢2.268.000), o el saldo que exista, destinada a "Compra de equipo
de audio, cómputo y mobiliario para el concejo local de educción indígena,
distrito Boruca", A fin de que se utilicen para remodelación de muebles
como sillas y mesas de los Kabru Rocj,
distrito Boruca.
(Así adicionado el inciso 38)
anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370 del 21 de julio del 2023)
39.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9341, artículo 9, inciso 4, por un monto
de cuatro millones ciento setenta y ocho mil setecientos noventa y nueve
colones (¢4.178.799), o el saldo que exista, destinados a "Compra de
terreno para construcción del salón comunal de Cañas",
. Ley 9791, artículo 8, inciso 24, por un monto
de un millón trescientos cincuenta mil colones (¢1.350.000), o el saldo que
exista, destinada a "Compra de terreno para construcción del Salón comunal
de Cañas, distrito Brunka",
. Ley 10035, artículo 5, inciso 34, por un monto
de siete millones trescientos cincuenta y siete mil quinientos noventa y ocho
colones (¢7.357.598), o el saldo que exista, destinada a "Mejoramiento a
caminos varios en el distrito Brunka",
A fin de que se distribuyan de la siguiente
manera:
ü
Doce millones
seiscientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y siete colones
(¢12.646.397) para la construcción y el equipamiento de la cocina comunal de
Cañas, distrito Brunka.
ü
Doscientos cuarenta mil
colones (¢240.000) para compra de equipo de audio e instrumentos musicales para
la iglesia cristiana Árbol de Vida, en la comunidad de Llano Bonito, distrito
Brunka.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370 del
21 de julio del 2023)
40.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9926, artículo
8, inciso 21, por un monto de cinco millones cuatrocientos mil colones
(¢5.400.000), o el saldo que exista, destinados a "Compra de sillas de
ruedas y camas para la Fundación Pro Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos,
distrito Buenos Aires", a fin de que se utilicen para compra de bastones y
sillas de baño para la Fundación Pro Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos,
distrito Buenos Aires.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
41.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9791, 232 905
70104 299 280 2310 3120, por un monto de dos millones setecientos mil colones
(¢2.700.000), o el saldo que exista, destinada "Para proyectos de la
asociación de productoras y emprendedoras para el desarrollo del cantón
(ASOPROEMPRENDE) de la comunidad de Buenos Aires, distrito Buenos Aires",
a fin de que se distribuyan de la siguiente manera:
ü
Quinientos cincuenta mil
colones (¢550.000) para compra de equipo de cómputo para la Asociación de
Desarrollo Integral de Ceibo, distrito Buenos Aires.
ü
Novecientos treinta y un
mil colones (¢931.000) para compra de equipo de sonido, audio y visual para la
escuela el Ceibo, distrito Buenos Aires.
ü
Un millón doscientos
diecinueve mil colones (¢1.219.000) para mejoras al salón comunal de Barrio Las
Lomas, distrito Buenos Aires.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
42.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9411, artículo 8, inciso 2, por un monto
de dos millones doscientos ochenta y siete mil quinientos treinta y nueve
colones (¢2.287.539), o el saldo que exista, destinada "Para construcción
de cocina y obras varias dentro del salón comunal de Chánguena",
. Ley 9461, artículo 4, inciso 34, por un monto
de un millón ochocientos mil colones (¢1.800.000), o el saldo que exista,
destinada "Para mejoras de la cancha de fútbol cinco de la escuela de
Pilón, Chánguena",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
762 001 2310 3120, por un monto de cinco millones seiscientos cuarenta y cuatro
mil seiscientos setenta y nueve colones (¢5.644.679), o el saldo que exista,
destinada a "Construcción de la primera etapa del salón comunal de la
comunidad de Las Cruces, distrito Chánguena",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
764 001 2310 3230, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000), o el
saldo que exista, destinada a "Compra de equipo, mobiliario e insumos para
La Fundación Pro Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos, distrito Chánguena",
. Ley No 9711, artículo 4, inciso 15, por un
monto de diecinueve millones cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos trece
colones (¢19.466.513), o el saldo que exista, destinados a "Compra de
quinientos metros (500m) de manguera de poliducto para la Asada de Santa Lucía
(38,25%), Construcción de un aula para catequesis para el Consejo Pastoral de Chánguena (27,3%), Mejoras en la cancha de fútbol de
Quebrada Bonita (34,4%)",
. Ley 9632, código presupuestario 232 905 70104
276 280 2310 3340, por un monto de un millón seiscientos veinte mil colones
(¢1.620.000), o el saldo que exista, destinada "Para proyecto enmallado
del lote de la iglesia católica de la comunidad de San Luis, distrito para
"Compra de mobiliario para el salón de catequesis, distrito Chánguena",
. Ley 9632, código presupuestario 232 905 70104
278 280 2310 3310, por un monto de tres millones ochocientos setenta mil
novecientos noventa y dos colones (¢3.870.992), o el saldo que exista,
destinada a "Proyecto I etapa del redondel de la comunidad de la Bonga,
