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 Normativa >> Reglamento municipal 143 - 1 >> Fecha 24/01/2023 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 143 - 1 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE COTO BRUS

CONCEJO MUNICIPAL

El Concejo Municipal de Coto Brus, mediante acuerdo número MCB-CM-038-2023 de Sesión Ordinaria N° 143, celebrada el día 24 de enero del 2023, Artículo V, Inciso 3- a, Acuerda: Aprobar y Publicar el presente Reglamento, el cual se modifica mediante acuerdo número MCB-CM-075-2023 de Sesión Ordinaria N° 145, celebrada el día 14 de febrero del 2023, Artículo VII, inciso 2 para que se publique.

REGLAMENTO PARA DEFINIR LIMITES DE ADJUDICACIÓN

EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

DE LA MUNICIPALIDAD DE COTO BRUS

Artículo 1º -Las instancias competentes para adjudicar los procedimientos de contratación se definen mediante umbrales de contratación de conformidad con el artículo 36 de la Ley General de Contratación Pública.

 

Persona que Adjudica

Monto

Tipo de Contratación

Alcalde (sa) Municipal

Licitación Reducida y

Menor

Bienes y Servicios

Concejo Municipal

Licitación Mayor

Bienes y Servicios

Alcalde (sa) Municipal

Licitación Reducida

Obra Pública

Concejo Municipal

Licitación Menor y Mayor

Obra Pública

El monto de los umbrales será actualizado por la Contraloría General de la República, en la segunda quincena del mes de diciembre, utilizando el monto de las unidades de desarrollo establecido por el Banco Central de Costa Rica para el 15 de diciembre de cada año y regirán del 1 º de enero al 31 de diciembre del año siguiente a su publicación. Quedan sujetos estos umbrales a que ante situaciones extraordinarias en las condiciones macroeconómicas del país o en el comportamiento de las compras públicas, la Contraloría General de la República pueda modificar, mediante resolución motivada los mismos.

El Concejo Municipal tanto en bienes y servicios como en obra pública se reserva la adjudicación de las contrataciones de cuantía inestimable.

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