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 Normativa >> Ley 6890 >> Fecha 14/09/1983 >> Observaciones
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  Ley : 6890   del 14/09/1983  
Reformas al Código Municipal y Otras Leyes
 


Observaciones
Deroga toda disposición que se le oponga y se agrega un transitorio a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre. Mediante el artículo 19 de esta ley se adiciona un párrafo final al artículo 8 (sic) de la No. 6806 de 26 de agosto de 1982, lo cual es error evidente del legislador, dado que la No 6806 de cita reformó el artículo 3 de la No. 2726 de 14 de abril de 1961 (Creación del A.y A.) -el cual consta de ocho incisos- por lo que la adición respectiva debe entenderse al inciso 8) del relacionado artículo 3. La susodicha ley No. 6806 consta únicamente de dos artículos.