Buscar:
 Normativa >> Reglamento 43 >> Fecha 31/07/2023 >> Texto completo
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


Artículos     >>
Recuerde que Control F es una opción que le permite buscar en la totalidad del texto

Ir al final del documento

- Usted está en la última versión de la norma -
Texto Completo Norma 43
Procedimiento para la entrega de premios especiales, con motivo de la promoción de coleccionable digital de los sorteos de Lotería Nacional y Lotería Popular de octubre y noviembre 2023



JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL



Gerencia de Producción, Comercialización y Operaciones



Procedimiento para la entrega de premios especiales, con motivo de la promoción de



Coleccionable digital de los sorteos de Lotería Nacional y Lotería Popular de octubre y



noviembre 2023



Artículo 1°- Objeto



El objeto del presente procedimiento es regular los aspectos relacionados para el otorgamiento de premios especiales con motivo de la promoción de Coleccionable Digital de los sorteos de Lotería Nacional y Lotería Popular de octubre y noviembre 2023, que fue aprobado por la Junta Directiva de la Junta de Protección Social según acuerdo JD-387 correspondiente al Capítulo VI), artículo 8) de la sesión ordinaria 43-2023, celebrada el 31 de julio de 2023, mediante la realización de un coleccionable digital a través de la App JPS A SU ALCANCE.






Ficha articulo



Artículo 2°- Definiciones



Para efectos del presente procedimiento, se utilizarán los siguientes conceptos:



Coleccionable Digital: consiste en un coleccionador digital que se encuentra en la App JPS A SU ALCANCE, que consta de 12 números aleatorios.



Junta: Junta de Protección Social



Premios especiales: Consisten en premios en dinero y enteros de lotería del Sorteo Extraordinario de Navidad N°4778.



Participantes: Toda persona física mayor de 18 años, nacional o extranjera, que escanee y complete el coleccionador digital que se encuentra en la App JPS A SU ALCANCE de los sorteos de Lotería Nacional y Lotería Popular de octubre y noviembre 2023.



Sorteo: Proceso de selección al azar que determina la combinación ganadora de un premio, realizado y fiscalizado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento a la Ley de Loterías, en el Reglamento interno para regular las actividades relacionadas con la realización y la asistencia a la celebración de los sorteos de lotería y a la recepción de excedentes de loterías, así como cualquier otra normativa que se emita al efecto.



Tómbola electrónica: Tómbola generada con las activaciones que realizan los participantes a través de la App JPS A SU ALCANCE. Los ganadores se determinan de manera aleatoria a través de un sistema informático.



Vendedor Autorizado de la Junta de Protección Social: son los que se encuentren activos en los sistemas institucionales. (Estado activo, es el estado que indica que un vendedor puede retirar las loterías).




Ficha articulo



Artículo 3°- Mecánica de participación



La mecánica de participación consiste en que toda persona mayor de 18 años, nacional o extranjera, podrá completar coleccionables digitales a partir del lunes 2 de octubre 2023 a las 12:00 mediodía y hasta el domingo 3 de diciembre del 2023 a las 6:00 pm, a través de la App JPS A SU ALCANCE. El coleccionable consta de 12 números aleatorios del 00 al 99, para lo cual, las personas que deseen completar el coleccionable digital deberán comprar fracciones de los números de su coleccionable de los sorteos de Lotería Nacional y Lotería Popular de octubre y noviembre 2023.



En total se realizarán dos sorteos mensuales de coleccionable digital, el primero entre las personas que completen coleccionables con la lotería de los sorteos de octubre 2023 y el segundo entre las personas que completen sus coleccionables con la lotería de los sorteos de noviembre 2023, a continuación, se presenta una tabla con el detalle de los números de sorteos que participan, para cada sorteo de esta promoción:



Cuadro N°1





Una persona solo podrá completar un máximo de 10 coleccionables para cada sorteo de la promoción. Cada coleccionable completo le acreditará una participación para cada sorteo de esta promoción.



En el momento que se escanea una fracción, y esta corresponde a uno de los números del coleccionable, automáticamente se marcará la casilla del número en el coleccionable digital.



Se aclara que, una fracción podrá ser escaneada una única vez. Si el participante desea completar otro coleccionable, deberá comprar nuevas fracciones de los sorteos habilitados para cada sorteo de la promoción.



No participan de esta promoción los funcionarios de la Junta de Protección Social, los miembros de Junta Directiva ni los vendedores autorizados de la Junta de Protección Social que se encuentren activos en los sistemas institucionales. (Estado activo, es el estado que indica que un vendedor puede retirar las loterías).



