Texto Completo acta: 37EB8
1
N° 7995
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DEL CONVENIO PARA COMBATIR EL USO INDEBIDO, LA PRODUCCIÓN Y
EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ
Artículo 1°- Apruébase, en cada una
de las partes, el Convenio para combatir el uso indebido, la producción y el tráfico
ilícito de drogas entre la República de Costa Rica y la República del Perú, suscrito
el 21 de julio de 1999.
El texto es el siguiente:
"CONVENIO PARA COMBATIR EL USO INDEBIDO, LA PRODUCCIÓN Y
EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA REPÚBLICA DEL PERÚ
- (Nota
de Sinalevi: Por tener articulado propio el " Convenio para Combatir el
Uso indebido, la Producción y el Tráfico Ilícito de Drogas entre la
República de Costa Rica y la República del Perú " debe consultarse en
el sistema en forma independiente)
Ficha articulo
Artículo 2°- La República de Costa Rica interpreta que
las obligaciones inherentes a este Tratado en materia de acciones recíprocas, estarán
limitadas por el principio constitucional de separación de Poderes, contenido en el
artículo 9 de su Constitución Política.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.- San José, a los catorce días del mes
de marzo del año dos mil.
Ficha articulo
Fecha de generación: 2/3/2024 15:26:37