Nº 30694-S
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de
las facultades que le confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; 1º, 2º y 69 de la Ley N° 5395 de 30 de octubre de 1973,
"Ley General de Salud"; 2 inciso ch) de la Ley N° 5412 de 8 de
noviembre de 1973, "Ley Orgánica del Ministerio de Salud".
Considerando:
1º-Que la
Ley General de Salud contempla que la salud de la población, es un bien de
interés público tutelado por el Estado.
2º-Que
mediante Decreto Ejecutivo N°. 30002-S de 26 de noviembre del 2001 publicado en
La Gaceta N° 238 de 11 de diciembre del 2001, se oficializó la Norma de
Habilitación de Establecimientos con internamiento en Medicina y Cirugía
General y /o por Especialidades Médicas y Quirúrgicas con más de 20 camas.
3º-Que se ha
considerado pertinente y oportuno adecuar esa normativa a la legislación
vigente. Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º-Oficialícese para efectos de aplicación obligatoria " La Norma para la
Habilitación de Establecimientos que brindan la Atención en Medicina y Cirugía
General y/o por Especialidades Médicas y Quirúrgicas con Internamiento con más
de 20 camas.
0
Introducción
La necesidad
de mejorar la calidad de atención en los servicios de salud y afines y la
redefinición de las funciones del Ministerio de Salud como ente rector del
Sector de Salud, han generado acciones para normalizar las condiciones de
operación de los establecimientos que actúan o prestan servicios, directa o
indirectamente, en materias ligadas con la salud y el bienestar de las personas.
Es así que se establece la Norma para la Habilitación de los establecimientos
que brindan atención en Medicina y Cirugía General o por Especialidades Médicas
y Quirúrgicas con internamiento.
Los
requisitos establecidos en esta norma se basan en lo dispuesto en la Ley
General de la Salud, Reglamento General de Habilitación de Establecimientos de
Salud y Afines, emitido mediante Decreto Ejecutivo Nº 30571-S, del 25 de junio
del 2002, y otras disposiciones legales y reglamentarias vinculadas con la materia.
Además se
establecen los requisitos para realizar el trámite de solicitud de
habilitación, los cuales se presentan en el Anexo A. Así mismo en el Anexo B,
se presentan los requisitos de información requerida al realizar la evaluación
del establecimiento.
1 Objetivo y
ámbito de Aplicación
Esta norma
tiene como objeto especificar las condiciones y requisitos que deben cumplir
los establecimientos que brindan atención en Medicina y Cirugía General o por
Especialidades Médicas y/o Quirúrgicas con internamiento.
Estas
especificaciones deben ser cumplidas para obtener la habilitación de parte del
Ministerio de Salud lo cual faculta al funcionamiento de estos
establecimientos.
El ámbito de
aplicación de esta normativa es nacional y aplica para todos los establecimientos
que brindan servicios de atención en Medicina y Cirugía General o por
Especialidades Médicas y/o Quirúrgicas con internamiento y con veinte camas o
más ya sean públicos, privados o mixtos que pueden ser llamados hospitales.
2
Definiciones generales y símbolos
@ Arroba:
hace alusión a ambos sexos, masculino y femenino
Alojamiento
conjunto: permanencia de la madre y el recién nacid@ las veinticuatro horas del
día, desde el nacimiento hasta su egreso del establecimiento con servicio de
maternidad.
Datos
clínicos: información del estado de salud del paciente obtenida por los
funcionarios del establecimiento.
Egreso:
retiro de un@ paciente de los servicios de internamiento de un hospital.
Expediente
clínico: registro de salud en donde se reúne en un solo documento, debidamente
identificado, toda la información concerniente a la salud de una persona, sus
alteraciones y evolución en los tratamientos recibidos dentro de una misma
institución de salud, a través de toda la vida.
Giro-cama:
indicador que mide el número de pacientes que ocupan cada cama hospitalaria en
un periodo dado. Se obtiene de dividir los egresos entre el número de camas
respectivo.
Habilitación:
trámite de acatamiento obligatorio, realizado por el Estado, para autorizar el
funcionamiento de los servicios de salud y afines, tanto públicos, privados o
mixtos, por el cual se garantiza a los usuarios y las usuarias, que éstos
cumplen con los requisitos mínimos estructurales, para dar la atención que
explícitamente dicen ofrecer.
Hospital:
establecimiento de salud con al menos cinco camas para internamiento de
pacientes, que ofrece servicios de atención básica de diagnóstico y
tratamiento; cuerpo clínico organizado, con evidencia de admisiones y
asistencia permanente conducida de médicos.
Incidencia:
número de casos de una enfermedad en una población durante un período
determinado.
Infección
intrahospitalaria: infección que se desarrolla en un paciente internado en un
hospital o en otro centro de asistencia y que no la padecía ni la estaba incubando
en el momento de la hospitalización, o es el efecto residual de una infección
adquirida durante una hospitalización anterior.
m²: metros
cuadrados
Morbilidad:
estado de enfermedad; número proporcional de personas que enferman en una
población durante un período determinado; casos registrados de enfermedades.
Mortalidad:
número proporcional de personas que fallecen en una población durante un
período determinado; número de casos de pacientes fallecidos por diferentes
causas.
Muerte fetal
tardía: muerte del feto que ocurre a partir de la semana veintiocho de
gestación.
Muerte
materna tardía: muerte de una mujer, por causas obstétricas directas o
indirectas, después de los cuarenta y dos días pero antes del año de la
terminación del embarazo.
Muerte materna:
es la muerte de una mujer mientras está embarazada o dentro de los cuarenta y
dos días posteriores a la terminación del embarazo, independientemente de la
duración y sitio del embarazo; debida a cualquier causa relacionada con o
agravada por el embarazo mismo o su atención, pero no por causas accidentales o
incidentales.
Muerte
neonatal: defunción del recién nacido vivo durante los primeros veintiocho días
completos de vida.
Muerte
perinatal: defunción fetal o del recién nacido en el período comprendido entre
las veintidós semanas de gestación y siete días completos después del parto.
Neonato:
recién nacido desde su nacimiento hasta los primeros veintiocho días de vida.
Período
postanestésico: en un proceso de anestesia, comprende desde la suspensión de la
administración de la droga anestésica hasta la recuperación total de
conciencia, estado hemodinámico y coordinación motora.
Período
preanestésico: en un proceso de anestesia, comprende desde la evolución y
preparación del paciente para el acto anestésico hasta antes del inicio de la
inducción anestésica.
Período
transanestésico: periodo perioperatorio: en un proceso de anestesia, desde la
inducción anestésica hasta la suspensión de la administración de la droga
anestésica.
Prevalencia:
número de casos de una enfermedad existentes en una población dada y en un
momento o tiempo específico. Casos existentes de determinada enfermedad en un
periodo determinado de estudio.
Protocolo:
serie de pasos claramente definidos y especificados contenidos en un documento
que se deben llevar a cabo para llevar a cabo una tarea o procedimiento
determinado.
r.c.p:
reanimación cardio pulmonar
Relación
O2/N2O: relación porcentual entre oxígeno y óxido nitroso, utilizado como flujo
de gases que se combinan en la maquina de anestesia y medida con monitores
especiales.
Reporte del
análisis: expresión por escrito del resultado del análisis de una muestra
tomada a un paciente.
Sector de
admisión clínica: sección de admisión clínica: área o sección del hospital
donde se inicia el proceso de ingreso e internamiento de los pacientes, ya sean
referidas por consulta externa, por emergencias.
Sector de
internamiento: sección de internamiento: sección o área del hospital donde se
encuentran hospitalizad@s l@s pacientes.
Sector
quirúrgico: sección quirúrgica: sección o área donde ingresan l@s pacientes
para recibir tratamiento quirúrgico.
3
Clasificación y designación
3.1 Primer
nivel de clasificación
En el primer
nivel de clasificación, la norma se clasifica de acuerdo con los servicios que
intervienen al brindar el servicio, en los siguientes:
a)
Obstetricia y Atención del Recién Nacido
b) Cirugía
c) Medicina
Interna
d)
Ginecología
e) Pediatría
f)
Emergencias
g)
Anestesiología
h) Farmacia
i)
Enfermería
j)
Diagnóstico por Imágenes
k) Laboratorio
Clínico
l)
Esterilización
m) Nutrición
n) Trabajo
Social
o)
Infecciones Intrahospitalarias
p) Dirección
q)
Administración
r) Registros
Médicos y Estadística
s) Seguridad
e Higiene Laboral
t)
Lavandería
u)
Documentación Edilicia
3.2 Segundo
nivel de clasificación
En el
segundo nivel de clasificación, los requisitos para cada servicio se divide en
las siguientes categorías:
1. Recurso
humano
2. Planta
física
3. Recurso
material
4.
Documentación
5. Gestión
6. Educación
7. Manejo de
la información
8. Calidad
4
Especificaciones
4.1
Obstetricia y Atención del Recién Nacido
4.1.1
Sección de admisión u hospitalización
4.1.1.1
Recurso Humano
4.1.1.1.1 La
sección de admisión clínica debe estar a cargo de un@ médic@ especialista en
obstetricia
4.1.1.1.2 La
sección de admisión clínica debe contar con el siguiente personal las 24 horas
del día:
4.1.1.1.2.1
Un médic@ especialista en ginecobstetricia, médic@ general o enfermer@
obstétrica.
4.1.1.1.2.2
Un médic@ pediatra neonatólog@ (disponible o de interconsulta)
4.1.1.2
Planta Física
4.1.1.2.1 El
servicio debe contar con un área de uso exclusivo y ser de fácil acceso para la
admisión clínica del paciente. Con los siguientes espacios físicos
diferenciados:
4.1.1.2.1.1
Sala de espera con bancas para la paciente y sus acompañantes
4.1.1.2.1.2
Al menos un cubículo o consultorio habilitados para la atención individual y
privada de la paciente.
4.1.1.3
Recurso Material
4.1.1.3.1 El
cubículo o consultorio para la atención individual y privada de las pacientes
debe contar con el recurso mínimo para brindar la atención según el Anexo C
4.1.1.3.2 El
servicio debe disponer de los recursos materiales indispensables para la
atención de un accidente cardio-respiratorio de la madre o del recién nacido
según el Anexo D .
4.1.2
Sección de Internamiento
4.1.2.1
Recurso Humano
4.1.2.1.1 La
sección debe estar a cargo de un@ médic@ especialista en obstetricia.
4.1.2.1.2 La
sección de debe disponer en la jornada ordinaria al menos el siguiente
personal.:
4.1.2.1.2.1
Un@ médic@ especialista en ginecobstetricia o médic@ asistente general por cada
20 camas ocupadas.
4.1.2.1.2.2
Un@ enfermer@ por cada 20 camas ocupadas.
4.1.2.1.2.3
Un@ auxiliar de enfermería por cada 10 camas ocupadas.
4.1.2.1.2.4
Un@ asistente de pacientes por cada 20 camas ocupadas.
4.1.2.1.2.5
Un@ secretari@ o recepcionista que puede ser compartida con otros servicios.
4.1.2.1.3 La
sección debe tener disponible en la jornada extraordinaria el siguiente
personal:
4.1.2.1.3.1
Un@ médic@ especialista en ginecobstetricia o un@ médic@ general asistente a
disponibilidad.
4.1.2.1.3.2
Un@ enfermer@ por veinticuatro camas ocupadas.
4.1.2.1.3.3
Un@ auxiliar de enfermería por veinticuatro camas ocupadas
4.1.2.1.3.4
Un@ asistente de pacientes por veinticuatro camas ocupadas.
4.1.2.1.3.5
Un@ médic@ neonatólogo disponible las veinticuatro horas del día para las
maternidades con más de dos mil nacimientos al año o un pediatra en las
maternidades con menos de dos mil nacimientos al año.
4.1.2.1.3.6
Un@ supervisor de enfermería, con especialidad en obstetricia durante las
veinticuatro horas del día.
4.1.2.2
Planta Física
4.1.2.2.1 La
sección, debe tener las siguientes áreas diferenciadas y separadas:
4.1.2.2.1.1 Área
para internamiento o atención del neonat@ con patología, contigua o cerca de la
sala de internamiento de obstetricia
4.1.2.2.1.2
Área de internamiento de postparto con facilidades para el alojamiento conjunto
4.1.2.2.1.3
Área de internamiento en obstetricia que debe disponer de áreas separadas para
el cuidado de mujeres según su condición de riesgo.
4.1.2.2.1.4
Área de atención de postparto inmediato.
4.1.2.2.1.5
Área de atención postparto quirúrgico
4.1.2.2.1.6
Area de aislamiento para el internamiento de mujeres con patologías
infectocontagiosas
4.1.2.2.2 La
separación mínima entre camas de internamiento debe ser de 1,5 metros
4.1.2.2.3 La
sección debe disponer al menos de las siguientes facilidades:
4.1.2.2.3.1
Un lavamanos por cada seis camas.
4.1.2.2.3.2
Un baño completo por cada seis camas.
4.1.2.2.3.3
Un servicio sanitario completo por cada seis camas
4.1.2.2.3.4
Debe contar con un servicio sanitario y un lavamanos completo para uso de los
acompañantes.
4.1.2.2.3.5
Un baño, servicio sanitario y un lavamanos para uso del personal.
