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 Normativa >> Ley 7764 >> Fecha 17/04/1998 >> Observaciones
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  Ley : 7764   del 17/04/1998  
Código Notarial
 


Observaciones
VIGENCIA: Rige seis meses después de su publicación, con excepción de los artículos 181 y 182, que entraron en vigencia de inmediato.

REFORMA DE ARTÍCULOS DEROGADOS: El numeral 181 reforma al 11 de la Ley No.6999-A de 3 de setiembre de 1985. Sin embargo, dicho artículo ya había sido derogado en su totalidad por el 121 de la Ley de Presupuesto No.7015 de 22 de noviembre de 1985.

Igualmente, el numeral 183 reforma el 104 del Código Municipal de 1970, mismo que quedará derogado a partir del 18 de julio de 1998.

En el artículo 178 se menciona que el número de Ley del Código Civil es la Ley 7130, de 3 de noviembre de 1989 y el número correcto es la Ley N° 63 del 28 de setiembre de 1887, no como se consignó.