Las personas, que adquieran sus fracciones por medio del canal de distribución www.jpsenlinea.com también participarán de esta promoción comprando los números de su coleccionable digital, para lo cual deberán escanear el código datamatrix de cada fracción directamente desde la pantalla de su computadora, o bien, imprimir el comprobante de la compra y escanear cada una de las fracciones, de igual forma, posicionando la cámara en cada uno de los códigos de las fracciones adquiridas.



Las personas que accedan al canal de distribución, desde un teléfono celular para realizar su compra y a su vez deseen escanear sus fracciones para completar su coleccionable digital que se encuentra en la App JPS A SU ALCANCE, podrán desde otro teléfono celular abrir la app y escanear cada uno de los códigos de sus fracciones adquiridas y que correspondan a los números de su coleccionable digital, desde la pantalla del teléfono celular por medio del cual realizó la compra.



Las personas que adquieran sus fracciones por medio del canal de distribución www.jpsenlinea.com deberán realizar sus activaciones en el App JPS A SU ALCANCE a su nombre.



En el caso de salir favorecido, si se determina al momento de validar el premio que las fracciones adquiridas en el sitio www.jpsenlinea.com están a nombre de otra persona, para entregar el premio correspondiente a la persona favorecida, esta deberá presentar una carta suscrita por la persona que adquirió las fracciones en www.jpsenlinea.com debidamente firmada y autenticada por un abogado o notario, en donde indique, la persona que adquirió las fracciones, que autoriza el pago del premio a la persona favorecida, además de indicar en dicha carta que exime de toda responsabilidad presente y futura a la Junta de Protección Social; además, para realizar dicha carta debe también considerarse lo siguiente: 1. Dirigida Señores Junta Protección Social. 2. Plataforma Servicio al Cliente.



3.La firma de la persona que adquirió las fracciones sea en original. 4. Solo se aceptan documentos originales.



Requisitos para activación en la App JPS A SU ALCANCE:



Las personas que nunca hayan activado por la App JPS A SU ALCANCE, deberán:



1. Descargar la aplicación en la tienda PlayStore de Google, Apple Store o App Gallery.



2. Registrarse y completar una única vez el formulario de inscripción.



3. Una vez registrados, nada más con su cédula y contraseña podrán ingresar a la ventana "activación de productos" e ingresar a la ventana "activaciones".



4. Escanear (fracción por fracción) la lotería que desean activar de los sorteos que participan.



Para el escaneo correcto de cada una de las fracciones deben posicionar la cámara en el código datamatrix que se ubica en el centro de la fracción.



Las personas que ya tienen una cuenta en la aplicación JPS A SU ALCANCE deberán ingresar con su cédula y contraseña y acceder a la ventana "activación de productos" e ingresar a la ventana "activaciones" y escanear (fracción por fracción) la lotería que desean activar correspondiente a los sorteos que participan de esta promoción.



Una persona solo podrá realizar la activación de un máximo de 10 coleccionables digitales para cada sorteo de esta promoción, a su nombre.



Se reitera que una fracción solo podrá ser activada una vez durante el período de activaciones.



El participante está en la obligación de registrar información veraz y exacta y es el único responsable de la veracidad y exactitud de los datos que registre para participar.



Se aclara que las fracciones activadas para esta promoción NO podrán activarse para participar en cualquier otra promoción que se encuentre vigente, y viceversa.



Activación para el programa Rueda de La Fortuna:



Se aclara que la lotería que se active para participar de esta promoción puede ser activada, además, para participar en el juego Cilindro Millonario (Lotería Nacional) y en el juego Dadomanía (Lotería Popular), del programa Rueda de La Fortuna, considerando el participante que para este programa debe activar enteros de los sorteos o su equivalente en fracciones de los sorteos vigentes para el programa.




Ficha articulo



Artículo 4°- Detalle de los premios



Entre todas las personas mayores de 18 años, sean nacionales o extranjeras, que completen al menos un coleccionable y hasta un máximo de 10 coleccionables para cada sorteo de esta promoción, se otorgarán para esta promoción un total de:



200 premios de ¢1.000.000,00 (un millón de colones con cero céntimos).



200 premios de ¢500.000,00 (quinientos mil colones con cero céntimos).



200 premios de ¢300.000,00 (trescientos mil colones con cero céntimos).



