Anexos y Estructuras para la Emisión de
Comprobantes Electrónicos
Version 4.4
Dirección General de Tributación
Noviembre 2024
TABLA DE CONTENIDO
Anexo
1. "Especificaciones Técnicas y Formato de las
Estructuras de los Comprobantes Electrónico.....3
I.
Introducción
...................................................................................................................................14
II.
Especificaciones técnicas y formato de los comprobantes electrónicos
......................................14
a)
Datos del Encabezado:
...................................................................................................18
b)
Detalle de la mercancía o servicio prestado
....................................................................26
c)
Resumen del comprobante /Total de comprobante. Moneda
..........................................49
d)
Información de referencia:
...............................................................................................55
e)
Otros (Uso comercial, no tributario):
................................................................................57
f) Mecanismo de seguridad:
.................................................................................................58
III.
Mensajes: .....................................................................................................................................59
IV.
Notas sobre el Anexo 1
................................................................................................................63
Anexo
2. "Mecanismo de seguridad para la autenticación e integridad de los
Comprobantes Electrónicos del Ministerio de ..Hacienda"........82
Anexo
3. "Información para la conexión con el API de Comprobantes Electrónicos
del Ministerio de Hacienda"........................................94
ANEXO 1. "ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS Y FORMATO DE LAS ESTRUCTURAS DE LOS COMPROBANTES ELECTRÓNICOS"
Control Histórico de Cambios
VERSIÓN 4.4.
Rige a partir del 01 de
junio del 2025, a partir de dicha fecha se deroga la Versión 4.3, esta y
versiones anteriores, únicamente se podrán utilizar para generar notas de
crédito y débito que ajusten comprobantes emitidos durante su vigencia.
Bitacora 4.4.0
1. Se
ajusta la nota 2 incorporando el XML Schema, para los comprobantes "Factura Electrónica de Compra",
"Factura
Electrónica de Exportación" y "Recibo Electronico de Pago".
Encabezado
2. Se
ajusta la descripción del campo "Clave"
incluyendo la referencia a la nota 3.
3. Se
incluye el campo de "Proveedor
de Sistemas" para identificar los sistemas de emisión de comprobantes
electrónicos.
4. Se
incluye en la nota 3, la codificación correspondiente a los campos de "Clave" y "Consecutivo".
5. Se
incluye en la nota 3, el código 10 correspondiente al tipo de comprobante
"Recibo Electronico
de Pago".
6. Se
incluye el campo de "Código
de actividad económica del receptor". Se incluye nota al pie sobre la
comunicación oportuna para el uso obligatorio de este campo.
7. Se
ajusta en el campo "Tipo
de identificación del emisor" la descripción de los tipos de
identificación, incluyendo el tipo "Extranjero No Domiciliado" para usar
únicamente en la factura de compra.
8. Se
ajusta en el campo "Tipo
de identificación del emisor" la descripción de los tipos de
identificación, incluyendo el tipo "No Contribuyente" para usar únicamente en la
factura de compra.
9. Se
incluye en la nota 4 el código 05 para el tipo de identificación "Extranjero No Domiciliado",
junto con nota explicativa al pie de página.
10. Se
incluye en la nota 4 el código 06 para el tipo de identificación "No Contribuyente",
junto con nota explicativa al pie de página.
11. Se
ajusta la descripción y se amplía el tamaño del campo "Número de cédula física/
jurídica/NITE/DIMEX/Extranjero No domiciliado/No contribuyente, del emisor"
a 20 caracteres cuando se use el código 05 de la nota 4.
12. Se
incluye el campo de "Registro
fiscal de bebidas Alcohólicas Ley 8707".
13. Se
ajusta la condición del campo "Nombre
Comercial Emisor" a Opcional.
14. Se
convierte el nodo de "Ubicación"
para el emisor en condicional para la Factura Electrónica de Compra cuando en
el campo "Tipo de
identificación del emisor" se esté utilizando el código 05 y
06 de la nota 4, donde no será obligatorio.
15. Se
ajusta la condicionalidad del campo "Barrio" de condicional a opcional y se
habilita la escritura.
16. Se
incluye el campo "Otras
Señas Extranjero" de uso exclusivo en la Factura
Electrónica de Compra para cuando en el campo "Tipo de identificación del emisor"
se este utilizando el código 05 de la nota 4.
17. Se
ajustan descripciones del campo "Número
de Teléfono" en el nodo "Teléfono"
tanto para el emisor como para el receptor, estableciéndose un mínimo de 8
dígitos y un máximo de 20.
18. Se
elimina el nodo de "Fax",
tanto para el nodo del emisor como para el nodo del receptor.
19. Se
amplía el número de repeticiones del campo "Dirección de correo electrónico del
emisor" a cuatro y se ajusta la condición del campo a condicional
en factura de compra.
20. Se
incluye en la nota 5 de "Condiciones
de la Venta", el código 12 para "Venta de Mercancía No Nacionalizada"
para el comprobante de factura electrónica, junto con nota explicativa al pie
de página.
21. Se
incluye en la nota 5 de "Condiciones
de la Venta", el código 13 para "Venta Bienes Usados No Contribuyente"
para el comprobante de factura electrónica, junto con nota explicativa al pie
de página.
22. Se
incluye en la nota 5 de "Condiciones
de la Venta", el código 14 para "Arrendamiento Operativo", junto con nota
explicativa al pie de página.
23. Se
incluye en la nota 5 de "Condiciones
de la Venta", el código 15 para "Arrendamiento Financiero", junto con nota
explicativa al pie de página.
24. Se
ajusta en la nota 5 la descripción del pie de página del código 09 "Pago de servicios prestado al Estado".
25. Se
ajusta en la nota 5 la descripción del pie de página del código 11 "Pago de venta a crédito en IVA hasta 90
días (Artículo 27, LIVA)".
26. Se
ajusta la condición del nodo "Identificación
del Receptor" en factura electrónica de exportación a obligatorio.
27. Se
ajusta la descripción del campo "Tipo
de identificación del receptor" aclarando cuando usar el tipo de
identificación "Extranjero
No Domiciliado" en cada comprobante; cuando se use
el código 05 de la nota 4.
28. Se
ajusta la descripción y se amplía el tamaño del campo "Número de cédula física/
jurídica/NITE/DIMEX/Extranjero No domiciliado, del receptor"
a 20 caracteres
29. Se
elimina el campo "Número
de identificación en caso que el Receptor sea Extranjero".
30. Se
ajusta condición del campo "Nombre
Comercial Receptor" a opcional.
31. Se
amplía descripción de la condición del nodo "Ubicación"
para el receptor, deshabilitando su uso para el tipo de identificación "Extranjero No Domiciliado"
y se pasa a opcional en caso de Tiquete Electrónico.
32. Se
ajusta la condición del campo "Otras
señas Extranjero" a condicional en el comprobante
Factura Electrónica, cuando el tipo de identificación es "Extranjero No Domiciliado"
e inexistente para el comprobante Factura Electrónica de Compra.
33. Se
ajusta descripción del campo "Condiciones
de la Venta" especificando el uso exclusivo del código 12 de la nota 5,
en el comprobante Factura Electrónica.
34. Se
incluye el campo "Detalle
Condición de la Venta OTRO" de uso obligatorio en caso de
utilizar el código 99 de "Otros"
de la nota 5.
35. Se
modifica el campo "Plazo
de crédito" a un campo "Interger"
de 5 posiciones, debiendo expresarse en días.
36. Se
traslada el nodo de "Medio
de Pago" al Apartado "Resumen
del Comprobante/Total del Comprobante" el nodo de "Medio de Pago".
Detalle de la mercancía o
servicio prestado
37. Se
ajusta la descripción del nodo "Detalle
del Servicio, Mercancía u otro" aclarando la condicionalidad de su
uso obligatorio en el comprobante Factura Electrónica, excepto cuando se use se
seleccione el código 04, 08, 09 y 10 de la nota 16 en el campo "Tipo de
documento otros cargos" y no cuente con una línea de servicio o producto.
38. Se
ajusta la descripción del campo "Partida
Arancelaria" aclarando su condición obligatoria cuando se utilice un
código CAByS de mercancías, en la factura de exportación
39. Se
ajusta la etiqueta y descripción del campo "Código de Producto/Servicio",
aclarando la condición obligatoria de este campo en las notas de crédito y
débito, así como sus excepciones
40. Se
ajusta la descripción y la condición del nodo "Código Comercial",
a condicional cuando se utilicen códigos CAByS de combos/surtidos/paquetes.
41. Se
ajusta la descripción del campo "Tipo
de Código de producto/servicio" del nodo "Código Comercial"
para cuando se utilicen códigos CAByS de combos/surtidos/paquetes.
42. Se
ajusta la descripción del campo "Código"
del Nodo "Código
Comercial" para cuando se utilicen códigos CAByS de
combos/surtidos/paquetes
43. Se
ajusta la nota 15, clasificando las unidades de medida para los servicios y las
mercancías.
44. Se
incluyen en la nota 15, las siguientes unidades de medida: Acv, Fa, Cc, Cu y Qq.
45. Se
incluye el campo "Tipo
de transacción" de condición condicional, para el
caso de transacciones con tratamientos tributarios específicos según la
necesidad de las partes.
46. Se
incluye la nota 22 para Tipo de Transacción.
47. Se
ajusta la condición del campo "Detalle
de la mercancía transferida o servicio prestado"
a obligatorio en todos los comprobantes.
48. Se
incluye el campo de "Número
de VIN o Serie" de los vehículos de transporte y se
incluye notas explicativas al pie de página.
49. Se
incluye el Nodo de "Detalle
de Productos del Surtido" que será de condición obligatoria
para cuando se utilicen códigos CAByS de combos/surtidos/paquetes, junto con
nota explicativa al pie de página. Cuenta con la posibilidad de tener hasta 20
repeticiones.
50. Se
ajusta la descripción de campo "Monto
de descuentos concedidos", y la condición del campo a
obligatorio.
51. Se
incluye la nota 20 para los tipos de descuentos a utilizar en el campo de
"Código del
Descuento".
52. Se
incluye el campo "Código
del descuento" de condición obligatoria para la identificación de los
descuentos detallados en la nota 20.
53. Se
incluye el campo "Código
del descuento OTRO" de uso obligatorio en caso de
utilizar el código 99 de "Otros
Descuentos" de la nota 20.
54. Se
ajusta la descripción del campo "Naturaleza
del Descuento" de uso obligatorio cuando se utilice el código 99 de la
nota 20
55. Se
incluye el campo denominado "IVA
cobrado a nivel de fábrica".
56. Se
incluye la nota 21 para el "IVA
cobrado a nivel de fábrica"
57. Se
ajusta el nombre del campo "Base
Imponible Especial" a "Base Imponible".
58. Se
ajusta la condición del campo "Base
Imponible" a obligatorio y se amplía la descripción
para su uso.
59. Se
ajusta el número de repeticiones del campo "Impuesto" a {1,1000}, se
hace campos obligatorio y se amplia su descripción .
60. Se
ajusta la descripción "Código de Impuesto" indicando para el caso de
las Regalías y Bonificaciones los campos a usar para el cálculo del IVA .
61. Se
incluye el campo "Código
de impuesto OTRO" de uso obligatorio en caso de
utilizar el código 99 de "Otros"
de la nota 8.
62. Se
ajusta la etiqueta "Código
Tarifa" por "Código
Tarifa IVA" y el nombre del Campo "Código de la Tarifa del impuesto"
por "Código de la
tarifa del Impuesto al Valor Agregado".
63. Se
incluye en la nota 8, nota explicativa al pie de página, para el uso del código
de impuesto 07 "IVA
cálculo especial"
64. Se
ajusta la descripción del campo "Código
de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado".
65. Se
modifica en la nota 8.1 el nombre del código 01 de "Tarifa 0% (Exento)"
por "Tarifa 0%
(Artículo 32, num 1, RLIVA)" junto con nota explicativa al pie
de página.
66. Se
incluye para la nota 8.1 notas explicativas para el uso exclusivo del código 05
de "Transitorio 0%"
y del código 06 de "Transitorio
4%" en notas de crédito y débito
67. Se
modifica en la nota 8.1 el nombre del código 07 de "Transitorio 8%"
por tarifa transitoria 8%. (Código Inhabilitado)
68. Se
incluye en la nota 8.1 el código 09 de "Tarifa reducida 0.5%".
69. Se
incluye en la nota 8.1 el código 10 de "Tarifa Exenta" y se incluye notas explicativas al
pie de página para el uso exclusivo del código 10.
70. Se
incluye en la nota 8.1 el código 11 de "Tarifa 0% sin derecho a
crédito" y se incluye nota explicativa al pie de página.
71. Se
amplía la descripción del campo "Tarifa
del Impuesto" para efectos del uso y condición del campo de acuerdo con
cada código de impuesto de la nota 8 que utilice tarifa para su cálculo.
72. Se
modifica el nombre del campo "Factor
del impuesto" por "Factor
Cálculo IVA" y se amplía la descripción sobre el formato de uso decimal.
73. Se
incluye el nodo "Datos
para Impuestos Específicos" de condición obligatoria, cuando se
utilicen los códigos de impuesto 03, 04, 05, 06 de la nota 8 y agrupará los
campos requeridos para el cálculo de estos impuestos.
74. Se
ajusta la descripción del campo "Monto
del Impuesto" explicando el cálculo correspondiente para cada código de
impuesto de la nota 8.
75. Se
modifica en la nota 10.1 el nombre del código 01 de "Compras autorizadas por la Dirección
General de Tributación". (Código Inhabilitado).
76. Se
modifica en la nota 10.1 el nombre del código 04 de "Exenciones Dirección
General de Hacienda" por "Exenciones
Dirección General de Hacienda Autorización Local Genérica".
77. Se
modifica en la nota 10.1 el nombre del código 05 de "Transitorio V"
por "Exenciones
Dirección General de Hacienda Transitorio V (servicios de ingeniería,
arquitectura, topografía obra civil)". (Código Inhabilitado)
78. Se
modifica en la nota 10.1 el nombre del código 06 de "Transitorio IX"
por "Servicios
turísticos inscritos ante el Instituto Costarricense de Turismo (ICT)".
(Código Inhabilitado)
79. Se
modifica en la nota 10.1 el nombre del código 07 de "Transitorio XVII"
por "Transitorio
XVII (Recolección, Clasificación, almacenamiento de Reciclaje y reutilizable)".
(Código Inhabilitado)
80. Se
incluye en la nota 10.1 el código 08 de "Exoneración a Zona Franca".
81. Se
incluye en la nota 10.1 el código 09 de "Exoneración de servicios complementarios para la
exportación según articulo 11 RLIVA".
82. Se
incluye en la nota 10.1 el código 10 de "Órgano de las corporaciones municipales".
83. Se
incluye para la nota 10.1 el código 11 de "Exenciones Dirección General de Hacienda
Autorización de Impuesto Local Concreta" y se incluye
notas explicativas al pie de página para el uso exclusivo del código 11.
84. Se
ajusta la etiqueta del campo "TipoDocumento"
a "TipoDocumentoEX".
85. Se
incluye el campo "Tipo
de documento de exoneración o de autorización OTRO"
de uso obligatorio en caso de utilizar el código 99 de "Otros" de la nota 10.1.
86. Se
incluye el campo "Número
de artículo que establece la exoneración o autorización"
que será de condición obligatoria cuando se usen los códigos 02, 03 o 08 de la
nota 10.1.
87. Se
incluye el campo "Número
de inciso que establece la exoneración o autorización"
que será de condición obligatoria cuando se use el campo "Número de artículo que establece la
exoneración o autorización".
88. Se
ajusta la descripción del campo "Nombre
de Institución o dependencia que emitió la exoneración"
para aplicar la codificación de la nota 23.
89. Se
incluye la nota 23 para el campo "Nombre
de Institución o dependencia que emitió la exoneración".
90. Se
incluye el campo "Nombre
Institución Otros" que será de condición obligatoria
en el caso de utilizar el código 99 de "OTRO"
de la nota 23.
91. Se
ajusta la etiqueta del campo "FechaEmision"
a FechaEmisionEX.
92. Se
ajusta en la descripción del campo "Monto del Impuesto Exonerado"
el cálculo al establecido en la bitácora del 21 de mayo del 2020.
93. Se
incluye el campo "Impuestos
Asumidos por el Emisor o cobrado a Nivel de Fábrica".
94. Se
ajusta descripción del campo "Impuesto
Neto" sustituyendo 100% por 13%.
95. Se
ajusta la descripción sobre el cálculo del campo "Impuesto Neto"
incorporando la resta del monto del campo "Impuestos Asumidos por el Emisor o
cobrado a Nivel de Fábrica".
96. Se
ajusta la descripción sobre el cálculo del campo "Total por Línea de Detalle"
incorporando el campo "Impuestos
Asumidos por el Emisor o cobrado a Nivel de Fábrica"
en las reglas de cálculo
97. Se
ajusta la etiqueta del campo "TipoDocumento"
a "TipoDocumentoOC".
98. Se
ajusta el nombre del campo a "Tipo
de documento otros cargos".
99. Se
incluye el campo "Tipo
de documento OTRO" de uso obligatorio en caso de
utilizar el código 99 de "Otros"
de la nota 16.
100. Se
crea anidamiento para la identificación del tercero e incluye el campo
denominado "Tipo de
identificación del Tercero" al nodo de "Otros Cargos".
101. Se
ajusta la etiqueta del campo "Porcentaje"
a "PorcentajeOC".
102. Se
ajusta el nombre del campo "Porcentaje
otros cargos".
103. Se
incluye en la nota 16 el código 08 de "Depósitos de Garantía"
104. Se
incluye en la nota 16 el código 09 de "Multas o Penalizaciones"
105. Se
incluye en la nota 16 el código 10 de "Intereses Moratorios"
Resumen del comprobante
/Total de comprobante:
106. Se
ajusta la condicionalidad del nodo "Código y Tipo de Moneda" a obligatorio en
todos los comprobantes.
107. Se
ajusta el texto de la nota 13.
108. Se
ajusta texto en la nota 13.1 actualizando la versión del documento donde se
encuentran los códigos de moneda "Codigodemoneda_V4.4".
109. Se
ajusta condicionalidad del campo "Código
de la Moneda" a obligatoria en los comprobantes "Nota de Crédito Electrónica"
y "Nota de Débito
Electrónica".
110. Se
ajusta la descripción y condición del campo "Tipo de Cambio"
a obligatorio en los comprobantes "Nota de Crédito Electrónica"
y Nota de Débito
Electrónica".
111. Se
ajusta descripción del campo "Total
servicios gravados con IVA" ampliando la explicación sobre el
cálculo del campo.
112. Se
ajusta descripción del campo "Total
servicios exentos de IVA" ampliando la explicación sobre el
cálculo del campo.
113. Se
incluye el campo "Total
servicios No Sujetos de IVA" con la explicación sobre el cálculo
del campo.
114. Se
aclara el cálculo del campo "Total
mercancías gravadas con IVA" ampliando la explicación sobre el
cálculo de campo.
115. Se
ajusta descripción del campo "Total
mercancías exentas de IVA" ampliando la explicación sobre el
cálculo del campo.
116. Se
ajusta descripción del campo "Total
mercancías exoneradas de IVA" ampliando la explicación sobre el
cálculo del campo.
117. Se
incluye el campo "Total
mercancías No Sujetas de IVA" con la explicación sobre el cálculo
del campo.
118. Se
incluye el campo "Total
No Sujeto" con la explicación sobre el cálculo del campo.
119. Se
ajusta la descripción del campo "Total
Venta" ampliando la explicación sobre el cálculo del campo.
120. Se
ajusta la descripción del campo "Total
de Impuesto" ampliando la explicación sobre el cálculo del campo.
121. Se
incluye el nodo "Total
Desglose por Impuesto Cobrado" con la explicación sobre el cálculo
del campo.
122. Se
ajusta el campo "Total
de Impuestos Asumidos por el Emisor o cobrado a Nivel de Fábrica"
con la explicación sobre el cálculo del campo.
123. Se
incluye en la nota 6 de medios de pago el código 6 "SINPE MOVIL",
el código 07 "Plataforma
Digital".
124. Se
incluye el nodo de "Medio
de Pago" con la explicación sobre el cálculo del campo.
125. Se
amplía la descripción del campo "Total
del Comprobante" ajustando la regla del campo para
que el resultado del cálculo coincida con la sumatoria de los montos por
"Medio de Pago".
Información de Referencia
126. Se
amplía la descripción y se ajusta la condicionalidad del apartado de
Información de Referencia, en "Factura Electrónica" cuando se utilicé
el código 11 de la nota 10.1 en el campo ""Tipo de documento de
autorización o exoneración, así como en "Factura Electrónica de Compra".
127. Se
ajusta la etiqueta del campo "TipoDoc"
a "TipoDocIR".
128. Se
incluye el campo "Tipo
de documento de referencia OTRO" de uso obligatorio en caso de utilizar el
código 99 de "Otros" de la nota 10.
129. Se
ajusta la etiqueta del campo "FechaEmision"
a "FechaEmisionIR".
130. Se
incluye en la nota 9 el código 06 "Devolución de mercancía"
131. Se
incluye en la nota 9 el código 07 "Sustituye Comprobante electrónico".
132. Se
incluye en la nota 9 el código 08 "Factura Endosada".
133. Se
incluye en la nota 9 el código 09 "Nota de crédito financiera".
134. Se
incluye en la nota 9 el código 10 "Nota de débito financiera".
135. Se
incluye en la nota 9 el código 11 "Proveedor No Domiciliado".
136. Se
incluye en la nota 9 el código 12 "Crédito por exoneración posterior a la facturación"
137. Se
incluye el campo "Código
de referencia OTRO" de uso obligatorio en caso de
utilizar el código 99 de la nota 9.
138. Se
inhabilita en la nota 10 el código "Devolución mercadería" y se incluye
notas explicativas al pie de página.
139. Se
ajusta en la nota 10 el nombre del código 10 "Sustituye factura rechazada por el
Ministerio de Hacienda" por "Comprobante electrónico rechazado por el
Ministerio de Hacienda".
140. Se
ajusta en la nota 10 el nombre del código 14 "Comprobante aportado por contribuyente
del Régimen de Tributación Simplificado" por "Comprobante aportado por contribuyente
de Régimen Especial".
141. Se
incluye en la nota 10 el código 16 "Comprobante de Proveedor No Domiciliado".