distrito Chánguena",
. Ley 9791, artículo 8, inciso 8, por un monto
de ochenta millones quinientos noventa y dos mil cuatrocientos sesenta y siete
colones (¢80.592.467), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
equipo y mobiliario para el salón comunal de Chánguena,
distrito Chángena"
. Ley 9791, código presupuestario 232 905 70104
312 280 2310 3120, por un monto de cinco millones cuatrocientos sesenta y seis
mil ochocientos treinta y nueve colones (¢5.466.839), o el saldo que exista,
destinada a "Construcción de cocina comunal en la comunidad de Santa
Lucía, distrito Chánguena", A fin de que se
utilicen para la compra de accesorios y equipo para la Asada de Santa Lucía,
distrito Chánguena.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
43.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 8790, código presupuestario 232 905 70104
244 280 2310 3120, por un monto de ocho millones de colones (¢8.000.000), o el
saldo que exista, destinada "Para construir la cocina comunal de
Filadelfia, distrito Colinas",
. Ley 9289, código presupuestario 232 905 70104
242 280 2310 3120, por un monto de dos millones doscientos cincuenta mil
colones (¢2.250.000), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
herramienta y equipo de trabajo (para realizar mejoras considerables en el
aspecto de la comunidad con mantenimiento en diferentes zonas y se puedan
llevar a cabo actividades para el desarrollo de la comunidad), para la
Asociación pequeños y medianos productores de Filadelfia de Colinas, distrito
Colinas,",
. Ley 9411, código presupuestario 232 905 70104
247 280 2310 3340, por un monto de dos millones doscientos mil colones
(¢2.200.000), o el saldo que exista, destinada a "Compra de mobiliario
para el salón de catequesis, distrito Colinas",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104 759
001 2310 3410, por un monto de dos millones quinientos mil colones
(¢2.500.000), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de la I
etapa de malla perimetral en la escuela los Ángeles, distrito Colinas",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
760 001 2310 3230, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000), o el
saldo que exista, destinada a "Compra de equipo, mobiliario e insumos para
la Fundación Pro Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Colinas, distrito
Colinas",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
761 001 2310 3340, por un monto de dos millones ochocientos noventa y ocho mil
cincuenta y dos colones (¢2.898.052), o el saldo que exista, destinada a
"I etapa de construcción de muro de contención, enmallado de rampa y
gradas para la iglesia La Virgen, Guagaral, distrito
Colinas",
. Ley No 9791, artículo 8, inciso 19, por un
monto de tres millones seiscientos mil colones (¢3.600.000), o el saldo que
exista, destinados a "Mejoras, ampliación y compra de equipo para la cocina
comunal de Filadelfia, distrito Colinas (56%), Mejoramiento del Ebais de Colinas, distrito Colinas (29%), Construcción de
la cocina comunal de la comunidad de Guagaral,
distrito Colinas (15%)",
. Ley 9791, artículo 8, inciso 18, por un monto
de cincuenta y siete millones quinientos ochenta y cinco mil quinientos
cuarenta y ocho colones (¢57.585.548), o el saldo que exista, destinada
"Para mejoramiento del Ebáis de Colinas,
distrito Colinas",
. Ley 9622, código presupuestario 232 905 70104
275 280 2310 3120, por un monto de dos millones novecientos setenta mil colones
(¢2.970.000), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras salón comunal en
la comunidad de Cedral, distrito Colinas",
. Ley 9791, código presupuestario 232 905 70104
310 280 2310 3120, por un monto de dos millones setecientos mil colones
(¢2.700.000), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de cocina
comunal en la comunidad de Mallal, distrito
Colinas",
A fin de que se utilicen para compra de pintura
para la escuela de Jalisco, distrito Colinas.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
44.- Se autoriza a la Municipalidad
de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la
Ley 9385, código presupuestario 232 905 70104 311 280 2310 2220, por un monto
de un millón ochocientos veinte mil seiscientos veintiocho colones
(¢1.820.628), o el saldo que exista, destinada a "Compra de alcantarillas
y materiales de construcción para mejoras en el sistema fluvial del lote del
colegio Maíz de los Uva, distrito Colinas", a fin de que se utilicen para
colocación de alcantarillas para mejorar el sistema pluvial de lote de la
Asociación de Productores de Colinas y para la cocina comunal de Guagaral de Colinas.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
45.- Se autoriza a la Municipalidad
de Corredores para que varíe el destino de las siguientes partidas
presupuestarias:
. Ley 8908, código presupuestario 232 905 60104
375 1 1310 1310, por un monto de dos millones doscientos ochenta mil colones
(¢2.800.000), o el saldo que exista, destinada a "Reparación edificio
comando sur Barrio San Jorge, distrito Canoas",
. Ley 9019, código presupuestario 232 905 70104
440 001 2310 1310, por un monto de un millón seiscientos mil colones
(¢1.600.000), o el saldo que exista, destinada a "Construcción II etapa
puesto policial, barrio San Jorfe, distrito Canoas".