4.1.2.2.4 La
sección de internamiento debe disponer al menos de las siguientes facilidades
para los procedimientos diagnósticos y terapéuticos.
4.1.2.2.4.1
Estación de enfermería.
4.1.2.2.4.2
Cubículo de atención individual de las mujeres para procedimientos asépticos
4.1.2.2.4.3
Cubículo de atención individual de las mujeres para procedimientos sépticos
4.1.2.2.4.4
Áreas físicas diferenciadas para la organización, administración, educación y
docencia de los funcionarios, los usuarios y sus familiares
4.1.2.2.4.5
Un área separada para colocar el equipo sucio y material contaminado
4.1.2.2.4.6
La sección debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre el puesto de
enfermería, los salones de internamiento y los baños.
4.1.2.3
Recurso Material
4.1.2.3.1
Los cubículos de atención individual séptico y aséptico deben disponer del
equipo mínimo indispensable para una adecuada atención de la paciente según el
Anexo E
4.1.2.3.2 El
servicio debe disponer de facilidades de encamado, que cumplan con las
siguientes características:
4.1.2.3.2.1
Camas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición, con
barandas.
4.1.2.3.2.2
Cada cama debe contar con: gradas, mesa de noche, mesa para alimentación, una
silla, fuente de iluminación individual, placa de identificación de la
paciente.
4.1.2.3.2.3
Cuneros para el recién nacido en alojamiento conjunto
4.1.2.3.2.4
Tener suficiente ropa de cama limpia para hacer cambio diario
4.1.2.3.3 El
área debe disponer permanentemente de los recursos materiales indispensables
para la atención de un accidente cardio-respiratorio según el Anexo D.
4.1.3
Sección de Sala de Parto
4.1.3.1
Recurso Humano
4.1.3.1.1 La
sección debe estar a cargo de un médico especialista en ginecobstetricia
4.1.3.1.2 La
sección de sala de parto debe contar al menos con el siguiente personal:
4.1.3.1.2.1
Un@ médico especialista en ginecobstetricia las veinticuatro horas del día para
las maternidades con más de cuatro mil nacimientos o más por año.
4.1.3.1.2.2
Un@ médico especialista en ginecobstetricia a disponibilidad las veinticuatro
horas del día para las maternidades con menos de cuatro mil nacimientos al año.
4.1.3.1.2.3
Un@ enfermera obstétrica, en cada turno, por cada cuatro camas del área de
labor y parto para maternidades con dos mil nacimientos o fracción al año.
4.1.3.1.2.4
Un@ neonatólog@ o pediatra las veinticuatro horas del día.
4.1.3.1.2.5
Un@ Auxiliares de enfermería en las salas de labor, parto y postparto inmediato
según el número de nacimientos anuales:
4.1.3.1.2.6
Un@ auxiliar por más de cuatro mil nacimientos anuales, las veinticuatro horas
del día asignada a cada una de las salas anteriores.
4.1.3.1.2.7
Un@ auxiliar por cuatro mil nacimientos anuales o menos para varias de las
salas simultáneamente.
4.1.3.1.2.8
Un@ Auxiliares de enfermería por turno asignada a la sala de atención del
recién nacido.
4.1.3.1.2.9
Personal de aseo.
4.1.3.1.2.10
Asistente de pacientes.
4.1.3.2
Planta Física
4.1.3.2.1
Esta sección debe tener un área específica para las diferentes etapas del
parto:
4.1.3.2.1.1
Área de labor de parto.
4.1.3.2.1.2
Área de atención del parto
4.1.3.2.1.3
Área de postparto inmediato
4.1.3.2.1.4
Atención inmediata. al recién nacido
4.1.3.2.1.5
Estación de enfermería.
4.1.3.2.2 La
sala de labor de parto y el quirófano deben de estar contiguos o tener
facilidades de desplazamiento entre estas.
4.1.3.2.3 La
sección debe contar con una sala de atención individual para el período
expulsivo y alumbramiento por cada mil quinientos nacimientos por año o
fracción
4.1.3.2.4 El
espacio de la sala de expulsivo debe ser de al menos de diez m²
4.1.3.2.5 La
sala de atención inmediata al recién nacid@ debe ser de uso exclusivo y tener
un espacio mínimo de diez m2 y cumplir con las Normas Nacionales de
Neonatología para el Primer Nivel de atención
4.1.3.2.6 La
sección de labor y expulsivo debe tener acceso a un quirófano por cada dos mil
nacimientos al año o una sala de operaciones exclusiva en el sector de parto
por cada cinco mil nacimientos al año.
4.1.3.2.7 En
las maternidades con más de cinco mil nacimientos al año, debe existir un sala
destinada para la labor, el parto y realización de cirugía en aquellas
pacientes portadoras de procesos infectocontagiosos.
4.1.3.2.8 La
sala de partos debe contar con un sistema de comunicación o de aviso entre el
área de vigilancia del período de labor, las salas de expulsivo y el quirófano
central o la sala de operaciones de obstetricia.
4.1.3.3
Recurso Material
4.1.3.3.1 La
sala de expulsivo debe disponer de un lavamanos quirúrgico inmediato a la
misma, pero fuera de ella. El lavamanos debe ser de accionamiento por medio del
codo, la rodilla, el pie o automático.
4.1.3.3.2 El
área de labor debe tener una cama individualizada y con barandas, por cada 1000
nacimientos por año o fracción.
4.1.3.3.3 La
sala de partos debe contar con una cama individualizada con barandas para la
vigilancia del posparto inmediato, por cada 1000 nacimientos por año o
fracción.
4.1.3.3.4 La
sala de partos debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender
un accidente cardio-respiratorio, Anexo D.
4.1.3.3.5 La
unidad individual de atención del parto en el período de expulsivo debe
disponer de los siguientes recursos mínimos para la atención en el nacimiento,
Anexo F.
4.1.3.4
Documentación
4.1.3.4.1 La
sección debe contar con papelería (hoja de evolución) y adjuntarla al
expediente médico.
4.1.3.4.2 El
servicio debe mantener los siguientes documentos actualizados:
4.1.3.4.2.1
Manual de funciones del personal
4.1.3.4.2.2
Protocolos de atención de pacientes de las cinco causas de egresos más
frecuentes.
4.1.3.4.3 El
personal responsable de la atención debe registrar en el expediente clínico el
resultado de la valoración periódica, durante la labor, parto y posparto
inmediato.
4.1.3.4.4
Todo expediente debe tener un registro de la evolución del parto en el
cervicograma
4.1.3.5
Gestión
4.1.3.5.1 El
recién nacid@ san@ debe recibir los cuidados inmediatos en la misma sala donde
está la madre y permanecer junto a ella durante su estancia.
4.1.3.5.2 La
sección debe asegurar la presencia de un funcionario del Registro Civil para la
elaboración de los certificados de nacimiento
4.1.3.5.3 La
sala de partos debe ofrecer la facilidades para el acompañamiento de las
usuarias
4.1.3.5.4 El
servicio de obstetricia al dar de alta a la madre, debe entregarle el carné de
salud del niño y el perinatal. Ambos debidamente llenos y explicarle su manejo.
4.1.3.5.5 El
servicio de obstetricia debe contar con un sistema de mantenimiento (preventivo
y correctivo) para sus equipos.
4.1.3.6
Manejo de la información
4.1.3.6.1 El
personal del servicio responsable de la atención debe registrar continuamente
los datos relevantes al nacimiento en el expediente clínico, en el carné
perinatal, en el expediente del recién nacid@ y en el Carné de Salud del Niñ@.
4.1.3.6.2 El
servicio debe llevar registros de labor y parto, en el libro de registro de
nacimientos
4.2 Cirugía
4.2.1
Recurso Humano
4.2.1.1 El
servicio debe estar bajo la dirección de un@ médic@ especialista en cirugía
4.2.1.2 El
servicio debe tener en la jornada ordinaria el siguiente personal:
4.2.1.2.1
Un@ médic@ especialista en cirugía por cada veinticuatro camas ocupadas
4.2.1.2.2
Un@ enfermer@ por cada veinticuatro camas ocupadas
4.2.1.2.3
Un@ auxiliar de enfermería por cada doce camas ocupadas
4.2.1.2.4
Un@ asistente de pacientes por cada diez camas ocupadas
4.2.1.2.5
Un@ secretari@ u oficinista, puede ser compartida con otros servicios
4.2.1.3 El servicio
debe tener en la jornada extraordinaria el siguiente personal:
4.2.1.3.1
Un@ médic@ especialista en cirugía disponible por especialidad según las
necesidades.
4.2.1.3.2
Un@ enfermer@ en jefe por cada veinticuatro camas ocupadas.
4.2.1.3.3
Un@ auxiliar de enfermería por cada veinticuatro camas ocupadas.
4.2.1.3.4
Un@ asistente de pacientes por cada veinticuatro camas ocupadas
4.2.2.
Planta Física
4.2.2.1 El
servicio debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre la estación de
enfermería y los salones de internamiento, así como los baños
4.2.2.2 La
distribución física de servicio debe comprender al menos los siguientes
elementos:
4.2.2.2.1 Un
inodoro con varillas de apoyo por cada seis camas ocupadas
4.2.2.2.2 Un
baño por cada seis camas ocupadas
4.2.2.2.3 Un
lavamanos en el área de servicios sanitarios
4.2.2.2.4 Un
cuarto de aislamiento para pacientes potadores de procesos infectocontagiosos
con baño completo incluido
4.2.2.3. El
servicio debe contar para la realización de procedimientos diagnósticos,
terapéuticos y de preparación, al menos con la siguiente distribución física:
4.2.2.3.1
Área de preparación de medicamentos con un área de al menos seis m²
4.2.2.3.2
Cubículo para procedimientos sépticos con baño completo y de uso exclusivo
4.2.2.3.3
Cubículo para procedimientos asépticos
4.2.2.3.4
Área de depósito de desechos y equipo sucio
4.2.2.3.5
Cuarto para ropa limpia con estantería
4.2.2.3.6
Cuarto para almacenamiento de equipo con un área de al menos cuatro m²
4.2.2.3.7 Un
lavamanos en cada salón para uso de funcionarios con dispensador de jabón y
toallas desechables
4.2.2.3.8
Estación de enfermería
4.2.2.4. El
servicio debe contar con un baño completo para uso exclusivo de l@s
funcionari@s
4.2.2.5. Los
pasillos del servicio deben ser de al menos dos metros de ancho
4.2.2.6. La
separación mínima entre camas de internamiento de cirugía debe ser de uno y
medio metros
4.2.3
Recurso Material
4.2.3.1 El
servicio debe estar equipado al menos con el equipo y materiales básicos
indicados en el Anexo G. Estos materiales deben encontrarse disponibles en los
cubículos individuales de tratamiento y en el área de preparación de
medicamentos según corresponda.
4.2.3.2 El
servicio debe disponer de facilidades de encamado que cumplan con las
siguientes características:
4.2.3.2.1
Camas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición, con
barandas
4.2.3.2.2
Cada cama debe contar con placa de identificación del paciente, fuente de iluminación
individual, mesa para alimentación, gradas, mesa de noche, una silla
4.2.3.2.3
Tener ropa limpia de cama para realizar un cambio diario
4.2.3.2.4 El
servicio debe contar con sillas de ruedas y camillas con barandas para el
traslado de las usuarias
4.2.3.3 El
servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender un
accidente cardio-respiratorio, de acuerdo con el Anexo D
4.2.3.4 El
servicio debe contar al menos con los siguiente medicamentos en existencia:
4.2.3.4.1
Analgésicos
4.2.3.4.2
antibióticos
4.2.3.4.3
suero salinos
4.2.3.4.4
sueros mixtos
4.2.3.4.5
sueros glucosados.
4.2.3.5 El
servicio debe contar al menos con los siguientes equipos para la atención de
l@s pacientes:
4.2.3.5.1
Camilla móvil, con baranda
4.2.3.5.2
Camilla fija
4.2.3.5.3
Equipo de diagnóstico (oftalmoscopio y otoscopio)
4.2.3.5.4
Esfignomanómetro
4.2.3.5.5
Estetoscopio
4.2.3.5.6
Escritorio con su respectiva silla
4.2.3.5.7
Carro de curaciones
4.2.3.6 El
área de preparación de medicamentos debe contar al menos con los siguientes
recursos:
4.2.3.6.1
Estante con un compartimento para medicamentos por cada cama ocupada
4.2.3.6.2
Refrigeradora para medicamentos termolábiles
4.2.3.6.3
Pila de acero inoxidable.
4.2.3.6.4
Carro de preparación y distribución de medicamentos
4.2.3.6.5
Compartimentos para sueros
4.2.3.7 Los
cubículos para procedimientos sépticos y para procedimientos asépticos deben de
contar al menos con los siguientes recursos:
4.2.3.7.1
Pila de acero inoxidable
4.2.3.7.2
Instrumental y materiales para valoración general (termómetros, foco de
baterías y equipo de diagnóstico)
4.2.3.7.3
Equipos para curación, drenaje de abscesos, etc.
4.2.3.7.4
Recipientes con tapa para materiales desechables y para materiales rehusables
4.2.3.7.5 Camilla
corriente con gradilla y fuente de luz
4.2.3.7.6
Lavamanos de accionamiento por medio de codo, rodilla o automático
4.2.3.7.7
Sillas de ruedas.