142. Se
incluye en la nota 10 el código 17 "Nota de Crédito a Factura Electrónica de Compra".
143. Se
incluye en la nota 10 el código 18 "Nota de Débito a Factura Electrónica de Compra"
Otros (
Uso comercial, no tributario.)
144. Se
ajusta el tamaño del campo "Otro Texto" a 500 caracteres.
145. Se
ajusta el tipo y tamaño del campo "Otro Contenido" a String y 500
caracteres.
Mecanismo de Seguridad
146. Se
ajusta la descripción del nodo de firma actual, ampliando el uso del estándar
actual permitiendo la inclusión de la firma de receptor en comprobantes a
crédito y las firmas para endoso.
Fin de ajustes versión 4.4
Modificada al 12
de noviembre del 2024
(Aplicación a partir del 01-01-2025)
1.
Se incluye el campo de "Registro de medicamento" para incluir el
respectivo número de registro del Ministerio de Salud.
2.
Se incluye el campo "forma farmacéutica" para agregar código de la
presentación del medicamento.
3.
Se incluye la nota 19 para "Forma Farmacéutica"
Modificada al 12 de junio
del 2023 (Aplicación a partir del 12/09/2023)
1.
Se agrega a la nota 5 de condición de la venta el campo "Venta a crédito en IVA hasta 90 días
(Artículo 27, LIVA)" código 10, con su respectiva nota
al pie explicativa.
2.
Se agrega a la nota 5 de condición de la venta el campo "Pago de venta a crédito en IVA hasta 90
días (Artículo 27, LIVA)" código 11, con su respectiva nota
pie explicativa.
3.
Se agrega a la nota 8.1 de tarifa impuesto Valor Agregado el campo "Tarifa reducida 0.5%" código
09.
4.
Se modifica el nombre del campo "Porcentaje de la Exoneración" por
"Tarifa exonerada";
asimismo, se ajusta el tipo de campo a "Decimal" y el tamaño a 4,2 (cuatro comas dos)
caracteres.
Modificada al 21 de mayo
del 2020
1.
Se modifica la entrada en vigencia de la obligatoriedad del campo "Código de Producto/servicio"
a partir del 01 de diciembre del 2020.
2.
Se modifica la fórmula de cálculo del campo denominado "Monto de Impuesto exonerado"
a partir del 01 de julio del 2020. La misma se modifica de la siguiente manera
se obtiene de la multiplicación del campo "porcentaje de la exoneración"
por el campo "Subtotal".
Modificada al 19 de
agosto del 2019
1.
Incluye códigos en la nota 10, para sustituir la factura electrónica de compra
(FEC)
Cambio 22/03/2019 versión
4.3, Rige a
partir del 1 de julio del 2019 a partir de dicha fecha se deroga la Versión
4.2.y únicamente se podrá utilizar la versión 4.3.
Condición de Campos
1.
Se Incluye en condición de los Campos el código "04 = Inexistente".
2.
Se incluye las abreviaturas para los tipos de comprobante "Factura Electrónica
de Exportación" y "Factura
Electrónica de Compra"
Datos de encabezado
3.
Se agrega el campo "Código
de la actividad económica".
4.
Se amplía el tamaño de los caracteres del nombre tanto para el emisor como para
el receptor.
5.
Se amplía el tamaño de los caracteres del campo "Otras señas".
6.
Se incluye el campo "Otras
señas Extranjero".
Detalle de la mercancía o
servicio prestado
7.
Se modifica el nombre del campo "Detalle
de servicio".
8.
Se agrega el campo de "Partida
Arancelaria", para la Factura de Exportación.
9.
Se agrega el campo "Código
de Producto/servicio "y se incluye la Nota 17 relacionada
a dicho campo.
10.
Se amplía el tamaño del campo "Detalle".
11.
Se amplía el campo "Descuentos"
con el fin de permitir un máximo de 5 repeticiones de descuentos.
12.
Se agrega el campo "Base
Imponible", para contribuyentes con cálculos especiales.
13.
Se modifica el contenido de la nota 8 y se eliminan las exenciones de la tabla.
14.
Se convierte en obligatorio el campo de código de impuesto y se incluye la nota
8.1 de "Tarifas y
Códigos".
15.
Se incluye el campo denominado "Factor
del impuesto" para aquellos productos que posean un factor para el
cálculo del impuesto.
16.
Se amplía la descripción del campo "Monto", para explicar el cálculo del mismo.
17.
Se agrega el campo "Monto
de impuesto de exportación".
18.
Se amplían los tamaños de los campos "Número de documento" y "Nombre de la Institución"
para el nodo de exoneraciones.
19.
Se modifica el cálculo del campo denominado "Monto del Impuesto Exonerado".
20.
Se agrega el campo "Impuesto
Neto" para el apartado de exoneración, así como su respectivo
cálculo.
21.
Se agrega el nodo de "Otros
Cargos" y se incluye la Nota 16 relacionada a dicho campo.
Resumen de la
factura/Total de la Factura
22.
Se convierte el campo "Código
de la moneda" y "Tipo
de cambio" en un campo complejo denominado "Código y tipo de moneda".
23.
Se incluye el campo "Total
de servicios exonerados de IVA".
24.
Se incluye el campo "Total
de mercancías exoneradas de IVA".
25.
Se incluye el campo "Total
servicios exonerados del IVA."
26.
Se incluye el campo "Total
IVA Devuelto".
27.
Se incluye el campo "Total
Otros cargos".
Mensaje del Obligado
Tributario para la confirmación.
28.
Se agrega el formato de las cédulas.
29.
Se incluye el campo "Código
de la actividad económica".
30.
Se incluye el campo "Condición
del IVA", así como la nota 18".
31.
se incluye el campo "Monto
del impuesto acreditar".
32.
se incluye el campo "Monto
total del gasto a aplicar".
Otros cambios
33.
Se modifica el contenido de las siguientes notas: Nota 5, Nota 8, Nota 10, Nota
10.1, Nota 15.
34.
Se agregan las notas: Nota 8.1, Nota 16, Nota 17, Nota 18.
NOTA: Así mismo, se modifica el artículo
4º de la resolución Nº DGT-R-48-2016 de las 08:00 horas del día 7 de octubre de
2016, inciso "c" y se incluyen los siguientes códigos:
Factura electrónica de compra
|
08
|
Factura electrónica de exportación
|
09
|
Cambio 17/07/2017 versión
4.2 (Rige a partir del 1 de octubre del 2017)
1.
Se modifica el catálogo de impuestos incluyendo el Impuesto Específico al
Cemento.
2.
se incluye el uso de caracteres especiales para el correo electrónico.
Se realizan los
siguientes ajustes.
. Se
incorpora márgenes de error en los decimales, para que aquellos contribuyentes
cuyos sistemas funcionan con dos decimales puedan seguir trabajando sin ningún
problema aplicando el método de redondeo a dos decimales, tanto para la versión
4.1 como 4.2.
. se
permite para la facturación de bonificaciones ingresar en el campo "Subtotal"
el valor "0", con el fin de no cobrar el producto al cliente, pero si
facturar el impuesto de ventas, tanto para la versión 4.1 como 4.2 y en
adelante cualquier otra versión.
Cambios 20/02/2017 (Resolución
DGT-R-13-2017) versión 4.1
1.
Se modifica el campo de cantidad a 3 decimales.
2.
Se ajusta la versión del XAdES EPES a v1.3.2 o superior.
3.
Se corrige la cardinalidad del dato tarifa en el ImpuestoType para que sea 1 a
1.
4.
Se agrega aclaración para interpretar el anidamiento en las tablas, caracteres
>.
Cambios 07/10/2016
(Resolución DGT-R-48-2016) versión 4.0
1.
Se unifica en una única tabla las estructuras de los comprobantes electrónicos
(Factura, Tiquete, Nota de crédito y Nota de débito).
2.
Se amplía las líneas de detalle en el apartado "detalle de la mercancía o servicio
prestado" de la factura electrónica a un máximo de 1000 líneas.
3.
Se agrega el nodo de clave numérica de 50 dígitos.
4.
Se incluye la lista de los códigos de impuesto.
5.
Se modifica la estructura del consecutivo de la numeración, a veinte dígitos
alfanuméricos.
6.
En documentos de referencia se incluye el comprobante emitido en contingencia.
7.
Se incluye un nodo para Exoneraciones o Compras Autorizadas.
8.
Se incluye la estructura de mensajes de aceptación o rechazo.
9.
Se elimina las estructuras XML de la información electrónica de compras y
ventas.
10.
Se incorpora el nodo de provincia, cantón, distrito y barrio. Se adjunta tabla
de la división territorial.
11.
Se incorpora la tabla de unidades de medida.
12.
Se agrega la columna denominada "Descripción"
en la estructura, para una mayor claridad.
13.
Se agrega el nodo de plazo del crédito y la nota para dichos plazos.
14.
Se agrega el nodo de tipo de identificación.
Cambios 22/07/2011
1.
Se introduce el tiquete electrónico para que opere en los puntos de venta.
2.
Se limita las líneas de detalle en la factura electrónica a un máximo de 60
líneas y en el tiquete electrónico a un máximo de 1000 líneas de detalle.
3.
Se incluye la sección de "firma
digital" para hacer obligatorio el uso de la firma digital en la
factura electrónica, tiquete electrónico, aceptación y rechazo, información
electrónica de ventas, compras y ventas/compras.
4.
Se incluye en la sección del receptor el campo opcional de identificación del
extranjero en la factura electrónica, tiquete electrónico y en la información
electrónica de ventas.
5.
Se crea el anexo 3.
I. Introducción
En
la definición del contenido del presente documento, se ha considerado tanto la
necesidad desde el punto de vista tributario, como comercial. El objetivo es
tener un documento que sea un instrumento adecuado para el respaldo de la
transacción, desde el punto de vista de las partes y que contenga la
información que se requiere para efectos de un control tributario efectivo. En
este anexo se describe el formato electrónico de los comprobantes electrónicos
definidos en la normativa vigente, así como el formato de los mensajes de
confirmación.
II. Especificaciones
técnicas y formato de los comprobantes electrónicos
La
Dirección General de Tributación (DGT) ha decidido que el formato en que se
generarán los documentos tributarios electrónicos sea XML (Extensible Markup
Language) o Lenguaje Extensible de "Etiquetado". Este metalenguaje proporciona una
forma de aplicar etiquetas para describir las partes que componen un documento,
permitiendo además el intercambio de documentos entre diferentes plataformas.
El
tipo de información puede ser alfanumérica, en estos tipos de información el
tamaño indicado es el largo máximo. En la información alfanumérica, algunos
caracteres como '&' y '<' tienen un significado especial para XML y
deben ser reemplazados por la secuencia de escape que el estándar define para
dichos caracteres. El algoritmo de Canonicalización debe ser de la versión
C14n-20010315
En
la información de tipo numérica, los decimales se separan con punto y no debe
separarse los miles con carácter alguno. Adicionalmente, se debe de utilizar el
siguiente método de redondeo:
. Cuando
el dígito es menor que 5 y el siguiente decimal es menor que 5, el anterior no
se modifica.
Ejemplo:
20.203512. Redondeando a 5 decimales se debe tener en cuenta el sexto decimal: 20.203512 ? 20.20351.
. Cuando
el dígito es mayor o igual que 5 y el siguiente decimal es mayor o igual que 5,
el anterior se incrementa en una unidad.
Ejemplo:
20.203518. Redondeando a 5 decimales se debe tener en cuenta el sexto decimal: 20.203518 ? 20.20352
La
modalidad tecnológica de transmisión del documento electrónico, desde el emisor
al receptor electrónico, debe ser acordada entre ambos, respetando el estándar
establecido por la DGT.
Toda
corrección de un documento electrónico debe ser realizada vía nota de crédito o
débito electrónica ya que no se permite la modificación ni la eliminación del
mismo.
Los
comprobantes electrónicos están constituidos por los siguientes apartados:
a) Datos de Encabezado:
corresponden a la versión, numeración e identificación del documento
electrónico, condiciones de la venta, información del emisor y la información
del receptor.
b) Detalle de la
Mercancía o Servicio Prestado: En esta parte se debe detallar una línea
por cada artículo, especificando cantidad, valor, impuestos adicionales y valor
neto, así como descuentos y recargos que afectan al total del documento y que
no se requiere especificar individualmente, así como el monto total de la
transacción.
c) Resumen del
Comprobante /Total de Comprobante: Corresponde a la totalización de los
montos del comprobante electrónico.
d) Información de
Referencia: Se deben detallar la razón y/o los documentos de referencia, por
ejemplo, se debe identificar la factura que se está modificando con una nota de
crédito o de débito; y en el caso de comprobantes electrónicos que sustituyen
comprobantes físicos emitidos por contingencia, se debe hacer referencia al
comprobante provisional.
e) Otros: comprende
la información requerida para las relaciones de comercio electrónico entre las
partes, que no contravenga lo establecido en la presente resolución.
f) Mecanismo de
Seguridad: En esta sección se debe incluir la firma digital o el método de
seguridad emitido por el Ministerio de Hacienda sobre todo el documento, para
garantizar la integridad del mismo.
Nota: Solamente se permite el
uso de un mecanismo de seguridad a la vez, no obstante, si el obligado
tributario por su giro comercial decide pasarse de un método de seguridad a
otro puede hacerlo.
El
formato para los documentos electrónicos es único, así como en su forma
electrónica o impresa, lo que los diferencia es la obligatoriedad de los campos
según el tipo de documento. Adicionalmente, este documento contempla el formato
de los archivos XML de confirmación (aceptación y rechazo) de los comprobantes
electrónicos.
Tipos de Nodos y Campos
. ComplexType:
Permite definir elementos de estructuras complejas, estos contienen otros
elementos hijos y atributos
. String: Cadena
de caracteres estos pueden ser alfanuméricos
. Integer: Número
entero que puede ser aproximadamente en el rango de -2,147,483,648 a
+2,147,483,648
. Decimal: Número
real que permite controlar la cantidad de dígitos enteros y decimales
. DateTime:
Tipo de dato para almacenar fecha y hora, su formato es "YYYY-MM-DD HH:MM:SS"
. Alfa Numérico: Es
un formato que puede contener letras y números conjuntamente
. PositiveInteger: Es
un entero positivo
. AnyOtherType: En
este elemento se puedo ingresar cualquier formato que se necesite
. ds:SignatureType:
Tipo que se ampara bajo el w3c (http://www.w3.org/Signature/) que
permite la firma del documento XML
Condición de los campos
Los
códigos de condición que se utilizarán para asignar a cada uno de los campos
según el comprobante electrónico a utilizar son los siguientes:
. Condición 1. Campo
Obligatorio: El dato debe estar en el documento siempre, independiente de las
características de la transacción.
. Condición 2. Campo
Condicional: El dato no es obligatorio en todos los documentos, pero pasa a ser
obligatorio en determinadas operaciones si se cumple una cierta condición o
circunstancia especial que posea la transacción. Por ejemplo:
o Si
hay descuento, se volverá obligatorio el campo "detalle de
descuento". Cuando se aplica un descuento se debe indicar a que
corresponde ese descuento.
o Si
el receptor goza de exoneración, se deberán incluir los datos del beneficio en
apartado de exoneraciones. Caso contario no llena este apartado.
o Si
en la factura se encuentra el dato el mismo debe de existir en las notas de
crédito y débito.
. Condición 3. Campo
Opcional: Si la persona lo desea puede indicarlo
. Condición 4. Campo
Inexistente: No debe de ser utilizado, por ejemplo, exoneraciones en el tipo de
comprobante "Factura
electrónica de Exportación".
Tipo de Comprobante
Electrónico
Para
asignar la condición de cada nodo o campo según corresponda, los tipos de
comprobantes electrónicos se identificarán en el presente documento de la
siguiente manera:
. FE: Factura
Electrónica
. FEE:
Factura Electrónica Exportación
. FEC:
Factura Electrónica Compra
. TE: Tiquete
Electrónico
. NC:
Nota de Crédito
. ND: Nota
de Débito
. REP: Recibo
Electrónico de Pago
Cada
tipo de comprobante electrónico tiene su respectivo XML Schema y su etiqueta.
Ver nota 2.
Validaciones según el
nivel:
La
plataforma de validación verificará los XML en el siguiente orden:
. Nivel 1. Cumplimiento
de la estructura vigente: Que el XML tenga los campos establecidos
en la estructura vigente.
No
Cumple: Se rechaza XML ? Se
emite mensaje con detalle de rechazo al sistema emisor.
Si
cumple: Pasa a la siguiente verificación.
. Nivel 2. Cumplimiento
con el formato de los campos: Que los campos cuenten con las
características y formatos definidos en la estructura vigente.
No
Cumple: Se rechaza XML ? Se
emite mensaje con detalle de rechazo al sistema emisor.
Si
cumple: Pasa a la siguiente verificación.
. Nivel 3. Validación de
información en la base de datos del Ministerio de Hacienda: En
los campos donde se indique, se verificará que la información del campo en el
XML coincida con lo registrado ante la administración de tributaria o en los
registros de referencia correspondientes a ese campo.
No
Cumple: Se rechaza XML ? Se
emite mensaje con detalle de rechazo al sistema emisor.
Si
cumple: ? Se
acepta XML
? Se
emite mensaje de aceptación al sistema emisor.
Validaciones Generales
Con
el fin de poder asegurar un mejor control se implementan las validaciones
genéricas de las cuales van aplicar en los casos donde en el campo de regla
para la validación aparezca: "sin
validación" y por lo tanto el campo deberá de realizar la siguiente
acción:
1.
Cuando en un campo de la estructura hace referencia a una "Nota" del documento de
Anexos y estructuras se debe de validar los códigos de esta nota.
2.
Debe de validar los códigos CAByS en los campos lo indique.
3. Los campos que
llevan "Cálculos"
se debe de cumplir con la fórmula planteada en la descripción, caso contrario
se rechaza.
a) Datos del Encabezado:
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
Clave
|
Clave
del comprobante
|
String
|
1
|
?Ver
notas , 3 y 4.
?Debe cumplir con la estructura con
respecto a tamaño y posición de los campos, tal como se establece en las
notas 3 y 4.
?Es un campo fiCo de cincuenta posiciones y se tiene que utilizar para la consulta del código QR.
?Solo
permite ingresar números.
?Validación: Se verificará que la información en el campo
cumpla con las notas Nº , 3 y 4. , caso contrario se rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
|
Proveedor Sistemas
|
Proveedor de
sistemas para emisión de Comprobantes
|
String
|
2
|
?Se debe
indicar el número
de cedula de identificación del proveedor
de sistemas que esté utilizando para la emisión de comprobantes electrónicos.
En caso de ser un desarrollo propio o
a la medida, se deberá indicar la Identificación del mismo obligado
tributario.
?Validación: se verificará que sea un código
valido y que cumpla con el formato del número de identificación establecidos
en el campo número de cedula
física/ Curídica/ NITE/
DIMEX/ EXTRANJERO NO DOMICILIADO/ NO CONTRIBUYENTE DEL EMISOR.
?El proveedor de sistemas debe estar
inscrito ante la Administración Tributaria en el Registro Único
Tributario, caso contrario, se realizará la
advertencia correspondiente.
|
|
|
|
|
|
|
|
CodigoActividadEmisor
|
Código de la
Actividad Económica del Emisor
|
String
|
6
|
?Se debe de indicar el código de la
actividad económica inscrita a la cual corresponde el comprobante que se está
generando.
?Validación: Se verificará que sea un código
valido (código existente en el padrón del RUT) caso contrario se rechazará.
?Adicionalmente se verificará si se incluye un código diferente al inscrito en el Registro Único Tributario (RUT), en cuyo
caso se realizará la advertencia correspondiente.
|
|
|
3
|
|
|
|
4
|

1 CodigoActividadReceptor
|
Código de la
Actividad Económica del Receptor
|
String
|
6
|
?Se debe de indicar el código de la
actividad económica inscrita del receptor a la cual corresponden los bienes
o servicios que se le están
facturando al receptor en caso de ser requerido para un crédito o un gasto deducible.

?Validación: Se verificará que sea un código
valido (código existente en el padrón del RUT) caso contrario se rechazará.
?Adicionalmente se verificará si se incluye un código diferente al inscrito en el Registro Único Tributario (RUT), en cuyo
caso se realizará la advertencia correspondiente.
|
2
|
4
|
|
4
|
2
|
2
|
4
|

1 En el caso del tipo de comprobante
"Factura Electrónica", el Ministerio de Hacienda comunicará
oportunamente el cambio de este campo a condición obligatoria
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
NumeroConsecutivo
|
Numeración
consecutiva del comprobante
|
String
|
20
|
?Ver notas y 3. Es un campo fijo de veinte
posiciones. Solo permite ingresar números.
?Validación: Se verificará que la información en el campo
cumpla con las notas Nº y 3
caso contrario se rechazará el comprobante. Adicionalmente se verificará el
cumplimiento de la secuencia en la generación de la numeración consecutiva de
acuerdo a los parámetros
establecidos para la misma.
|
|
|
|
|
|
|
|
FechaEmision
|
Fecha
de Emisión del comprobante
|
DateTime
|
|
?Tipo
de dato de fecha y hora, basado en el estándar RFC3339
sección 5.6, tipo
"date-time".
Formato:
YYYY-MM-DDThh:mi:ss[Zl(+l-)hh:mm] Ejemplo: 20
6-09-26T 3:00:00+06:00
?Validación: Se verificará el cumplimiento del
formato indicado caso contrario se rechazará el comprobante. No podrán
señalarse fechas posteriores ni anteriores a la fecha de generación del
comprobante. Fechas anteriores a la validación del comprobante solo se
permiten en los comprobantes con situación sin internet según nota Nº 3. ,
este campo debe de coincidir con la fecha señalada en la clave numérica.
|
|
|
|
|
|
|
|
Emisor
|
Emisor
del comprobante
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que contiene los datos del emisor del
comprobante
|
|
|
|
|
|
|
|
>2 Nombre
|
Nombre
o razón social del Emisor
|
String
|
00
|
?Validación:
Deberá contener m nimo caracteres y un máximo de
00.
|
|
|
|
|
|
|
|
> Identificación
|
Identificacion
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que contiene los datos de identificación
del emisor
|
|
|
|
|
|
|
|
> >3 Tipo
|
Tipo
de identificación del emisor
|
String
|
2
|
?Ver
nota 4. Es un campo fijo de dos posiciones.
