Artículo concordado:
46
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1.
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Decreto Ejecutivo:
37979
del: 22/04/2013
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Nombre:
Reglamento para la recaudación, control y fiscalización del impuesto del 5% sobre el valor de los pasajes vendidos en Costa Rica, para cualquier clase de viajes internacional
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Concuerda con
: Toda la norma
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2.
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Directriz:
2268
del: 05/11/2015
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Nombre:
Agencias de viajes líneas aéreas empresas transporte terrestre y navieras cruceros domiciliadas en el país en su condición de agentes de percepción del impuesto del 5% sobre pasajes internacionales deben liquidar impuesto en dólares cuando paguen colones
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Concuerda con
: Toda la norma
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3.
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Directriz:
2267
del: 05/11/2015
Estado:
NO VIGENTE
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Nombre:
Procedimiento para el reembolso del impuesto del 5% sobre el valor de los pasajes cuyo origen de ruta sea Costa Rica para cualquier clase de viajes internacionales no utilizado parcial o totalmente
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Concuerda con
: Toda la norma
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4.
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Directriz:
0130
del: 20/01/2021
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Nombre:
Las empresas de transporte aéreo se constituyen en agentes de percepción declaración y liquidación del impuesto 5% y se encuentran obligadas a efectuar ante el ICT una liquidación quincenal con carácter de declaración jurada de todos los pasejes vendidos
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Concuerda con
: Toda la norma
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