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  Reglamento municipal : 131   del 18/07/2000  
Reglamento de Permisos de Construcción de la Municipalidad de Pérez Zeledón
 


Observaciones
Por no indicar fecha expresa de rige, se toma su vigencia en los diez días posteriores a su publicación en el diario oficial La Gaceta.

Toda solicitud o trámite administrativo que haya sido presentado antes de la publicación en la Gaceta Oficial y definitiva entrada en vigencia de este Reglamento será tramitada de acuerdo a las normas vigentes a la fecha de la solicitud y de acuerdo a los procedimientos internos definidos por el Área de Obras y Servicios de la Municipalidad de Pérez Zeledón para estos casos. Una vez resueltas y comunicadas todas estas solicitudes a los permisionarios, este procedimiento anterior quedará derogado.