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 Normativa >> Ley 2956 >> Fecha 18/12/1961 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 2956
Se le da nueva vigencia a los artículos transitorios I y III de la ley No. 1594 de 07 d ejulio de 1953 y transitorio III del Código Electoral para las próximas elecciones a celebrarse el 04 de febrero de 1962
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Fecha de generación: 26/4/2024 03:52:47

N° 2956



LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA





DECRETAN:  



 



            Artículo 1°-Se le da nueva vigencia a los artículos transitorios I y III de la Ley N ° 1594 de 7 de julio de 1953 y III de la Ley N ° 1536 de 10 de diciembre de 1952, para las próximas elecciones a celebrarse el 4 de febrero de 1962.



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            Artículo 2°-Esta ley rige desde su publicación.



            Casa Presidencial.-San José, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y uno.




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