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se posea información en el
nodo "Número de
cédula física/ jur dica/NITE/DIMEX del emisor/ Extranjero
no domiciliado/ No contribuyente.
?Validación: Se verificará el cumplimiento de la
codificación indicada en la nota Nº4, caso contario se rechazará el
comprobante.
?El tipo de identificación código 05 de
la nota 4 de "E tran ero No Domiciliado" es de uso exclusivo
para el tipo de comprobante electrónico "Factura electrónica de
compra" por lo que no debe habilitarse en ningún otro tipo de
comprobante electrónico. Además, se verificará que este código se complemente
con el código de Documento de Referencia 16 "Comprobante de Proveedor No
Domiciliado" en el apartado de "Información de Referencia".
?El código del tipo de No
Contribuyente: Se permitirá en la FEC, únicamente cuando en el campo
"Condición de la Venta" se haya
|
|
|
|
|
|
|
|


2 Cada carácter > se
debe interpretar como un nivel de anidamiento. Por ejemplo: nombre es un
elemento dentro de Emisor.
3 En este caso, Tipo es un
elemento dentro de identificación, el cual a su vez es un nodo de Emisor. Para
mayor claridad referirse al schema.
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
seleccionado el código 13 "Ventas
Bienes Usados No
Contribuyentes: Caso contrario se
rechazará el comprobante.
Para el uso de estos códigos, el emisor debe estar
inscrito ante la Administración Tributaria en todos los casos, excepto en los códigos de identificación del "Extranjero No Domiciliado" y "No Contribuyente" en la FEC.
|
|
|
|
|
|
|
|
> > Numero
|
Número
de cédula física/jurídica/NITE/DI MEX/EXTRANJERO NO DOMICILIADO/ NO CONTRIBUYENTE DEL EMISOR
|
String
|
20
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se posea
información
en el nodo "Tipo de identificación del emisor.
? Formato:
La "Cédula física" debe de contener 9 dígitos, sin
cero al inicio
y sin guiones.
La "Cédula de personas Jurídicas" debe contener 10 dígitos y
sin guiones.
El "Documento de Identificación Migratorio para
Extranjeros (DIMEX)" debe contener 11 o 12 dígitos, sin ceros al
inicio y sin guiones.
El "Documento de Identificación de la DGT (NITE)" debe
contener 10 dígitos y sin guiones.
El número de
identificación del "Extranjero no
domiciliado", puede contener hasta un máximo de 20 caracteres
(números y letras) en el campo denominado número, de lo contrario se
mantienen las longitudes ya establecidas para los números de cédulas.
El número de
identificación del "No Contribuyente",
puede contener hasta un máximo de 20 caracteres (números y letras) en el
campo denominado número, de lo contrario se mantienen las longitudes ya
establecidas para los números de cédulas.
?Validación: Se verificará que el comprobante
cumpla con el formato establecido según el tipo de identificación, caso
contrario se rechazará el comprobante
?El
contribuyente debe estar
inscrito ante la Administración Tributaria en todos los casos, excepto el número de identificación del
"Extranjero No Domiciliado" y "No Contribuyente" en la FEC.
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
> Registrofiscal8707
|
Número
de Registro Fiscal de bebidas alcohólicas Ley 8707
|
String
|
12
|
?Campo condicional. Se convierte en carácter
obligatorio cuando se estén facturando códigos
CAByS de bebidas alcohólicas según la Ley 8707. Contiene los datos del número de registro de
bebidas alcohólicas, suministrado por la Dirección General de Aduanas.
?Se
permite como máximo 12 dígitos.
?Validación: Se verificará el uso de
este campo cuando se utilicen códigos CAByS de Bebidas alcohólicas, de no
cumplir con el mismo se generará mensaje de advertencia.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> NombreComercial
|
Nombre
comercial emisor
|
String
|
80
|
?En el caso que se cuente con nombre
comercial debe indicarse. Es opcional
?Validación: Deberá contener mínimo 3
caracteres y un máximo de 80.
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
4
|
> Ubicacion
|
Ubicación
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que contiene el detalle de
una ubicación, Campo obligatorio en todos los comprobantes, excepto en la
Factura Electrónica de Compra cuando se utilice el "códigos 05" de
la nota 4 en el Tipo de Identificación del Emisor. En el caso del código 06,
de la nota 4, para "No Contribuyentes", de contar con Domicilio en
el país, debe indicarlo.
|
|
|
2
|
|
|
|
4
|
> > Provincia
|
Provincia
|
String
|
|
?Ver
nota 4 y 7. Únicamente permite números.
?Validación: Se verificará el cumplimiento de la
nota 4 y 7.
?Adicionalmente se verificará la inclusión de códigos
diferentes al inscrito en el Registro Único Tributario (RUT), en cuyo caso se
generará un mensaje de advertencia.
Se exceptúan de
esta obligación, los códigos de identificación 05 y 06.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> > Canton
|
Cantón
|
String
|
2
|
?Ver
nota 4 y 7. Únicamente permite números.
?Validación: se verificará el cumplimiento de la
nota 4 y 7.
? Adicionalmente se verificará la
inclusión de códigos diferentes al inscrito
en el Registro Único Tributario (RUT), en cuyo caso se generará un mensaje de advertencia.
Se exceptúan de
esta obligación, los códigos de identificación 05 y 06.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> > Distrito
|
Distrito
|
String
|
2
|
?Ver
nota 4 y 7. Únicamente permite números.
?Validación:
se verificará el cumplimiento de la nota 4.
? Adicionalmente se verificará la
inclusión de códigos diferentes al inscrito
en el Registro Único Tributario (RUT), en cuyo caso se generará un mensaje de advertencia.
Se exceptúan de
esta obligación, los códigos de identificación 05 y 06.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> > Barrio
|
Barrio
|
String
|
50
|
?Debe
de detallarse en texto, el nombre del barrio del emisor.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 50
|
3
|
3
|
3
|
3
|
2
|
2
|
4
|
> > OtrasSenas
|
Otras señas
|
String
|
250
|
?Debe de indicarse lo más exacta posible.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 250
|
|
|
|
|
|
|
4
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> Otras Senas Extranjero
|
Otras señas Extranjero
|
String
|
300
|
?Debe de indicarse lo más exacta posible. Es de uso exclusivo
para cuanto se selecciona el código "05" en el campo denominado
"Tipo de identificación del emisor.", por lo cual no puede
ser utilizado ningún otro tipo de identificación.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 300 cuando se utilice código "05" en el
campo denominado "Tipo de identificación del emisor." para FEC.
|
4
|
4
|
2
|
4
|
4
|
4
|
4
|
> Telefono
|
Telefono
|
ComplexType
|
|
?Tipo
complejo para un número telefónico. Es opcional.
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
4
|
> > CodigoPais
|
Código del País
|
lnteger
|
3
|
?En
el caso que se cuente con un número de teléfono debe indicarse.
?Validación: Deberá contener mínimo dígito y un máximo de
3.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> > NumTelefono
|
Número telefónico
|
lnteger
|
20
|
?En el caso que se cuente con un número
de teléfono debe indicarse.
?Validación: Deberá contener mínimo 8 dígitos y un máximo
de 20.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> CorreoElectronico ,4
|
Dirección
del correo electrónico del emisor
|
String
|
0
|
?Se
puede incluir un máximo de 4 direcciones de correo.
?Debe cumplir con la siguiente estructura:
\\\s (([\<>( \\[\\]\\.,
:\\s \\\ ] (\\.[\<>( \\[\\]\\., :\\s \\\ ]
(\\\ . \\\ (([\<>( \\[\\]\\.,
:\\s \\\ ] \\. [\<>( \\[\\]\\., :\\s \\\ ] 0,
\\s $
?Validación: Deberá Cumplir con el
formato indicado, caso contrario se rechazará el comprobante.
|
|
|
2
|
|
|
|
|
Receptor
|
Receptor
del comprobante
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que contiene los datos del receptor del
comprobante
|
|
2
|
|
2
|
2
|
2
|
|
> Nombre
|
Nombre
o razón social del Receptor
|
String
|
00
|
?Validación:
Deberá contener mínimo 3 caracteres y un máximo de
00.
|
|
|
|
|
|
|
|
> ldentificacion
|
ldentificación
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que contiene los datos de identificación
del receptor
|
|
|
|
2
|
2
|
2
|
|
> > Tipo
|
Tipo
de identificación del receptor
|
String
|
2
|
?Ver nota 4. Es un campo fijo de dos
posiciones.
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se posea información en el nodo "Número de cédula física/
jurídica/NlTE/DlMEX, Extranjero no domiciliado, del receptor.
?Validación: El uso del código
para el Extranjero no domiciliado: se permitirá, en la FEE, TE, NC y ND.
En FE, se
permitirá únicamente cuando la condición de la venta sea código 2 "Venta
de Mercancía No Nacionalizada" de la nota 5. En estos casos se deberá
indicar en el apartado, "Información de Referencia" los datos del
documento de respaldo de no indicarse se rechazará el comprobante electrónico.
En la FEC y el REP se rechazará el uso
de este código.
|
|
|
|
|
|
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> > Numero
|
Número de cédula
física
jurídica NITE
DIMEX Extranjero No Domiciliado, del receptor
|
String
|
20
|
?Este
campo será de condición obligatoria, cuando se posea
información
en el nodo "Tipo de identificación del receptor.
? Formato:
La "Cédula física" debe de contener 9 dígitos, sin cero al inicio
y
sin guiones.
La "cédula de personas Jurídicas" debe contener 10 dígitos y sin
guiones.
El "Documento de Identificación Migratorio para
Extranjeros (DIMEX)" debe contener 11 o 12 dígitos, sin ceros al
inicio y sin guiones.
El "Documento de Identificación de la DGT
(NITE)" debe contener 0 dígitos y sin guiones.
El número de
identificación del "Extranjero No
Domiciliado", puede contener hasta un máximo de 20 caracteres
(números y letras) en el campo denominado número, de lo contrario se
mantienen las longitudes ya establecidas para los números de cédulas
?Validación: Se verificará que el comprobante
cumpla con el formato establecido según el tipo de identificación.
En FEC, el
receptor debe estar inscrito ante la Administración Tributaria
En el caso de FE, FEE y TE,
de los datos
registrados en este
campo, se verificará que el número de identificación sea un dato real
en los padrones y registros
correspondientes, excepto el "Extranjero No Domiciliado" el cual no
requiere estar inscrito o empadronado.
En el caso de FE,
el número de identificación del "Extranjero No Domiciliado"
únicamente se permitirá en los Datos del Receptor, cuando en el campo
"Condición de la Venta" se haya indicado el código 2 "Venta
Mercancía No Nacionalizada"
En REP, NC y ND,
los datos registrados deben coincidir con el comprobante original.
De no cumplirse los puntos anteriores
se rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
|
> NombreComercial
|
Nombre
comercial receptor
|
String
|
80
|
?En el caso que se cuente con nombre
comercial debe indicarse. Es opcional
?Validación: Deberá contener mínimo 3
caracteres y un máximo de 80.
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
4
|
> Ubicacion
|
Ubicacion
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que contiene el detalle de
una ubicación. En caso de contar con domicilio en el país, debe indicarse.
En caso de Tiquete electrónico queda
como opcional.
No aplica para el tipo de
identificación de Extranjero No Domiciliado
|
2
|
4
|
2
|
3
|
2
|
2
|
4
|
> > Provincia
|
Provincia
|
String
|
|
Ver
nota 4 y 7. Únicamente permite números.
? Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 4.
|
|
4
|
|
|
|
|
4
|
> > Canton
|
Cantón
|
String
|
2
|
?Ver
nota 4 y 7. Únicamente permite números.
? Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 4.
|
|
4
|
|
|
|
|
4
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> > Distrito
|
Distrito
|
String
|
2
|
?Ver
nota 4 y 7. Únicamente permite números.
? Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 4.
|
|
4
|
|
|
|
|
4
|
> > Barrio
|
Barrio
|
String
|
50
|
?Debe
de detallarse el nombre del barrio del receptor.
?Deberá contener mínimo 5 caracteres y un máximo de 50.
|
3
|
4
|
3
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> > OtrasSenas
|
Otras señas
|
String
|
60
|
?Debe
de indicarse lo más exacta posible.
? Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de
60.
|
|
4
|
|
|
|
|
4
|
> OtrasSenasExtranjero
|
Otras
señas Extranjero
|
String
|
300
|
?Campo para incluir la dirección en el
extranjero, en caso de requerirlo. En FE se permitirá estecampo para
el tipo de identificación
de Extranjero No Domiciliado cuando se utilice el código "05" de la
nota 4. en el campo
denominado "Tipo de identificación del
receptor."
?Validación:
Deberá contener mínimo 5 caracteres y un máximo de
300. Cuando
se utilice código
"05" en el campo denominado "Tipo de
identificación del receptor."
Este campo se rechazará en FEC.
|
2
|
2
|
4
|
3
|
2
|
2
|
4
|
> Telefono
|
Telefono
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo para un número telefónico.
Es opcional.
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
4
|
> > CodigoPais
|
Código del País
|
lnteger
|
3
|
?En el caso que se cuente con un número
de teléfono debe indicarse.
? Validación: Deberá contener mínimo
digito y un máximo de 3.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> > NumTelefono
|
Número telefónico
|
lnteger
|
20
|
?En el caso que se cuente con un número
de teléfono debe indicarse.
? Validación: Deberá contener mínimo 8
dígitos y un máximo de 20
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> CorreoElectronico
|
Dirección del
correo electrónico del receptor
|
String
|
60
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando el cliente lo requiera.
?Debe cumplir con la siguiente estructura: A\\s*(([A<>()\\[\\]\\.,;:\\s@\\\"]+(\\.[A<>()\\[\\]\\.,;:\\s@\\\"]+)*)I(\\\".+\\\"))@
(([A<>()\\[\\]\\.,;:\\s@\\\"]+\\.)+[A<>()\\[\\]\\.,;:\\s@\\\"]{0,})\\s*$
?Validación: Deberá de cumplir con el
formato indicado, caso contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
CondicionVenta
|
Condiciones
de la venta
|
String
|
2
|
?Ver
notas 5 y 7. Es un campo fijo de dos posiciones
?Validación: Cumplimiento de la Nota 5.
?El código 2 de la nota 5, sobre
"Venta de Mercancía No Nacionalizada", únicamente será permitido en
el comprobante Factura Electrónica, caso contrario se rechazará el
comprobante electrónico.
Los códigos, 09 y , de la nota 5, sobre pagos de
servicios prestado al Estado y Ventas a Crédito en lVA a 90 días, se
utilizarán únicamente en Recibos Electrónicos de Pago. Estos serán los únicos
códigos permitidos en dicho Comprobante Electrónico.
|
|
|
|
|
|
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
CondicionVentaOtros
|
Detalle
Condicion de la Venta OTRO
|
atring
|
100
|
?Será obligatorio en caso de utilizar el
código 99 de "Otros" de la nota
5.
ae debe describir puntualmente la condición de la venta utilizada.
?Validación: Deberá contener mínimo 5 caracteres y un
máximo de 100.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
PlazoCredito
|
Plazo del crédito
|
Integer
|
5
|
?Este campo
será de condición obligatoria, cuando la condición de la
venta del producto o prestación de servicio sea código 02 correspondiente a
Crédito, o código 10 correspondiente a "Venta a crédito en IVA hasta 90
días" el mismo se debe de expresar en
días.
?Validación: Deberá contener mínimo 1 número
entero y un máximo de 5.
? Se deberá incluir un valor mayor a
"cero". Caso contrario se
rechazará el comprobante.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
b) Detalle de la mercancía o servicio
prestado
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
DetalleServicio
|
Detalle
del Servicio, Mercancía u otro.
|
Complex
Type
|
|
?Tipo
complejo que agrupa las líneas del detalle.
?Validación: Deberá de ser de carácter
obligatorio en todos los comprobantes, excepto en FE, TE, NC Y ND cuando se
utilice el nodo de "Otros Cargos" y se seleccione el código 04, 08, 09 y 10 de la nota 16 en el
campo "Tipo de documento otros cargos" y no cuente
con una línea
de servicio o producto
|
2
|
|
|
2
|
2
|
2
|
|
> LineaDetalle { , 000}
|
Línea de detalle
|
Complex Type
|
|
?Tipo complejo que representa cada línea
del detalle de la mercancía o servicio prestado.
?En el caso del
Recibo Electrónico de Pago representa el pago de un comprobante a crédito
para las condiciones ya establecidas para los códigos 08 y 0 de la nota 5.
|
|
|
|
|
|
|
|
> > NumeroLinea
|
NVúmero de la línea
|
Positivel nteger
|
|
?De a 000
|
|
|
|
|
|
|
|
> > PartidaArancelaria
|
Partida Arancelaria
|
String
|
2
|
?Se convierte en carácter obligatorio cuando se elija
el tipo de comprobante "Factura Electrónica
de Exportación" para la venta de una mercancía y se seleccione un código
CAByS que corresponda a un producto.
? Validación: Deberá incluir al menos 2 dígitos cuando se trate de
una FEE, NC o ND que modifiquen una FEE y que el primer digito del código CABYS
sea 0, , 2, 3 y 4 (bienes).
|
4
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
4
|
4 >
> CodigoCABYS
|
Código de Producto
/Servicio
|
String
|
3
|
?Ver
nota 7.
?Para las
Notas de Crédito
y Débito será
obligatorio el código CAByS, cuando la misma se
encuentre ligada a un Comprobante electrónico que contenga código CAByS.
?No será obligatorio en las Notas de Crédito o Débito cuando en
el apartado de "Información de Referencia", el documento de
referencia sea un comprobante emitido antes del 0 de diciembre del 2020 o se identifique como una Nota de Crédito Financiera o Nota de Debito
Financiera, definidas en la nota 9 "Códigos de Referencia a Utilizar"
?Validación: Se Verificará que el código sea
válido en el catálogo vigente publicado en el sitio
web del BCCR,
salvo en las NC y ND que
tengan código de notas de crédito financieras (código 08 y 09 de la nota 9),
en el apartado de información de referencia. Adicionalmente, en el caso de
aplicarse exoneraciones (códigos 04), el código indicado por el emisor,
deberá de encontrarse en la autorización emitida por la Dirección General de
Hacienda. Caso contrario se rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
2
|
2
|
4
|

4 Rige a partir del 01/12/2020; a partir de la
fecha indicada anteriormente dicho campo es "Obligatorio".
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> > CodigoComercial {0,5}
|
Código Comercial
|
Complex
Type
|
|
?Tipo
complejo para el código de un producto o servicio.
?Se puede
incluir un máximo
de 5 repeticiones de códigos de producto/servicio.
?Este será un requisito obligatorio para las líneas de detalle que utilicen uno
de los códigos de
producto/servicio de "surtidos" que estén habilitados en el CAByS,
entendidos como la combinación de más de dos productos con diferentes
códigos de producto/servicio.
?Validación: Deberá incluir al menos 3 caracteres
cuando se utilice uno de los códigos CAByS habilitados para surtidos. Caso
contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> > > Tipo
|
Tipo
de Código de producto/servicio
|
String
|
2
|
?Ver
nota 2. Es un campo fijo de dos posiciones
?Será obligatorio para las líneas de detalle que utilicen uno
de los códigos de producto/servicio de "surtidos" que estén
habilitados en el CAByS.
?En el caso de la inclusión de paquetes,
surtidos o combos, entendidos como la combinación de más de dos productos con diferentes códigos de
producto/servicio, se debe seleccionar el código
03 "Código del
producto asignado por el
fabricante - industriales o importadores" de la nota
12 e incluir en el campo "código" el respectivo código
"SKU", GTIN o equivalentes, con el que el paquete este identificado
por el fabricante - industria o importador. Estos códigos deben ser
verificables en los catálogos disponibles por el fabricante - industria o importador.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> > > Codigo
|
Código
|
String
|
20
|
?Será obligatorio para las líneas de detalle que utilicen uno
de los códigos de producto/servicio de "surtidos" que estén
habilitados en el CAByS.
?Cuando se seleccione en el campo "Tipo
de Código de producto/servicio" el código
03 "Código del
producto asignado por el
fabricante - industriales o importadores" de la nota 12, se deberá
incluir en el campo "código" el respectivo código "SKU", GTIN o equivalentes, con el que el
paquete es identificado por el fabricante - industria o importador. Estos
códigos deben ser verificables en los catálogos disponibles por fabricante -
industria o importador
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> > Cantidad
|
Cantidad
|
Decimal
|
6,3
|
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 3 decimales.
?Validación:
Se deberá incluir un valor mayor a "cero". Caso
contrario se rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> > UnidadMedida
|
Unidad de Medida
|
String
|
5
|
?Ver
nota 5.
?Validación: Se verificará el cumplimiento de la nota 5.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
5>
> TipoTransaccion
|
Tipo de Transacciones
|
String
|
2
|
?Ver
nota 22
?Este campo se utilizará para identificar
el tipo de transacción que se realizará.
?Validación: Se verificará cuando
corresponda el cumplimiento de la nota 22.
|
2
|
2
|
2
|
4
|
2
|
2
|
4
|
> > UnidadMedidaComercial
|
Unidad
de Medida Comercial
|
String
|
20
|
?Nodo utilizado para indicar una unidad
de medida que nace del propio giro comercial del establecimiento, no es una
cantidad estandarizada de una determinada magnitud física, definida y
adoptada por convención o por ley ejemplo "1 Tarima"
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
4
|
> > Detalle
|
Detalle de la
mercancía transferida o servicio prestado
|
String
|
200
|
?Es
de carácter obligatorio.
?Debe de detallarse el tipo de producto o
servicio que se brinde. En el caso del Recibo Electrónico de Pago se detalla
el pago al comprobante original, indicando al menos el número de cuata
seguido del producto.
?Validación: Deberá contener mínimo 3
caracteres y un máximo de 200.
|
|
|
|
|
|
|
|
6 >
> NumeroVINoSerie { , 000}
|
Número
de VIN o Serie del medio de transporte.
|
String
|
7
|
?Se convierte en carácter obligatorio,
cuando el código CAByS del producto que se esté comercializando pertenece a
un medio de transporte con esta numeración.