A fin de que se utilicen para la construcción de
la oficina del Concejo de Distrito Canoas.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
46.- Se autoriza a la Municipalidad de Guácimo para
que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 7853, código
presupuestario 130 906 730 422 27 242 44, por un monto de un millón de colones
(¢1.000.000), o el saldo que exista, destinada a "Conclusión
electrificación Calle Carámbola y Cartagena", a
fin de que se utilice para mejoras al ebáis de Pueblo
Nuevo.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
47.- Se autoriza a la Municipalidad de Guácimo para
que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 8691, código
presupuestario 232 906 70104 363 280 2310 3230, por un monto de un millón
seiscientos cincuenta y tres mil trescientos sesenta y nueve colones
(¢1.653.369), o el saldo que exista, destinada "Para la compra terreno
para la construcción del Ebais en Los Ángeles,
distrito Río Jiménez", a fin de que se utilice para enmallado de la casa
de salud en Los Ángeles.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
48.- Se autoriza a la Municipalidad de Los Chiles
para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9341, código presupuestario 232 901 70104
305 280 2310 3320, por un monto de dieciséis millones de colones (¢16.000.000),
o el saldo que exista, destinada a "Construcción de la casa del artista en
la comunidad de Los Chiles, distrito Los Chiles",
. Ley 9514, código presupuestario 232 901 70104
504 280 2310 3120, por un monto de nueve millones seiscientos mil colones
(¢9.600.000), o el saldo que exista, destinada a "Compra de lote para
construcción de oficinas municipales, distrito Los Chiles",
A fin de que se utilicen para la compra de la
casa de la cultura en la comunidad de Los Chiles.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
49.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para
que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 7952, código presupuestario 130 903 730
350 1 242 1 27, por un monto de quinientos mil colones (¢500.000), o el saldo
que exista, destinada a Página: 104
"Construcción aceras y cordón caño
proyectos de vivienda el Silencio, distrito la Suiza",
. Ley 8691, código presupuestario 232 902 70104
260 280 2310 2151, por un monto de novecientos sesenta mil colones (¢960.000),
o el saldo que exista, destinada "Para la instalación de pasarela en el
puente de la Quebrada la Danta, distrito la Suiza",
. Ley 9103, código presupuestario
232 902 70104 517 001 2310 2151, por un monto de ochocientos mil colones
(¢800.000), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras en el camino la Tostadora
La Suiza (arriba), distrito La Suiza",
A fin de que se utilicen para la construcción de la acera de la
parte trasera de la Escuela Rodolfo Herzog Muller por la clínica de la localidad.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
50.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para
que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9791, código presupuestario 232 902 70104
356 280 2310 3230, por un monto de un millón ciento sesenta y ocho mil
quinientos ochenta y dos colones (¢1.168.582), o el saldo que exista, destinada
a "Mejoras en la infraestructura destinada al puesto de salud de la
comunidad de Tres Equis, distrito tres Equis",
. Ley 9514, código presupuestario 232 902 70104
296 280 2310 2151, por un monto de un millón ochocientos treinta y cuatro mil
novecientos veinte colones (¢1.834.920), o el saldo que exista, destinada a
"Construcción de cunetas revestidas en el camino al cementerio de Tres
Equis, distrito Tres Equis",
. Ley 7952, código presupuestario 130 903 730
411 1 242 25, por un monto de doscientos mil colones (¢200.000), o el saldo que
exista, destinada a "Proyecto vivienda Tres Equis",
A fin de que se utilicen para mejoras en
infraestructura del salón multiuso de Tres Equis.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
51.- Se autoriza a la Municipalidad
de Buenos Aires para que varíe el destino de las siguientes partidas
presupuestarias:
. Ley 9514, artículo 8, inciso 18, por un monto
de tres millones seiscientos mil colones (¢3.600.000), o el saldo que exista,
destinados a "Construcción de los camerinos y servicios sanitarios de la
cancha de fútbol de la comunidad de Biolley",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
768 001 2310 3230, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000), o el
saldo que exista, destinados a "Compra de equipo, mobiliario e insumos
para la Fundación Pro Clínica del Dolor y Cuidado Paliativos, Distrito Biolley",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
767 001 2310 3340, por un monto de un millón novecientos noventa mil
setecientos trece colones (¢1.990.713), o el saldo que exista, destinados a
"Construcción de la batería sanitaria para el templo católico del Carmen,
Distrito Biolley",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
765 001 2310 3120, por un monto de un millón novecientos noventa mil
seiscientos noventa y seis colones (¢1.990.696), o el saldo que exista,
destinados a "Compra de materiales para la construcción de la II etapa del
salón comunal de San Isidro, Distrito Biolley",
. Ley 9604, artículo 4, inciso 11, por un monto
de diecisiete millones cuatrocientos cinco mil doscientos ochenta y siete
colones (¢17.405.287), o el saldo que exista, destinados a "Mejoras al
salón comunal de San Isidro, distrito Biolley",
. Ley 9632, código presupuestario 232 905 70104
282 280 2310 3120, por un monto de dos millones ciento setenta y cuatro mil
quinientos cuarenta colones (¢2.174.540), o el saldo que exista, destinada a
"Mejoras en el salón comunal de la comunidad de San Isidro, distrito Biolley",
. Ley 9791, artículo 8, inciso 20, por un monto
de sesenta millones setecientos sesenta y cuatro mil quinientos treinta y
cuatro colones (¢60.764.534), o el saldo que exista, destinados a "Compra
de equipo de cómputo, mobiliario y equipo audiovisual en beneficio de la
asociación de desarrollo integral de Colorado, distrito Biolley",
. Ley 9632, código presupuestario 232 905 70104
281 280 2310 3310, por un monto de un millón trescientos veintiséis mil
doscientos catorce colones (¢1.326.214), o el saldo que exista, destinada a
"Proyecto enmallado de la II etapa de la cancha de fútbol de la escuela
