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Ley :
7131
del
16/08/1989
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Modificación de los ingresos extraordinarios internos aprobados en el artículo 2° de la Ley de Presupuesto Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico de 1989, Ley N° 7111 de 12 de diciembre de 1988
(NO VIGENTE)
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Ente emisor:
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Asamblea Legislativa
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Fecha de vigencia desde:
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23/08/1989
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Norma vetada (Parcial)
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Versión de la norma: 1 de 2
del 16/08/1989
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Texto Completo Norma 7131
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N °7131
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA
REPUBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Modifícanse los ingresos Extraordinarios Internos aprobados en el artículo 2 de
la Ley No. 7111 de 12 de diciembre de
1988 en la forma que se indica a continuación:
(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su
contenido el texto de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de 1989)
Ficha articuloARTICULO
2.-Modifícase el artículo 4 de la Ley No. 7111 de 12 de diciembre de 1988
en la forma que se indica a continuación:
(Nota
de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido el texto
de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de
1989)
Ficha articulo
ARTICULO 3.- Con el propósito de lograr una
adecuada utilización de los recursos, modifícase el
artículo 4 de
la Ley No. 7111
de 12 de diciembre de 1988 en la forma que se indica a continuación:
(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido el texto de la reforma debe
ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de 1989)
Ficha articulo
ARTICULO 4 .- Modifícase el artículo 5 de
la Ley No. 7111 de 12 de
diciembre de 1988 en la forma que se indica a continuación:
(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su
contenido el texto de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de 1989)
Ficha articulo
ARTICULO
5.-Modifícase el artículo 7 de la Ley No. 7111 de 12 de diciembre de 1988
en la forma que se indica a continuación:
(Nota
de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido el texto
de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de
1989)
Ficha articulo
ARTICULO
6.- Modifícase el artículo 8 de la Ley No. 7111 de 12 -12-88 en la forma
que se indica a continuación:
(Nota
de Sinalevi :
Por lo extenso de su contenido el texto de la reforma
debe ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de
1989)
Ficha articulo
ARTICULO
7.- Modifícase el artículo 4 de la Ley No. 7111 de 12 -12-88 en la forma
que se indica a continuación:
(Nota
de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido el texto
de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de
1989)
Ficha articulo
ARTICULO
8.- Modifícase los artículos 2 y 4 de la Ley No. 7111 de 12 -12 -88, para
incorporar los siguientes recursos extraordinarios internos aprobados por la
Asamblea Legislativa, en dicha Ley, así como el artículo 12 de la Ley 7089 de
18-12-87; en la forma que se indica a continuación:
(Nota
de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido el texto
de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a La Gaceta N° 159 del
23 de agosto de 1989)
Ficha articulo
ARTICULO
9.- Incorpórase a la Ley No. 7111 de 12-12-88, Ley de Presupuesto Nacional
para 1989 los saldos disponibles de los recursos aprobados en el artículo 30 de
la Ley 7097 con tal fin se modifica la ley No. 7111 de la siguiente manera:
a)
Aumentar los ingresos extraordinarios internos aprobados en su artículo 2
inciso a)
(Nota
de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido el texto
de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a La Gaceta N° 159 del
23 de agosto de 1989)
b)
Auméntanse los egresos aprobados en el artículo 4 de la citada Ley
(Nota
de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido el texto
de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de
1989)
Ficha articulo
ARTICULO
10.- Modifíquese el artículo 6 de la Ley No. 7111 del 12 de diciembre de
1988, en la siguiente forma:
(Nota
de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido el texto
de la reforma debe ser consultado en el Alcance N° 28 a
La Gaceta N° 159 del 23 de agosto de 1989)
Ficha articulo
ARTICULO
11.-A aquellos pensionados de Comunicaciones que se hayan acogido a su pensión
antes del 30 de junio de 1984, a quienes, además, se les haya venido aplicando
la resolución No D.G. 001-83 del 4 de enero de 1983, de la Dirección General
de Servicio Civil, se les reconocerá el derecho derivado de dicha resolución,
a partir del momento en el que esa resolución se haya hecho efectiva en el pago
de sus pensiones.
Ficha articulo
ARTICULO
12.-Las diferencias que, por variaciones del
tipo de cambio, se presenten entre la asignación en dólares para los cargos
del Servicio Exterior, aprobada en la Ley de Presupuesto, y los giros en colones
que mensualmente remite la Tesorería Nacional al Banco Central de Costa Rica,
podrán cubrirse con cargo directo al Fondo General, previa aprobación de la
Tesorería Nacional.
La
Contabilidad Nacional coordinará con la Oficina Técnica Mecanizada el cargo al
presupuesto, tan pronto reciba el informe mensual del Banco Central sobre estas
diferencias.
La
Dirección de Presupuesto Nacional, en coordinación con el Ministerio de
Relaciones Exteriores, velará porque las partidas asignadas en colones cubran
estos ajustes, para lo cual se incorporarán, por decreto, las sumas necesarias,
utilizando para ello los recursos a que se refiere el artículo 10, inciso 31,
de la Ley de Presupuesto Nacional para 1989, No. 7111 del 12 de diciembre de
1988.
Ficha articulo
ARTICULO
13.-Autorízase al Ministerio de Hacienda para que compense con el Instituto
Nacional de Seguros (INS), el monto adeudado a esta entidad al 31 de diciembre
de 1988, por concepto de póliza única, con el monto de lo que deba
transferirle el Instituto por concepto de adelanto del impuesto sobre la renta
durante el presente año.
La
Contabilidad Nacional determinará el monto adeudado al Instituto, dentro del
cual incluirá los dos millones de colones (¢2.000.000) que quedaron pendientes
del aporte al Seguro Integral de Cosechas, y procederá a realizar los
respectivos asientos contables.
Ficha articulo
ARTICULO 14.-Autorízase a la Junta
de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional para que, en relación con
los centros de enseñanza privada, y en los casos de falta de pago, o de atraso
en el pago de las cuotas patronales o personales, proceda al correspondiente
cobro judicial. En tales casos, la
certificación que sobre ese particular extienda
la Junta tendrá el carácter de
título ejecutivo.
Ficha articulo
ARTICULO 15.-Autorízase al Estado, a sus instituciones autónomas
y a los bancos y empresas estatales, para que realicen donaciones a favor de
la Compañía Nacional
de Teatro, órgano ejecutor del "Festival Internacional de Teatro San José
por la Paz",
que se realizará en nuestro país del 16 de noviembre al 10. de
diciembre de 1989, dentro del marco de las celebraciones del centenario de la
democracia. Dichos fondos serán
administrados por la
Compañía Nacional de Teatro.
Se exoneran del pago de todo tipo de impuestos,
tasas y sobretasas las actividades que se efectuarán en el "Festival
Internacional de Teatro San José por la
Paz".
Ficha articulo
ARTICULO 16.-Se autoriza el traslado del saldo de la cuenta 09-029 Depósitos diversos, a la cuenta 09-001 Gastos
varios del Ministerio. De ese saldo se
tomarán los fondos necesarios para la realización del XVI Seminario
Iberoamericano de Presupuesto y la reunión de ministros y viceministros de
Hacienda de Centro América, y para cancelarle a
la Cooperativa de
Empleados del Ministerio de Hacienda un lote de su propiedad en Coronado, a fin
de que sea traspasado a
la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales
(FLACSO), como parte del pago de las cuotas que el Gobierno debe aportarle a
ese organismo.
Ficha articulo
ARTICULO 17.-Autorízase al Ministerio de Hacienda para que, mediante decreto
ejecutivo, incorpore en el Presupuesto Nacional, para el servicio de la deuda
pública, el saldo que se encuentra en la cuenta 09-010 de depósitos y fondos de
terceros de la
Contabilidad Nacional, provenientes de los 0,05 establecidos
en el inciso b), del artículo 4o. de la ley No. 6957 del 13 de marzo de 1984 y
sus reformas.
Ficha articulo
ARTICULO
18.-Autorízase al Ministerio de Hacienda y al Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, para que se compensen las deudas vencidas que
mutuamente se adeudan, provenientes de los servicios de agua brindados por el
Instituto al Estado, y de los pagos de la deuda externa del Instituto que ha
realizado el Estado. Esta compensación podrá hacerse efectiva anualmente, en
la medida en que existan deudas recíprocas entre la institución y el Estado.
Ficha articulo
ARTICULO 19.-Autorízase a
la Contabilidad Nacional para que, los saldos
disponibles al 31 de diciembre de cada año, de las subpartidas del servicio de
la deuda pública del Presupuesto Nacional, se trasladen a la cuenta 30-030 de
depósitos y fondos de terceros y, mediante decreto ejecutivo, se incorporen en
el Presupuesto Nacional, para el faltante del servicio de la deuda pública.
Ficha articulo
ARTICULO 20.-Autorízase al Ministerio de Hacienda para que,
mediante decreto ejecutivo, incorpore en el Presupuesto Nacional, para el
faltante de la deuda pública, los recursos que reciba el Gobierno del Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, del Banco Central de Costa Rica
y de la Caja
Costarricense de Seguro Social como repago por los servicios
de la deuda que el Ministerio ha realizado por los créditos a
la CDC de Inglaterra, BIRF-1935,
BIRF-1410 y BID-439-SF.
Estos recursos serán trasladados a la cuenta
"Depósitos y fondos de terceros", No. 09-007 de
la Contabilidad Nacional.
Ficha articulo
ARTICULO
21.-Autorízase al Ministerio de Hacienda para que, mediante decreto
ejecutivo, incorpore los recursos originados en la documentación de la deuda
bilateral que realiza el Gobierno, según lo establecido en el artículo 4o. de
la ley No. 6983 del 18 de diciembre de 1985, a fin de que sean utilizados en el
faltante de la deuda externa del Gobierno central.
Estos recursos serán trasladados a la cuenta "Depósitos y fondos
de terceros" de la Contabilidad Nacional.
Igual procedimiento regirá para los convenios que se deriven, según lo
dispuesto en el inciso 41) del artículo 11, de la ley No. 7055 del 18 de
diciembre de 1986.
Ficha articulo
ARTICULO 22.-Autorízase al Servicio Nacional de
Electricidad a fin de que otorgue concesiones válidas y eficaces para
desarrollar plantas de generación y transmisión eléctrica,
de hasta un máximo de 20.000 KW, si son hidráulicas, y de 30.000
KW si son de otra fuente energética, para lo cual se seguirán los
trámites establecidos en la
Ley de Nacionalización de Aguas, y Fuerzas
Hidráulicas y Eléctricas, No. 258 del 18 de agosto de 1941 y sus
reformas.
Ficha articulo
ARTICULO
23.-Autorízase al Poder Ejecutivo para que emita hasta cuarenta millones de
colones (¢40.000.000) en bonos de iguales características a las de los bonos
Deuda Pública Interna 1989, para financiar parcialmente los gastos de las obras
del Depósito Libre Comercial de Golfito, que realiza el Instituto Costarricense
de Turismo. La modificación
presupuestaria correspondiente se hará mediante decreto ejecutivo.
Ficha articulo
ARTICULO
24.-Autorízase a los bancos comerciales del Estado para que suscriban
convenios de cooperación con el Ministerio de Hacienda y con el Instituto
Costarricense de Turismo, relacionados con el Depósito Libre Comercial de
Golfito, y para que efectúen los aportes económicos necesarios, en las
condiciones y modalidades que en tales convenios se establezcan.
Ficha articulo
ARTICULO 25.-Con el fin de
desconcentrar la función de proveeduría dentro del Poder
Ejecutivo, se autoriza a los ministerios para que ejecuten sus presupuestos por
medio de sus departamentos de proveeduría, para lo cual llevarán
a cabo todos los trámites de contratación administrativa que autorizan
la Ley de
la
Administración Financiera de
la República
y el Reglamento de
la Contratación Administrativa. Para que los ministerios se puedan
desconcentrar, necesitarán la autorización expresa de
la Proveeduría
Nacional. En
adelante, ésta cumplirá con las siguientes funciones, respecto de
los departamentos ministeriales de proveeduría:
a) Supervisión
de las actividades técnicas.
b) Formulación
de instrucciones y normas técnicas de acatamiento obligatorio.
c) Resolución
en grado de recursos contra carteles y adjudicaciones de licitaciones, cuando
el recurso no corresponda conocerlo a
la Contraloría
General de
la República.
ch) Vigilancia del
cumplimiento de la Ley
de la
Administración Financiera de
la República,
del Reglamento de
la Contratación Administrativa y de cualquier
norma o directriz que emita
la Contraloría General de
la República
o la
Proveeduría Nacional, relacionada con esta materia
(contratación administrativa).
d) Asesoría y
ejecución de programas de capacitación en funciones de proveeduría
y materias conexas.
e) Denuncia
de cualquier irregularidad o violación a la ley, a efecto de que se
realicen las investigaciones pertinentes y, si fuere procedente, se sienten las
responsabilidades del caso.
f) Revocatoria de la
autorización de desconcentración, cuando se haya determinado
incumplimiento de disposiciones legales o instrucciones del órgano de
vigilancia y supervisión, habiendo mediado prevención al
órgano desconcentrado sin que se hubiere modificado la situación.
En
ningún caso la desconcentración de la función de
Proveeduría elimina las facultades que le da
la Ley de
la
Administración Financiera de
la República
a la
Proveeduría Nacional, en materia de celebración
de contratos en el Poder Ejecutivo, como órgano rector.
Ficha articulo
ARTICULO 26.-Autorízase
al Poder Ejecutivo para que emita Bonos Deuda Pública Interna 1989 hasta
por setenta millones de colones (¢70.000.000). De esta emisión se
destinarán veinticuatro millones de colones (¢24.000.000) para la
adquisición de una finca en Guápiles,
para el Ministerio de Justicia y cuarenta y seis millones de colones (¢46.000.000)
para el pago de indemnización por la afectación de propiedades de
la Finca de Arboles de Río Bananito, S.A.,
cédula jurídica No. 3-101-12729, conforme con el dictamen
C-074-89 del 21 de abril de 1989, de
la Procuraduría
General de
la República. El
Ministerio de Hacienda, mediante decreto ejecutivo, determinará el plazo
y el tipo de interés de estos bonos, así como su
incorporación en el Presupuesto Nacional.
Ficha articulo
ARTICULO
27.-Modifícanse, en la forma que a continuación
se indica, las partidas presupuestarias que se detallan, contenidas en las leyes
que se citan (leyes de presupuesto ordinario o extraordinario de la República):
Ley
No. 7018 del 20 de diciembre de 1985
1.-
Página O.E. 117
DONDE
DICE: "730 969 1 242 14. Construcción de
la delegación distrital de Dos Ríos, ¢100.000", DEBE DECIR: "Reparación de la patrulla de la Guardia de
Asistencia Rural, ¢100.000."
Ley
No. 7055 del 18 de diciembre de 1986
2.-
Página O.E. 165
DONDE
DICE: "Municipalidad de Naranjo, ¢350.000.
Código 730 638 1 242 20, compra de terreno para la escuela de Barrio El Carmen,
¢350.000", DEBE DECIR: "Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de Barrio El Carmen, compra de tubería
para la cañería, ¢350.000."
3.-
Página O.E. 176
DONDE
DICE: "702 221 1 241 47. Para carpeta asfáltica
en la vía principal, ¢200.000."
DEBE
DECIR: "Construcción del puesto del centro
de salud, ¢200.000."
4.-
Página O.E. 235
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de Llano Grande. 702 285 1 241 47.
Construcción de un muro de retención en el cementerio de Llano Grande de
Cartago (giro No. 872161177), ¢50.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de Llano Grande. Compra de terreno para ampliación del cementerio de Llano
Grande, ¢50.000."
5.
Página O.E. 435
DONDE
DICE: "Asociación Costarricense de Jóvenes
Productores, ¢100.000. 636 323 1
131 31. Para proyectos de producción,
¢100.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de Limón, ¢100.000
Para reparación de la Biblioteca Pública de Limón, ¢100.000."
Ley
No. 7083 del 25 de agosto de 1987
6.-
Página O.E. 17
DONDE
DICE: "Municipalidad de Naranjo, ¢300.000.
Código 730 493 01 242 20, compra de terreno para la escuela de Barrio El
Carmen, ¢300.000", DEBE DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad
de Barrio El Carmen, compra de tubería para la cañería, ¢300.000."
7.-
Página O.E. 18
DONDE
DICE: "Junta de Educación de la Escuela
Arnulfo Arias, ¢50.000. Cód. 664 537 01 132 30, para reparación y remodelación
de la oficina de la Supervisión, ¢50.000", DEBE
DECIR: "Junta de Educación de la Escuela Arnulfo Arias, ¢50.000, para
compra de máquina de escribir para ser utilizada por la oficina de la Supervisión,
¢50.000."
8.-
Página O.E. 32
(Artículo
111), DONDE
DICE: "Asociación Cartaginesa de Atención a Ciudadanos de la Tercera
Edad (ASCATE), para compra de terreno y construcción del edificio,
¢700.000.", DEBE DECIR:
"Asociación Cartaginesa de Atención a Ciudadanos de la Tercera Edad
(ASCATE), para construcción del edificio, ¢700.000."
Ley
No. 7089 del 18 de diciembre de 1987
9.-
Página O.E. 2
DONDE
DICE: "Municipalidad de San José, ¢500.000.
730 234 1 242 31 6. Comité Obras y
Mejoras Mata Redonda, obras y mejoras, ¢500.000."
DEBE
DECIR: "Cooperativa de Empleados
Ferroviarios y Portuarios (COOPEFEP), ¢500.000.
Programa de educación, ¢500.000."
10.-
Página O.E. 9
DONDE
DICE:
"Junta de Educación de la Escuela Santa Marta de San Francisco de Dos
Ríos, ¢150.000. 731 323 1 242 20
6. Reparación y construcción de
tapia, ¢150.000."
DEBE
DECIR: Junta de Educación de la Escuela Santa
Marta de San Francisco de Dos Ríos, ¢150.000. Obras y mejoras, ¢150.000."
11.-
Página O.E. 18
DONDE
DICE: "Cruz Roja Costarricense. 700 429 1
241 31 Construcción de la Cruz Roja
de León XIII, ¢200.000."
DEBE
DECIR: "Cruz Roja Costarricense. Instalación
de una malla alrededor del edificio de la Cruz Roja de León XIII, Tibás, ¢200.000."
12.-
Página P.P. 106-40.
DONDE
DICE: "217 31,
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), Municipalidad de
Heredia, pago de prestaciones a ex empleados, ¢2.000.000."
DEBE
DECIR: "Instituto de Fomento y Asesoría
Municipal (IFAM), para pago de indemnización a empleados que fueron despedidos
en 1982 a raíz de la huelga de ese año, ¢2.000.000."
13.-
Página P.P. 106-046
DONDE
DICE: "Municipalidad de Naranjo. Construcción
de gradería en el Estadio Municipal de Naranjo, ¢1.600.000"
DEBE
DECIR: "Asociación Deportiva Naranjeña,
para compra de implementos deportivos, pago de transporte, pago de deudas
adquiridas para hacerle frente al desarrollo del campeonato de segunda división,
¢1.600.000."
14.-
Página PP 106-047.
DONDE
DICE: "642 47.
Municipalidad de Santa Cruz, adoquinamiento de calles de Santa Cruz, ¢3.500.000."
DEBE
DECIR:
"Municipalidad de Santa Cruz, para adoquinamiento o asfaltado de calles de
Santa Cruz, ¢3.500.000."
15.-
Página O.E. 26
DONDE
DICE: "730 529 1 242 44 7 Alumbrado público
de calle en San Luis, Barrio Santa Eduviges, Higuito, ¢60.000."
DEBE
DECIR:
"Arreglo de calle en San Luis, Santa Eduviges, Higuito,
¢60.000."
16.-
Página O.E. 28
DONDE
DICE: "702
541 1 241 30 7. Comité de Bienestar Comunal, Calle Agripino Aguilar. Compra de
terreno para parque infantil, ¢50.000."
DEBE
DECIR:
"Para Comité de Bienestar Comunal, calle Agripino Aguilar. Obras varias,
¢50.000."
17.-
Página O.E. 38
DONDE
DICE: "Asociación Desamparadeña de
Cultura y Asistencia Social (ADECAS), ¢100.000.
630 748 1 131 28 7. Financiación de proyectos culturales y sociales,
¢100.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de Desamparados, ¢100.000.
Para transferir a la Asociación Desamparadeña de Cultura y Asistencia
Social (ADECAS), gastos varios, ¢100.000."
18.-
Página O.E. 53
DONDE
DICE: 663 992 1 132 30 6. Comité de Deportes de
Mora. Juegos Nacionales, ¢400.000."
DEBE
DECIR: "Comité de Deportes de Mora. Gastos
varios, ¢100.000. Construcción de gimnasio, ¢300.000."
19.-
Página O.E. 72
DONDE
DICE: "730 478 1 242 30 3. Compra de
terreno para plaza de deportes de San Rafael, ¢500.000."
DEBE
DECIR:
"Construcción de acera, cordón,
colocación de tragantes y tuberías en San Rafael de Montes de Oca, ¢450.000.
Para continuar la construcción del muro de contención en la entrada a
Salitrillo, ¢50.000."
20.-
Página O.E. 75
DONDE
DICE: "702 523 1 241 20 3.
Obras, planta física del Liceo Monterrey, ¢300.000."
DEBE
DECIR:
"Obras, planta física del salón comunal,¢300.000."
21.-
Página O.E. 75
DONDE
DICE: "Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de San Rafael, ¢150.000. 702 524 1 241
30 3 Construcción del Parque La Alameda, ¢50.000.
702 525 1 241 30 3.
Construcción del Parque El Prado, ¢50.000.
702 526 1 241 30 3. Construcción
del Parque El Monte, ¢50.000."
DEBE
DECIR:
"Municipalidad de Montes de Oca, ¢150.000. Asociación de
Desarrollo Integral de la Comunidad de San Rafael, construcción del Parque La
Alameda, ¢50.000. Asociación de
Desarrollo Integral de la Comunidad de San Rafael, construcción del Parque el
Prado, ¢50.000. Asociación de
Desarrollo Integral de la Comunidad de San Rafael, construcción del Parque El
Monte, ¢50.000."
22.-
Página O.E. 77
DONDE
DICE: "Asociación
de Vecinos Harvard de Mercedes, ¢150.000. 702 554 1 241 30 3. Conclusión del
parque, ¢150.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de Montes de Oca, ¢150.000.
Asociación de Vecinos Harvard de Mercedes, conclusión del parque, ¢150.000."
23.-
Página O.E. 77
DONDE
DICE: "Asilo
de Ancianos de Santa Marta, 150.000. 700 560 1 241 23 3, construcción de la
planta física, ¢150.000."
DEBE
DECIR: "Asociación
Hogar de Ancianos de Montes de Oca. Construcción
de planta física, ¢150.000."
24.-
Página O.E. 78
DONDE
DICE: "Cruz Roja Costarricense. 632 569 1
131 31 3. Pago de servicios, materiales y suministros de la Cruz Roja de Montes
de Oca. ¢250.000."
DEBE
DECIR: "Cruz Roja Costarricense. Remodelación
del edificio de la Cruz Roja de Montes de Oca, ¢250.000."
25.-
Página O.E. 79
DONDE
DICE: "Asociación
de Vecinos Urbanización Alma Mater de Mercedes, ¢50.000.
702 579 1 241 31 3. Construcción
de la malla alrededor del parque, entubado del río que lo atraviesa y obras de
la cancha de baloncesto, ¢50.000."
DEBE
DECIR:" Municipalidad de Montes de Oca, ¢50.000.
Asociación de Vecinos Urbanización Alma Mater de Mercedes. Construcción de la
malla alrededor del parque, entubado del río que lo atraviesa y obras de
la cancha de baloncesto, ¢50.000."
26.-
Página O.E. 79
DONDE
DICE: "Asociación Autogestión de Vivienda
Vecinos Unidos, San Pedro, ¢250.000.
702 581 1 241 25 3. Compra de
terreno para proyecto de vivienda, ¢250.000."
DEBE
DECIR:
"Asociación de Vivienda Vecinos Unidos, San Pedro de Montes de Oca,
250.000. Compra de terreno para proyecto de vivienda,
¢250.000."
27.-
Página O.E. 79
DONDE
DICE: "¢200.000 COOPELIVARCA, R.L. 702 582
1 241 24 3. Compra de máquinas de coser, ¢200.000."
DEBE
DECIR:
"Universidad de Costa Rica, ¢200.000. Programa Interdisciplinario de
Estudios de Género, publicación de la revista bimestral para la divulgación
de estudios, investigaciones y pensamiento feminista, ¢200.000."
28.-
Página O.E. 85
DONDE
DICE: "Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de Guayabo. 702 662 1 241 47 37. Para
tubería de la calle Jerusalén en Granadilla Sur, Curridabat,¢40.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Granadilla Sur de Curridabat.
Para alumbrado público de la calle Jerusalén en Granadilla Sur,
Curridabat."
29.-
Página O.E. 197
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Agua Caliente."
DEBE
DECIR:
"Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de San Francisco de
Agua Caliente, Cartago."
30.-
Página O.E. 226
DONDE
DICE: "Junta Edificadora de la Iglesia de
Loaiza, ¢150.000. 702 728 1 241 31
33. Construcción de ermita ¢150.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Loaiza, ¢150.000. Para Junta Edificadora de la Iglesia de
Loaiza, ¢150.000."
31.-
Página O.E. 232
DONDE
DICE: "702 816 1 241 47 33.
Mantenimiento de la carretera Yerbabuena-Santa Clara, ¢75.000."
DEBE
DECIR: "Mantenimiento de la carretera
principal, ¢ 75.000."
32.-
Página O.E. 252
DONDE
DICE: "702 417 1 241 44 37. Para
electrificación de la Calle Zapata, ¢20.000."
DEBE
DECIR: "Arreglo
del camino a Zapata, ¢20.000."
33.-
Página O.E. 280
DONDE
DICE: "Municipalidad de El Guarco, ¢150.000.
730 231 1 242 26 33.
Expropiación de 5 manzanas de terreno en la naciente del acueducto de
Caragral, ¢150.000".
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Caragral, ¢150.000.
