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Ayuda
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Resolución :
00010
del
31/01/2023
Normas para el control de fondos y actividades públicos que son custodiados o administrados por sujetos privados
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Observaciones
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La presente normativa se implementará de forma gradual, debiendo estar adoptada en su totalidad en enero del 2024, excepto lo correspondiente a las regulaciones del componente presupuestario previstas en los numerales 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 30, 31 y 32, los cuales deben ser implementados a partir de la formulación de los presupuestos para el ejercicio económico 2025.
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