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Ayuda
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Ley :
5173
del
10/05/1973
Reforma Código de Trabajo
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Observaciones
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Ley por vía de RESELLO.
Por medio de esta ley, No. 5173 de 10 de mayo de 1973,
interprétanse auténticamente las leyes Nos. 4797 de 12 de julio de
1971 (derogatoria del inciso f) del artículo 29 del Código de
Trabajo), 4906 de 29 de noviembre de 1971 (reforma inciso f) del
artículo 37 del Estatuto de Servicio Civil), e inciso b) del artículo
33 de la 4556 de 29 de abril de 1970 (ley de Personal de la Asamblea
Legislativa), en el sentido de que los trabajadores que se acojan -aun
voluntariamente- a jubilación, pensión de vejez, muerte o de retiro,
concedidas por la Caja Costarricense de Seguro Social o por los
diversos sistemas de pensiones de los Poderes del Estado, Tribunal
Supremo de Elecciones, por las instiituciones autónomas, semiautónomas
y las municipalidades, tienen derecho a que el patrono les pague el
auxilio de cesantía.
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