Texto Completo acta: 129830
Nº 34399-S
Nº 34399-S
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y
18) y 146 de la Constitución Política; 28 inciso b) de la Ley N° 6227 "Ley General
de la Administración Pública"; 1 y 2 de la Ley N° 5395 de 30 de octubre de
1973, "Ley General de Salud"; 1 y 2 inciso b) de la Ley N° 5412 de 8 de
noviembre de 1973, "Ley Orgánica del Ministerio de Salud".
Considerando:
I.-Que conforme a las disposiciones del artículo 1° de la Ley General de
Salud, de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado.
II.-Que el 17 de mayo de 1990, la Organización Mundial de la Salud (OMS),
eliminó la homosexualidad de su lista de trastornos mentales y 'que esta acción
contribuyó a acabar con más de un siglo de homofobia médica.
III.-Que el Centro de Investigación y Promoción para América Central de
Derechos Humanos (CIPAC), solicitó a este Despacho la declaratoria del día 17
de mayo como día nacional contra la Homofobia.
IV.-Que en virtud de lo anteriormente expuesto, se ha considerando
conveniente y oportuno acceder a dicha solicitud. Por tanto,
Decretan:
Declaratoria
oficial del día 17 de mayo de cada año "Día nacional contra la homofobia, la lesbofobia, la bifobia y la transfobia. (*)
(*) (Así modificada
su denominación por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41313 del 21 de
diciembre del 2018). Anteriormente se indicaba: "Declaratoria Oficial del
Día Nacional contra la Homofobia".)
Artículo 1º- Se declara
el día 17 de mayo de cada año como el "Día
Nacional contra la homofobia, la lesbofobia,
la bifobia y la transfobia.
(Así reformado por el
artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41313 del 21 de diciembre del 2018)
Ficha articulo
Artículo
2º- Las instituciones públicas deberán difundir ampliamente los objetivos de
esta conmemoración, así como facilitar, promover y apoyar las acciones
orientadas a la erradicación de la homofobia, la lesbofobia y la transfobia.
- (Así
reformado por el artículos 1° del decreto ejecutivo N° 37071 del 9 de
marzo del 2012)
Ficha articulo
Artículo 3º-Rige a partir de su publicación.
Dado en
la
Presidencia de
la
República.-San
José, a los doce días del mes de febrero de dos mil ocho.
Ficha articulo
Fecha de generación: 13/5/2025 08:41:47