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 Normativa >> Ley 6430 >> Fecha 15/05/1980 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 6430
Reforma Ley General de Salud
Texto Completo acta: 311BB 1

6430



LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA,



DECRETA:



Artículo 1º.- Refórmase el artículo 242 de la ley 5395 del 23 de octubre de 1973, Ley General de Salud, cuyo texto dirá:



"Artículo 242. Se prohíbe vender o suministrar, a cualquier título, sustancias, mezclas de sustancias, productos u objetos tóxicos, de carácter peligroso o declarados peligrosos por el Ministerio, a menores de edad o a personas incapacitadas mentalmente".



 




Ficha articulo



Artículo 2º.- Adiciónase un segundo párrafo al artículo 372 de la misma ley, con el siguiente texto:



"Igual pena sufrirá el que incumpliere lo dispuesto por el artículo 242 de esta ley, cuando ello ocurra sin las previas autorizaciones legales o reglamentarias correspondientes".



 




Ficha articulo



Artículo 3º.- Rige a partir de su publicación.



Casa Presidencia.-San José, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos ochenta.



 



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 27/2/2024 02:30:07
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