Compra de terreno y construcción del estadio, ¢150.000."
34.-
Página O.E. 296
DONDE
DICE: "702 271 1 241 31 38.
Club Activo 20-30, ¢150.000. Compra
de equipo y gastos administrativos, ¢150.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de Heredia, ¢150.000.
Para compra de equipo y gastos administrativos del Club Activo 20-30, ¢150.000."
35.-
Página O.E. 298
DONDE
DICE: "Asociación pro Niño Adolescente,
Adulto Excepcional, ¢100.000 637
301 1 131 31 38. Necesidades varias,
¢100.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de Heredia, ¢100.000.
Necesidades varias del Hospital San Vicente de Paúl, Heredia, ¢100.000."
36.-
Página O.E. 301
DONDE
DICE: "Centro de Salud de San Pedro, ¢200.000
731 342 1 242 21 38. Remodelación y equipo médico, ¢100.000. 669 343 1
232 21 38, necesidades varias, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de San Pedro de Barva, ¢200.000. Remodelación y equipo médico
del centro de salud, ¢100.000. Necesidades varias, centro de salud, ¢100.000."
37.-
Página O.E. 306
DONDE
DICE: "730 429 1 242 26 39. Aporte para
mejoramiento del acueducto, ¢1.000.000."
DEBE
DECIR: "Mejoras de instalaciones
deportivas, ¢1.000.000."
38.-
Página O.E. 334
DONDE
DICE: "Cámara Nicoyana de Turismo, ¢100.000.
636 422 1 131 25 47. Desarrollo del programa, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "Coopepilangosta,
R.L. Pago de deuda Cámara Nicoyana de Turismo, ¢100.000."
39.-
Página O.E. 343
DONDE
DICE: "Programa 916. Asociación de
Desarrollo Integral de la Comunidad de Comunidad.
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Carrillo."
40.-
Página O.E. 360
DONDE
DICE: "Centro Agrícola Cantonal de
Hojancha, ¢500.000. 669 873 1 132 42 47. Proyectos forestales, ¢
500.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Productores de
Viveros y Manualidades de Hojancha, ¢500.000. Desarrollo de proyectos de
Panadería, ¢500.000."
41.-
Página O.E. 388
DONDE
DICE: "730 636 1 242 30 49. Construcción
del Estadio Marciano Barrantes, ¢400.000", DEBE
DECIR: "Compra de terreno para construcción del Estadio Marciano
Barrantes, ¢400.000."
42.-
Página O.E. 405
DONDE
DICE: "Patronato Nacional de la Infancia de
Limón, ¢200.000. 664 315 1 132 23 54. Vivero de plantas ornamentales y
frutales, ¢75.000. 713 316 1 242 23 54. Taller de artesanía, ¢125.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de Limón, ¢200.000.
Junta Provincial de Protección a la Infancia. Para gastos varios, ¢75.000.
Para remodelación de la Aldea de Moín, ¢125.000."
43.-
Página O.E. 407
DONDE
DICE: "Centro Diurno para Personas de la
Tercera Edad de Limón, ¢200.000. 669 331 1 132 23 54. Para gastos varios, ¢200.000."
DEBE
DECIR: "Asociación Centro Diurno de Atención
al Anciano de Limón, ¢200.000. Para construcción del Centro Diurno, ¢200.000."
Ley
No. 7097 del 1 de setiembre de 1988
44.-
Página 73
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Tres Ríos."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de La Carpintera.
"
45.-
Página 74
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad Rosa de Turrialba. "
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Santa Rosa de Turrialba."
46.-
Página 75
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Santa Teresa."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Santa Teresita, Turrialba."
47.-Página
76
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad.
"
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Cot de Oreamuno, Cartago."
48.-
Página 77
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de San Francisco de Heredia, ¢1.000.000. 637 815 1 131 27 99.
Gastos varios, ¢1.000.000."
DEBE
DECIR:
"Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de San Francisco de
Heredia, ¢1.000.000. Pavimentación de calles del distrito, ¢1.000.000."
49.-
Página 77
DONDE
DICE: "Asociación Clubes Jardines de
Heredia, ¢300.000. 702 820 1 241 28 38. Compra de terreno para ampliación Casa
de la Cultura Alfredo González Flores,
¢300.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de Heredia, ¢300.000.
Para Clubes de Jardines de Heredia, compra de terreno, ampliación de la Casa de
la Cultura Alfredo González Flores, ¢300.000."
50.-
Página 77
DONDE
DICE: "Asociación Club Kiwanis de Heredia,
¢200.000. 702 825 1 241 31 38. Reparación del equipo de transporte de ancianos
y minusválidos del Club Kiwanis de Heredia, ¢200.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de Heredia, ¢200.000.
Reparación del equipo de transporte de ancianos y minusválidos del Club
Kiwanis de Heredia, ¢200.000."
51.-
Página 139
DONDE
DICE: "655 28. Municipalidad de Naranjo.
Compra de terreno y construcción de la casa de la cultura, ¢6.200.000."
DEBE
DECIR: "INFOCOOP (Instituto de Fomento
Cooperativo), ¢3.100.000. Para pago de deudas contraídas por Coopeagrona,
R.L., ¢500.000. Para desarrollo de seminarios cooperativa, ¢200.000. Como
aporte a Coopeagrona, R.L., para que ésta desarrolle sus programas productivos,
compra de insumos, pagos administrativos, compra de fertilizantes, financiación
de proyectos a sus asociados, ¢2.400.000. Consejo
Nacional de Desarrollo de la Comunidad: desarrollo de sus programas en el nivel
nacional, ¢100.000. Para Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo del Cantón
de Naranjo, para pago de deudas, ¢500.000. Asociación Trabajo y Estudio
(ATRAES). Desarrollo de su programa de becas, ¢500.000. Financiación de
proyectos técnicos, investigativos, comparativos, de infraestructura, ayudas a
sus asociados, ¢2.000.000."
52.-
Página 148
DONDE
DICE: "333 44. Junta Administrativa y de
Servicio Eléctrico de Cartago. Iluminación de la Autopista, entrada a Cartago,
¢15.000.000."
DEBE
DECIR: "JASEC, iluminación Plaza de la
Independencia, ¢8.000.000. Municipalidad de Cartago, obras en el río Molino,
¢1.000.000. Obras en la Plaza
de la Independencia, ¢1.500.000. Repuestos, combustibles, lubricantes, ¢3.000.000.
Parroquia María Auxiliadora, ¢1.500.000. Remodelación de iglesia y Plaza de
la Independencia."
53.-
Página 174
DONDE
DICE: "Asociación Calle El Durazno, ¢200.000.
702 458 1 241 44 9. Electrificación de la calle El Durazno, ¢200.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Ipís, ¢200.000, para el mismo fin.
54.-
Página 175
DONDE
DICE: "Asociación de Padres de la Escuela
San Antonio, ¢150.000. 702 473 1 241 20 10. Gimnasio de la escuela, ¢150.000."
DEBE
DECIR: "Junta de Educación de la Escuela
San Blas, ¢150.000. Gimnasio de la
escuela, ¢150.000."
55.-
Página 177
DONDE
DICE: "Parroquia Católica de La Guácima,
¢268.000. 637 567 1 131 31 22. Para cubrir gastos de administración y pago de
personal, ¢268.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de San Martín, Alajuela, ¢268.000. Empaste de libros de la
biblioteca pública, ¢100.000. Mejoras en las instalaciones y equipo de
oficina, biblioteca pública de Alajuela, ¢168.000."
56.-
Página 182
DONDE
DICE: "663 678 1 132 20 30. Aporte a la
Comisión pro Celebración del Cincuentenario de la Escuela República de
Colombia, ¢100.000", DEBE DECIR: "Para
la construcción de servicios sanitarios de la Escuela República de Colombia,
¢100.000."
57.-
Página 194
DONDE
DICE: "Municipalidad de Oreamuno.
730 345 1 242 80 36. Pago de
deudas JASEC, ¢90.000."
DEBE
DECIR: "Pago
de deudas del Comité de Vivienda de Potrero Cerrado con JASEC, ¢90.000."
58.-
Página 198
DONDE
DICE: "Junta Progresista de Barrio 20 de
Noviembre, ¢200.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Barrio 20 de Noviembre de Puntarenas, ¢200.000."
59.-
Página 202
DONDE
DICE: "Municipalidad de Golfito, ¢4.000.000.
730 576 1 242 47 49. Compra de maquinaria, ¢4.000.000."
DEBE
DECIR: "Instituto
Costarricense de Turismo, ¢4.000.000. Construcción de parqueo municipal en el
Depósito Libre Comercial en Golfito, ¢3.500.000.
ACODELGO. Para publicaciones,
¢500.000."
60.-
Página
288
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Santa Cruz. Compra de equipo para la cooperativa de
carniceros,(¢2.500.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Santa Cruz. Para
obras de electrificación, ¢2.500.000."
61.-
Página 334 (Numeral 84)
DONDE
DICE: "Giro No. 880397320."
DEBE
DECIR: "Giro No. 880396320."
Ley
No. 7108 del 8 de noviembre de 1988
62.-
Página 24
DONDE
DICE: "375 31. Municipalidad de Puntarenas
(Remodelación del Mercado Municipal), ¢2.900.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Trameros del Mercado
Municipal de Puntarenas. Remodelación
del Mercado Municipal, ¢2.900.000."
63.-
Página 10 (Numeral 76)
DONDE
DICE: "Unión de Asociaciones de Desarrollo
Comunal de la Zona Norte de Puntarenas, ¢500.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Costa de Pájaros de Manzanillo de Puntarenas, ¢500.000."
64.-
Página 32
"680
28. Casa de la Cultura de Ipís. Construcción de la sede, ¢750.000."
DEBE
DECIR: "680 28. Asociación Casa de la
Cultura de Ipís, Goicoechea. Para construcción de la Casa de la Cultura, ¢750.000."
65.-
Página 63
DONDE
DICE: "670 47. Municipalidad de Naranjo.
Para compra de materiales, contratación de maquinarias y equipo para
mejoras y arreglo de caminos (incluyendo, además, la emulsión asfáltica y los
materiales que son utilizados en asfaltado y lastrado de caminos, calles y
carreteras), ¢3.675.000."
DEBE
DECIR: "Asociación
Naranjeña de Vivienda, compra de materiales para desarrollo de programas de
vivienda, ayuda a familias de escasos recursos, compra de terrenos, desarrollo
de su infraestructura, ¢3.000.000. COOPECASA,
R.L. Para solucionar programas de vivienda, ¢675.000."
66.-
Página 66
DONDE
DICE: "258. Asfalto (Aporte para asfaltar 3
KM en el centro de Cóbano, 3 KM en el centro de Paquera y 1.2 KM en el Centro
de Lepanto)."
DEBE
DECIR: "184. Mantenimiento y reparación de
obras. (Aporte para asfaltar 3 KM en el centro de Cóbano, 3 KM en el centro de
Paquera y 1.2 KM en el centro de Lepanto)."
Ley
No. 7111 del 12 de diciembre de 1988
67.-
Página P.P. 106-046
DONDE
DICE: "771 30. Asociación Deportiva
Ramonense. Cancelación de obligaciones, Banco Nacional de Costa Rica, ¢2.000.000."
DEBE
DECIR: "771 30. Asociación Deportiva
Ramonense. Cancelación de obligaciones, Banco Nacional de Costa Rica y deudas
pendientes, ¢2.000.000."
68.-
Página PP 106-055
DONDE
DICE: "507-31. IFAM. Compra de maquinaria y
equipo para cantones de Heredia, ¢7.000.000."
DEBE
DECIR: "IFAM.
Compra de un retroexcavador para la Municipalidad de San Isidro de Heredia y una
vagoneta para la Municipalidad de Sarapiquí de Heredia,
¢7.000.000."
69.-
Página P.P. 112-066-1
DONDE
DICE: "2/ Adoquinamiento de calles de
Hojancha, ¢10.000.000 y adoquinamiento calles de Nandayure, ¢8.000.000."
DEBE
DECIR: "2/ Pavimento de las principales
calles de la cabecera del cantón de Hojancha, ¢10.000.000. Pavimento de las
principales calles de la cabecera del cantón de Nandayure, ¢8.000.000."
70.-
Página P.P. 113-85
DONDE
DICE: "379 20. Junta Administrativa del
Colegio Técnico Profesional de Heredia. Para
reconstrucción, ¢1.000.000." DEBE
DECIR: "379 20. Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional
de Heredia, para compra de equipo, ¢1.000.000."
71.-
Página P.P. 114.041
DONDE
DICE: "202 21. Asociación Hogares Crea de
Costa Rica. Para desarrollo de programas, ¢500.000."
DEBE
DECIR: "202 21. Club de Leones de Cartago.
Para Hogares CREA de Cartago. Desarrollo de programas, ¢500.000."
72.-
Página P.P. 130-022
DONDE
DICE: "702 435 1 241 47 22. Arreglo de
calle en Limón, La Garita, Alajuela, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "Obras varias en el Club, ¢100.000."
73.-
Página O.E. 130-005
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Hatillo 1, pro Vivienda y Ayuda Mutua."
DEBE
DECIR: "Asociación
Específica de Vivienda y Ayuda Mutua de Barrio Corazón de Jesús
Hospital."
74.-
Página O.E. 130-015
DONDE
DICE: "Asociación Nacional de Esposas de
Funcionarios de Seguridad Pública."
DEBE
DECIR: "Asociación
Nacional de Esposas y Funcionarios de Seguridad Pública."
75.-
Página O.E. 130-031
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad La Avellana."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo pro
Vivienda de San Antonio de Escazú."
76.-
Página O.E. 130-066
DONDE
DICE: "730 206 1 242 20 7. Mobiliario y
equipo del Circuito escolar número
13, ¢75.000."
DEBE
DECIR: "730
206 1 242 20 7, gastos varios, construcción del edificio del Circuito escolar número
13, ¢75.000."
77.-
Página O.E. 130-067
DONDE
DICE: "730 221 1 242 47 7. Arreglo caminos
Jocotal-Santa Marta, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "730 221 1 242 44 7. Pago de cuenta
por electrificación de Santa Marta, Vuelta de Jorco, ¢50.000."
78.-
Página O.E. 070
DONDE
DICE: "702 292 1 241 31 7. Reparación de
la iglesia Santa Marta, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "702 292 1 241 44 7. Pago de cuenta
por electrificación de Santa Marta, Vuelta de Jorco, ¢50.000."
79.-
Página O.E. 130-070
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Ojo de Agua, Vuelta de Jorco."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Específico
pro Polideportivo y Ornato de Ojo de Agua, Aserrí."
80.-
Página O.E. 130-101
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad Doña Fabiola."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
del Residencial Doña Fabiola."
81.-
Página O.E. 109
DONDE
DICE: "730 805 1 242 30 3. Arreglos Parque
La Estefana, ¢75.000."
DEBE
DECIR: "Continuación del asfaltado de
Calle La Estefana, ¢75.000."
82.-
Página O.E.130-109
DONDE
DICE: "730 813 1 242 27 3.
Construcción Centro Comunal de Barrio Saprissa, ¢300.000."
DEBE
DECIR: "Construcción de aceras, entubado y
encunetado Calle Quirós, ¢300.000."
83.-
Página O.E. 130-110
DONDE
DICE: "730 820 1 242 31 2. Mejoras de la
planta física, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "Mejoras
de la planta física Cen-Cinai Monterrey-Vargas Araya, ¢50.000."
84.-
Página O.E. 130-117
DONDE
DICE: "702 913 1 241 31 9. Proyectos
productivos, ¢300.000."
DEBE
DECIR: "637 913 1 131 31 9. Para capacitación
y gastos varios de la gerencia, ¢300.000."
85.-
Página O.E. 130-119
DONDE
DICE: "730 948 1 242 25 1. Contribución
para compra de fincas Nos. 273031 y 273487 del B.N.C.R. Para Asociación pro
Vivienda El Dorado, ¢750.000."
DEBE
DECIR: "730 948 1 242 25 1. Aporte económico
para la infraestructura de la Urbanización París, del proyecto de la Asociación
pro Vivienda El Dorado de Curridabat, ¢750.000."
86.-
Página O.E. 130-123
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de Tierras Morenas. 702 211 1 241 47 8. Arreglo de caminos, ¢250.000.
637 212 1 131 27 8. Salón comunal, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de El Guabo, ¢300.000. Para arreglo de caminos de Tierras
Morenas, ¢250.000. Salón comunal de Tierras Morenas, ¢50.000."
87.-
Página O.E. 130-123
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Pacuarillo, ¢100.000. 702 220 1 241 31 8. Para obras varias,
¢100.000."
DEBE
DECIR: "Cantón de Pérez Zeledón.
Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de General Viejo de Pérez
Zeledón, ¢100.000. Salón multiuso, La Hermosa, ¢100.000."
88.-
Página O.E. 130-124
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de Santa Elena, ¢100.000. 702 222 1 241 47 8. Para varios caminos, ¢100.000."
DEBE DECIR: "Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de Peñas Blancas, ¢100.000. Para varios
caminos en Santa Elena, ¢100.000."
89.-
Página O.E. 130-125
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Las Mercedes de Cajón, ¢300.000. 702 239 1 241 31 8. Para
ampliación del cementerio, ¢300.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de General Viejo, salón multiuso La Hermosa, ¢300.000."
90.-
Página O.E. 130-126
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Páramo. 702 254 1 241 27. Obras varias, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de San Ramón Sur, ¢100.000. Salón
multiuso, ¢100.000."
91.-
Página O.E. 130-132
DONDE
DICE: "730 341 1 242 26. Delegaciones
distritales. Mejoras del Acueducto de Higuerón, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad
de León Cortés. 730 341 1 242 26. Mejoras del acueducto de Higuerón, ¢100.000."
92.-
Página O.E. 130-132
DONDE
DICE: "730 343 1 242 20. Delegaciones
distritales. Mejoras de la Escuela de San Andrés, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de León Cortés. 730
343 1 242 20. Mejoras de la Escuela
de San Andrés, ¢50.000."
93.-
Página O.E. 130-132
DONDE
DICE: "730 344 1 242 26. Delegaciones
distritales. Proyecto alcantarillado de Llano Bonito, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad
de León Cortés. 730 344 1 242 26. Proyecto alcantarillado de Llano Bonito, ¢100.000."
94.-
Página O.E. 130-133
DONDE
DICE: "730 345 1 242 20. Delegaciones
distritales. Mejoras en la Escuela San Isidro, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de León Cortés. 730
345 1 242 20. Mejoras en la Escuela San Isidro, ¢50.000."
95.-
Página O.E. 130-133
DONDE
DICE: "730 346 1 242 26. Delegaciones
distritales. Mejoras en el acueducto de San Isidro, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad
de León Cortés. 730 346 1 242 26.
Mejoras acueducto San Isidro, ¢100.000."
96.-
Página O.E. 130-133
DONDE
DICE: "Delegaciones distritales. 730 347 1
242 26. Acueducto de San Martín, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "Municipalidad de León Cortés.
730 347 1 242 26. Acueducto de San Martín, ¢100.000."
97.-
Página O.E. 130-136
DONDE
DICE: "702 211 1 241 31 22. Construcción
de aceras, ¢100.000 ."
DEBE
DECIR: " 702 211 1 241 31 22. Asfaltado de
la calle San Juan, ¢100.000."
98.-
Página O.E. 130-137
DONDE
DICE: "702 230 1 241 48 22. Teléfono público
Desamparados Arriba, ¢75.000."
DEBE
DECIR: "Parque infantil de Calle Sibaja, ¢75.000."
99.-
Página O.E. 130-139
DONDE
DICE: "702 255 1 241 31 22. Acera de la
calle principal, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "Construcción del salón comunal,
¢50.000."
100.-
Página O.E. 130-139
DONDE
DICE: "702-256 1 241 30 22. Construcción
del salón comunal, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "637 256 1 131 27 22. Gastos varios,
¢100.000."
101.-
Página O.E. 130-142
DONDE
DICE: "637 295 1 131 31 22. Construcción
de cancha multiuso, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "637 295 1 131 31 22. Gastos varios,
¢100.000."
102.-
Página O.E. 130-142
DONDE
DICE: "702 297 1 241 27 22. Construcción
del salón comunal de Lotes Murillo, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "702 297 1 241 47 22. Asfaltado de
calle San Cayetano, en Lotes Murillo, ¢100.000."
103.-
Página O.E. 158
DONDE
DICE: "Junta Administrativa del Liceo Julián
Volio Llorente."
DEBE
DECIR: "Junta Administrativa del Instituto
Julio Acosta G., Liceo Julián Volio Llorente."
104.-
Página O.E. 159
DONDE
DICE: "Junta Administrativa del Liceo Julio
Acosta G."
DEBE
DECIR: "Junta Administrativa Instituto
Julio Acosta G., Liceo Julián Volio Llorente."
105.-
Página O.E. 130-161
DONDE
DICE: "702 501 Construcción del monumento
Garabito ¢500.000."
DEBE
DECIR: "Para obras artísticas, ¢500.000."
106.-
Página O.E. 130-161
DONDE
DICE: "702 496 1 241 31 24.
Compra de inmuebles, materiales, equipo, pago de servicios, construcción
de viviendas económicas, ¢2.500.000."
DEBE
DECIR: "Compra de inmuebles, materiales,
equipo, pago de servicios, construcción de viviendas económicas y obras
diversas, ¢2.500.000."
107.-Página
O.E.130-168
DONDE
DICE: "730 590 1 242 21 24.
Compra de terreno para el centro de salud, ¢200.000."
DEBE
DECIR: "730 590 1 242 21 24. Compra de
terreno para el centro de salud y obras diversas del comité de salud de San
Mateo, ¢200.000."
108.-
Página O.E. 130-178
DONDE
DICE: "702 731 1 241 26 30. Para pago de
derecho, proyecto de acueducto con el comité de Guarumal, para beneficiarios,
proyecto de vivienda Río Grande, ¢150.000."
DEBE
DECIR: "Pago de derechos para servicio de
agua potable, compra de tubería y otros accesorios para los beneficiarios del
proyecto de vivienda de Río Grande; todo por medio del Comité de cañería del
distrito, ¢150.000."
109.-
Página O.E. 130-179
DONDE
DICE: "637 735 1 131 31 30.
Para pago de deuda contraída, 150.000."
DEBE
DECIR: "Para pago de deudas contraídas en
la semana de la celebración del veinte aniversario de la Asociación, ¢150.000."
110.-
Página O.E. 130-182
DONDE
DICE: "702 778 1 241 31 30. Compra de vehículo,
¢200.000." DEBE DECIR: "Para
pago de deudas, ¢200.000."
111.-
Página O.E.130-189
DONDE
DICE: "730 883 1 242 20 22. Construcción
de la oficina de supervisión del MEP, ¢75.000."
DEBE
DECIR: "730 883 1 242 20 22.
Para girar a Asodema, gastos varios, ¢75.000."
112.-
Página O.E. 130-204
DONDE
DICE: "702 443 1 241 47 23. Reparación del
camino a Bella Vista."
DEBE
DECIR: "702 443 1 241 47 23. Reparación
del camino Bella Vista a San Pedro."
113.-
Página O.E. 130-206
DONDE
DICE: "702 488 1 241 48 23. Instalación
teléfono público, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "702 488 1 241 27 23. Obras varias
en La Unión, ¢50.000."
114.-
Página O.E. 130-208
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de San Rafael de Pocosol. 702 524 1 241 31 23. Obras varias, ¢70.000."
DEBE
DECIR. "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Santa Rosa de Pocosol. 702 524 1 241 27 23. Obras varias en
San Rafael de Pocosol, ¢70.000."
115.-
Página O.E. 130-211
DONDE
DICE: "Fundación para el Desarrollo
Educativo, Dirección Regional de Enseñanza de San Carlos."
DEBE
DECIR: "Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte.
"
116.-
Página O-E- 130-218
DONDE
DICE: "702 664 1 241 31 25. Obras varias,
Asociación de Actos Patrios de Alto Castro, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "702 664 1 241 31 25. Obras varias,
Asociación de El Alto de Castro, ¢100.000."
117.-
Página O.E.130-242
DONDE
DICE: "637 412 1 131 30 37.
Compra de implementos deportivos, todos los equipos, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "637 412 1 131 30 37. Electrificación
de la plaza de deportes de Tierra Blanca, ¢50.000."
118.-
Página O.E. 130-260
DONDE
DICE: "702 651 1 241 31 1. Remodelación de
tapia, ¢100.000". DEBE DECIR:
"Remodelación del convento, ¢100.000."
119.-
Página O.E. 130-260
DONDE
DICE: "Filial de Educadores Pensionados de
Cartago, ¢75.000. 702 656 1 241 31 33. Reparación de casa ¢75.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Maestros
Pensionados, ¢75.000. Reparación de la casa de maestros pensionados de
Cartago, ¢75.000."
120.-
Página O.E. 130-264
DONDE
DICE: "637 224 1 131 31 37. Ayuda a
estudiantes de la Universidad de Costa Rica, EBE
DECIR: "637 224 1 131 31 37. Ayuda a estudiantes universitarios de la
Universidad de Costa Rica, Bo. Los Solares-Paraíso, ¢50.000."
121.-
Página O.E. 130-264
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Paraíso. 637 228
11 131 31 37. Ayuda a estudiantes universitarios, ¢20.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Barrio Los Angeles, INVU. 637 228 1 131 31 37. Ayuda a
estudiantes."
122.-
Página O.E. 130-264
DONDE
DICE: "702 233 1 241 26 33. Mejoramiento de
cañería, ¢50.000.
DEBE
DECIR: "Para construcción del puesto de
salud, ¢50.000."
123.-
Página O.E. 130-267
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de San Antonio."
DEBE
DECIR: "Asociación pro Bienestar de Bo.
San Antonio."
124.-
Página O.E. 130-279
DONDE
DICE: "Junta Edificadora de la Iglesia de
Birrís."
DEBE
DECIR: "Junta Edificadora de la Iglesia de
Nuestra Señora de Ujarrás."
125.-
Página O.E. 130-282
DONDE
DICE: "Filial de Maestros Pensionados de
Paraíso, ¢50.000. 702 550 1 241 31 33. Mejoras
de la planta física, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Maestros
Pensionados, ¢50.000. Mejoras de la planta física, filial de Paraíso, ¢50.000."
