Texto Completo acta: 112603
N° 40040-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 y 146 de la
Constitución Política y 25 y 27 de la Ley General de la Administración Pública,
Ley N° 6227 de 2 de mayo de 1978; y,
CONSIDERANDO:
1° Que el pueblo costarricense y el Gobierno de la Republica lamentan
profundamente el fallecimiento del ex Presidente de la República, señor Luis
Alberto Monge Álvarez.
2° Que ex Presidente de la República Luis Alberto Monge Álvarez fue un
ciudadano costarricense que dedicó su vida a servir a la Patria desde diversos
ámbitos. Fue diputado de la Asamblea Legislativa, dirigente político y social,
Presidente de la República y diputado ante la Asamblea Nacional Constituyente.
En rica trayectoria pública, fue propulsor o participó activamente en
algunos de los cambios más trascendentales de la vida política nacional durante
el siglo XX. Muchos de sus aportes son de significativa relevancia para el
logro de la Costa Rica justa y próspera que hoy disfrutamos.
3° Que por su legado y su vida dedicada al servicio de la República, la
Patria estará siempre agradecida con don Luis Alberto Monge Álvarez. Su
lamentable deceso nos enluta y nos obliga a honrar su memoria.
POR TANTO,
DECRETAN:
"DECLARATORIA DE DUELO NACIONAL POR EL FALLECIMIENTO DEL EX
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, SEÑOR LUIS ALBERTO MONGE
ÁLVAREZ"
Artículo 1.- Declárese Duelo Nacional con motivo del fallecimiento del ex Presidente
de la República, señor Luis Alberto Monge Álvarez, los días primero, dos y tres
de diciembre de dos mil dieciséis.
Ficha articulo
Artículo 2.- Sus honras Fúnebres se efectuarán con los honores oficiales
correspondientes.
Ficha articulo
Artículo 3.- El Gobierno de la República de Costa Rica expresa las más sinceras
condolencias a los familiares y allegados del ex Presidente de la República,
señor Luis Alberto Monge Álvarez.
Ficha articulo
Artículo 4.- Rige a partir del primero de diciembre de dos mil dieciséis.
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los treinta días
del mes de noviembre de dos mil dieciséis.
Ficha articulo
Fecha de generación: 17/10/2025 09:51:59