4.2.3.7.8
Recipiente de acero inoxidable para el desecho de material contaminado
4.2.3.7.9
Recipiente para desecho de material punzo cortante
4.2.3.7.10
Negatoscopio
4.2.3.7.11
Tomas de vacío, oxígeno y succión
4.2.3.8 El
área de depósito de desechos y equipo sucio debe contar al menos con los
siguientes recursos:
4.2.3.8.1
Canasta para ropa sucia
4.2.3.8.2 Pileta
de descarga de desechos
4.2.3.8.3
Estantería para almacenamiento de cachos,
4.2.3.8.4
riñones y
4.2.3.8.5
palanganas no estériles
4.2.4
Documentación
4.2.4.1 El
servicio debe mantener los siguientes documentos actualizados:
4.2.4.1.1
Manual de funciones del personal
4.2.4.1.2
Protocolos de atención de pacientes de las cinco causas de egresos más
frecuentes.
4.2.4.1.3
Expediente clínico de cada paciente a su cargo
4.2.5
Gestión
4.2.5.1 El
servicio debe tener un programa de mantenimiento (preventivo y correctivo) para
los equipos que utiliza.
4.3 Medicina
Interna
4.3.1
Recurso Humano
4.3.1.1 El
servicio debe estar bajo la dirección de un@ médic@ internista
4.3.1.2 El
servicio debe tener disponible en la jornada ordinaria al menos el siguiente
personal:
4.3.1.2.1
Un@ médic@ internist@ o un médico general asistente por cada doce camas
ocupadas
4.3.1.2.2
Un@ enfermer@ graduad@ por cada veinte camas ocupadas
4.3.1.2.3
Un@ auxiliar de enfermería por cada diez camas ocupadas
4.3.1.2.4
Un@ asistente de pacientes por cada diez camas ocupadas
4.3.1.2.5
Un@ secretari@ u oficinista (puede ser compartida)
4.3.1.3 El
servicio debe tener en la jornada extraordinaria al menos el siguiente
personal:
4.3.1.3.1 Un@
médic@ internista o un@ médic@ general en disponibilidad
4.3.1.3.2
Un@ enfermer@ graduad@ por cada veinticuatro camas ocupadas
4.3.1.3.3
Un@ auxiliar de enfermería por cada veinticuatro camas ocupadas
4.3.1.3.4
Un@ asistente de pacientes por cada veinticuatro camas ocupadas
4.3.2 Planta
Física
4.3.2.1 El
servicio debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre la estación de
enfermería , los salones de internamiento y los baños.
4.3.2.2 La
distribución física de esta sección debe comprender al menos los siguientes
elementos:
4.3.2.2.1 Un
inodoro con varillas de apoyo por cada seis camas ocupadas
4.3.2.2.2 Un
baño por cada seis camas ocupadas
4.3.2.2.3 Un
lavamanos en el área de servicios sanitarios
4.3.2.2.4
Cuarto de aislamiento para pacientes portadores de procesos infectocontagiosos
con baño completo incluido
4.3.2.3 Para
la realización de procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de preparación,
el servicio debe contar al menos con las siguientes áreas:
4.3.2.3.1
Área de preparación de medicamentos con un área de al menos seis m²
4.3.2.3.2
Cubículo para procedimientos sépticos con baño completo y de uso exclusivo
4.3.2.3.3
Cubículo para procedimientos asépticos
4.3.2.3.4
Área de depósito de desechos y equipo sucio
4.3.2.3.5
Área para ropa limpia con estantería
4.3.2.3.6
Área para almacenamiento de equipo con espacio de cuatro m²
4.3.2.3.7 Un
lavamanos en cada salón para uso de funcionarios con dispensador de jabón y
toallas desechables
4.3.2.3.8
Estación de enfermería.
4.3.2.4 El
servicio debe contar con un baño completo con inodoro y lavatorio para uso
exclusivo de l@s funcionari@s.
4.3.2.5 Los
pasillos del servicio deben ser al menos de dos metros de ancho
4.3.2.6 La
separación mínima entre camas en los salones debe ser de un metro y medio metros
4.3.3
Recurso Material
4.3.3.1 El
servicio debe estar equipada al menos con el equipo y materiales básicos
indicados en el Anexo H. Estos materiales deben encontrarse disponibles en los
cubículos individuales de tratamiento y en el área de preparación de
medicamentos según corresponda.
4.3.3.2 El
servicio debe disponer de facilidades de encamado que cumplan con las
siguientes características:
4.3.3.2.1
Camas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición, con
barandas
4.3.3.2.2 Cada
cama debe contar con placa de identificación del paciente, fuente de
iluminación individual, mesa para alimentación, gradas, mesa de noche, una
silla.
4.3.3.2.3
Tener suficiente ropa limpia de cama para realizar un cambio diario
4.3.3.3 El
servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender un
paro cardio-respiratorio, de acuerdo con el Anexo D.
4.3.3.4 El
servicio de medicina interna debe contar al menos con los siguientes equipos
para la atención de l@s pacientes:
4.3.3.4.1
Camilla móvil
4.3.3.4.2
Camilla fija
4.3.3.4.3
Equipo de diagnóstico (oftalmoscopio y otoscopio)
4.3.3.4.4
Esfignomanómetro
4.3.3.4.5
Estetoscopio
4.3.3.4.6
Escritorio con su respectiva silla
4.3.3.4.7
Carro de curaciones
4.3.3.5 El
área de preparación de medicamentos debe contar al menos con los siguientes
recursos:
4.3.3.5.1
Estante con un compartimiento para medicamentos por cada cama ocupada
4.3.3.5.2
Refrigeradora para medicamentos termolábiles
4.3.3.5.3
Pila de acero inoxidable
4.3.3.5.4
Carro de preparación y distribución de medicamentos
4.3.3.5.5
Compartimentos para sueros
4.3.3.6 Los
cubículos para procedimientos sépticos y para procedimientos asépticos deben de
contar al menos con los siguientes recursos:
4.3.3.6.1
Pila de acero inoxidable
4.3.3.6.2 Instrumental
y materiales para valoración general (termómetros, foco de baterías y equipo de
diagnóstico)
4.3.3.6.3
Camilla corriente con gradilla y fuente de luz
4.3.3.6.4
Equipos para curación
4.3.3.6.5
Recipientes con tapa para materiales desechables y para materiales rehusables
4.3.3.6.6
Lavamanos de accionamiento por medio de codo, rodilla o automático
4.3.3.6.7
Tomas de vacío, oxígeno y succión
4.3.3.6.8
Recipiente de acero inoxidable para el desecho de material contaminado
4.3.3.6.9
Recipiente para desecho de material punzo cortante con tapa
4.3.3.7 El
área de depósito de desechos y equipo sucio debe contar al menos con los
siguientes recursos:
4.3.3.7.1
Canasta para ropa sucia
4.3.3.7.2
Pileta de descarga de desechos
4.3.3.7.3
Estantería para almacenamiento de cachos, riñones y palanganas no estériles
4.3.4
Documentación
4.3.4.1 El
servicio de medicina interna contar con los siguientes documentos actualizados:
4.3.4.1.1
Manual de funciones del personal
4.3.4.1.2
Protocolos de atención de pacientes de las cinco causas más frecuentes de
egresos.
4.3.4.1.3
Expediente clínico de cada paciente a su cargo
4.4
Ginecología
4.4.1
Recurso Humano
4.4.1.1 El
servicio debe estar a cargo de un@ médic@ especialista en ginecobstetricia
4.4.1.2 El
servicio debe tener disponible en la jornada ordinaria al menos el siguiente
personal:
4.4.1.2.1
Un@ médic@ especialista en ginecobstetricia o médic@ asistente general por cada
veinte camas ocupadas
4.4.1.2.2
Un@ enfermer@ por cada veinte camas ocupadas
4.4.1.2.3
Un@ auxiliar de enfermería por cada diez camas ocupadas
4.4.1.2.4
Un@ asistente de pacientes por cada veinte camas ocupadas
4.4.1.2.5
Un@ secretari@ o recepcionista que puede ser compartida con otros servicios
4.4.1.3 El
servicio debe tener disponible en la jornada extraordinaria el siguiente
personal:
4.4.1.3.1
Un@ médic@ especialista en ginecobstetricia o un@ médic@ general asistente a
disponibilidad
4.4.1.3.2
Un@ enfermer@ por veinticuatro camas ocupadas
4.4.1.3.3
Un@ auxiliar de enfermería por veinticuatro camas ocupadas
4.4.1.3.4
Un@ asistente de pacientes por veinticuatro camas ocupadas
4.4.2 Planta
Física
4.4.2.1 El
servicio debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre la estación de
enfermería, los salones de internamiento y los baños.
4.4.2.2 El
servicio debe tener al menos las siguientes elementos físicos:
4.4.2.2.1 Un
inodoro con varillas de apoyo por cada seis camas
4.4.2.2.2 Un
baño por cada seis camas
4.4.2.2.3 Un
lavamanos en el área de servicios sanitarios
4.4.2.2.4
Cuarto de aislamiento para pacientes portadores de procesos infectocontagiosos
con baño completo incluido.
4.4.2.3 El
servicio debe contar con la siguientes áreas, para la realización de
procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de preparación:
4.4.2.3.1
Área de preparación de medicamentos con un área de al menos seis m²
4.4.2.3.2
Cubículo para procedimientos sépticos con baño completo y de uso exclusivo
4.4.2.3.3
Cubículo para procedimientos asépticos
4.4.2.3.4
Área de depósito de desechos y equipo sucio
4.4.2.3.5
Cuarto para ropa limpia con estantería
4.4.2.3.6
Cuarto para almacenamiento de equipo con un área de al menos cuatro m²
4.4.2.3.7 Un
lavamanos en cada salón para uso de funcionarios con dispensador de jabón y
toallas desechables
4.4.2.3.8
Estación de enfermería
4.4.2.4 La
sección debe contar con un baño completo para uso exclusivo de l@s funcionari@s
4.4.2.5 Los
pasillos de la sección de internamiento de cirugía deben ser de al menos dos
metros de ancho
4.4.2.6 La
separación mínima entre camas de internamiento de ginecología debe ser de uno y
medio metros.
4.4.3
Recurso Material
4.4.3.1 El
servicio debe estar equipado al menos con el equipo y materiales básicos
indicados en el Anexo I. Estos materiales deben encontrarse disponibles en los
cubículos individuales de tratamiento y en el área de preparación de
medicamentos según corresponda.
4.4.3.2 El
servicio debe disponer de facilidades de encamado que cumplan con las
siguientes características:
4.4.3.2.1
Camas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición, con
barandas
4.4.3.2.2
Cada cama debe contar con placa de identificación de la paciente, fuente de
iluminación individual, mesa para alimentación, gradas, mesa de noche, una
silla.
4.4.3.2.3
Tener suficiente ropa limpia de cama para realizar un cambio diario
4.4.3.3 El
servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender un
accidente cardio-respiratorio, de acuerdo con el Anexo D.
4.4.3.4 El
servicio debe contar al menos con los siguientes equipos para la atención de l@s
pacientes:
4.4.3.4.1
Camilla móvil
4.4.3.4.2
Camilla fija
4.4.3.4.3
Equipo de diagnóstico (oftalmoscopio y otoscopio)
4.4.3.4.4
Esfignomanómetro
4.4.3.4.5
Estetoscopio
4.4.3.4.6
Escritorio con su respectiva silla
4.4.3.4.7
Carro de curaciones
4.4.3.4.8
Lavamanos.
4.4.3.5 El
área de preparación de medicamentos debe contar al menos con los siguientes
recursos:
4.4.3.5.1
Estante con un compartimiento para medicamentos por cada cama ocupada
4.4.3.5.2
Refrigeradora para medicamentos termolábiles
4.4.3.5.3 Pila
de acero inoxidable
4.4.3.5.4
Carro de preparación y distribución de medicamentos
4.4.3.5.5
Compartimentos para sueros
4.4.3.6 Los
cubículos para procedimientos sépticos y para procedimientos asépticos deben
contar con los siguientes recursos:
4.4.3.6.1
Pila de acero inoxidable
4.4.3.6.2
Instrumental y materiales para valoración general (termómetros, foco de
baterías y equipo de diagnóstico)
4.4.3.6.3
Camilla corriente con gradilla y fuente de luz
4.4.3.6.4
Equipos para curación
4.4.3.6.5
Recipientes con tapa para materiales desechables y para materiales reusables
4.4.3.6.6
Lavamanos de accionamiento por medio de codo, rodilla o automático
4.4.3.6.7
Tomas de vacío, oxígeno y succión
4.4.3.6.8
Recipiente de acero inoxidable para el desecho de material contaminado
4.4.3.6.9
Recipiente para desecho de material punzo cortante
4.4.3.6.10
Negatoscopio
4.4.3.7 El
área de depósito de desechos y equipo sucio debe contar al menos con los
siguientes recursos:
4.4.3.7.1
Canasta para ropa sucia
4.4.3.7.2
Pileta de descarga de desechos
4.4.3.7.3
Estantería para almacenamiento de cachos, riñones y palanganas no estériles.