Los Maderos, distrito Biolley",
. Ley 9711, artículo 4, inciso 14, por un monto
de un millón novecientos noventa mil setecientos trece colones (¢1.990.713), o
el saldo que exista, destinados a "Construcción I etapa del aula de
catequesis del templo católico de Colorado de Biolley",
. Ley 9711, artículo 4, inciso 13, por un monto
de tres millones quinientos sesenta mil novecientos diecinueve colones
(¢3.560.919), o el saldo que exista, destinados a "Remodelación del templo
católico de Sábalo de Biolley",
. Ley 9791, artículo 8, inciso 20, por un monto de
once millones ochenta mil setecientos quince colones (¢11.080.715), o el saldo
que exista, destinados a "Contratación de maquinaria para la atención de
caminos en el distrito de Biolley",
. Ley 9791, código presupuestario 232 905 70104
313 280 2310 3340, por un monto de dos millones ciento ochenta y dos mil
quinientos ochenta y seis colones (¢2.182.586), o el saldo que exista,
destinada a "Mejoras al templo católico de la comunidad de Biolley, distrito Biolley",
. Ley 9791, código presupuestario 232 905 70104
314 280 2310 3120, por un monto de dos millones cuatrocientos treinta mil
colones (¢2.430.000), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras en el
cementerio de la comunidad Los Naranjos, distrito Biolley",
. Ley 9926, artículo 8, inciso 16, por un monto
de un millón trescientos veintiséis mil doscientos catorce colones
(¢1.326.214), o el saldo que exista, destinados a "Mejoras a la cocina
comunal de Colorado de Biolley",
A fin de que se utilicen para la compra de mobiliario y equipo
para la cocina comunal de La Puna, distrito Biolley.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
52.- Se autoriza a la Municipalidad de Parrita para
que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9341, código
presupuestario 232 905 70104 339 280 2310 3230, por un monto de tres millones
doscientos mil colones (¢3.200.000), o el saldo que exista, destinado a
"Construcción de Aula para el Cen-Cinai,
Esterillos Oeste, Comunidad de Esterillos Oeste de Parrita, Distrito
Parrita", a fin de que se utilicen para mantenimiento y dotación de
mobiliario al Cen-cinai de Esterillos Oeste.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
53.- Se autoriza a la Municipalidad de Nicoya para
que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9791, con código
presupuestario 232 904 70104 237 280 2310 3120, por un monto de dos millones
veintiséis mil quinientos noventa y ocho colones (?2.026.598), o el saldo que
exista, destinado a "proyecto para construcción de un pozo profundo para
desarrollo turístico en la comunidad de Belén de Nosarita,
Distrito Belén de Nosarita, según la Ley N° 7755 del
23/02/1998", a fin de que se utilicen para construcción de sendero hacia
cascada la pasarela por ambos lados del futuro restaurante al playón del río,
con acceso según la ley 7600.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
54.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9791, código
presupuestario 232 905 70104 305 280 2310 3120, por un monto de tres millones
seiscientos mil colones (¢3.600.000), o el saldo que exista, destinada a
"Remodelación del local comercial de la asociación de desarrollo integral
de la comunidad de Jabillo, distrito Potrero Grande", a fin que se
utilicen para la construcción de la gradería en el salón multiuso de Jabillo,
del distrito Potrero Grande.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
55.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9879, artículo
8, inciso 4, por un monto de cinco millones novecientos setenta y un mil
veintiocho colones (¢5.971.028), o el saldo que exista, destinada a
"Enmallado de un lote propiedad de la Asociación de Desarrollo Integral de
Potrero Grande", a fin que se utilicen para remodelación del salón comunal
de Potrero Grande, distrito Potrero Grande.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
56.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9632, artículo
8, inciso 2, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000), o el saldo
que exista, destinada a "Compra de equipo de cómputo para la Asociación de
Productores de Pueblo Nuevo de Potrero Grande", a fin de que se utilicen
para remodelación y mejoras de los camerinos y bodega de la Asociación de
Productores de Pueblo Nuevo, distrito Potrero Grande.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
57.- Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires
para que varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
741 001 2310 3340, por un monto de un millón noventa y ocho mil quinientos
treinta y dos colones Página: 107
(¢1.098.532), o el saldo que exista, destinada a
"I etapa de compra de electrodomésticos para la cocina de la Iglesia
Católica de Térraba, Distrito Potrero Grande",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
744 001 2310 3310, por un monto de un millón noventa y ocho mil quinientos
ochenta y nueve colones (¢1.098.589), o el saldo que exista destinada a
"II etapa de la plaza de deportes de La Luchita, Distrito Potrero
Grande",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
745 001 2310 3340, por un monto de un millón noventa y ocho mil quinientos
ochenta y nueve colones (¢1.098.589), o el saldo que exista, destinados a
"Compra de materiales para la instalación eléctrica e iluminación del
Templo Católico de Los Ángeles, Distrito Potrero Grande",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
746 001 2310 3310, por un monto de un millón noventa y ocho mil quinientos
ochenta y nueve colones (¢1.098.589), o el saldo que exista, destinada a
"Construcción de la primera etapa del enmallado de la plaza de deportes de
la comunidad de Capri, Distrito Potrero Grande",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
747 001 2310 3340, por un monto de dos millones ciento noventa y siete mil
ciento setenta y nueve colones (¢2.197.179), o el saldo que exista, destinados
a "Mejorar la cocina de la Iglesia Católica de La Lucha, Distrito Potrero
Grande",
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
748 001 2310 3120, por un monto de dos millones ciento noventa y siete mil
ciento setenta y nueve colones (¢2.197.179), o el saldo que exista, destinada a
"Compra de mobiliario y equipo para la oficina de la Asociación de
Desarrollo Integral de Potrero Grande, Distrito Potrero Grande".
. Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104
749 001 2310 3230, por un monto de un millón de colones (¢1.000.000), o el
saldo que exista, destinada a "Compra de equipo, mobiliario e insumos para
la Fundación Pro Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos, Distrito Potrero
Grande",
. Ley 9791, código presupuestario 232 905 70104 306
280 2310 3340, por un monto de un millón cuatrocientos ocho mil novecientos
treinta y siete colones (¢1.408.937), o el saldo que exista, destinada a
"Compra de equipo de sonido y mobiliario para la Iglesia Católica de la
Comunidad de Pueblo Nuevo, Distrito Potrero Grande",
. Ley 9879, artículo 8, inciso 2, por un monto
de cincuenta y ocho millones seis mil setecientos sesenta y cinco colones
(¢58.006.765), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras varias en la
cocina comunal de Pueblo Nuevo de Potrero Grande",
. Ley 9879, artículo 8, inciso 3, por un monto
de diez millones setecientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta y ocho
colones (¢10.719.468), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras varias
al centro parroquial de Potrero Grande, distrito Potrero Grande",
. Ley 9879, artículo 8, inciso 5, por un monto
de un millón ochocientos mil colones (¢1.800.000), o el saldo que exista,
destinada a "Compra de mobiliario, equipo de cómputo, multimedia e
implementos musicales a favor de Asociacion Cristina
Fresca Unción",
. Ley 9879, artículo 8, inciso 6, por un monto
de tres millones setecientos cincuenta y nueve mil quinientos setenta colones
(¢3.759.570), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de salón
comunal en Santa Teresa de Cabagra",
. Ley 9879, artículo 8, inciso 7, por un monto
de dos millones trescientos cuarenta y ocho mil trescientos sesenta colones
(¢2.348.360), o el saldo que exista, destinada a "Compra de equipo de
audio y mobiliario a favor de la Iglesia Cristiana Fuente de Vida.",
. Ley 9879, artículo 8, inciso 8, por un monto
de cuatro millones novecientos cuarenta y ocho mil seiscientos cuarenta y
cuatro colones (¢4.948.644), o el saldo que exista, destinada a "Enmallado
de la plaza de deportes La Lucha",
. Ley 9879, artículo 8, inciso 9, por un monto
de un millón ciento setenta y cuatro mil ciento ochenta colones (¢1.174.180), o
el saldo que exista, destinada a "Mejoras al comedor de la escuela Jorón",
A fin de que se utilicen para la compra de
equipo y mobiliario para el salón y cocina comunal de la comunidad de Santa
Teresita de Cabagra, distrito Potrero Grande.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
58.- Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 10.103,
artículo 8, inciso 1, por un monto de dos millones treinta y seis mil ciento
treinta y siete colones (¢2.036.137), o el saldo que exista destinado a
"Construcción de muro de contención para futura construcción de la cocina
comuna de San Ignacio", a fin de que se utilice para mejoras y
canalización de aguas en la plaza de deportes de las Brisas de Cajón.
(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 4° de la ley N° 10370
del 21 de julio del 2023)
59.- Se autoriza al Instituto Mixto de Ayuda Social para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante Decreto Ejecutivo N.°43755-H
de modificación a la Ley 10103, denominada "Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 2022, código
presupuestario 212 73700 60103 001 1310 3530 224, por un monto de doce mil
millones de colones exactos (¢12 000 000 000), o el saldo que exista,
destinados a atender el Beneficio Temporal por Inflación dirigido a personas en
pobreza y pobreza extrema, según Decreto N.°43670-MTSS-MDHIS, de 19 de
setiembre de 2022, a fin de que se utilice para el Beneficio Atención a
Familias del Programa de Protección y Promoción Social, dirigido a hogares en
situación de pobreza y pobreza extrema.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
60.- Se autoriza al Instituto Costarricense del Deporte y la
Recreación (Icoder) para que varíe el destino de la
partida aprobada mediante la Ley 10305, Quinto Presupuesto Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico de 2021 y Sexta Modificación Legislativa
de la Ley 9926, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
para el Ejercicio Económico de 2021, artículo 4, inciso 3, por un monto de
trescientos sesenta y siete millones trescientos ochenta y ocho mil quinientos
setenta y cinco colones con veintinueve céntimos (¢367.388.575,29), o el saldo
que exista, destinados "al Comité Olímpico Nacional de Costa Rica, para
que este se encargue de la preparación, participación y organización de la XII
Edición Juegos Deportivos Centroamericanos 2022", a fin de que se utilice
para el Comité Olímpico Nacional de Costa Rica, para la preparación y
participación de las representaciones nacionales, participantes en los eventos
del ciclo olímpico.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
61.- Se autoriza al Instituto Costarricense del Deporte y la
Recreación (Icoder) para que varíe el destino de la
partida aprobada en la Ley 10305, artículo 4, inciso 4, por un monto de setenta
y cuatro millones setenta y cinco mil trescientos setenta y nueve colones con
veintitrés céntimos (¢ 74.075.379,23), o el saldo que exista, destinados
"al Comité Paralímpico Nacional de Costa Rica, para la preparación,
participación y organización de la III Edición Juegos Deportivos Paracentroamericanos 2022", a fin de que se utilice
por el Comité Paralímpico Nacional de Costa Rica, para la preparación y
participación de las representaciones nacionales, participantes en el ciclo
paraolímpico con ruta a París 2024.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
62.- Se autoriza al Instituto Costarricense del Deporte y la
Recreación (Icoder) para que varíe el destino de la
partida aprobada en la Ley 10305, artículo 4, inciso 5, por un monto de ciento
veinte millones trescientos treinta y cinco mil quinientos nueve colones con
setenta y cinco céntimos (¢ 120.335.509,75), o el saldo que exista, destinados
"para que sean girados al Fideicomiso 1065 ICODER-BNCR para dar
financiamiento a gastos de capital destinados al financiamiento de contrato de
obras menores y equipamiento de las instalaciones del Estadio Nacional, según
la Ley 7800, de 30 de abril de 1998", a fin de que se utilicen para
financiar el Programa Juegos Deportivos Nacionales a cargo del Icoder.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
63.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que
varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9019, código presupuestario 232 905 60104 443 001 1310
2151, por un monto de ochocientos mil colones (¢800.000), o el saldo que
exista, destinados a "Compra de materiales para construcción de puente en
San Martín, distrito Canoas".
