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 Normativa >> Ley 46 >> Fecha 12/07/1895 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 46
Reforma Código Civil
Texto Completo acta: 2C653 1

Art¡culo £nico.-El art¡culo 433 del C¢digo



Civil, se leer  as¡: "Para la hipoteca de



c,dulas no es necesario que al constituirse haya



acreedor, y pueden emitirse las c,dulas  



favor del mismo due¤o del inmueble hipotecado,



quien, de igual manera que cualquiera otra



persona, puede negociarlas aun despu,s de vencidas".




Ficha articulo





Fecha de generación: 23/4/2024 20:24:56
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