Compartimentos para sueros
4.4.4
Documentación
4.4.4.1 El
servicio de ginecología debe mantener los siguientes documentos actualizados:
4.4.4.1.1
Manual de funciones del personal
4.4.4.1.2
Expediente clínico de cada paciente a su cargo.
4.4.4.1.3
Protocolos de las cinco causas más frecuentes de egreso.
4.5
Pediatría
4.5.1
Recurso Humano
4.5.1.1 El
servicio debe estar bajo la dirección de un@ médic@ especialista en pediatría
4.5.1.2 El
servicio de pediatría debe tener contar en la jornada ordinaria al menos con el
siguiente personal:
4.5.1.2.1
Un@ médic@ especialista en pediatría por cada catorce camas ocupadas
4.5.1.2.2 Un@
enfermer@ por cada catorce camas ocupadas
4.5.1.2.3
Un@ auxiliar de enfermería por cada diez camas ocupadas.
4.5.1.2.4
Un@ asistente de pacientes por cada catorce camas ocupadas
4.5.1.2.5
Un@ secretaria u oficinista
4.5.1.3 El
servicio de pediatría debe contar en la jornada extraordinaria al menos con el
siguiente personal:
4.5.1.3.1
Un@ médic@ especialista en pediatría disponible
4.5.1.3.2
Un@ enfermer@ por cada catorce camas ocupadas.
4.5.1.3.3
Un@ auxiliar de enfermería por cada diez camas ocupadas.
4.5.1.3.4
Un@ asistente de pacientes por cada catorce camas ocupadas
4.5.2 Planta
Física
4.5.2.1 El
servicio debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre la estación de
enfermería y los salones de internamiento, así como los baños
4.5.2.2 La
distribución física de este servicio debe comprender al menos los siguientes
elementos:
4.5.2.2.1 Un
inodoro con varillas de apoyo por cada diez camas o cunas ocupadas
4.5.2.2.2
Una pileta por cada diez camas o cunas ocupadas
4.5.2.2.3 Un
lavamanos en el área de servicios sanitarios
4.5.2.2.4 Un
cuarto de aislamiento para pacientes potadores de procesos infectocontagiosos
con baño completo incluido.
4.5.2.3 El
servicio debe contar con las siguientes áreas para la realización de
procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de preparación:
4.5.2.3.1
Área de preparación de medicamentos con un área de al menos seis m²
4.5.2.3.2
Cubículo para procedimientos sépticos con baño completo y de uso exclusivo
4.5.2.3.3
Cubículo para procedimientos asépticos
4.5.2.3.4
Área de depósito de desechos y equipo sucio
4.5.2.3.5
Cuarto para ropa limpia con estantería
4.5.2.3.6
Cuarto para almacenamiento de equipo con un área de al menos cuatro m²
4.5.2.3.7 Un
lavamanos en cada salón para uso de funcionarios con dispensador de jabón y
toallas desechables
4.5.2.3.8
Estación de enfermería
4.5.2.4 El
servicio debe contar con un baño completo para uso exclusivo de los
funcionarios
4.5.2.5 El
servicio debe contar con un baño completo para el uso de las madres y
familiares de los pacientes
4.5.2.6 Los
pasillos deben ser al menos de dos metros de ancho
4.5.2.7 La
separación mínima entre camas o cunas de internamiento de pediatría debe ser de
uno y medio metros.
4.5.3
Recurso Material
4.5.3.1 El servicio
debe estar equipado al menos con el equipo y materiales básicos indicados en el
Anexo J. Estos materiales deben encontrarse disponibles en los cubículos
individuales de tratamiento y en el área de preparación de medicamentos según
corresponda.
4.5.3.2 El
servicio debe disponer de facilidades de encamado que cumplan con las
siguientes características:
4.5.3.2.1
Camas y cunas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición,
con barandas
4.5.3.2.2
Cada cuna o cama debe contar con placa de identificación, fuente de iluminación
individual, mesa para alimentación, mesa de noche y una silla.
4.5.3.2.3
Las camas de escolares deben contar con gradas.
4.5.3.2.4
Tener suficiente ropa limpia de cama, al menos para realizar cinco cambios
diarios.
4.5.3.3 El
servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender un
accidente cardio-respiratorio, según el anexo D.
4.5.3.4 El
servicio debe contar al menos con los siguientes equipos para la atención de
l@s pacientes:
4.5.3.4.1
Camilla móvil
4.5.3.4.2
Camilla fija
4.5.3.4.3
Equipo de diagnóstico (oftalmoscopio y otoscopio)
4.5.3.4.4
Esfignomanómetro
4.5.3.4.5
Estetoscopio
4.5.3.4.6
Escritorio con su respectiva silla
4.5.3.4.7
Carro de curaciones
4.5.3.5 El
área de preparación de medicamentos debe contar al menos con los siguientes
recursos:
4.5.3.5.1
Estante con un compartimiento para medicamentos por cada cama ocupada
4.5.3.5.2
Refrigeradora para medicamentos termolábiles
4.5.3.5.3
Pila de acero inoxidable
4.5.3.5.4
Carro de preparación y distribución de medicamentos
4.5.3.5.5
Compartimentos para sueros
4.5.3.6 Los
cubículos para procedimientos sépticos y para procedimientos asépticos deben
contar al menos con los siguientes recursos:
4.5.3.6.1
Pila de acero inoxidable
4.5.3.6.2
Instrumental y materiales para valoración general (termómetros, foco de
baterías y equipo de diagnóstico)
4.5.3.6.3
Equipos para curación, drenaje de abscesos, etc.
4.5.3.6.4
Recipientes con tapa para materiales desechables y para materiales rehusables
4.5.3.6.5 Camilla
corriente con gradilla y fuente de luz
4.5.3.6.6
Lavamanos de accionamiento por medio de codo, rodilla o automático
4.5.3.6.7
Tomas de vacío, oxígeno y succión
4.5.3.6.8
Recipiente de acero inoxidable para el desecho de material contaminado
4.5.3.6.9
Recipiente para desecho de material punzo cortante
4.5.3.7 El
área de depósito de desechos y equipo sucio debe contar al menos con los
siguientes recursos:
4.5.3.7.1
Canasta para ropa sucia.
4.5.3.7.2
Pileta de descarga de desechos.
4.5.3.7.3
Estantería para almacenamiento de cachos, riñones y palanganas no estériles o
sucias.
4.5.4
Documentación
4.5.4.1 El
servicio debe contar con los siguientes documentos actualizados:
4.5.4.1.1
Manual de funciones del personal
4.5.4.1.2
Protocolos de atención de pacientes para las cinco causas más frecuentes de
egreso.
4.5.4.1.3
Expediente clínico para cada paciente.
4.6
Emergencias
4.6.1
Recurso Humano
4.6.1.1 El
servicio debe contar al menos con un@ médic@ a cargo del servicio las
veinticuatro horas del día, con especialidad en emergencias y cursos aprobados
de reanimación cardio-respiratorio.
4.6.1.2 Los
médicos asistentes del servicio de emergencias deben tener una experiencia
mínima de tres años en el área de emergencias médicas y entrenamiento
certificado en Reanimación .Cardio. Pulmonar. ( RCP)
4.6.1.3 El
servicio debe contar con un profesional en enfermería, las veinticuatro horas
del día
4.6.2 Planta
Física
4.6.2.1 El
servicio de emergencias debe contar con un área exclusiva y de circulación
restringida para su funcionamiento
4.6.2.2 El
servicio emergencias debe tener sectores diferenciados para la atención de l@s
pacientes: sala de espera y consultorios de atención individualizada y privada
4.6.2.3 El
servicio debe contar con servicios sanitarios para el personal y l@s pacientes,
al menos un servicio por cada sexo, debe cumplir las especificaciones de la Ley
7600 Igualdad de Oportunidades para personas con discapacidad.
4.6.2.4 El
servicio debe contar con una entrada exclusiva para pacientes críticos que no
tenga barreras arquitectónicas que impidan el libre desplazamiento.
4.6.2.5 El
servicio debe contar con un área de Shock con las siguientes características:
4.6.2.5.1
Las uniones entre paredes y pisos y cielo raso deben ser cóncavos y de fácil
limpieza.
4.6.2.5.2
Luces de emergencia.
4.6.3
Recurso Material
4.6.3.1 El
servicio debe tener un sistema de comunicación exclusivo para ser utilizado en
situaciones de emergencia.
4.6.3.2 El
servicio debe contar con existencias permanentes de medicamentos para la
atención de emergencias, de acuerdo con las intervenciones que realiza con
mayor frecuencia.
4.6.3.3 El
servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender
accidentes cardio-respiratorios, de acuerdo con el Anexo D .
4.6.3.4 El servicio
de emergencias debe disponer al menos del siguiente equipo:
4.6.3.4.1 Un
electrocardiógrafo,
4.6.3.4.2 Un
monitor,
4.6.3.4.3 Un
oftalmoscopio
4.6.3.4.4 Un
esfignomanómetro,
4.6.3.4.5
lámparas de emergencias,
4.6.3.4.6
camillas
4.6.3.4.7
sillas de ruedas
4.6.3.4.8
contar con las condiciones necesarias para la atención de partos
4.6.3.4.9
camilla de exploración obstétrica,
4.6.3.4.10
oxímetro de pulso,
4.6.3.4.11
marcapaso externo,
4.6.3.4.12
ventiladores,
4.6.3.4.13
monitor transportable,
4.6.3.4.14
bomba de infusión
4.6.3.5 El
servicio debe tener disponible medios de transporte de urgencias (ambulancia)
las veinticuatro horas del día
4.6.3.6 El
área de Shock debe contar con el equipo necesario para atender un accidente
cardio-respiratorio según el Anexo D.
4.6.4
Documentación
4.6.4.1 El
servicio debe elaborar una hoja de emergencias a cada paciente que ha sido
atendido en el servicio. Este reporte debe contener:
4.6.4.1.1
historia clínica completa,
4.6.4.1.2
antecedentes personales patológicos y no patológicos,
4.6.4.1.3
examen físico completo e impresión diagnóstica,
4.6.4.1.4 el
plan y los estudios a realizar;
4.6.4.1.5
debe incluir la firma e identificación del profesional que atendió.
4.6.4.2.El
servicio debe tener los siguientes documentos actualizados:
4.6.4.2.1
Manual de funciones
4.6.4.2.2
Protocolos escritos para la atención de las situaciones de emergencias más
frecuentes. Estos protocolos deben ser actualizados al menos cada dos años.
4.7
Anestesiología
4.7.1
Período Preanestésico
4.7.1.1
Recurso Humano
4.7.1.1.1 El
servicio debe contar con un@ anestesiólog@ o un@ médic@ residente de anestesia,
debidamente supervisad@ por un@ anestesiólog@, para realizar los procedimientos
del período preanestésico
4.7.1.2
Planta Física
4.7.1.2.1 El
servicio debe contar con de un área específica, con privacidad, para la
evaluación preanestesica, la elaboración del plan anestésico y la discusión con
cada paciente o persona legalmente responsable de los pormenores del acto
anestésico. Esta área puede ser compartida con otras especialidades.
4.7.1.3
Documentación
4.7.1.3.1 En
el expediente clínico debe contener la documentación de evaluación
preanestésica que incluye los siguientes aspectos: historia clínica, historia
anestésica, historia de medicamentos, examen físico completo, revisión de datos
diagnósticos objetivos (hoja de laboratorio y gabinete), clasificación de
riesgo según estado físico, plan de la técnica anestésica, prescripción de
medicamentos preoperatorios, debe incluir la firma e identificación del
profesional que atendió
4.7.1.3.2 El
servicio debe tener los siguientes documentos actualizados:
4.7.1.3.2.1
protocolos de las cinco causas de egreso más frecuente
4.7.1.3.2.2
Protocolos de revisión del equipo antes de la inducción anestésica
4.7.1.3.2.3
Programa escrito de mantenimiento del equipo y la bitácora de controles.
4.7.1.3.2.4
Manual de funciones.
4.7.1.3.3 El
servicio debe asegurar que se discute previo al procedimiento los riesgos y
beneficios del mismo.
4.7.2
Período Transanestésico
4.7.2.1
Recurso Humano
4.7.2.1.1 El
servicio de anestesiología debe tener un@ médic@ anestesiólog@ responsable de
la atención anestésica durante el período transanestésico
4.7.2.2
Planta Física
4.7.2.2.1
Las uniones entre paredes y pisos, paredes y cielos de los quirófanos deben ser
cóncavas.
4.7.2.2.2
Las paredes, pisos y cielos rasos de los quirófanos deben tener las superficies
lisas y lavables.
4.7.2.2.3
Los quirófanos deben contar con un sistema que garantice las condiciones de
temperatura, ventilación, circulación de aire y evacuación de gases.
4.7.2.3
Recurso Material
4.7.2.3.1
Durante el período transanestésico, el anestesiólog@ encargado debe contar en
sala de operaciones con medicamentos anestésicos, coadyuvantes, líquidos y
otros necesarios para cada caso:
4.7.2.3.1.1
Líquidos fisiológicos
4.7.2.3.1.2
Opiáceos
4.7.2.3.1.3
Dextrosa
4.7.2.3.1.4
Benzodiazepinas
4.7.2.3.1.5
Solución electrolítica.
