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 Normativa >> Ley 2378 >> Fecha 29/09/1960 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 2378
Reforma Código de Trabajo
Texto Completo acta: 42DC 1

Considerando:



1º.- Que la Asamblea Legislativa aprobó el presente proyecto de



ley a los trece días del mes de junio de mil novecientos cincuenta y



nueve y lo envió al Poder Ejecutivo para su sanción conforme a la



Constitución Política;



2º.- Que el Poder Ejecutivo, en resolución de veinticinco de



junio del mismo año, devolvió el proyecto sin sancionarlo aduciendo



razones que la Comisión de Trabajo y Previsión Social de esta



Asamblea acogió plenamente, proponiendo el proyecto que fue aprobado,



previos los trámites constitucionales, por la Asamblea Legislativa,



Por tanto,



DECRETA:



Artículo 1º.- El artículo 143 del Código de Trabajo en adelante



se leerá así:



Artículo 143.- Quedarán excluidos de la limitación de la jornada



de trabajo los gerentes, administradores, apoderados y todos aquellos



empleados que trabajan sin fiscalización superior inmediata: los



trabajadores que ocupan puestos de confianza; los agentes



comisionistas y empleados similares que no cumplan su cometido en el



local del establecimiento; los que desempeñan funciones discontinuas



o que requieran su sola presencia; y las personas que realizan



labores que por su indudable naturaleza no están sometidas a jornada



de trabajo.



Sin embargo, estas personas no estarán obligadas a permanecer



más de doce horas diarias en su trabajo y tendrán derecho, dentro de



esa jornada, a un descanso mínimo de una hora y media".




Ficha articulo



Artículo 2º.- Esta ley rige desde su publicación.




Ficha articulo





Fecha de generación: 16/9/2024 10:46:04
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