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 Normativa >> Ley 7130 >> Fecha 16/08/1989 >> Observaciones
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  Ley : 7130   del 16/08/1989  
Código Procesal Civil
 


Observaciones
Incluye el texto íntegro del Código Procesal Civil, con 932 artículos. NOTA AL ARTICULO 118: De acuerdo con la interpretación de la Corte Plena del 31 de mayo de 1993, la autenticación por otro abogado que exige este artículo es obligatoria cuando el poderdanto no es abogado porque, en caso de serlo, su firma es auténtica y no requiere de ninguna otra autenticación. AFECTACIONES POSTERIORES: La ley No.7421 del 18 de julio de 1994 modifica los errores contenidos en los artículos 37 inciso 3), 214 inciso 6), 236 párrafo tercero, 250 párrafo primero, 292 párrafo segundo, 710 inciso c), 777 párrafo segundo, 889 inciso 3), todos del presente Código. ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD: La acción de inconstitucinalidad Nº 5964-96, está presentada contra los textos de los artículos 709, 717 y 721, anteriores a la reforma realizada por la Ley Nº 7643 del 17 de octubre de 1996.