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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 29819 >> Fecha 11/09/2001 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 29819
Plan y Estrategia Antidrogas del Gobierno de la República de Costa Rica
Texto Completo acta: 4137E Nº 29819-MP

Nº 29819-MP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

En uso de las facultades conferidas por el artículo 140 inciso 3) de la Constitución Política, artículo 28 inciso 2b, 103 inciso 1) y 112 inciso 1) de la Ley N° 6227, Ley General de Administración Pública, artículos 1, 2, 3, 5, 92, 94 de la Ley N° 7786, Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado y Actividades Conexas del 15 de mayo de 1998; la Convención Única sobre Estupefacientes de las Naciones Unidas del 30 de mayo de 1961, aprobada por Costa Rica mediante Ley N° 4544 del 18 de marzo de 1970, enmendada por el Protocolo de Modificación de la Convención Única sobre Estupefacientes Ley N° 5168 del 8 de enero de 1973; el Convenio de Viena sobre Sustancias Psicotrópicas del 21 de febrero de 1971, aprobado por Costa Rica mediante Ley N° 4990 del 10 de junio de 1972; Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas del 19 de diciembre de 1988, aprobada por Costa Rica mediante Ley N° 7198 del 25 de setiembre de 1990.

 

Considerando:

I.-Que desde el año de 1988 con la Ley N° 7093 se comprendió que el fenómeno de la droga no podía resolverse sin una clara acción sistemática, integral, coherente, concertada y de largo plazo que involucrara la participación de los distintos órganos del Estado, las organizaciones privadas, los medios de comunicación y en general, de la comunidad organizada, encaminados a la prevención del consumo indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, el tratamiento y la rehabilitación de los consumidores y la eliminación o disminución significativa del tráfico ilícito. Con esa finalidad, se fortaleció dentro del Ministerio de Salud la función de rectoría técnica del Instituto Nacional sobre Alcoholismo y Farmacodependencia y la labor de la Caja Costarricense del Seguro Social y se creó el Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas, adscrito al Ministerio de Seguridad; el Consejo Nacional de Drogas, adscrito al Ministerio de Justicia y Gracia e integró, dentro las Juntas Administrativas de estas instituciones a los Ministerios de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Salud, Educación, Justicia y Gracia, al Organismo de Investigación Judicial y el Ministerio Público del Poder Judicial tratando de aunar, en un único plan estratégico, una política de investigación y represión de los delitos nacionales e internacionales y de legitimación de capitales; la educación y prevención contra el consumo de drogas, el tratamiento, la rehabilitación y la reinserción a la sociedad de los drogodependientes.

II.-Que en el año de 1995 se puso en marcha la "Definición de Políticas, Estrategias, Objetivos y Metas en Materia de Prevención Integral de Drogas" como un proyecto de Plan Nacional Antidrogas, algunas de cuyas actividades fueron ejecutadas por el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, el Ministerio de Educación Pública y la Comisión Interinstitucional de Prevención Integral contra Drogas (CIPI).

III.-Que el 15 de Mayo de 1998, la Ley N° 7786 crea el Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO), que viene a sustituir estratégicamente al Consejo Nacional de Drogas (CONADRO), con la clara finalidad de coordinar las políticas específicas que en los campos de la prevención, tratamiento, rehabilitación, control y fiscalización.

IV.-Que de conformidad con la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la demanda de drogas, adoptada en el período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, dedicado a la acción común para contrarrestar el problema mundial de las drogas, celebrado en New York del 08 al 10 de junio de 1998; los Estados Miembros establecieron la necesidad de que exista un equilibrio entre la reducción de la demanda y la reducción de la oferta, de forma que ambas se refuercen mutuamente, en el marco de una estrategia integrada para resolver el problema de la droga.

V.-Que de conformidad con lo dispuesto por los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas en su Segunda Cumbre, en abril de 1998 en Santiago, Chile, se acordó la implementación, dentro del marco de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA), de un proceso único y objetivo de evaluación gubernamental de carácter multilateral basado en los principios de respeto a la soberanía y a la jurisdicción territorial de los Estados, reciprocidad, responsabilidad compartida, integralidad y equilibrio en el tratamiento del tema, de conformidad con sus respectivos ordenamientos jurídicos; para dar seguimiento al progreso individual y colectivo de los esfuerzos hemisféricos y de todos los países participantes de la Cumbre en el tratamiento de las diversas manifestaciones del problema.

VI.-Que en el período extraordinario de sesiones de la CICAD/OEA celebrado en diciembre del 2000 en Washington D.C., Estados Unidos de América, la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD/OEA) aprobó el Informe Hemisférico 1999-2000 "Evaluación del Progreso de Control de Drogas"; así como también el informe de cada uno de los Estados Miembros de la Comisión, y que en el caso de Costa Rica, con la finalidad de fortalecer los esfuerzos nacionales antidrogas que se realizan, la CICAD recomendó, entre otras cosas: "La adopción de un Plan Nacional Antidrogas".

VII.-Que el Gobierno de la República tiene claro que la Ley N° 7786 plasma las siguientes políticas generales de acción:

Crea el Centro Nacional de Prevención contra Drogas como ente rector de las materias preventivas contra las drogas, obligado a coordinar las acciones dirigidas a evitar el cultivo, la producción, la tenencia, el tráfico y el consumo de drogas. (art. 5 de la Ley N° 7786).

Exige al Centro Nacional de Prevención contra Drogas la redacción del Plan Nacional Antidrogas, basado en los programas que las entidades públicas y privadas deben formular para fomentar la educación, la prevención, el tratamiento, la rehabilitación de los enfermos y su reinserción en la sociedad, conformando para ello una Comisión de Asesores Técnicos (art. 94 inciso a y b de la Ley N° 7786).

Fortalece al Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) como ente rector técnico y supervisor en las acciones encaminadas a recuperar a los farmacodependientes y a personas afectadas, directa o indirectamente por el consumo de drogas, con la finalidad de educarlas, brindarles tratamiento de rehabilitación física y mental y readaptarlas a la sociedad (art. 3, 5 y 92 de la Ley N° 7786).

Deposita en el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense del Seguro Social, el tratamiento de los drogodependientes (art. 3 de la Ley N° 7786).

Deposita en el Ministerio de Gobernación y Policía y Seguridad Pública las medidas encaminadas a la investigación y represión de los delitos; procurar la seguridad y las garantías para proteger a quienes brinden colaboración en la prevención y la represión de los delitos y el consumo ilícito de drogas y los programas de protección a testigos. (art. 4 de la Ley 7786).

Deposita en el Ministerio Público del Poder Judicial la dirección y control de las investigaciones, el acopio de la prueba, la coordinación de las fiscalías en todas las jurisdicciones del país y la responsabilidad de autorizar y supervisar el procedimiento de "Entrega Vigilada". (art. 9 de la Ley N° 7786).

Faculta a la policía la infiltración de oficiales encubiertos en las investigaciones o el uso de colaboradores o informantes, pudiendo mantener en reserva su identificación.

Deposita el control y fiscalización de las operaciones de ocultación y movilización de capitales de dudosa procedencia y cualquier otra transacción encaminada a legitimar capitales provenientes del narcotráfico en la Superintendencia General de Entidades Financieras, la Superintendencia General de Valores, la Superintendencia de Pensiones y el Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas. (art. 14 de la Ley N° 7786).

Deposita en el Área de Control de Drogas Psicotrópicas, Estupefacientes y Precursores del Ministerio de Salud el control y fiscalización de precursores o sustancias químicas esenciales en el procesamiento de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o inhalables susceptibles de causar dependencia, así como de máquinas y accesorios que se utilicen para el entabletado, encapsulado y comprimido de estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras de efecto semejante. (art. 39 y 41 de la Ley N° 7786).

Deposita en el Centro Nacional de Prevención contra Drogas la custodia, inversión, administración o uso, previo aseguramiento, de los bienes muebles, inmuebles, dineros, instrumentos, equipos y valores que sean fruto, producto o instrumento de los delitos.