200 premios de enteros de lotería del Sorteo Extraordinario de Navidad N°4778.



La mecánica de otorgamiento de los anteriores premios se detalla en el artículo 6 del presente procedimiento.




Ficha articulo



Artículo 5°- Fecha de inicio y cierre de activaciones para los sorteos de esta promoción.



Los participantes podrán iniciar sus activaciones desde el lunes 2 de octubre del 2023 a las 12:00 mediodía y hasta el domingo 3 de diciembre del 2023 a las 6:00 pm.



Esta promoción cuenta con dos sorteos mensuales, el primero con lotería de octubre 2023 y el segundo con lotería de noviembre 2023.



Para el primer sorteo los plazos de activaciones para completar coleccionables serán del lunes 2 de octubre a las 12:00md al jueves 2 de noviembre del 2023 a las 6:00pm. Para el segundo sorteo el plazo de activaciones para completar coleccionables será del jueves 2 de noviembre a las 6:01pm al domingo 3 diciembre a las 6:00pm.



No es permitido para cada sorteo de la promoción que los participantes intenten registrar activaciones de sorteos de Lotería Popular y Lotería Nacional que no correspondan a los indicados en el artículo 3°.




Ficha articulo





Artículo 6°- Mecánica para el sorteo.



Para esta promoción se realizarán dos sorteos mensuales de la siguiente manera:



Sorteo Coleccionables N°1



El primer sorteo de esta promoción se realizará el viernes 03 de noviembre del 2023 después de las 7:00 am, entre todos los participantes que hayan completado al menos 1 coleccionable digital de los sorteos de Lotería Nacional y Lotería Popular de octubre del 2023, detallados en el artículo 3° de este procedimiento.



Para el sorteo de esta promoción se obtendrán a los ganadores en el siguiente orden: 100 ganadores de un premio de ¢1.000.000,00 (un millón de colones con cero céntimos).



100 ganadores de un premio de ¢500.000,00 (quinientos mil colones con cero céntimos).



100 ganadores de un premio de ¢300.000,00 (trescientos mil colones con cero céntimos).



100 ganadores de un premio de entero de lotería del Sorteo Extraordinario de Navidad N°4778.



Sorteo Coleccionables N°2



El segundo sorteo de esta promoción se realizará el lunes 04 de diciembre del 2023, después de las 7:00 am, entre todos los participantes que hayan completado al menos un coleccionable digital de los sorteos de Lotería Nacional y Lotería Popular de noviembre del 2023, detallados en el artículo 3° de este procedimiento.



Para el sorteo de esta promoción se obtendrán a los ganadores en el siguiente orden:



100 ganadores de un premio de ¢1.000.000,00 (un millón de colones con cero céntimos).



100 ganadores de un premio de ¢500.000,00 (quinientos mil colones con cero céntimos).



100 ganadores de un premio de ¢300.000,00 (trescientos mil colones con cero céntimos).



100 ganadores de un premio de Entero del sorteo Navideño 2023.



No es permitido que una misma persona salga favorecida más de una vez en un mismo sorteo de esta promoción.



Se aclara que una misma persona podría salir favorecida en el sorteo N°1 y posteriormente volver salir favorecida en el sorteo N°2 de esta promoción.



Los ganadores de este sorteo se darán a conocer en el sitio oficial de la Junta en la red social de Facebook "Junta de Protección Social (oficial)" y en la página web www.jps.go.cr.



El sorteo será debidamente fiscalizado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento a la Ley de Loterías, en el Reglamento interno para regular las actividades relacionadas con la realización y la asistencia a la celebración de los sorteos de lotería y a la recepción de excedentes de loterías, así como cualquier otra normativa que se emita al efecto.






Ficha articulo





Artículo 7°- Cambio de Premios



Los ganadores de los premios deberán presentarse en la Plataforma de Servicios en las Oficinas Centrales de la Junta de Protección Social, para validar el premio correspondiente a partir del primer día hábil siguiente a la realización del sorteo de la promoción y en un horario de lunes a viernes de 7: 30 am a 3:00 pm., para lo cual, se sugiere a los ganadores que previo a presentarse a reclamar el premio correspondiente consulten vía telefónica el dato de las fracciones con las que resultaron ganadores, comunicándose a las siguientes líneas: 4052-2121, 2522-2022, 2522-2111, 2522-2010, 2522-2009, 2522-2261, 2522-2260, 2522-2262, puesto que deberán presentar la lotería con la que resultaron favorecidos.