?Se pueden utilizar la cantidad de
repeticiones que se requieran
?Validación: Se verificará el código CAByS que
corresponda a medios de trasporte. Caso contrario se realizará la advertencia
correspondiente.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
7 >
> RegistroMedicamento
|
Registro
de medicamento
|
String
|
00
|
?Se convierte en carácter obligatorio,
cuando el código CAByS del producto que se esté comercializando pertenece a
un medicamento que posea registro sanitario.
?Validación: Se verificará el código CAByS que
corresponda a medicamentos. Caso contrario se realizará la advertencia
correspondiente.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
5 Cuando se facturen bienes o servicios con tratamientos tributarios
específicos según la necesidad de las partes se deberán usar los códigos
relacionados a estos según corresponda. Es obligatorio su uso para la
aplicación de condiciones especiales según el tipo de transacción en las
declaraciones.
6 Deberá de ser utilizado cuando se comercialicen Vehículos,
Aeronaves o Embarcaciones indicando su número VIN, Numero de Serie o bien el
consecutivo de fabricación.
7 Deberá de ser utilizado cuando se
comercialicen medicamentos con registro sanitario.
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> > FormaFarmaceutica
|
Forma farmacéutica
|
String
|
3
|
? Se convierte en carácter obligatorio
cuando se utilice un código CAByS que corresponda a medicamento que posea
registro sanitario.
Ver
nota 9
?Este campo se utilizará para incluir el
código de la forma farmacéutica
?Validación: Se verificará cuando
corresponda el cumplimiento de la nota 9.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
8>
> DetalleSurtido
|
Detalle
de productos del surtido
|
Complex
Type
|
|
?Es obligatorio en los casos señalados en
la nota al pie número 8, para las líneas de detalle que utilicen uno de los
códigos de producto de "surtidos" que estén habilitados en el CAByS.
?Tipo complejo que representa cada línea
del detalle de los componentes de un surtido, paquete o combinación de
productos. Se debe utilizar cuando en la línea de detalle se está facturando un paquete, surtido
o combo, entendido como la combinación de más
de dos productos con diferentes códigos de producto.
?No es obligatoria su visualización para
la representación gráfica.
?Validación: En caso de utilizarse un
código CAByS de surtidos, en donde se combinen bienes con diferentes tarifas
del IVA este convierte de carácter obligatorio.
|
2
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> > > LineaDetalleSurtido {
,20}
|
Línea
de detalle de surtido
|
Complex
Type
|
|
?Tipo complejo que representa cada línea del detalle del
surtido.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
> > > > CodigoCABYSSurtido
|
Código de Producto
/Servicio
componente de Surtido
|
String
|
3
|
?Ver
nota 7.
?Validación: Se Verificará que el
código sea válido en el catálogo vigente publicado en el sitio
web del BCCR,
salvo en las NC y ND que
tengan código de notas de crédito financieras (código 08 y 09 de la nota 9),
en el apartado de información de referencia.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
> > > >
CodigoComercialSurtido {0,5}
|
Código
Comercial Surtido
|
Complex
Type
|
|
?Tipo
complejo para el código de un producto o servicio.
?Se puede incluir un máximo de 5
repeticiones de códigos de producto/servicio. Es opcional
|
3
|
3
|
4
|
3
|
2
|
2
|
4
|
8 Este nodo es de uso obligatorio cuando se facturan surtidos,
combos o paquetes que contienen bienes sujetos a distintas tarifas del IVA. La
conformación de surtidos, combos o paquetes que se facturan como tales y se
detallan en este nodo se permite únicamente a fabricantes - industriales o
importadores, en los demás casos, los elementos que conforman o están
contenidos en los surtidos, combos o paquetes, deben especificarse en las
líneas de detalle del comprobante. Estos surtidos, combos o paquetes deben
tener asignado un código comercial específico (SKU, GTIN o equivalente) a
efecto de permitir su identificación y trazabilidad. La facturación de
surtidos, combos o paquetes que no cumplen con estas condiciones, los elementos
que lo conforman se deben especificar en las líneas de detalle del comprobante,
de manera que no procede la utilización del nodo.
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
> > > > > TipoSurtido
|
Tipo
de Código de producto / Servicio componente de surtido
|
String
|
2
|
?Ver
nota 2.
?Es un campo fijo de dos posiciones
?Validación: Se verificará el cumplimiento de la nota 2.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > > > CodigoSurtido
|
Código
componente de surtido
|
String
|
20
|
?Campo que se utiliza internamente por el emisor según la
necesidad de su negocio.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > > CantidadSurtido
|
Cantidad
componente de surtido
|
Decimal
|
,3
|
? Es un número decimal compuesto por 3 enteros y 3 decimales.
?Validación:
Se deberá incluir un valor mayor a "cero". Caso
contrario se rechazará el comprobante.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > > UnidadMedidaSurtido
|
Unidad
de Medida componente de surtido
|
String
|
5
|
?Ver
nota 5.
?Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 5.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > >
UnidadMedidaComercialSurtido
|
Unidad
de Medida Comercial componente de surtido
|
String
|
20
|
?Nodo utilizado para indicar una unidad
de medida que nace del propio giro comercial del establecimiento, no es una
cantidad estandarizada de una determinada magnitud física, definida y
adoptada por convención o por ley ejemplo: "1 Tarima"
|
3
|
3
|
4
|
3
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > DetalleSurtido
|
Detalle de la
mercancía transferida o servicio prestado incluido en el surtido
|
String
|
200
|
?Es
de carácter obligatorio.
?Debe de detallarse el tipo de producto o
servicio que se brinde.
?Validación: Deberá contener mínimo 3 caracteres y un
máximo de 200.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > >
PrecioUnitarioSurtido
|
Precio
unitario componente de surtido
|
Decimal
|
8,5
|
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
?Validación: Se deberá incluir un valor
mayor a "cero".
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > > MontoTotalSurtido
|
Monto
total componente surtido
|
Decimal
|
8,5
|
?Se obtiene de la multiplicación del
campo "Cantidad componente de surtido" por el campo "Precio
unitario componente de surtido".
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > > DescuentoSurtido
{0,5}
|
Descuento Surtido
|
Complex
Type
|
|
?Tipo
complejo descuento.
?Se puede incluir un máximo de 5
repeticiones de descuentos, cada descuento adicional se calcula sobre la base
menos el descuento anterior.
|
3
|
3
|
4
|
3
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > > MontoDescuentoSurtido
|
Monto
de descuentos concedidos al componente de surtido
|
Decimal
|
8,5
|
?Este campo
será de condición obligatoria, cuando se indique
un descuento, regalía
o bonificación en el campo
"Código del descuento
de componente del surtido"
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
?Validación:
Se deberá incluir un valor igual o menor al del
"Monto total componente
surtido".
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
> > > > >
CodigoDescuentoSurtido
|
Código del
descuento del componente de surtido
|
String
|
2
|
?Ver Nota 20. Este campo será de condición
obligatoria, cuando se incluya información en el campo "Monto de
descuentos concedidos al componente de surtido"
?Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 9.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > > > DescuentoSurtidoOtros
|
Naturaleza
del descuento de componente del surtido
|
String
|
80
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se utilice el código 99 de la Nota 20
?Validación: En caso de utilizarse el código 99,
se verificará que este campo se encuentre en el comprobante, caso contrario
se rechazará. Además, deberá contener mínimo 3 caracteres y un máximo de 80.
|
2
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > SubTotalSurtido
|
Subtotal
componente del surtido
|
Decimal
|
8,5
|
?Se obtiene de la resta del campo
"Monto total componente surtido" menos "Monto de descuentos
concedidos al componente de surtido".
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > >
IVACobradoFabricaSurtido
|
IVA cobrado a
nivel de fábrica componente surtido
|
String
|
2
|
?Ver
nota 2
?En
este campo se indicará si el Impuesto al Valor Agregado fue cobrado a nivel de fábrica, por lo que deberá ser utilizado
únicamente por los obligados
tributarios a realizar el pago de esta forma.
?Se
convierte en obligatorio cuando el IVA se cobra o se cobró a nivel de fábrica.
?Al
hacer uso del presente campo el producto se entenderá exento para el código
02, por lo cual no deberá llenar el subnodo de impuestos para el cálculo del
IVA.
?Para el código 0 el emisor puede separar los impuestos que está cobrando en la fábrica.
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > >
BaseImponibleSurtido
|
Base
imponible para componente de surtido
|
Decimal
|
8,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando el producto este gravado con algún
impuesto. Se obtiene de la suma entre el campo "Subtotal
componente del surtido", más el impuesto selectivo de consumo (02),
el Impuesto específico de Bebidas Alcohólicas (04) y
el Impuesto Específico sobre las bebidas envasadas sin contenido alcohólico y
jabones de tocador (05), cuando corresponda.
?Este campo se podrá editar cuando se
seleccione en el campo "IVA cobrado a nivel de fábrica" el Código
01 o en el campo de "Código del impuesto" el código 07.
?Validación: En caso de utilizarse el
código 0 , en el campo de IVA cobrado a nivel de fábrica, se verificará que
este
|
|
4
|
4
|
|
|
|
4
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
|
campo se encuentre en el comprobante,
caso contrario se
rechazará. Además, se deberá incluir
un valor mayor a "cero".
|
|
|
|
|
|
|
|
|
> > > > ImpuestoSurtido
{1,1000}
|
Impuesto Surtido
|
Complex
Type
|
|
?Tipo
complejo con el detalle del impuesto.
?Este campo será de condición obligatoria
en todos los comprobantes.
?Se pueden utilizar para una misma línea la cantidad de
códigos de impuestos que se requieran para cada producto.
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
4
|
|
> > > > >
CodigoImpuestoSurtido
|
Código del
impuesto para componente de surtido
|
String
|
2
|
?Ver nota 8. Es un campo fijo de dos
posiciones.
?Al utilizar el código de Naturaleza del
Descuento 01 correspondiente a "Regalías" o 03 de "Bonificaciones"
y el código de impuesto 01, se debe utilizar para el cálculo del impuesto el
campo denominado "Monto total componente de surtido" y la
"Tarifa del Impuesto al Valor Agregado para componente de surtido"
?Validación: Se verificará el cumplimiento
de la nota 8.
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
4
|
|
> > > > >
CodigoImpuestoOTROSurtido
|
Código
del impuesto OTRO para componente de surtido
|
String
|
100
|
Será obligatorio en caso de utilizar el código 99 de "Otros" de la nota 8. Se debe describir puntualmente el impuesto
utilizado.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 100.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > >
CodigoTarifaIVASurtido
|
Código
de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado para componente de surtido
|
String
|
2
|
?Ver
nota 8.1. Es un campo fijo de dos posiciones.
?Se convierte en obligatorio cuando se
usa el código 01 de impuestos de surtido
?Validación: Se verificará el cumplimiento de
nota 8.1. cuando se utilice el código 01 de campo código del impuesto.
|
2
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > > TarifaSurtido
|
Tarifa
del Impuesto para componente de surtido
|
Decimal
|
4,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando el componente este gravado con alguna tarifa de impuesto, según
corresponda. Debe de expresarse el porcentaje como número entero (Ejemplo: la
tarifa del 13% se debe de reflejar como 13, la tarifa del 1% como 1, o bien
la tarifa del 0.5% como 0.5).
?Para
Cálculo del IVA, Ver nota 8.1
?Para Cálculo del Impuesto Selectivo de
Consumo código 02 de la nota 8, la tarifa será editable, según la normativa
correspondiente.
?Para Cálculo de "otros
impuestos" código 99, la tarifa será
editable,
según la normativa correspondiente.
?Validación: Cuando se utilice el
Código de impuesto 01 la tarifa del impuesto debe de coincidir con el
correspondiente
|
2
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
|
código de impuesto
IVA. Si se utiliza código de impuesto 02 o 99 debe de incluirse el porcentaje
como un número entero.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
> > > > >
DatosImpuestoEspecíficoSurtido
|
Datos
para Impuestos Específicos para componente de surtido
|
Complex
Type
|
|
?Tipo complejo con el detalle para calcular
impuestos específicos no tarifarios.
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilicen los códigos de impuesto 04, 05, 06 de la nota 8 y agrupará los campos requeridos para el cálculo de estos
impuestos
?Validación: En caso de utilizarse el
código 04,05,06 de la nota 8, se verificará que este campo se encuentre en el
comprobante, caso contrario se rechazará.
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > > >
CantidadUnidadMedidaSurtido
|
Cantidad de la
unidad de medida a utilizar para
componente de surtido
|
Decimal
|
7,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilicen los códigos de impuesto 04, 05 y 06 de la nota 8.
?Validación: En caso de utilizarse el
código 04,05,06 de la nota 8, se verificará que este campo se encuentre en el
comprobante, caso contrario se rechazará.
|
|
4
|
4
|
|
|
|
4
|
|
> > > > > >
PorcentajeSurtido
|
Porcentaje
en componente de surtido
|
Decimal
|
4,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilice el código de impuesto 04 de la nota 8. Debe de expresarse
el porcentaje como número entero (Ejemplo: la tarifa del 3% se debe de
reflejar como 3, la tarifa del % como , o bien la
tarifa del 0.5% como 0.5).
?Validación: En caso de utilizarse el
código 04 de la nota 8, se verificará que este campo se encuentre en el
comprobante, caso contrario se rechazará.
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > > >
ProporcionSurtido
|
Proporción
en componente de surtido
|
Decimal
|
5,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilice el código de impuesto 04 de la nota 8
?Este campo se obtiene de multiplicar la
"Cantidad de la unidad de medida a utilizar" por el
"Porcentaje"
?Validación: En caso de utilizarse el
código 04 de la nota 8, se verificará que este campo se encuentre en el
comprobante, caso contrario se rechazará.
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > > >
VolumenUnidadConsumoSurtido
|
Volumen por Unidad
de Consumo componente de surtido
|
Decimal
|
7,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilice el código de impuesto 05 de la nota 8.
?Validación: En caso de utilizarse el
código 05 de la nota 8, se verificará que este campo se encuentre en el
comprobante, caso contrario se rechazará.
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > > >
ImpuestoUnidadSurtido
|
Impuesto
por Unidad componente de surtido
|
Decimal
|
8,5
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilicen los códigos de impuesto 04, 05 y 06 de la nota 8.
?Validación: En caso de utilizarse el
código 04,05,06 de la nota 8, se verificará que este campo se encuentre en el
comprobante, caso contrario se rechazará.
|
|
4
|
4
|
|
|
|
4
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
> > > >
MontolmpuestoSurtido
|
Monto
del impuesto para componente de surtido
|
Decimal
|
8,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando el componente este gravado
con algún impuesto. Es un número decimal compuesto por 3 enteros
y 5 decimales.
?Cálculo del IVA:
Se obtiene de la multiplicación del campo "Tarifa del Impuesto al Valor
Agregado para componente de surtido" por el campo por "Base Imponible del surtido".
?Casos especiales para el cálculo del IVA:
Al
utilizar el código de Naturaleza del Descuento 0 correspondiente a
"Regalías" o 02 de "Bonificaciones" y el código de
impuesto 0 , se debe utilizar para el cálculo del
impuesto el campo denominado "Monto total componente surtido" y la
"Tarifa del Impuesto al Valor Agregado para componente de surtido".
En caso de
utilizar el campo "Base Imponible Especial para componente de
Surtido", este campo se obtiene de la multiplicación "Base
Imponible Especial para componente de Surtido" por la "Tarifa del
Impuesto al Valor Agregado para componente de surtido".
?Cálculo Impuesto Selectivo de Consumo:
Se obtiene de la multiplicación del campo "Tarifa del Impuesto para componente
de surtido" por el campo "Subtotal componente del surtido".
?Calculo Impuesto específico a las Bebidas
Alcohólicas Se
obtiene de la multiplicación del campo "Cantidad componente de
surtido" por el campo "Proporción en componente de surtido"
por "Impuesto por Unidad componente de surtido".
?Impuesto Específico sobre las bebidas
envasadas sin contenido alcohólico y jabones de tocador
Para el caso de
las bebidas, se obtiene de la multiplicación del campo "Cantidad
componente de surtido" por el campo "Cantidad de la unidad de
medida a utilizar para componente de surtido" multiplicado por el
resultado de dividir el campo "Impuesto por Unidad componente de
surtido" entre el campo "Volumen por Unidad de Consumo componente
de surtido". Para el caso del jabón de tocador, se obtiene de la
multiplicación del campo "Cantidad componente de surtido"
|
|
|
4
|
|
|
|
4
|
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
|
por el campo "Volumen por Unidad
de Consumo componente
de surtido" por "Impuesto
por Unidad componente de surtido".
?Impuesto a los productos de Tabaco
Se obtiene de la
multiplicación del campo "Cantidad componente de surtido" por el
campo "Cantidad de la unidad de medida a utilizar para componente de
surtido" por "Impuesto por Unidad componente de surtido".
|
|
|
|
|
|
|
|
|
> > PrecioUnitario
|
Precio unitario
|
Decimal
|
8,5
|
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
?Validación:
Se deberá incluir un valor mayor a "cero". Caso
contrario se rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
|
> > MontoTotal
|
Monto total
|
Decimal
|
8,5
|
?Se obtiene de la multiplicación del
campo "cantidad" por el campo "precio unitario".
?En el caso de Recibo electrónico de Pago
se debe incluir el monto a pagar sobre el bien o servicio originalmente
facturado sin incluir impuestos.
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
> > Descuento {0,5}
|
Descuento
|
Complex
Type
|
|
?Tipo
complejo descuento.
Se puede
incluir un máximo
de 5 repeticiones de descuentos, cada descuento adicional se
calcula sobre la base menos el descuento anterior.
?Validación: En caso de notas de
crédito y notas de débito cuando en el apartado de información de referencia,
tengan código 08 o 09 de la nota 09 correspondientes a las denominadas
"Financieras" no se requerirá este nodo.
|
3
|
3
|
3
|
3
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > MontoDescuento
|
Monto
de descuentos concedidos
|
Decimal
|
8,5
|
?Este
campo será de condición obligatoria, cuando se indique
un
descuento, en el campo "Código del descuento".
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
?Validación: Se deberá de incluir un valor igual
o menor al del Monto total. Caso contrario se rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
|
> > > CodigoDescuento
|
Código del
descuento
|
String
|
2
|
?Ver
Nota 20.
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se incluya
información
en el campo "monto de descuentos concedidos"
?Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 20.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
|
> > > CodigoDescuentoOTRO
|
Código
del descuento OTRO
|
String
|
00
|
?Será obligatorio en caso de utilizar el
código 99 de "Otros" de la nota 20. Se debe describir puntualmente
el descuento utilizado.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 00.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
> > > NaturalezaDescuento
|
Naturaleza
del descuento
|
String
|
80
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se utilice el código 99 de la Nota 20.
?Validación: En caso de utilizarse el código 99,
se verificará que este campo se encuentre en el comprobante, caso contrario
se rechazará. Además, deberá contener mínimo 3 caracteres y un máximo de 80.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > SubTotal
|
Subtotal
|
Decimal
|
8,5
|
?Se obtiene de la resta
del campo "monto total" menos "monto de descuento concedido".
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
?En caso del Recibo Electrónico de Pago
este campo será editable y corresponderá al monto del
pago a registrar para el cálculo
del IVA respectivo.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
> > IVACobradoFabrica
|
IVA
cobrado a nivel de fábrica
|
String
|
2
|
?Ver
nota 2 .
?En este campo se indicará si el Impuesto
al Valor Agregado fue cobrado a nivel de fábrica, por lo que deberá ser utilizado
únicamente por los obligados
tributarios a realizar el pago de esta forma.
?Se convierte en obligatorio cuando el
IVA se cobra o se cobró a nivel de fábrica.
?Al hacer uso del presente campo el
producto se entenderá exento para el código 02, por lo cual no deberá llenar
el subnodo de impuestos para el cálculo del IVA.
?Para el código 0 el emisor puede
separar los impuestos que está
cobrando en la fábrica.
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > BaseImponible
|
Base imponible
|
Decimal
|
8,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando el producto/ servicio este gravado con algún impuesto. Se obtiene de
la suma entre el campo "Subtotal", más el impuesto selectivo de
consumo (02), el Impuesto específico de Bebidas Alcohólicas (04), el Impuesto Específico sobre las bebidas envasadas sin contenido
alcohólico y jabones de tocador (05) y el impuesto al cemento ( 2), cuando corresponda.
?Este campo se podrá editar cuando se
seleccione en el campo "IVA cobrado a nivel de fábrica" el Código
01 o en el campo de "Código del impuesto" el código 07.
?Validación: En caso de utilizarse el código 0 ,
en el campo de IVA cobrado a nivel de fábrica, se verificará que este campo se encuentre en el comprobante, y deberá incluirse un valor mayor a "cero". Caso contrario se rechazará.
|
|
4
|
|
|
|
|
4
|
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
> > Impuesto {1,1000}
|
Impuesto
|
Complex
Type
|
|
?Tipo complejo con el detalle del impuesto.
Este campo será de condición obligatoria en todos los comprobantes.
?Se pueden utilizar para una misma línea
la cantidad de códigos de impuestos que se requieran para cada producto.
?En el "Recibo Electrónico de
Pago" se volverá obligatorio, cuando la condición de la venta sea
códigos "08" y "10" de la nota "5".
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
2
|
|
> > > Codigo
|
Código del impuesto
|
String
|
2
|
?Ver
nota 8. Es un campo fijo de dos posiciones.
?Al utilizar el código de Naturaleza del
Descuento 01 correspondiente a "Regalías" o 03 de "Bonificaciones"
y el código de impuesto 01, se debe utilizar para el cálculo del impuesto el
campo denominado "Monto Total" y la tarifa.
?Al
utilizar el código 07 se debe de utilizar para el cálculo del
impuesto
el campo denominado "base imponible "y la tarifa.
?Al utilizar el código 08, se debe
utilizar para el cálculo de factor del IVA por el subtotal.
?Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 8.
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
|
> > CodigoImpuestoOTRO
|
Código
de impuesto OTRO
|
String
|
100
|
?Será obligatorio en caso de utilizar el
código 99 de "Otros" de la nota 8. Se debe describir puntualmente
el impuesto utilizado.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 100.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
> > > CodigoTarifaIVA
|
Código de la
tarifa del Impuesto al Valor Agregado
|
String
|
2
|
?Ver
nota 8.1. Es un campo fijo de dos posiciones.
?Se convierte en obligatorio para los
Códigos 01, 07. de la nota 8.
