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Ayuda
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Ley :
6313
del
04/01/1979
Ley de Adquisiciones, Expropiaciones y Servidumbres del ICE
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Observaciones
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En su artículo 28, la presente ley deroga las disposiciones de
procedimiento expropiatorio contenidas en diversas leyes relativas al
ICE, a saber la de Río Macho (2292), la de Arenal (5869) y la de
Telecomunicaciones (3226), aunque por error dice "Ley Nº 3326 de 28 de
octubre de 1963", ya que la 3326 es de fecha 31 de julio de 1964, y de
materia distinta, pues faculta a la Municipalidad de Tibás para vender
una finca de su propiedad, con cuyo producto financiaría la construcción
de una plaza de deportes en ese lugar.
En su artículo 9, la Ley de Aprobación de Contratos de Préstamo para
el Programa de Desarrollo Eléctrico III, Nº 7388 de 25 de marzo de 1974,
autoriza al Instituto Costarricense de Electricidad, como adición a la
presente ley a utilizar el procedimiento señalado en la Ley de
expropiación forzosa por causa de utilidad pública, Nº 36 de 26 de junio
de 1896 y sus reformas.
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