126.-
Página O.E. 130-2 84
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Ribera del Río" DECIR: "Asociación Específica pro Ornato, Recreación e
Infraestructura, Barrio Ribera del Río."
127.Página
O.E. 130-298
DONDE
DICE: "702 791 1 241 47 32 Mantenimiento de
caminos vecinales de Oriente, ¢300.000."
DEBE
DECIR: "802 791 1 241 47. Mantenimiento y
reparación de caminos vecinales
Flora y Oso, ¢300.000."
128.-
Página O.E.130-309
DONDE
DICE: "637 268 1 131 30 37. Implementos
deportivos, ¢20.000."
DEBE
DECIR: "637 268 1 131 30 37. Construcción
de vestidores de la plaza de fútbol de Santa Teresita, ¢20.000."
129.-
Página O.E. 130-310
DONDE
DICE: "702 287 1 241 31 32 Materiales de
construcción, cordón y cunetas, Barrio El Poró, ¢200.000."
DEBE
DECIR: "702 287 1 241 31 32. Materiales de
construcción, cordón y cunetas, calle El Poró, ¢200.000."
130.-
Página O.E. 130-326
DONDE
DICE: "Municipalidad de Alvarado. 730 446 1
242 31 37. Compra de lote en Barrio Patalillo, persona de escasos recursos económicos,
¢80.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Pacayas. 730 446 1 242 31 37. Ayuda a personas de escasos
recursos económicos, ¢80.000."
131.-
Página O.E.- 130-327
DONDE
DICE: "730 474 1 242 47 37. Mantenimiento
de caminos Las Balsas, ¢50.000."
DEBE
DECIR: "730 474 1 242 47 37. Mantenimiento
de caminos El Presidio, ¢50.000."
132.-
Página O.E. 130-348
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de San Martín."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Corralillo. (Comité auxiliar de San Martín)."
133.-
Página O.E. 130-357
DONDE
DICE: "669 470 1 132 30 33. Agencias
Unidas, pago de pasajes, campeonato nacional (ANAFA), ¢75.000."
DEBE
DECIR: "Industrias Unidas, pago de pasaje,
campeonato nacional (ANAFA), ¢75.000."
134.-
Página O.E. 130-358
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Lagunilla de Barreal, ¢195.000." DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Específico pro Obras Comunales de
Lagunilla de Barreal, ¢195.000."
135.-
Página O.E. 130-364
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Puente Salas, Barva." DEBE DECIR: "Asociación de Desarrollo Específico pro Obras de
Puente Salas."
136.-
Página O.E.130-367
DONDE
DICE: "702 315 1 241 27 39.
Ampliación del salón comunal, ¢200.000."
DEBE
DECIR: "702
315 1 241 31 39. Construcción del
salón parroquial, ¢200.000."
137.-
Página O.E. 130-375
DONDE
DICE: "730 410 1 241.
Aporte a la Clínica Jorge Volio, compra de electro y rayos X portátil,
¢350.000."
DEBE
DECIR: "730 410 1 242 21 39.
Compra de equipo médico, ¢350.000."
138.-
Página O.E. 130-379
DONDE
DICE: "730 471 1 242 46 42.
Compra de un generador eléctrico para el asentamiento Tres Rosales, ¢150.000."
DEBE
DECIR: "730 471 1 242 26 42.
Construcción del acueducto, Asentamiento
Tres Rosales, ¢150.000."
139.-
Página O.E. 130-379
DONDE
DICE: "730 471 1 242 46 42.
Compra de máquina para hacer bloques,
Asentamiento Tres Rosales, ¢150.000."
DEBE
DECIR: "730 471 1 242 46 42.
Construcción de acueductos en el Asentamiento Tres Rosales, ¢150.000."
140.-
Página O.E. 130-381
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Ticari, Sarapiquí."
DEBE
DECIR: "Asociación de Vivienda y Bienestar
de Ticari."
141.-
Página O.E. 130-388 (Fe de erratas)
DONDE
DICE: "Comité Cantonal de Deportes ¢520.000.
669 276 1 132 30 43. Implementos
deportivos y gastos para la participación estudiantil en los Juegos Nacionales
de Heredia, ¢520.000.
DEBE
DECIR: "Universidad
de Costa Rica ¢ 520.000.
669
276 1 132 30 43. Para la erección de malla, vestidores y servicios de la
piscina. Sede Regional Guanacaste de
la U.C
.R., ¢520.000."
142.-
Página O.E.130 390
DONDE
DICE: "702 311 1 241 31 47.
Construcción de casetas, calles Bo. La Cananga,
¢100.000."
DEBE
DECIR: "702 311 1 241 31 47.
Construcción de gavetas, calles Barrio La Cananga, ¢100.000."
143.-
Página O.E. 130-410
DONDE
DICE: "702 579 1 241 43 1.
Para la compra de una bomba de irrigación para la finca de la
cooperativa, ¢2.000.000."
DEBE
DECIR: "702 597 1 241 43 1.
Para la compra de maquinaria agrícola destinada a trabajos de la
Cooperativa Agropecuaria
de Servicios Múltiples de Río Cañas, R.L., ¢2.000.000."
144.-
Página O.E. 130-419
DONDE
DICE: "Municipalidad de Tilarán.
730 723 1 242 26 44. Cañería de Las Nubes, ¢150.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la comunidad de Cabeceras de Cañas, Tilarán.
Reparación del camino Las Nubes, San Ramón. ¢150.000."
145.-
Página O.E. 130-425
DONDE
DICE: "730 819 1 242 26 43.
Acueducto de Sonzapote, ¢255.000."
DEBE
DECIR: "730 819 1 242 27 43.
Compra de terreno para el centro comunitario de La Cruz,
¢255.000."
146.-
Página O.E. 130-428
DONDE
DICE: "702 863 1 241 44 1.
Proyecto de elec-trificación de Matambuguito, ¢500.000."
DEBE
DECIR: "702 863 1 241 44 1.
Proyecto de electrificación, familias de Matambuguito y Matambú,
¢500.000."
147.-
Página O.E. 130-429
DONDE
DICE: "731 877 1 242 20 47. Para mejoras en
el centro educativo, ¢60.000."
DEBE
DECIR: "731 877 1 242 26 47.
Para construcción del acueducto de Pilangosta,
¢60.000."
148.-
Página O.E. 130-430
DONDE
DICE: "702 891 1 241 31 47.
Para obras varias en la comunidad de Santa Lucía,
¢50.000."
DEBE
DECIR: "702 891 1 241 31 47.
Para compra de una motocicleta, ¢50.000."
149.-
Página O. E. 130-430
DONDE
DICE: "702 895 1 241 59 47.
Desarrollo de proyectos productivos, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "702 895 1 241 40 47.
Compra de finca, ¢100.000."
150.-
Página O.E. 130-430
DONDE
DICE: "702 898 1 241 26 47. Mejoras del
acueducto de El Socorro, ¢50.000. 702
899 1 341 47 47. Arreglo de camino
El Socorro a San Roque, ¢190.000."
DEBE
DECIR: "702 898 1 241 40 47.
Compra de finca, ¢50.000. 702
899 1 241 40 47. Compra de finca, ¢190.000."
151.-
Página O. E. 130-431
DONDE
DICE: "731 908 1 242 30 47.
Mejoras de la plaza de deportes de Maravilla, ¢50.000."
DEBE
DECIR: " 731 908 1 242 30 47.
Mejoras en la plaza de deportes de
Hojancha-centro, ¢50.000."
152.-
Página O.E. 130-432-433
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Jicaral, Puntarenas, ¢1.000.000. Código 702 211 1 241 47
48. Mejoras y tractoreo del camino
El Balso-Río Blanco-San Ramón de Río Blanco, ¢1.000.000", DEBE
DECIR: "Asociación Jicaraleña para el Bienestar del Anciano. Para
terminar la construcción del salón comunal de Jicaral, Puntarenas, ¢1.000.000."
153.-
Página O.E. 130-432-433
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Jicaral, ¢600.000. Código 702 212 1 241 47 48. Mejoras del
camino Montaña Grande-La Ilusión-Paraíso, ¢600.000." DEBE
DECIR: "Asociación Jicaraleña para el Bienestar del Anciano, ¢600.000.
Para terminar la construcción del salón comunal de Jicaral, Puntarenas, ¢600.000."
154.-
Página O.E. 130-491
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad pro Servicios e Instalación para el Turista de Barra El
Tortuguero."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Específico
pro Servicios e Instalaciones para el Turismo de Barra El Tortuguero."
155.-
Página O.E. 130-509
DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Parismina."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo pro
Mejoras de Parismina."
156.-
Página R.P. 106-4
DONDE
DICE: "106-045. Programa Administrativo
Central. 106- 045-02.0005. DEPARTAMENTO DE CAPACITACION. 13230
1 Secretaria (e)."
DEBE
DECIR: "106-045.
Programa Administrativo Central. 106
045 02.0005. DEPARTAMENTO DE
CAPACITACION. 13230 1
Secretaria."
157.-
Página O.E. 130-231
DONDE
DICE: "Municipalidad de Guatuso. 730 858 1
241 31 39. Asociación de Mujeres de Guatuso, mobiliario y equipo de cocina,
proyectos productivos, ¢100.000."
DEBE
DECIR: "Asociación de Desarrollo Integral
de la Comunidad de Santo Domingo de El Roble, compra de mobiliario, iglesia de
Chauites, ¢100.000."
158.-
Página 23 III tomo
En el artículo 30, numeral 15, DONDE
DICE: "Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de Zapote de
Bijagua, ¢100.000. Para arreglos en el camino Zapote-Pata de Gallo, ¢100.000."
DEBE DECIR: "Asociación de
Desarrollo Integral de la Comunidad de Zapote de Bijagua, ¢100.000. Para
mejoras en el puente sobre la Quebrada Sandí, ¢100.000."
159.-
En el artículo 14, inciso 74, aparte 4,
de la ley No. 7097 del 1 de
setiembre de 1988, página 332, debe
decir de la siguiente manera: "Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
I.P. 532, ¢200.000, y la endose así: Unión Cantonal de Asociaciones de
Desarollo de Pérez Zeledón, Junta de Educación de Tinamastes, para obras
varias, ¢50.000; Junta de Educación de la Escuela de Pavones, para construcción
de aula, ¢100.000; Asociación de Desarrollo Integral de Buena Vista de Pérez
Zeledón, para construcción del redondel, ¢50.000."
Ficha articulo
ARTICULO 28.-Autorízase
el cambio de destino de las partidas específicas contenidas en las leyes
que se citan, en la forma que seguidamente se indica:
Ley No. 4945 del
24 de diciembre de 1971:
1.- Autorízase a
la Municipalidad
de Puriscal para que le varíe el destino a la partida de ¢10.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 01 029
2323 720 036, del programa 648, para construcción de la plaza de
deportes de
La Gloria , a fin de que se destine a gastos varios.
Ley No. 6305 del
27 de diciembre de 1979:
2.- Autorízase a
la Municipalidad
de Heredia para que le varíe el destino a la partida de ¢400.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 200 01 242 30, del programa 897,
para construcción del polideportivo en el Barrio El Carmen, a fin de que
se utilice en el entubado de la acequia localizada en la ciudadela Bernardo
Benavides.
Ley No. 6831 del
23 de diciembre de 1982:
3.- Autorízase a
la Municipalidad
de Alajuelita para que le varíe el destino a la partida de
¢400.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 742 del programa 900, para la guardería infantil y el
albergue para ancianos, a fin de que se destine para compra de un terreno y
para la construcción de la plaza de deportes de los distritos central y
de San Felipe.
4.- Autorízase a
la Municipalidad
de Alajuelita para que le varíe el destino a la partida de
¢300.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 754 del programa 900, para construcción de la
guardería infantil y el albergue para ancianos de Concepción de
Alajuelita, a fin de que se destine para la compra de un terreno y para la
construcción de la plaza deportes de los distritos central y de San
Felipe.
Ley No. 6936 del
27 de diciembre de 1983:
5.- Autorízase a
la Municipalidad
de Poás para que le varíe el destino a
la partida de ¢85.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor
en el código 730 212 01 242 30, del programa 908, para
construcción de una cancha de baloncesto en casa cultural, iluminación
y otros, a fin de que se utilice en el techado de la cancha de baloncesto del
Liceo de Poás.
6.- Autorízase a
la Municipalidad
de Heredia para que le varíe el destino a la partida de ¢700.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 200 01
242 47, del programa 914, para asfaltado de calles de Mercedes de Heredia, a
fin de que se utilice en el entubado de la acequia localizada en la ciudadela
Bernardo Benavides.
7.- Autorízase a
la Municipalidad
de Heredia para que le varíe el destino a la partida de ¢800.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 202 01
242 31, del programa 914, para obras y necesidades varias, a fin de que se
utilice en el entubado de la acequia localizada en la ciudadela Bernardo
Benavides.
8.- Autorízase a
la Municipalidad
de Pococí para que le varíe el destino
a la partida de ¢85.000, o al saldo que hubiere, para
electrificación de Calle El Suerre, a fin de
que se destine para la construcción del camino Suerre-Bambú.
Ley No. 6982 del
19 de diciembre de 1984:
9.- Autorízase al Concejo Municipal del Distrito
de Tucurrique, para que le varíe el destino a
la partida de ¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor
en el código 730 528 01 242 19, del programa 916, para
construcción del salón de sesiones, a fin de que se destine para
ampliación y mejoramiento del edificio municipal.
Ley No. 6995 del
24 de julio de 1985:
10.- Autorízase a
la Empresa Cooperativa
Comercia-lizadora de Productos Perecederos (ENCOOPER,
R.L.), para que le varíe el destino a la
partida de ¢2.500.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor
en el código 637 449 01 241 31, del programa 715, para aporte a Coopeflor, R.L., para programas
de capacitación de agricultores
cooperativistas de la zona de Cartago y el resto del país, a fin
de que se destine para el desarrollo de sus programas.
Ley No. 7015 del
22 de noviembre de 1985:
11.- Autorízase a
la Municipalidad
de Alajuelita para que le varíe el destino a la partida de
¢500.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 663 755 del programa 902, para el Asilo de Ancianos de
Alajuelita, a fin de que se destine para la compra de terreno y
construcción de la plaza de deportes, de los distritos central y de San
Felipe.
12.- Autorízase a
la Municipalidad
de Alajuelita para que le varíe el destino a la partida de
¢200.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 663 759 del programa 902, para la guardería infantil de
Barrio
La Macha , a fin de que se destine para la electrificación de
Barrio Linda Vista, San Josecito de Alajuelita
Ley No. 7018 del
20 de diciembre de 1985
13.- Autorízase a
la Municipalidad
de Escazú para que le varíe el destino
a la partida de ¢700.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su
favor en el código 730 539 1 242 47, del programa 901, para la compra de
una niveladora, a fin de que se destine de la siguiente forma: arreglo de
caminos, ¢550.000. Construcción de la tapia del cementerio de San
Antonio de Escazú, ¢100.000.
Construcción de
la Casa Comunal
de San Antonio de Escazú, ¢50.000.
14.- Autorízase a
la Municipalidad
de Coronado para que le varíe el destino a la partida de ¢800.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 928
1 242 26, del programa 901, para mantenimiento y reparación de
alcantarillas, a fin de que se destine para combustibles, lubricantes y
repuestos, y para reparación
de vehículos y maquinaria municipal.
15.- Autorízase a
la Municipalidad
de Coronado para que le varíe el destino a la partida de ¢100.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 948
1 242 27, del programa 901, para el salón comunal del distrito de
Jesús, a fin de que se destine a mobiliario y equipo para el
salón comunal del distrito de Jesús.
16.- Autorízase a
la Municipalidad
de Tibás para que le varíe el destino a
la partida de ¢2.000.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su
favor en el código 730 240 1 242 22, del programa 903, para compra de
recolectores, a fin de que se destinen ¢575.033,55 como aporte municipal
en crédito con el IFAM, para compra de dos recolectores de basura.
17.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de la comunidad de
Rincón de Zaragoza para que le varíe el destino a la
partida de ¢1.000.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor
en el código 702 580 1 241 47, del programa 905, para asfaltado de la
calle Jiménez y de la calle Vásquez, a fin de que se invierta en
asfaltado y anexos de la calle Jiménez y de la calle Vásquez.
18.- Autorízase al Concejo Municipal de Tucurrique para que le varíe el destino a la partida
de ¢125.000, o al saldo que
hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 546 1 242 19, del
programa 909, para conclusión del salón de sesiones, a fin de que
se destine para ampliación y mejoramiento del edificio municipal.
19.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de
La Fortuna
de Bagaces para que le varíe el destino a la partida de ¢75.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 440 1
241 44, del programa 916, para electrificación, a fin de que se utilice
en la compra de un terreno para la cancha de fútbol.
20.- Autorízase a
la Liga de
Municipalidades de Heredia para que le varíe el destino a la partida de
¢5.000.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 505 01 242 47, para caminos y obras, a fin de que se destine para
gastos administrativos y de operación.
21.- Autorízase a
la Municipalidad
de Heredia para que le varíe el destino a la partida de
(¢831.340,15, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 201 1 242 28, para construcción del monumento a la
madre, a fin de que se utilice así: para obras varias en el Parque
Central, ¢332.536,15; para construcción del monumento al artista
herediano Juan R. Chacón, ¢83.134; para obras de
urbanización en el proyecto de vivienda municipal, ¢415.670.
22.- Autorízase a
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Desarrollo de Limón para que le varíe el
destino a la partida de ¢500.000, o al saldo que hubiere, que se consigna
a su favor en el código 702 258 1 241 25, expropiación de los
terrenos de Texaco Caribean Inc. para solventar problemas de vivienda en Barrio
Roosevelt, a fin de que se le destine a
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Desarrollo del Cantón Central de Limón, para
compra de un aserradero portátil, ¢100.000; compra de materiales
para construir alcantarillas, ¢400.000.
Ley No. 7040 del
6 de mayo de 1986
23.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
La Fortuna
de Bagaces para que le varíe el destino a la partida de ¢200.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 712 1
241 44, del programa 916, para electrificación, a fin de que se destine
a compra de terreno para la cancha de fútbol.
Ley No. 7055 del
18 de diciembre de 1986
24.- Autorízase a
la Fundación
pro Vivienda de Limón para Programa de
vivienda para que le varíe el destino a la partida de ¢2.000.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 241 01
241, del programa 060, para programas de vivienda, a fin de que se le destine a
la Municipalidad
de Limón para la construcción del monumento a Cristóbal
Colón en la isla
La Uvita ,
para la celebración del V centenario del descubrimiento de
América, ¢1.500.000. A
la Junta Administrativa
del Colegio Seminario, para finalizar la construcción del gimnasio del
colegio, ¢500.000.
25.- Autorízase a
la Municipalidad
de Santa Ana para que le varíe el destino a la partida de ¢200.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 440
1 242 47, del programa 900, para asfaltado de la calle San Marcos en Piedades,
a fin de que la destine a la construcción del salón multiuso del
distrito de Piedades de Santa Ana.
26.- Autorízase a
la Municipalidad
de Montes de Oca para que le varíe el destino a la partida de
¢200.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 643 1 242 31, del programa 900, para mejoramiento y
ampliación de la planta física del Centro Monterrey-Vargas Araya,
a fin de que se destine para mejoramiento y ampliación de la planta
física del Centro Infantil CEN-CINAI, Monterrey-Vargas Araya.
27.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Higuito de Desamparados para que le varíe el destino a la partida de
¢50.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 680 1 241 30, del programa 900, para el Subcomité de
Desarrollo Comunal de Calle Valverde, para creación de parques de
juegos, a fin de que se utilice en obras varias en Calle Valverde.
28.- Autorízase a
la Cooperativa
de Vivienda de Montes de Oca (COOPEVIMOCA) para que le varíe el destino
a la partida de ¢1.000.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su
favor en el código 702 685 1 241 25, del programa 900, para
ampliación del proyecto Santa Marta y para construcción de
viviendas, a fin de que se le destine a
la Municipalidad
de Montes de Oca, ¢1.000.000.
COOPEVIMOCA, obras de infraestructura en la urbanización Santa
Marta, ¢1.000.000.
29.- Autorízase a
la Municipalidad
de Curridabat para que le varíe el destino a la partida de
¢3.000.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 761 1 242 25, del programa 900, para reubicación de
los tugurios ubicados en calles públicas, para ser trasladados a
terrenos municipales, a fin de que se destine para la reubicación de
tugurios y para programas de vivienda municipal de familias de escasos recursos
económicos, viviendas de interés social.
30.- Autorízase a
la Municipalidad
de Puriscal para que le varíe el destino a la partida de ¢900.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 815
1 242 20, del programa 900, para construcción de la biblioteca
pública, a fin de que se destine para la construcción del
edificio sede de
la Cruz Roja
de Puriscal
31.- Autorízase a
la Municipalidad
de Puriscal para que le varíe el destino a la partida de ¢400.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 816,
del programa 900, para construcción del polideportivo de Santiago
centro, a fin de que se destine para mantenimiento y reparación de ese polideportivo.
32.- Autorízase a
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Desarrollo de Pérez Zeledón para que le
varíe el destino a la partida de ¢800.000, o al saldo que hubiere,
que se consigna a su favor en el código 702 968 1 241 30, del programa
900, para construcción de un bulevar, a fin de que se destine
así: ¢500.000 para Coopemadereros, R.L., para alcantarillado de veinte metros en el lote
ubicado en Barrio Villa Ligia, y para
la Junta Administrativa
del Colegio Técnico Profesional de Pérez Zeledón, para
construcción de la acera que va al colegio, ¢300.000.
33.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Salitrillos de Aserrí, para que le
varíe el destino a la partida de ¢50.000, o al saldo que hubiere,
que se consigna a su favor en el código 637 219 1 131 31, del programa
902, para alumbrado público y reparación de la
cañería de Barrio Los Retana de Salitrillos, a fin de que se
utilice para gastos varios.
34.- Autorízase a
la Municipalidad
de Goicoechea para que le varíe el destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el el código 730 313 1 242 47, del programa 902, para
aceras de
la Escuela Juan
Flores, a fin de que se utilice en la compra de mesas y sillas para los
niños de esa escuela.
35.- Autorízase a
la Municipalidad
de Alajuelita para que le varíe el destino a la partida de
¢250.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 467 1 242 23, del programa 902, para construcción del
Centro Diurno de Ancianos, a fin de que se destine para compra de terreno y
construcción de la plaza de deportes de los distritos central y de San Felipe.
36.- Autorízase a
la Junta de
Educación de
la Escuela Bartolomé
Androvetto, para que le varíe el destino a la
partida de ¢20.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en
el código 664 595 1 132 47, del programa 906, para arreglo del camino
Roldán, a fin de que se
utilice en la reparación de
la Escuela Bartolomé
Androvetto.
37.- Autorízase a
la Municipalidad
de Upala para que le varíe el destino a la partida de ¢250.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 570 1
242 44, del programa 908, para extensión del servicio eléctrico
desde Upala hasta la escuela de
La Verbena , a fin de que se destine para arreglo del camino campo de
aterrizaje
La Verbena-Llano Azul
de Upala.
38.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Peralta para que le varíe destino a la partida de ¢150.000, o al
saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 265 1 241
47, del programa 910, para construcción paso Río Lajitas, camino
centro de Peralta-Torito, a fin de que se destine para la reparación de
caminos vecinales en el asentamiento campesino de Guaitil
de Peralta.
39.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de El Yas para que le varíe el destino a la partida de ¢75.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 575 1
241 28, del programa 910, para compra de un órgano libre de impuestos
para uso del templo católico, a fin de que se destine a la compra de
zinc para el techado del salón parroquial de El Yas.
40.-Autorízase
a
la Municipalidad
de Santa Bárbara para que le varíe el destino a la partida de
¢500.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 353 1 242 31, del programa 914, para compra de un
vehículo rural, a fin de que se utilice en la construcción del
edificio de
la Guardia Rural
del centro.
41.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Cañas Dulces para que le varíe el destino a la partida de
¢50.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 637 221 1 131 48, del programa 916, para instalación del
teléfono público de Irigaray, a fin de
que se utilice para terminar la capilla de Irigaray.
42.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Cañas Dulces para que le varíe el destino a la partida de
¢50.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 637 222 1 131 48, del programa 916, para instalación de un
teléfono público en Buena Vista, a fin de que se utilice en obras
varias, plaza de fútbol de
Buena Vista.
43.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Arado para que le varíe el destino a la partida de ¢25.000, o al
saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 637 408 1 131
31, del programa 916, para gastos varios del vivero forestal, a fin de que se
utilice en obras varias.
44.- Autorízase a
la Municipalidad
de Hojancha para que le varíe el destino a la partida de ¢175.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 729
1 242 30, del programa 916, para electrificación de San Gerardo-La
Libertad, a fin de que se utilice en la electrificación desde el colegio
hasta
La Libertad
de Hojancha.
45.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de El Progreso de Agua Buena para que le varíe destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 511 1 241 31, del programa 918, compra de un lote para la
cancha de fútbol y compra de tubos para cañería, a fin de
que sea utilizada en la siguiente forma:
para arreglo de la plaza de fútbol en Agua Buena, ¢50.000;
para el salón comunal de Agua Buena, ¢50.000.
46.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Siquirres para que le varíe destino a la partida de ¢1.000.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 422
1 241 47, del programa 920, para reparación, compra de repuestos y
lubricantes, equipo del MOPT en Siquirres, a fin de que se utilice en mejoras
en las calles de los Barrios San Rafael y San Martín.
47.- Autorízase a
la Municipalidad
de Limón para que le varíe el destino a la partida de
¢130.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 663 214 1 132 23, del programa 924, para
la Asociación Mujer
y Familia, para cursos de capacitación, a fin de que se le destine a
la Asociación
Limonense de Servicios Turísticos y
Culturales, para gastos administrativos.
48.- Autorízase a
la Municipalidad
de Matina para que le varíe el destino a la partida de ¢30.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 663 480 1
132 23, del programa 924, para
la Asociación
Protectora del Niño Excepcional del
Cantón de Matina, a fin de que se le destine a
la Junta de
Educación de
la Escuela
de Bataán, para construcción de un aula
diferenciada en esa escuela.
