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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 24420 >> Fecha 23/05/1995 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 24420
Modificación Comité Ad Hoc Hispano Costarricense
Texto Completo acta: EB82E 1

Nº 24420-PLAN-RE



(Este decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 37498 del 9 de noviembre de 2012, "Derogatoria de normativa que comprenda órganos interinstitucionales constituidos ad hoc que hayan concluido su ciclo operativo o haya entrado en desuso") 



EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA



Y LOS MINISTROS DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA



ECONOMICA Y DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO



En uso de las facultades que conceden las disposiciones contenidas



en los incisos 7), 10), 12) y 18) del artículo 140 de la Constitución



Política, el artículo 11 de la Ley de Planificación Nacional Nº 5525 de 2



de mayo de 1974 y sus reformas, y el artículo 1 de la Ley Orgánica del



Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Nº 3008 de 18 de julio de



1962.



Considerando:



I.- Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 22034-PLAN-RE de 4 de marzo de



1993, se constituyó el Comité Ad-Hoc Hispano-Costarricense para los



propósitos convenidos en el denominado "Programa de Ayuda para el



Equipamiento de Costa Rica", establecido conforme los alcances de los



Convenios de Cooperación Técnica y Económica suscritos entre el Gobierno



de la República de Costa Rica y el Gobierno del Reino de España,



aprobados mediante Leyes Nº 5289 de 6 de agosto de 1973 y Nº 5549 de 9 de



agosto de 1974.



II.- Que según acuerdos cursados entre representantes de la Embajada



de España en Costa Rica y los Ministros de Planificación Nacional y



Política Económica y de Relaciones Exteriores y Culto, conviene practicar



algunas reformas en las regulaciones contenidas en el Decreto Ejecutivo



relacionado, para atender de manera más adecuada los propósitos para los



cuales fue constituido el mencionado Comité Ad-Hoc Hispano-Costarricense.



Por tanto:



DECRETA.



Artículo 1º.- Modifíquense los artículos 1º y 9º del Decreto



Ejecutivo Nº 22034-PLAN-RE de 4 de marzo de 1993, para que en adelante se



lean de la siguiente manera:



"Artículo 1º.- El Comité Ad-Hoc Hispano-Costarricense estará



integrado por las siguientes personas o sus representantes:



- El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica-



- El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto;



- Dos miembros designados por la Embajada de España en Costa Rica, uno de



los cuales podrá ser el propio señor Embajador.



Todos los miembros actuarán de manera ad-honorem. Para las sesiones



de trabajo el quórum requerido será de mayoría simple. Las actuaciones y



resoluciones del Comité se regirán por las disposiciones sobre órganos



colegiados establecidas en la Ley General de la Administración Pública,



en todo aquello en que resulten compatibles.



Artículo 9º.- La autorización de la transferencia de los recursos de



la cuenta especial del Fondo en el Banco Central de Costa Rica a las



cuentas bancarias correspondientes de los proyectos, deberá ser suscrita



en forma mancomunada por dos miembros del Comité, de los cuales uno



deberá pertenecer a la representación costarricense y el otro a la



española. Para tal ello deberán registrase en el Banco Central de Costa



Rica todas las firmas de los miembros del Comité "




Ficha articulo



Artículo 2º.- Rige a partir de su publicación.



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Fecha de generación: 23/4/2024 07:49:00
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