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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 17970 >> Fecha 04/02/1988 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 17970
Reforma Reglamento Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades Transmisibles

N° 17970-S



EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA



Y EL MINISTRO DE SALUD.



En uso de las facultades que les confieren los incisos 3) 18) del artículo 140 de la Constitución Política.



Considerando:



1°-Que mediante Decreto Ejecutivo N° 17970-S del 26 de junio de 1987, promulgó el Reglamento de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades Transmisibles.



2°-Que por medio del Decreto Ejecutivo N° 17760-S del 16 de setiembre de 1987, publicado en "La Gaceta" N° 197 del 15 de octubre de ese mismo año  se dispuso que el artículo 18 del Decreto Ejecutivo N° 17624-S empezaría a regir a partir del 15 de diciembre de 1987.



3°-Que este Ministerio considera conveniente prorrogar por seis meses más, el inicio de la vigencia de esa disposición legal.  ,



DECRETAN:



Artículo 1°- Lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto Ejecutivo número 17624-S del 26 de junio de 1987 empezará a regir a partir del 15 de junio de 1988.




Ficha articulo



Artículo 2°-Se deroga el Decreto Ejecutivo N° 17760-S del 16 de setiembre de 1987.




Ficha articulo



Artículo 3°-Rige a partir de su publicación.



            Dado en la Presidencia de la República -San José,  a los cuatro dias del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho.




Ficha articulo





Fecha de generación: 26/4/2024 04:55:44
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