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Ayuda
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Ley :
7014
del
28/11/1985
Creación de la Oficina del Arroz
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Observaciones
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Los artículos 9º, inciso a); 10,
inciso b) y 34 de la presente ley, quefueron DEROGADOS EXPRESAMENTE
por la Ley Nº 7472 de 20 de diciembre de 1994 en su artículo 70, inciso
a), que dispuso:
"ARTICULO 70.- Derogaciones. Quedan sin efecto las
funciones y potestades de regulación del comercio y, en
particular, para otorgar licencias de importación o exportación,
fijar cuotas y otorgar autorizaciones a una actividad económica,
en los siguientes casos:
....
Además, se derogan las siguientes normas:
a) El inciso a) del artículo 9, los incisos b), j) y k) del artículo
10 y los artículos 32, 33 y 34 de la Ley de Creación de la
Oficina del Arroz, No. 7014 del 14 de noviembre de 1985.
..."
A pesar de estar derogados, la Ley Nº 7473 de misma fecha, en su
artículo 11, incisos d), e) y f), por evidente error legislativo,
procedió a reformarlos en el texto que se incluye como VIGENTE.
DEROGATORIA TAXITA del artículo 42 de esta ley, mediante dictamen
012-2000 de 26 de enero del 2000, se concluyó que éste artículo fue
derogado táxitamente por el artículo 6 de la ley 7472 (Ley de Protección
Efectiva del Consumidor).
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