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 Normativa >> Ley 1644 >> Fecha 26/09/1953 >> Articulo 121
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Normativa - Ley 1644 - Articulo 121
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Artículo 121
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121

Artículo 121.-

DEROGADO.

( Derogado por el artículo 116 de la Ley de Asociaciones Cooperativas Nº 4179 de 22 de agosto de 1968)

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