4.7.2.3.1.6
Atropina
4.7.2.3.1.7
Drogas inductoras
4.7.2.3.1.8
Neoestignina
4.7.2.3.1.9 Gelatinas
4.7.2.3.1.10
Dehidrobenzoperidol
4.7.2.3.1.11
Relajantes musculares
4.7.2.3.1.12
Hemacel
4.7.2.3.1.13
Solución cristaloide
4.7.2.3.2 El
servicio debe contar en los quirófanos con el equipo y medicamentos necesarios
para atender un accidente cardio-respiratorio, según el Anexo D.
4.7.2.3.3
Cada quirófano del hospital debe contar al menos con el equipo necesario para
la realización del proceso anestésico según el Anexo K.
4.7.2.4
Documentación
4.7.2.4.1 El
expediente clínico y el registro anestésico deben incluir al menos la siguiente
documentación:
4.7.2.4.1.1
Evaluación del paciente
4.7.2.4.1.2
Verificación de funcionamiento del equipo, drogas y suministro de gases
4.7.2.4.1.3
Vigilancia del paciente (ejemplo: registro de los signos vitales del paciente)
4.7.2.4.1.4
Registro de todas las drogas, líquidos (incluyendo hemoderivados) y agentes
utilizados así hora en que fueron administrados
4.7.2.4.1.5
Técnicas anestésicas utilizadas
4.7.2.4.1.6
Dispositivos de monitoreo utilizados para vigilancia del paciente
4.7.2.4.1.7
Eventos inesperados durante el episodio anestésico
4.7.2.4.1.8
Estado del paciente al momento de concluir la anestesia
4.7.2.4.1.9
Identificación del paciente
4.7.2.4.1.10
Firma e identificación o código del anestesiólogo responsable
4.7.2.4.2 El
servicio debe tener los siguientes documentos actualizados:
4.7.2.4.2.1
Protocolos de las cinco causas de egreso más frecuentes
4.7.2.4.2.2
El servicio debe tener protocolos para la revisión del equipo antes de la
inducción anestésica.
4.7.3 Período
Postanestésico
4.7.3.1
Recurso Humano
4.7.3.1.1 El
área de recuperación debe contar con un@ anestesiólog@ responsable de la misma
4.7.3.1.2 El
área de recuperación debe contar con un@ enfermer@ por cada diez pacientes.
4.7.3.1.3 El
área recuperación debe contar con un@ auxiliar de enfermería por cada cuatro
pacientes.
4.7.3.2
Planta Física
4.7.3.2.1 El
hospital debe tener un área de circulación restringida dedicada exclusivamente
al cuidado post-anestésico
4.7.3.2.2 Cada
camilla de recuperación debe contar con:
4.7.3.2.2.1
Dos tomas eléctricas conectados a la red de emergencia del hospital
4.7.3.2.2.2
Al menos una fuente de succión
4.7.3.2.2.3
Una fuente de oxígeno
4.7.3.3
Recurso Material
4.7.3.3.1 El
área para cuidado post-anestésico debe contar con un promedio de uno punto
cinco camillas por cada quirófano
4.7.3.3.2 El
área de recuperación debe contar con el siguiente equipo mínimo para la
atención de l@s pacientes:
4.7.3.3.2.1
estetoscopio,
4.7.3.3.2.2
mascarillas de oxígeno,
4.7.3.3.2.3
monitor de electrocardiografía para cada tres camas ocupadas,
4.7.3.3.2.4
esfignomanómetro,
4.7.3.3.2.5
un oxímetro de pulso por cada cuatro pacientes.
4.7.3.3.2.6
un desfibrilador del tipo sincronizado,
4.7.3.3.2.7
conexiones para marcapasos.
4.7.3.3.3 El
servicio debe contar en el área para cuidado post-anestésico con el equipo y
medicamentos necesarios para atender un accidente cardio-respiratorio, según el
Anexo D
4.8 Farmacia
4.8.1
Recurso Humano
4.8.1.1 La
farmacia debe contar con un profesional regente, durante todo el tiempo que
ésta permanezca brindando el servicio.
4.8.1.2 La
farmacia debe contar al menos con el siguiente personal:
4.8.1.2.1
Un@ farmacéutic@ por cada cien camas ocupadas para el área de dispensación de
medicamentos a pacientes hospitalizados
4.8.1.2.2
Un@ farmacéutic@ por cada diez mil recetas mensuales o fracción para pacientes
ambulatorios
4.8.1.2.3
Un@ farmacéutic@ por cada programa o servicio farmacéutico especializado.
4.8.1.2.4
Un@ ténic@ en farmacia por cincuenta camas ocupadas para el área dispensación
de medicamentos a pacientes hospitalizados
4.8.1.2.5
Un@ auxiliar de farmacia por cada cincuenta camas ocupadas para el área de
dispensación de medicamentos a pacientes hospitalizado
4.8.1.2.6
Un@ auxiliar de farmacia por cada dos mil quinientas recetas mensuales o
fracción para el área de dispensación de medicamentos a pacientes ambulatorios
4.8.1.2.7
Un@ bodeguer@ de farmacia
4.8.1.2.8
Un@ misceláne@
4.8.1.2.9
Un@ asistente administrativ@
4.8.1.2.10
Un@ Secretari@
4.8.2 Planta
Física
4.8.2.1 La
farmacia debe contar con un área física suficiente, distribuida en secciones
claramente definidas:
4.8.2.1.1
Área de dispensación para pacientes hospitalizados
4.8.2.1.2 Área
de dispensación para pacientes ambulatorios
4.8.2.1.3
Área de almacenamiento de medicamentos y otros insumos
4.8.2.1.4
Área administrativa y de dirección
4.8.2.1.5
Área de fraccionamiento de medicamentos
4.8.2.1.6
Área para servicio de información de medicamentos y docencia
4.8.2.1.7
Área de espera para usuarios
4.8.2.1.8
Área de servicios personales y de descanso
4.8.2.2 El
servicio debe contar al menos con un lavatorio para uso del personal dentro su
área de funcionamiento
4.8.2.3 El
servicio debe tener condiciones ambientales (ventilación y temperatura) que
aseguren la conservación o estabilidad de los medicamentos.
4.8.2.4 En
las áreas de almacenamiento, las cajas deben estar en tarimas y no exceder el
número de bultos apilados de acuerdo a las especificaciones del fabricante.
4.8.2.5 El
servicio debe tener un sistema para el control de la temperatura en las áreas
en que se almacenan los medicamentos.
4.8.2.6 El
servicio debe contar con luz suficiente que permita la realización de las
labores en una forma normal.
4.8.2.7 El
servicio debe contar con un suministro continuo de agua potable
4.8.3
Recurso Material
4.8.3.1 El
servicio de farmacia debe contar con equipo, instrumentos y tecnología mínimos
que permitan una adecuada prestación de los servicios:
4.8.3.1.1
Cámara de refrigeración o refrigeradora para almacenamiento exclusivo de
vacunas con termómetro para control de temperatura.
4.8.3.1.2
Cámara de refrigeración o refrigeradora para medicamentos termolábiles con
termómetro para control de temperatura
4.8.3.1.3
Equipo para preparación de medicamentos
4.8.3.1.4
Máquina de escribir o computadora
4.8.3.1.5
Calculadora
4.8.3.1.6
Armario o gaveta de seguridad para almacenamiento de sicotrópicos y
estupefacientes.
4.8.4
Documentación
4.8.4.1 El
servicio de farmacia debe contar con un manual de protocolos técnicos, de
preparación y dispensación de recetas. Este manual debe ser conocido por todo
el personal del servicio.
4.8.4.2 El
servicio de farmacia debe contar con un manual de procedimientos administrativos
y de funciones del personal. Este manual debe ser conocido por todo el personal
del servicio
4.8.4.3 El
servicio de farmacia debe contar con una lista oficial de medicamentos
4.8.4.4 El
servicio de farmacia debe contar con gráficas del control de temperatura de sus
equipos de enfriamiento.
4.8.5
Gestión
4.8.5.1 El
servicio debe garantizar el suministro de medicamentos las veinticuatro horas
del día para casos de urgencia y de hospitalización
4.8.5.2 Los estupefacientes
y sicotrópicos deben estar almacenados con llave, custodiados y controlados por
un@ farmacéutic@.
4.8.5.3 El
servicio debe tener en operación una cadena de frío con gráficas de control de
temperatura para el manejo de las vacunas y otros medicamentos que lo
requieran.
4.8.5.4 Los
medicamentos dispensados por el servicio deben estar identificados con una
etiqueta que contenga al menos la información siguiente:
4.8.5.4.1
Nombre y dos apellidos del paciente
4.8.5.4.2
Número de identificación del paciente
4.8.5.4.3
Nombre, presentación y fuerza o concentración del medicamento
4.8.5.4.4
Cantidad de medicamento que se dispensa
4.8.5.4.5
Instrucciones para tomar o aplicar el medicamento: dosis, vía de
administración, frecuencia y tiempo del tratamiento
4.8.5.4.6
Instrucciones especiales para uso, manejo y preparación del medicamento.
4.8.5.4.7
Fecha de dispensación de recetas
4.8.5.4.8
Número de receta
4.9
Enfermería
4.9.1
Recurso Humano
4.9.1.1 La
dirección de enfermería debe estar a cargo de un@ profesional en enfermería
4.9.1.2 El
hospital debe contar al menos con un@ supervisor@ de enfermería, durante las
veinticuatro horas del día.
4.9.2
Documentación
4.9.2.1 El
servicio de enfermería debe tener protocolos escritos para la atención de l@s
pacientes a su cargo, de acuerdo con la clasificación de riesgo
4.9.2.2 El
servicio de enfermería debe contar con un Manual de Funciones de todo el
personal.
4.9.2.3 El
servicio debe tener disponibles los manuales de uso de los equipos que utiliza
en la atención de l@s pacientes
4.9.3
Gestión
4.9.3.1 Todo
paciente hospitalizado debe tener un plan individualizado escrito de cuidados
de enfermería.
4.10
Diagnóstico por Imágenes
4.10.1
Recurso Humano
4.10.1.1 El
servicio de diagnóstico por imágenes debe contar con un@ médic@ radiólog@
responsable del servicio
4.10.1.2 El
servicio debe contar en la jornada diurna ordinaria, con el siguiente personal
(por cada cincuenta pacientes o fracción.
4.10.1.2.1
Técnico en radiología.
4.10.1.2.2
Reveladores de Placas
4.10.1.2.3 Auxiliares
de Enfermería
4.10.1.2.4
Secretaria
4.10.1.2.5
Recepcionista.
4.10.2
Planta Física
4.10.2.1 El
servicio diagnóstico por imágenes debe contar con un área exclusiva, de
circulación restringida para su funcionamiento.
4.10.2.2 El
servicio debe contar con espacios claramente definidos para:
4.10.2.2.1
recepción,
4.10.2.2.2
sala de espera,
4.10.2.2.3
vestidores,
4.10.2.2.4
sala de revelado y
4.10.2.2.5
sala de exámenes.
4.10.2.3 El
servicio debe contar con un baño completo para funcionarios y servicios
sanitario de uso exclusivo para l@s usuari@s
4.10.3
Documentación
4.10.3.1 El
servicio diagnóstico por imágenes debe tener los siguientes documentos
actualizados, cada dos años:
4.10.3.1.1
Protocolos escritos para la realización de las pruebas.
4.10.3.1.2
Programa escrito de mantenimiento del equipo
4.10.3.1.3
Bitácora de controles.
4.10.4
Gestión
4.10.4.1 El
servicio debe realizar controles del nivel de radiación al que se exponen sus
funcionari@s.
4.10.4.2 El
servicio debe estar disponible durante las veinticuatro horas del día o en la
jornada en que el hospital ofrezca sus servicios.
4.10.4.3 El
servicio debe contar con el permiso de funcionamiento expedido por el
Departamento de Radiaciones Ionizantes del Ministerio de Salud, cumpliendo por
lo estipulado en el Reglamento sobre protección contra Radiaciones Ionizantes,
Decreto 24037-S.
4.11
Laboratorio Clínico
4.11.1
Aplica la Norma para la Habilitación de Laboratorios de Microbiología y Química
Clínica. CODIGO MS-DSS-UH- A009, versión 1 del 2002.
4.12
Esterilización
4.12.1
Recurso Humano
4.12.1.1 El
servicio de esterilización debe estar a cargo de un@ funcionari@ capacitad@ en
técnicas y equipos de esterilización.
4.12.2
Planta Física
4.12.2.1 El
servicio debe contar con un área exclusiva y de circulación restringida.
4.12.2.2 El
servicio debe contar con una puerta de entrada de material y equipo usado y una
de salida del personal e instrumental estéril. Ambas puertas deben ser tipo
holandesa ( divididas a la mitad de tal forma que quede una ventana en la parte
superior).
4.12.2.3 El
servicio debe de estar ubicado cerca de la sala de operaciones y la maternidad.
4.12.2.4 El
servicio debe tener las siguientes áreas claramente definidas y diferenciadas:
4.12.2.4.1
Recepción de equipo usado
4.12.2.4.2 Lavado
de equipo usado
4.12.2.4.3
Preparación de equipos
4.12.2.4.4
Esterilización de equipo
4.12.2.4.5
Almacenamiento de equipo y material estéril, rotulado y fechado
4.12.2.4.6
Área de entrega de material y equipo estéril
4.12.2.4.7
Bodega de material descartable
4.12.2.4.8
Vestidores y baños completos para los funcionarios
4.12.2.5 El
servicio debe tener un flujo correcto de circulación de material usado y
contaminado y material limpio y estéril.