Deposita en el Centro de Inteligencia conjunto Antidrogas la coordinación de la lucha contra el tráfico nacional o internacional de drogas y legitimación de capitales provenientes del narcotráfico y en la Unidad de Análisis Financiero encargada de solicitar, recopilar y analizar los informes, formularios y reportes de transacciones sospechosas provenientes de las instituciones financieras, en procura de centralizar y analizar dicha información para investigar las actividades de legitimación de capitales, así como la ubicación y el seguimiento de los bienes de interés económico obtenidos en los delitos de tráfico nacional e internacional de drogas.

VIII.-Que el Gobierno de la República mediante la firma del Decreto Ejecutivo N° 27129 creó, conforme a los artículos 94 inciso b) y 109 de la Ley N° 7786 la Comisión Interinstitucional de Prevención contra Drogas (CIPI) que se conforma como un grupo de expertos y de trabajo técnico y profesional, grupo de apoyo técnico del Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO), para la redacción del Plan Nacional Antidrogas.

IX.-Que la Comisión Interinstitucional de Prevención Integral contra Drogas (CIPI) esta así conformada por expertos del Ministerio de Gobernación y Policía y Seguridad Pública para analizar las acciones represivas; del Ministerio de Salud para conocer de los proyectos de salud y tratamiento, así como el desarrollo de mecanismos de control y fiscalización de precursores y estupefacientes; del Ministerio de Educación para impulsar los programas de prevención dentro de la currícula de escuelas y colegios; del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia para determinar criterios técnicos en la proyección de programas de tratamiento y rehabilitación y el desarrollo de planes de sensibilización y movilización comunitaria; del Ministerio de Justicia y Gracia para el impulso de programas tendientes a prevenir los delitos y evitar el tráfico y consumo de drogas en los Centros de Rehabilitación Penitenciarios; de la Caja Costarricense del Seguro Social para el impulso de mecanismos técnicos y científicos para prevenir el consumo de drogas en el deporte, el arte, la cultura, los funcionarios públicos y otros, así como la creación de clínicas de desintoxicación y tratamiento; del Ministerio de la Presidencia, encargado especial de las políticas gubernamentales sobre el fenómeno de la droga; el Consejo Nacional de Rectores, representados por los Vice rectores de Vida Estudiantil de las cuatro Universidades estatales, para definir políticas de investigación, trabajo social, proyección universitaria y capacitación universitaria en las áreas afines, el Ministerio de la Condición de la Mujer, para impulsar acciones de prevención, tratamiento y rehabilitación de la mujer afectada directa o indirectamente por el fenómeno de la droga en su ámbito familiar o social; la Dirección Nacional de Desarrollo, para promover la participación y sensibilización comunitaria, por medio de las Asociaciones de Desarrollo Comunal y las ONG's en Prevención, tales como Hogares Crea y DARE para el impulso de proyectos e iniciativas privadas en el enfoque de prevención integral contra el consumo de drogas y el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes para el desarrollo de programas y actividades deportivas que, por un lado, evite en los jóvenes el consumo de drogas y, por el otro, que le permita luchar por un ideal sin el uso de drogas. Por tanto;

Artículo 1º-Se dicta el Plan y Estrategia Antidrogas del Gobierno de la República de Costa Rica, el cual se regirá por las siguientes normas:

"PLAN Y ESTRATEGIA ANTIDROGAS

DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

CAPÍTULO I

 

Disposiciones Generales

Artículo 1º-Son instituciones involucradas por ley en el Plan y Estrategia Antidrogas del Gobierno de la República.

a) El Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO) del Ministerio de la Presidencia.

b) El Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD) del Ministerio de la Presidencia.

c) El Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), adscrito al Ministerio de Salud.

d) El Área de Control de Drogas Estupefacientes, Psicotrópicas y Precursores del Ministerio de Salud.

e) La Policía de Control de Drogas del Ministerio de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, con el apoyo de la Fuerza Pública, Sección de Vigilancia Aérea y Sección de Vigilancia Marítima.

f) La Caja Costarricense del Seguro Social adscrita al Ministerio de Salud.

g) El Ministerio de Educación Pública.

h) El Ministerio de Justicia y Gracia.

i) El Ministerio de la Presidencia.

j) El Ministerio Público del Poder Judicial.

k) El Organismo de Investigación Judicial del Poder Judicial.

l) La Dirección General de Aduanas y la Policía de Control Fiscal del Ministerio de Hacienda.

m) La Superintendencia General de Entidades Financieras.

n) La Superintendencia General de Valores.

o) La Superintendencia General de Pensiones.


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Artículo 2º-Son instituciones involucradas mediante Decreto Ejecutivo en el Plan y Estrategia Antidrogas del Gobierno de la República.

a) El Patronato Nacional de la Infancia.

b) El Instituto Mixto de Ayuda Social.

c) La Dirección Nacional de Desarrollo Comunal.

d) La Dirección Nacional de Deporte del Ministerio de Cultura.

e) La Universidad Nacional, Universidad de Costa Rica, Universidad Estatal a Distancia, el Instituto Tecnológico de Costa Rica representados en el Consejo Nacional de Rectores.

f) El Ministerio de la Condición de la Mujer.

g) El Instituto Nacional de Aprendizaje.

h) La Junta de Protección Social de San José.

i) El Consejo de Educación Superior.

j) El Instituto Nacional de Seguros.

k) La Unión Nacional de Gobiernos Locales.

l) La Cruz Roja Costarricense.

m) La Comisión Nacional de Rescate de Valores.

n) La Cámara Nacional de Medios de Comunicación.

o) La Cámara Nacional de Televisión.

p) La Cámara Nacional de Radio.

q) El Sistema Nacional de Radio y Televisión.

r) La Comisión Especial Permanente de Asuntos de Narcotráfico de la Asamblea Legislativa.

s) La Asociación de la Judicatura del Poder Judicial.

t) Los Colegios de Abogados, Farmacéuticos, Médicos y Periodistas.


Ficha articulo



Artículo 3º-Objetivo General del Plan Nacional Antidrogas. El Objetivo General del Plan Nacional como Estrategia Gubernamental Antidrogas para Costa Rica es reducir el fenómeno de la droga en todas sus manifestaciones, basándose en una política oficial, global e integrada.


Ficha articulo



Artículo 4º-De los Órganos Coordinadores. La Estrategia Antidrogas del Gobierno de la República será coordinada por el Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO) en todos los ámbitos del fenómeno droga, el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) como ente rector técnico en materia de prevención del consumo y de la rehabilitación, tratamiento y reinserción de los drogodependientes; la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) en las materias de diagnóstico y tratamiento; el Area de Control de Drogas Estupefacientes, Psicotrópicas y Precursores del Ministerio de Salud, como ente rector en el control y fiscalización de la importación de drogas estupefacientes, psicotrópicas y precursores químicos; el Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD) en la coordinación de las acciones policiales en materia de tráfico ilícito, legitimación de capitales provenientes del narcotráfico y desvío de precursores y del Ministerio Público del Poder Judicial en la dirección y control de las investigaciones represivas y aplicación de la ley penal.


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Artículo 5º-De la Financiación Nacional a la Estrategia Nacional Antidrogas. Cada institución nacional relacionada directa o indirectamente con el fenómeno de la droga debe incluir en sus presupuestos operativos las acciones previstas en el Plan Nacional Antidrogas. Asimismo, debe suscribir y cumplir acuerdos bilaterales y multilaterales en el plano nacional e internacional que apoyen todas las acciones contempladas en el Plan Nacional Antidrogas.

El Poder Ejecutivo deberá fortalecer presupuestariamente al Centro Nacional de Prevención contra Drogas no solo para que cumpla con la función que le compete por ley en la administración de los recursos provenientes del narcotráfico, sino, además, para que pueda impulsar las acciones de los diferentes ámbitos del fenómeno de la droga.

El Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO) contemplará dentro del 45% de los recursos provenientes de los intereses, administración, subastas y dineros en comiso, el financiamiento total o parcial de los planes y programas de las entidades públicas o privadas en diagnóstico, detección temprana, prevención del consumo, tratamiento y rehabilitación de los consumidores de drogas y su reinserción a la sociedad.

El Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD) contemplará, dentro del 45% de los recursos financieros que recibe del Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO) la financiación total o parcial de los planes y programas de las entidades dedicadas al control de la oferta, control del tráfico y la aplicación de la ley.

Todos los Ministerios e Instituciones Públicas representadas en las Juntas Administrativas del Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO), Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD), Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), Comisión Interinstitucional de Prevención Integral contra Drogas (CIPI) y la Comisión Interinstitucional de Datos y Estadística sobre Drogas (CIDED) deberán presentar planes y programas encaminados a reducir el fenómeno de la droga en sus distintos ámbitos. Asimismo, deberán solicitar el contenido presupuestario necesario, con la finalidad de lograr los objetivos generales y específicos propuestos.


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CAPÍTULO II

 

De las Políticas Generales

Artículo 6º-De las Políticas Generales. La Estrategia Antidrogas del Gobierno de la República se determina mediante la aplicación de cinco Sistemas Nacionales, los cuales deben ser tomados como políticas de acción institucional:

a) Prevención del Consumo de Drogas.

b) Diagnóstico, Tratamiento y Atención Integral para los consumidores de Drogas.

c) Control, Fiscalización y Aplicación de la Ley.

d) Investigación e Información sobre Drogas.

e) Gestión, Financiamiento y Cooperación Internacional.


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Artículo 7º-Del Sistema Nacional de Prevención del Consumo. Mediante "Sistema Nacional de Prevención del Consumo" la Estrategia Nacional del Gobierno de la República procura facilitar oportunidades a través de la creación de espacios para que cada uno de los miembros de la sociedad costarricense desarrolle y fortalezca los factores de protección y disminuir o eliminar los factores de riesgo ante el fenómeno de la droga.


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Artículo 8º-Del Sistema Nacional de Diagnóstico, Tratamiento y Atención Integral. Mediante este sistema, la Estrategia Nacional del Gobierno de la República procura establecer una red nacional de diagnóstico y de atención integral para los consumidores de drogas con base en un marco conceptualmente unificado y con participación de Organizaciones Gubernamentales y No Gubernamentales.


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Artículo 9º-Del Sistema Nacional de Control, Fiscalización y Aplicación de la Ley. Mediante el "Sistema Nacional de Control, Fiscalización y Aplicación de la Ley", la Estrategia Nacional del Gobierno de la República procura asegurar la estricta aplicación de las acciones jurídico penales existentes, tanto en el ámbito nacional como internacional, que permitan el control de la oferta, la fiscalización e desvío de precursores, el lavado de dinero, el tráfico de drogas, armas y delitos conexos.


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Artículo 10.-Del Sistema Nacional de Investigación e Información. Mediante el "Sistema Nacional de Investigación e Información", la Estrategia Nacional del Gobierno de la República procura desarrollar un sistema de información que genere datos confiables para el desarrollo de los planes en el ámbito de la demanda y oferta y otras manifestaciones relacionadas con el fenómeno de la droga.


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Artículo 11.-Del Sistema Nacional de Gestión, Financiamiento y Cooperación Internacional. Mediante el "Sistema Nacional de Gestión, Financiamiento y Cooperación Internacional", se procura promover el desarrollo de iniciativas con organismos nacionales e internacionales, públicos y/o privados de modo que ello permita financiar planes, programas y proyectos en todos los ámbitos que contemple el fenómeno de la droga.


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CAPÍTULO III

 

De las Políticas Específicas

Artículo 12.-Del Sistema Nacional de Prevención del Consumo Indebido. La Estrategia Nacional del Gobierno de la República se determinará mediante la ejecución de las siguientes políticas específicas:

a) Las acciones de prevención de consumo de drogas deben involucrar a todos los sectores poblacionales del país (niños y niñas, las y los adolescentes, jóvenes y personas adultas) para el abordaje integral y la participación ciudadana.

b) La sensibilización y capacitación de los recursos humanos del Sistema Nacional de Prevención será un proceso permanente orientado a la prestación de servicios oportunos y de la mejor calidad.

c) La participación ciudadana debe ser incluida en el proceso de planeación, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos en el ámbito local, regional, y nacional.

d) Se implementarán las actividades socioculturales, artísticas, recreativas, deportivas como fuente de disfrute pleno para el desarrollo de las potencialidades y habilidades sociales para la vida en la población costarricense, constituyéndose como factores de protección.

e) El Estado regulará todo tipo de acción pública o privada que afecte las medidas desarrolladas en el ámbito de la prevención integral del fenómeno droga.


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Artículo 13.-Del Sistema Nacional de Diagnóstico, Tratamiento y Rehabilitación. En el ámbito del tratamiento y la rehabilitación, la Estrategia Nacional del Gobierno de la República se determinará mediante la ejecución de las siguientes políticas específicas:

a) Garantizar la sostenibilidad técnica, económico- financiera y jurídico- legal del sistema de tratamiento y rehabilitación.

b) Establecer los mecanismos de participación de la sociedad civil en la atención del consumidor de drogas.

c) Establecer normas de atención para el consumidor de drogas en las Organizaciones No Gubernamentales que brindan este servicio, teniendo en cuenta el género.

d) Apoyar el desarrollo de procedimientos para la atención de los que consumen drogas en los recintos carcelarios.

e) Incentivar, en los lugares de trabajo, el desarrollo de planes de capacitación y reinserción laboral para consumidores de drogas y de tratamiento y rehabilitación.

f) Promover la detección temprana y el diagnóstico de acuerdo con el problema de adicción.


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Artículo 14.-Del Sistema Nacional de Control, Fiscalización y Aplicación de la Ley. En al ámbito del control, fiscalización y aplicación de la ley, la Estrategia Nacional del Gobierno de la República se determinará mediante la ejecución de las siguientes políticas específicas:

a) Desarticular las organizaciones responsables del trafico ilícito de estupefacientes a través de la acción coordinada de los organismos policiales y de control legalmente facultados, tanto del Poder Judicial como del Poder Ejecutivo por medio de acciones e investigaciones represivas del Ministerio Público.

b) Facilitar a los organismos policiales, tanto del Poder Judicial como del Poder Ejecutivo, los instrumentos técnicos y científicos, el apoyo logístico, el equipo técnico y computarizado, equipo móvil, de vehículos, motocicletas, lanchas y aeronaves, para el éxito de sus investigaciones.

c) Fortalecer e integrar los sistemas de inteligencia en el ámbito nacional en el ámbito del control y fiscalización.

d) Fortalecer los sistemas de control y fiscalización de estupefacientes y sustancias Psicotrópicas de uso medico y científico para que no sean desviados hacia usos indebidos o ilegales, en el marco de vigencia y aplicación de los convenios internacionales binacionales o multilaterales relativos a la fiscalización del movimiento de dichas sustancias.

e) Implementar medidas de control y fiscalización respecto de la importación, la comercialización, y la fabricación de máquinas y accesorios que se utilicen para el entabletado, encapsulado y comprimido de estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras de efectos semejantes.


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Artículo 15.-Del Sistema Nacional de Información e Investigación. En el ámbito de la información e investigación sobre drogas, la Estrategia Nacional del Gobierno de la República se determinará mediante la ejecución de las siguientes políticas específicas:

a) Articular los diferentes subsistemas de información existentes en un sistema de información generador de insumos confiables y válidos tanto de naturaleza cuantitativa como cualitativa, con la finalidad de coadyuvar en la toma de decisiones en la prevención del consumo de drogas, tratamiento y rehabilitación, así como de las acciones preventivas contra el fenómeno de la droga.

b) Desarrollar encuestas nacionales en poblaciones de alto riesgo y fomentar las investigaciones en todos los ámbitos del fenómeno de la droga, como insumo para la toma de decisiones y el desarrollo de planes y programas.

c) Impulsar la investigación técnica o científica en los distintos ámbitos del fenómeno de la droga por medio de convenios con instituciones públicas y privadas y las universidades estatales y privadas.

d) Contar con el Observatorio Nacional de Drogas, que permita consolidar en una sola estructura los diferentes sistemas de información sobre drogas.