Requisitos para presentar en la Plataforma de Servicios:



Los ganadores de los premios deberán presentarse en la Plataforma de Servicios en las Oficinas Centrales de la Junta de Protección Social, para validar el premio correspondiente a partir del primer día hábil siguiente a la realización del sorteo de esta promoción y en un horario de lunes a viernes de 7:30 am a 3:00 pm., los cuales deberán presentar:



? La lotería física, misma que deben traer en perfecto estado y sin alteraciones. La cual deben presentar debidamente firmada en el reverso e indicar el número de cédula. La firma tiene que corresponder a la firma del documento de identidad. En el caso de la lotería física se debe firmar e indicar el número de cédula en cada una de las fracciones.



? El documento de identidad vigente y en buen estado de conservación.



? Una constancia de la cuenta IBAN. En todos los casos, la cuenta bancaria debe estar activa, en colones y a nombre de la persona física ganadora. No se permiten cuentas bancarias a nombre de personas jurídicas ni en entidades bancarias o financieras extranjeras.



En caso que la lotería activada, con la que completaron su coleccionable digital y con la cual resultaron ganadores en el sorteo de esta promoción haya sido cambiada producto de algún premio obtenido en lo sorteos de lotería, para poder reclamar uno de los premios obtenidos en esta promoción, deberá el ganador del premio correspondiente realizar las gestiones que correspondan ante la Unidad de Pago de Premios de la Junta, pudiendo realizar la gestión de manera presencial o bien comunicándose a las siguientes líneas de la Unidad de Pago de Premios: 2522-2135 o 2522-2136 y seguir las indicaciones que dicha unidad administrativa determine para la correcta verificación de que la lotería cambiada fue adquirida por el ganador de esta promoción. Esto por cuanto, como se mencionó, deben presentar la lotería con la que resultaron favorecidos en esta promoción. O bien, presentar el váucher de pago de algún premio en el cual se indique el detalle de la lotería, por lo que se insta a los participantes de esta promoción a que en caso de que obtengan algún premio en los sorteos que participan de la promoción, realizar el cambio del mismo en las oficinas centrales de la Junta o a través de sus socios comerciales y solicitarle a la persona que les atiende el respectivo váucher en el que conste el detalle de la lotería.



El proceso de validación se realizará únicamente los días hábiles.



La Plataforma de Servicios determinará en cuáles casos podrá otorgar el premio en efectivo, o según lo requiera el cliente en transferencia u orden de pago.



Si algún ganador no posee cuenta bancaria deberá aperturar una en la entidad bancaria de su preferencia, o bien será la Plataforma de Servicios quien decidirá si realiza el pago en efectivo o no.



El proceso de validación consiste en la verificación de los documentos y que la lotería sea válida, es decir, que cumpla con las medidas de seguridad (papel de seguridad, marca de agua, tinta invisible y tinta termo cromática).



No se otorgará el premio, sin excepción, cuando se presente una de las siguientes condiciones:



? El número de cédula de identidad o documento de identidad que se registró en el sistema no se encuentre vigente.



? El número de cédula de identidad o documento de identidad que se registró en el sistema no coincide con la cédula de identidad vigente u otro documento de identidad vigente presentado.



? La lotería no cuente con las medidas de seguridad señaladas. O si presenta roturas o alteraciones que hagan dudar su legitimidad.



? La lotería no se presente debidamente firmada en el reverso y con la indicación del número de cédula, en cada una de las fracciones.



? La información de la lotería activada y con la cual resultaron favorecidos no coincide con la información de la lotería presentada en físico.



En caso de que algún ganador no pueda presentarse a validar y retirar su premio correspondiente a dinero y enteros de lotería del Sorteo Extraordinario de Navidad N°4778, podrá autorizar a un representante, mediante una carta debidamente firmada, con la indicación del nombre completo tal como aparece en la cédula y el número de cédula o documento de identidad de la persona autorizada; además, para realizar dicha carta debe también considerarse lo siguiente: 1. Dirigida Señores Junta Protección Social. 2. Plataforma Servicio al Cliente. 3. La firma del ganador del premio sea en original. 4. Solo se aceptan documentos originales.



El premio siempre se pagará a una cuenta bancaria a nombre del ganador, por lo cual deberá presentar también la constancia de la cuenta IBAN con máximo un mes de emitida por el banco o entidad a nombre del ganador.



Se aclara que, en el caso que para el reclamo de un premio de dinero medie la figura del representante, este se pagará únicamente por transferencia electrónica a la cuenta bancaria del ganador, sin excepción.