4.12.3
Recurso Material
4.12.3.1 El
servicio debe tener el siguiente equipo de protección para el personal:
4.12.3.1.1
Batas
4.12.3.1.2
Lentes de Protección
4.12.3.1.3
Protectores de cabello
4.12.3.1.4
Guantes
4.12.4
Documentación
4.12.4.1 El
servicio debe contar con un programa escrito y actualizado de control biológico
del material estéril
4.12.4.2 El
servicio debe tener por escrito manuales de procedimientos los cuales deben ser
conocidos por todo el personal.
4.13
Nutrición
4.13.1
Recurso Humano
4.13.1.1 El
servicio de nutrición debe estar a cargo de un profesional en nutrición.
4.13.1.2 El
servicio debe contar al menos con el recurso humano mínimo para el cumplimiento
de cada una de sus actividades, según el Anexo L.
4.13.2
Planta Física
4.13.2.1 La
ubicación del servicio debe permitir el fácil acceso de alimentos y otros
materiales y debe estar alejado de lugares insalubres o con riesgo de
contaminación.
4.13.2.2 El
servicio debe contar con las siguientes áreas debidamente identificadas:
4.13.2.2.1
producción,
4.13.2.2.2
distribución,
4.13.2.2.3 consulta
externa,
4.13.2.2.4
educación y
4.13.2.2.5
atención al personal.
4.13.2.3 La
planta física del servicio debe ajustarse a las características específicas que
se anotan en el Anexo M.
4.13.3
Recurso Material
4.13.3.1 El
servicio de nutrición debe contar al menos con el equipo mínimo para el
cumplimiento de cada una de sus actividades y éste debe estar en buen estado de
funcionamiento, de acuerdo con el Anexo N.
4.13.4
Documentación
4.13.4.1 El
servicio de nutrición de tener los siguientes documentos actualizados:
4.13.4.1.1
Un manual de Funciones del Personal
4.13.4.1.2
Un Manual Normas y Procedimientos Técnicos que contemplen los procesos de
producción y distribución de alimentos, un ciclo de menúes, educación e
investigación
4.13.4.2 El
servicio debe tener un ciclo de menúes por tipo de régimen debidamente
estructurado y que abarque al menos 15 días.
4.13.4.3 Las
recetas del ciclo de menúes deben estar estandarizadas y tener indicación de su
valor nutritivo.
4.13.5
Gestión
4.13.5.1 El
servicio debe tener un programa de mantenimiento preventivo y correctivo para
el equipo.
4.13.5.2 El
servicio debe cumplir con la normas sanitarias específicas para la elaboración
de alimentos , según el decreto 19479-S, "Reglamento de los servicios de
alimentación al público".
4.14 Trabajo
Social
4.14.1
Recurso Humano
4.14.1.1 El
servicio de Trabajo Social debe estar a cargo de un@ profesional en trabajo
social
4.14.1.2 El
servicio debe contar al menos con el siguiente personal:
4.14.1.2.1
Un@ trabajador@ Social por cada treinta y cinco camas ocupadas y tres proyectos
a cargo o participación en comisiones interdisciplinarias.
4.14.1.2.2
Un@Trabajador@ Social por cada tres Equipos Básicos de Atención Integral en
salud ( EBAIS), cuando el Hospital brinde este servicio.
4.14.1.2.3
Un asistente Administrativo
4.14.2
Planta Física
4.14.2.1 El
servicio de trabajo social debe contar con un área con privacidad para atender
a l@s usuari@s
4.14.2.2 El
servicio debe contar con un área dentro del hospital para la atención de grupos.
4.14.2.3 El
servicio debe contar con un área de espera con bancas para pacientes y
acompañantes
4.14.3
Recurso Material
4.14.3.1 El
servicio debe contar con el soporte administrativo y el siguiente equipo para
el desarrollo de sus funciones:
4.14.4 Documentación
4.14.4.1 El
servicio. debe contar con un Manual de Funciones del Personal
4.15
Infecciones Intrahospitalarias
4.15.1
Recurso Humano
4.15.1.1 El
comité de infecciones intrahospitalarias debe contar con un@ enfermer@ por cada
cuatrocientas camas ocupadas, dedicada exclusivamente a las actividades de
éste.
4.15.2
Documentación
4.15.2.1 El
hospital debe tener protocolos escritos de prevención y el control de las
infecciones intrahospitalarias. Dichos protocolos deben ser conocidos por todo
el personal que labore en el hospital.
4.15.3
Gestión
4.15.3.1 El
hospital debe tener un Comité Interdisciplinario de Prevención y Control de
Infecciones, encargado de la generación de directrices respecto a las
infecciones intrahospitalarias.
4.15.3.2 El
comité deberá estar integrado al menos por el siguiente personal del hospital:
4.15.3.2.1
Médico
4.15.3.2.2
Enfermer@ asignada al comité
4.15.3.2.3
Microbiólogo químico clínico
4.15.3.2.4
Farmacéutico
4.15.3.2.5
Administrador@ del hospital o representante.
4.15.3.2.6
Dirección del hospital o representante.
4.15.3.3 El
hospital debe asegurar que el Comité Interdisciplinario de Prevención y Control
de Infecciones, tenga el recurso material necesario para realizar sus
funciones.
4.16
Dirección
4.16.1
Recurso Humano
4.16.1.1 El
hospital debe contar con un@ profesional en ciencias de la salud que funja como
director@
4.16.1.2 El
director@ del hospital debe tener capacitación en gerencia y administración de
servicios de salud.
4.16.2
Gestión
4.16.2.1 La
administración debe tener por escrito un plan de trabajo anual que oriente el
desarrollo de las acciones de los diferentes servicios de la institución, así
como la respectiva asignación de los recursos a cada uno de éstos.
4.16.2.2 El
hospital debe tener al menos los siguientes comités interdisciplinarios
activos:
4.16.2.2.1
Comité de análisis de la morbi-mortalidad materna
4.16.2.2.2
Comité de análisis de la morbi-mortalidad perinatal e infantil (neonatal y
residual)
4.16.2.2.3
Comité de farmacoterapia
4.16.2.2.4
Comité de registros médicos (control de calidad de expedientes y registros)
4.16.2.2.5
Comité de lactancia materna
4.16.2.2.6
Comité de prevención y atención de desastres.
4.16.2.2.7
Comité de infecciones intrahospitalarias
4.16.2.2.8 Comité
de manejo de desechos
4.16.2.3 El
hospital debe tener acceso a la práctica de autopsia en todo caso de muerte
materna, muerte perinatal, fetal tardía o neonatal y al estudio
anatomopatológico de placenta y otros en casos seleccionados
4.16.3
Manejo de la información
4.16.3.1 El
hospital debe generar información periódica de la productividad y gestión de la
atención, conteniendo al menos los indicadores básicos contemplados en el Anexo
P.
4.16.3.2 El
hospital debe enviar al Ministerio de Salud información periódica de la
productividad y gestión de la atención, al menos una vez al año y ésta, debe
estar disponible, actualizada y ser del conocimiento del personal
4.17
Administración
4.17.1
Recurso Humano
4.17.1.1 La
administración del hospital debe contar con un@ profesional graduad@ en alguna
de las siguientes áreas: administración de negocios, administración pública,
economía, administración hospitalaria o carrera afín.
4.17.2
Planta Física
4.17.2.1 El
hospital debe contar con un espacio físico destinado al área administrativa,
incluyendo una área acondicionada para el almacenaje de insumos, equipo y
maquinaria
4.17.3
Recurso Material
4.17.3.1 El
área administrativa debe tener el recurso de equipo material adecuado y
suficiente para la realización de las labores propias de cada una de las áreas.
4.17.4
Documentación
4.17.4.1 El
hospital debe tener un manual de procedimientos administrativos, manual de
funciones y responsabilidades que incluya a todo el personal del hospital.
4.17.4.2 La
administración debe tener por escrito un organigrama que especifique las
relaciones de mando y coordinación entre sus funcionarios. Dicho organigrama
debe estar debidamente documentado y a la vista.
4.17.4.3 El
hospital debe contar con un Reglamento Interno de Trabajo, de acuerdo con la
normativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
4.17.4.4 La
administración debe contar con un registro de los atestados de todo el personal
del establecimiento.
4.17.4.5 La
administración debe contar con un protocolo de limpieza y aseo diario,
específico para cada servicio, el cual ser del conocimiento de todo el
personal.
4.18
Registros Médicos y Estadística
4.18.1
Recurso Humano
4.18.1.1 Las
jefaturas del departamento de registros médicos y las de sus unidades, deberán
estar a cargo de personal con preparación universitaria de al menos grado de
Bachiller en Registros Médicos.
4.18.1.2 Las
secciones debe estar a cargo de jefaturas o coordinadores con capacitación
básica de técnico o auxiliar en Registros Médicos.
4.18.2
Planta Física
4.18.2.1 El
servicio de registros médicos debe contar con un área específica para la
conservación de expedientes que garantice su protección, confidencialidad y
control
4.18.2.2 La
ubicación física del servicio, debe garantizar el suministro oportuno del expediente
para cada acto de atención.
4.18.2.3 El
hospital debe contar con una unidad responsable de identificar y admitir (dar
ingreso) al paciente durante la jornada en que ofrece sus servicios.
4.18.2.4 Las
unidades encargadas de registrar los datos de identificación, deben contar con
una estructura física que garantice la privacidad y confidencialidad en el
interrogatorio al paciente.
4.18.3
Documentación
4.18.3.1
Tod@ paciente atendido en el hospital debe tener confeccionado un expediente
clínico .
4.18.3.2 El
hospital debe contar con expedientes clínico cuyo contenido cumpla con el orden
de acuerdo con el Anexo Q.
4.18.4
Recurso Material
4.18.4.1 El
servicio debe tener para cada unidad, los recursos físicos y tecnológicos para
llevar a cabo una labor eficiente
4.18.5
Manejo de la información
4.18.5.1 El
servicio debe utilizar la Clasificación Internacional de Enfermedades e
Intervenciones Quirúrgicas vigente para la codificación de la morbi-mortalidad
y procedimientos quirúrgicos.
4.18.5.2 El
hospital debe realizar el reporte correspondiente de las enfermedades de
declaración obligatoria, muertes maternas, muertes infantiles según lo
establece el Decreto Ejecutivo de Enfermedades de Denuncia Obligatoria Nº
14496-SPPS
4.19
Seguridad e Higiene Laboral
4.19.1
Recurso Humano
4.19.1.1 El
hospital debe contar con un@ profesional en Seguridad e Higiene Ocupacional.
4.19.2
Planta Física
4.19.2.1 El
hospital debe contar con señalización adecuada de seguridad en todas sus áreas,
que incluya al menos:
4.19.2.1.1
los equipos de control de incendios,
4.19.2.1.2
salidas de emergencia,
4.19.2.1.3
rutas de evacuación,
4.19.2.1.4
zonas de seguridad y
4.19.2.1.5
áreas riesgosas de trabajo
4.19.2.2 El
hospital debe contar con un lugar adecuado para le disposición de desechos
previamente clasificados según su naturaleza.
4.19.3
Recurso Material
4.19.3.1 El
hospital debe contar con un sistema para el control de incendios, que incluya
un dispositivo de alarma para el aviso de evacuación por incendio o evento
natural. El personal debe conocer el uso y manejo de tales equipos.
4.19.3.2
Todas las áreas de trabajo del hospital deben contar con equipo de protección
personal, en cantidad y tipo apropiado, según el tipo de riesgo que signifique
realizar las funciones.
4.19.4 Documentación
4.19.4.1 El
hospital debe tener un Manual de normas de seguridad e higiene del trabajo, que
contemple la realización del trabajo en forma segura Debe estar disponible para
consulta de todo el personal.
4.19.4.2 El
hospital debe tener un Manual de protocolos de seguridad para la prevención de
enfermedades infectocontagiosas (Hepatitis B, SIDA etc.), así como otros
riesgos biológicos, tanto en la atención de pacientes como en la disposición
final de desechos o material bioinfeccioso, tales protocolos deben estar
disponibles y ser conocidos por todo el personal.
4.19.5
Gestión
4.19.5.1 El
hospital debe contar con una Comisión de Salud Ocupacional debidamente inscrita
ante el Consejo de Salud Ocupacional, de acuerdo con el Reglamento de
Comisiones de Salud Ocupacional, Decreto Nº 18379-TSS.
4.19.5.2 El
hospital debe tener por escrito un plan de emergencias, confeccionado
técnicamente en donde se indique claramente las salidas de emergencia, rutas de
evacuación, zonas de seguridad del edificio, además se deben realizar
simulacros para evaluar la efectividad del plan. Dicho plan debe ser conocido
por todo el personal.
4.19.5.3 El
hospital debe tener un mapa de riesgos en donde se indiquen las áreas o
actividades de mayor riesgo, este debe ser conocido por el personal.
4.20
Lavandería y/o Ropería
4.20.1
Recurso Humano
4.20.1.1 El
servicio de lavandería y ropería debe contar con un@ funcionari@ encargad@ de
la administración .