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Artículo 16.-Del Sistema Nacional de Gestión, Financiamiento y Cooperación Internacional. En los ámbitos de gestión, financiamiento y cooperación internacional, la Estrategia Nacional del Gobierno de la República se determinará mediante la ejecución de las siguientes políticas específicas:

a) Fortalecer presupuestariamente al Centro Nacional de Prevención contra Drogas para que cumpla con la función que le compete por ley en la administración de los recursos provenientes del narcotráfico, para impulsar las acciones de los diferentes ámbitos del fenómeno de la droga.

b) Procurar que cada institución nacional relacionada directa o indirectamente con el fenómeno de la droga incluya en sus presupuestos operativos las acciones previstas en el Plan Nacional Antidrogas.

c) Suscribir y cumplir acuerdos bilaterales y multilaterales en el plano internacional que apoyen todas las acciones contempladas en el Plan Nacional Antidrogas.

d) Suscribir convenios nacionales con entidades públicas y/o privadas para financiar acciones específicas sobre el fenómeno de la droga.


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CAPÍTULO IV



 



Del Plan Específico de Prevención



del Consumo Indebido de drogas



Artículo 17.—De las metas y estrategias del Plan Específico de Prevención del Consumo Indebido de Drogas. La Estrategia Nacional del Gobierno de la República cuenta con cinco metas para el cumplimiento del Plan Específico del Consumo Indebido de Drogas:



a) Inclusión de contenidos necesarios en el currículo de escuelas, colegios y la educación superior, para el desarrollo de acciones preventivas del consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, mediante las siguientes estrategias:



- Gestionar apoyo técnico, logístico, capacitación, financiamiento de material didáctico, audiovisual, equipo técnico, móvil y computarizado al programa de Prevención Integral contra el Consumo de Drogas en Escuelas Primarias bajo el enfoque de "Círculo de Bienestar". La responsabilidad del desarrollo y ejecución de este programa es de carácter interinstitucional, donde participan el Departamento de Orientación del Ministerio de Educación Pública, el Centro Nacional de Prevención contra Drogas, el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia.



- Aportar financiamiento para las necesidades de material didáctico y audiovisual, equipo técnico, móvil, computarizado y otros para el desarrollo del programa denominado DARE. La responsabilidad del desarrollo y ejecución de este programa es de carácter interinstitucional, donde participan el Centro Nacional de Prevención contra Drogas, el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, el Ministerio de Educación Pública y el Ministerio de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.



- Gestionar apoyo técnico y logístico, capacitación técnica, financiamiento de material didáctico y audiovisual al programa de Prevención Integral contra el Consumo de Drogas para Escuelas Secundarias bajo el enfoque "Habilidades para Vivir", denominado "Trazando el Camino". En la ejecución de este programa participan en forma interinstitucional: el Departamento de Orientación del Ministerio de Educación Pública, el Centro Nacional de Prevención contra Drogas y el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia.



- Impulsar conjuntamente con las Universidades Estatales, trabajos de movilización, capacitación, promoción, desarrollo social, comunal dentro de las OG’s y ONG’s en prevención y rehabilitación por medio de convenios interinstitucionales. Por tal motivo, se fortalecerá el desarrollo del programa de post-grado en Farmacodependencia, coordinado por la Facultad de Farmacia de la Universidad de Costa Rica y financiado por CENADRO; así como la realización del "Festival Intercolegial de Prevención del Fenómeno Droga", bajo la rectoría del I.A.F.A., la Semana "Sí a la Vida" y la "Marcha Sí a la Vida", con la participación de los Asesores Regionales de Orientación del Ministerio de Educación Pública y la Facultad de Farmacia de la Universidad de Costa Rica, la coordinación del CENADRO, IAFA y el asocio de DINADECO, IMAS, PANI, ONG’s en prevención y rehabilitación, las Comisiones Regionales Interinstitucionales de Prevención Integral contra Drogas (CRIPI), la Comisión Interinstitucional de Prevención Integral contra Drogas (CIPI), DARE, entre otras.



- Apoyar convenios de cooperación Institucional entre el IAFA, CENADRO, Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia y Gracia, las Universidades de Costa Rica, Nacional, Estatal a Distancia y el Instituto Tecnológico de Costa Rica, con la finalidad de promover en las carreras de psicología, medicina, farmacia, sociología, trabajo social, derecho, educación, entre otras, programas de capacitación en prevención integral, investigaciones de campo para tesis de grado y programas de trabajo comunal universitario, que faciliten en los estudiantes el conocimiento de la realidad nacional y la práctica de actividades encaminadas a la prevención y detección temprana.



b) Apoyo técnico, logístico y financiero a los proyectos locales de gestión comunitaria para el desarrollo integral de la persona, la familia y la comunidad, mediante las siguientes estrategias:



- Promover el financiamiento de proyectos de prevención de las ONG’s que se relacionan con niños, niñas, varones, mujeres y las familias, considerando algunas de sus necesidades en los Presupuestos Operativos del Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO), Instituto Mixto de Ayuda Social (I.M.A.S.), Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (I.A.F.A), Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Junta de Protección Social de San José (JPSJ), Fondo de Desarrollo Social y Familiar (FODESAF), Dirección General de Desarrollo Comunal (DINADECO), Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia y Gracia, Oficina de la Primera Dama de la República, Ministerio de la Condición de la Mujer, Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, entre otros.



- Gestionar proyectos de formación para menores de edad que han abandonado la educación formal con la finalidad de facilitar su educación o en su defecto, promover sus capacidades y habilidades personales, bajo la coordinación interinstitucional del CENADRO, IMAS, PANI, IAFA, Comité Olímpico Nacional (CON); Instituto Costarricenses del Deporte y la Recreación (ICODER) que podrán ser coordinados con ONG’s y con las Universidades Privadas y Públicas, como proyectos de trabajo social.



- Promover el deporte para el crecimiento personal, distracción y desarrollo de valores y habilidades, bajo la responsabilidad del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y en asocio con CENADRO, Comité Olímpico Nacional (CON), Municipalidades, Universidades Estatales, Instituciones Educativas del Ministerio de Educación Pública y elConsejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven.



c) Desarrollar programas de sensibilización y capacitación destinados a la comunidad para habilitarla en el diseño, ejecución y evaluación de actividades de prevención integral, por medio de las siguientes estrategias:



- Desarrollar talleres, programas de sensibilización comunitaria y actividades deportivas y recreativas, encaminadas hacia la prevención del consumo de drogas, en poblaciones que están en el sistema educativo formal y no formal. Esto se lleva a cabo por medio de la Comisión Interinstitucional de Prevención Integral contra Drogas (CIPI) y las Comisiones Regionales Interinstitucional de Prevención Integral contra Drogas (CRIPI), los Educadores Comunitarios en la Salud (ECOS) y las Asociaciones de Desarrollo Comunal, bajo la coordinación del Centro Nacional de Prevención contra Drogas, la rectoría técnica del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia y la responsabilidad del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, el Ministerio de Educación Pública y las ONG’s.



- Promover programas de orientación, sensibilización de los funcionarios públicos, sus familiares sobre el fenómeno de la droga en todas las entidades estatales adscritas al Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Poder Legislativo, con la cooperación del CENADRO y del IAFA.



- Desarrollar la capacitación de los representantes de organizaciones laborales para contribuir en evitar el consumo de alcohol y otras drogas en las empresas, implementar acciones de prevención y detección del consumo de drogas, procurando un "ambiente laboral sin drogas". La responsabilidad del desarrollo y ejecución de este programa es de carácter interinstitucional, donde participan el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO) y el Ministerio de Trabajo, la Caja Costarricense del Seguro Social y las Asociaciones Profesionales, Sindicatos, entre otros.



