Artículo
2°.-Son atribuciones y funciones del Centro:
a) Mantener un programa de toxicovigilancia que investigue los diferentes riesgos
tóxicos en la comunidad con el objeto de tomar medidas para reducir estos
riesgos.
b) Interpretar problemas
toxicológicos que se le planteen y recomendar soluciones.
c) Brindar un servicio de consulta
telefónica y personal para el manejo y tratamiento de intoxicaciones agudas y
crónicas a todos los centros de salud y miembros del equipo de salud que así lo
soliciten.
ch) Manejar un sistema de
documentación de todas las sustancias con toxicidad comprobada o potencial.
d) Coordinar con los organismos
públicos competentes, el control de los productos cuya utilización ofrezca
riesgo en algún grado para la salud de la población, sean plaguicidas,
alimentos contaminados, drogas, químicos diversos u otros.
e) Recomendar los antídotos y
coordinar con las entidades correspondientes, la selección adecuada así como el
suministro efectivo de los mismos.
f) Mantener relación estrecha con
organismos nacionales e internacionales con actividades comunes en el área de
competencia del Centro y con otros afines, con el objeto de obtener apoyo
informativo, educativo y económico.
g) Mantener un programa permanente
de educación y prevención de intoxicaciones, así como participar en
actividades de otras organizaciones con este mismo fin.
h) Mantener relaciones con la
industria y empresa privada de productos químicos y farmacéuticos en general, a
fin de brindarles asistencia y coordinar programas educativos para su personal
en el campo de Toxicología y al mismo tiempo derivar ayuda técnica, científica
y económica.