Artículo
2º-La siguiente información deberá estar a disposición de la Administración
Tributaria para ser suministrada en el momento en que ésta lo solicite:
1-
Información corporativa:
a) Esquema
que ilustre la estructura organizativa y de participación patrimonial de los
entres que componen el grupo económico, así como su ubicación geográfica.
b)
Detalle de los impulsores de beneficios más importantes que tiene el grupo
económico, es decir, los factores microeconómico que más contribuyen al
desarrollo del negocio.
c)
Descripción de la cadena de aprovisionamiento para los cinco productos o
servicios más importantes, más la descripción de la cadena de aprovisionamiento
de aquellos que alcancen un mínimo de 5% del ingreso bruto total.
d) Una
lista con breve descripción de los más importantes contratos de servicios, así
como de servicios de investigación y desarrollo, realizados entre el grupo
económico. Incluyendo una descripción de las capacidades de las empresas que
proveen estos servicios. Además, describir las políticas de precios de
transferencia sobre la asignación de costos de los servicios indicados, para
determinar los precios de estos servicios que son transados entre miembros del
grupo económico.
e)
Descripción de los principales mercados geográficos en que se colocan los
bienes y servicios generados que están referidos en el punto c) anterior.
f)
Análisis funcional en el que se describan las principales contribuciones a la
creación de valor a la que individualmente realizan las entidades del grupo,
especificando las funciones realizadas, los riesgos asumidos y los activos
utilizados.
g)
Descripción de las reestructuraciones, adquisiciones y segregaciones que hayan
ocurrido dentro del grupo económico durante el período impositivo.
h)
Descripción general de la estrategia seguida por el grupo económico para el
desarrollo, la propiedad y la explotación de intangibles. Debe señalarse la
localización de las facilidades y de quienes administran las actividades de
Investigación y Desarrollo.
i) Una
lista de intangibles o grupo de intangibles del grupo económico que inciden en
los precios de transferencia, e indicar la propiedad legal de estos
intangibles.
j)
Lista de los acuerdos importantes efectuados entre las empresas asociadas
relativos a licencias, servicios de investigación y acuerdos de reparto de
costos.
k)
Descripción general de las políticas del grupo económico relacionadas con
investigación y desarrollo e intangibles.
l) Mención
de cualquier otro aspecto que se considere relevante ocurrido en el periodo
impositivo, relacionado con las transacciones entre vinculadas en materia de
intangibles. Debe señalarse, entes involucrados, países y compensación
realizada.
m)
Descripción general de la forma en que el grupo económico es financiado,
incluyendo los acuerdos de financiamiento con los acreedores independientes.
n)
Identificación si existe algún miembro del grupo que funja como ente financiero
para toda la corporación multinacional, de ser así, deben indicarse las
regulaciones del país que aplican al ente financiero y el lugar desde donde
efectivamente esa entidad es dirigida.
o)
Descripción general de las políticas sobre precios de transferencia,
relacionadas con los contratos financieros entre las empresas del grupo
económico.
p)
Estados Financieros consolidados para el periodo impositivo, además de otros
reportes financieros, de contabilidad administrativa y de impuestos, necesarios
para determinar el precio de libre competencia.
q) Listado con una breve descripción de los acuerdos previos de precios
de transferencia, unilaterales, bilaterales o multilaterales que el grupo
económico haya suscrito. Igualmente deben enlistarse los acuerdos de procedimiento
mutuo o cualquier otro acuerdo que defina aspectos de distribución tributaria
entre países.
2-
Información de la empresa local:
a) Una
descripción de la estructura administrativa de la entidad local, un organigrama
de la entidad local, indicar a cuáles personas les reporta los gerentes locales
e indicar los países donde se encuentran las personas a quienes se les reporta.
b) Un
detalle de la estrategia de negocio perseguida por la empresa, incluyendo una
indicación sobre si la empresa ha estado involucrada o afectada por una
reestructuración, por una transferencia de intangibles en el correspondiente
período impositivo, o en el período impositivo anterior. Además, una
explicación de cómo esos aspectos antes citados han afectado a la empresa local.
c)
Lista de los competidores más importantes.
d) El
monto de la transacción por tipo de operación y por país, con el desglose que
sea necesario, por ejemplo, por producto o grupos de productos.
e) Un análisis
de comparabilidad, que incluya sus elementos, tales como a) características del
producto, b) análisis funcional, c) circunstancias económicas, d) cláusulas
contractuales, e) estrategias empresariales, según las guías de la OCDE, con
respecto a cada uno de los tipos de operación.
f)
Indicar el método de precios de transferencia seleccionado, para los ítems
señalados en el punto d).
g)
Indicación de cuál es la empresa seleccionada como empresa analizada al
realizar el estudio de precios de transferencia y las razones por las cuales se
seleccionó esa empresa.
h) Un
resumen de los supuestos realizados al aplicar la metodología de precios de
transferencia.
i)
Explicación de los resultados del análisis multianual.
j) Una
lista y descripción de las transacciones comparables independientes, sean estas
internas o externas. Así como cualquier información relevante sobre la
metodología y justificación de selección de estos comparables o su descarte, y
las fuentes de información utilizadas.
k) Una
descripción de los ajustes de comparabilidad realizados, indicando si los
mismos se efectuaron a la parte analizada, a la parte independiente o a ambos.
l) Una
justificación de la selección tanto del método de precios de transferencia como
el indicador financiero aplicado.
m) Un
resumen de la información financiera utilizada en la aplicación de la
metodología de precios de transferencia.
n) Una
copia de los acuerdos previos de precios de transferencia, unilaterales,
bilaterales y multilaterales y otros acuerdos en los cuales la empresa local no
ha suscrito, pero que están relacionados con las transacciones en estudio.
o) Una
copia de los estados financieros auditados del ente local, para el período
impositivo que corresponda. Sobre este particular se aplicará lo dispuesto en
la Resolución DGT-R-026-2015 del 18 de agosto de 2015.
p)
Descripción y justificación de cómo se utilizaron los valores de los estados
financieros para ser aplicados en los indicadores financieros y los métodos de
precios de transferencia seleccionados.
q)
Resumen de los datos financieros utilizados como comparables y las fuentes
donde fueron obtenidos.
r)
Información específica acerca de si las partes vinculadas en el extranjero se
encuentran en un proceso de fiscalización o fueron objeto de una fiscalización
en materia de precios de transferencia, o si se encuentran dirimiendo alguna
controversia de índole fiscal en materia de precios de transferencia ante las
autoridades o tribunales competentes. Asimismo, la información del estado del trámite
de la controversia. En el caso de existir resoluciones emitidas por las
autoridades competentes o que exista una sentencia firme dictada por los
tribunales correspondientes, se deberá conservar copia de las resoluciones
correspondientes.
s) Asimismo, se mantendrá toda aquella información y documentación de
soporte que sea relevante a cada tipo de operación y por cada parte vinculada.