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 Normativa >> Reglamento municipal 009 >> Fecha 01/07/2024 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 009
Deroga Reglamento general para licencias municipales en telecomunicaciones para la Municipalidad de Sarchí (Valverde Vega)



MUNICIPALIDAD DE SARCHI



La Municipalidad de Sarchí comunica que mediante el Artículo VI, Acuerdo N° 6 de la Sesión Ordinaria N°009, celebrada por el Concejo Municipal de Sarchí, el día 01 de julio de 2024, se conoció y aprobó el Dictamen N° 3 de la Sesión N° 006 de la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos, en que se gestiona lo solicitado en el oficio N° MS-AL-OF-0247-2024 suscrito por el titular de Alcaldía, acto en el cual se acuerda lo siguiente:



Considerando:



1º-Que existe un compromiso desde el gobierno con la modernización de las infraestructuras de telecomunicaciones, que implica la adopción de tecnologías emergentes para fomentar un desarrollo socioeconómico sostenible y competitivo en desarrollos recientes y planes estratégicos a futuro.



2º-Que la Sala Constitucional en el voto N° 15763, de las 9 horas con 46 minutos del 16 de noviembre de 2011, citó en lo relacionado al asunto de la infraestructura en telecomunicaciones, que el mismo corresponde a un tema de interés público que trasciende el interés local, y el no atender este tema de manera adecuada, provocaría serios perjuicios que los habitantes pueden gozar de los beneficios de la sociedad de la información y de las nuevas tecnologías de la información y del conocimiento.



3º-Que la Procuraduría General de la República, en su dictamen N° C-039-2012, indicó: "(.) prevalencia de la planificación y regulación presente en las leyes sobre telecomunicaciones y disposiciones adoptadas por el Poder Ejecutivo y la SUTEL por sobre los intereses locales y municipales; por ende, la subordinación de las municipalidades a lo que se haya dispuesto con alcance nacional. Subordinación que abarca lo relativo a la infraestructura, por ser esta de interés nacional".



4º-Que la Ley N° 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), establece el interés público de la materia de telecomunicaciones, en el artículo 74, que indica: "Declaratoria de interés público. Considerase una actividad de interés público el establecimiento, la instalación, la ampliación, la renovación y la operación de las redes públicas de telecomunicaciones o de cualquiera de sus elementos. Los operadores de redes públicas de telecomunicaciones podrán convenir entre sí la utilización conjunta o el alquiler de sus redes." Mismo interés público, es reafirmado en el artículo 76 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, Nº 34765-MINAE.



5º-Que el interés público que el Estado debe garantizar se da en aras del establecimiento, instalación, ampliación, renovación y operación de las redes públicas de telecomunicaciones, siendo así el que la instalación de antenas de telecomunicaciones en infraestructura de soporte para redes de telecomunicaciones sea necesaria para la provisión de los servicios de telecomunicaciones adecuados y de calidad a la población.



6º-Que existen factores propios del diseño de la red de telecomunicaciones, relacionados con las capacidades de cobertura y servicio, que requieren la instalación de antenas en zonas geográficas específicas.



7º-Que toda municipalidad debe garantizar el desarrollo de las telecomunicaciones, cumpliendo así con las acciones necesarias para que se cuente con una infraestructura robusta, uniforme, sólida y normalizada que garantice a los usuarios el acceso a los servicios de telecomunicaciones, por lo que no se pueden establecer regulaciones y requisitos que lo impidan o dificulten.



8º-Que la Municipalidad de Sarchí, emitió el "Reglamento General para Licencias Municipales en Telecomunicaciones" publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 129, del día 05 de julio de 2011.



9º-Que en el artículo 4, de la "Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica", Ley N°10216, del 08 de junio de 2022, indica: "Municipalidades. El Poder Ejecutivo, a través del rector de Telecomunicaciones, con los criterios técnicos correspondientes, establecerá vía reglamento las disposiciones técnicas relacionadas con el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones, las cuales deberán ser acatadas por todas las municipalidades del país". Y en el transitorio III de la misma ley, se señala que, se encontrara a cargo del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), el emitir la normativa que establezca los procedimientos y las especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones.



10.-Que el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, emitieron el Decreto Ejecutivo N°44335-MICITT, denominado "Reglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica, sobre los procedimientos y especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones" publicado en el Alcance N°13, del Diario Oficial La Gaceta N°14, de fecha de 25 de enero de 2024, donde se regularan los procedimientos y las especificaciones técnicas aplicables al desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones conforme las disposiciones de la Ley.



11.-Que el Concejo Municipal tiene la posibilidad de emitir su propio reglamento; o bien, aplicar de manera supletoria la norma nacional, es decir, el Decreto Ejecutivo N° 44335-MICITT, "Reglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica, sobre los procedimientos y especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones". Por tanto,



El Concejo Municipal, en el ejercicio las atribuciones que le confiere el Código Municipal, acuerda lo siguiente:



1º-Aprobar el Dictamen N.º 3 de la sesión N° 006 -del año 2024- de la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Sarchí.



2º-Se deroga, en su totalidad, el "Reglamento General para Licencias Municipales en Telecomunicaciones", aprobado mediante el Artículo VI, inciso m), de la Sesión Ordinaria N.º 189, celebrada por el Concejo Municipal, el día 23 de febrero del 2010 y publicado en La Gaceta N° 129 del 5 de julio de 2011, así como cualquier otra normativa o directrices emitidas sobre telecomunicaciones, en la Municipalidad de Sarchí.



3º-La Municipalidad de Sarchí acuerda adherirse y, por tanto, adoptar, en todos sus extremos, las disposiciones del Decreto Ejecutivo N° 44335-MICITT, denominado "Reglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica, sobre los procedimientos y especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones", emitido por el Poder Ejecutivo y publicado en el Alcance N° 13 al Diario Oficial La Gaceta N° 14, de fecha de 25 de enero de 2024, para el cantón de Sarchí.



4º-Se autoriza al señor Maikol Porras Morales, Alcalde Municipal, emitir todas las directrices internas necesarias a las dependencias administrativas de la Municipalidad que participen en el proceso de emisión de permisos y actos similares relacionados a infraestructura en telecomunicaciones, a efectos de implementar el Decreto Ejecutivo N° 44335-MICITT, denominado "Reglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica, sobre los procedimientos y especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones", acorde a los principios de eficiencia, celeridad y legalidad.



5º-Publicar, el presente acuerdo municipal en el Diario Oficial La Gaceta.



6º-Publicar, una vez en firme, el presente acuerdo del Concejo Municipal, y el texto del Decreto Ejecutivo N.º 44335- MICITT "Reglamento a la Ley para incentivar y promover la construcción de infraestructura de telecomunicaciones en Costa Rica, sobre los procedimientos y especificaciones técnicas de la infraestructura de telecomunicaciones", en el sitio web de la Municipalidad para conocimiento de los usuarios en los trámites relacionados con infraestructura de telecomunicaciones.



7º-Notificar el presente acuerdo al señor Maikol Porras Morales, Alcalde, Municipalidad de Sarchí.



El contenido del presente acuerdo surtirá efectos a partir de su publicación, por una vez, en el Diario Oficial La Gaceta.






Ficha articulo





Fecha de generación: 20/5/2025 01:53:32
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