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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 19019 >> Fecha 29/05/1989 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 19019
Reconocimiento oficial del Centro Nacional de Control de Intoxicación como organismo técnico y de investigación

N° 19019-S.



EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y



 EL MINISTRO DE SALUD



            En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) Y 18) del artículo 140 de la Constitución Política y 1° y 2° de la Ley General de Salud.



Considerando:



            1°-Que el aumento creciente en la utilización de nuevos productos ha llevado a la introducción frecuente de materiales tóxicos producidos por la industria y la tecnología moderna.   



            2°-Que un número global importante de accidentes de intoxicación registrados en diversas latitudes del mundo, han justificado la necesidad de que todos los países tengan centros con facilidades adecuadas para el control de las intoxicaciones.



            3°-Que el Centro Nacional de Control de Intoxicaciones, fue instalado y tiene su sede en el Hospital Nacional de Niños, atendiendo a la circunstancia de que el porcentaje más alto de centros de esta índole en el mundo está ubicado en hospitales de niños, por ser la edad de estos la más vulnerable a intoxicaciones accidentales.



            Por tanto,



DECRETAN:



            Artículo 1°.-Reconózcase oficialmente el Centro Nacional de Control de Intoxicaciones, como organismo técnico y de investigación, con sede permanente en el Hospital Nacional de Niños del cual dependerá en lo administrativo.




Ficha articulo



            Artículo 2°.-Son atribuciones y funciones del Centro:



a) Mantener un programa de toxicovigilancia que investigue los diferentes riesgos tóxicos en la comunidad con el objeto de tomar medidas para reducir estos riesgos.



b) Interpretar problemas toxicológicos que se le planteen y recomendar soluciones.



c) Brindar un servicio de consulta telefónica y personal para el manejo y tratamien­to de intoxicaciones agudas y crónicas a todos los centros de salud y miembros del equipo de salud que así lo soliciten.             



ch) Manejar un sistema de documentación de todas las sustancias con toxicidad comprobada o potencial.



d) Coordinar con los organismos públicos competentes, el control de los productos cuya utilización ofrezca riesgo en algún grado para la salud de la población, sean plaguicidas, alimentos contaminados, drogas, químicos diversos u otros.



e) Recomendar los antídotos y coordinar con las entidades correspondientes, la selección adecuada así como el suministro efectivo de los mismos.



f) Mantener relación estrecha con organismos nacionales e internacionales con actividades comunes en el área de competencia del Centro y con otros afines, con el objeto de obtener apoyo informativo, educativo y económico.



g) Mantener un programa permanente de educación y prevención de intoxica­ciones, así como participar en actividades de otras organizaciones con este mismo fin.



h) Mantener relaciones con la industria y empresa privada de productos químicos y farmacéuticos en general, a fin de brindarles asistencia y coordinar programas educativos para su personal en el campo de Toxicología y al mismo tiempo derivar ayuda técnica, científica y económica.




Ficha articulo



            Artículo 3°.-El Centro utilizará, mientras logra completar su organización pro­pia, las instalaciones físicas y el equipo que hasta ahora ha empleado, pero, mantendrá su independencia administrativa en la Farmacia del Hospital de Niños, sin perjuicio de la estrecha vinculación que guarda con esta y de la colaboración mutua que ambos deben prestarse.




Ficha articulo



            Artículo 4°.-Un reglamento emitido por el Poder Ejecutivo, regulará la organización interna y las relaciones con el público o los beneficiarios del Centro.




Ficha articulo



            Artículo 5°.-Rige a partir de su publicación.



            Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y nueve.




Ficha articulo





Fecha de generación: 26/4/2024 13:01:49
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