Texto Completo acta: 1EC02
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LEY DE EXENCION DEL IMPUESTO A LA
PROPIEDAD DE MAQUINARIA AGRICOLA
ARTICULO 1.- Exonéranse, de los impuestos establecidos en los
artículos 9 y 13 de la Ley No. 7088 del 30 de noviembre de 1987, los
tractores de llantas de caucho, los tractores de oruga, los cargadores de
caña, las cosechadoras de granos y cualquier otro tipo de maquinaria
agrícola con propulsión propia.
Ficha articulo ARTICULO 2.- Rige a partir de su publicación.
Ficha articulo
Fecha de generación: 24/4/2024 02:58:55