ARTÍCULO 2- Se
reforma el inciso b) del artículo 2 de la Ley 10002, Aprobación del
Financiamiento con el Fondo Monetario Internacional a través de la Facilidad de
Servicio Ampliado del Fondo (SAF) para el Programa de Apoyo para la Recuperación
Pospandemia y la Consolidación Fiscal, de 19 de julio de 2021. El texto es el
siguiente:
Artículo 2- Uso
de los recursos. Los recursos del financiamiento autorizado en la presente ley
serán utilizados de la siguiente manera:
[ ... ]
b) El diez por
ciento (10%) restante será transferido por el Ministerio de Hacienda a la Caja
Costarricense de Seguro Social (CCSS), proporcionalmente a los desembolsos del
financiamiento autorizado mediante esta ley, como aporte a las deudas
identificadas y conciliadas con esa institución para amortizar a la deuda del Estado
con la CCSS. La transferencia de estos recursos, que realice este Ministerio a
la CCSS, estarán excluidos de lo dispuesto en el título IV, Responsabilidad
fiscal de la República, y en el capítulo IV, Disposiciones transitorias al
título IV, del título V, Disposiciones transitorias de la Ley 9635,
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018.
[ ... ]
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