4.20.2
Planta Física
4.20.2.1 El servicio
debe tener un área específica y exclusiva para su funcionamiento, además contar
al menos con los siguientes espacios dedicados a cada etapa del proceso:
4.20.2.1.1
recepción,
4.20.2.1.2
clasificación,
4.20.2.1.3
lavado,
4.20.2.1.4
secado,
4.20.2.1.5
planchado y
4.20.2.1.6
almacenamiento
4.20.2.2 La
lavandería y/o ropería del hospital debe tener un suministro constante de agua,
electricidad, vapor, aire comprimido; de acuerdo con las necesidades de los
equipos que utilice.
4.20.3
Recurso Material
4.20.3.1 El
servicio debe contar con equipos de transporte de ropa, dedicados
exclusivamente para este uso y debidamente identificados.
4.20.3.2 La
identificación del equipo debe ser de acuerdo con la condición de la ropa que
se transporte (sucia o limpia). Dicho equipo debe permitir el cierre de las
bolsas de ropa
4.20.4
Documentación
4.20.4.1 El
servicio debe tener por escrito protocolos específicos de manejo,
clasificación, operación e higiene para cada una de las etapas del proceso y de
acuerdo con el tipo de contaminación. Estos deben ser conocidos por todo el
personal.
4.20.4.2 El
servicio debe tener un manual de procedimientos administrativos y de control
del proceso. Estos deben ser conocidos por todo el personal.
4.20.5
Gestión
4.20.5.1 El
hospital debe contar con un servicio de lavandería de ropa, ya sea propio o
contratado a terceros.
4.20.5.2
Todas las áreas del servicio debe mantener condiciones higiénicas de orden y
limpieza
4.21
Documentación Edilicia
4.21.1
Documentación
4.21.1.1 El
hospital debe contar con un juego de planos, que incluya al menos las láminas
de diseño de las instalaciones:
4.21.1.1.1
hidráulicas,
4.21.1.1.2
sanitarias,
4.21.1.1.3
pluviales,
4.21.1.1.4
eléctricas,
4.21.1.1.5
mecánicas,
4.21.1.1.6
estructurales y
4.21.1.1.7
arquitectónicas
4.21.1.2 En
los planos del hospital deben estar indicadas la ubicación, dimensiones y
especificaciones de la planta eléctrica de emergencia ,el tanque de captación
de agua potable y el diseño-solución con respecto a las barreras arquitectónicas,
cumpliendo condiciones mínimas establecidas por el Departamento de Ingeniería
Sanitaria y de Arquitectura del Ministerio de Salud.
4.21.2
Gestión
4.21.2.1 La
aprobación de la ubicación del hospital debe contar con el permiso de la
autoridad o institución competente que incluya las mencionadas en el anexo R,
según las características geográficas que le afecten.
4.21.2.2 Los
planos de la edificación deben contar con los sellos, los timbres y las firmas,
así como los documentos anexos donde se otorgue la aprobación de área mínima de
predio y edificación según población atendida, otorgadas por el Ministerio de
Salud, Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo y la Municipalidad respectiva.
4.21.2.3 Tanto
los planos originales como los de las modificaciones hechas en el hospital
deben contar con la aprobación de la Comisión Interinstitucional Revisora de
Planos.
4.21.2.4 El
edificio debe cumplir con la aprobación del Departamento de Bomberos del Instituto
Nacional de Seguros, en cuanto a la calidad y tipo de materiales utilizados, en
su construcción, sean éstos incombustibles o con el coeficiente retardorio
mínimo.
5 Anexos
ANEXO A
REQUISITOS
PARA SOLICITAR LA HABILITACIÓN
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
Para
solicitar la habilitación de un ESTABLECIMIENTO CON INTERNAMIENTO EN MEDICINA Y
CIRUGÍA GENERAL O POR ESPECIALIDADES MÉDICAS Y/O QUIRÚRGICAS CON MÁS DE 20 AÑOS
CON O SIN DOCENCIA UNIVERSITARIA Y PARAUNIVERSITARIA. La persona interesada
debe presentar la documentación preferentemente al Area de Salud, a la cual
pertenezca el establecimiento, según su ubicación geográfica o a la Dirección
de Servicios de Salud del Ministerio de Salud. Los siguientes documentos deben
estar debidamente llenos, completos y confrontados con los originales:
1.
Formulario de habilitación de establecimientos de salud y afines, debidamente
lleno con dos copias.
Este
formulario se retira en el Área de Salud del Ministerio Salud.
2. Copia de
los atestados profesionales de la persona responsable técnica del
establecimiento, debidamente.
3.
Constancia del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica de que la persona
responsable técnica del establecimiento es miembro activo.
4. Fotocopia
de Cédula de Identidad, ambos lados, de la persona responsable técnica del
establecimiento.
ANEXO B
REQUISITOS
DE INFORMACIÓN AL REALIZAR
LA
EVALUACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
I.
Identificación del establecimiento
1. Nombre
2. Código
II. Ubicación
1. Región
2. Área de
Salud
3. Provincia
4. Cantón
5. Distrito
6. Dirección
7. Dirección
postal
8. E. Mail
9. Teléfono
10. Fax
III.
Información sobre la persona responsable técnica del establecimiento
3. Nombre
4. Cédula
5. Código
profesional
IV. Otra
información cuando aplique
1. Tipo de
establecimiento
ANEXO C
EQUIPO
BÁSICO DEL CUBÍCULO DE ADMISIÓN
DE PACIENTES
OBSTÉTRICAS
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
1) Lavamanos
2) Fuente de
oxígeno
3) Servicios
sanitarios separados para el público y para el personal
4) Camilla
de exploración ginecobstétrica, con grada o escalera
5) Lámpara
para exploración
6)
Instrumental y materiales para la exploración ginecológica y obstétrica: juego
de espéculos, pinzas de Forester, guantes estériles y no estériles, torundas y
cuadros de gasa estéril, aplicadores de algodón, tensiómetro, estetoscopio
biauricular, estetoscopio de auscultación fetal, cinta métrica, balanza de
plataforma, balde, lubricante, torniquete (Esta en B), martillo de reflejos.
7)
Instrumental y materiales para la exploración general: termómetro, bajalenguas,
foco de baterías y acceso a equipo diagnóstico
8) Equipo
para atención de parto de emergencia
9) Papelería
de hospitalización (historia clínica, carné perinatal, hojas de atención al
período de dilatación y borramiento, al expulsivo, registro médico para el
recién nacido, hojas de atención en urgencias)
10) Camillas
de transporte con baranda y sillas de ruedas con porta gigante
11) Equipo
para curaciones, drenaje de abscesos , equipo de sutura y curaciones.
12)
Torniquete
13)
Recipientes con bolsa y tapa para desecho de materiales
14)
Recipiente especial para desecho de materiales punzocortantes
15) Cateter
y sondas ( Especificar el tamaño.)
16) Equipo para
canalizar vía umbilical
17) Fuente
de calor (esta en B)
18) Gradilla
(repetido en 4)
19)
Banquillo de exploración rotativo
20) Toallas
estériles
21) Tijeras
22) Reloj de
pared
ANEXO D
RECURSOS
MÍNIMOS PARA LA ATENCIÓN
DE UN
ACCIDENTE CARDIO-RESPIRATORIO
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
D 1:
Medicamentos:
1) Lasix en
ampollas
2) Sulfato
de magnesio
3) Gluconato
de calcio
4)
Dexametasona
5)
Succinilcolina
6)
Bicarbonato de sodio
7) Cloruro
de potasio
8) Atropina
9)
Anticonvulsionantes (fenobarbital, diazepan, epamin)
10)
Epinefrina y adrenalina
11)
Lidocaina
12) NTG Y
otros vasodilatadores (propone emrgencias)
13) Morfina
14)
Antiarrítmicos EMER y anestesia
15)
Vasopresores anestesia
D2: Equipo:
1) Tabla
para masajes
2) Resucitador
(Ambu). Completo noenato / adulto
3)
Laringoscopio
4) Máscaras
para ventilación
5)
Desfibrilador. Dice pediatría analizar si dejarlo o no
6) Tubos
endotraqueales de diferentes tamaños
7) Catéteres
8) Sondas
9)
Torniquete.
10)
Aspirador C2
11) Esparadrapo
12) Toma de
vias
13)
Soluciones I V
14) Sondas
varias calibres
15) Equipos
toma vía umbilical
16) Jeringas
desechables 5 y 10 cc.
17) Equipo 4
18)
Mascarilla de adulto o niño
ANEXO E
EQUIPO
MÍNIMO PARA LOS CUBÍCULOS
SÉPTICO Y
ASÉPTICO
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
E1: Equipo y
condiciones físicas:
1) Un
lavamanos con jabón toallas desechables
2) Una
fuente de oxígeno
3) Camilla
de exploración ginecobstétrica, con grada
4) Lámpara
de exploración
5) Servicios
sanitarios para usuarias y para personal
E2:
Instrumental y materiales para exploración ginecológica y obstétrica:
1) Juego de
espéculos,
2) pinzas de
forester,
3) guantes
estériles y no estériles,
4) torundas
y cuadros de gasa estériles,
5)
aplicadores de algodón,
6) tensiómetro,
7)
estetoscopio biauricular,
8)
estetoscopio de auscultación fetal,
9) cinta
métrica no estensible,
10) balanza
de plataforma,
11) balde y
12)
lubricante.
E3:
Instrumental y materiales para la exploración general:
1)
termómetro,
2) bajalenguas,
3) foco de
baterías y
4) acceso a
equipo de diagnóstico.
E4: Equipo
para la atención de parto de emergencia:
ANEXO F
RECURSOS
MÍNIMOS DE LAS UNIDADES DE ATENCIÓN
DE EXPULSIVO
Y ALUMBRAMIENTO
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
1) Cama de
atención de parto, con los elementos para el sostén de las piernas y mecanismos
de cambio de altura de la mesa y posiciones de Fowler y Trendelenburg
2) Lámpara
cielítica
3)
Tensiómetro, estetoscopio biauricular, estetoscopio de auscultación fetal en cada
una de las unidades de atención al expulsivo. Disponibilidad de auscultación
fetal con sistema Doppler
4) Ropa
estéril
5) Equipo
básico de fórceps obstétrico
6) Equipo
básico para atención de un parto normal
7) Equipo básico
para episiotomía y epiperineorrafia
8) Atención
del recién nacido: mesa calefaccionada, pedíometro, pesa, sondas gástricas,
termómetro, alcohol, ungüento oftálmico, vitamina K
9) Equipo de
corte y liga de cordón umbilical
10) Equipo
de oxigeno
11) Aspirador
12) Agujas
13) jeringas
varios calibres
14)
Conexiones
15)
Oxitocina
16) Metergín
17)
Lidocaina
18)
Soluciones intravenosas
ANEXO G
EQUIPO
BÁSICO PARA LA SECCIÓN DE INTERNAMIENTO DEL SERVICIO DE CIRUGÍA
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
1) Un
monitor con desfibrilador por cada 25 camas ocupadas
2) Un
electrocardiógrafo por cada 25 camas ocupadas
3) Una bomba
de succión de tórax por cada 12 camas ocupadas
4) Un
esfignomanómetro por cada 12 camas ocupadas
5) Un
evacuador por cada 3 camas ocupadas
6) Una
camilla disponible 24 horas al día (puede ser compartida con otro servicio)
7) Una
andadera por cada 12 camas ocupadas
8) Un
termómetro por cada cama (se recomienda desechable)
9) Una
lámpara de cuello de ganso por cada 6 camas ocupadas
10) Guantes
estériles y no estériles
11) Una
sonda de tórax por cada 25 camas ocupadas
12) Un sello
Agua por cada 25 camas ocupadas y equipo para colocar las sondas Foley
13) Una
sonda nasogástrica por cada 25 camas ocupadas
14)
Negatoscopio
ANEXO H
EQUIPO
BÁSICO PARA EL SERVICIO
DE MEDICINA
INTERNA
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
1) Una
balanza de plataforma por cada 30 camas ocupadas
2) Un
evacuador gástrico por cada 5 camas ocupadas
3) Un
monitor por cada 10 camas ocupadas
4) Una toma
de oxígeno por cada 2 camas
5) Una bomba
de infusión por cada 10 camas ocupadas
6) Mitad de
las camas con barandas de seguridad
7) Un
estetoscopio por cada 12 camas ocupadas
8) Un
gigante por cada cama
9) Un
esfignomanómetro por cada 10 camas ocupadas
10) Un desfibrilador
por servicio
11) Un
aspirador por cada 10 camas
12) Dos
electrocardiógrafos por servicio
13) Dos
glucómetros con frasco de cintas por servicio
14)
Negatoscopio
ANEXO I
EQUIPO
BÁSICO PARA LA SECCIÓN
DE
INTERNAMIENTO GINECOLÓGICO
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
1) Un
esfignomanómetro por cada 12 camas ocupadas
2) Un equipo
de diagnóstico por cada 24 camas ocupadas
3) Espéculos
grandes, medianos y pequeños (recomendable desechables)
4) Guantes
estériles y no estériles
5) Una lámpara
cuello de ganso por camilla ginecológica
6) Un banco
giratorio por cada camilla ginecológica
7) Un
termómetro por cada cama (recomendable desechable)
8) Baja
lenguas
9) Un juego
de Papanicolau
10) Un juego
para frotis vaginal
11) Un juego
para hemocultivos
12) Un juego
de gases arteriales
13) Un juego
de biopsia de cuello
14) Un
tanque de oxígeno con su equipo por cada 10 camas ocupadas
15) Una
pinza Kelly recta por cada 6 camas ocupadas
16) Una
pinza Forester por cada 3 camas ocupadas
17) Una
pinza de cuello por cada 6 camas ocupadas
18) Un foco
con baterías
19) Un
electrocardiógrafo por servicio
20) Un juego
de electrodos
21) Un
aspirador móvil por cada 20 camas ocupadas
22) Un juego
de cucharillas de Novack por cada 30 camas ocupadas
23) Hilo
crómico 30
24) Hilo
seda 30
25)
Negatoscopio
26) Sondas
vesicales Nº 20
27) Equipo
de sutura
28) Equipo
de curaciones
ANEXO J
EQUIPO
BÁSICO PARA LA SECCIÓN
DE
INTERNAMIENTO DE PEDIATRÍA
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
1) Un
esfignomanómetro por cada doce camas ocupadas
2) Un equipo
de diagnóstico
3) Un foco
4) Un
infantómetro por servicio
5) Un
podiómetro por servicio
6) Una cinta
métrica no extensible
7) Dos
balanzas para lactantes
8) Dos
balanzas de plataforma
9) Un martillo
de reflejos
10) Un
monitor completo por cada quince camas ocupadas
11) Un
electrocardiógrafo por servicio
12) Acceso a
una bomba de succión de tórax por cada doce camas ocupadas.
