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 Normativa >> Ley 27 >> Fecha 02/03/1939 >> Observaciones
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  Ley : 27   del 02/03/1939  
Ley sobre Impuesto Territorial
 


Observaciones
Revalida ley 20 del 1 de junio de 1938. La presente ley fue EXPRESAMENTE DEROGADA por la Nº 2500 de 17 de diciembre de 1959 (artículo 82), pero RESTABLECIDA EN SU VIGENCIA por el artículo 2º de la Nº 2550 de 9 de abril de 1960. Por el artículo 14 de la Ley Nº 7088 de 30 de noviembre de 1987, se dispone la actualización de avalúos para efectos del Impuesto Territorial, modificando al efecto esta ley, en la siguiente forma: al artículo 4 le reforma el inciso d) y le adiciona un inciso f); se le adicionan dos nuevos artículos con los números 11 y 12. No obstante, por su artículo 25, dispone que la modificación a que alude el citado artículo 14 regirá hasta el 31 de diciembre de 1989. El plazo últimamente aludido se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 1990 mediante el artículo 24.4 de la Ley Nº 7141 de 20 de diciembre de 1989 y nuevamente, por el 42 de la Ley Nº 7216 de 19 de diciembre de 1990 (Presupuesto para 1991), hasta el 31 de diciembre de 1991. La Ley Nº 7272 de 18 de diciembre de 1991 (Presupuesto para 1992) en su artículo 32, dispuso que del incremento que se produzca en la recaudación del Impuesto Territorial, durante 1992, por la actualización de avalúos establecida en el artículo 14 de la Ley 7088 citada, el Poder Ejecutivo destinará el 40% a la contratación y confección de un Catastro Inmobiliario y Multifinalitario, sujeto a las condiciones que determina.