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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43952 >> Fecha 28/02/2023 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43952 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8.- Labores de asesoría y apoyo. Corresponderá al MIDEPLAN, en coordinación con la Dirección General del Servicio Civil, la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, según su ámbito de competencia legal en materia de empleo público, brindar apoyo y asesoría técnica a las instituciones públicas cubiertas por la Ley Marco de Empleo Público.

Corresponderá a la Procuraduría General de la República, en su condición de órgano superior consultivo, técnico jurídico de la Administración Pública ejercer el asesoramiento en cuestiones jurídicas que le soliciten, el Estado, los entes descentralizados, los demás organismos públicos y empresas estatales, de conformidad con el artículo 3 de su Ley Orgánica, Ley N° 6815.

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