?En el caso que se utilice el nodo
"Detalle de productos del surtido, paquetes o combos", no se deberá
utilizar este campo, ya que el impuesto se calcula como la suma de los montos
de impuestos individuales de las líneas
de detalle de los componentes del surtido que se deben incluir en estos
casos. La eventual validación de la consistencia de los impuestos calculados y aplicación de tarifas se hará sobre
las líneas individuales de detalle.
?Validación: Se verificará el cumplimiento de nota 8.1.
cuando se utilice el código 01 y 07 de campo código del impuesto. Con
la excepción cuando se utilicen códigos CABYS de surtido.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
> > > Tarifa
|
Tarifa del impuesto
|
Decimal
|
4,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando el producto/servicio este gravado con alguna tarifa
de impuesto, según corresponda.
Debe de expresarse el porcentaje como número entero (Ejemplo: la tarifa del
13% se debe de reflejar como 13, la tarifa del 1% como 1, o bien la tarifa
del 0.5% como 0.5).
?Para
Cálculo del IVA, Ver nota 8.1
?En el caso que se utilice el nodo
"Detalle de productos del surtido, paquetes o combos", no se deberá
utilizar este campo, ya que el impuesto se calcula como la suma de los montos
de impuestos individuales de las líneas
de detalle de componentes del surtido
que se deben
incluir en estos casos.
?La eventual validación de la
consistencia de los impuestos calculados y aplicación de tarifas se hará
sobre las líneas individuales de detalle.
?Para Cálculo del Impuesto Selectivo de
Consumo código 02 de la nota 8, la tarifa será editable, según la normativa
correspondiente.
?Para Cálculo del Impuesto al Cemento
código 12 de la nota 8, la tarifa será del 5%.
?Para
Cálculo de "otros impuestos" código 99, la tarifa será
editable,
según la normativa correspondientes
?Validación: Cuando se utilice el código de
impuesto 01 la tarifa del impuesto debe de coincidir con el correspondiente
código de impuesto IVA, caso contrario se rechazará. Si se utiliza código de
impuesto 02 o 99 debe de incluirse el porcentaje como un número
entero. Con la excepción cuando se utilicen códigos CABYS de surtido.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
> > > FactorCalculoIVA
|
Factor para
Calculo IVA
|
Decimal
|
5,4
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando el producto/servicio posea un factor para su cálculo.
?Cuando en el código de impuesto se defina
IVA Bienes Usados se deberá utilizar este campo con el factor establecido por
el Ministerio de Hacienda.
?Debe expresarse en formato decimal.
?Validación: En caso de utilizar el código 08 de la nota 08,
se verificará que este campo se encuentre en el comprobante, caso
contario se rechazará
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
9>
> > DatosImpuestoEspecifico
|
Datos
para Impuestos Específicos
|
Complex
Type
|
|
?Tipo complejo con el detalle para calcular
impuestos específicos no tarifarios.
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilicen los códigos de impuesto 03, 04, 05, 06 de la nota
8 y agrupará los campos requeridos para el cálculo de estos impuestos
?Validación: En caso de utilizarse el código 03,04,05,06 de la nota 8, se verificará
que este campo se encuentre en el comprobante, caso contrario se rechazará.
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
10>
> > > CantidadUnidadMedida
|
Cantidad
de la unidad de medida a utilizar
|
Decimal
|
7,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilicen los códigos de impuesto 03, 04, 05 y 06 de la nota 8
?En el caso que se utilice el nodo
"Detalle de productos del surtido, paquetes o combos", no se deberá
utilizar este campo, para los códigos de impuesto 04, 05, 06 de la nota 8, ya que el impuesto se calcula como
la suma de los montos
de impuestos individuales de las líneas de detalle de componentes del surtido que
se deben incluir en estos
casos. La eventual validación de la consistencia de los impuestos calculados y aplicación de
tarifas se hará sobre las líneas individuales de detalle.
?Validación: En caso de utilizarse el código 03,04,05,06 de la nota 8, se
verificará que este campo se encuentre en el comprobante, caso contrario se
rechazará. Con la excepción cuando se utilicen códigos CAByS de surtido.
|
|
4
|
4
|
|
|
|
4
|
|
11 >
> > > Porcentaje
|
Porcentaje
|
Decimal
|
4,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilice el código de impuesto 04 de la nota 8.
?En el caso que se utilice el nodo
"Detalle de productos del surtido, paquetes o combos", no se deberá
utilizar este campo, para el código de impuesto 04, de la nota 8, ya que el impuesto se calcula como la suma de los montos de impuestos individuales de las
líneas de detalle de componentes del surtido que se deben incluir en estos
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
9 Este nodo se utilizará exclusivamente para el calculo de los
impuestos específicos siguientes: Impuesto a los combustibles (código 03),
Impuesto de Bebidas Alcohólicas (código 04), Impuesto Específico sobre las
bebidas envasadas sin contenido alcohólico y jabones de tocador (código 05) e
Impuesto a los Productos de Tabaco (código 06)
10 Este campo corresponderá a lo siguiente según el tipo de impuesto:
código 03: Cantidad de Litros de combustible, códigos 04 y 05: Cantidad de
mililitros del envase a vender o unidades de jabón de tocador a vender.
11 Este campo corresponderá a lo siguiente
para el tipo de impuesto código 04: porcentaje de alcohol por volumen de la
bebida.
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
casos. La eventual
validación de la consistencia de los impuestos calculados y aplicación de tarifas se hará sobre
las líneas individuales de detalle.
?Debe de expresarse el porcentaje como
número entero (Ejemplo: la tarifa del 13% se debe de reflejar como 13, la
tarifa del 1% como 1, o bien la tarifa del 0.5% como 0.5).
?Validación: En caso de utilizarse el código 04
de la nota 8, se verificará que este campo se encuentre en el comprobante,
caso contrario se rechazará. Con la excepción cuando se utilicen códigos
CAByS de surtido.
|
|
|
|
|
|
|
|
12>
> > > Proporcion
|
Proporción
|
Decimal
|
5,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilice el código de impuesto 04 de la nota 8
?Este campo se obtiene de multiplicar la
"Cantidad de la unidad de medida a utilizar" por el
"Porcentaje"
?En el caso que se utilice el nodo
"Detalle de productos del surtido, paquetes o combos", no se deberá
utilizar este campo, para el código de impuesto 04, de la nota 8, ya que el impuesto se calcula como la suma de los montos de impuestos individuales de
las líneas de detalle de componentes del surtido
que se deben
incluir en estos casos. La eventual validación de la
consistencia de los impuestos
calculados y aplicación de tarifas se hará sobre las líneas individuales de detalle
?Validación: En caso de utilizarse el código 04
de la nota 8, se verificará que este campo se encuentre en el comprobante,
caso contrario se rechazará. Con la excepción cuando se utilicen códigos
CAByS de surtido.
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
13>
> > > VolumenUnidadConsumo
|
Volumen
por Unidad de Consumo
|
Decimal
|
7,2
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilice el código de impuesto 05 de la nota 8
?En el caso que se utilice el nodo
"Detalle de productos del surtido, paquetes o combos", no se deberá
utilizar este campo, para el código de impuesto 05, de la nota 8, ya que el impuesto se calcula como la suma de los montos de impuestos individuales de
las líneas de detalle de
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
12 Este es un campo de cálculo, que en el tipo de impuesto código 04:
Es la cantidad de mililitros de alcohol absoluto que se calcula multiplicando
los campos del porcentaje de alcohol por volumen por la cantidad de mililitros
por cada tipo de bebida.
13 Este campo corresponderá a lo siguiente en el tipo de impuesto
código 05: Volumen de Referencia en Mililitros o volumen en gramos de jabón de
tocador a vender. De acuerdo con el artículo 9 de la Ley número 8114 de fecha 4
de julio de 2001, denominada "Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias" y sus reformas.
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
componentes del surtido que
se deben incluir en estos
casos. La eventual validación de la consistencia de los impuestos calculados y aplicación de
tarifas se hará sobre las líneas individuales de detalle
?Validación: En caso de utilizarse el código 05
de la nota 8, se verificará que este campo se encuentre en el comprobante,
caso contrario se rechazará. Con la excepción cuando se utilicen códigos CAByS
de surtido.
|
|
|
|
|
|
|
|
14>
> > > lmpuestoUnidad
|
lmpuesto por Unidad
|
Decimal
|
8,5
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando se utilicen los códigos de impuesto 03, 04, 05 y 06 de la nota 8
?En el caso que se utilice el nodo
"Detalle de productos del surtido, paquetes o combos", no se deberá
utilizar este campo, para los códigos de impuesto 04, 05, 06 de la nota 8, ya que el impuesto se calcula como
la suma de los montos
de impuestos individuales de las líneas de detalle de componentes del surtido que
se deben incluir en estos
casos. La eventual validación de la consistencia de los impuestos calculados y aplicación de
tarifas se hará sobre las líneas individuales de detalle.
?Validación: En caso de utilizarse el código 03,04,05,06 de la nota 8, se
verificará que este campo se encuentre en el comprobante, caso contrario se
rechazará. Con la excepción cuando se utilicen códigos CAByS de surtido.
|
|
4
|
4
|
|
|
|
4
|
> > > Monto
|
Monto del impuesto
|
Decimal
|
8,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando el producto/servicio este gravado con algún impuesto. Es un número
decimal compuesto por 3 enteros y 5 decimales.
?Cálculo del IVA:
Se obtiene
de la multiplicación del campo
"tarifa del impuesto" por "Base Imponible".
|
|
|
|
|
|
|
|

14 En este campo se indicará el monto del
impuesto por unidad, según el tipo de impuesto específico, códigos 03, 04, 05 o
06, según corresponda de acuerdo con la normativa que regule cada uno de estos.
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
|
?Casos especiales para el cálculo del IVA:
Calculo cuando se usa código 10 tarifa
exenta:
Al
utilizar el código de Naturaleza del Descuento 01 correspondiente a
"Regalías" o 03 de "Bonificaciones" y el código de
impuesto 01, se debe utilizar para el cálculo del impuesto el campo
denominado "Monto Total" y la "Tarifa".
En caso de
utilizar el factor establecido para el régimen de bienes usados,
este campo se obtiene de la multiplicación del factor por 100 por el subtotal.
En caso de
utilizar el campo "Base Imponible Especial", este campo se obtiene
de la multiplicación "Base Imponible Especial" por la tarifa.
En el caso de utilizar el nodo
"Detalle de productos del surtido,
paquetes o combos", este campo se calcula como la sumatoria de los montos de IVA individuales de las
líneas de detalle del surtido que se deben incluir en estos casos
?Cálculo Impuesto Selectivo de Consumo:
Se obtiene
de la multiplicación del campo
"tarifa del impuesto" por el campo "subtotal"
En el caso de utilizar el nodo
"Detalle de productos del surtido,
paquetes o combos", este campo se calcula como la sumatoria de los montos
del Impuesto Selectivo de Consumo
individuales de las líneas de detalle del surtido que se deben incluir en estos
casos
?Cálculo Impuesto Único a los Combustibles
Se obtiene de la
multiplicación del campo "Cantidad de la unidad de medida a utilizar"
por el campo "Impuesto por Unidad"
?Calculo Impuesto específico a las Bebidas
Alcohólicas Se
obtiene de la multiplicación del campo "Cantidad" por el campo
"Proporción" por "Impuesto por Unidad"
En el caso de utilizar el nodo
"Detalle de productos del surtido,
paquetes o combos", este campo se calcula como la sumatoria de los
montos del Impuesto Específico a las Bebidas Alcohólicas individuales de las líneas de detalle del surtido que se
deben incluir en estos casos
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
|
?Cálculo del
Impuesto Específico sobre las bebidas envasadas sin contenido alcohólico y jabones de tocador
Para el caso de las bebidas, se obtiene de la
multiplicación del campo "Cantidad" por
el campo "Cantidad de la unidad
de medida a utilizar" multiplicado por el resultado de dividir el
campo "Impuesto por Unidad" entre el campo "Volumen por Unidad
de Consumo"
Para el caso del
jabón de tocador, se obtiene de la multiplicación del campo "Cantidad de
la unidad de medida a utilizar" por el campo "Volumen por Unidad de
Consumo" por "Impuesto por Unidad"
En el caso de utilizar el nodo
"Detalle de productos del surtido,
paquetes o combos", este campo se calcula como la sumatoria de los
montos de los Impuestos
Específicos sobre las bebidas envasadas
sin contenido alcohólico o jabones de tocador individuales de las líneas
de detalle del
surtido que se deben incluir en estos
casos
?Cálculo del Impuesto a los productos de Tabaco
Se obtiene de la
multiplicación del campo "Cantidad" por el campo "Cantidad de
la unidad de medida a utilizar" por "Impuesto por Unidad"
En el caso de utilizar el nodo
"Detalle de productos del surtido,
paquetes o combos", este campo se calcula como la sumatoria de los montos del Impuesto a los productos
de tabaco individuales de las líneas
de detalle del
surtido que se deben incluir en estos
casos
?Impuesto al Cemento
Se obtiene
de la multiplicación del campo
"tarifa del impuesto" por el campo "subtotal"
|
|
|
|
|
|
|
|
|
> > > MontoExportacion
|
Monto
de impuesto de exportación.
|
Decimal
|
18,5
|
?Uso exclusivo para exportación de
mercancías que apliquen impuestos especiales.
?También podrá ser utilizado en las notas de
crédito y débito según corresponda.
?Cuando se utilicen CAByS de servicios
no se verificará.
|
4
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > Exoneracion
|
Información
de exoneración
|
Complex
Type
|
|
?Tipo
complejo con detalles de
la exoneración. Este campo
será de condición obligatoria cuando la venta tenga alguna exoneración.
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > TipoDocumentoEX1
|
Tipo de documento
de exoneración o de autorización.
|
String
|
2
|
?Es
un campo fijo de dos posiciones Ver nota 10.1 y 7.
?Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 10.1
|
1
|
4
|
1
|
1
|
1
|
1
|
4
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
> > > > TipoDocumentoOTRO
|
Tipo de documento
de exoneración o de autorización OTRO
|
String
|
100
|
?Será obligatorio en caso de utilizar el
código 99 de "Otros" de la nota 10.1. Se debe describir
puntualmente el tipo de documento o autorización utilizado.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 100.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > NumeroDocumento
|
Número de
documento de exoneración o de autorización
|
String
|
40
|
?Este campo
será de condición obligatoria, cuando se incluya
información en el campo "Tipo de documento de exoneración
o de autorización"
?Debe de indicarse tal y como se encuentra
en el documento otorgado por la
institución incluyendo los guiones.
?En
caso de utilizar los códigos "02" o "03" y "08"
de la nota
10.1 en el tipo de documento debe de indicar
el número de la
ley que lo autoriza.
?Validación: En caso
de utilizarse el código 04 y 11 de la nota
10.1, se verificará que el número de
autorización debe de coincidir con el otorgado en el documento de exoneración
y que este vigente. Caso contrario se rechazará el comprobante.
?Deberá contener mínimo 3 caracteres y
un máximo de 40
|
1
|
4
|
1
|
1
|
1
|
1
|
4
|
|
> > > > Articulo
|
Número de artículo
que establece la exoneración o autorización
|
lnteger
|
6
|
?Este campo será de condición
obligatoria, cuando se elija para "Tipo de documento de exoneración o de
autorización" los códigos "02" o "03",
"06", "07" y "08, de la nota 10.1 se debe de indicar
el número del artículo de la ley.
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > lnciso
|
Número de inciso
que establece la exoneración o autorización
|
lnteger
|
6
|
?Este campo
será de condición obligatoria, cuando el artículo
de la ley hace referencia a un inciso de la misma, por lo cual se debe
de indicar el número del
inciso de la ley. De no existir un inciso, se indicará un cero
en el campo.
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> > > > Nombrelnstitucion
|
Nombre
de institución o dependencia que emitió la exoneración
|
String
|
160
|
? Ver notas 23 y 7. Es un campo fijo de dos posiciones
?Este campo
será de condición obligatoria, cuando se incluya
información en el campo "Tipo de documento de exoneración
o de autorización"
?Validación: Cumplimiento de la Nota 23.
|
1
|
4
|
1
|
1
|
1
|
1
|
4
|
|
> > > > NombrelnstitucionOtros
|
Detalle Nombre de
institución o dependencia que emitió la exoneración OTRO
|
String
|
160
|
?Será obligatorio en caso de utilizar el
código 99 de "Otros" de la nota
23. Se debe describir puntualmente la condición de la venta utilizada.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 100.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
> > > > FechaEmisionEX
|
Fecha de emisión
del documento de exoneración o de autorización
|
DateTim
e
|
|
?Este campo
será de condición obligatoria, cuando se incluya
información en el campo "Tipo de documento de exoneración
o de autorización".
?Tipo
de dato de fecha y hora, basado en el estándar
RFC3339 sección
5.6, tipo "date-time". Formato: YYYY-MM-DDThh:mi:ss[Zl(+l-)hh:mm]
Ejemplo: 2016-09-26T13:00:00+06:00
?Validación: En caso
de utilizarse el código 04 y 11 de la nota
10.1, se verificará la fecha de emisión del documento de exoneración. En caso
de no coincidir se rechazará el comprobante.
|
1
|
4
|
1
|
1
|
1
|
1
|
4
|
|
> > > > tarifaexonerada
|
Tarifa exonerada
|
Decimal
|
4,2
|
?Este campo
será de condición obligatoria, cuando se incluya
información en el campo "Tipo de documento de exoneración
o de autorización"
?Debe de indicarse los puntos de la tarifa otorgado de exoneración. Debe de expresarse el porcentaje como
número entero (Ejemplo: la tarifa del 13% se debe de reflejar como 13,
la tarifa del 1% como 1, o bien la tarifa del 0.5% como 0.5).
?Validación: En caso
de utilizarse el código 04 y 11 de la nota
10.1, se verificará la tarifa exonerada. En caso de ser un porcentaje mayor
se rechazará el comprobante.
|
1
|
4
|
1
|
1
|
1
|
1
|
4
|
|
> > > > MontoExoneracion
|
Monto
del Impuesto Exonerado
|
Decimal
|
18,5
|
?Este
campo será de condición obligatoria, cuando se incluya
información
en el campo "Tipo de exoneración".
?Es un número decimal compuesto por 13
enteros y 5 decimales.
?Dicho monto se obtiene de la multiplicación
del campo
"Tarifa exonerada" por el
campo "Subtotal"
|
1
|
4
|
1
|
1
|
1
|
1
|
4
|
|
> > ImpuestoAsumidoEmisorFabrica
|
Impuestos Asumidos
por el Emisor o cobrado a Nivel de Fábrica
|
Decimal
|
18,5
|
?Es un número decimal compuesto por 13
enteros y 5 decimales.
?Este
campo será de condición obligatoria cuando:
?Se facturen productos o servicios, en
cuya línea de detalle se indique en el campo "Código del descuento"
los códigos 01 de "Regalías" o código 03 de
"Bonificaciones".
?Se incluyan en la línea
de detalle impuestos específicos a los combustibles, Bebidas Alcohólicas, sin
contenido alcohólico, jabón de tocador y cemento.
?Se obtiene de la sumatoria del Monto
de los Impuestos calculados a productos definidos como regalías o
bonificaciones con IVA cobrado a nivel de fábrica, y se incluyan impuestos
específicos a los combustibles, Bebidas
|
1
|
4
|
4
|
1
|
2
|
2
|
4
|
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
|
Alcohólicas,
sin contenido alcohólico, jabón y cemento. En caso de no aplicarse estos
impuestos, se deberá agregar el valor "0".
?Validación: En el caso de utilizarse los códigos
0 y 03 de la nota 20 o bien, impuestos cobrados a nivel de fabrica este campo
deberá contener un valor mayor a "cero". En caso de no aplicarse
estos impuestos, se deberá agregar el valor "0". Caso contrario se
rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
|
|
> > lmpuestoNeto
|
lmpuesto Neto
|
Decimal
|
8,5
|
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
?Este monto se obtiene al restar el campo
"Monto del Impuesto" menos "Monto del Impuesto Exonerado"
o el campo "Impuestos Asumidos por el Emisor o cobrado a Nivel de Fábrica" cuando corresponda.
?En caso de no contar con datos en los
campos "Monto del Impuesto Exonerado" o "Impuestos Asumidos por el Emisor
o cobrado a Nivel de Fábrica" el monto será el mismo al del
impuesto calculado.
|
|
4
|
|
|
|
|
|
|
> >
MontoTotallinea
|
Total,
por línea de detalle
|
Decimal
|
8,5
|
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
?Se calcula de la siguiente manera:
Es la sumatoria de los campos
"Subtotal" e "Impuesto Neto".
|
|
|
|
|
|
|
|
|
OtrosCargos {0, 5}
|
lnformacion
sobre otros Cargos.
|
Complex
Type
|
|
?Tipo complejo.
?Se puede incluir un máximo de 5
repeticiones, cuando se posean otros cargos adicionales al apartado de
detalle de mercancía o servicio prestado.
Únicamente, cuando
se seleccione el código 04, 08, 09 y 0 de la nota 16 en el campo "Tipo
de documento otros cargos" y no se cuente con una línea de servicio o
producto, no es obligatorio usar el nodo "Detalle de la mercancía o
servicio prestado".
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
|
> TipoDocumentoOC
|
Tipo
de documento otros cargos
|
String
|
2
|
?Ver nota 6.
?Validación: Se verificará el cumplimiento de la
nota 6. Además, cuando se seleccione el código 04, 08, 09 y 0 de la nota 16 en "Tipo de documento otros
cargos" y no se cuente con una línea de servicio o producto, no es obligatorio usar el nodo
"Detalle de la mercancía o servicio prestado".
|
|
|
|
|
|
|
4
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> TipoDocumentoOTROS
|
Tipo
de documento OTRO
|
String
|
00
|
?Será obligatorio en caso de utilizar el
código 99 de "Otros" de la nota 6. Se debe describir puntualmente
el tipo de documento utilizado.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 00.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> > 15 IdentificacionTercero
|
Identificación
de un Tercero
|
Complex
Type
|
|
?Tipo complejo que contiene los datos de
identificación del Tercero.
?Este
campo será de condición obligatoria, cuando se
seleccione en "tipo de
documento" el código 04 de la nota 16.
?Validación: En caso de utilizarse el código 04
de la nota 6, se deberá de completar el campo. Caso contrario se rechazará el
comprobante.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> > > Tipo
|
Tipo
de identificación del Tercero
|
String
|
2
|
?Ver
nota 4.