- Implementar programas de capacitación de comunicadores sociales en materia de comunicación y prevención relativa al fenómeno de la droga. La responsabilidad del desarrollo y ejecución de este programa es de carácter interinstitucional, donde participan el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, el Centro Nacional de Prevención contra Drogas, las empresas y medios de comunicación social.



d) Patrocinar y auspiciar seminarios, conferencias, congresos y otros eventos para la capacitación del recurso humano responsable de la prestación de servicios comunales, mediante las siguientes estrategias:



- Desarrollar encuentros de capacitación y elaboración de programas con los miembros de las comisiones regionales, cantonales y distritales interinstitucionales de prevención integral contra drogas (CRIPI), técnicos y líderes comunales de la Dirección Nacional de Desarrollo Comunal (DINADECO) y técnicos de las organizaciones regionales del IAFA.



- Capacitar a los maestros y directores de las instituciones educativas del país en los enfoques educativos "Círculo de Bienestar" y "Habilidades para Vivir", para la ejecución del programa de prevención integral y detección temprana, para su implementación en el Primero y Segundo Ciclo de Educación, con la responsabilidad del Departamento de Orientación del Ministerio de Educación Pública.



- Capacitar con la responsabilidad del Departamento de Orientación del Ministerio de Educación Pública, a los orientadores y profesores guías en el enfoque educativo de "Habilidades para Vivir" y en la ejecución del programa "Trazando el Camino", para su implementación en el Tercer Ciclo de la Enseñanza General Básica.



e) Actualizar la base jurídica que permita el diseño, ejecución de campañas y acciones educativas que se difundan en los distintos medios de comunicación masiva, por medio de las siguientes estrategias:



- Actualizar la legislación sobre la publicidad del alcohol y el tabaco, con el propósito de obtener un mejor sustento y respaldo de todas aquellas acciones que se relacionen con este tema.



- Ejercer el análisis permanente del material publicitario para regular, controlar y censurar todo tipo de publicidad relacionada con el consumo de bebidas alcohólicas que se publiquen por cualquier medio de comunicación social.



- Impedir legalmente la publicidad de bebidas alcohólicas o de cigarrillos en actividades deportivas nacionales, equipos deportivos, uniformes y cualquier otro distintivo que relacione el alcohol o el tabaco con el deporte.



- Diseñar y ejecutar campañas publicitarias y acciones educativas que se difundan en los distintos medios de comunicación social para promover, difundir, educar e informar sobre la prevención del consumo de drogas lícitas o ilícitas. La responsabilidad del desarrollo y ejecución de esta estrategia es de carácter interinstitucional, donde participan el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (I.A.F.A.), el Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO), Ministerio de Salud, Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, Ministerio de Educación, Misterio de Justicia, Ministerio de Seguridad Pública, las Cámaras de Televisión y Radio, la Caja Costarricense del Seguro Social, el Patronato Nacional de la Infancia, UNICEF, Instituto Nacional de Seguros, Ministerio de la Condición de la Mujer, entre otros.



- Fortalecer el servicio de orientación telefónica especializado en el fenómeno de droga, que coordina el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia y promover la apertura de servicios similares en otras instancias.



(Mediante el artículo 34 de la Ley N° 8261 de 2 de mayo del 2002, Ley  General de la Persona Joven, se sustituye el término Movimiento Nacional de Juventudes, por el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven)



 




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CAPÍTULO V

 

Del Plan Específico para el diagnóstico,

tratamiento, rehabilitación y reinserción

Artículo 18.-De las metas y estrategias del Plan Específico para el diagnóstico, rehabilitación y reinserción. La Estrategia Nacional del Gobierno de la República cuenta con seis metas para el cumplimiento del Plan Específico para el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y reinserción de los drogodependientes en la sociedad:

a) Establecimiento de servicios especializados dentro del Sistema Nacional de Salud destinados al diagnóstico y la atención de pacientes farmacodependientes, las cuales se llevarán a cabo mediante las siguientes estrategias:

Realizar el diagnóstico del estado actual de los servicios e instalaciones de tratamiento, definiendo necesidades y prioridades para su desarrollo.

Gestionar la infraestructura y los recursos humanos y materiales cuando corresponda, para garantizar la cobertura y eficiencia de los servicios especializados en salas de emergencias hospitalarias.

Implementar programas de tratamiento de carácter ambulatorio y/o hospitalario, en el Sistema Nacional de Salud, bajo la responsabilidad de la Caja Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S.), para la atención del adicto y sus familiares.

Actualizar el registro de morbilidad, incapacidad, diagnóstico sobre adicción en los Hospitales y Clínicas bajo la responsabilidad de la Caja Costarricense del Seguro Social.

b) Evaluación y apoyo al desarrollo de programas de tratamiento y rehabilitación de entidades no gubernamentales, apoyar técnica y financieramente la extensión o multiplicación de aquellas experiencias que demuestren mejores resultados. Las estrategias a seguir son las siguientes:

Establecer normas y procedimientos estandarizados para la evaluación de resultados y medición de la eficiencia y factibilidad de métodos de tratamiento y rehabilitación utilizados por ONG's, con la rectoría técnica del IAFA y el apoyo de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Ejercer el control de ONG's en tratamiento y rehabilitación, por medio de la acreditación y seguimiento de sus programas por parte del Ministerio de Salud y el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia.

Promover o facilitar la ampliación de iniciativas y programas no gubernamentales dedicadas al tratamiento y la rehabilitación, con financiamiento total o parcial para el desarrollo de esas iniciativas, dirigidas a menores de edad, mujeres, adultos y minusválidos, entre otros.

c) Desarrollo de programas de capacitación de los recursos humanos dedicados al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación del consumidor de drogas, mediante las siguientes estrategias:

Desarrollar seminarios y talleres con representantes de las ONG's en tratamiento y rehabilitación para estudiar metodologías, resultados, problemas, que sirvan para mejorar los servicios.

Promover la capacitación del personal de Salud Ocupacional y de Recursos Humanos para el diagnóstico, atención de los funcionarios y sus familiares con problemas de adicción al alcohol y otras drogas, en todas las entidades públicas adscritas a los Poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo.

Desarrollar programas de capacitación con Asesores Regionales de Orientación, orientadores y profesores de los colegios públicos y privados del país para la detección temprana en estudiantes.

Atender el problema del consumo de drogas entre los adolescentes no sujetos a la educación formal, de zonas que se consideran en riesgo social, mediante seminarios y encuentros de capacitación con líderes comunales, alcaldes, empresarios, miembros de asociaciones de desarrollo, entre otras.

d) Apoyo técnico y financiero de programas locales de tratamiento y rehabilitación que promuevan la progresiva participación de la comunidad en los servicios clínicos estatales. Dicho apoyo se llevará a cabo con la puesta en práctica de la siguiente estrategia:

Apoyar el trabajo de las ONG's en tratamiento y rehabilitación mediante la creación de Clínicas y Hospitales de Desintoxicación aguda, bajo la administración de la Caja Costarricense del Seguro Social.

e) Diseño, implementación y desarrollo de un plan de tratamiento y rehabilitación de consumidores de drogas en los recintos carcelarios y establecimiento de mecanismos de reinserción, mediante la siguiente estrategia:

Fortalecer e impulsar el desarrollo de clínicas de desintoxicación en todos los recintos carcelarios del país, tanto de varones como de mujeres, adultos y menores. La responsabilidad del desarrollo y ejecución es de carácter interinstitucional, donde participan el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, el Centro Nacional de Prevención contra Drogas y Ministerio de Justicia.