. Ley 9193, código presupuestario 232 905 70104 352 280 2310
2151, por un monto de dos millones trescientos veintidós mil cuatrocientos
colones (¢2.322.400), o el saldo que exista, destinada "Para construcción
de puente de caja, calle hacia San Antonio y ciudadela Acevedo en Veracruz de
Paso Canoas, distrito Canoas".
A fin de que se utilicen para la compra de materiales para
enmallado del predio de la iglesia Puesta del Cielo, barrio San Jorge.
(Así adicionado el inciso 63) anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
64.- Se autoriza a la Municipalidad de Hojancha
para que varíe el destino de la partida aprobada en la Ley 9193, código
presupuestario 232 904 70104 300 280 2310 2151, por un monto de quinientos un
mil setecientos sesenta colones (¢501.760), o el saldo que exista, destinados a
"Construcción de reductores de velocidad en la comunidad de Hojancha sobre la ruta 158, tramo del servicentro
Coopepilangosta-bar el Higerón,
distrito Hojancha", a fin de que se utilicen
para compra de material asfalto en frío.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
65.- Se autoriza a la Municipalidad de Hojancha
para que varíe el destino de la partida aprobada en la Ley 9632, código
presupuestario 232 904 70104 427 280 2310 3120, por un monto de un millón
veintisiete mil quinientos sesenta y cinco colones (¢1.027.565), o el saldo que
exista, destinados a "I etapa construcción salón comunal de la comunidad
de las Mercedes, distrito Monte Romo", a fin de que se utilicen para
compra de mobiliario y equipo salón comunal Monte Romo.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
66.- Se autoriza a la Municipalidad de La Cruz para que
varíe el destino de la partida aprobada en la Ley 9791, código presupuestario
232 904 70104 449 280 2310 3310, por un monto de cinco millones doscientos
treinta y tres mil quinientos ochenta y nueve colones (¢5.233.589), o el saldo
que exista, destinados a "Proyecto I etapa mejora para el parquecito de la
comunidad de Gil Tablada, distrito Hojancha,", a
fin de que se utilicen en Proyecto I etapa mejora para el parquecito de la
comunidad de Gil Tablada, distrito de La Cruz.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
67.-Se autoriza a la Municipalidad de Sarapiquí para que
varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley 9791, código
presupuestario 232 903 70104 315 280 2310 3120, por un monto de nueve millones
ciento sesenta y tres mil novecientos noventa y nueve colones (¢9.163.999), o
el saldo que exista, destinada a "Compra de mobiliario para los tres
salones comunales de las comunidades de Golfito, Unión del Toro y Los Ángeles,
distrito Cureña", a fin de que se distribuyan de la siguiente manera:
. Cinco millones de colones (¢5.000.000) para compra de cámaras
de videovigilancia para los lugares estratégicos del
distrito de Cureña.
. Cuatro millones ciento sesenta y tres mil novecientos
noventa y nueve (¢4.163.999) para compra de chapulines de corta de césped, para
el distrito de Cureña.
(Así adicionado el inciso 67) anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
68.- Se autoriza a la Municipalidad de Sarapiquí para que
varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 8691, código presupuestario 232 903 70104 258 280 2310
2151, por un monto de veinte millones trescientos cincuenta y seis mil ciento
veintiocho colones (¢20.356.128), o el saldo que exista, destinados "Para
la colocación de lastre en el camino que va del Bum hacia Tambor, distrito
Cureña".
. Ley 9103, código presupuestario 232 903 70104 544 001 2310
3130, por un monto de nueve millones doscientos treinta y ocho mil setecientos
veintiséis colones (¢9.238.726), o el saldo que exista, destinada a
"Mejoras del acueducto de Golfito, cabecera del distrito del cantón de
Sarapiquí, distrito Cureña.
. Ley 9193, código presupuestario 232 903 60104 245 1 1310
3421, por un monto de once millones ciento sesenta y seis mil trescientos
treinta colones (¢11.166.330), o el saldo que exista, destinada a "Cerrar
con malla el perímetro del liceo rural de La Unión del Toro y mantenimiento y
reparación de caminos del distrito de Cureña, distrito Cureña".
A fin de que se utilicen para la compra de chapulines de
corta de césped para el distrito de Cureña.
(Así adicionado el inciso 68) anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
69.- Se autoriza a la Municipalidad de Sarapiquí para que
varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 8785, código presupuestario 203 044 70104 280 2310
3120 414, por un monto de once millones de colones (¢11.000.000), o el saldo
que exista, destinada a "Const. de aula p/ telesecund.
La Aldea, Llanuras de Gaspar, Sarapiquí".
. Ley 8785 código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120
414, por un monto de catorce millones de colones (¢14.000.000), o el saldo que
exista, destinada a "Const. de puente sobre La Venada, Llanuras de Gaspar,
Sarapiquí".
