Buscar:
 Normativa >> Ley 2353 >> Fecha 21/05/1959 >> Texto completo
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


Artículos     >>
Recuerde que Control F es una opción que le permite buscar en la totalidad del texto

Ir al final del documento

- Usted está en la última versión de la norma -
Texto Completo Norma 2353
Ref. Ley Constitutiva CCSS (Art. 4)
Texto Completo acta: 33132 1

Artículo 1º.- El artículo 4º de la Ley Constitutiva de la Caja



Costarricense de Seguro Social Nº 17 de 22 de octubre de 1943, se leerá



así:



"Artículo 4º.- No se consideran asegurados obligatorios:



a) Los miembros de la familia del patrono que vivan con él, trabajen a



su servicio y no perciban salario en dinero;



b) Los trabajadores que reciban una pensión o jubilación del Estado,



sus Instituciones o las Municipalidades.



Sin embargo, continuarán en el seguro obligatorio de Enfermedad



y Maternidad aquellos que llenen los requisitos que exija el



Reglamento respectivo;



c) Los trabajadores que a juicio de la Junta Directiva no deban figurar



en el seguro obligatorio.



Los casos comprendidos en los anteriores incisos serán excluidos de



oficio o por gestión de parte interesada en su caso."




Ficha articulo



Artículo 2º.- Esta ley rige desde su publicación.




Ficha articulo





Fecha de generación: 25/4/2024 22:15:38
Ir al principio del documento