Impulsar acciones encaminadas a ofrecer oportunidades de trabajo que faciliten la reinserción de los consumidores de drogas adultos y menores privados de libertad. La responsabilidad del desarrollo y ejecución es de carácter interinstitucional, en el cual participan el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, el Centro Nacional de Prevención contra Drogas, Ministerio de Justicia y el Ministerio de Trabajo.

f) Desarrollo de planes de tratamiento y rehabilitación de consumidores de drogas en las industrias, empresas y comercio del sector público y privado. Este desarrollo se realizará con las siguientes estrategias:

Impulsar un programa de detección temprana del consumo de drogas lícitas e ilícitas, para realizar pruebas de tamizaje en la población del sector público, como parte de los programas de Salud Ocupacional, bajo la administración de la Caja Costarricense del Seguro Social, la rectoría técnica del IAFA y la coordinación del CENADRO.

Procurar la inclusión en los presupuestos de empresas públicas y privadas, de recursos para el financiamiento de programas de capacitación, talleres y otros encaminados a prevenir el consumo de drogas y a desarrollar acciones de tratamiento y rehabilitación.


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CAPÍTULO VI

 

Del Plan Específico para el Control,

Fiscalización y Aplicación de la Ley

Artículo 19.-De las metas y estrategias del Plan Específico para el control, fiscalización y aplicación de la ley. La Estrategia Nacional del Gobierno de la República cuenta con siete metas para el cumplimiento del Plan Específico para el control, fiscalización y aplicación de la ley:

a) Fortalecer la fiscalización de estupefacientes, psicotrópicos y precursores que por ley compete al Ministerio de Salud, mediante la siguientes estrategias:

Fortalecer la estructura del Ministerio de Salud en materia de control y fiscalización de estupefacientes, psicotrópicos y precursores, mediante la modificación de la estructura organizacional con la reinserción de una unidad funcional especializada en este campo, claramente definida y con la asignación de recursos suficientes para el desarrollo de sus actividades y proyectos.

Establecer una red de comunicación entre el Sistema de Información Aduanera (SIA) y el Ministerio de Salud, para realizar un control cruzado sobre las importaciones, exportaciones y reexportaciones de estupefacientes, psicotrópicos y precursores.

b) Capacitar al personal especializado de los cuerpos policiales y unidades técnicas de apoyo que contribuyan a la modernización de sus procedimientos de investigación, adecuadas a las especiales características de la acción de las organizaciones delictivas, siguiendo las siguientes estrategias:

Desarrollar programas de Formación y Capacitación coordinados por el Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD), para una permanente capacitación de los cuerpos policiales y unidades técnicas de apoyo.

Establecer una Escuela de Formación y Capacitación con la coordinación del Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD), la participación de la Escuela de Policía y el Departamento de Apoyo Legal Policial del Ministerio de Seguridad Pública, la Escuela Judicial del Poder Judicial, la Universidad Nacional a Distancia (UNED), el Colegio Universitario de Cartago (CUC) y la ayuda de las entidades policiales Internacionales.

Desarrollar programas de capacitación dirigidos a investigadores especializados en técnicas de legitimación de capitales; desvío de precursores químicos y fármacos; intervención de comunicaciones telefónicas, identificación de patrones delictivos y estrategias de investigación.

Incluir las provisiones necesarias en los presupuestos de las instituciones involucradas para financiar programas de capacitación, investigación y análisis en los temas de lavado de dinero, investigaciones encubiertas, delitos económicos, tráfico de estupefacientes, desvío de precursores entre otros.

c) Capacitar al personal de los distintos órganos de control policial, administrativo y judicial sobre aspectos de fiscalización sujetos a sus competencias, tomando en consideración las siguientes estrategias:

Coordinar seminarios, talleres y cursos de capacitación nacionales e internacionales dirigidos a oficiales de policía, fiscales, jueces, abogados asesores de la Policía Administrativa, personal administrativo, personal encargado de los controles, fiscalizaciones y represión de los delitos relacionados con el Tráfico Nacional e Internacional de Drogas, la Legitimación de Capitales provenientes del Narcotráfico y el Control del Desvío de Precursores Químicos, Estupefacientes y Psicotrópicos, con la responsabilidad de la Junta de Vigilancia de Drogas del Ministerio de Salud, la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda; Policía de Control de Drogas del Ministerio de Seguridad y las Superintendencias de Entidades Financieras, Valores y Pensiones, por medio del Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas y del Centro Nacional de Prevención contra Drogas.

Financiar investigaciones técnicas y científicas sobre temas relacionados con el fenómeno de la droga, para mejorar los criterios de planificación y definición de estrategias nacionales.

d) Capacitación en temas de control y fiscalización de drogas y sustancias de uso ilícito para funcionarios de todas las instituciones relacionadas con su labor en este tema. Dicha capacitación se realizará a través de las siguientes estrategias:

Establecer un sistema de capacitación y asistencia técnica en materia de control y fiscalización de estupefacientes, psicotrópicos y precursores, coordinado por el CICAD y el Ministerio de Salud, dirigidos a funcionarios de otras instituciones relacionadas con la lucha antidrogas.

Establecer un sistema de capacitación y asistencia técnica en materia de control y fiscalización de estupefacientes, psicotrópicos y precursores, dirigidos a la industria usuaria lícita de estos productos y a los agentes aduanales, con el fin de sensibilizar a estos sectores sobre la importancia del control y la fiscalización y lograr el apoyo necesario desde sus respectivas actividades.

e) Fortalecer en cada jurisdicción a las Fiscalías de Enlace que se relacionan con las entidades policiales y los órganos de control, fiscalización y aplicación de la ley, mediante la siguiente estrategia:

Financiar los recursos humanos, técnicos y materiales necesarios para que el Ministerio Público pueda conformar en cada jurisdicción del país, Fiscalías de Enlace con la Fiscalía Adjunta de Narcotráfico y con los cuerpos policiales.

f) Adjudicar el equipo técnico de comunicación, movilización, vigilancia y detección, en todas las instituciones involucradas en la lucha antidrogas, de acuerdo con las funciones que cada uno de tales organismos cumple, con la finalidad de facilitar un mejor control de los territorios, recintos sujetos a su jurisdicción, personas, medios de transporte, mercancías y a la investigación de las actividades delictivas, en el caso de los servicios policiales, utilizando las siguientes estrategias:

Adquirir equipo técnico, radial, computarizado, aéreo, móvil y marítimo, que permita y facilite la investigación por tráfico nacional e internacional de drogas y delitos conexos, con los recursos de la administración de los bienes, valores y dineros provenientes del Narcotráfico, con los propios bienes decomisados o comisados y la cooperación internacional.

Financiar el seguro y mantenimiento de vehículos, lanchas, aeronaves, teléfonos celulares, equipo radial, sistemas computarizados, equipo de intervención de comunicaciones y de teléfonos, armas y otros, para el uso de los distintos organismos policiales y de investigación del país.

g) Dotar de equipo técnico adecuado y necesario para actualizar y reforzar los sistemas de información en los organismos correspondientes. Para ello, se llevarán a cabo las siguientes estrategias:

Financiar equipos y sistemas informáticos que permitan a cada entidad relacionada con los distintos ámbitos del fenómeno de la droga brindar la información requerida en el plano nacional e internacional.

Apoyar el financiamiento de investigaciones, publicación de datos y estadísticas, informes técnicos referidos a la oferta y a la demanda de drogas.


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CAPÍTULO VII

 

Del Plan Específico para la investigación

e información sobre drogas

 

Artículo 20.-De las metas y estrategias del Plan Específico para la investigación e información sobre drogas: La Estrategia Nacional del Gobierno de la República cuenta con cinco metas para el cumplimiento del Plan Específico para la investigación e información sobre drogas:

a) Desarrollo de un Sistema Nacional de Datos y Estadísticas sobre Drogas mediante el fortalecimiento de los sistemas existentes y la implementación del Observatorio Nacional sobre Drogas, para conformar un programa sistematizado y aunar sus investigaciones en un único plan de acción, siguiendo las siguientes estrategias:

Fortalecer técnica y financieramente a los centros de acopio de datos y estadísticas sobre el fenómeno de la droga en CENADRO, I.A.F.A,. C.C.S.S., Ministerio de Educación, el Área de Control y Fiscalización de Precursores, Químicos, Psicotrópicos y Estupefacientes del Ministerio de Salud; Dirección General de Aduanas, Poder Judicial, el Ministerio de Gobernación y Policía y Seguridad Pública y el CICAD.