No se permite el depósito del dinero en otra cuenta bancaria que no sea la del ganador.



A las personas que adquirieron sus fracciones por medio del canal de distribución www.jpsenlinea.com y resultaron favorecidas, deberán presentar el documento de identidad vigente y en buen estado de conservación. O si así lo desean, podrán remitir desde el correo electrónico que registraron en www.jpsenlinea.com el comprobante de compra que contiene las fracciones ganadoras y el documento de identificación vigente por ambos lados al correo electrónico jps-p.premios@jps.go.cr para que se les realice el depósito del premio en dinero en la cuenta IBAN que registraron en www.jpsenlinea.com.



Se aclara que, el correo solicitando el depósito del premio en dinero, deberán enviarlo desde el correo electrónico registrado en www.jpsenlinea.com, caso contrario no procede el depósito y deberá gestionar el trámite de forma presencial.



Si se determina al momento de validar el premio que las fracciones adquiridas en el sitio www.jpsenlinea.com están a nombre de otra persona, para entregar el premio correspondiente a la persona favorecida, esta deberá presentar una carta suscrita por la persona que adquirió las fracciones en www.jpsenlinea.com debidamente firmada y autenticada por un abogado o notario, en donde indique, la persona que adquirió las fracciones, que autoriza el pago del premio a la persona favorecida, además de indicar en dicha carta que exime de toda responsabilidad presente y futura a la Junta de Protección Social; además, para realizar dicha carta debe también considerarse lo siguiente: 1. Dirigida Señores Junta Protección Social. 2. Plataforma Servicio al Cliente. 3. La firma del ganador del premio sea en original. 4. Solo se aceptan documentos originales.



La Junta de Protección Social procederá a validar en los sistemas informáticos la compra de la lotería y confirmar que esta coincida con la lotería activada y con la que resultaron favorecidos, en caso que no coincida no podrá hacerse acreedor del premio. Adicionalmente aplican los demás requisitos de validación indicados en este artículo excepto la presentación de la lotería.



Se realizará el depósito correspondiente en la cuenta IBAN que registraron en el canal de distribución jpsenlinea.com. Las personas que no registren su cuenta IBAN en dicho canal deberán remitir al correo electrónico jps-p.premios@jps.go.cr desde el correo que registraron en el sitio www.jpsenlinea.com una fotografía de su cuenta IBAN o presentar en la Plataforma de Servicios la constancia de la cuenta IBAN con máximo un mes de emitida por el banco o entidad financiera a nombre del ganador. O bien solicitar su pago en efectivo, siendo la Plataforma de Servicios quien determinará si procede el pago en efectivo o no, siempre y cuando para el reclamo del premio no medie la figura del representante.






Ficha articulo



Artículo 8°- Caducidad



Los premios especiales correspondientes a dinero y enteros de lotería del Sorteo Extraordinario de Navidad N°4778, que obtengan los ganadores en esta promoción, podrán ser reclamados a partir del primer día hábil siguiente a la realización de cada sorteo de la promoción y dentro del período de caducidad de 60 días naturales, establecido en el artículo 18 de la Ley No. 8718.




Ficha articulo



Artículo 9°- Presupuesto de los premios



El presupuesto para el otorgamiento de estos premios especiales, se tomará del Fondo para Premios Extra de la Junta de Protección Social. En caso que algún ganador no reclame el premio o el mismo no pueda ser entregado por el incumplimiento de algún requisito, transcurrido el período de caducidad indicado en el artículo N°8 de este procedimiento, el monto del premio pasará a formar nuevamente parte del Fondo para Premios Extra para fortalecer una futura campaña de premios extra.




Ficha articulo



Artículo 10° - Aceptación



Todas las personas que participen en las activaciones se adhieren a las condiciones establecidas en el presente procedimiento y por su objeto no requiere del control previo establecido en los artículos 13 y 13 bis del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Ejecutivo No. 37045- MPMEIC.




Ficha articulo



Artículo 11° - Vigencia



Este procedimiento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta y será aplicable a partir del lunes 2 de octubre del 2023 y hasta el lunes 04 de diciembre del 2023, inclusive. La Junta por razones de interés público se reserva el derecho de retirar del mercado esta promoción, lo cual comunicará con la debida antelación de conformidad con la ley.




Ficha articulo





Fecha de generación: 13/10/2024 08:07:15
Ir al principio del documento