49.- Autorízase a
la Municipalidad
de Guatuso para que le varíe el destino a la partida que se consigna a su favor en el
código 730 715 1 242 31, para compra de vehículos para el
servicio municipal, o al saldo que hubiere, a fin de que pueda invertirla en
obras varias del municipio.
50.- Autorízase a
la Liga de
Municipalidades de Heredia para que le varíe el destino a la partida de
¢225.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 663 305 1 132 30, del programa 914, para contratación de
servicios técnicos para los Juegos Nacionales de Heredia, a fin de que
se utilice en electrificación de la calle Pancho Sandoval, en Llorente
de Flores de Heredia.
Ley No. 7083 del
25 de agosto de 1987:
51.- Autorízase a
la Junta Administrativa
del Colegio Nocturno Braulio Carrillo de Tibás
para que le varíe el destino a la partida de ¢1.000.000, o al saldo
que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 244 1 242 20,
del programa 902, para las escuelas del cantón, a fin de que se destine
para la construcción de la planta física de
la Escuela Cuatro
Reinas de Tibás.
52.- Autorízase a
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Grecia para le varíe el destino a la partida de
¢72.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 388 01 241 31, del programa 903, compra de una moto para
DINADECO, a fin de que se utilice en la compra de una computadora para la
oficina de DINADECO en Grecia.
53.- Autorízase a
la Liga de
Municipalidades de Heredia para que le varíe el destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 648 01 242 31, del programa 903, para contratación de
planes constructivos para mejoras en el mercado municipal de Heredia, a fin de
que se destine para la ampliación de la calle Pancho en Barrio Los Angeles, Llorente de Flores de Heredia.
54.- Autorízase a
la Municipalidad
de Golfito para que le varíe el destino a la partida de ¢360.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 739 01
242 22, del programa 903, compra de terreno para el relleno sanitario en
Río Claro, a fin de que sea utilizada en la siguiente forma: lastrado
del camino Acapulco, ¢55.000, y campo santo y una trocha para el relleno
sanitario, ¢100.000.
55.-Autorízase
a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad Santa
Elena para que le varíe el destino a la partida de ¢50.000, o al
saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 668 01
241 31, del programa 914, para alumbrado de la calle desde el salón
comunal hasta la calle Llorente de Flores, a fin de que se utilice en obras
varias.
56.- Autorízase a
la Junta de
Educación de
la Escuela Simón
Bolívar para que le varíe el destino a la partida de
¢225.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 472 01 241 20, para mejoras en la planta física, a fin
de que se utilice en la construcción de aulas para el jardín de
niños.
Ley No. 7089 del
18 de diciembre de 1987:
57.- Autorízase a
la Municipalidad
de Palmares para que le varíe el destino a la partida de ¢600.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 663 291
01 132 31, del programa 765, para el Comité Centenario de Cantonato, a fin de que se invierta en obras diversas de
desarrollo comunal.
58.- Autorízase a
la Dirección General
Forestal para que le varíe el destino a la partida de
¢3.199.902,60, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 731 400 01 242 42, del programa 889, para el pago de la hacienda
La Catalina , según el decreto ejecutivo No. 17390-MAG-S, a fin
de que se destine para el pago de mejoras de tierras de la zona protegida por
el decreto No. 17390-MAG-S.
59.- Autorízase a
la Municipalidad
de San José para que le
varíe el destino a la partida de ¢150.000, o al saldo que hubiere,
que se consigna a su favor en el código 663 250 1 132 31 6, del programa
900, para el Club de Leones de Zapote, para gastos
varios, a fin de que se utilice en un programa de asistencia social.
60.- Autorízase a
la Junta de
Educación de
la Escuela Central
de San Sebastián para que le varíe el destino a la partida de
¢135.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 731 314 1 242 20 6, del programa 900, para obras y
mejoras de la biblioteca, a fin de
que se utilice en la compra de
mobiliario y en obras de infraestructura.
61.- Autorízase a
la Cruz Roja
Costarricense, Comité Central de Golfito, para que le varíe el
destino a la partida de ¢300.000, o al saldo que hubiere, que se consigna
a su favor en el código 700 428 1 241 31 49, del programa 900, para
construcción del edificio, a fin de que sea utilizada en la compra de
una ambulancia.
62.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de San Juan de Dios de Desamparados para que le varíe el destino a la
partida de ¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en
el código 702 566 1 241 31 7, del programa 900, para el Comité
Obras Específicas, Calle Máquinas, construcción de una
gruta para
la Virgen de
La Concepción , a fin de que se utilice para arreglo de la calle
común No. 2.
63.- Autorízase a
la Municipalidad
de Puriscal para que le varíe el destino a la partida de ¢900.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 765
1 242 20 2, del programa 900, para construcción del edificio de
la Biblioteca Pública
, a fin de que se destine para la compra de materiales de construcción
para el edificio sede de
la Cruz Roja
, ¢100.000, compra de terreno para la cancha de deportes de Túfares, ¢100.000; compra de zinc para el
salón parroquial de Desamparaditos, ¢50.000; construcción
del acueducto de Guarumal, ¢50.000;
publicaciones, ¢200.000; compra de combustibles para obras varias de
la Municipalidad
de Puriscal, ¢400.000.
64.-Autorízase
a
la Municipalidad
de Puriscal para que le varíe el destino a la partida de ¢500.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 766
1 242 30 2, del programa 900, para construcción del paso peatonal y
reparación del parque, a fin de que se destine para la compra de
materiales y para mantenimiento del parque, ¢500.000.
65.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Específico pro Polideportivo y
Ornato de Ojo de Agua, Aserrí, para que le
varíe el destino a la partida de ¢100.000, o al saldo que hubiere
que se consigna a su favor en el código 702 915 1 241 30 7, del programa
900, para
la Junta Pastoral
de Ojo de Agua, compra de terreno para la capilla, a fin de que se utilice en
la construcción de la capilla.
66.- Autorízase a
la Municipalidad
de Goicoechea para que le varíe el destino a la partida de
¢2.000.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 200 1 24 2 47, del programa 902, para arreglo y
construcción de calles, a fin de que se destinen ¢1.500.000 para
compra de recolectores de basura.
67.- Autorízase a
la Municipalidad
de Alajuelita para que le varíe el destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 311 1 242 30 2, del programa 902, para enzacatado del campo
de deportes de San Josecito, a fin de que se destine
para obras varias, campo de deportes de San Josecito
68.- Autorízase a
la Municipalidad
de Alajuelita para que le varíe el destino a la partida de
¢150.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 312 1 242 47 2, del programa 902, para apertura y tratamiento
asfáltico de la calle de entrada al campo de deportes de San Josecito, a fin de que se destine para obras varias, campo
de deportes de San Josecito
69.- Autorízase a
la Asociación
pro Hospital México para que le varíe
el destino a la partida de ¢2.500.000, o al saldo que hubiere, que se
consigna a su favor en el código 702 389 1 241 21 1, del programa 902,
para compra de una unidad de control y diagnóstico de enfermedades
cardíacas, sistema de prueba esfuerzo, marca Spalcelab,
modelo ICR, a fin de que se destine a compra de equipo médico para
diagnóstico de enfermedades cardiovasculares (Unidad de Ecocardiografía).
70.- Autorízase a
la Municipalidad
de Moravia para que le varíe el destino a la partida de ¢100.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 440 1 242 26 10, del programa 902, para alcantarillado de la calle El
Quebrador, a fin de que se destine para encunetado en
la calle El Quebrador.
71.- Autorízase a
la Municipalidad
de Moravia para que le varíe el destino a la partida de ¢150.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 442 1
242 30 10, del programa 902, para
la Junta Administrativa
del Estadio de Moravia, compra de una bomba de agua, a fin de que se destine
para
la Junta Administrativa
del Estadio de Moravia, para mejoramiento y mantenimiento del alumbrado
eléctrico del Estadio.
72.- Autorízase a
la Municipalidad
de Montes de Oca para que le varíe el destino a la partida de
¢150.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 473 1 242 47 3, del programa 902, para la ampliación
del puente Santa Marta y Granadilla, a fin de que se destine para la construcción
de acera y cordón en Santa Marta y Granadilla.
73.- Autorízase a
la Municipalidad
de Montes de Oca para que le varíe el destino a la partida de
¢75.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 663 492 1 132 31 3, del programa 902, para el Comité de
Señoras de San Rafael-Salitrillos, para la realización de la
fiesta de navidad de niños pobres de la comunidad, a fin de que se
destine para el Comité de Señoras de San Rafael-Salitrillos, para
la realización de la fiesta de navidad y para la compra de material
didáctico y uniformes escolares para niños pobres del distrito.
74.- Autorízase a
la Municipalidad
de Montes de Oca para que le varíe el destino a la partida de
¢250.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 512 1 242 47 3, del programa 902, para el Comité de
Calle Vargas Calvo, para reparación y asfaltado de
la Calle Vargas
Araya, a fin de que se destine para el Comité de Calle Vargas Calvo,
para reparación y asfaltado de
la Calle Vargas
Calvo.
75.- Autorízase a
la Junta de
Educación de
la Escuela
de Barrio Pinto para que le varíe el destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 731 536 1 242 20, del programa 902, para compra de mobiliario
para la biblioteca, a fin de que se destine para la reparación de la
planta física.
76.- Autorízase a
la Junta de
Educación de
la Escuela
de Barrio Pinto para que le varíe el destino a la partida de
¢250.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 731 537 1 242 20 3, del programa 902, para compra de pupitres, a
fin de que se destine para reparaciones de la planta física.
77.- Autorízase a
la Municipalidad
de Dota para que le varíe el destino a la partida de ¢200.000, o al
saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 633 1 242
23 4, del programa 902, compra de terreno para construir el centro de
educación y nutrición de Santa María, a fin de que se
destine para la reparación del edificio del centro de educación y
nutrición de Santa María.
78.- Autorízase a
la Municipalidad
de Tibás para que le varíe el destino a
la partida de ¢500.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor
en el código 730 407 1 242 31 10, del programa 902, para compra de un retroexcavador, a fin de que se destinen ¢192.572,15
para la compra de maquinaria pesada, y ¢124.966,65 como 6tgnbaporte
municipal en crédito con el IFAM, para compra de dos recolectores de
basura.
79.- Autorízase a COOPEALIANZA, R.L. para que le varíe el destino a la partida de
¢500.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 932 1 241 31 8, del programa 902, para construcción de
hogares CREA en San Isidro de El General, a fin de que se le asignen
¢200.000 al Comité Cantonal de Deportes de Pérez
Zeledón, para la vuelta ciclística 1989, y ¢300.000 a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de
La Hermosa
de General Viejo de Pérez Zeledón, para construcción de un
salón multiuso.
80.-Autorízase
a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Desamparados para que le varíe el destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 220 1 241 44 22, del programa 904, para electrificación
del cementerio, a fin de que se destine para obras varias en el campo deportivo
del centro.
81.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Fraijanes para que le varíe el destino a la partida de ¢150.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 274
1 241 47, del programa 904, para construcción de puentes sobre el
río El Poás, sector El Pedregal, a fin
de que se destine para mejoras de
la Escuela
de Fraijanes y construcción de la delegación.
82.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Tambor de Alajuela para que le varíe el destino a la partida de
¢150.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 288 1 241 47 22, del programa 904, para asfaltado de
vía, a fin de que se destine para asfaltado, alcantarillado de potables
y pluviales y aceras.
83.- Autorízase a Coope
San Ramón, R.L. para que le varíe el
destino a la partida de ¢2.900.000, o al saldo que hubiere, que se
consigna a su favor en el código 702 501 1 241 25 24, del programa 904,
para compra de inmuebles, materiales, equipos, pago de servicios y
construcción de viviendas económicas, a fin de que se utilice en
la compra de inmuebles, materiales, equipos, pago de servicios, construcción
de viviendas económicas y obras diversas.
84.- Autorízase a Coope
San Ramón, R.L. para que le varíe el
destino a la partida de ¢350.000, o al saldo que hubiere, que se consigna
a su favor en el código 702 506 1 241 28 24, del programa 904, para
construcción del monumento a Garabito, a fin de que se utilice para
obras artísticas.
85.- Autorízase a
la Municipalidad
de Atenas para que le varíe el destino a la partida de ¢150.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 637 667 1
131 28 22, del programa 904, para promoción de actos culturales, a fin
de que se destine para gastos de
la Cuarta Feria
Artesanal de Atenas.
86.- Autorízase a
la Junta Administrativa
del Colegio Agropecuario de Upala para que le varíe el destino a la
partida de ¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en
el código 731 773 1 242 20, del programa 906, para construcción
de un taller agrícola, a fin de que se utilice en la compra de tubo
galvanizado para conclusión de la malla protectora frente al colegio.
87.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de
La Virgen de
Los Chiles para que le varíe el destino a la partida de ¢100.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 784 1
241 48 2, del programa 906, para instalación de un teléfono
público, a fin de que se destine a gastos varios de
la Asociación.
88.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de las Comunidades de Ceiba, Cascajal y Parcelas para
que le varíe el destino a la partida de ¢100.000, o al saldo que
hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 822 1 241 27, del
programa 906, para arreglo y construcción del salón comunal, a
fin de que se destine para obras varias.
89.- Autorízase a
la Junta Administrativa
del Colegio Nocturno de Cartago para que le varíe el destino a la
partida de ¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en
el código 664 351 1 132 20 37, del programa 908, para ayuda al comedor
estudiantil, a fin de que se destine en la
compra de materiales y en gastos varios en
la Biblioteca
del Colegio Nocturno de Cartago.
90.- Autorízase a
la Junta de
Educación de
la Escuela Calle
Volio para que le varíe el destino a la
partida de ¢300.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en
el código 732 649 1 242 20 1, del programa 908, para construcción
de aulas y compra de material didáctico, a fin de que se destine para la
reconstrucción del aula vieja, compra de pupitres, y para realizar
mejoras en la escuela, construir la tapia y comprar material didáctico.
91.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de
La Carpintera para que le varíe el
destino a la partida de ¢25.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a
su favor en el código 637 777 1 131 27 37, del programa 908, para
arreglo del salón multiuso, a fin de que se destine para
construcción de un quiosco multiuso.
92.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de los Barrios del Sur, Las Américas, Haciendita y Clorito Picado para que
le varíe el destino a la partida de ¢500.000, o al saldo que
hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 326 1 241 26 32,
del programa 910, para materiales de construcción y tanque de
almacenamiento de agua potable, a fin de que se destine para el asfaltado de la
calle entre
la Escuela
de Enseñanza Especial y
la Escuela Las
Américas, ¢200.000; compra de materiales, construcción de
campos de juegos escolares, escuelas Las Américas y de Enseñanza
Especial de Turrialba, ¢300.000.
93.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Peralta para que le varíe el destino a la partida de ¢500.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 366 1
241 47 32, del programa 910, para materiales de construcción de vados,
camino Peralta-San Ramón, a fin de que se utilice en la
reparación y mantenimiento del camino vecinal desde el centro de Peralta
hasta Santa Teresita, en el cantón de Turrialba.
94.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Tres Equis para que le varíe el destino a la partida de ¢20.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 417
1 241 44 37, del programa 910, para electrificación de la calle Zapata,
a fin de que se destine para mantenimiento del camino Zapata.
95.- Autorízase a
la Junta de
Educación de
la Escuela Monseñor
Sanabria para que le varíe el destino a la partida de ¢50.000, o al
saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 731 802 1 242
20 37, del programa 910, para construcción del tanque de almacenamiento
de agua potable, a fin de que se destine para compra de pupitres.
96.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Santa Clara, El Guarco, para que le varíe el destino a la partida de
¢75.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 276 1 241 40 33, del programa 912, para el pago de un
almácigo de cabuya, a fin de que se destine para arreglo de caminos.
97.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Santa Clara, El Guarco, para que le varíe el destino a la partida de
¢150.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 277 1 241 44 33, del programa 912, para
electrificación, a fin de que se destine para arreglo de caminos.
98.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de 27 de Abril para que le varíe el destino a la partida de
¢350.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 428 1 241 21 43, del programa 916, para construcción
de casa para el médico, a fin de que se destine para la
construcción del centro de nutrición de 27 de Abril.
99.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Marbella para que le varíe el destino a la partida de ¢275.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 455
1 241 44 43, del programa 916, para pago de la deuda con el Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, por electrificación, a fin de que se destine para la
reparación de caminos y puentes.
100.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de San Juanillo para que le varíe el destino a la partida de ¢
250.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código
702 470 1 241 44 43, del programa 916, para pago de la deuda con el Banco
Popular y de Desarrollo Comunal, por electrificación, a fin de que se
destine para construcción del acueducto.
101.- Autorízase a
la Municipalidad
de Nandayure para que le varíe el destino a la partida de ¢400.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 773
1 242 44 47, del programa 916, para electrificación rural de la
comunidad de Puerto Viejo, San Pablo, a fin de que se utilice para diversas
obras comunales en la comunidad de Puerto Viejo de San Pablo de Nandayure.
102.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de San Pedro de Nandayure para que le varíe el destino a la partida de
¢400.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 784 1 241 44 47, del programa 916, para la ampliación
de la electrificación rural, a fin de que se utilice en la
reparación del camino San Roque, San Pedro, El Socorro, y obras varias
en estas comunidades.
103.- Autorízase a
la Municipalidad
de Hojancha para que le varíe el destino a la partida de ¢500.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 844
1 242 44 47, del programa 916, para electrificación de San Gerardo,
La Libertad , a fin de que se utilice en la electrificación de
El Colegio-La Libertad de Hojancha.
104.- Autorízase a
la Municipalidad
de Montes de Oro para que le varíe el destino a la partida de
¢700.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 465 1 242 47 52, del programa 918, para compra de un retroexcavador, a fin de que se utilice en la compra de
materiales y en mano de obra para construcción de cordón y
caño en Miramar.
105.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Miramar para que le varíe el destino a la partida de ¢250.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 637 484 1
131 20 52, del programa 918, para Programa Dep. Recu.
y Recreac. Escuela de
Enseñanza Especial de Puntarenas, a fin de que se utilice en el comedor
estudiantil del Liceo de Miramar.
106.- Autorízase a
la Municipalidad
de Coto Brus para que le varíe el destino a la partida de ¢200.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 615
1 242 26 49, del programa 918, para construcción de
cañería en Barrio Orotina, a fin de que sea utilizada para la
reparación del camino de Barrio Orotina.
107.- Autorízase a
la Municipalidad
de Coto Brus para que le varíe el destino a la partida de ¢150.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 616
1 242 30 49, del programa 918, para iluminación de la plaza de
fútbol de Copa Buena, a fin de que sea utilizada para arreglo de la
plaza de deportes de Copa Buena.
108.- Autorízase a
la Municipalidad
de Coto Brus para que le varíe el destino a la partida de ¢50.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 624
1 242 27, del programa 918, para compra de un lote comunal en Santa Marta de
Agua Buena, a fin de que sea destinada a la compra de materiales para
construcción del salón comunal en Santa Marta de Agua Buena.
109.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Pueblo Nuevo de Parrita para que le varíe el destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 677 1 241 44 52, del programa 918, para
electrificación en la comunidad de Pocaritos,
a fin de que sea utilizada en la construcción del puente Pocaritos.
110.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de Lepanto para que le varíe el destino a la
partida de ¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en
el código 637 236 1 131 20 44, del programa 920, para reparación
de la planta física de la escuela de Jicaral, a fin de que se destine
para construcción del salón comunal de Lepanto de Puntarenas.
111.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Siquirres para que le
varíe el destino a la partida de ¢75.000, o al saldo que hubiere,
que se consigna a su favor en el código 637 485 1 131 27 55, del
programa 920, para compra de combustible, a fin de que se utilice en gastos
varios.
112.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Sixaola
para que le varíe el destino a la partida de ¢100.000, o al
saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 564 1 241
20 54, del programa 924, para construcción de la escuela de Isla Grande
de Daytonia, a fin de que se destine para
construcción de la escuela de Celia.
113.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Batáan para que le varíe el destino
a la partida de ¢200.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su
favor en el código 702 588 1 241 25 54, del programa 924, compra de
terreno para familias de escasos recursos económicos, a fin de que se
destine para compra de mobiliario del salón comunal de Batáan, ¢100.000; y para finalizar la
construcción del salón comunal de Batáan,
¢100.000.
114.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de San Juan de Valverde Vega para que le varíe el destino a la partida
de ¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 688 1 241 27 55, a
fin de que sea utilizada en la construcción de aceras en el tramo que
une el cruce de la carretera principal Naranjo-Sarchí,
hasta el salón comunal de San Juan de Valverde Vega.
115.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Juan Viñas para que le varíe el destino a la partida de
¢10.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 637 216 1 131 23 37, del programa 910, para gastos varios del
Centro de Nutrición de Santa Marta, a fin de que se destine para gastos
varios de la escuela de Santa Marta.
116.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Cervantes para que le varíe el destino a la partida de ¢50.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 593
1 241 21 37, del programa 910, para ampliación del puesto de salud de
Cervantes, a fin de que se destinen ¢25.000 para obras varias del puesto
de salud de Cervantes, y ¢25.000 para ayuda a estudiantes de escasos
recursos económicos de Cervantes.
117.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de Quebrada de Ganado para que le varíe el
destino a la partida de ¢150.000, o al saldo que hubiere, que se consigna
a su favor en el código 637 790 del programa 918, para un programa
cantonal de capacitación y educación para el desarrollo, a fin de
que se utilice en compra de terreno para un programa productivo femenino.
Ley No. 7097 del
18 de agosto de 1988
118.- Autorízase a
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Desarrollo de Puriscal
para que le varíe el destino a la partida de ¢900.000, o al
saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 315 1 241
31 2, del programa 922, para construcción del edificio sede de
la Cruz Roja
de Puriscal, a fin de que se destine a contribución para la compra de
una motoniveladora para
la Municipalidad
de Puriscal.
119.- Autorízase a
la Municipalidad
de Santa Ana para que le varíe el destino a la partida de ¢300.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 450
1 242 25 1, del programa 922, para
la Asociación
de Vivienda de Santa Ana, para adelanto de la compra de la finca Lagos de Lindora, propiedad del Banco Nacional de Costa Rica, a fin
de que se destinen ¢150.000 para ese fin y ¢150.000 a obras de
infraestructura del proyecto de urbanización de
la Asociación
de Desarrollo Específico y Mejoramiento Habitacional de Santa Ana.
120.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Palmichal de Acosta para que le varíe el destino a la partida de
¢150.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 464 1 241 27 1, del programa 922, para iniciar la
construcción del salón comunal de San Pablo de Palmichal, a fin
de que se destine a compra del terreno para construir el salón comunal e
iniciar su edificación en San Pablo de Palmichal de Acosta.
121.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Siquirres para que le
varíe el destino a la partida de ¢500.000, o al saldo que hubiere,
que se consigna a su favor en el código 702 676 1 241 25, del programa
922, para un programa de vivienda, a fin de que se destine para ayudas a
familias de escasos recursos.
122.- Autorízase a
la Municipalidad
de Palmares para que le varíe el destino a la partida de ¢200.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 687
1 242 47 24, del programa 922, para obras y actividades conmemorativas del
centenario del cantón de Palmares, a fin de que se invierta en obras
diversas de desarrollo comunal.
123.- Autorízase a Coopecolorado
de Potrero Grande para que le varíe el destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 637 538 1 131 31 49, del programa 923, para reparación y
compra de repuestos, a fin de que se traslade a
la Asociación
de Desarrollo de Los Naranjos de Potrero Grande, Buenos Aires, para obras
varias de Coope Exito, R.L. en Colorado, Potrero Grande.
124.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Miramar para que le varíe el destino a la partida de ¢300.000, o
al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 551,
del programa 923, para diseño de la infraestructura del campo deportivo,
a fin de que se utilice en un programa de embellecimiento del parque infantil.
125.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Río Claro para que le varíe el destino a la partida de
¢500.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 582 1 241 26 49, del programa 923, para el acueducto de
La Esperanza-Río Claro ,
a fin de que se traslade a Coopeguaycará, R.L., para mantenimiento de once hectáreas de cacao.
126.- Autorízase a
la Municipalidad
de Moravia para que le varíe el destino a la partida de ¢1.800.000,
o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 730 282
1 242 31, del programa 903, compra de cemento para arreglo de la calle
La Huesera ,
La Isla , a fin
de que la destine a asfaltado de la calle
La Isla.
127.- Autorízase a
la Municipalidad
de Sarapiquí para que le varíe el
destino a la partida de ¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna
a su favor en el código 702 203 1 131 30, del programa 914, para un
proyecto de electrificación y gastos varios en los asentamientos Pablo Presbere, a fin de que se destine a gastos varios en el
asentamiento Pablo Presbere.
Ley No. 7108 del
8 de noviembre de 1988:
128.- Autorízase a
la Municipalidad
de San Isidro de Heredia para que le varíe el destino a la partida de
¢250.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 472 1 241 47 38, del programa 914, para asfaltado de la
calle, deuda con
la
Asociación Interinstitucional de
Heredia, Municipalidad de San Isidro, a fin de que
la Municipalidad
de San Isidro de Heredia la utilice en asfaltado de la calle Chaves, deuda con
la
Asociación Interinstitucional de
Heredia, ¢200.000. Municipalidad de San Isidro de Heredia, reparaciones
capilla María Auxiliadora, Calle Chaves, ¢ 50.000.
129.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de Puerto de Viejo para que le varíe el destino a
la partida de ¢250.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor
en el código 702 717 1 241 44 42, del programa 914, para
electrificación del asentamiento Pablo Presbere,
a fin de que se utilice en la construcción del acueducto.
130.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Puerto de Viejo, finca Tres Rosales, para que le varíe el destino a
la partida de ¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor
en el código 702 719 1 241 27 42, del programa 914, para obras varias, a
fin de que se utilice en la construcción del acueducto del asentamiento
Tres Rosales.
131.- Autorízase a
la Municipalidad
de Corredores para que le varíe el destino a la partida de
¢250.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 663 720 1 132 30, del programa 923, para gastos de la vuelta
ciclística, a fin de que sea utilizada para cancelar deudas pendientes
de la vuelta ciclística en ese cantón.
