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Ayuda
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Ley :
5909
del
10/06/1976
Ley de Reforma Tributaria de 1976
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Observaciones
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La presente Ley de Reforma Tributaria crea diversas normativas, cada una con numeración autónoma.
1) Modifica: art.06, art.08 (incisos 1, 5, 6 y 10), art.09
(incisos 4 aparte h), art.13 (incisos 1, 2 y 3), art.14 (inciso 2),
arts.23, 63 y 64 de la Ley No.837 del 20 de diciembre de 1946 "Ley de
Impuesto sobre la Renta".
2) El artículo 3ero. crea la Ley de Impuesto sobre Traspasos de
Bienes Inmuebles, con numeración autónoma, comenzando por en número 1
hasta el 14 inclusive.
Esta ley autónoma fue reformada integramente por la No.6153 del 21
de noviembre de 1977. De allí que al aparecer sustituido el artículo
3ero., significa que TODA la ley ha sido reformada.
Posteriormente, la ley No.6952 de 29 de febrero de 1984
dispuso en su artículo 2º que el IMPUESTO DE TRANSFERENCIA DE LOS BIENES
INMUEBLES establecidos en el artículo 3 por la Ley No. 5909 de 16 de junio
de 1976 y sus reformas, QUEDARA DEROGADO en la misma fecha que entre a
regir el reglamento de esta ley.
La Ley vigente en la actualidad de Impuesto sobre los Traspasos de
Bienes Inmuebles, es la contenida en el artículo 9 de la No. 6999 de 3
de setiembre de 1985 y sus reformas.
3) Modifica: 07 y 11 de la Ley No. 5162 del 22 de diciembre de
1972 Ley Fomento Exportaciones y se adiciona Capítulo VII.
4) Modifica: arts. 51, 74 y 141 del Código de Normas y
Procedimientos tributarios No.4755 del 03 de mayo
de 1971.
5) Modifica: Art. 02 de ley No. 4340 del 30 de mayo de 1969.
6) Modifica: art. 87 de la ley No. 4574 del 04 de mayo de 1960
.-
La ley No.6016 del 29 de noviembre de 1976, en su artículo 24
adiciona una serie de normas generales al artículo 9 de la ley No.5875
del 26 de diciembre de 1976. Entre ella, la norma Octagésimotercera
agrega un segundo párrafo al Transitorio V de la presente ley,
referente al destino de una partida otorgada por el Banco Central a la
Municipalidad de Puntarenas para el estudio, programas,
planificaciones y realización de obras de infraestructura en la Isla
de San Lucas, con el propósito de promover actividades turísticas.
7) La Ley Nº 5966 de 27 de octubre de 1976, artículo 1º, reformó el
Transitorio 6º, párrafo 1º de la presente, y el Transitorio 3º fue
reformado por el artículo 9, numeral 107, de la Ley Nº 6542 de 22 de
diciembre de 1980 y 5º de la Nº 6589 de 15 de agosto de 1981.
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