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 Normativa >> Ley 5909 >> Fecha 10/06/1976 >> Observaciones
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  Ley : 5909   del 10/06/1976  
Ley de Reforma Tributaria de 1976
 


Observaciones
La presente Ley de Reforma Tributaria crea diversas normativas, cada una con numeración autónoma. 1) Modifica: art.06, art.08 (incisos 1, 5, 6 y 10), art.09 (incisos 4 aparte h), art.13 (incisos 1, 2 y 3), art.14 (inciso 2), arts.23, 63 y 64 de la Ley No.837 del 20 de diciembre de 1946 "Ley de Impuesto sobre la Renta". 2) El artículo 3ero. crea la Ley de Impuesto sobre Traspasos de Bienes Inmuebles, con numeración autónoma, comenzando por en número 1 hasta el 14 inclusive. Esta ley autónoma fue reformada integramente por la No.6153 del 21 de noviembre de 1977. De allí que al aparecer sustituido el artículo 3ero., significa que TODA la ley ha sido reformada. Posteriormente, la ley No.6952 de 29 de febrero de 1984 dispuso en su artículo 2º que el IMPUESTO DE TRANSFERENCIA DE LOS BIENES INMUEBLES establecidos en el artículo 3 por la Ley No. 5909 de 16 de junio de 1976 y sus reformas, QUEDARA DEROGADO en la misma fecha que entre a regir el reglamento de esta ley. La Ley vigente en la actualidad de Impuesto sobre los Traspasos de Bienes Inmuebles, es la contenida en el artículo 9 de la No. 6999 de 3 de setiembre de 1985 y sus reformas. 3) Modifica: 07 y 11 de la Ley No. 5162 del 22 de diciembre de 1972 Ley Fomento Exportaciones y se adiciona Capítulo VII. 4) Modifica: arts. 51, 74 y 141 del Código de Normas y Procedimientos tributarios No.4755 del 03 de mayo de 1971. 5) Modifica: Art. 02 de ley No. 4340 del 30 de mayo de 1969. 6) Modifica: art. 87 de la ley No. 4574 del 04 de mayo de 1960 .- La ley No.6016 del 29 de noviembre de 1976, en su artículo 24 adiciona una serie de normas generales al artículo 9 de la ley No.5875 del 26 de diciembre de 1976. Entre ella, la norma Octagésimotercera agrega un segundo párrafo al Transitorio V de la presente ley, referente al destino de una partida otorgada por el Banco Central a la Municipalidad de Puntarenas para el estudio, programas, planificaciones y realización de obras de infraestructura en la Isla de San Lucas, con el propósito de promover actividades turísticas. 7) La Ley Nº 5966 de 27 de octubre de 1976, artículo 1º, reformó el Transitorio 6º, párrafo 1º de la presente, y el Transitorio 3º fue reformado por el artículo 9, numeral 107, de la Ley Nº 6542 de 22 de diciembre de 1980 y 5º de la Nº 6589 de 15 de agosto de 1981.