Ley No. 7111 del
12 de diciembre de 1988:
132.- Autorízase a
la Junta de
Educación de
la Escuela Central
de San Sebastián para que le
varíe el destino a la partida de ¢135.000, o al saldo que hubiere,
que se consigna a su favor en el código 731 314 1 242 20 6, del programa
900, para obras y mejoras, a fin de que se utilice en obras y mejoras del
centro educativo.
133.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Orosi para que le varíe el destino a la
partida de ¢150.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en
el código 702 318 1 241 25 33, del programa 912, compra de tierras para
vivienda, segunda etapa, a fin de que se destine a compra de tierras para la
cuarta etapa.
134.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Orosi para que le varíe el destino a la
partida de ¢150.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en
el código 702 339 1 241 25 33, del programa 912, para el Comité pro Vivienda Orosi, tercera
etapa, materiales, a fin de que se destine para compra de tierras, cuarta
etapa.
135.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Barrio El Carmen, Dulce Nombre de Tres Ríos, para que le varíe
el destino a la partida de ¢500.000, o al saldo que hubiere, que se
consigna a su favor en el código 600, del programa 912, para compra de
implementos deportivos, a fin de que se destine para construcción del
salón comunal y de la guardería infantil.
136.- Autorízase a
la Municipalidad
de Montes de Oro para que le
varíe el destino a la partida de ¢100.000, o al saldo que hubiere,
que se consigna a su favor en el código 663 446 1 132 31 52, del
programa 922, para gastos varios, a fin de que se utilice en obras de
mejoramiento en Bo. El Guapinol.
137.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Palmital
para que le varíe el destino a la partida de ¢100.000, o al
saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 457 1 241
47 99, del programa 922, para arreglo de la trocha Palmital
Bajo Caliente, a fin de que se utilice en gastos varios.
138.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de San Buenaventura para que le varíe el destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 702 461 1 241 47 99, del programa 922, para el camino San
Buenaventura-Zagala-Cabuyal, a fin de que se utilice
en gastos varios.
139.- Autorízase a
la Municipalidad
de Limón para que le varíe el destino a la partida de
¢100.000, o al saldo que hubiere, que se consigna a su favor en el
código 730 253 1 242 20 54, del programa 924, para compra e
instalación de un aula en
la Escuela Blanco-Liverpool , a fin de que se destine para gastos varios de
la Escuela Blanco-Liverpool
.
140.- Autorízase a
la Asociación
de Desarrollo Integral de
la Comunidad
de Reserva Indígena de Cocles de Talamanca
para que le varíe el destino a la partida de ¢100.000, o al saldo
que hubiere, que se consigna a su favor en el código 702 564 1 241 31
54, del programa 924, para construcción de un puente de hamaca, a fin de
que se destine para construcción del salón comunal de Reserva
Indígena de Cocles de Talamanca.
Ficha articulo
ARTICULO 29.-Autorízase a instituciones, asociaciones
públicas y privadas, y otras, para que cambien el destino de fondos
correspondientes a giros emitidos por el Ministerio de Hacienda, según se
señala en cada caso:
1.- Autorízase a
la Municipalidad de San
José para que deposite en su cuenta corriente los giros Nos. 882045081 y
880609250 por ¢75.000 y ¢90.000,
respectivamente, asignados a
la Capilla Funeraria Zapote
para mejoras en la edificación, y los utilice
la Asociación Caballeros
del Santo Sepulcro de Zapote, en obras y mejoras.
2.- Autorízase a
la Asociación pro Parque Recreativo del Norte para que deposite en su
cuenta corriente el giro No. 882223680, por ¢200.000, asignado a
la Cruz Roja de León para
construcción de la sede, y lo utilice en compra de equipo y en mantenimiento.
3.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Sabanilla de Alajuela para que deposite en su
cuenta corriente el giro No. 880771486, por ¢54.000, asignado a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Monserrat de Alajuela para la compra de mobiliario y equipo, y lo utilice
en la iluminación del campo deportivo en San Luis.
4.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la Comunidad
de Fraijanes para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 881166163,
por ¢135.000, asignado a
la Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Fraijanes
para un puente sobre el río Pedregal, y lo utilice en
la Escuela de Fraijanes, ¢85.000,
y en construcción y mejoras de la delegación, ¢50.000.
5.- Autorízase a
la Asociación Club
de Leones de Alajuela para que deposite en su cuenta corriente el giro No.
890498160, por ¢500.000, asignado a
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Alajuela, para girar a
la Asociación Club
Rotario de Alajuela, para remodelación del antiguo Palacio Municipal, y lo
utilice en obras en el Teatro Municipal.
6.- Autorízase a
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Alajuela para que deposite en su cuenta corriente el giro
No. 882223872, por ¢100.000, asignado a
la Junta Administrativa
del Colegio El Carmen para mejoras en las instalaciones, y lo utilice en gastos
varios.
7.- Autorízase a
la Asociación Solidarista de Empleados de Industrias
Alfaro para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 882223823, por ¢100.000,
asignado a la
Asociación de Desarrollo Integral de la comunidad de Sabanilla de Alajuela para
lastrado en Los Angeles, y lo utilice en gastos
varios.
8.- Autorízase a
la Municipalidad de
Atenas para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 881167504, por ¢150.000,
asignado a la
Asociación de Desarrollo Integral de la comunidad de Atenas
para promociòn de actos culturales, y lo utilice en
gastos de la cuarta feria artesanal de Atenas.
9.- Autorízase a
la Municipalidad de
Atenas para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 881662061, por ¢500.000,
asignado a la
Municipalidad de Atenas para iluminación del estadio
municipal, y lo utilice en embellecimiento del parque.
10.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Santa Rosa de Turrialba para que deposite en su
cuenta corriente los giros Nos. 871995659 y No. 871995658, por ¢10.000,
asignados a la Junta
de Educación de la
Escuela Bajos La
Trinidad, San Isidro, para gastos varios, y lo utilice para
beca de estudiante de topografía de
la Universidad Nacional.
11.- Autorízase a
la Junta Edificadora
de la Iglesia
de Santa Cruz de Turrialba para que deposite en su cuenta corriente el giro No.
872161252, por ¢10.000, asignado a la
Junta de Educación de
la Escuela La Reunión de
Santa Cruz, para gastos varios, y lo utilice en obras y gastos varios en la
ermita de La Reunión
de Santa Cruz de Turrialba.
12.- Autorízase a
la Junta Edificadora
de la Iglesia
de Santa Cruz de Turrialba para que deposite en su cuenta corriente el giro No.
890841962, por ¢10.000, asignado a la
Junta de Educación de
la Escuela de
La Reunión de Santa Cruz para gastos varios, y lo
utilice en obras y gastos varios en la ermita de
La Reunión de Santa
Cruz.
13.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de San Rafael de Oreamuno para que deposite en su cuenta
corriente el giro No. 881108950, por ¢10.000, asignado al Hospital Max Peralta
para gastos varios, y lo utilice en beca para estudiante de arte.
14.- Autorízase a
la Municipalidad de
Heredia para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 890710963, por ¢1.500.000,
asignado a Municipalidad de Barva para la construcción de la biblioteca pública, y lo
destine a la
Universidad Nacional, para
la Escuela de Geografía.
Desarrollo del Proyecto de Riego contra
Inundaciones, ¢1.000.000. Escuela Braulio Corrales, obras varias, ¢100.000. Municipalidad de San
Isidro de Heredia, construcción del bulevar, costado sur del Cristo, ¢100.000.
Junta Edificadora de la
Iglesia de San Isidro de Heredia, Concepción, mejoras en la
iglesia, ¢100.000. Provincia de Cartago. Asociación de Desarrollo Integral de
la
Comunidad de Colonia de Guayabo, Turrialba, compra de
tubería, ¢100.000. Provincia de San José, Municipalidad de Tibás,
construcción del Parque Residencial del Norte, ¢100.000.
15.- Autorízase a
la Municipalidad de San
Pablo de Heredia para que deposite en su cuenta corriente el giro No.
890710964, por ¢1.000.000, asignado a
la Municipalidad de Barva para mejoras en el acueducto y cambio de la red, y lo
destine a la
Municipalidad de Barva. Mejoras del
acueducto, ¢500.000. Municipalidad de Heredia, celebración del centenario del
Maestro Luis Dobles Segreda y confección del busto, ¢100.000. Municipalidad de San Pablo de Heredia,
publicaciones varias y atención a funcionarios de los Supremos Poderes, ¢100.000.
Municipalidad de San Pablo de Heredia, entubado y mejoras en la calle Las
Pastoras, ¢100.000. Junta Administrativa
del Colegio Mario Vindas, San Pablo de Heredia,
construcción del gimnasio, ¢100.000. Asociación de Estudiantes Heredianos UCR,
sistema de becas, ¢100.000.
16.- Autorízase a
la Municipalidad de Sarapiquí para que deposite en su cuenta corriente el giro
No. 872161305, por ¢225.000, asignado a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Finca Dos de Río Frío, para COOPEFRIO, sucursal en Horquetas, y lo utilice
la Municipalidad de Sarapiquí en protección de la fauna y la flora en el cantón
de Sarapiquí, para
la Asociación para
la Protección de
la Fauna y Vida Silvestre en Sarapiquí.
17.- Autorízase a
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Esparza para que deposite en su cuenta corriente los giros
Nos. 890658851 y 890658856, por ¢100.000
cada uno, asignados a
la Asociación Integral de Desarrollo de
la Comunidad de
La Unión de Santo
Domingo y a la Cámara
de Turismo de Quepos, para el camino Santo Domingo Salsipuedes, actividades y gastos del festival del mar, y
los utilice en el programa de la
Escuela de Música.
18.- Autorízase a
la Municipalidad de
Montes de Oro para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 882224229,
por ¢100.000, asignado a
la Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Las Vegas
de Parrita, para un programa de capacitación y educación para el desarrollo, y
lo utilice en la construcción del edificio de
la GAR de Miramar.
19.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Miramar para que deposite en su cuenta corriente
el giro 890498670, por ¢150.000, asignado a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Las Vegas de Parrita, para un programa de
mejoramiento de escuelas y para compra de material didáctico, y lo utilice en
la finalización del comedor estudiantil del Liceo de Miramar.
20.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Específico pro Mejoras Comunales de Cedral
para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 890658843, por ¢100.000,
asignado a la
Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Cedral,
La Unión, y lo utilice
en gastos varios.
21.- Autorízase a
la Municipalidad de
Parrita para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 890658857, por ¢100.000,
asignado a la
Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de El Barro,
para terrenos del centro cívico y gastos varios, y lo utilice en obras
comunales en el precario Pueblo Nuevo.
22.- Autorízase a
la Asociación de
Bienestar de Parrita (ASOBIPA) para que deposite en su cuenta corriente el giro
No. 890658838, por ¢90.000, asignado al Centro de Nutrición de Parrita para el
Comité de la Cruz Roja
de Parrita, para combustible, y lo utilice para el mismo fin.
23.- Autorízase a
la Asociación de
Bienestar de Parrita para que deposite en su cuenta corriente el giro No.
890658876, por ¢100.000, asignado al Centro de Nutrición de Parrita, y lo
utilice en mejoras y otros gastos en el Centro de Nutrición.
24.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Quebrada de Ganado para que deposite en su
cuenta corriente los giros Nos. 890658864 y 890658865, por ¢100.000 cada uno,
asignados a la Asociación de Desarrollo
Integral de la Comunidad
de Jacó, para terminación del salón comunal e
instalaciones deportivas, y para implementos deportivos, y lo utilice en compra
de un terreno para un proyecto productivo.
25.- Autorízase a
la Cámara de Turismo de
Jacó para que deposite en su cuenta corriente los
giros Nos. 890711432 y 890711433, por ¢100.000 cada uno, asignados a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Jacó, para el centro
de salud de Jacó y para mejoras en la iglesia de Jacó, y lo utilice en mejoramiento y mantenimiento de la
iglesia de Jacó.
26.- Autorízase a
la Cámara de Turismo de
Jacó para que deposite en su cuenta corriente los
giros Nos. 890658866 y 890658867, por ¢100.000 cada uno, asignados a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Quebrada Amarilla, para construcción de la
escuela, para campo deportivo y para obras varias, y lo utilice en el mismo
fin, respectivamente, en Quebrada Amarilla.
27.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de
La Unión de Guápiles para
que deposite en su cuenta corriente el giro 880824802, por ¢200.000, asignado a
la Municipalidad
de Pococí, para el Comité pro
Construcción del camino Asentamiento Toro Amarillo Norte, y lo utilice en los
mismos fines.
28.- Autorízase al Sindicato de Trabajadores de
la Educación
Costarricense para que deposite en su cuenta corriente el
giro No. 88294574, por ¢700.000, asignado a COOPEASAMBLEA, R.L.,
para becas de estudiantes universitarios y de secundaria de los cantones de
Siquirres, Pococí y Guácimo, y lo utilice en becas
para estudiantes universitarios y de secundaria de los cantones de Siquirres,
Guácimo y Pococí.
29.- Autorízase a
la Junta de Educación de
la Escuela de Las Vegas de
Río Palacios para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 890498708,
por ¢75.000, asignado a la Junta
de Educación de la Escuela
Las Vegas de Río Pacuare, para
construcción de la escuela, y lo utilice en mejoras de instalaciones.
30.- Autorízase a
la Junta de Educación de
la Escuela de San Pablo de Pacuarito para que deposite en su cuenta corriente el giro
No. 881661906, por ¢75.000, asignado a
la Junta de Educación de San Carlos de Pacuarito, para compra de enseres de cocina, y lo utilice
en el mismo fin.
31.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Corralillo para que le varíe el destino al giro
No. 881332632, por ¢100.000, para la plaza de deportes de San Martín de Patio
de Agua, y lo utilice en el salón comunal de San Martín de Patio de Agua.
32.- Modifícase el destino de la
partida incluida en la Ley
de Presupuesto Ordinario y Extraordinario para 1989, No. 7111 del 18 de
diciembre de 1988, a
favor de la
Secretaría Permanente del Tratado General de Integración
Económica Centroamericana (SIECA), código 682 610 01 133 19, programa 137 del
Ministerio de Hacienda, hasta por la suma de ¢5.000.000, la cual le será girada
de una sola vez a dicho organismo por
la Tesorería Nacional,
a fin de que pueda completar el costo de la
construcción de su oficina en Costa Rica, así como adquirir equipo y
mobiliario de oficina y atender otros gastos que considere necesarios para el
cumplimiento de sus funciones: todo ello de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 72 de la ley No. 7097 del 18 de agosto de 1988 y 32 de la ley No.
7108 del 8 de noviembre de 1988.
33.- Autorízase al Comité Cantonal de Deportes
de Pacayas para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 890498466, por ¢50.000,
asignado a la
Municipalidad de Alvarado para arreglo y mantenimiento de
caminos vecinales, y lo utilice de la
siguiente manera: ¢20.000 para gastos varios del Deportivo Buenos Aires de
Pacayas, ¢10.000 para gastos varios del Deportivo Liverpool de Llano Grande de
Pacayas, ¢10.000 para gastos varios del Deportivo Ajax de Pacayas, y ¢10.000
para gastos varios del Deportivo Buena Vista de Pacayas.
34.- Autorízase al Comité Cantonal de
Deportes de Guápiles para que deposite en su cuenta
corriente el giro No. 890658889, por ¢450.000, asignado a
la Asociación Integral
de Desarrollo de la
Comunidad de Guápiles, para
iluminación de la cancha de futbol El Salvador, y lo utilice en mejoras de la
misma cancha de fútbol.
35.- Autorízase a
la Fundación para el
Desarrollo Educativo de San Carlos y Zona Norte para que deposite en su cuenta
corriente el giro No. 890550057, por ¢ 180.000, asignado a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Los Lirios de Los Chiles, para conclusión del
salón multiuso, y lo utilice para programas de desarrollo educativo en la región
norte.
36.- Autorízase a Coopevigua
para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 890658890, por ¢135.000,
asignado a la
Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Guápiles, para aseo y ornato, y lo utilice en el proyecto
de vivienda Los Maderos.
37.- Autorízase a
la Asociación Hogares
Crea de Costa Rica para que deposite en su cuenta corriente el giro No.
890842167, por ¢217.000, asignado a
la Unión Cantonal
de Asociaciones, para compra de un vehículo exento de impuestos, y lo utilice en
la compra de un vehículo.
38.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de
La Unión de Guápiles para
que deposite en su cuenta corriente el giro No. 890658888, por ¢180.000, para
obras varias, y lo utilice en el acueducto rural de
La Unión, ¢130.000; en
el acueducto rural Las Anturias,
La Unión, ¢50.000.
39.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Bo. Los Angeles, INVU,
para que deposite en su cuenta corriente el giro No. 890711304, por ¢36.000,
asignado a la
Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad Bo.
La Estación, para
ayuda a estudiantes universitarios, y lo utilice para ayuda a estudiantes de
Educación preescolar de San José, ¢16.000. Para
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Bo.
La Estación, para ayuda a estudiantes
universitarios, ¢20.000.
40.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Barrio Sagrado Corazón de Jesús de Oreamuno,
para que deposite en su cuenta corriente el giro No.890904030, a favor de
la Asociación de
Desarrollo Integral de la comunidad de El Alto de Oreamuno, y lo utilice en los
mismos fines.
41.- Autorízase a
la Junta de Educación de
Guayabal de El Guarco para que deposite en su cuenta corriente el giro No.
890333340, por ¢180.000, a nombre de
la Asociación Taller
Nacional de Danza Margarita Berteau, y sea utilizado
en obras varias de la escuela.
42.- Autorízase a
la Asociación de
Desarrollo Integral de Miramar para que deposite en su cuenta corriente los
giros Nos. 890333328, 890658861 y 890658826, por ¢90.000 cada uno, asignados a
la Asociación
Atlético Corrales, Asociación de Bienestar de Parrita y
Asociación de Desarrollo Integral de Londres, para gastos varios, salón
multiuso y centro educativo de Buenos Aires, y los utilice en operación y
mantenimiento de la biblioteca.
Ley No. 7089 del 18
de diciembre de 1987
43.- Autorízase a
la Comisión Nacional
de Emergencia para que le varíe el destino a los recursos consignados a su
favor en el programa 420, código 7 731 255 27 242 47, a fin de que los utilice
de la siguiente manera: ¢5.000.000 para pavimentación de las principales calles
de la cabecera del cantón de Nandayure, y ¢3.000.000 para el proyecto
Mansión-Hojancha (pavimentación de las principales calles de la cabecera del
cantón de Hojancha).
Ficha articulo
ARTICULO
30.-Apruébanse las siguientes autorizaciones al
Ministerio de Hacienda, por medio de la Tesorería Nacional, para que modifiquen
el destino de los siguientes giros de gobierno y de partidas específicas
consignadas en leyes de presupuesto:
1.-
Autorízase
al Ministerio de Hacienda para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose
a favor de la Junta de Educación de la Escuela Santa Marta, de San Francisco de
Dos Ríos, el giro No. 882223721, por ¢150.000, asignado a la Junta de Educación
de la Escuela Santa Marta de San Francisco de Dos Ríos, para reparación y
construcción de una tapia, a fin de que lo destine a compra de mobiliario y a
obras y mejoras.
2.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de las
Temporalidades de la Arquidiócesis de la Iglesia Católica San José el giro
No. 882045109, por ¢200.000,
asignado a la Junta Progresista de Barrio Colonia del Sur para construcción del
salón comunal, a fin de que lo destine a la Junta Edificadora de Colonia del
Sur para construcción de salón de catequesis.
3.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
pro Construcción de obras de Terranova, el giro No. 890498210, por ¢100.000
asignado a la Junta Administrativa del Colegio de La Lucha
para el circuito escolar No. 12, para gastos varios, a fin de que lo
destine a gastos varios.
4.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de
la Asociación de Vivienda del Distrito Damas, Desamparados,
el giro No. 890841797, por ¢2.000.000, asignado al Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados para construcción de los
acueductos de Tranquerillas, La Fila, La Trinidad y San Gabriel, a fin de que
los destine a la construcción del colector para aguas negras en San Lorenzo de
Damas, Desamparados.
5.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
de Trabajo y Estudio el giro No. 890498309, correspondiente a la partida específica
presupuestada en la ley No. 7089, por ¢400.000, asignada a la Municipalidad de
Goicoechea para arreglo y construcción de calles, a fin de que lo destine para
programas de estudio y capacitación.
6.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la
Asociación de Vivienda de Vecinos Unidos de San Pedro de Montes de Oca, el giro
No. 871182503, por ¢90.000,
asignado a la Junta Administrativa del Colegio Nocturno Justo A. Facio, apoyo
para gastos de instalación de la clínica odontológica de los estudiantes, a
fin de que lo destine a un proyecto de vivienda.
7.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de Chachagua de Peñas Blancas, los giros
Nos. 881108933 y 881108924, por ¢45.000 y ¢36.000, asignados a la
Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de San Isidro de Peñas
Blancas, para el proyecto de electricidad de calle William y para reparación y
gastos varios de la Escuela Procopio
Gamboa de Chachagua, a fin de que los destine a los mismos fines.
8.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
de Desarrollo Integral de Puente de Piedra de Grecia el giro No. 890498321, por
¢90.000, asignado a la Asociación de Desarrollo
Específico pro Servicios Fúnebres de Grecia, para gastos varios, a fin de que
lo destine a ampliaciones y mejoras del acueducto de Puente de Piedra.
9.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Junta de
Educación de la Escuela Eulogia Ruiz de Grecia el giro No. 881332531, por ¢135.000,
asignado a la Asociación de Desarrollo de la Comunidad de Calle Liceo León
Cortés, para construcción de aceras, a fin de que los destine a concluir la
construcción del gimnasio.
10.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Junta de
Educación de la Escuela Eulogia
Ruiz el giro No. 882045240, por ¢85.000,
asignado a la Asociación de Desarrollo Integral de Cataluña para obras varias,
a fin de que lo destine a concluir la construcción del gimnasio y a gastos
varios.
11.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de San Rafael de Poás el giro No.
890658839, por ¢90.000, asignado al Centro de Nutrición de Parrita, para el
Comité Cantonal de Deportes de Parrita, a fin de que lo destine a iluminación
de la cancha de fútbol.
12.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de Santa Rosa de Pocosol el giro No.
890710814, por ¢40.000, asignado a la Asociación de Desarrollo Integral de la
Comunidad de San Rafael y Paraíso de Pocosol, para reparación de la plaza de fútbol,
a fin de que lo destine a reparación de la plaza de deportes de San Rafael de
Pocosol.
13.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de Venecia el giro No. 882223971, por
¢40.000, asignado a la Junta de Educación de la Escuela Los Alpes de
Venecia para reparación de la escuela, a fin de que los destine a obras varias
en Los Alpes.
14.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería
Nacional, endose a favor de la Junta de Educación de la Escuela Las Nieves de
Pocosol el giro No. 882223969, por ¢40.000,
asignado a la Junta de Educación de la Escuela Los Angeles de Pocosol, para
construcción de la planta física, y lo destine al mismo fin.
15.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
Deportiva San Carlos Fútbol Club el giro No. 690498746, por ¢1.000.000,
asignado al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San Carlos, para
graderías del Estadio Municipal, a fin de que lo destine a la cancelación de
obligaciones de la Asociación.
16.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte el giro No.
882223958, por ¢40.000, asignado a la Junta de Educación de la Escuela de
Florencia para construir un aula, a fin de que lo destine al desarrollo de
programas de la zona norte.
17.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte el giro No.
890498338, por ¢100.000, asignado al Centro Agrícola Cantonal de San Carlos
para reparación de vehículos, a fin de que lo destine al desarrollo de
programas en la zona norte.
18.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte el giro No.
882223936, por ¢30.000, asignado a la Junta de Educación de la Escuela de
Tierra Buena de Pital para compra de materiales, a fin de que lo destine al
desarrollo de programas en la zona norte.
19.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte el giro No.
890498340, por ¢50.000, asignado al Comité Cantonal de Deportes y Recreaciones
de San Carlos, para la Comisión de Atletismo, a fin de que lo destine a
programas de desarrollo educativo en la zona norte.
20.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte el giro No.
872161171, por ¢45.000, asignado a la Junta de Educación de la Escuela La Flor
para gastos varios, a fin de que lo destine a programas de desarrollo educativo.
21.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte el giro No.
880609241, por ¢45.000, asignado a
la Asociación Nacional de
Entrenadores Aficionados, para programas de la Asociación, a fin de que lo
destine a programas de desarrollo educativo.
22.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte el giro No.
882045709, por ¢100.000, asignado a la Asociación Hogar de Ancianos San
Vicente de Paúl de Ciudad Quesada, para ampliación del Hogar, a fin de que lo
destine a desarrollo de programas en la Zona Norte.
23.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte el giro No.
882223895, por ¢50.000, asignado a la Asociación de Desarrollo Integral de la
Comunidad de Cedral de Ciudad Quesada, para construcción del Cen-Cinai, a fin
de que lo destine para el desarrollo de programas en la Zona Norte.
24.-
Autorízase a la Municipalidad de
Oreamuno para que el giro No. 882224059, por ¢100.000, para compra de un lote
para el oratorio de Cipreses, sea destinado a la compra de un lote para la
escuela del oratorio de Cipreses.
25.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
de Desarrollo Integral de San Francisco de Heredia el giro No. 882045536, por ¢200.000,
asignado a la Junta de Vecinos de la Ciudadela del IMAS de San Francisco para
construcción del salón comunal, a fin de que lo destine a construcción del
salón comunal.
26.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Junta
Administrativa del Liceo de Santa Bárbara el giro No. 882224093, por ¢50.000,
asignado al Comité Cantonal de Deportes de Santa Bárbara,
para el Moto Club del cantón, a fin de que lo destine al Instituto
Profesional y de Educación Comunitaria de Santa Bárbara de Heredia, para
compra de equipo.
27.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Junta
Portuaria de Quepos la partida específica código 918 702 571, de la ley
No.7089, por ¢200.000, asignado al Club de Leones de Quepos, para mejoras del
bulevar de Quepos y construcción del parque de Quepos, a fin de que lo destine
a obras comunales.