Implementar y fortalecer el Observatorio Nacional sobre Drogas para integrar toda la información disponible, en esta estructura creada para tal fin.

Crear un Sistema Inter-universitario de Información e Investigación que permita orientar, apoyar y divulgar trabajos de investigación en la población universitaria y otras, para estudiar el problema del consumo de drogas y fortalecer la capacitación de los estudiantes y docentes de distintas carreras profesionales relacionadas con el tema.

Fortalecer el Sistema Unificado de Información sobre Drogas (SUID) como Grupo de Expertos que se dediquen al estudio sistematizado y análisis crítico del fenómeno de la droga en el área represiva, para aportar los conocimientos necesarios que permitan a las distintas entidades públicas y privadas canalizar sus planes y programas, bajo la coordinación del Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD).

b) Desarrollo de estudios e investigaciones sobre tendencias de prescripción y consumo de productos farmacéuticos que contienen estupefacientes o psicotrópicos y de las especies vegetales que las contengan con el objeto de incrementar medidas para el control de estas sustancias, utilizando las siguientes estrategias:

Coordinar, por medio del Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO), la investigación y estudio sobre tendencias de prescripción y consumo de productos farmacéuticos que contienen estupefacientes y psicotrópicos. Participarán el IAFA, CCSS, Ministerio de Justicia y Gracia, Ministerio de Seguridad Pública y Universidades Estatales.

Realizar investigaciones de casos sospechosos de prescripción y consumo irregulares de productos farmacéuticos que contienen estupefacientes o psicotrópicos y del desvío de precursores, psicotrópicos y estupefacientes, por medio del Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD) del Ministerio de la Presidencia; la Junta de Vigilancia y Control de Drogas del Ministerio de Salud, el Ministerio de Seguridad Pública y el Organismo de Investigación Judicial.

Promover investigaciones relacionadas con variedades de plántulas del género cannabis, para el control de los cultivos en el CATIE, Escuela de Fitotecnia de la Facultad de Agronomía de la Universidad de Costa Rica, la EARTH y otras universidades públicas o privadas.

Realizar investigaciones sobre la factibilidad de desarrollo alternativo en el país, tanto en la variación de cultivos como del desarrollo de una cultura del trabajo, que permita a las personas de escasos recursos procurar ingresos económicos lícitos que les facilite la convivencia social y la estabilidad económica, social y familiar.

Apoyar el financiamiento de investigaciones técnicas y científicas en las áreas de consumo, demanda, oferta, tráfico, desvío de precursores y lavado de dinero que permita a los organismos policiales, jueces, fiscales, abogados asesores de la Policía Administrativa y demás profesionales del país, conocer la situación social e institucional de la droga.

c) Establecimiento de un sistema regular de información que permita la planificación, el seguimiento y la evaluación de las actividades desarrolladas en las áreas de prevención, tratamiento y rehabilitación, llevando a cabo las siguientes estrategias:

Desarrollar una base de datos en el Centro Nacional de Prevención contra Drogas, con la rectoría técnica del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, que permita determinar las actividades públicas y privadas en prevención integral y específica contra el consumo de drogas, sus proyecciones y resultados.

Fortalecer el Centro de Documentación del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia y crear la Biblioteca del Centro Nacional de Prevención contra Drogas, como centros de información y documentación, recopilación de vídeos, material impreso y audiovisual, programas, conferencias, foros, talleres y seminarios, que sistematicen y difundan las investigaciones, estudios, propuestas, programas nacionales y extranjeros, sobre el fenómeno de la droga en todos sus ámbitos. Por lo anterior, se desarrollará un centro de información de los programas públicos o privados que se desarrollan en los distintos países del mundo, para facilitar su estudio y fortalecer los programas ya existentes, en el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia y el Centro Nacional de Prevención contra Drogas.

Mantener el registro de instituciones acreditadas de todos los programas públicos y privados relacionados con el tratamiento y la rehabilitación de los farmacodependientes, en el Proceso de Acreditación del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia.

Desarrollar diagnósticos periódicos que permitan orientar y fundamentar los programas de prevención específica e integral en barrios, zonas de alto riesgo, comunidades, distritos, cantones y regiones del país, con la coordinación del Centro Nacional de Prevención contra Drogas, la rectoría del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, la Caja Costarricense del Seguro Social y la participación de las Universidades Estatales.

Ejercer un control y seguimiento de las ONG's y OG's en tratamiento y rehabilitación, sus planes y programas, proyecciones y resultados, para generar permanentemente información que permita planificar y evaluar actividades de tratamiento y rehabilitación.

Entregar periódicamente informes acerca de los tipos de drogas, las vías de consumo utilizadas, acción farmacológica, toxicidad y enfermedades asociadas, factores psicosociales involucrados, datos biodemográficos y otros pertinentes que permitan identificar los grupos más dañados y/o de mayor riesgo.

d) Desarrollo de un sistema de vigilancia epidemiológica para la detección de drogas o sus metabólicos en fluidos corporales, con el objetivo de orientar los programas de prevención y tratamiento, mediante las siguientes estrategias:

Desarrollar un sistema permanente de vigilancia epidemiológica bajo la dirección del Ministerio de Salud, del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia y de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Dotar del equipo necesario para detectar drogas o sus metabólicos en fluidos corporales, a las clínicas de desintoxicación de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Capacitar al personal de ciencias médicas de los Hospitales y Clínicas de la Caja Costarricense del Seguros Social, Laboratorios del Organismo de Investigación Judicial, Clínicas y Laboratorios de los Centros Carcelarios, Laboratorios y Clínicas de las Universidades Estatales para establecer los procedimientos que permitan la obtención de fluidos corporales de los grupos de población seleccionados para este tipo de análisis.

Desarrollar investigaciones epidemiológicas para determinar y evaluar la prevalencia, incidencia, resultados, tamizajes toxicológicos y costo-beneficio de los programas de tratamiento y rehabilitación bajo la coordinación del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) y responsabilidad de la Caja Costarricense del Seguro Social.

e) Establecimiento de un sistema regular de información que permita la planificación, el seguimiento y la evaluación de las actividades desarrolladas en las áreas de control, fiscalización y aplicación de la ley, llevando a cabo las siguientes estrategias:

Desarrollar un sistema de acopio y procesamiento de datos que permita determinar la producción y tráfico ilícito de drogas; el desvío de precursores químicos, psicotrópicos y estupefacientes con fines de tráfico ilícito; y la legitimación de capitales provenientes del narcotráfico nacional e internacional, bajo la coordinación del Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD) y del Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO).

Desarrollar investigaciones para analizar, con fundamento en la jurisprudencia judicial y administrativa y las notificaciones de exportaciones e importaciones de productos relacionados con el tráfico ilícito de drogas, la actuación de los órganos jurisdiccionales, fiscalías, entidades policiales y de control en la aplicación de la ley, para implementar técnicas de procedimiento o procurar las reformas normativas correspondientes.


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CAPÍTULO VIII

 

Del Plan Específico en financiamiento y gestión

Artículo 21.-De las metas y estrategias del Plan Específico en financiamiento y gestión: La Estrategia Nacional del Gobierno de la República cuenta con tres metas para el cumplimiento del Plan Específico en financiamiento y gestión:

a) Establecimiento de un presupuesto anual de apoyo económico a todas las acciones encaminadas a reducir el fenómeno de la droga mediante la búsqueda de fuentes de financiamiento en organizaciones públicas y privadas nacionales e internacionales. Para ello, se seguirán las siguientes estrategias:

Establecer planes organizativos, operativos y contemplados en los presupuestos de todas las entidades estatales relacionadas directa o indirectamente con el fenómeno de la droga.

