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 Normativa >> Reglamento municipal 227 >> Fecha 20/02/2023 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 227 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

CONCEJO MUNICIPAL

El Concejo Municipal de Liberia, mediante acuerdo artículo cuarto de la Sesión Ordinaria Nº 227-2023, celebrada el 20 de febrero de 2023, acuerda:

No aprobar el Reglamento del Sistema de Suministros de la Municipalidad de Liberia, y en su defecto el Concejo Municipal acuerda lo siguiente:

(*) 1. Las instancias competentes para aprobar y adjudicar los procedimientos de contratación se definen mediante umbrales de contratación definidos de conformidad con el artículo 36 de la Ley General de Contratación Pública, mediante el cual le corresponderá a la Alcaldía adjudicar los siguientes procedimientos de licitación:

Licitación Reducida: Hasta por el monto determinado para la licitación reducida de bienes y servicios que en este momento es igual o menor a la suma de ¢66.129.771,00.

Licitación Menor: Hasta por el monto igual o menor a la suma de ¢264.519.083,00. Contempla tanto las contrataciones de bienes y servicios como las de obra pública hasta por los montos que establezca la Contraloría General de la República en los umbrales establecidos por dicho Despacho Contralor.

(*)(Así reformado el punto anterior mediante sesión ordinaria N° 238-2023 del 11 de Abril de 2023)

Derogar el Reglamento del Sistema de Suministros de la Municipalidad de Liberia y cualquiera otra disposición que se le oponga.

Nombrar una comisión de licitaciones del Concejo Municipal para dar trámite respectivo a los procedimientos de licitaciones, conforme al artículo 34 inciso g) del Código Municipal, nombrar a los señores Byron Campos Umaña, Alban Torres Meléndez y Alejandro Morales Morales.

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