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  Ley : 7557   del 20/10/1995  
Ley General de Aduanas
 


Observaciones
LA PRESENTE LEY ES REGLAMENTADA POR EL DECRETO EJECUTIVO N° 25270 DE 14 DE JUNIO DE 1996, Publicada en La Gaceta N° 123 de 28 de junio de 1996.

El artículo 255 deroga los artículos 375 a 379 del Código de Comercio; los Títulos II, III, IV y V del Código Fiscal; la Ley de Almacenes de Depósitos Fiscales; la Ley de Defraudación Fiscal y el párrafo 4to. del artículo 64 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.

Además, modifica el inciso d) del artículo 1 de la ley No.6106 del 7 de noviembre de 1977.

VIGENCIA:

Esta ley es de orden público y comenzó a regir cuando se puso en vigencia para Costa Rica el Código Aduanero Uniforme Centroamericano II. El instrumento de ratificación fue depositado por Costa Rica el día 22 de junio de 1996, por lo que la presente ley entró a regir el día 1º de julio de 1996.