Resolución :
063
del
12/03/2013
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Establece en un 13.70% la tasa de interés en caso de pagos de la obligación tributaria aduanera realizados posteriores al momento del hecho generados o cobros indebidos de tributos realizados por la Administración Aduanera
(NO VIGENTE)
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Ente emisor:
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Dirección General de Aduanas
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Fecha de vigencia desde:
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29/03/2013
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Versión de la norma: 2 de 2
del 29/08/2013
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