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Ayuda
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Ley :
7153
del
29/06/1990
Ley de Fomento de la Producción de Cabuya
( NO VIGENTE )
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Observaciones
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La Ley Nº 7472 de 20 de diciembre de 1994, en su artículo 70,
dispone: " Derogaciones. Quedan sin efecto las funciones y potestades de
regulación del comercio y, en particular, para otorgar licencias de
importación o exportación, fijar cuotas y otorgar autorizaciones a una
actividad económica, en los siguientes casos: a) Ley de Fomento de la
Producción de Cabuya, No. 7153 del 29 de junio de 1993. (sic: lo correcto
es 1990)."
Aparte de lo antes indicado, el ARTICULO 1º de la Ley Nº 7473, de
igual fecha que la anterior, en lo que interesa dispone: "Se eliminan
todas las licencias, los permisos previos, los criterios vinculantes, los
vistos buenos, las recomendaciones y cualesquiera otras formas de
autorización para importar mercancías." En lo particular, en su inciso i)
elimina las medidas citadas en lo referente a: "Cabuya, fibras, hilos,
mecates, telas y sacos de fibra burda hechos de cabuya.", pero todo sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5º de la misma ley, en lo
relativo a Licencias de Importación en casos especiales.
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