. Ley 9065, artículo 4, inciso 22, por un monto de ocho
millones novecientos setenta y cuatro mil novecientos veintiséis colones
(¢8.974.926), o el saldo que exista, destinados a "Lastrado de kilómetro y
medio de camino del puente El Guabo al Refugio, distrito de Llanuras del
Gaspar".
. Ley 9103, código presupuestario 232 903 60104 543 001 1310
2151, por un monto de ocho millones ochocientos cuarenta y cuatro mil
doscientos noventa y seis colones (¢8.844.296), o el saldo que exista,
destinados a "Alquiler d maquinaria para la reparación de caminos en el
distrito, distrito Llanuras del Gaspar".
. Ley 9193, código presupuestario 232 903 70104 244 280 2310
3120, por un monto de diez millones setenta y dos mil doscientos nueve colones
(¢10.072.209), o el saldo que exista, destinada a "Electrificación de Las
Juntas de Llanuras del Gaspar y cerrar con malla el cementerio del distrito y
construir una capilla para el mismo, distrito Llanuras del Gaspar".
. Ley 9289, código presupuestario 232 903 70104 302 001 2310
3120, por un monto de diez millones ciento sesenta mil setecientos ochenta y
tres colones (¢10.160.783), o el saldo que exista, destinada a
"Equipamiento y amueblamiento del salón comunal de La Aldea, distrito
Llanuras del Gaspar".
. Ley 9341, código presupuestario 232 903 70104 238 280 2310
2151, por un monto de diez millones doscientos veintitrés mil cuatrocientos
noventa y cinco colones (¢10.223.495), o el saldo que exista, destinada a
"Arreglos varios a caminos (contratación de vagonetas para el acarreo de
material para mejorar las condiciones del camino de la comunidad de Chirripocito, y el acarreo de material para reparación de
puente sobre río Achiote en la comunidad de Las Juntas del Gaspar), distrito
Llanuras del Gaspar".
. Ley 9411, código presupuestario 232 903 70104 234 280 2310
2151, por un monto de nueve millones noventa y un mil quinientos trece colones
(¢9.091.513), o el saldo que exista, destinada a "Lastreo
de camino hacia Bella Vista, distrito Llanuras del Gaspar".
. Ley 9514, código presupuestario 232 903 70104 271 280 2310
3411, por un monto de seis millones cincuenta y ocho mil doscientos trece
colones (¢6.058.213), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de
un aula para los niños del kínder de la comunidad de Pueblo Nuevo, distrito
Llanuras del Gaspar".
. Ley 9791, código presupuestario 232 903 70104 314 280 2310
3140, por un monto de siete millones setecientos ochenta y dos mil
cuatrocientos doce colones (¢7.782.412), o el saldo que exista, destinada a
"Proyecto de electrificación en el camino Los Villegas, distrito Llanuras
del Gaspar".
A fin de que se utilicen para la reparación del puente
artesanal el Achiote y lastre de la ruta 4-10- 077 calle Las Juntas del Gaspar.
(Así adicionado el inciso 69) anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
70.- Se autoriza a la Municipalidad de Sarapiquí para que
varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 8785, código presupuestario 203 044 70104 280 2310
3120 414, por un monto de treinta millones de colones (¢30.000.000), o el saldo
que exista, destinada a "Mejoras de infraestructura en salón multiuso
Finca Seis, Horquetas, Sarapiquí".
. Ley 8785, código presupuestario 203 044 70104 280 2310
3120 414, por un monto de cinco millones de colones (¢5.000.000), o el saldo
que exista, destinada a "Construcción de baterías de baños, Escuela
Colonia Villalobos, Sarapiquí".
. Ley 8790, código presupuestario 203 044 70104 280 2310
3120 656, por un monto de quince millones de colones (¢15.000.000), o el saldo
que exista, destinada a "Salón multiuso en Flaminia
de Sarapiquí)".
. Ley 8790, código presupuestario 232 903 70104 242 280 2310
2151, por un monto de veintitrés millones quinientos sesenta y cinco mil
trescientos tres colones (¢23.565.303), o el saldo que exista, destinada
"Para continuar con el asfaltado de Finca Otoya
hacia la Rambla-Finca Agua, distrito Horquetas".
. Ley 9193, código presupuestario 232 903 70104 243 280 2310
3310, por un monto de quince millones quinientos setenta mil ochocientos
cuarenta y nueve colones (¢15.570.849), o el saldo que exista, destinada a
"Proyecto de remodelación del parque de Finca Seis, distrito
Horquetas".
. Ley 9341, código presupuestario 232 903 70104 307 280 2310
3410, por un monto de un millón
. Ley 9341, código presupuestario 232 903 70104 238 280 2310
2151, por un monto de diez millones doscientos veintitrés mil cuatrocientos noventa
y cinco colones (¢10.223.495), o el saldo que exista, destinada a
"Arreglos varios a caminos (contratación de vagonetas para el acarreo de
ochocientos mil colones (¢1.800.000), o el saldo que exista, destinados a
"Reparación de batería sanitaria de la escuela de Finca Dos, distrito
Horquetas".
. Ley 9341, código presupuestario 232 903 70104 309 280 2310
3120, por un monto de dos millones setecientos mil colones (¢2.700.000), o el
saldo que exista, destinados a "Compra de mobiliario para el salón multiuso
de Finca Seis, distrito Horquetas".