Gestionar la ayuda económica para financiar proyectos relacionados en los ámbitos del fenómeno droga, a través de todas las Organizaciones Internacionales involucradas tales como: la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD), Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización de Drogas (PNUFID), Organización Panamericana de la Salud (OPS); organizaciones policiales internacionales, Embajadas; Fundaciones y Asociaciones Internacionales.

b) Fortalecimiento institucional del Centro Nacional de Prevención contra Drogas por medio de la administración de los bienes, dineros y valores decomisados o comisados en investigaciones judiciales por narcotráfico, que permita conforme a su liquidez el financiamiento de planes y programas desarrollados para reducir el fenómeno de la droga. Se utilizarán las siguientes estrategias:

Fortalecer al Centro Nacional de Prevención contra Drogas, para que conforme a los alcances de la ley, pueda cumplir con la administración y/o fideicomiso de bienes muebles e inmuebles en decomiso y de esa manera obtener la liquidez presupuestaria requerida para apoyar el financiamiento del Plan Nacional Antidrogas así como los planes y programas de las distintas entidades públicas y privadas dedicadas al fenómeno de la droga.

Coordinar con las Fiscalías de Enlace del Ministerio Público y las entidades policiales especializadas en la investigación del tráfico nacional e internacional, para procurar el decomiso y posterior comiso de bienes muebles e inmuebles, dineros y valores provenientes del narcotráfico, para aumentar la proyección económica del Centro Nacional de Prevención contra Drogas que permita la financiación parcial de proyectos en prevención, tratamiento, rehabilitación, control, fiscalización y aplicación de la ley.

Recuperar en los Tribunales de Justicia, Fiscalías Adjuntas del Ministerio Público y las sedes de las entidades policiales, tanto judiciales como administrativas, los bienes muebles que han sido decomisados para, previo nombramiento del CENADRO como depositario judicial, proceder a su administración, seguro y mantenimiento, de modo que puedan ser utilizados por entidades públicas y privadas dedicadas al fenómeno de la droga.

Someter a donación o subasta los bienes inmuebles comisados mediante sentencia firme, para procurar el contenido económico necesario para la financiación del Plan Nacional Antidrogas, previo seguimiento de las causas penales y su respectiva inscripción registral.

c) Crear un sistema de evaluación anual de planes y programas en los ámbitos del fenómeno de la droga del Plan Nacional Antidrogas, utilizando las siguientes estrategias:

Mantener la Comisión Interinstitucional de Prevención Integral contra Drogas (CIPI) como un órgano de asesoría técnica del Centro Nacional de Prevención contra Drogas (CENADRO), que representa las áreas de atención al problema y que procura la participación de todas aquellas entidades, públicas privadas, que en forma permanente o temporal se relacionan con la educación y prevención del fenómeno de la droga.

Evaluar los planes y programas de las Comisiones Ejecutoras de Prevención Integral Contra el fenómeno de la droga (CIPRI), como comisiones ejecutoras que actúan en las comunidades.

Evaluar los planes y programas de la Comisión Interinstitucional de Datos y Estadísticas sobre Drogas (CIDED) y del Observatorio Nacional de Drogas.

Analizar los resultados y contenidos de los foros donde se discutan y decidan acciones puntuales sobre el fenómeno de la oferta y demanda de drogas, la investigación y represión de los delitos, con la finalidad de evaluar los indicadores nacionales del fenómeno de la droga conforme al Mecanismo de Evaluación Multilateral (MEM) de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Establecer los mecanismos de validación y evaluación de los programas y planes contemplados en el Plan Nacional Antidrogas referidos a los ámbitos de diagnóstico, detección temprana, prevención, tratamiento y rehabilitación a través del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia como ente rector técnico y de la Caja Costarricense del Seguro Social como ente responsable del diagnóstico, detección temprana, tratamiento y rehabilitación.

Establecer los mecanismos de validación, evaluación y seguimiento de los programas y planes referidos a los ámbitos de control, fiscalización y aplicación de la ley a través del Sistema Unificado de Información sobre Drogas (SUID) del Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas (CICAD).


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CAPÍTULO IX

 

De las Metas y Estrategias en Cooperación Internacional

Artículo 22.-El Gobierno de la República fortalecerá las relaciones internacionales con la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de la Organización de Estados Americanos (OEA), el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas (PNUFID), y demás foros internacionales relacionados con el fenómeno de la droga, para la implementación de planes y programas a nivel local, centroamericano o internacional.


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Artículo 23.-El Gobierno de la República fortalecerá las relaciones en los ámbitos del control del consumo, tratamiento y rehabilitación, control y fiscalización y aplicación de la Ley con los demás países centroamericanos a través de la Comisión Centroamericana Permanente (CCP) de la SICA, procurando el fortalecimiento de la Comisión e implementando planes y programas a nivel Regional.


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Artículo 24.-El Gobierno de la República se compromete a ejecutar mediante los instrumentos legales correspondientes los acuerdos nacionales e internacionales en que intervenga para procurar Planes de Acción Internacional, Regional o Subregional, tanto de las Naciones Unidas como de la Organización de Estados Americanos, en los ámbitos de prevención del consumo de drogas, diagnóstico, detección temprana, tratamiento, rehabilitación y reinserción a la sociedad, control y fiscalización, aplicación de la ley para la erradicación del tráfico ilícito nacional e internacional, desvío de precursores, químicos esenciales, estupefacientes y psicotrópicos, armas y legitimación de capitales provenientes del narcotráfico.


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Artículo 25.-El Gobierno de la República se compromete a ejecutar los acuerdos internaciones en el seno de la CICAD/OEA, PNUFID/ONU y CCP/SICA encaminados al desarrollo de los programas SIDUC, CICDAT, MEM y demás relacionados con datos y estadísticas sobre drogas.


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Artículo 26.-La Junta Administrativa del Centro Nacional de Prevención contra Drogas, conjuntamente con las Juntas Administrativas del Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas, el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia y el Ministerio de Salud gestionarán con CICAD/OEA y PNUFID/ONU la convocatoria de países donantes para la financiación total o parcial del presente Plan Estratégico Antidrogas.

Para la negociación de la Estrategia Nacional Antidrogas, las Junta Administrativa del Centro Nacional de Prevención contra Drogas procurará la convocatoria de países donantes para la financiación particular de los intereses costarricenses o con todos los países Centroamericanas a través de la CCP.

 


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TRANSITORIOS

I.-Dentro de los primeros seis meses de la entrada en vigencia el presente Plan Estratégico del Gobierno de la República, todos las entidades públicas o privadas relacionadas directa o indirectamente con los ámbitos del fenómeno de la droga en prevención del consumo de drogas, diagnóstico, detección temprana, tratamiento, rehabilitación y reinserción a la sociedad, control y fiscalización, aplicación de la ley para la erradicación del tráfico ilícito nacional e internacional, desvío de precursores químicos esenciales, estupefacientes y psicotrópicos, armas y legitimación de capitales provenientes del narcotráfico, deberán presentar sus planes y programas, acompañados de su proyección presupuestaria quinquenal, a la Dirección Ejecutiva del Centro Nacional de Prevención contra Drogas


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II.-Dentro del primer mes de la entrada en vigencia el presente Plan Estratégico del Gobierno de la República, el Centro Nacional de Prevención contra Drogas, el Centro de Inteligencia Conjunto Antidrogas, ambos del Ministerio de la Presidencia, el Instituto Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, el Departamento de Orientación y Vida Estudiantil del Ministerio de Educación, la Policía de Control de Drogas, la Policía de Vigilancia Marítima, la Policía de Vigilancia Aérea, y la Dirección de la Fuerza Pública todas del Ministerio de Seguridad, la Policía de Control Fiscal y la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda, el Area de Control de Drogas Estupefacientes, Psicotrópicos y Precursores del Ministerio de Salud y la Caja Costarricense del Seguro Social, deberán aportar a la Junta Administrativa del CENADRO las directrices y lineamientos necesarios para ejecutar las políticas generales y específicas de la presente Estrategia Nacional Antidrogas.

Rige a partir de su publicación.

 


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Fecha de generación: 23/2/2024 11:15:47
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