28.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Junta
Portuaria de Quepos la partida específica código 918 702 572, ley No. 7089,
por ¢300.000, asignada al Club de Leones para aporte comunal, compra de terreno
para construcción del Hospital Max Terán Vals, a fin de que lo destine a los
mismos fines.
29.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Junta
Portuaria de Quepos la partida código 702 573, de la ley No. 7089, Programa
918, por ¢150.000, asignada al Club de Leones de Quepos para el Comité de la
Cruz Roja de Quepos, a fin de que lo destine a construcción del edificio de la
Cruz Roja de Quepos.
30.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Junta
Portuaria de Quepos la partida específica presupuestada según el código 637
574, programa 918, ley No. 7089, por ¢200.000, asignada a Club de Leones de
Quepos para gastos varios de la asa Cural de Aguirre y para construcción de
obras de la iglesia católica, a fin de que lo destine a construcción de obras
comunales.
31.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Junta
Portuaria de Quepos, la partida código 637 575 del programa 918, de la ley No.
7089, por ¢50.000, asignada al Club de Leones de Quepos para la escuela de fútbol,
a fin de que la destine a promoción del deporte en el cantón.
32.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Junta
Portuaria de Quepos la partida específica, que se consigna a su favor en el còdigo
636 579 del programa 918, de la ley No. 7089, por ¢100.000, asignada a la Cámara
de Turismo de Quepos para promoción de actividades turísticas en el cantón, a
fin de que la destine a obras comunales.
33.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
Puntarenense de béisbol, cédula jurídica No. 3-002-061484-10, el giro
correspondiente a la partida específica presupuestada en la ley No. 7089 del 18
de diciembre de 1987, programa 918, código 702 256, por ¢100.000, asignada a
la Unión de Asociaciones de Desarrollo Comunal de la Zona Norte de Puntarenas,
para construcción del Puente San Joaquín-Barranca, a fin de que lo destine a
compra de implementos deportivos de béisbol.
34.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que el giro de la transferencia que se detalla en la ley No. 7089 del 18 de
diciembre de 1987, título 113 Ministerio de Educación Pública, programa 516,
transferencias de capital 301-20- Junta de Educación de la Escuela El Guayabal,
El Guarco, por ¢500.000 le sea endosado a la Parroquia de Dulce Nombre de
Cartago para programas y capacitación.
35.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de COOPE SAN
RAMON, R.L. el giro No. 890903991, por ¢900.000, asignado a la Unión Cantonal
de Asociaciones de Desarrollo Comunal, para materiales de construcción para
viviendas económicas, a fin de que lo destine a compra de inmuebles, pago de
servicios, y compra de materiales de construcción para viviendas económicas y
obras diversas.
36.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda para que, por medio de la Tesorería
Nacional, endose a favor de la Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de Llano Bonito de La Palmita el giro No.
890498365, por ¢75.000, asignado a la Asociación de Desarrollo de Tapezco,
para mantenimiento del gimnasio, a fin de que lo destine al pago de transporte
de escolares.
37.-
Autorízase
al Ministerio de Hacienda para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose
a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de Llano Bonito
de Naranjo los giros Nos. 881108887 y 881332317, por ¢95.000, asignados a la
Asociación Específica pro Saneamiento de Cañuela y a la Asociación Ciudadana
de Vivienda Popular para la realización del seminario de vivienda y para
arreglo del comedor de la escuela de Cañuela, a fin de que lo destine al pago
de transporte de estudiantes que viajan de Llano Bonito a Naranjo y viceversa.
38.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Asociación
Naranjeña de Vivienda los giros Nos. 890498356, 890498363 y 890498364, por ¢190.000,
asignados a la Asociación de Desarrollo Integral de Laguna, y a la Asociación
de Desarrollo Integral de la Comunidad de Tapezco, para un
proyecto de vivienda social, compra de pintura y compra de canoas para el
salón comunal, a fin de que los destine al pago de deuda contraída por la
compra de una batidora (mezcladora).
39.-
Autorízase
al Ministerio de Hacienda para que, por medio de la Tesorería Nacional,
endose a favor del Instituto de Fomento Cooperativo el giro No. 890498392, por
¢100.000, asignado a la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional
Agropecuario de Upala, para un proyecto de canalización de aguas, a fin de que
lo destine a amortización de intereses de la deuda contraída por COOPEUPALA,
R.L.
40.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose a favor de la Fundación
para el Desarrollo Educativo de San Carlos y la Zona Norte el giro No.
880609488, por ¢36.000 asignado a
la Junta de Educación de la Escuela San Bosco de Pocosol, para construcciòn de
la escuela y gastos varios, a fin de que lo destine a programas de desarrollo
educativo de la Zona Norte.
41.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose el giro No. 890903885, por
¢90.000, a favor de la Asociación Trabajo y Estudio, asignado a la Asociación
de Jóvenes y Estudiantes de Costa Rica para el jardín de niños y la Escuela
María del Milagro Camacho, para gastos varios, y lo destine a gastos varios del
jardín de niños y la Escuela María del Milagro Camacho.
42.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose el giro No. 882045453, por
¢10.000, a favor de la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de
Cervantes, asignado a la Junta de Educación de la Escuela Jardín de Niños
INCIENSA para gastos varios, y lo destine para ayuda a estudiantes de escasos
recursos económicos.
43.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose el giro No. 890904038, por
¢45.000, a favor de la Asociación de Agricultores de Buena Vista de Pacayas,
asignado a la Municipalidad de Alvarado para mantenimiento del camino Buena
Vista, y lo destine para el mismo fin.
44.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose el giro No. 880396320, por
¢180.000, a favor de la Asociación Red Costarricense de Albergues Juveniles,
asignado a la Dirección Regional de Enseñanza, y sea utilizado para obras y
gastos varios.
45.-
Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que, por medio de la Tesorería Nacional, endose el giro No. 890841977, por
¢10.000, a favor de la Dirección
Regional de Enseñanza de Turrialba, asignado a la Junta de Educación de la
Escuela de Bajos del Volcán, para gastos varios, y lo destine para gastos
varios de la Oficina Regional
de Juntas de Educación y Juntas Administrativas.
Ficha articulo
ARTICULO 31.-Apruébanse las siguientes autorizaciones
al Ministerio de Hacienda para que gire las partidas específicas que se
detallan, que se incluyen en diferentes leyes de presupuesto.
1.- Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que gire la partida específica que aparece a nombre del Ministerio de
Vivienda y Asentamientos Humanos, código 415 01 241 25, programa 817, título
123, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la siguiente
manera: Asociación Específica pro Vivienda Don
Paulino, para compra de terreno, ¢1.000.000.
2.- Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Aries, código 731 709 1 242 27 42, programa 914,
título 130, ley No. 7108 del 11 de noviembre de 1988, y la endose de la
siguiente manera: Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de San
Francisco, destinada a la Junta
de Vecinos de la Comunidad
de Aries, para obras varias, ¢100.000.
3.- Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Campo Kennedy, código 702 343 1 241 26 55,
programa 920, título 130, ley No. 7089 del 28 de diciembre de 1987, y la endose
de la siguiente manera: Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Cariari, para encunetado de
Barrio Los Angeles.
4.- Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Zumbado Lobo, código
702 208 1 241 27 42, programa 914,
título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera: Asociación de Desarrollo Específico pro
Parques de Recreación Urbanización Zumbado Lobo, para
obras varias, ¢100.000.
5.- Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Río Seco de Tambor, código 637 203 1 131 47 2,
programa 918, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose
de la siguiente manera: Asociación Filantrópica de Leones de Costa Rica, ¢50.000,
para compra de artículos, Banco de Córneas, ¢50.000.
6.- Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Rancho Quemado, código 637 509 1 131 20 8,
programa 918, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera: Municipalidad de Osa, para
la Escuela de Rancho Quemado,
para mantenimiento de la planta física, ¢50.000.
7.- Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Rancho Quemado, código 702 510 1 241 47 8,
programa 918, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera: Municipalidad de Osa, para arreglo del camino a Rancho
Quemado, ¢200.000.
8.- Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Jicotea de Platanillo, código 702 328 1 241 26
37, programa 908, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera:
Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Tayutic de Turrialba para el acueducto rural de Jicotea.
9.- Autorízase al Ministerio de Hacienda
para que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Trinidad, obras varias, ¢100.000, código 702 973
1 241 27 4, programa 902, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987,
y la endose de la siguiente manera: Municipalidad de León Cortés, para obras
varias de la
Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Trinidad,
100.000.
10.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación
Específica de Salud de Ciudad Colón, código 637 284 1 131 31
6, programa 922, título 130, ley No.7097 del 18 de agosto de 1988, y la endose
de la siguiente manera:
Municipalidad de Mora, Asociación Específica de Salud, Ciudad
Colón. Compra de implementos médicos.
11.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Bienestar Social La Avellana
de San Antonio de Escazú, código 702 505 1 241 30 5,
programa 900, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987 y la endose de la siguiente
manera: Asociación de Desarrollo y pro Vivienda de
San Antonio de Escazú.
12.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Bienestar Social La Avellana,
código 637 284 1 131 31 6, programa 922, título 130, ley No. 7097 del 18 de
agosto de 1988, y la endose de la siguiente manera: Municipalidad de Escazú,
Asociación de Bienestar Social La
Avellana, para programa de vivienda.
13.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Bienestar Social de Barrio Los Angeles, Distrito
Hospital, código 637 214 1 131 27 6, programa 922, título 130, ley No. 7097 del
18 de agosto de 1988, y la endose de la siguiente manera: Municipalidad de San José, Asociación
de Bienestar Barrio Los Angeles, Distrito Hospital,
para programa de vivienda.
14.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación Misionera
de la Iglesia
Episcopal Costarricense para el centro educativo de San
Marcos, para gastos varios, ¢100.000, código 637 329 1 131 31 54, programa 920,
ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera:
Municipalidad de Limón, para pago de viáticos a
la Dirección Regional
de la Guardia Rural
de Limón, ¢100.000.
15.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación Protectora
de Animales de Heredia, código 702 266 1 241 31 42, programa 914, título 130,
ley No. 7089 del 18 de diciembre de
1987, y la endose de la siguiente manera: Asociación Nacional Protectora de
Animales, destinada a
la Asociación Protectora de Animales, Heredia, para
obras varias, ¢150.000.
16.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación Nacional
de Diabéticos, código 30 900 702 470, programa 914, título 130, ley No. 7089
del 18 de diciembre de 1987, y la endose
de la siguiente manera: Junta de Educación de
la Escuela de Barrio Jesús de
Santa Bárbara, mejoras en las instalaciones, ¢50.000.
17.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación Hogarcito
de Cartago, código 702 433 1 241 23 32, programa 908, ley No. 7089 del 18 de
diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera: Asociación Hogar
Infantil de Cartago, para reparación de cañería y cocina del Hogarcito, ¢100.000.
18.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Vivienda La Catedral,
código 702 281 1 241 25 6, programa 900, título 130, ley No. 7089 del 18 de
diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera: Cooperativa de Ahorro y
Crédito de Empleados Portuarios y Ferroviarios (COOPEFEP), para un programa de
educación.
19.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Vivienda Los Aserrines de Hatillo, código 702 274 1 241 25, programa 922, título 702, ley No. 7097 del 18
de agosto de 1988, y la endose de la siguiente manera: Municipalidad de San José, Asociación
de Vivienda Los Aserrines, Hatillo, para un programa de vivienda.
20.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación de
Vivienda La Catedral,
código 702 274 1 241 25 6, programa 900, título 130, ley No. 7111 del 12 de
diciembre de 1988, y la endose de la siguiente manera: Asociación de Padres de
Familia de la
Escuela República del Perú, obras y mejoras.
21.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación pro Vivienda República de Cuba, código 637 231 1 131 25 6,
programa 922, título 130, ley No. 7097 del 18 de agosto de 1988, y la endose de
la siguiente manera: Municipalidad de San José, Asociación pro
Vivienda República de Cuba, para un programa de vivienda.
22.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación Aserriceña pro
Vivienda, código 702 955 1 241 25 6, programa 900, título 130, ley No.7089 del
18 de diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera: Municipalidad de Aserrí,
Asociación Aserriceña Pro Vivienda, para un programa
de Vivienda.
23.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de Fundación pro Vivienda de Limón, compra y acondicionamiento del
terreno para vivienda Olivia Talamanca, ¢150.000, código 702 308 1 241 25 54,
programa 920, ley No. 7089 del 18 de
diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera: Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de Valle
la Estrella, para reparación del salón comunal de Bocuare, ¢150.000.
24.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Fundación pro Vivienda de Limón, para compra y reparación del terreno
para vivienda en Larga Distancia, ¢125.000, código 702 309 1 241 25 54,
programa 920, ley No. 7089 del 18 de
diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera
: Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Valle
La Estrella, para ampliación
de la Escuela La
Guaria, ¢125.000.
25.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre del Comité pro Vivienda Rossiter Carballo,
La Uruca,
códigos 702 273 1 241 26 6 y 702 274 1 242 26 6, programa 900, título 130, ley
No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera: Municipalidad de
San José, Comité de Vivienda Rossiter Carballo,
La Uruca,
para obras y mejoras.
26.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Guardia de Asistencia
Rural de Dota, proyecto de acueductos y alcantarillados en Providencia de Dota,
código 799 648 1 242 26, programa 902, título 130, ley No. 7089 del 18 de
diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera: Municipalidad de Dota,
para un proyecto de acueductos y alcantarillados en Providencia de Dota, ¢200.000.
27.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Guardia de Asistencia
Rural de Dota, compra de mobiliario, ampliación, reparación y mejoras del
edificio de la delegación, código 799 647 1 242 14, programa 902, título 130,
ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera:
Municipalidad de Dota, para compra de mobiliario, ampliación, reparación y
mejoras del edificio de la delegación central de Dota, ¢ 200.000.
28.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de Colegio Técnico
Agropecuario José David Flores Zavaleta, compra de
equipo y mobiliario, ¢200.000, códigos 731 646 1 242 20, programa 902, título
130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la siguiente
manera: Municipalidad de Dota, para compra de equipo y mobiliario en el Colegio
José Daniel Flores Zavaleta, ¢200.000.
29.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre del Colegio Técnico
Profesional Agropecuario José Daniel Flores "Proyecto de Transferencia de
Tecnología en Café", ¢200.000, código 664 645 1 132 15, programa 902,
título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera: Municipalidad de Dota, para un proyecto de transferencia de
tecnología en café, del Colegio Técnico Agropecuario José Daniel Flores Zavaleta, ¢200.000.
30.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Escuela Maternal Montesoriano, código 664 464 1 132 20 33, programa 900,
título 130, ley No.7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera:
Junta de Educación de San José, para gastos varios de
la Escuela Maternal Montesoriano, ¢75.000.
31.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Filial de Educadores
Pensionados de Cartago, código 702 461 1 241 20 37, programa 908, título 130,
ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera:
Asociación de Educadores Pensionados, para el mismo propósito.
32.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación Deportiva
Banamola, código 643 437 1 131 30 55, programa 920, título 130, ley No. 7089 del 18 de
diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera: Asociación de Desarrollo
Integral de la Comunidad
de Portón Iberia de Siquirres, para construcción del salón comunal, ¢100.000.
33.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación Deportiva
de Fútbol de Escazú, código 634 364 1 131 30 6,
programa 900, título 130, ley No.7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose
de la siguiente manera:
Municipalidad de Escazú, Asociación
Deportiva de Fútbol de Escazú.
34.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre del Comité de deportes de Cachí, código 669 758 1 132 30 37, programa 908, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera:
Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Cachí, para el mismo fin.
35.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre del Comité de Deportes de
La Pitahaya, código 634 446
1 131 30 37, programa 908, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera:
Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de
La Pitahaya, para el mismo
fin.
36.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Fundación de
Deportes de Limón, para construcción de la ciudad deportiva, ¢3.000.000, código
702 325 1 241 30 54, programa 920, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera: Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Valle
La Estrella, para gastos
varios ¢100.000. Municipalidad de Limón,
Comité Cantonal de Deportes de Limón, para conclusión del gimnasio del Colegio
Técnico Profesional de Limón, ¢1.500.000.
Municipalidad de Limón, para
la Escuela General
Tomás Guardia, para la ampliación de instalaciones, ¢450.000. Junta de Educación de
la Escuela de Batáan, para la compra de material didáctico y de apoyo del
aula diferenciada de la escuela, ¢50.000.
Junta de Educación de la
Escuela de Batáan, para gastos
varios de la Escuela, ¢100.000. Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de San
Francisco de Heredia, para cercar el campo de juegos de Residencial
La Esmeralda de Heredia, ¢100.000. Municipalidad de Matina, para construcción de
la iglesia bautista de Matina, ¢100.000.
Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Batáan, para gastos varios del departamento familiar y
social, ¢100.000. Municipalidad de
Limón, para el Comité Cantonal de Deportes, para reparación del campo de
juegos, ¢500.000.
37.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Fundación de
Deportes de Limón. Para becas a atletas destacados (por fideicomiso), ¢700.000,
código 637 326 1 131 30 45, programa 920, ley
No. 7089 del 18 de diciembre de
1987, y lo endose de la siguiente manera: COOPEVIGUA, para reparación de calles
y caños, ¢100.000. COOPEVIGUA, para gastos varios, ¢100.000. COOPETRACA. Cariari, para gastos varios, ¢100.000. COOPETRACA, para
compra de repuestos, ¢200.000.
Asociación de Desarrollo Integral de Cariari,
para compra de materiales para la conclusión del salón comunal, ¢200.000.
38.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre del Club Rotario de Limón,
para compra de microbús, ¢650.000, código 702 330 1 241 31 54, programa 920,
ley No. 7089 del 18 de diciembre de
1987, y la endose de la siguiente manera: Municipalidad de Limón, para gastos
varios en el Centro de Adaptación Social de Limón, ¢100.000. Para construcción
del centro de salud de Barra de Matina, ¢200.000. Para compra de implementos
deportivos para el comité cantonal de deportes, ¢350.000.
39.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre del Club de Leones de
Hatillo, código 637 238 1 131 31, programa 922, título 130, ley No. 7097 del 18
de agosto de 1988, y la endose de la siguiente manera: Municipalidad de San
José, Club de Leones de Hatillo, para construcción de edificio.
40.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Desarrollo de Pococí, código 702
666 1 241 20 55, programa 922, título 130, ley No. 7097 del 18 de agosto de
1988, y la endose de la siguiente manera: Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de
La Rita, para construcción de
la Escuela José
María Zeledón, ¢50.000.
41.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Organización
de Mujeres Limonenses, Helados Pin, para gastos administrativos Helados Pin, ¢150.000,
código 636 310 1 131 31 54, del programa 920, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera: Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional
Agropecuario de Batáan, para compra de equipo de
apoyo del departamento de educación
familiar y social, ¢150.000.
42.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre del Centro de Nutrición de Juan Viñas, código 731 305 1 242
23 32, programa 910, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de
la siguiente manera: Asociación de Desarrollo Integral de Juan Viñas, Centro de
Nutrición Juan Viñas, para compra de mobiliario, ¢30.000.
43.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de Centro Diurno de
Atención al Anciano, código 633 577 1 131 23 23,
programa 906, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose
de la siguiente manera: Fundación para el Desarrollo Educativo de San Carlos y
la Zona Norte, para
programas educativos en
la Región Norte, ¢100.000.
44.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre del Patronato de Construcciones
de Adaptación Social, código 669, 486 1 132 2, programa 900, título 130, ley
No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera:
Asociación de Desarrollo Integral de Barrio El Carmen, Dulce Nombre de Tres
Ríos, para compra de equipo y utensilios para ayuda a menores en riesgo social
del Centro de Ingreso, Diagnóstico y Referencia a Menores en Riesgo Social, ¢400.000.
45.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Junta pro
Anexo Parroquial, Quesada Durán, código 702 485 1 241 30 2, programa 900,
título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endose de la
siguiente manera: Asociación Filantrópica de Leones de Costa Rica, ¢50.000,
compra de artículos, Banco de Córneas, ¢50.000.
46.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre del Hospital San Juan de
Dios, código 731 447 1 242 21 2, programa 900, título 130, ley No. 7089 del 18
de diciembre de 1987, y la endose de la siguiente manera: Asociación pro Hospital San Juan de Dios, para compra de equipo y
material de diagnóstico, unidad de diabetología, ¢50.000.
47.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación Deportiva
Guatuso, código 634 880 1 131 30 23, programa 904, título 130, ley No. 7108 del
11 de setiembre de 1988, y la endose de la siguiente manera: Asociación de
Desarrollo Integral de la
Comunidad de San Rafael de Guatuso, compra de implementos
deportivos y recreativos de
la Asociación Deportiva Guatuso, ¢500.000.
48.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire las partidas específicas que aparecen a nombre de
la Asociación Deportiva
Terrón Colorado de Cutris, 702 564 1 241 20 23, 702
565 1 241 27 23, programa 906, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de
1987, y la endose de la siguiente manera: Fundación para el Desarrollo
Educativo de San Carlos y la
Zona Norte, programas de desarrollo educativo en la región, ¢90.000.
49.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Fundación Crecimiento
Espiritual, código 702 465 1 241 21 37, programa 908, título 130, ley No.
7089 del 18 de diciembre de 1987, y la endonse de la
siguiente manera: Fundación para la investigación, prevención y tratamiento de
la drogadicción, enfermedades emocionales y la neurosis, cédula jurídica No.
3-006-078543-21, para gastos varios.
50.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Unión Zonal de
Asociaciones de Desarrollo Comunal del Cantón Central de Cartago, código 637
494 1 131 27 37, programa 908, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de
1987, y la endose de la siguiente manera: Asociación de Desarrollo Comunal del
Sector Norte (Casa de la
Cultura), ¢25.000.
Para gastos varios de
la Unión Zonal de Asociaciones de Desarrollo del
Cantón Central de Cartago. Dirección
Regional de DINADECO, Cartago, ¢25.000, para gastos varios.
51.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Asociación pro Vivienda Específica de
La Unión, código 702 904
1 241 25 37, programa 908, título 130, ley No. 7089 del 18 de diciembre de
1987, y la endose de la siguiente
manera: Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Dulce
Nombre de Tres Ríos, para ayuda al proyecto de vivienda, sector norte de Dulce
Nombre de Tres Ríos.
52.- Autorízase al Ministerio de Hacienda para
que gire la partida específica que aparece a nombre de
la Junta de Educación de
la Escuela de
La Reunión, Santa
Cruz. código 664 393 1 132 20 37, programa 914, título
130, ley No 7111 del 24 de noviembre de 1988, y la endose de la siguiente
manera: Junta Edificadora de la
Iglesia de Santa Cruz de Turrialba. Para gastos varios de la
ermita de La Reunión
de Santa Cruz de Turrialba.
Ficha articulo
ARTICULO 32.-Apruébanse
las siguientes autorizaciones al Estado y sus instituciones para que traspasen,
vendan o donen bienes muebles e inmuebles de su propiedad.
1.- Autorízase
al Estado para que le done al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal
la finca inscrita en partido de Guanacaste, tomo 2924, No.45.791, asiento uno,
con la naturaleza, situación, medida y linderos que indica el
Registro. La escritura respectiva
será otorgada por la
Notaría de Estado.
2.- Autorízase
al Estado para que le done a
la Fundación Juliàn
Volio Llorente, el terreno inscrito en el
cantón primero, provincia de San José, en el tomo 1514, folio
423, número 44897, asiento 33.
Se comisiona a los notarios del Estado para que otorguen la escritura
correspondiente, exenta de toda clase de impuestos y honorarios profesionales. Asimismo, se desafecta de cualquier
dominio público el citado inmueble.
3.- Autorízase
al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para que, con la
aprobación de la
Municipalidad de San José, le done a
la Asociación
de Guías y Scouts de Costa Rica el terreno situado en Hatillo 3, que es
municipal pero que aparece todavía inscrito a su nombre en el Registro
Público, partido de San José, tomos 1602-2268, folios 317-460,
asientos 1 y 39, número 147.964, con un área de 527.02 metros cuadrados. Asimismo, se desafecta de cualquier
destino de uso público el citado terreno, el cual deberá
destinarse para la construcción del Centro de Reuniones de
la Tropa 75, de los scouts de
Hatillo 3. La escritura de
donación se otorgará ante
la Notaría del Estado. El traspaso
estará exento del pago de todo derecho y tributo, así como de
honorarios y cualquier gasto legal.
4.- Autorízase
al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para que, con la
aprobación de la
Municipalidad, le done a
la Asociación Centro
Diurno San Martín, el terreno situado en
la Colonia López
Mateos, alameda 1, que es municipal pero que aparece a nombre de éste en
el Registro Público, partido de San José, tomo 1957, folios
535-536, número 190127, asientos 1 y 3, con un área de 705.10 metros cuadrados,
según el plano catastrado número SJ-25537-76. A su vez, se desafecta el terreno en
referencia de cualquier destino del uso público. El inmueble
deberá destinarse para la construcción de la sede del Centro Diurno
para la Tercera Edad
del Barrio San Martín. La
escritura de donación se otorgará ante
la Notaría del
Estado y estará exenta del pago de todo derecho, tributos, honorarios y
gastos legales.
5.- Autorízase
al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para que, con la aprobaciòn de
la Municipalidad de San
José, le done a las Temporalidades de
la Iglesia,
Arquidiócesis de San José, el terreno situado en Hatillo 3 a que se refiere el plano No.
45-88, levantado por la sección de estudios básicos de
la Municipalidad,
colindante al costado oeste con el templo y al costado norte de
la Escuela Miguel de
Cervantes, que es municipal pero que aparece todavía inscrito en el
Registro Público a su nombre, partido de San José, folio real
matrícula 1 147 964 000, cuya medida es de 1.100.67 metros
cuadrados. Asimismo, se desafecta
esta finca del uso público que tiene, la cual deberá destinarse
para la construcción de la nueva parroquia que impulsa
la Junta Edificadora
de la Virgen
de Fátima.
6.- Autorízase a
la Municipalidad
de San José para que le done un lote a las Temporalidades de la iglesia,
Arquidiócesis de San José, para que la orden de los "Frailes
Carmelitas" lleve a cabo la construcción de un asilo diurno para
ancianos. El inmueble por donar
está inscrito en el Registro Público, partido de San José,
tomo 2299, folio 486, número 235.359, asiento 2, situado en Barrio Cuba,
distrito tercero, Hospital, del cantón central de San José. Mide 1.030.02 metros cuadrados,
según el plano catastrado número SJ-300769-78. Se desafecta este
inmueble de cualquier destino del dominio público.