?Es
un campo fijo de dos posiciones.
?Este
campo será de condición obligatoria, cuando se posea información en el nodo
"Número de cédula física/ jurídica/NITE/DIMEX del emisor/ Extranjero No Domiciliado.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> > > Numero
|
Número
de cédula física/jurídica/NITE/DIM EX/ Extranjero No Domiciliado, del Tercero
|
String
|
20
|
?Este
campo será de condición obligatoria, cuando se
seleccione
en "tipo de documento" el código 04 de la nota 16.
?El
tercero debe de estar inscrito como contribuyente.
?Formato:
La "Cédula física" debe de
contener 9 dígitos, sin cero al
inicio y sin guiones.
La "cédula de personas
Jurídicas" debe contener 10
dígitos y sin guiones.
El "Documento
de Identificación Migratorio para Extranjeros (DIMEX)" debe contener 11
o 12 dígitos, sin ceros al inicio y sin guiones.
El "Documento de Identificación
de la DGT (NITE)" debe
contener
0 dígitos y sin guiones.
?El número de identificación del
"Extranjero No Domiciliado", puede contener hasta un máximo de 20
caracteres (números y letras) en el campo denominado número, de lo contrario
se mantienen las longitudes ya establecidas para los números de cédulas.
?Validación:
Este campo se verificará cuando se seleccione
en "tipo de documento" el
código 04 de la nota 16. Deberá
|
|
|
|
|
|
|
4
|

15 Se entenderá como tercero el contribuyente que
vende o presta el servicio o mercancía que se está cobrando.
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
|
|
|
|
cumplir con el
formato establecido según el tipo de identificación, caso contrario se
rechazará el comprobante.
?El contribuyente debe estar inscrito
ante la Administración Tributaria en todos los casos, excepto el número de
identificación del "Extranjero No Domiciliado".
|
|
|
|
|
|
|
|
> NombreTercero
|
Nombre
o razón social del Receptor
|
String
|
00
|
?Este
campo será de condición obligatoria, cuando se
seleccione
en "tipo de documento" el código 04.
?Validación: Deberá contener mínimo 5 caracteres y un
máximo de 00
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> Detalle
|
Detalle otros
cargos
|
String
|
60
|
?Se debe de indicar la descripción del cargo.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
> PorcentajeOC
|
Porcentaje otros
cargos
|
Decimal
|
9,5
|
?En el caso que el cargo posea un porcentaje o monto para su cálculo se debe de
indicar el mismo. Debe de expresarse el porcentaje como número entero (Ejemplo: la tarifa del 3% se debe de
reflejar como 3, la tarifa del %
como , o bien la tarifa del 0.5% como 0.5).
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> MontoCargo
|
Monto del cargo
|
Decimal
|
8,5
|
?Monto
total del cargo.
?Validación:
Deberá de contener un valor mayor a "cero".
Caso contrario se rechazará el
comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
4
|
c) Resumen del comprobante /Total de
comprobante. Moneda
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
ResumenFactura
|
Resumen de la
Factura
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que representa el resumen de la factura.
|
|
|
|
|
|
|
|
> > CodigoTipoMoneda
|
Código
y Tipo de Moneda
|
ComplexType
|
|
?Campo obligatorio en todos los comprobantes
|
|
|
|
|
|
|
|
> > > CodigoMoneda
|
Código de la moneda
|
String
|
3
|
?Ver
nota 3 y nota 3.
? Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 3 y nota
3.
|
|
|
|
|
|
|
|
> > > TipoCambio
|
Tipo de cambio
|
Oecimal
|
8,5
|
?Es
un número decimal compuesto por 3 enteros y 5 decimales.
?En caso de utilizar el código de moneda
correspondiente a
colones
(CRC) en este campo será "1".
?En caso de utilizar el código de moneda
correspondiente a dólares americanos (USO),
se debe de indicar el tipo de cambio
de venta de referencia publicado por el Banco Central de Costa Rica, conforme
lo establece la Ley 9635.
?En caso de utilizar códigos de monedas,
diferentes a los códigos CRC y USO se utilizará, el tipo de cambio respecto a
colones.
?Validación: En caso
de que en el campo
"Código de la moneda"
se utilicen colones (CRC) se verificará que el valor del campo sea
"1". Caso contrario rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
|
> TotalServ ravados
|
Total
servicios gravados con IVA
|
Oecimal
|
8,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se seleccionen códigos CAByS
que correspondan a un servicio y el servicio este gravado con IVA.
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
?En el caso que exista una exoneración
Este campo se obtiene de la multiplicación ( aporcentaje de exoneración) por
el monto de la venta.
?Porcentaje de exoneración: (Tarifa Exonerada
/Tarifa IVA)
?Validación: En caso
que en el campo "Código de bien o servicio"
se utilicen códigos que empiecen con: 5,6,7,8,9 del CAByS y que
este gravado con IVA, deberá de cumplir con el cálculo de este campo. Caso
contrario rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
|
> TotalServExentos
|
Total
servicios exentos de IVA
|
Oecimal
|
8,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se seleccionen códigos CAByS
que correspondan a un servicio y el servicio este exento de IVA.
?Es
un número decimal compuesto por 3 enteros y 5 decimales.
?Validación: En caso
que en el campo "Código de bien o servicio"
se utilicen códigos que empiecen con: 5,6,7,8,9 del CAByS y que
estén exentos de IVA, deberá de
cumplir con el cálculo de este campo. Caso contrario rechazará el comprobante.
|
|
|
|
|
|
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> TotalServExonerado
|
Total
servicios exonerados del IVA
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando el servicio esté gravado y se preste a un cliente que goce de
exoneración, se debe de indicar el monto equivalente al porcentaje exonerado.
?Se obtiene de la multiplicación del porcentaje de la exoneración por el monto del servicio.
?Es
un número decimal compuesto por 13 enteros y 5 decimales.
?Validación: En caso que en el campo "Código
de Bien o Servicio" se utilicen códigos que empiecen con: 5,6,7,8,9 del
CAByS y que goce de exoneración del IVA, deberá de cumplir con el cálculo de
este campo. Caso contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalServNoSujeto
|
Total
servicios No Sujetos de IVA
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se seleccionen códigos CAByS
que correspondan a un servicio y el servicio sea No Sujeto de IVA (que se utilicen
los códigos de tarifa del IVA 01 y
11 de la nota 8.1)
?Es
un número decimal compuesto por 13 enteros y 5 decimales.
?Validación: En caso
que en el campo "Código de bien o servicio"
se utilicen códigos que empiecen con: 5,6,7,8,9 del CAByS y que este no
sujeto de IVA, deberá de cumplir con el cálculo de este campo. Caso contrario
se rechazará el comprobante.
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalMercanciasGravadas
|
Total
mercancías gravadas con IVA
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se seleccionen códigos CAByS
que correspondan a una mercancía y la mercancía este gravada
con IVA, con excepción de las mercancías
que indiquen "IVA cobrado a nivel de
fábrica"
?Es
un número decimal compuesto por 13 enteros y 5 decimales.
?Este campo
se obtiene de la sumatoria de los campos de Monto
Total de cada línea de detalle que contenga IVA, menos las líneas de detalle que contengan el
código de "IVA cobrado a nivel de Fábrica"
?En el caso que exista una exoneración
este campo se obtiene de la multiplicación (1-porcentaje de exoneración) por
el monto de la venta.
?Porcentaje de exoneración: (Tarifa Exonerada
/Tarifa IVA)
?Validación: En caso
que en el campo "Código de bien o servicio"
se utilicen códigos que empiecen con: 0,1,2,3,4 del CAByS y que
este gravado con IVA, deberá de cumplir con el cálculo de este campo. Caso
contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> TotalMercanciasExentas
|
Total
mercancías exentas de IVA
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se seleccionen códigos CAByS
que correspondan a una mercancía y la mercancía este exenta de IVA.
?Es
un número decimal compuesto por 13 enteros y 5 decimales.
?Validación: En caso
que en el campo "Código de bien o servicio"
se utilicen códigos que empiecen con: O,1,2,3,4 del CAByS y que
este exento de IVA, deberá de cumplir con el cálculo de este campo. Caso
contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalMercExonerada
|
Total
mercancías exoneradas del IVA
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo
será de condición obligatoria, cuando la mercancía
o producto esté gravada y se venda a un cliente que goce de exoneración para
la compra de la misma.
?Se obtiene de la multiplicación del porcentaje de la exoneración por el monto del producto.
?Es
un número decimal compuesto por 13 enteros y 5 decimales.
?Validación: En caso
que en el campo "Código de bien o servicio"
se utilicen códigos que empiecen con: O,1,2,3,4 del CAByS y que
goce de exoneración del IVA, deberá de cumplir con el cálculo de este campo.
Caso contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalMercNoSujeta
|
Total
mercancías No Sujetas de IVA
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se seleccionen códigos CAByS
que correspondan a una mercancía y la mercancía sea No Sujeta
de IVA(que se utilicen los códigos
de tarifa del IVA O1 y 11 de la nota 8.1).
?Es
un número decimal compuesto por 13 enteros y 5 decimales.
?Validación: En caso
que en el campo "Código de bien o servicio"
se utilicen códigos que empiecen con: O,1,2,3,4 del CAByS y que
este no sujeto de IVA, deberá de cumplir con el cálculo de este campo. Caso
contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalGravado
|
Total gravado
|
Decimal
|
18,5
|
?Se obtiene de la suma de los campos
"total servicios gravados con IVA" mas "total de mercancías
gravadas con IVA".
?Es un número decimal compuesto por 13
enteros y 5 decimales.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalExento
|
Total exento
|
Decimal
|
18,5
|
?Se obtiene de la suma de los campos
"total servicios exentos de IVA" mas "total de mercancías
exentas de IVA".
?Es un número decimal compuesto por 13
enteros y 5 decimales.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalExonerado
|
Total exonerado
|
Decimal
|
18,5
|
?Se obtiene de la suma de los campos
"total servicios exonerados de IVA" mas "total de mercancías
exoneradas del IVA".
?Es un número decimal compuesto por 13
enteros y 5 decimales.
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalNoSujeto
|
Total No Sujeto
|
Decimal
|
18,5
|
?Se obtiene de la suma de los campos
"Total servicios No Sujetos de IVA" mas "Total mercancías No
Sujetas de IVA".
Es un número decimal compuesto por 13
enteros y 5 decimales.
|
2
|
4
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> TotalVenta
|
Total venta
|
Decimal
|
8,5
|
?Se obtiene de la sumatoria de los campos
"total gravado", "total exento", "Total
Exonerado" y "Total No Sujeto".
?En caso
del "Recibo Electronico de Pago" se obtiene de la suma de los montos totales de las líneas de detalle.
?Es un número decimal compuesto por 3 enteros
y 5 decimales.
|
|
|
|
|
|
|
|
> TotalDescuentos
|
Total descuentos
|
Decimal
|
8,5
|
?Se obtiene de la suma de todos los
campos de "monto de descuentos concedidos".
?Es un número decimal compuesto por 3
enteros y 5 decimales.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalVentaNeta
|
Total venta neta
|
Decimal
|
8,5
|
?Se obtiene de la resta de los campos
"total venta" menos "total descuento".
?Es un número decimal compuesto por 3 enteros y 5
decimales.
|
|
|
|
|
|
|
|
> TotalDesgloseImpuesto { , 000}
|
Total
Desglose por Impuesto Cobrado
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que contiene los montos
desglosados por impuesto cobrado en el comprobante electrónico.
?Se repetirán la cantidad de códigos de impuestos que se hayan incluido en las líneas de detalles. En el caso de
las líneas que contengan "surtidos", se utilizará para este cálculo
la información de los campos
monto del nodo "Impuesto Surtido".
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando existen producto/servicio gravados con algún impuesto en las líneas de detalle El mismo se
obtiene de la suma de todos los campos
denominados "Monto del
impuesto" de las
líneas que no poseen
exoneración más todos los campos "Impuesto Neto" de las líneas que
si poseen exoneración, o se calculen el campo
"Impuestos Asumidos por el Emisor o cobrado a Nivel de Fábrica".
?Validación: En caso
de utilizar líneas
de detalles con cálculo de impuesto o monto del impuesto se
verificará el cumplimiento de este nodo. Caso contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
> > Codigo
|
Código de Impuesto
|
String
|
2
|
?Ver
nota 8. Es un campo fijo de dos posiciones.
?Indicará los códigos de impuesto registrados
en las líneas de detalle.
?Validación: Se verificará el
cumplimiento del registro por línea de detalle conforme a la nota 8.
|
|
|
|
|
|
|
|
> > CodigoTarifaIVA
|
Código de la
tarifa del Impuesto al Valor Agregado
|
String
|
2
|
?Ver
nota 8. . Es un campo fijo de dos posiciones.
?Se convierte en obligatorio para los
Códigos 0 , 07. de la nota 8
?Validación: Se verificará el cumplimiento del
registro por línea de detalle conforme a la nota 8. .
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
> > TotalMontoImpuesto
|
Monto
por Tipo de Impuesto
|
Decimal
|
8,5
|
?Se obtiene de la sumatoria del monto por código de
impuesto cobrado en el comprobante electrónico
|
|
|
|
|
|
|
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> Totallmpuesto
|
Total de impuesto
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando existen producto/servicio gravados con algún impuesto en las líneas de detalle. El mismo se
obtiene de la suma de todos los campos denominados "Monto del impuesto" de las líneas
que no poseen exoneración más todos los campos
"Impuesto Neto" de las líneas que si
poseen exoneración, o se calculen el campo
"Impuestos Asumidos por el Emisor o cobrado a Nivel de Fábrica".
?Es un número decimal compuesto por 13
enteros y 5 decimales.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
> TotallmpAsumEmisorFabrica
|
Total
de lmpuestos Asumidos por el Emisor o cobrado a Nivel de Fábrica
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo es de condición obligatoria,
cuando existen producto/servicio gravados con algún impuesto en las líneas de detalle que sean asumidos por el emisor,
el mismo se obtiene de la suma de todos los campos
denominados "Impuestos Asumidos por el
Emisor o cobrado a Nivel de Fábrica"
?Es
un número decimal compuesto por 13 enteros y 5 decimales
?Validación: Se verificará el cumplimiento del
cálculo de este campo cuando se incluyan en las líneas de detalle impuestos
asumidos por el emisor o a nivel de fábrica. Caso contrario se rechazará el
comprobante.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotallVADevuelto
|
lVA Devuelto
|
Decimal
|
18,5
|
?Este
campo será de condición obligatoria cuando se facturen
servicios
de salud y cuyo método de pago sea "Tarjeta".
?Se obtiene de la sumatoria del Monto de los lmpuestos pagado por los servicios de salud en tarjetas.
?Es
un número decimal compuesto por 13 enteros y 5 decimales.
?Validación: Se verificará que el monto indicado
corresponda a líneas de detalle con códigos CABy'S de servicios médicos y el
medio de pago sea tarjeta. Caso contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
4
|
4
|
2
|
2
|
2
|
4
|
> TotalOtrosCargos
|
Total Otros Cargos
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se posean otros cargos.
?Se obtiene de la suma de todos los
campos "Monto del cargo"
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
> MedioPago {1,4}
|
Medio de Pago
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que contiene los montos
desglosados por cada medio de pago utilizado.
Este campo es de
carácter obligatorio en todos los casos, excepto cuando se utilice en el campo
condición de la venta, los códigos
02, 08 y 10, correspondientes a créditos
?Se puede utilizar hasta 4 tipos de
medios de pago.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
1
|
> > TipoMedioPago
|
Tipo de Medio de
Pago
|
String
|
2
|
?Ver notas 6 y 7. Es un campo fijo de dos
posiciones.
?Validación: Se verificará el cumplimiento de las notas 6
y 7.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
1
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
> > MedioPagoOtros
|
Detalle Medio de pago OTROS
|
String
|
100
|
?Será obligatorio en caso de utilizar el código 99 de "Otros" de la nota 6. Se
debe describir puntualmente el medio de pago utilizado.
?Validación: Deberá contener mínimo 3
caracteres y un máximo de 100
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
> > TotalMedioPago
|
Monto
Total por Medio de Pago
|
Decimal
|
18,5
|
?Se deberá detallar el monto
correspondiente al tipo de pago seleccionado. Se volverá obligatorio cuando se utilice más de un medio de pago.
?Validación:
Se deberá incluir un valor mayor a "cero". Caso
contrario se rechazará el comprobante.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
> TotalComprobante
|
Total del comprobante
|
Decimal
|
18,5
|
?En todos los comprobantes, se obtiene de
la suma de los campos "total venta neta", "monto total del
impuesto" y "total otros cargos" menos "total IVA
devuelto" en caso de contar con dichos campos.
?En
caso de Recibo Electrónico de Pago se obtiene de la suma
de
los campos "Total de la venta".
?Este monto deberá coincidir con la
sumatoria de los montos de
los
totales por "Medio de Pago" cuando se utilicen dos o más.
?Es
un número decimal compuesto por 13 enteros y 5 decimales.
?Validación: Se verificará que el cálculo
coincida con la sumatoria de los montos de los totales por "Medio de
Pago" cuando se utilicen dos o más. Caso contario se rechazará el
comprobante.
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
d) Información de
referencia:
Se puede incluir un
máximo de 10 repeticiones de información de referencia.
Las
referencias se utilizarán para los siguientes casos:
a)
Nota de crédito que elimina un documento de referencia en forma completa.
b)
Nota de débito que elimina una nota de crédito en la referencia en forma
completa.
c)
Notas de crédito o débito que corrigen montos de otro documento.
d)
Factura electrónica por contingencia, sustituyendo un comprobante provisional.
e)
Cualquier documento relacionado con la factura electrónica.
f)
Factura electrónica de compra, respaldando la compra a un no obligado a emitir
comprobantes electrónicos.
g) Cualquier documento
relacionado con un recibo de pago electrónico.
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
1nformacionReferencia {0,10}
|
1nformación de Referencia
|
ComplexType
|
|
?Tipo
complejo que representa el detalle de la referencia.
?Será obligatorio cuando se genere:
1. En "Factura Electrónica"
el código 11 de la nota
10.1 en el campo ""Tipo de
documento de autorización o exoneración",
?
"Factura Electrónica
de Compra",
?
"Nota de Crédito Electrónica",
?
"Nota de Débito
Electrónica y
?
"Recibo Electrónico
de Pago".
|
2
|
3
|
1
|
3
|
1
|
1
|
1
|
> TipoDoc1R
|
Tipo
de documento de referencia
|
String
|
2
|
?Ver nota 10 y 7. Es un campo fijo de dos
posiciones
?El código 16 de "Comprobante de
Proveedor No Domiciliado" únicamente podrá ser utilizado en la Factura
Electrónica de Compra
?En el Comprobante "Recibo
Electrónico de Pago", únicamente podrán ser utilizados los códigos 01,
02, 03, 04 y 08 correspondientes a "Factura Electrónica" Nota de
Crédito Electrónica", "Nota de Débito Electrónica, "Tiquete
Electrónico" y "Factura Electrónica de Compras".
?Validación: En
caso de utilizar el código 16 de la nota 10 en los comprobantes electrónicos
con excepción de la factura de compra se rechazará el comprobante.
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
> TipoDocRefOTRO
|
Tipo
de documento de referencia OTRO
|
String
|
100
|
?Será obligatorio en caso de utilizar el
código 99 de "Otros" de la nota 10. Se debe describir puntualmente
el tipo de documento utilizado.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 100.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
>Numero
|
Clave
numérica del comprobante electrónico o consecutivo del documento de
referencia.
|
String
|
50
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se incluya información en el campo "Tipo de documento de
referencia", excepto cuando
se utilice el código 13 de la nota
10.
?Validación: En los casos que se utilicen los
códigos 1,2,3,4,9,11,12,15 de la nota 10, se verificará que el documento de
referencia sea una clave numérica valida. Caso contrario se rechazará el
comprobante.
?Adicionalmente se
verificará que la información incluida corresponda al comprobante de referencia (por
ejemplo, tipo de cambio,
CAByS, y que el monto del ajuste no supere al monto del comprobante en las
notas de crédito).
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
1
|
> FechaEmisionmR
|
Fecha
de emisión del documento de referencia.
|
DateTime
|
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se incluya información en el campo "Tipo de documento de
referencia"
?Validación: Se verificará que la fecha de referencia
no supere una antigüedad de 10 años. Caso contrario se rechazará el
comprobante.
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
1
|
> Codigo
|
Código de
referencia
|
String
|
2
|
?Ver nota 9 y 7. Es un campo fijo de dos
posiciones.
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se incluya información en el campo "Tipo de documento de
referencia", excepto cuando
se utilice el código 13 de la nota
10.
?Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 9 y 7.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
>CodigoReferenciaOTRO
|
Código de referencia OTRO
|
String
|
100
|
?Será obligatorio en caso de utilizar el
código 99 de "Otros" de la nota 9. Se debe describir puntualmente
el código de referencia utilizado.
?Validación: Deberá contener mínimo 5
caracteres y un máximo de 100.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
> Razon
|
Razón de referencia
|
String
|
180
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando se incluya información en el campo "Tipo de documento de
referencia" excepto cuando
se utilice el código
13 de la nota
10.
?Validación:
Deberá contener mínimo 3 caracteres y un máximo de 180.
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
2
|
e) Otros (Uso comercial, no tributario):
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición
del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
Otros
|
Otros
|
ComplexType
|
|
?Tipo complejo que agrupa varias
definiciones de "Otros"
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
4
|
> OtroTexto {0,?}
|
Otro Texto
|
String
|
500
|
?Elemento opcional que se puede
utilizar para almacenar texto.
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
4
|
> OtroContenido {0,?}
|
Otro Contenido
|
String
|
500
|
?Elemento opcional que se puede
utilizar para almacenar contenido estructurado.
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
3
|
4
|
f) Mecanismo de seguridad:
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
FE
|
FEE
|
FEC
|
TE
|
NC
|
ND
|
REP
|
ds Signature
|
Nodo
par la firmas XadES
|
ds SignatureType
|
|
?Firma XadES-EPES v. .3.2. o superior. Este
nodo, por medio del estándar de
XadES permite realizar varias firmas
al documento XML,
con el fin que el emisor pueda
cumplir con lo estipulado
en la normativa vigente, con relación a que todo comprobante debe de ser
firmado por el emisor electrónico.
