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 Normativa >> Ley 2408 >> Fecha 23/07/1959 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 2408
Reforma Código de Trabajo
Texto Completo acta: 2DF5C 1

Artículo 1º.- Adiciónase el artículo 1º de la ley Nº 2034 de 18 de



julio de 1956, declarando el día 25 de julio de cada año "feriado",



intercalando esta fecha entre el día feriado 29 de junio y el día feriado



2 de agosto.




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Artículo 2º.- Las escuelas y colegios oficiales y particulares



deberán celebrar actos cívicos alusivos ese día, en conmemoración de esta



fecha. Para las escuelas y colegios será de asueto el resto del día.




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Artículo 3º.- Adiciónase el artículo 147 del Código de Trabajo con la



siguiente frase: "y el 25 de julio".




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Artículo 4º.- Esta ley rige desde su publicación.




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Fecha de generación: 26/4/2024 11:40:12
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