CAPÍTULO III
DEROGACIONES Y VIGENCIA
Artículo 597. Disposiciones derogatorias. A partir de la vigencia de
este Reglamento, se derogan los siguientes. decretos:
a.
Decreto Ejecutivo Nº 25270 de 14 de junio de 1996 y sus reformas y
modificaciones, Reglamento a la Ley General de Aduanas, con excepción de los
Títulos Il y III.
b.
Decreto Ejecutivo Nº 13633 de 07 de mayo de 1982, Reglamento de Importación Temporal de Equipo de Repuesto para el Mantenimiento y
Reparación de Aeronaves de Transporte Internacional.
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