. Ley 9411, código presupuestario 232 903 70104 233 280 2310
3120, por un monto de trece millones quinientos treinta y siete mil ochocientos
sesenta y nueve colones (¢13.537.869), o el saldo que exista, destinada a
"Construcción de oficinas, compra de mobiliario y equipo para el Concejo
de Distrito de Horquetas, distrito Horquetas".
. Ley 9514, código presupuestario 232 903 70104 270 280 2310
3120, por un monto de nueve millones doscientos cincuenta y dos mil ochenta y
un colones (¢9.252.081), o el saldo que exista, destinada a "Construcción
de salón multiuso del Colegio Ambientalista de Horquetas, ubicado en la Rambla,
distrito Horquetas".
A fin de que se utilicen para la adquisición de cámaras y
equipo tecnológico para instalar servicio de vigilancia en el distrito de
Horquetas.
(Así adicionado el inciso 70) anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
71.- Se autoriza a la Municipalidad de Sarapiquí para que
varíe el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
. Ley 9019 código presupuestario 232 903 70104 335 001 2310
2151, por un monto de dieciséis millones ochocientos cincuenta y seis mil
veinte colones (¢16.856.020), o el saldo que exista, destinada a
"Construcción de aceras de la comunidad de La Guaria a la comunidad de
Cristo Rey, distrito Puerto Viejo".
. Ley 8908, código presupuestario 232 903 70104 303 1 2310
3120, por un monto de dieciséis millones ochocientos cincuenta y seis mil
veinte colones (¢16.856.020), o el saldo que exista, destinada a "Mejoras
en el salón comunal de La Guaria, distrito Puerto Viejo".
. Ley 9193, código presupuestario 232 903 70104 241 280 2310
2151, por un monto de catorce millones doscientos noventa y cinco mil ciento
ocho colones (¢14.295.108), o el saldo que exista, destinados a
"Construcción y reconstrucción de aceras desde el puente mueblería Durán
(Barrio
Los Carretones) hasta el Colegio Técnico de Puerto Viejo,
distrito Puerto Viejo".
. Ley 9289, código presupuestario 232 903 70104 305 001 2310
3410, por un monto de cuatro millones quinientos veinte mil trescientos noventa
y dos colones (¢4.520.392), o el saldo que exista, destinados a
"Construcción y pintura de 200 mts de malla
perimetral en la escuela La Guaria, distrito Puerto Viejo".
. Ley 9514, código presupuestario 232 903 70104 268 280 2310
2151, por un monto de ocho millones doscientos cincuenta y ocho mil cuarenta y
un colones (¢8.258.041), o el saldo que exista, destinada a "Arreglos y
mejoras en las principales aceras de Puerto Viejo, distrito Puerto Viejo.
. Ley 9791, código presupuestario 232 903 70104 311 280 2310
3310, por un monto de ocho millones novecientos cincuenta y seis mil
cuatrocientos catorce colones (¢8.956.414), o el saldo que exista, destinada a
"Arreglos y mejoras en el camerino del polideportivo de la comunidad de
Puerto Viejo, distrito Puerto Viejo.
A fin de que se utilicen para la instalación de cámaras de videovigilancia en ciertos puntos estratégicos del distrito
de Puerto Viejo, en el marco del programa Sembremos Seguridad.
(Así adicionado el inciso 71) anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
72.- Se autoriza a la Municipalidad de Turrialba para que
varíe el destino de la partida aprobada en la Ley 9514, código presupuestario
232 902 70104 286 280 2310 2220, por un monto de un millón quinientos ochenta y
siete mil cuatrocientos setenta y cuatro colones (¢1.587.474), o el saldo que
exista, destinados a "Adiciones y mejoras al acueducto del asentamiento
Odín, distirto Peralta", a fin de que se
utilicen para mejoras aplicadas a la escuela de Peralta, específicamente en la
compra de materiales para trabajos en sus instalaciones.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
73.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que
varíe el destino de la partida aprobada en la Ley 9341, código presupuestario
232 905 70104 352 280 2310 3410, por un monto de dos millones seiscientos
sesenta y nueve mil ciento cuarenta y nueve colones (¢2.669.149), o el saldo
que exista, destinados a "Enmallado para la escuela de la comunidad de San
Isidro, distrito Paso Canoas", a fin de que se utilicen para mejoras de
aula preescolar, escuela San Isidro.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
74.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que
varíe el destino de la partida aprobada en la Ley 9411, código presupuestario
232 905 70104 375 280 2310 3410, por un monto de un millón seiscientos mil
colones (¢1.600.000), o el saldo que exista, destinados a "Mejoras al
comedor escolar de la escuela San Isidro de Paso Canos, distrito Canoas",
a fin de que se utilicen para mejoras en ampliación aula preescolar, escuela
San Isidro.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
75.- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que
varíe el destino de la partida aprobada en la Ley 9193, código presupuestario
232 905 70104 354 280 2310 3310, por un monto de un millón quinientos veintidós
mil cuatrocientos colones (¢1.522.400), o el saldo que exista, destinados
"Para cancha multiuso en la comunidad de La Mariposa de Paso Canoas,
distrito Canoas", a fin de que se utilicen en la compra de materiales para
mejoras del cielorraso del salón comunal de la comunidad de La Mariposa.
(Así adicionado el inciso anterior
por el artículo 6° de la ley N° 10419 del 30 de octubre de 2023)
(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su
contenido y tipo de formato consulta el Alcance Digital N° 267 a La gaceta N° 235 del
9 de diciembre de 2022, tomo V)
Dado en la Presidencia de la
República, San José, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos
mil veintidós.