7.- Desaféctase de cualquier
destino del dominio público, el lote de 1844.12 metros cuadrados
(según el plano No.23-88 elaborado por la sección de
topografía), propiedad de
la Municipalidad de San José, que se
segregará de la finca inscrita en el Registro Público, en el tomo
457, folio 319, asiento 37, No. 29586, del partido de San José.
Autorízase
a la Municipalidad
para que segregue y le done dicho terreno a
la Asociación
Evangelizadora de María Reina de Pavas, cédula
jurídica No. 3-002-087392-10,
a fin de que sea destinado a la construcción de
un salón multiuso para la reunión de ancianos y de niños
de esa comunidad. Se autoriza al ejecutivo municipal para que le otorgue la
escritura de donación de ese terreno a la citada asociación.
8.- Desaféctase de cualquier
destino del dominio público, un lote de terreno de 2.500 metros cuadrados
que se segregará del inmueble propiedad de
la Municipalidad de San
José, inscrito en el Registro Público, partido de San
José, tomo 3042, folio 221, No.296.676, asiento 2. Este terreno le
será donado al Ministerio de Salud Pública para la
creación de un CEN-CINAI en la comunidad de Lomas del Río y Bribri, en Rincón Grande de Pavas.
Se
comisiona a los notarios del Estado para el otorgamiento de la escritura
correspondiente, la que estará exenta de gastos y honorarios.
9.- Autorízase a
la Municipalidad
de Goicoechea para que le traspase un lote de un máximo de 250 metros cuadrados,
de la finca número 192227, inscrita en el tomo 1981, folio 403, a
la Asociación
de Educadores Pensionados (ADEP).
10.- Autorízase a
la Municipalidad
de Goicoechea para que le done a
la Federación
Costarricense de Tenis de Mesa, el terreno que está
ubicado al costado sur del plantel municipal, con las siguientes medidas: 25 metros de frente por 50 metros de fondo, para
la construcción de un gimnasio de tenis de mesa, el cual estará
bajo la administración de esa Federación, en coordinación
con la Municipalidad
de Goicoechea. El terreno por segregar forma parte de la finca madre ubicada en
el distrito de Guadalupe, inscrita en el partido de San José, tomo 1055,
folio 175, No. 75289, asiento 5, plano S.J. 6000130-85, folio real 323530-000.
11.- (Vetado) Autorízase
a la Municipalidad de Goicoechea para que le traspase a la Asociación
Club de Radioexperimentadores de Costa Rica, un lote
de 723.27
metros cuadrados, según el plano catastrado
número S.J. 573632-85, inscrito en el tomo 2132, folio 44, número
143.427, asiento 16. El resto de la
finca se le trasladará a
la Asociación de Desarrollo Integral de
la Comunidad de Saint
Clare.
(El
inciso anterior fue Vetado por la Presidencia de la República el 16 de
agosto de 1989. Dicho Veto puede ser consultado al final de la presente norma).
12.- Autorízase a
la Municipalidad
de Moravia para que le done y le traspase a
la Asociación
para la
Atención Gratuita de Enfermos, cédula
jurídica No. 3-002-092136-10, el terreno inscrito en el Registro
Público de la
Propiedad, tomo 897, folios 255-551, número 55381,
asiento 7. Se comisiona a los
notarios del Estado para que otorguen la escritura correspondiente, exenta de
toda clase de impuestos y honorarios profesionales. Asimismo, se desafecta el citado
inmueble de cualquier dominio público.
13.- Autorízase a
la Municipalidad
de Curridabat para que le done su finca folio real matrícula
No.1197547-000, del distrito segundo, cantón 18, de Curridabat, a
la Asociación
de Desarrollo Integral de Granadilla Norte de Curridabat, para la
construcción del salón comunal.
14.- Autorízase a
la Municipalidad
de San Mateo para que done la finca de su propiedad, provincia de Alajuela,
inscrita en el folio real 202, matrícula 216065-000, situada en
Jesús María de San Mateo, con el fin de establecer un programa de
vivienda de interés social para familias indigentes de dicho
distrito. Se desafecta la finca citada
de cualquier destino del dominio público.
Los
beneficiarios no podrán ceder, traspasar, vender ni enajenar los lotes
adjudicados durante un lapso de veinte años a partir de la vigencia de
esta ley. Unicamente
podrán gravarlos con los bancos del Estado, el Banco Popular, y de
Desarrollo Comunal, las mutuales y cualquier otra institución estatal.
Las
escrituras serán formalizadas ante
la Notaría del Estado, exenta de todo tipo de
derechos, timbres, impuestos y pago de honorarios de abogado.
15.- Autorízase a
la Municipalidad
de Palmares para que le done ochocientos cincuenta y tres mil ochocientos
sesenta y cuatro colones a
la Asociación Cívica Palmareña,
cédula jurídica No. 3-002-978276-13, con la finalidad de que
dicha asociación los destine a la compra de terrenos, los que
utilizará para el cumplimiento de sus fines. El dinero será tomado del
remanente de la partida específica consignada en el programa 905,
código 730 564, de la ley No. 7018 del 20 de diciembre de 1985.
16.- Autorízase a
la Municipalidad
de Heredia para que le done a
la Asociación de Vivienda de Barreal de
Heredia, cédula jurídica No. 3-002078189-08, el terreno situado
en el cantón central, provincia de Heredia, inscrito en el tomo 1088,
folio 179, número 33914, asiento 6, para que sea utilizado en un programa de vivienda de mujeres
solas. Se comisiona a
la Notaría del
Estado para que otorgue las escrituras correspondientes, exentas de toda clase
de impuestos y honorarios profesionales.
Asimismo, se desafecta el citado inmueble de cualquier dominio
público.
17.- Autorízase a
la Municipalidad
de Heredia para que le traspase el lote inscrito en el tomo 2612, folio 139,
finca 87987, sita en el distrito 2 de Mercedes de Heredia, a
la Asociación Casa
Salvando al Alcohólico, con el fin de que construya su sede.
18.- Autorízase a
la Caja
Costarricense de Seguro Social para que le traspase al
Ministerio de Educación Pública el inmueble localizado en la
provincia de Guanacaste, cantón de Cañas, distrito único,
que es un terreno con un edificio de oficinas, inscrito en el tomo 1.841, folio
323, asiento uno, número 20.611.
Este terreno mide dos mil metros cuadrados, con linderos iguales a los
que constan en el Registro Público, y está ubicado
cien metros al norte y veinticinco al este del antiguo mercado.
19.- Autorízase a
la Caja
Costarricense de Seguro Social para que le traspase a
la Municipalidad de
Montes de Oro un lote de terreno de 472,17 metros cuadrados,
que se segregará de la finca inscrita en el Registro Público de
la Propiedad, partido de
Puntarenas, tomo 2.428, folio 435, No. 23.224, asiento 1. Este terreno será utilizado en el
proyecto del parque infantil.
Esta
norma deja sin efecto el numeral 9 del artículo 35 de la ley No. 7111
del 12 de diciembre de 1988.
20.- Autorízase a
la Junta
Administrativa del Instituto Técnico Profesional Agropecuario
de Siquirres para que le traspase al Patronato Nacional de
la Infancia, el terreno de
su propiedad ubicado en el distrito primero Siquirres, cantón de
Siquirres, provincia de Limón, inscrito en el folio real No.
7014865-000, con un área de 2204.66 metros cuadrados,
según el plano catastrado L-662704-87.
21.- Autorízase a
la Municipalidad
del cantón central de Puntarenas para que le done una hectárea de
terreno (10.000
metros cuadrados) a COOPEROBLE, R.L.,
cédula jurídica No.8-004-087211-24, que se segregará de su
finca Socorrito, inscrita en el partido de Puntarenas, tomo 10052, folio 415,
número 7035, asiento 6, para la construcción de las instalaciones
de la
Cooperativa. Este
terreno será de uso exclusivo y no podrá venderse, arrendarse, ni
subarrendarse a terceros. El
traspaso estará exonerado del pago de toda clase de impuestos, derechos
de registro, timbres y tasas.
22.- Modifícase el artículo
54 de la ley No. 7083 del 25 de agosto de 1987, para que se diga de la
siguiente forma:
"Artículo
54.- Autorízase
al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que le done a
la Cruz Roja Costarricense,
el terreno propiedad del Estado sita en la intersección de la radial
Santa Ana-San Antonio de Belén, diagonal al edificio de
la Guardia de Asistencia
Rural de Santa Ana, ubicado al costado este del terreno inscrito en el tomo
1980, folio 312, número 194 566 A.I."
23.- En concordancia con
el artículo 4 del Código Municipal, autorízase a
la Municipalidad de
Goicoechea para que les traspase a dieciséis familias de escasos
recursos de Vista de Mar y Rancho Redondo, según el censo del
departamento de catastro municipal, el terreno inscrito a nombre de
la Municipalidad de
Goicoechea, tomo 1499, folio 535, No. 97.124, asiento 21, plano No. 687247, con
el fin de que lleven a cabo un programa de vivienda de interés social.
24.- Autorízase a
la Municipalidad
de Alajuela para que le done al Instituto Mixto de Ayuda Social, para la
construcción del Centro de Acción Social del IMAS en Alajuela, la
finca folio real matrícula 216774-000, que es terreno para construir,
situado en la finca Barzana, distrito primero,
cantón primero de la provincia de Alajuela, que linda al norte con calle
pública y
la Corporación Costarricense y de
Financiamiento Industrial, al sur con calle pública, con un frente de 24 metros con 55 cms.; al este con el lote trece; al oeste con el lote
catorce. Mide mil setecientos
cuarenta y ocho metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. El
traspaso estará exento del pago de impuestos de toda naturaleza, y de
derechos de Registro y especies fiscales.
25.- Autorízase a
la Municipalidad
del cantón central de Puntarenas para que segregue en lotes su finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, folio real
matrícula número 6043828-000, y se los done a familias establecidas en esa propiedad,
hoy Barrio Carmen Lyra, en Barranca de Puntarenas. La
confección de los planos de cada lote, para su inscripción ante
el Catastro Nacional, correrá por cuenta del departamento de ingeniería
de esa Municipalidad, exenta del pago de toda clase de impuestos, derechos,
timbres y tasas. Las escrituras pertinentes estarán a cargo de
la Notaría del
Estado, también exentas del pago de toda clase de impuestos, derechos de
registro, timbres y tasas.
Los
beneficiarios no podrán vender, ceder, donar, cambiar ni traspasar el
inmueble donado por un lapso de diez años.
26.- Autorízase
al Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) para que le done a
la Asociación
Orquesta Sinfónica Juvenil media hectárea de la
finca de su propiedad No. 267.183, inscrita en el tomo 2632, folio 013, asiento
1, situada en el cantón décimocuarto de
la provincia de San José.
27.- Autorízase
al Consejo Nacional de la
Producción para que le done a
la Cooperativa Agropecuaria
de Servicios Múltiples, Coopellanoverde, R.L., un lote de terreno que es finca no inscrita, con las
siguientes características: ubicado en El Tanque de
La Fortuna del cantón
de San Carlos; mide 6.628.19 metros cuadrados; linda, al norte: Rodrigo Cordero Alfaro, al sur: calle
pública a La Fortuna
y Los Angeles; al este: Gonzalo González y German Durán Murillo y, al oeste: calle
pública. El inmueble en la actualidad lo utiliza
la Cooperativa para la
preparación de productos agrícolas para la exportación.
28.- Autorízase
al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que le traspase a
la Asociación
de Desarrollo Vacacional de Empleados del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, la finca inscrita en el partido de Alajuela, tomo 2717, folios 433
y 435, números 181. 102 y 181. 104, asientos 1 y 1, área: 20 hectáreas
(2.600 metros
cuadrados).
29.- Autorízase
al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que le done a
la Municipalidad de
Talamanca las siguientes vagonetas, a fin de que sean reconstruidas y puestas
al servicio de mantenimiento de la red de caminos vecinales del cantón
de Talamanca: Unidad MOPT No. 232-781, marca Mack,
vagoneta con capacidad de 12 M/3. Unidad MOPT No. 232-375, marca Pegaso,
vagoneta con capacidad de 5 M/3. Unidad MOPT No. 232-326, marca Pegaso,
vagoneta con capacidad de 5 M/3. Además de llevar el distintivo de
la Municipalidad de
Talamanca, estos vehículos deberán llevar otro en el que se
indique que fueron donados por el MOPT.
30.- Autorízase a
la Municipalidad
de Montes de Oca para que le traspase a
la Asociación
Cultural San Miguel Arcángel, Hermanas Bethlemitas, cédula jurídica No.
3-002-045761-02, el terreno localizado en el cantón 15 de Montes de Oca,
distrito Mercedes, inscrito en el tomo 2283, folio 419, asiento 1, finca No.
231.095, con un área de 9.596.15 m2., según el plano catastrado
No. SJ-19799-75. Este terreno se destinará a la construcción de
un noviciado.
31.- Autorízase
a la Municipalidad
del cantón de Santa Bárbara de Heredia para que, de su finca
inscrita en el Registro Público, en el folio real No.4053 670-000, sita
en el Barrio San José de Altagracia de Birrí
de Santa Bárbara de Heredia, pueda traspasarle los veintiún lotes
de aproximadamente 120
metros cuadrados, a las familias que habitan en el
proyecto de vivienda de ese lugar, una vez que los beneficiarios hayan
cancelado sus deudas con los entes financieros para la construcción de
las viviendas. Estos lotes no podrán ser cedidos ni traspasados a
terceras personas en un período de diez años. Podrán ser
hipotecados para obtener créditos destinados a ampliaciones y mejoras de
las viviendas.
32.- Autorízase a
la Municipalidad
del cantón de Belén para que, de su finca inscrita en el Registro
Público, en el folio real No.40 30496-006, pueda traspasarle los treinta
y dos lotes de aproximadamente 120 metros cuadrados
a las familias que habitan en el proyecto "Urbanización Oscar
Zamora Quirós", sito en
la Ribera de Belén, una vez que los
beneficiarios hayan cancelado sus deudas con los entes financieros para la
construcción de las viviendas. Estos lotes no podrán ser cedidos
ni traspasados a terceras personas en un período de diez
años. Podrán ser
hipotecados para obtener créditos destinados a ampliaciones y mejoras de
las viviendas.
33.- Autorízase a
la Municipalidad
de Oreamuno para que le traspase al Centro Diurno de
la Tercera Edad de
Oreamuno, el área del parque infantil de la urbanización Lomas de
Quizarco, inscrita en el folio real matrícula
No. 3098191-000, protocolo 1360, folio 190.
34.- Autorízase
al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para que le traspase los
siguientes terrenos a las Temporalidades de
la Iglesia Católica,
inscritos en el tomo 3631, folio 16, folio real No.1050974-000: lote No. 1,
área 436.67, inscrito en el
Registro Nacional bajo el No. SJ 588464-85; el lote No. 2, área
407.62, inscrito en el Registro Nacional bajo el No. SJ 588465-85; y el lote
No. 3, área 425.66, inscrito en el Registro Nacional bajo el No. SJ
588466-85. Estos terrenos están localizados en
la Ciudadela Rodrigo
Facio, distrito Ipís,
cantón Goicoechea, provincia de San José, y se destinarán
para que la Parroquia
Cristo Resucitado de Ipís
proceda a construir un salón parroquial y multiuso, que brinde un
adecuado servicio a las comunidades que se agrupan en este distrito.
35.- Autorízase a
la Unión
Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Esparza,
cédula jurídica No. 3-002-078330-33, para que le traspase a los
beneficiarios, sin costo alguno, mediante título de propiedad, los lotes
de la finca inscrita en el folio real No. 6056016-000, con un área total
de 15.745.75 M2, inscrita en el Catastro Nacional según los planos Nos.
P-359615-79 y P-359614-79, para el proyecto de vivienda de interés
social "José Pacheco Vargas".
Los
beneficiarios sólo podrán pignorar sus propiedades con entes
financieros estatales, con mutuales, con cooperativas, con el Banco Popular y
de Desarrollo Comunal, con el Banco Hipotecario de
la Vivienda y con los bancos
del Sistema Bancario Nacional.
Los
traspasos estarán exentos del pago de toda clase de impuestos, tasas,
derechos y timbres. Los
beneficiarios no podrán vender ni traspasar, donar ni ceder sus lotes en
un período de diez años a partir del recibo del título de
propiedad. En caso de traspaso, venta, cesión, cambio o donación,
del inmueble a terceras personas durante el plazo indicado, éstas
deberán pagar a
la Unión Cantonal de Asociaciones de
Desarrollo de Esparza el valor del terreno, de acuerdo con el avalúo del
momento.
36.- Autorízase
el traspaso de la finca número 146860-000, inscrita a nombre de
la Municipalidad de San
Carlos, que mide 6
hectáreas, 9908,58 metros cuadrados,
a la
Asociación de Desarrollo Integral de la comunidad de
San Roque de Ciudad Quesada, cédula jurídica número
3-002-084778-53, para que desarrolle un programa de vivienda.
Ficha articulo
ARTICULO 33.-Apruébanse
las exoneraciones que a continuación se detallan.
1.- Exonérase del pago de todo
tipo de impuestos, tasas, sobretasas y derechos de inscripción a
la Asociación Asilo
de Ancianos de Los Santos, para la adquisición de un vehículo Toyota
Hiace, microbús, modelo 1988, motor de diesel
de 2500 cc., de cuatro cilindros, frenos delanteros
de disco, con un radio AM, focos delanteros, halógenos, cinturones de
seguridad en los asientos delanteros, asiento del conductor ajustable, motor
No.2L-15 87126, color crema. Este
vehículo será donado por
la Junta de Protección Social de San
José a dicha asociación para su uso.
2.- (Vetado) Autorízase a
los beneficiarios de la rifa ya realizada de un vehículo, por parte de
la Asociación Club Rotario de Alajuela, para que inscriban dicho
vehículo exento del pago de impuestos, tasas y similares.
(El
inciso anterior fue Vetado por la
Presidencia de la República el 16 de agosto de 1989. Dicho Veto puede
ser consultado al final de la presente norma).
3.- Exonérase a
la Asociación
Deportiva Ramonense del pago de todo tipo de impuestos para
la compra de elementos prefabricados de concreto para graderías y
materiales de construcción, que serán destinados para la
construcción del estadio municipal.
4.- Exonérase a
la Comisión
Organizadora de los Juegos Deportivos Nacionales San
Ramón 90 del pago de todo tipo de impuestos, tasas, sobretasas, derechos
de inscripción y derechos de propiedad, para la compra de terrenos y
la construccón
de instalaciones deportivas.
5.- Exonérase a
la Junta Administrativa
del Colegio Agropecuario de San Mateo del pago de todo tipo de impuestos, tasas
y sobretasas, para la adquisición y el traspaso de un vehículo
"pick-up" no mayor de 1600 c.c., que
será rifado por esa entidad.
El producto de la rifa se destinará para gastos varios de la
institución. El valor total
de las boletas de la rifa deberá ser superior al precio de venta del
vehículo en el mercado nacional.
6.- (Vetado) Exonérase de todo tipo de
impuestos, tasas y sobretasas al Club Rotario de San José para que
adquiera y traspase un vehículo de doble tracción, que
será rifado. El producto de
la rifa se destinará así:
el sesenta y cinco por ciento para el Club de Rotarios, para
atención de niños con problemas ópticos y acústicos,
y el treinta y cinco por ciento restante para
la Unión Cantonal
de Asociaciones de Desarrollo de Grecia, para la construcción del
polideportivo municipal.
(El inciso
anterior fue Vetado por la
Presidencia de la República el 16 de agosto de 1989. Dicho Veto puede
ser consultado al final de la presente norma).
7.- (Vetado) Autorízase a
la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de Guayabo de
Bagaces para que adquiera y traspase un vehículo modelo 1989 tipo rural,
exento de impuestos, tasas, sobretasas e impuesto de traspaso, que será
rifado. Los fondos que se recauden
serán destinados a financiar la construcción de la nueva iglesia
católica del lugar.
(El inciso
anterior fue Vetado por la
Presidencia de la República el 16 de agosto de 1989. Dicho Veto puede
ser consultado al final de la presente norma).
8.- Exonérase del pago de todo
tipo de impuestos, tasas, sobretasas y derechos de inscripción al Club
de Leones de Puntarenas para la adquisición y el traspaso de un
vehículo modelo 1990, de hasta 2000 cc., que
será rifado por esa entidad.
El producto de la rifa será destinado, en su totalidad, a la
construcción del albergue de ancianos de Barranca de Puntarenas. El valor total de las boletas de la rifa
no podrá ser menor al precio de venta del vehículo en el mercado.
9.- Concédese a los expertos
enviados por el Gobierno de Suecia a Costa Rica con carácter de
"expertos residentes", en el marco de la cooperación
técnica entre ambos países, que hayan sido acreditados por ese
mismo gobierno ante el Gobierno de Costa Rica, los privilegios e inmunidades
previstos para los funcionarios de la organización de las Naciones
Unidas y sus instituciones especializadas, todo de acuerdo con la ley, hasta
tanto no sea suscrito un acuerdo marco de cooperación técnica
entre ambos países.
10.- Exonérase a
la Asociación
pro Atención de Ancianos de Santo Domingo de
Heredia del pago de toda clase de impuestos, tasas, sobretasas, así como
de los derechos de propiedad e inscripción, para la adquisición
de un vehículo microbús sencillo, motor de diesel de 4009 c.c., de seis cilindros. Este vehículo será
para uso exclusivo del traslado de ancianos, bajo el cuidado de la referida
asociación.
11.- Autorízase a
la Asociación
de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) para que compre, libre de todo
tipo de impuestos, tasas, sobretasas, derechos de aduana, de muellaje y de
inscripción, un vehículo nuevo estilo jeep, de diesel, de doble
tracción, de seis cilindros, con capacidad de hasta seis personas, para
ser utilizado en los programas de
la Asociación.
12.- Por única vez,
exonérase a
la Municipalidad de
Goicoechea del pago del 2.5 por mil por concepto de timbres de
construcción y cupones de depósitos para la aprobación
de planos de construcción de urbanizaciones y de ampliaciones de
vivienda, establecido en el artículo 56 de
la Ley Orgánica
del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, y en el artículo 58
del reglamento interior de este Colegio.
Lo anterior con motivo del proyecto de vivienda de interés social
que lleva a cabo esta municipalidad en el distrito de Ipís,
cantón Goicoechea, provincia de San José.
13.- Exonérase del pago de todo
tipo de impuestos, tasas, sobretasas y derechos de inscripción a
la Fundación PANIAMOR,
para la adquisición de un vehículo tipo rural, marca Suzuki
Samurai, de 1300 cc, de gasolina, con motor de cuatro
cilindros. Este vehículo se
usará en forma exclusiva para la atención de los programas
relacionados con los niños agredidos.
14.- Autorízase a
la Cooperativa
de Caficultores de Montes de Oro, COOPEMONTES DE ORO, R.L.
para que compre, libre de todo tipo de impuestos, tasas, sobretasas, derechos
de inscripción, un camión modelo 1989, tipo LA1317/48 (4X4), de
8.5 toneladas. Las
características de este vehículo son las apropiadas para poder
transportar el café a los pequeños productores de esta agreste
zona.
15.- Exímese la pesca artesanal
de la obligación indicada en el inciso a) del artículo 15 de la leyNo. 6752 del 6 de mayo de 1982.
Ficha articulo
ARTICULO
34.-Apruébanse las siguientes autorizaciones al
Estado y sus instituciones y a entidades privadas.
1.-
Autorízase
al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que traslade a la cuenta de
fondos de terceros, los saldos de los recursos asignados a obras no
comprometidas al 31 de diciembre de 1989, así como los saldos disponibles en órdenes
de compra al 30 de junio de 1990, para los mismos fines establecidos en el
presupuesto de 1989.
2.-
Autorízase
al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para que, de la cuenta de fondos
de terceros, depósitos diversos, realice las siguientes transferencias, a
efecto de financiar la reparación de las calles de Palmares:
Trasladar de la cuenta 12-502-012 Asfaltado caminos Palmitos,
Guarumal-San Antonio de la Cueva de Naranjo, la suma de cinco millones de
colones, a las cuentas 12-502-011 Asfaltado de caminos entre San Isidro de San
Ramón y Buenos Aires de Palmares, la suma de un millón ochocientos mil
colones, y 12-502-016 Calles Vásquez, Jiménez y Quebrada, en Rincón de
Zaragoza de Palmares, la diferencia de tres millones doscientos mil colones.
3.-
Autorízase a la Municipalidad de
Goicoechea para que, de sus propios recursos, subvencione a las siguientes
organizaciones: Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de
Guadalupe Este, ¢200.000, para construcción del alcantarillado
sanitario de las comunidades Calle Calderón y Calle Río Abajo en Guadalupe;
Asociación Deportiva Guadalupe, ¢100.000, para gastos varios en la disciplina
del voleibol femenino.
4.-
Autorízase a la Municipalidad de
Goicoechea para que, de sus propios recursos, subvencione a la Cruz Roja
Costarricense con ¢200.000, para ser trasladados al Comité de la Cruz Roja del
distrito de Ipís, cantón Goicoechea.
5.-
Autorízase a la Municipalidad de
Turrialba para que destine los fondos recaudados al 31 de mayo de 1989, por la
suma de ¢2.993.352,45, más lo que ingrese hasta el 31 de diciembre de 1989,
inclusive, provenientes de la ley No. 6282 (compra de terrenos para plan de
lotificaciones municipales), para cubrir el déficit existente en su presupuesto
de ingresos. Después de la fecha
indicada se seguirá conforme con lo establecido en la mencionada ley.
6.-
Autorízase a la Municipalidad de Los
Chiles para que transfiera fondos de la partida asignada en la ley No. 7097 del
18 de agosto de 1988. Obras varias por ¢3.000.000, a las organizaciones del
cantón que estén debidamente registradas y tengan la personería vigente.
