Acuerdo :
16
del
20/06/2019
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La persona con discapacidad que carece de extremidades superiores e inferiores puede otorgar actos notariales mediante firma a ruego. En ese caso es necesario la presencia de testigos instrumentales
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Ente emisor:
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Dirección Nacional de Notariado
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Versión de la norma: 1 de 1
del 20/06/2019
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