?Todo archivo XML generado por un
emisor-receptor electrónico, Emisor electrónico no confirmante y receptor
electrónico-no emisor, que se encuentre obligado hacer uso de comprobantes
electrónicos debe de ser enviado a la Dirección General de Tributacion para
su respectiva validación una vez generado y firmado por el emisor.
?En caso
de la Factura
de Compra la misma debe
de ser firmada por el Receptor que es quien la emite y la envía al validador.
?Adicionalmente en
aquellos casos donde el "Emisor-receptor-electrónico" requiera que
dicho comprobante cuente con la firma del receptor con el objetivo de cumplir
con lo establecido en la Ley 8454 denominada "Ley de certificados, firmas digitales y documentos electrónicos", para
que dicho comprobante se convierta en un título ejecutivo tal como lo
establece los artículos 460 y 460 bis del código de comercio, debe utilizar
el atributo <xades ClaimedRole>
indicando la función que está ejerciendo, en este caso del "Receptor"
?En caso
de requerirse el endoso de los comprobantes Factura Electrónica o Factura Electrónica de Exportación, tanto el
endosante como el endosatario,
posteriormente a la emisión del comprobante electrónico, deberán incorporar
la firma, la cual debe estar al amparo bajo la Ley 8454 denominada "Ley
de certificados, firmas digitales y documentos electrónicos, emitidas por las
entidades bancarias. Para esto debe utilizar el atributo <xades ClaimedRole> indicando la
función que está ejerciendo, en este caso, si es para el primer endoso, para el
endosante el nombre "Endosante1" y para el endosatario el nombre
"Endosatario1" y así sucesivamente
?El comprobante electrónico que posea las
firmas del receptor o endosante y endosatario, no debe de ser enviado a la
Dirección General de Tributacion al ser este comprobante únicamente para
fines comerciales, ya que para fines tributarios será válido únicamente el
primer archivo enviado por el emisor y aceptado por el Ministerio de Hacienda
en el proceso de validación. Los emisores electrónicos que no requieran estas firmas adicionales, no tendrán obligación de utilizar el
atributo <xades ClaimedRole>
?Ver Anexo 2 para visualizar el
ejemplo de este mecanismo.
|
|
|
|
|
|
|
|
III. Mensajes:
Establece
los archivos XML para los mensajes que deben de utilizar los obligados
tributarios al momento de la confirmación de aceptación o rechazo de los
documentos electrónicos,
así
como el mensaje que utilizará la Dirección General de Tributacion para comunicar
al obligado tributarios la validación del comprobante electrónico.
Estos
mensajes deben estar firmados digitalmente por el receptor del comprobante
electrónico o por el Ministerio de Hacienda, según corresponda por el tipo de
mensaje.
Para
ver el formato de los mensajes hacer referencia a los archivos de Word:
MensajeReceptor.doc y MensajeHacienda.doc; y a los XML Schemas:
MensajeReceptor.xsd y MensajeHacienda.xsd.
- FORMATO PARA LA CONFIRMACIÓN DE
ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS POR PARTE DEL OBLIGADO
TRIBUTARIO
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
Clave
|
Clave
numérica del comprobante a confirmar
|
String
|
rO
|
?Es
un campo fijo de
cincuenta posiciones. Solo permite
ingresar números
?Validación: Deberá de verificar que
la clave del comprobante electrónico valido por el Ministerio de Hacienda.
|
1
|
NumeroCedulaEmisor
|
Número de cédula
física/ jurídica/NITE/DIMEX del vendedor
|
Integer
|
12
|
?Formato:
La "Cédula
física" debe de contener 9 dígitos, sin cero al inicio y sin guiones.
La "cédula de personas
Jurídicas" debe contener 10 dígitos y sin
guiones.
El "Documento
de Identificación Migratorio para Extranjeros (DIMEX)" debe contener 11
o 12 dígitos, sin ceros al inicio y sin guiones.
El "Documento de Identificación
de la DGT (NITE)" debe contener
1O dígitos y sin guiones.
?Validación:
Deberá de coincidir con el número de cédula del emisor con el comprobante que
se esté confirmando.
|
1
|
FechaEmisionDoc
|
Fecha
y hora de Emisión de la confirmación
|
DateTime
|
|
?Validación: Se verificará que la fecha de
confirmación no supere una antigüedad de 1O años. Caso contrario se rechazará
el comprobante.
|
1
|
Mensaje
|
Mensaje
|
Integer
|
1
|
?Es
un campo fijo de una posición Ver nota 11 y 7
?Validación: Se verificará el
cumplimiento de la nota 11y 7.
|
1
|
DetalleMensaje
|
Detalle del mensaje
|
String
|
16O
|
?En los
casos que la factura es aceptada no es
necesario su uso, pero se convierte en obligatorio cuando la factura
es rechazada o aceptada parcialmente, por cuanto se debe de indicar el motivo.
?Validación: Deberá de contener un mínimo de r caracteres y un máximo de 16O.
|
2
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
CodigoActividad
|
Código Actividad Económica receptor
|
String
|
r
|
?Debe indicar la actividad económica a la
que el receptor desea aplicar el crédito.
?En
caso de que deba aplicar la roporcionalidad no se debe de utilizar este campo.
|
2
|
CondicionImpuesto
|
Condición del IVA
|
String
|
2
|
?Ver nota 18.
?Validación:
Se verificará el cumplimiento de la nota 18.
|
2
|
MontoTotalImpuestoAcreditar
|
Monto del Impuesto acreditar
|
Decimal
|
18,5
|
?Se puede utilizar, en los casos que el
monto total del impuesto pagado, no forme en su totalidad parte del crédito
aplicable.
?Si se elige 05 en la condición del IVA,
no es necesario su uso
?En
el caso que el mensaje de confirmación es de rechazo no es necesario su uso.
|
2
|
MontoTotalDeGastoAplicable
|
Monto total del gasto a aplicar
|
Decimal
|
18,5
|
?Se puede utilizar, en los casos que el
monto total del comprobante, no forme en su totalidad un gasto o parte del
IVA pagado se convierten en gastos.
?Si se elige 05 en la condición del IVA,
no es necesario su uso
?En
el caso que el mensaje de confirmación es de rechazo no es necesario su uso.
|
2
|
MontoTotalImpuesto
|
Monto total de impuesto
|
Decimal
|
18,5
|
?Este campo será de condición obligatoria,
cuando el comprobante electrónico tenga impuesto
?Validación:
Deberá de coincidir con el impuesto del comprobante que se está confirmando.
|
2
|
TotalFactura
|
Total de la factura
|
Decimal
|
18,5
|
Validación:
Deberá de coincidir con el total del comprobante que se está confirmando.
|
1
|
NumeroCedulaReceptor
|
Número de cédula física /
jurídica/NITE/DIMEX del comprador
|
Integer
|
12
|
?Debe estar inscrito como contribuyente
ante la Administración Tributaria,
Formato:
La
"Cédula física" debe de contener 9 dígitos, sin cero al inicio y
sin
guiones.
La
"cédula de personas Jurídicas" debe contener 10 dígitos y sin
guiones.
El
"Documento de Identificación Migratorio para Extranjeros (DIMEX)"
debe contener 11 o 12 dígitos, sin ceros al inicio y sin guiones.
El
"Documento de Identificación de la DGT (NITE)" debe contener
10
dígitos y sin guiones.
?Validación:
Deberá de coincidir con el número de cedula del receptor con el comprobante
que se esté confirmando
|
1
|
NumConsecutivoReceptor
|
Numeración consecutiva de los mensajes
de confirmación
|
String
|
20
|
?Es
un campo fijo de veinte posiciones Ver nota 3
?Validación:
Se verificará el cumplimiento de la nota 3
|
1
|
ds:Signature
|
Nodo para las firmas XadES
|
ds:SignatureType
|
|
?Firma XadES-E ES v.1.3.2 o superior.
Nota
Importante: Este nodo debe crearse según ANEXO 2
|
1
|
- FORMATO DE USO EXCLUSIVO POR PARTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN UNA VEZ TERMINADO EL PROCESO DE
VALIDACIÓN
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
Clave
|
Clave
del comprobante electrónico validado
|
String
|
50
|
?Es
un campo fijo de
cincuenta posiciones. Solo
permite ingresar números
|
1
|
NombreEmisor
|
Nombre o razón social del emisor del
comprobante
|
String
|
100
|
|
1
|
TipoIdentificacionEmisor
|
Tipo
de Identificación del Emisor
|
String
|
2
|
?Es
un campo fijo de dos posiciones. Este campo será de condición obligatoria,
cuando se posea información en el nodo "Número de cédula física/
jurídica/NITE/DIMEX emisor
Ver
nota 4
|
1
|
NumeroCedulaEmisor
|
Número de cédula
física/ jurídica/NITE/DIMEX emisor del comprobante electrónico
|
Integer
|
12
|
?El contribuyente debe estar inscrito
ante la Administración Tributaria.
Este campo será de
condición obligatoria, cuando se posea información en el nodo "Tipo de
identificación del emisor. Formato:
La "Cédula física" debe de
contener 9 dígitos, sin cero al inicio y
sin guiones.
La "cédula de personas
Jurídicas" debe contener 10 dígitos y sin
guiones.
El "Documento
de Identificación Migratorio para Extranjeros (DIMEX)" debe contener 11
o 12 dígitos, sin ceros al inicio y sin guiones.
El "Documento de Identificación
de la DGT (NITE)" debe contener
10 dígitos y sin guiones.
|
1
|
NombreReceptor
|
Nombre o razón
social del receptor del comprobante electrónico
|
String
|
100
|
|
2
|
TipoIdentificacionReceptor
|
Tipo
de Identificación del Receptor
|
String
|
2
|
?Es
un campo fijo de dos posiciones. Este campo será de condición obligatoria,
cuando se posea información en el nodo "Número de cédula física/
jurídica/NITE/DIMEX/ Extranjero No Domiciliado del
receptor. Ver nota 4
|
2
|
NumeroCedulaReceptor
|
Número
de cédula física/ jurídica/NITE/DIMEX/ Extranjero No Domiciliado receptor del
comprobante electrónico
|
String
|
20
|
?Es un
campo fijo de
hasta veinte posiciones Ver nota
4.1
|
2
|
Mensaje
|
Mensaje
|
Integer
|
1
|
?Ver nota 11 y 7
|
1
|
EstadoMensaje
|
Estado del mensaje
|
String
|
9
|
?Deberá indicarse el estado del
mensaje de acuerdo a lo seleccionado de la nota 11.
|
1
|
DetalleMensaje
|
Detalle del mensaje
|
String
|
?
|
|
1
|
Etiqueta
|
Nombre
|
Tipo
|
Tamaño
|
Descripción
|
Condición del Campo
|
MontoTotallmpuesto
|
Monto total de impuesto
|
Decimal
|
18,5
|
|
2
|
TotalFactura
|
Total de la factura
|
Decimal
|
18,5
|
|
1
|
ds:Signature
|
Nodo para las firmas XadES
|
ds:SignatureType
|
|
?Firma XadES-EPES v.1.3.2 o superior.
Nota
Importante: Este
nodo debe crearse según ANEXO 2
|
1
|
IV. Notas sobre el Anexo 1
Nota 1/ En
la representación gráfica los campos "Tipo de documento electrónico",
"Clave del comprobante" y "numeración consecutiva" del
comprobante deben
quedar
juntos.
Nota
2/ Cada tipo de comprobante electrónico tiene su etiqueta y XML
Schema.
Tipo de Documento
|
Etiqueta
|
XML Schema
|
Factura electrónica
|
Factura Electrónica
|
https://cdn.comprobanteselectronicos.go.cr/xml-schemas/v4.4/facturaElectronica
|
Nota
de débito electrónica
|
Nota Debito Electrónica
|
https://cdn.comprobanteselectronicos.go.cr/xml-schemas/v4.4/notaDebitoElectronica
|
Nota
de crédito electrónica
|
Nota Crédito Electrónica
|
https://cdn.comprobanteselectronicos.go.cr/xml-schemas/v4.4/notaCreditoElectronica
|
Tiquete Electrónico
|
Tiquete Electrónico
|
https://cdn.comprobanteselectronicos.go.cr/xml-schemas/v4.4/tiqueteElectronico
|
Factura
Electrónica de Compra
|
Factura Electrónica Compra
|
https://cdn.comprobanteselectronicos.go.cr/xml-schemas/v4.4/facturaElectronicaCompra
|
Factura
Electrónica de Exportación
|
Factura Electrónica Exportación
|
https://cdn.comprobanteselectronicos.go.cr/xml-schemas/v4.4/facturaElectronicaExportacion
|
Recibo
Electrónico de Pago
|
Recibo Electrónico Pago
|
https://cdn.comprobanteselectronicos.go.cr/xml-schemas/v4.4/reciboElectronicoPago
|
Nota 3/ La
numeración de los comprobantes electrónicos y documentos asociados iniciará en
1, en aquellos casos donde el obligado tributario se traslade a utilizar
comprobantes electrónicos por primera vez o se encuentre emitiendo los mismos
conforme lo estipulado en la resolución Nº DGT-02-09, el sistema lo asignará
automáticamente en el momento de la generación.
Para
aquellos casos donde el obligado tributario ya se encuentra utilizando
comprobantes electrónicos conforme a la resolución vigente, y decida cambiar de
plataforma de emisión deberá mantener la numeración consecutiva.
Para
generar la numeración consecutiva y la clave numérica del comprobante
electrónico, definidas en la resolución vigente de comprobantes electrónicos
que regula dicho consecutivo, se debe basar en la siguiente codificación:
Numeración
consecutiva de los comprobantes electrónicos
Se
conformará de la siguiente manera:
a) Los
tres primeros dígitos identifican el local o establecimiento en el que se
emitió el comprobante electrónico o documento asociado. El número 001
corresponde a la oficina central, casa matriz o establecimiento principal y los número 002 y subsiguientes identifican cada una de las
sucursales.
b) Del
cuarto al octavo dígito identificará la terminal o punto de venta de emisión
del comprobante electrónico o documento asociado; en los casos que sólo se
cuente con una terminal o se posea un servidor centralizado deberá visualizarse
de la siguiente manera "00001".
c) Del noveno al décimo
espacio corresponderá al tipo de comprobante electrónico o documento asociado;
se deben utilizar los siguientes códigos:
Tipo de comprobante o documento
asociado
|
Código
|
Factura
electrónica
|
01
|
Nota de débito electrónica
|
02
|
Nota de crédito electrónica
|
03
|
Tiquete electrónico
|
04
|
Confirmación de aceptación del
comprobante electrónico
|
05
|
Confirmación de aceptación parcial del
comprobante electrónico
|
06
|
Confirmación de rechazo del
comprobante electrónico
|
07
|
Factura electrónica de compras
|
08
|
Factura electrónica de exportación
|
09
|
Recibo Electrónico de Pago
|
10
|
d) Del
undécimo al vigésimo dígito le corresponderá al consecutivo de los comprobantes
electrónicos o documento asociado iniciando en el número 1, para cada sucursal
o terminal según sea el caso.
En
caso de que se llegue al tope del uso de la numeración consecutiva, se podrá
volver a empezar desde el número 1.
Dicho consecutivo
deberá visualizarse de la siguiente manera:

A: Casa matriz, sucursales
B: Terminal o punto de
venta
C: Tipo de comprobante de
documento asociado
D: Numeración del
comprobante electrónico
Clave Numérica de
los comprobantes electrónicos
Se
conformará de la siguiente manera:
a) Los
primeros tres dígitos corresponden al código del país (506).
b) Del
cuarto al quinto dígito, corresponde al día en que se genere el comprobante
electrónico.
c) Del
sexto al séptimo dígito, corresponde al mes en que se genere el comprobante
electrónico.
d) Del
octavo al noveno dígito, corresponde al año en que se genere el comprobante
electrónico.
e) Del
décimo al vigésimo primero dígito, corresponde al número de cédula del emisor.
f) Del
vigésimo segundo al cuadragésimo primero dígito, corresponde a la numeración
consecutiva del comprobante electrónico.
g) El cuadragésimo segundo
le corresponde a la situación del comprobante electrónico para el cual se debe
de utilizar la siguiente codificación:
Código
|
Situación
del comprobante electrónico
|
Descripción
|
1
|
Normal
|
Corresponde a
aquellos comprobantes electrónicos que son generados y transmitidos en el
mismo acto de compraventa y prestación del servicio al sistema de validación
de comprobantes electrónicos de la Dirección General de Tributación, conforme
con lo establecido en la norma vigente.
|
2
|
Contingencia
|
Corresponde a
aquellos comprobantes electrónicos que sustituyen al comprobante físico
emitido por contingencia, conforme lo establecido en la norma vigente.
|
3
|
Sin internet
|
Corresponde a
aquellos comprobantes que han sido generados y expresados en formato
electrónico conforme lo establecido en la norma vigente, pero que no se cuenta con el respectivo acceso a internet.
|
h) Del
cuadragésimo tercero al quincuagésimo dígito, corresponde al código de
seguridad, el cual debe ser generado por el sistema del obligado tributario.
El formato de la clave
del comprobante electrónico debe visualizarse de la siguiente manera:

Con
respecto a los archivos que se generan para envió por correo y almacenamiento
se debe acatar el siguiente formato:
-
XML del comprobante electrónico: clave.xml
(50600000000000000000000000000000000000000000000000.xml)
-
XML de respuesta enviado por Hacienda: clave_respuesta.xml
(50600000000000000000000000000000000000000000000000_respuesta.xml)
-
Pdf del comprobante electrónico: clave.pdf
(50600000000000000000000000000000000000000000000000.pdf)
En
el caso de los XML de confirmación de los comprobantes electrónicos se debe
utilizar el siguiente formato, el cual se encuentra compuesto de la clave del
comprobante que se está confirmando guion (-) número de consecutivo del
documento de confirmación:
-
clave-consecutivo.xml
(50600000000000000000000000000000000000000000000000-00100000000000000000.xml)
-
clave-consecutivo.pdf (50600000000000000000000000000000000000000000000000-00100000000000000000.pdf)
-
clave-consecutivo_respuesta.xml
(50600000000000000000000000000000000000000000000000-00100000000000000000_respuesta.xml)
Nota 4/ El formato para el tipo
de identificación es el siguiente:
Tipo de identificación
|
Código
|
Cédula Física
|
01
|
Cédula Jurídica
|
02
|
DIMEX
|
03
|
NITE
|
04
|
16 Extranjero
No Domiciliado
|
05
|
17No
Contribuyente
|
06
|
16 Este tipo de identificación estará disponible en los Datos del Emisor de la Factura
Electrónica de Compra únicamente para el registro de las
adquisiciones de servicios o bienes intangibles a proveedores no domiciliados
en Costa Rica, según el artículo 29 inciso d) y el Transitorio XV del
Reglamento del IVA.
En Factura
Electrónica, estará disponible en los Datos del Receptor, únicamente cuando en el campo "Condición de la Venta" se
haya seleccionado el código 12 "Ventas de Bienes No Nacionalizados"
Este código también estará habilitado para su uso en la Factura Electrónica de
Exportación y Tiquete Electrónico.
17 Este tipo de identificación estará disponible en los Datos del Emisor de la Factura
Electrónica de Compra únicamente para el registro de las
adquisiciones de bienes usados vendidos por un no contribuyente para los
efectos contables que corresponda. Estará disponible únicamente cuando en el
campo "Condición de la Venta" se haya seleccionado el código 13
"Ventas Bienes Usados No Contribuyentes".
Nota
4.1/ El formato a utilizar en el número de identificación para generar
la clave numérica es el siguiente:
Tipo de identificación
|
Nota
|
Cédula Física
|
Se debe agregar tres ceros antes de
iniciar con el número de cédula con el fin de completar 12 dígitos
|
Cédula Jurídica
|
Se debe agregar dos ceros antes de
iniciar con el número de cédula con el fin de completar 12 dígitos
|
DIMEX
|
En aquellos casos
donde la cédula se encuentre compuesta de 11 dígitos se debe agregar un cero
al inicio con el fin de completar 12 dígitos
|
NITE
|
Se debe agregar dos ceros antes de
iniciar con el número de identificación con el fin de completar 12 dígitos
|
Nota
5/ En las Condiciones de la venta, se debe utilizar la siguiente
codificación:
Condiciones de la venta
|
Código
|
Contado
|
01
|
Crédito
|
02
|
Consignación
|
03
|
Apartado
|
04
|
Arrendamiento con opción de compra
|
05
|
Arrendamiento en función financiera
|
06
|
Cobro a favor de un tercero
|
07
|
18Servicios
prestados al Estado
|
08
|
19Pago
de servicios prestado al Estado
|
09
|
20Venta
a crédito en IVA hasta 90 días (Artículo 27, IVA)
|
10
|
21Pago
de venta a crédito en IVA hasta 90 días (Artículo 27,
IVA)
|
11
|
22Venta
Mercancía No Nacionalizada
|
12
|
23Venta
Bienes Usados No Contribuyente
|
13
|
24Arrendamiento
Operativo
|
14
|
25Arrendamiento
Financiero
|
15
|
Otros (se debe
indicar la condición de la venta en la representación gráfica)
|
99
|
18 Se utiliza dicha condición de venta cuanto el servicio que se le
preste al estado, una vez generada la factura no se recibe el pago de forma
inmediata.
19 El código 09, Pago de servicios prestado al Estado se utilizará
únicamente para efectos de los Recibos Electrónicos de Pago que cancelen una
Factura Electrónica original con código 08. Cualquier modificación por medio de
NC o ND, debe realizarse a la factura electrónica original, con código 08.
20 Este código se debe de utilizar, cuando el comprobante electrónico
que se está generando por la venta de un bien o servicio gravado con IVA es a
crédito y además la venta del bien o servicio cumple con las características
establecidas en el artículo 3 inciso 8) y 27 de la LIVA.
21 El código 11, Pago de venta a crédito en IVA hasta 90 días
(Artículo 27, LIVA) se utilizará. utilizará únicamente para efectos del Recibo
Electrónico que cancelen una Factura Electrónica original con código 10.
Cualquier modificación por medio de NC o ND, debe realizarse a la factura
electrónica original, con código 10.
22 Ventas de una mercancía cuando la misma no se encuentra
nacionalizada en Costa Rica, puede ser antes o después de haber presentado la
Declaración de Mercancías ante la Autoridad Aduanera del país destino. Ejemplo:
Ventas Sucesivas.
