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 Normativa >> Resolución 0004 >> Fecha 06/03/2023 >> Articulo 2
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Normativa - Resolución 0004 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º-Adiciónese un transitorio X a la Resolución Conjunta de Alcance General DGT-ICD-R-06-2020 del 26 de marzo del 2020 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:

Transitorio X.—Las personas jurídicas y los fideicomisos obligados a presentar la declaración para el período 2023, por única vez, podrán hacerlo en el período comprendido entre el 01 de mayo de 2023 y hasta el 30 de junio del 2023, ambos días inclusive, en los años subsiguientes les corresponderá declarar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6° de esta Resolución, es decir, en el mes de abril de cada año.”

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