7.-
Autorízase a ENCOOPER (empresa
cooperativa dedicada a la comercialización de productos perecederos
industrializados y en fresco), para que, de la transferencia incluida en la ley
No. 7018 del 13 de diciembre de 1985, título 110, programa 195 (recursos
girados por el Ministerio de Hacienda) pueda hacer la siguiente distribución:
ENCOOPER, para cumplir compromisos anteriores, ¢3.500.000; COOPEBOTANICA, ¢500.000;
COPROA, R.L., ¢500.000; UPANACIONAL, ¢4.500.000, y ENCOOPER, ¢1.000.000.
8.-
Autorízase a la Asociación
Costarricense de Voleibol para que utilice el remanente o saldo de la
transferencia incluida a su favor en el título 117, programa 765, de la ley No.
7111 del 24 de noviembre de 1988, en gastos de la
participación de las selecciones nacionales en el NORCECA de 1989.
9.-
Autorízase al Ministerio de Obras Públicas
y Transportes para que, por medio de decreto ejecutivo, realice transferencias
entre las partidas de un mismo programa de su presupuesto. Si fuera necesario,
podrá modificarse la partida construcciones, adiciones y mejoras, así como la
lista de obras de aquellos proyectos que ya estuvieran terminados, para cumplir
con los programas y las metas establecidas para el año 1989.
10.-
Autorízase a la Notaría del Estado para
que tramite el traspaso, a nombre de la Asociación de Vivienda de Autogestión
y Ayuda Mutua de Curridabat, cédula jurídica No. 3-002-087412-30, de la finca
ubicada en Curridabat, cantón 18, distrito 01, inscrita en el catastro SJ
302452, tomo 3113, folio 137, asiento 1, provincia de San José, para un
programa de vivienda en beneficio de sus asociados.
La confección de los planos de cada lote, para su inscripción ante el
Catastro Nacional, correrán por cuenta del departamento de ingeniería de la
Municipalidad de Curridabat, exonerados ambos actos del pago de toda clase de
impuestos, derechos, timbres y tasas. La
escritura pertinente estará a cargo de la Notaría del Estado, exenta del pago
de toda clase de impuestos, derechos de registro, timbres y tasas.
Los beneficiarios no podrán vender, ceder, donar, cambiar, ni traspasar
el inmueble donado, por un lapso de diez años.
11.-
Autorízase al Instituto Costarricense de
Electricidad, a la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, a la Junta
Administrativa de Servicios Eléctricos de Cartago y a las cooperativas de
electrificación rural, para que ejecuten, con las municipalidades, las
asociaciones de desarrollo y los comités cantonales y distritales de deportes,
proyectos de iluminación de parques recreativos y campos deportivos, con
materiales, estudios y ejecución de las obras.
12.-
Autorízase a Cementos del Pacífico,
S.A. para que le done dos mil sacos de cemento a los Hogares CREA del cantón de
San Ramón, para la construcción de sus instalaciones, con el fin de mejorar
los servicios de atención que brinda esta entidad.
13.-
Autorízase al Instituto de Fomento y
Asesoría Municipal (IFAM) para que traslade un retroexcavador a la
Municipalidad de San Isidro de Heredia y una vagoneta a la Municipalidad de
Sarapiquí de Heredia, adquiridos con partidas de este año.
14.-
Autorízase a la Municipalidad del cantón
central de Puntarenas, para que, una vez hecha realidad la instalación de la
zona franca de Santa Rosa de Barranca de Puntarenas, le brinde colaboración a
los inversionistas con exoneración de impuestos municipales por cinco años,
prorrogables por períodos iguales, hasta un máximo de veinticinco años.
15.-
Autorízase al Ministerio de Obras Públicas
y Transportes para que utilice en la
pavimentación de las calles de la
ciudad de Cartago, la partida
depositada en la cuenta No. 112-024 Fondos de terceros, giro No.
899007132.
Ficha articulo
ARTICULO
35.-La Municipalidad de Alajuela destinará los excedentes provenientes de
la tasa que se cobra de la plaza de ganado de Montecillos para la ejecución de
obras en las comunidades. Los
recursos se distribuirán en forma equitativa
entre los distritos del cantón, y podrán trasladarse a las asociaciones de
desarrollo para la ejecución de las obras. Las obras por ejecutar serán
determinadas en conjunto por el síndico y los regidores que representen a cada
distrito. Esta disposición deroga las anteriores en lo que se le opongan.
Ficha articulo
ARTICULO
36.-Otórgasele franquicia postal al comité
organizador de los Juegos Deportivos Nacionales San Ramón 90 para toda la
correspondencia que reciba del exterior y para la que envíe dentro y fuera del
territorio nacional.
A su vez, se autoriza al referido comité para que financie sus programas
y para que obtenga donaciones, contribuciones y legados de personas físicas o
jurídicas, públicas y privadas. Asimismo,
se le autoriza para que lo que reciba, en su totalidad, sea deducible del
imponible que deba pagar por concepto del impuesto sobre la renta.
De igual manera, se le autoriza para que compre inmuebles.
Las escrituras serán formalizadas ante la Notaría del Estado, exentas
de todo tipo de derechos, timbres, impuestos y pago de honorarios de abogado.
Ficha articulo
ARTICULO
37.-Las partidas de obras específicas, título 130 del presupuesto de 1988,
comprometidas al 30 de junio de 1989 y no giradas, se considerarán automáticamente
revalidadas hasta el 31 de diciembre de 1989.
Ficha articulo
ARTICULO
38.-Para los efectos legales correspondientes, revalídase la partida
presupuestaria código 13-513-510,
de la Ley de Presupuesto Nacional para 1988, para la casa del Maestro.
Esta partida conservará su destino y será fuente de financiamiento para
las obras contratadas mediante la licitación pública No.69-88, construcción
de casas del maestro rural-MEP.
Ficha articulo
ARTICULO
39.-La
Municipalidad del cantón central de la provincia de Puntarenas le entregará, a
la mayor brevedad, los fondos obtenidos por concepto de la partida específica
código 730 699 1 242 30, de la ley No. 7083 del 25 de agosto de 1987,
giro No. 871678651, por
¢1.170.000, para construcción de la gradería en la plaza Las Playitas,
en la ciudad de Puntarenas, a la Asociación Polideportivo Las Playitas de
Puntarenas, cédula jurídica No. 3-002-092-372-35, que usará esos fondos en la
construcción de la gradería de la plaza de fútbol de Las Playitas de la
ciudad de Puntarenas.
Ficha articulo
ARTICULO
40.-El
Instituo Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) aportará, en 1989, la
suma de quince millones de colones ¢15.000.000) de sus propios recursos, para
que adquiera equipo y maquinaria especial de limpieza de playas, y en un plan
conjunto con la Municipalidad de Puntarenas y ASOPLAYA (cédula jurídica No.
300207821435), proceda a realizar trabajos de limpieza en las playas de la
ciudad de Puntarenas, desde el Bo. El Carmen hasta Boca de Barranca.
Para tales fines, podrá suscribir convenios cooperativos con los entes
citados.
Asimismo, aportará, en 1989, cinco millones de colones ¢5.000.000) para
la reconstrucción de bancas, aceras y reforestación frente a la playa, desde
el Bo. El Carmen hasta Boca de Barranca.
Ficha articulo
ARTICULO 41.-(Vetado) Adiciónase el siguiente
párrafo al artículo 53 de la Ley Orgánica del Consejo
Nacional de la Producción, No. 2035
del 17 de julio de 1956 y sus reformas:
"El
monto del producto de las ventas que la Fábrica Nacional de Licores debe
girar al Consejo Nacional de la Producción, conforme con este
artículo, estará exento por ocho años del pago de todo
tipo de tributo. El monto
correspondiente a los impuestos dejados de cancelar por
la Fábrica Nacional
de Licores, se destinará exclusivamente al traslado de sus instalaciones
al cantón de Grecia.
La Contraloría
General de
la República no aprobará el
presupuesto de la citada entidad si no se incluye el monto equivalente a los
impuestos exonerados en este artículo."
(El presente
artículo fue Vetado por la Presidencia de la República el 16 de
agosto de 1989. Dicho Veto puede ser consultado al final de la presente norma).
Ficha articulo
ARTICULO 42.-Modifícase el artículo
23, numeral 9, de la ley No. 7108 del 8 de noviembre de 1988, para que se
sustituya el texto del artículo 2 por el siguiente.
"Artículo
2.- Del
producto del impuesto proveniente de la ley No. 5351 se destinará el
cuarenta y cinco por ciento (45%) para el Museo Nacional, el diez por ciento
(10%) para el Teatro Nacional, el quince por ciento (15%) para los museos
regionales creados por el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, el diez
por ciento (10%) para el Museo Histórico Cultural Juan Santamaría,
el diez por ciento (10%) para
la Compañía Nacional de Teatro, el
cinco por ciento (5%) para
la Orquesta Sinfónica Nacional (Programa
Juvenil), y el cinco por ciento (5%) para el Museo de Arte Costarricense.
El
Banco Central de Costa Rica girará los fondos recaudados a favor del
Museo Nacional, el que se encargará de distribuir lo correspondiente a
las demás instituciones.
El
impuesto establecido será ajustado cada dos años, de acuerdo con
los índices de devaluación del Banco Central de Costa Rica.
Ficha articulo
ARTICULO 43.-De conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16, inciso 33), de la ley No.7097 del 18 de
agosto de 1988, los bienes cedidos a la
Liga de Municipalidades de Heredia deberán ser
redistribuidos de la siguiente manera: a) El edificio y la totalidad del
equipo y mobiliario, a la
Empresa de Servicios Públicos de Heredia. b) La finca
ubicada en el distrito cuarto, cantón cuarto, Jesús de Santa
Bárbara de Heredia, inscrita en el folio real 4046937-000, folio 123,
imagen 135, a
la Asociación
pro Hogar Transitorio Juvenil Siembra. c) El lote
4399, folio 132, con un área de 696 m2, al Instituto Mixto de Ayuda Social
(IMAS). El traspaso e
inscripción a la Liga
de Municipalidades de Heredia de los bienes dichos y su traspaso dispuesto a
las entidades indicadas, estarán exentos del pago de los impuestos
correspondientes.
Ficha articulo
ARTICULO
44.-Modifícase el numeral 2 del artículo 38 de
la ley No. 7111 del 12 de diciembre de 1988, para que diga de la siguiente
forma.
"Artículo
38: ...
2.- De la partida de bonos
"Refundición de la Deuda Externa", el Ministerio de Hacienda destinará
la suma de cuarenta millones de colones ¢40.000.000) para girárselos a la
Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI), a fin de que los destine al
pago de obligaciones por compra de tierras."
Ficha articulo
ARTICULO
45.-Adiciónase el siguiente texto al artículo 18, inciso 12, de la ley No.
7097 del 18 de agosto de 1988: "incluye hasta el modelo 1989, nuevos".
Ficha articulo
ARTICULO
46.-Modifícase el artículo 33, numeral 23, de
la ley No. 7111 del 12 de diciembre de 1988, en la siguiente forma.
"Artículo
33. ...
23.-
Autorízase al Estado, por medio de la
Dirección General Forestal, para que les pague, con bonos, a los bancos del
Estado hasta cincuenta millones de colones ¢50.000.000), para la cancelación
de las deudas adquiridas por los ocupantes de las reservas forestales Arenal y
Cordillera Volcánica de Guanacaste. Dicho pago se considerará como pago
parcial o total de la compra de aquellas fincas que el Estado considere
conveniente adquirir dentro de las reservas forestales Arenal y Cordillera Volcánica
de Guanacaste.
Para los mismos propósitos, el Instituto Costarricense de Electricidad
podrá destinarle cincuenta millones de colones ¢50.000.000) en dinero efectivo
al fondo forestal de la Dirección General Forestal, para lo cual deberá hacer
la respectiva modificación presupuestaria.
En caso de existir remanente una vez canceladas las deudas con los
bancos, será utilizado para la adquisición de tierras en las citadas reservas
forestales. Todos los terrenos
adquiridos pasarán a ser propiedad del Estado.
Ficha articulo
ARTICULO
47.-Derógase el inciso 59) del artículo 12 de la ley No. 7097 del 18 de
agosto de 1988 y mantiénese el inciso 83) del artículo 14 de la misma ley.
Ficha articulo
ARTICULO 48.-Derógase el
artículo 71 de la ley No. 6975 del 30 de noviembre de 1984, por cuanto
la autorización concedida en dicho artículo resulta contraria al
artículo 121, inciso 14, de
la
Constitución Política.
Ficha articulo
ARTICULO
49.-Autorízase al Poder Ejecutivo para que haga una emisión de bonos
especiales hasta por ciento veinte millones de colones, al dieciocho por ciento
anual de interés, a diez años plazo, para que la Asamblea Legislativa pueda
adquirir los inmuebles ubicados al costado este de su sede central.
La adquisición de los bienes se hará conforme con lo establecido por la
Ley de Administración Financiera de la República y por la Contraloría General
de la República.
Ficha articulo
ARTICULO 50.-Autorízase
al Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas, para que, mediante
decreto ejecutivo, proceda a declarar el congelamiento de aquellas áreas
de interés minero que, en virtud de la legislación vigente,
queden libres dentro de todo el territorio nacional. El congelamiento operará
automáticamente, a partir del momento en que el área quede libre,
en cuyo caso deberá hacerse constar así en el padrón
minero que lleva la
Dirección de Geología, Minas e
Hidrocarburos. El descongelamiento
de dichas áreas se hará de conformidad con el reglamento que el
Poder Ejecutivo dictará a los efectos.
Ficha articulo
ARTICULO 51.-Modifícase el párrafo
primero del artículo 22 de la
Ley de Loterías, No. 3785 del 11 de noviembre de 1966,
reformada por la ley No. 6404 del 20 de diciembre de 1979 para que,
después de "premios prescritos", se le agregue el siguiente
texto: "y no vendidos".
Ficha articulo
ARTICULO 52.-(Vetado)
La exoneración para la compra de
un vehículo libre de impuestos otorgada mediante la ley No. 7097 del 18 de
agosto de 1988, a
favor de la Unión
Cantonal de Asociaciones de Alajuela, se le traslada a
la Asociación Hogares
Crea de Costa Rica. Esta podrá rifar
dicho vehículo siempre y cuando el valor total de las boletas de la rifa sea
igual o superior al valor de mercado del vehículo. El favorecido podrá
inscribir el vehículo libre de impuestos.
(El presente artículo
fue Vetado por la Presidencia de la República el 16 de agosto de 1989. Dicho
Veto puede ser consultado al final de la presente norma).
Ficha articulo
ARTICULO
53.-Modifícase el numeral 27 del artículo 34
de la ley No. 7089 del 18 de diciembre de 1987, cuyo texto dirá:
"Artículo
34.-...
27.-
Se autoriza a la Universidad de Costa
Rica y al Ministerio de Justicia para que permuten la finca a nombre de la
Universidad de Costa Rica, provincia de Alajuela, cantón de Alajuela, distrito
de San Rafael, inscrita en el tomo 2621, folios 83 y 84, número 175.370,
asiento 2, que mide, según el Registro Público, 13 hectáreas 60 áreas 52
centiáreas 83 decímetros cuadrados; con los lotes A y B identificados en el
plano catastrado matrícula No. E-Heredia-87-82, que miden un área total de 18
hectáreas 0001.13 m2, a nombre de la Dirección General de Adaptación Social,
cantón de Flores, distrito de San Joaquín, que se segregarán de la finca No.
33.308, inscrita en los tomos 645 y 2496, folios 241, 280, 573, 574 y 158,
asientos 12, 14, 16 y 18. La permuta se hará sin diferencia de valor económico.
Se permitirá a la Universidad de Costa Rica hipotecar o vender, mediante
licitación pública, los lotes que adquiera por la permuta que se autoriza. El
dinero que se obtenga, en caso de venta, se utilizará únicamente para la
construcción de las instalaciones de la Escuela de Zootecnia.
Ficha articulo
ARTICULO
54.-Autorízase a la Tesorería Nacional para
que ponga en operación el siguiente procedimiento, para el manejo de los
desembolsos provenientes del anticipo de fondos del préstamo No. 544/OC-CR,
suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
1.- El
Banco Interamericano de Desarrollo hará el anticipo de fondos solicitado por
las Unidades Coordinadoras del Subprograma A (CONICIT) y del Subprograma B
(CONARE).
2.- Los
recursos de ese anticipo y los desembolsos futuros se depositarán en una cuenta
especial en dólares U.S. de la Tesorería Nacional.
3.-
La Tesorería Nacional transferirá los recursos a las cuentas corrientes
en dólares U.S. y colones de las Unidades Coordinadoras.
4.- Cada
Unidad Coordinadora, una vez realizados los gastos, presentará las
justificaciones de éstos y preparará la solicitud de desembolso al BID, para
constituir nuevamente el monto requerido que les permita continuar con los
programas.
Ficha articulo
ARTICULO
55.-Autorízase a la Tesorería Nacional para que ponga en operación el
siguiente procedimiento, para el manejo de los desembolsos del préstamo
762/SF-CR, suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
1.- El
Banco Interamericano de Desarrollo hará el anticipo de fondos solicitado por la
Unidad Ejecutora.
2.- Los
recursos de ese anticipo y los desembolsos futuros se depositarán en la cuenta
especial en dólares U.S. de la Tesorería Nacional.
3.- La
Tesorería Nacional transferirá los recursos a las cuentas corrientes en dólares
U.S. y colones de la Unidad Ejecutora.
4.- La
Unidad Ejecutora, una vez realizados los gastos, presentará la justificación
de éstos y preparará la solicitud de desembolso al BID para constituir
nuevamente el monto requerido que le permita continuar con el programa.
Ficha articulo
ARTICULO
56.-Modifícase el artículo 35, inciso 4) del
Presupuesto Nacional para 1988, No. 7089 del 18 de diciembre 1987 para que diga
de la siguiente manera:
"Artículo
35: ...
4.-
Exonérase del pago de todo tipo de impuestos, tasas, sobretasas y
derechos de inscripción al Comité Olímpico Nacional de Costa Rica, para la
adquisición de un vehículo marca Hyunday Pony, estilo coupé, de 1300 cc., el
cual le será donado por la Empresa o Compañía Tecnomotores, S.A.
Ficha articulo
ARTICULO
57. Modifícase el artículo 46 de
la Ley de Presupuesto Nacional para 1988, No. 7089 del 18 de diciembre de 1987,
para que diga de la siguiente manera:
"Artículo
46.-
Tendrán carácter de no reembolsables, los recursos a que se refiere el
inciso 53, artículo 39, de la ley No. 7040 del 25 de abril de 1986, destinados
a desarrollar programas de vivienda social en San Rafael de Oreamuno, por la
Asociación de Vivienda de San Rafael de Oreamuno y por la Asociación de
Desarrollo Comunal de Barrio El Carmen de La Unión, recursos que fueron
otorgados para 1986 por el Instituto Mixto de Ayuda Social, de la suma asignada
en la ley No. 7012 del 13 de noviembre de 1986.
Ficha articulo
ARTICULO
58.-Derógase el artículo 28 de la ley No. 7018 del 13 de diciembre de
1985.
Ficha articulo
ARTICULO 59. Otórgase personería
jurídica al Comité Olímpico de Costa Rica. Se autoriza al
Ministerio de Justicia y al Registro Público, para que extiendan la
correspondiente cédula jurídica y hagan la debida
inscripción. Es propiedad
exclusiva el nombre olímpico, olimpiada y sus derivados, asímismo, la bandera internacional del Comité
Olímpico, los aros olímpicos, que son cinco, entrelazados, que
representan los cinco continentes, el logotipo inscrito por el Comité
Olímpico Internacional y los propios que este comité establezca,
el cual es el único autorizado en el territorio nacional para usarlos.
Se
otorga franquicia postal para toda la correspondiencia
que reciba el comité del exterior, y para la que envíe dentro y
fuera del territorio nacional.
Se
autoriza al Comité Olímpico de Costa Rica para que financie sus
programas y para que obtenga donaciones, contribuciones y legados de personas
físicas o jurídicas, públicas o privadas. Asímismo,
se le autoriza para que lo que reciba, en su totalidad, sea deducible del
imponible que pagará por concepto del impuesto sobre la renta.
Ficha articulo
ARTICULO 60.-Adiciónase el siguiente
párrafo al artículo 52 de la ley No. 7097 del 1 de setiembre de
1988:
"La
aplicación de la presente norma será reglamentada por decreto
ejecutivo que deberá ser publicado en un plazo no mayor de tres meses
después de la vigencia de la ley (plan de gastos extraordinarios), y en
él se contemplarán procedimientos para certificar la donación
y fiscalizar la ejecución del gasto.
Ficha articulo
ARTICULO
61.-Autorízase a la Municipalidad de
Desamparados para que, de la partida consignada a su favor en el código 663 564
1 132 19 7, del programa 900, de la ley No. 7111 del 12 de diciembre de 1988, le
gire la suma de ¢65.000 a la Asociación Curime Tradiciones Populares de Costa
Rica, para gastos de viaje en el exterior.
Ficha articulo
ARTICULO 62.-(Vetado)Los
programas del título 107 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
080,-Administración central, y 081,- Servicio Exterior, establecidos por la ley
No. 7111 del 12 de diciembre de 1988, así como los mismos programas antes
citados de la presente ley, no deberán ser afectados por la ley No. 7106 del 4
de noviembre de 1988, ni por el reglamento No. 19026-P del 31 de mayo de 1989.
(El presente artículo fue Vetado por
la Presidencia de la República el 16 de agosto de 1989. Dicho Veto puede ser
consultado al final de la presente norma).
Ficha articulo
ARTICULO 63.-El número
correcto de finca cuya donación se le autoriza a
la Municipalidad de
Goicoechea a favor de COOPECASA, R.L., en la ley No.
7097 del 18 de agosto de 1988, artículo 16, inciso 13 es el 349507-000.
Ficha articulo
ARTICULO 64.-Otórgasele
personería jurídica a
la Comisión Nacional
de la Papa,
creada por decreto ejecutivo No. 17546-PLAN-MAG del 24 de marzo de 1987. La representación legal de
la Comisión,
para todos los efectos, será ejercida por su presidente.
Ficha articulo
ARTICULO
65.-Prorrógase por dos años la
vigencia de la Asociación Juegos Deportivos Nacionales "Heredia 88",
con el objeto de que finalice las instalaciones deportivas, que fueron
programadas para la realización de la décimo segunda edición de estas justas
deportivas. La
Dirección General de Educación Física y Deportes deberá reglamentar, por
medio de un decreto ejecutivo, lo concerniente a su administración y operación,
así como la integración de la junta directiva en un período no mayor de
treinta días hábiles, a partir de la publicación de esta ley en el diario
oficial La Gaceta.
Ficha articulo
ARTICULO 66.-Autorízase
al Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) para que, de su emisión de
bonos, cumpla en primera instancia con la resolución de
la Corte Plena, ley No.
6995 del 22 de julio de 1985, norma 114, y decreto ejecutivo No. 16519 del 3 de
junio de 1985.
La Tributación
Directa deberá proceder a hacer el respectivo
avalúo, según las regulaciones contenidas en sentencias que a
continuación se enumeran: Tribunal Superior Contencioso Administrativo,
No. 1149 de las 10 horas del 4 de noviembre de 1983; Sala Primera de
la Corte, sentencia No. 1011 de
1981; Sesión de Corte Interina del 26 de febrero de 1976;
Casación No. 109, segundo semestre, tomo II, página 925.
Ficha articulo
ARTICULO
67.- Rige
a partir de su publicación.
COMUNICASE AL PODER
EJECUTIVO
ASAMBLEA
LEGISLATIVA.- San
José a los treinta y uno días del mes de julio de mil novecientos ochenta y
nueve.
Dado
en la Presidencia de la República.-
San José, a los dieciséis días
del mes de agosto de mil novecientos ochenta y nueve.
Presidencia
de la República.-San José, a los dieciséis días del mes de agosto de mil
novecientos ochenta y nueve.
El
Poder Ejecutivo devuelve a la Asamblea Legislativa, con la correspondiente sanción
constitucional la ley N° 7131, Ley de Modificación al Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Fiscal de 1989. No obstante,
por razones de incoveniencia, se devuelven sin la sanción correspondiente las
siguientes disposiciones:
Artículo
32, inciso 11) ..
Su
inconveniencia radica en que el terreno que se traspasa a la Asociación Club de
Radio Experimentadores de Costa Rica está destinado para obras que benefician a
la comunidad en evidente interés público. Los beneficios públicos que traerán
dichas obras están por encima de intereses particulares.
Artículo
33, inciso 2).
Su
inconveniencia radica en que genera una exoneración de impuestos mucho tiempo
después de haberse producido el hecho generador.
Artículo
33, incisos 6) y 7).
Se
veta por razones de inconveniencia. El Poder Ejecutivo no puede sancionar
disposiciones legales que omitan la especificación de que los ingresos
provenientes de la rifa deben ser iguales o superiores al valor de mercado del
vehículo, o al menos al valor CIF más los impuestos correspondientes, debido a
que puede suscitar una eventual evasión fiscal.
Artículo
41.
Su
inconveniencia radica en que los recursos a los que se refiere la norma ya están
comprometidos para otros fines, en el Presupuesto Ordinario para el período
fiscal. del año 1989, y. la norma no indica la forma de suplir recursos para
dichos fines. Además, atenta contra el régimen de caja única del Estado. Además,
modifica la legislación ordinaria, como lo es la Ley Orgánica del Consejo
Nacional de Producción; es inconveniente ya que establece que el monto del
producto de las ventas que la Fábrica Nacional de Licores debe girar al Consejo
Nacional de Producción, estén exentos por ocho años de todo tipo de tributos,
destinando esos recursos al traslado de FANAL a Grecia.
Artículo
52.
Al
igual que el artículo 33, inciso 2), genera una exoneración de impuesto mucho tiempo
después de haberse producido el hecho generador. .
Artículo
62.
Modifica
la Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Ciencias Políticas y
Relaciones Internacionales estableciendo una excepción a su aplicación en
relación únicamente con funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto. :
De
ustedes con toda consideración y estima,
OSCAR
ARIAS SANCHEZ
Ficha articulo
Fecha de generación: 6/3/2024 15:48:12
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