23 Ventas de bienes usados por parte un no contribuyente a un
Obligado Tributario, que ocupe respaldar en su contabilidad dicha compra.
Aplicará únicamente en factura electrónica de compra.
24 Se entiende como arrendamiento operativo, lo definido en las
normas tributarias, por ejemplo, el Decreto 32876-H y sus modificaciones.
25 Se entiende como arrendamiento financiero,
lo definido en las normas tributarias, por ejemplo, el Decreto 32876-H y sus
modificaciones.
Nota
6/ En los medios de pago, se debe de utilizar la siguiente
codificación:
Medios de pago
|
Código
|
Efectivo
|
01
|
Tarjeta
|
02
|
Cheque
|
03
|
Transferencia - depósito bancario
|
04
|
26Recaudado
por terceros
|
05
|
SINPE MOVIL
|
06
|
Plataforma Digital
|
07
|
Otros
(se debe indicar el medio de pago en la representación gráfica)
|
99
|
Nota 7/ Para
efectos de visualización e impresión se mostrará su descripción.
Nota
8/ El desglose de los Códigos de los impuestos son los siguientes:
Código del Impuesto*
|
Código
|
Impuesto al Valor Agregado
|
01
|
Impuesto
Selectivo de Consumo
|
02
|
Impuesto Único a los Combustibles
|
03
|
Impuesto específico de Bebidas
Alcohólicas
|
04
|
Impuesto Específico sobre las bebidas envasadas
sin contenido alcohólico y jabones de tocador
|
05
|
Impuesto a los Productos de Tabaco
|
06
|
27IVA
(cálculo especial)
|
07
|
IVA Régimen de Bienes Usados (Factor)
|
08
|
Impuesto Específico al Cemento
|
12
|
Otros
|
99
|
26 El código 06, Recaudado por terceros se utilizará cuando el pago
sea recibido por un tercero y no por quien emite el servicio o mercancía
ejemplo: pago de recibos telefónicos en supermercados
27 Este código se utilizará cuando se realicen ventas de bienes o
servicios donde el cálculo de la base imponible del IVA sea especial, por
ejemplo, bienes usados, ventas por catálogo, bebidas alcohólicas o no
alcohólicas.
Nota
8.1/ Cuando se trata del IVA las tarifas y códigos a utilizar son las
siguientes:
Tarifa Impuesto Valor Agregado
|
Código
|
28Tarifa
0% (Artículo 32, num 1, RLIVA)
|
01
|
Tarifa reducida 1%
|
02
|
Tarifa reducida 2%
|
03
|
Tarifa reducida 4%
|
04
|
29Transitorio
0%
|
05
|
30Transitorio
4%
|
06
|
31Tarifa
transitoria 8%
|
07
|
Tarifa general 13%
|
08
|
Tarifa reducida 0.5%
|
09
|
32Tarifa
Exenta
|
10
|
33Tarifa
0% sin derecho a crédito
|
11
|
28 La tarifa 0% se utilizará únicamente cuando la
transacciones que se realicen correspondan a las transacciones definidas
en el artículo 32, numeral 1 del Reglamento de la Ley sobre el Impuesto al
Valor Agregado, que otorga derecho a crédito pleno, como por ejemplo ventas a
la CCSS o a municipalidades, entre otros.
29 El código 05, Transitorio 0% se utilizará únicamente para efectos
de las Notas de Crédito y Notas de Débito que lo requieran.
30 El código 06, Transitorio 4% se utilizará únicamente para efectos
de las Notas de Crédito y Notas de Débito que lo requieran.
31 El código 07, Transitorio 8% se utilizará únicamente para efectos
de las Notas de Crédito y Notas de Débito que lo requieran.
32 El código 10, Tarifa Exenta Ley 9635, Articulo 8.
33 El código 11, se utilizará únicamente en aquellos casos en los que
se registre la transacción de un bien o servicio no sujeto pero que no otorga
derecho a crédito.
Nota
9/ Los códigos de referencia a utilizar son:
Descripción del campo
|
Código
|
Anula Documento de Referencia
|
01
|
Corrige monto
|
02
|
Referencia a otro documento
|
04
|
Sustituye comprobante provisional por
contingencia.
|
05
|
Devolución de mercancía
|
06
|
Sustituye comprobante electrónico.
|
07
|
Factura Endosada
|
08
|
Nota de crédito financiera
|
09
|
Nota de débito financiera
|
10
|
Proveedor No Domiciliado
|
11
|
34Crédito
por exoneración posterior a la facturación
|
12
|
Otros
|
99
|
34 El código 12, Crédito por exoneración posterior a la facturación
se utilizará únicamente para efectos de las notas de crédito que lo requieran
cuando se aplique una exoneración concreta de impuestos locales aprobada
posterior a la transacción.
Nota 10/ La
codificación a utilizar en el campo "Tipo de documento de referencia"
es la siguiente, sin embargo, para efectos de impresión y visualización se debe
mostrar la descripción del código:
Tipo de Documento Referencia
|
Código
|
Factura electrónica
|
01
|
Nota de débito electrónica
|
02
|
Nota de crédito electrónica
|
03
|
Tiquete electrónico
|
04
|
Nota de despacho
|
05
|
Contrato
|
06
|
Procedimiento
|
07
|
Comprobante emitido en contingencia
|
08
|
35Devolución
mercadería
|
09
|
Comprobante
electrónico rechazado por el Ministerio de Hacienda
|
10
|
Sustituye factura rechazada por el
Receptor del comprobante
|
11
|
Sustituye Factura de exportación
|
12
|
36Facturación
mes vencido
|
13
|
Comprobante
aportado por contribuyente de Régimen Especial.
|
14
|
Sustituye una Factura electrónica de
Compra
|
15
|
37Comprobante
de Proveedor No Domiciliado
|
16
|
Nota de Crédito a Factura Electrónica
de Compra
|
17
|
Nota de Débito a Factura Electrónica
de Compra
|
18
|
Otros
|
99
|
35 El código 09, Devolución de mercadería se utilizará únicamente
para efectos de las Notas de Crédito y Notas de Débito que lo requieran.
36 El código13 se puede utilizar en los comprobantes electrónicos
únicamente cuando el servicio prestado vence el último día del mes, como por
ejemplo servicios públicos, los cuales se facturan en los primeros días del
mes, pero los ingresos pertenecen al mes anterior; En el campo "fecha de
emisión del documento de referencia" del apartado de referencia de debe de
indicar la fecha del periodo fiscal que corresponde el ingreso de la factura.
37 El código16 únicamente podrá ser utilizado en la Factura
Electrónica de Compra.
Nota 10.1/ La
codificación a utilizar en el campo "Tipo de documento de autorización o
exoneración" es la siguiente, sin embargo, para efectos de impresión y
visualización se debe mostrar la descripción del código:
Tipo de Documento de exoneración o
autorización
|
Código
|
38Compras
autorizadas por la Dirección General de Tributación
|
01
|
Ventas exentas a diplomáticos
|
02
|
Autorizado por Ley especial
|
03
|
Exenciones Dirección General de
Hacienda Autorización Local Genérica
|
04
|
39Exenciones
Dirección General de Hacienda Transitorio V (servicios de ingeniería, arquitectura,
topografía obra civil)
|
05
|
40Servicios
turísticos inscritos ante el Instituto Costarricense de Turismo (ICT)
|
06
|
41Transitorio XVII (Recolección,
Clasificación, almacenamiento de Reciclaje y reutilizable)
|
07
|
Exoneración a Zona Franca
|
08
|
Exoneración de
servicios complementarios para la exportación articulo 11 RLIVA
|
09
|
42Órgano
de las corporaciones municipales
|
10
|
43Exenciones Dirección General de
Hacienda Autorización de Impuesto
Local Concreta
|
11
|
Otros
|
99
|
38 El código 01, Compras autorizadas por la Dirección General de
Tributación se utilizará únicamente para efectos de las Notas de Crédito y
Notas de Débito que lo requieran.
39 El código 05, Exenciones Dirección General de Hacienda Transitorio
V (servicios de ingeniería, arquitectura, topografía obra civil se utilizará
únicamente para efectos de las Notas de Crédito y Notas de Débito que lo
requieran.
40 El código 06, Servicios turísticos inscritos ante el Instituto
Costarricense de Turismo (ICT) se utilizará únicamente para efectos de las
Notas de Crédito y Notas de Débito que lo requieran.
41 El código 07, Transitorio XVII (Recolección, Clasificación,
almacenamiento de Reciclaje y reutilizable) se utilizará únicamente para
efectos de las Notas de Crédito y Notas de Débito que lo requieran.
42 El código 10 la corporación municipal, se entenderá de acuerdo a
lo establecido en los artículos 169 y siguientes de la Constitución Política,
las Municipalidades son corporaciones de carácter autónomo, cuya competencia es
la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón en
beneficio de la colectividad.
43 El código11 sobre "Autorización de impuesto local
concreta" emitida por el Departamento de Gestión de Exenciones es de uso
exclusivo cuando el receptor sea un beneficiario que disfrute de un incentivo
fiscal para que puedan aplicar o bien puedan solicitar la devolución de
impuestos locales, producto de compras en el mercado local.
Nota 11/ Los
códigos para la descripción del mensaje son:
Mensaje
|
Código
|
Aceptado
|
|
44Aceptación
parcial
|
2
|
Rechazado
|
3
|
44 Aceptación parcial: Para uso exclusivo del Obligado Tributario
permite aceptar de forma parcial el contenido de un comprobante electrónico,
permitiendo con esto la confesión de una nota de crédito que permita ajustar la
operación por el monto menor al de la factura originalmente emitida, de forma
tal que la suma algebraica de sus importes, sea positivo el de la factura y
negativo el de la nota de crédito, dando como resultado el valor neto real de
la operación.
Nota 12/ La
codificación a utilizar en el campo "Tipo de Código de
producto/servicio" es la siguiente, sin embargo, para efectos de impresión
y visualización se debe mostrar la descripción del nombre:
Tipo de Código de producto/servicio
|
Código
|
Código del producto del vendedor
|
01
|
Código del producto del comprador
|
02
|
45 Código del producto asignado por el
fabricante - industriales o importadores
|
03
|
Código uso interno
|
04
|
Otros
|
99
|
45 Cuando se Facturen códigos CAByS, este código hará referencia a
los códigos estandarizados SKU, GTIN o equivalentes, con el que el paquete es
identificado en la industria
Nota 13/ En
todos los comprobantes electrónicos debe indicarse el Tipo de moneda en que se
realizó la operación, para efectos de impresión y visualización se debe mostrar
del Código de la moneda utilizada.
Nota 13.1/ El
Código a utilizar en el nodo " Código y Tipo de Moneda "es el
siguiente: Ver documento denominado "Codigodemoneda_V4.4".
Nota 14/ La
codificación a utilizar en los campos cantón, provincia y distrito en Tipo de
documento es la siguiente: Ver documento denominado
"Codificacionubicacion_V4.4"
.Nota 15/ La codificación a
utilizar en el campo "Unidad de medida" es la siguiente:
Símbolo
|
Descripción
|
Tipo de Unidad
|
1
|
uno (índice de refracción)
|
Servicio
|
|
minuto
|
Servicio
|
|
segundo
|
Servicio
|
ºC
|
grado Celsius
|
Servicio
|
1/m
|
1 por metro
|
Mercancía
|
A
|
Ampere
|
Servicio
|
A/m
|
ampere por metro
|
Servicio
|
A/m2
|
ampere por metro cuadrado
|
Servicio
|
Acv
|
Activo Virtual
|
Mercancía
|
Al
|
Alquiler de uso habitacional
|
Servicio
|
Alc
|
Alquiler de uso comercial
|
Servicio
|
B
|
bel
|
Servicio
|
Bq
|
Becquerel
|
Servicio
|
C
|
coulomb
|
Servicio
|
C/kg
|
coulomb por kilogramo
|
Servicio
|
C/m2
|
coulomb por metro cuadrado
|
Servicio
|
C/m3
|
coulomb por metro cúbico
|
Servicio
|
Cc
|
Cajuela de café
|
Mercancía
|
Cd
|
Candela
|
Servicio
|
cd/m2
|
candela por metro cuadrado
|
Servicio
|
Cm
|
Comisiones
|
Servicio
|
Cm
|
centímetro
|
Mercancía
|
Cu
|
cuartillos de café
|
Mercancía
|
D
|
día
|
Servicio
|
eV
|
electronvolt
|
Servicio
|
F
|
farad
|
Servicio
|
F/m
|
farad por metro
|
Servicio
|
Fa
|
fanega de café
|
Mercancía
|
G
|
Gramo
|
Mercancía
|
Gal
|
Galón
|
Mercancía
|
Símbolo
|
Descripción
|
Tipo de Unidad
|
Gy
|
gray
|
Servicio
|
Gy/s
|
gray por segundo
|
Servicio
|
H
|
hora
|
Servicio
|
H
|
henry
|
Servicio
|
H/m
|
henry por metro
|
Servicio
|
Hz
|
hertz
|
Servicio
|
l
|
Intereses
|
Servicio
|
J
|
Joule
|
Servicio
|
J/(kg·K)
|
joule por kilogramo kelvin
|
Servicio
|
J/(mol·K)
|
joule por mol kelvin
|
Servicio
|
J/K
|
joule por kelvin
|
Servicio
|
J/kg
|
joule por kilogramo
|
Servicio
|
J/m3
|
joule por metro cúbico
|
Servicio
|
J/mol
|
joule por mol
|
Servicio
|
K
|
Kelvin
|
Servicio
|
Kat
|
katal
|
Servicio
|
kat/m3
|
katal por metro cúbico
|
Servicio
|
Kg
|
Kilogramo
|
Mercancía
|
kg/m3
|
kilogramo por metro cúbico
|
Mercancía
|
Km
|
Kilometro
|
Servicio
|
Kw
|
kilovatios
|
Servicio
|
kWh
|
Kilovatios por hora
|
Servicio
|
L
|
litro
|
Mercancía
|
Lm
|
lumen
|
Servicio
|
Ln
|
pulgada
|
Mercancía
|
Lx
|
lux
|
Servicio
|
M
|
Metro
|
Mercancía
|
m/s
|
metro por segundo
|
Servicio
|
m/s2
|
metro por segundo cuadrado
|
Servicio
|
m2
|
metro cuadrado
|
Mercancía
|
m3
|
metro cúbico
|
Mercancía
|
Min
|
minuto
|
Servicio
|
Símbolo
|
Descripción
|
Tipo de Unidad
|
ml
|
mililitro
|
Mercancía
|
Mm
|
Milímetro
|
Mercancía
|
Mol
|
Mol
|
Mercancía
|
mol/m3
|
mol por metro cúbico
|
Mercancía
|
N
|
newton
|
Servicio
|
N/m
|
newton por metro
|
Servicio
|
N·m
|
newton metro
|
Servicio
|
Np
|
neper
|
Servicio
|
º
|
grado
|
Servicio
|
Os
|
Otro tipo de servicio
|
Servicio
|
Otros
|
Se debe indicar la descripción de la
medida a utilizar
|
Mercancía
|
Oz
|
Onzas
|
Mercancía
|
Pa
|
pascal
|
Servicio
|
Pa·s
|
pascal segundo
|
Servicio
|
Qq
|
Quintal
|
Mercancía
|
Rad
|
radián
|
Servicio
|
rad/s
|
radián por segundo
|
Servicio
|
rad/s2
|
radián por segundo cuadrado
|
Servicio
|
S
|
Segundo
|
Servicio
|
S
|
siemens
|
Servicio
|
Sp
|
Servicios Profesionales
|
Servicio
|
Spe
|
Servicios personales
|
Servicio
|
Sr
|
estereorradián
|
Servicio
|
St
|
Servicios técnicos
|
Servicio
|
Sv
|
sievert
|
Servicio
|
T
|
tesla
|
Servicio
|
T
|
tonelada
|
Mercancía
|
U
|
unidad de masa atómica unificada
|
Mercancía
|
Ua
|
unidad astronómica
|
Servicio
|
Unid
|
Unidad
|
Mercancía
|
V
|
volt
|
Servicio
|
V/m
|
volt por metro
|
Servicio
|
Símbolo
|
Descripción
|
Tipo de Unidad
|
W
|
Watt
|
Servicio
|
W/(m·K)
|
watt por metro kevin
|
Servicio
|
W/(m2·sr)
|
watt por metro cuadrado estereorradián
|
Servicio
|
W/m2
|
watt por metro cuadrado
|
Servicio
|
W/sr
|
watt por estereorradián
|
Servicio
|
Wb
|
weber
|
Servicio
|
?
|
ohm
|
Servicio
|
Nota 16/ La
codificación a utilizar en el campo "Tipo de documento" es la
siguiente:
Tipo de documento
|
Código
|
Contribución parafiscal
|
01
|
Timbre de la Cruz Roja
|
02
|
Timbre de
Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica.
|
03
|
Cobro de un tercero
|
04
|
Costos de Exportación
|
05
|
Impuesto de servicio 10%
|
06
|
Timbre de Colegios Profesionales
|
07
|
Depósitos de Garantía
|
08
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Multas o Penalizaciones
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09
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Intereses Moratorios
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10
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Otros Cargos
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99
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Nota 17/ La
codificación a utilizar en el campo "Código" será la indicada en el
catálogo de bienes y servicios (CABYS)
Nota 18/ La
condición del impuesto a utilizar es la siguiente:
Condición de impuesto
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Código
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46Genera
crédito IVA
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01
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47Genera
Crédito parcial del IVA
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02
|
48Bienes
de Capital
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03
|
49Gasto
corriente no genera crédito
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04
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50Proporcionalidad
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05
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46 Se utiliza, cuando el IVA pagado se utilizará en su totalidad como
un crédito en la declaración del Impuesto al Valor Agregado.
47 Se utiliza, cuando el crédito que se aplica es proporcional a la
tarifa reducida, ejemplo se adquiere una computadora gravada al 13% para
servicios médicos, por lo cual del impuesto pagado me acredito un 4% y el
restante 9% se constituye como un costo, o la factura posee líneas para
diferentes actividades.
48 Se utiliza, cuando se adquieren bienes utilizados en la producción
o fabricación de productos (bienes de consumo) que no están incorporados como
componentes o materias primas de estos. ejemplo equipos, inmuebles etc.
49 Se utiliza cuando el IVA pagado no es aplicable en la declaración
de Impuesto al Valor Agregado, por el contrario, representa un gasto en la
declaración de utilidades.
50 Se utiliza, cuando al momento que la confirmación de la factura se
desconoce si el bien o servicio, será utilizado en la producción o prestación
de servicio que se encuentren gravados del IVA, o desconozco la tarifa que
puedo aplicar como crédito para cada actividad económica.
Nota 19 / El
Código a utilizar en campo "forma farmacéutica": Ver documento
denominado "Código de forma Farmacéutica".
Nota 20 / Los
tipos de descuentos a utilizar en el campo "Código del Descuento" del
Descuento son los siguientes:
Tipo Descuentos
|
Código
|
Descuento por Regalía
|
01
|
Descuento por Regalía IVA Cobrado al
Cliente
|
02
|
Descuento por Bonificación
|
03
|
Descuento por volumen
|
04
|
Descuento por
Temporada (estacional)
|
05
|
Descuento promocional
|
06
|
Descuento Comercial
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07
|
Descuento por frecuencia
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08
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Descuento sostenido
|
09
|
Otros descuentos
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99
|
Nota 21/ La
condición del IVA cobrado a nivel de fábrica a utilizar es la siguiente:
IVA cobrado a nivel de fábrica
|
Código
|
Venta
de bienes con IVA según el sistema especial de determinación de IVA a nivel
de fábrica (Se utiliza cuando se está cobrando el IVA a nivel de fábrica.
|
01
|
Ventas
exentas según el sistema especial de determinación de IVA a nivel de fábrica,
mayorista y aduanas (se utiliza cuando el producto se encuentra exento ya que
el bien soporto el cobro de impuestos a nivel de fábrica).
|
02
|
Nota 22/ La
codificación a utilizar en el campo "Tipo de Transacción" es la
siguiente:
Descripción
|
Código
|
Venta Normal de Bienes y Servicios
(Transacción General)
|
01
|
Mercancía de Autoconsumo exento
|
02
|
Mercancía de Autoconsumo gravado
|
03
|
Servicio de Autoconsumo exento
|
04
|
Servicio de Autoconsumo gravado
|
05
|
Cuota de afiliación
|
06
|
Cuota de afiliación Exenta
|
07
|
Bienes de Capital para el emisor
|
08
|
Bienes de Capital para el receptor.
|
09
|
Bienes de Capital para para el emisor
y el receptor.
|
10
|
51Bienes
de capital de autoconsumo exento para el emisor
|
11
|
52Bienes
de capital sin contraprestación a terceros exento para el emisor
|
12
|
53Sin
contraprestación a terceros
|
13
|
51 Se utiliza cuando se
haya retirado bienes de capital para uso o consumo personal del contribuyente
(LIVA art. 2, párrafo 1 e inciso 1, subinciso e) y RLIVA art. 1, incisos 4 y 5).
52 Se utiliza cuando se
haya retirado bienes de capital para su transferencia sin contraprestación a
terceros (LIVA art. 2, párrafo 1 e inciso 1, subinciso e) y RLIVA art. 1,
inciso 5).
53 Se utiliza cuando se haya el retiro de bienes para uso o consumo
personal del contribuyente o su transferencia sin contraprestación a terceros
(LIVA art 2, inciso 1, subinciso e),
Nota 23/ La
codificación a utilizar en el campo "Nombre de la Institución o
dependencia que emitió la exoneración" es la siguiente:
Nombre de la Institución
|
Código
|
Ministerio de Hacienda
|
01
|
Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto
|
02
|
Ministerio de Agricultura y Ganadería
|
03
|
Ministerio de Economía, Industria y
Comercio
|
04
|
Cruz Roja Costarricense
|
05
|
Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa
Rica
|
06
|
Asociación Obras del Espíritu Santo
|
07
|
Federación Cruzada Nacional de
protección al Anciano (Fecrunapa)
|
08
|
Escuela de Agricultura de la Región
Húmeda (EARTH)
|
09
|
Instituto
Centroamericano de Administración de Empresas (INCAE)
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10
|
Junta de Protección Social (JPS)
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11
|
Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos (Aresep)
|
12
|
Otros
|
99
|