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  Ley : 2035   del 17/07/1956  
Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción
 


Observaciones
Deroga : Decreto ley No. 160 de 10-09-1948 y su adición Decreto ley No. 755 de 11-10-1949 Decreto ley No. 567 de 10-06-1949 Así como las que se le opongan. NOTA: La ley No.6050 del 14 de marzo de 1977 reformó y reprodujo íntegramente el texto de la presente ley. Luego, el artículo 1 de la ley No.6786 del 9 de agosto de 1982 modificó el párrafo 1, el encabezado y el inciso j) del artículo 5 de la No.6050. Además, el artículo 21 de la ley No.6982 del 19 de diciembre de 1984 adicionó un párrafo al inciso n) del artículo 5 de la misma ley. No obstante, dichas afectaciones deben tenerse como hechas a la No.2035, por ser la ley original. El Transitorio I fue ampliado en su vigencia por las siguientes leyes: 6075 de 26/07/77 (artículo 25) 6256 de 28/04/78 (artículo 18) 6406 de 18/12/79 (artículo 9.76) 6542 de 22/12/80 (artículo 9.62) 6700 de 23/12/81 (artículo 9.60) 6963 de 31/07/84 (artículo 30) 7040 de 25/04/86 (artículo 30) 7089 de 18/12/87 (artículo 14) 7111 de 12/12/88 (artículo 36.4) De igual manera, las leyes Nos. 6075 de 26 de julio de 1977 (artículo 37) y 6191 de 12 de diciembre de 1977 (artículo 9.70), ampliaron el plazo a que se refiere el párrafo final del artículo 48 de la presente ley.