13) Un
aspirador por cada tres camas ocupadas
14) Una
camilla exclusiva por servicio
15) Una
andadera por cada doce camas ocupadas
16) Un
evacuador por cada quince camas ocupadas
17) Una
fuente de oxígeno completa por cama
18) Un
cilindro portátil por cada quince camas ocupadas
19) Una
bomba de infusión por cada cinco camas ocupadas
20) Un halo
por cada dos camas ocupadas (diferentes tamaños)
21) Dos
unidades de fototerapia por servicio (una móvil y una fija)
22) Una
cánula nasal desechable por cama
23) Un
oxímetro de pulso por cada diez camas ocupadas
24) Un
estetoscopio por cada médico y enfermera
25) Un
ventilador pulmonar de traslado de servicio
26) Una
incubadora abierta básica por servicio
27) Una
incubadora cerrada por cada quince camas ocupadas
28) Un
termómetro por cama
29) Un
gigante por cada cama
30) Un
colchón de agua por cada diez camas ocupadas
31) Una
bomba de sangre por servicio
32) Una
lámpara de cuello de ganso por cada seis camas ocupadas
33) Un
biombo por servicio
34)
Negatoscopio
ANEXO K
EQUIPO
MÍNIMO DE LOS QUIRÓFANOS DE HOSPITALES
(Este anexo forma
parte integrante de la norma)
1) Una mesa
de operaciones, con los cambios de posición básicos
2) Lámpara
cielítica y sistema de iluminación de emergencia
3) Soportes
para sueros (Nº 2)
4) Mesa
semicircular de instrumentos
5) Mesa de
Mayo
6) Recipientes
para desecho de materiales
7) Tomas de
corriente eléctrica de 110 y 220 voltios con dispositivos de seguridad
8)
Suministro de oxígeno
9) Sistema
de aspiración al vacío, recomendablemente de tipo central por tubería en la
pared, o en su defecto, móviles de transporte, exclusivos para cada sala de
cirugía
10) Máquina
de anestesia con:
a) Límite de
relación O2/N2O mínimo de 25%
b) Flujo
mínimo de 250 a 300 centímetros cúbicos por minuto
c) Alarma de
baja presión de oxígeno en el sistema de alimentación
d) Botón de
flujómetro de oxígeno claramente diferenciado, incluso por tacto
e) Alarma de
desconexión del circuito
f) Alarma de
desconexión del paciente
g) Alarma de
desconexión de la máquina
11)
Vaporizador de gases anestésicos, exclusivo para cada sala de operaciones, con
banco giratorio para el anestesista, mesa de instrumental para anestesia,
equipos de anestesia general y de anestesia regional.
12)
Gabinetes de acero inoxidable, con puertas, en la sala de operaciones, o de
acceso inmediato al quirófano, para el manejo de materiales estériles en
cirugía: ropa, materiales de sutura, aspiración, venoclisis, equipo para
transfusión de sangre con bomba de presión
13) Dotación
de un sistema central apropiado de circulación de aire, preferiblemente con
disponibilidad individual de aire acondicionado.
14)
Monitores de ventilación:
a) Presión
de flujo de gases
b) Volúmenes
ventilatorios
15)
Monitores de oxigenación (oxímetro)
16) Monitor
de temperatura ambiental de la sala de operaciones
17) Monitores
de circulación:
a) Presión
arterial automático
b)
Electrocardiógrafo
c)
Frecuencia cardiaca
d)
Estetoscopio precordial.
18) Sistema
de evacuación de gases
ANEXO L
NECESIDADES
DE RECURSO HUMANO PARA NUTRICIÓN
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
L1.
Profesionales en nutrición según número de camas del hospital:
Mínimo de
Camas
Nutricionistas Puesto
Menos de 100
2 Un Nutricionista Jefe
Un
Nutricionista Clínico
100 - 200 3
Un Nutricionista Jefe
Dos
Nutricionistas Clínicos
200 - 400 5
Un Nutricionista Jefe
Un
Nutricionista Subjefe
Tres
Nutricionistas Clínicos
400 - 600 8
Un Nutricionista Jefe
Un
Nutricionista Subjefe
Seis
Nutricionistas Clínicos
Más de 600 *
8 Un Nutricionista Jefe
Un
Nutricionista Subjefe
Seis
Nutricionistas Clínicos
* Por cada
ochenta camas adicionales, un nutricionista clínic@ adicional.
L2 Personal
técnico o asistente:
1)
Asistentes Administrativ@s:
Al menos un@
asistente administrativ@ en hospitales con más de cuatrocientas camas ocupadas.
3) Técnic@s en
Nutrición:
Al menos
un/a por cada cien camas ocupadas.
4)
Cociner@s:
Al menos dos
cociner@s para preparar hasta cien raciones y una cociner@ por cada cien
raciones adicionales.
5)
Auxiliares de cocina:
Al menos un
auxiliar por cada diez raciones producidas.
6)
Bodeguer@s y auxiliares de bodega:
Al menos un
bodeguer@ o auxiliar de bodega para doscientas raciones y un@ por cada
doscientas raciones adicionales.
7)
Secretari@s:
Al menos una
secretari@.
ANEXO M
CARACTERÍSTICAS
BÁSICAS DE LA PLANTA FÍSICA
DEL SERVICIO
DE NUTRICIÓN
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
1) Pisos:
Deben ser lisos, no porosos, impermeables, lavables y antideslizantes. Contar
con desnivel mínimo del 2% hacia el desagüe.
2) Paredes:
Deben ser de acabado liso, no poroso, impermeables y de fácil lavado.
3) Cielo
raso: Deben ser lisos, pintados de color claro, con recubrimiento impermeable
de fácil lavado y de diseño que no acumule polvo.
4) Uniones:
Las uniones entre pared y pared, pared y piso deben ser cóncavas.
5) Puertas:
Las puertas de acceso al servicio deben abrir hacia afuera y tener un mecanismo
automático de cierre. Deben ajustarse completamente a los marcos y deberán ser
de material que facilite su limpieza.
6) Ventanas:
Deben llevar malla desmontable para facilitar el aseo. Si se utiliza cualquier
otro tipo de abertura al exterior, por ejemplo: bloc ornamental, es necesario
que sea protegido con malla. Todas las ventanas a la altura de la viga banquina
o buque inferior de la ventana llevarán una inclinación de cuarenta y cinco
grados hacia adentro.
7)
Ventilación: Los servicios deben contar con ventilación natural o artificial
que garantice una temperatura ambiental que no sea incómoda o inconveniente
para el personal y público. Las campanas extractoras de olores, calor, vapor y
otros deben estar construidas en acero inoxidable para permitir su fácil
limpieza y recubierta de material aislante para evitar el recalentamiento de
las áreas adjuntas.
8)
Iluminación: Será natural y con suficiente alumbrado artificial. Se recomienda
que sea luz blanca. Las lámparas ubicadas sobre el área de preparación contará
con protecciones para evitar la caída de vidrios en caso de rompimiento
accidental del bombillo.
9) Flujo de
Trabajo: La ubicación de las distintas áreas de trabajo debe permitir una
secuencia lógica de la línea de proceso.
10)
Consultorio (consulta externa): El consultorio debe contar con sala de espera.
La oficina debe asegurar privacidad, tener iluminación y ventilación adecuada
con espacio necesario para la ubicación del equipo y material requerido. Este
local debe contar con servicio sanitario, con las especificaciones definidas
por el Departamento de Seguridad e Higiene Industrial del Ministerio de Salud.
ANEXO N
EQUIPO
MÍNIMO POR ÁREA
DEL SERVICIO
DE NUTRICIÓN
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
N1 Área de
producción:
a) Balanza
para pesar alimentos
b) Cámara
frigorífica o cuarto frío
c) Pelador
de vegetales
d) Licuadora
industrial
e)
Triturador de desperdicios
f) Abre
Latas
g) Procesador
de alimentos
h) Cocina
industrial
i) Horno
j) Sartén
inclinable o marmita
k) Batidora
l) Campana
extractora
m) Pilas de
acero inoxidable, en cada sección de trabajo
n)
Lavatorio, dispensador de jabón y secador de manos
ñ) Lavadora
de vajilla
o) Carros
transportadores
p) Ollas y
sartenes de diferente tamaño
q) Basurero
con tapa
N2 Área de
distribución:
a) Mesa
caliente con compartimentos
b) Mesa Fría
c)
Dispensador de refrescos
d) Urna para
café o percolador
e) Bandejas,
platos, vasos, cubiertos y otros
f)
Lavatorio, dispensador de jabón y toallas desechables
g)
Dispensador de bandejas y cubiertos
h) Mesas y
sillas
i) Basurero
con tapa
N3 Área de
Aseo:
a) Pileta
para el lavado de artículos de aseo.
b) Estantes
para utensilios de limpieza
c) Basurero
con tapa
N4 Área
consulta externa:
a) Balanza
de plataforma
b) Cinta
Métrica no extensible
c)
Tallímetro
d)
Calibrador
e) Modelos
de Alimentos
f) Material
educativo de apoyo
N5 Área de
Educación:
a) Pizarra
b) Sillas
c)
Borradores.
d) Marcadores,
tiza
N6 Área de
Atención Personal:
a) Los
servicios sanitarios y vestidores deben disponer de lo siguiente:
i) Inodoro
ii)
Dispensador de Jabón
iii)
Lavamanos
iv) Ducha
v) Secador
de Manos
b)
Vestidores:
i)
Casilleros separados por sexo
ii) Espejos
iii) Duchas
ANEXO P
INDICADORES
BÁSICOS DEL HOSPITAL
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
P1.
Indicadores general del establecimiento:
1)
Infecciones:
i.
Frecuencia de egresos del establecimiento con diagnóstico de infección
intrahospitalaria
2) Mortalidad:
i. Tasa de
mortalidad
3)
Producción:
i. Costo
promedio día-cama
ii.
Giro-cama
iii. Índice
o porcentaje ocupacional
iv. Promedio
de días de estancia
4)
Traslados:
i Frecuencia
de traslados a otras unidades de atención médica
5) Egresos:
i. Desglose
de egresos por patología
P2. Servicio
de Obstetricia y Atención al Recién Nacido:
1)
Infecciones:
i.
Frecuencia de egresos de la sección con diagnóstico de infección
intrahospitalaria
2)
Producción:
i. Horas de
utilización efectiva de las sales de operación y promedio diario (solo para
salas exclusivas de obstetricia)
ii. Costo
promedio día-cama
iii.
Giro-cama
iv. Indice o
porcentaje ocupacional
v. Promedio
de días de estancia
vi. Promedio
mensual de mujeres atendidas en la sección de recuperación post-parto
3)
Mortalidad:
i. Tasa de
mortalidad infantil neonatal
ii Tasa de
mortalidad infantil neonatal precoz
iii. Tasa de
mortalidad infantil neonatal tardía
iv. Tasa de
mortalidad infantil perinatal
v. Tasa de
mortalidad infantil residual
vi. Tasa de mortalidad
materna
4) Cirugías:
i. Número
promedio de cirugías practicadas en el primer turno
ii. Número
promedio de cirugías practicadas en el segundo turno
iii. Número
promedio de cirugías practicadas en el tercer turno
iv. Tiempo
promedio de la cirugía obstétrica más frecuente
v. Tiempo
promedio de la segunda cirugía obstétrica más frecuente
vi. Tiempo
promedio de la tercera cirugía obstétrica más frecuente
vii. Tiempo
promedio de las cirugías obstétricas
5)
Complicaciones:
i.
Porcentaje de complicaciones en el área de recuperación post-parto
ii.
Porcentaje de complicaciones médicas
iii.
Porcentaje de complicaciones quirúrgicas
6)
Nacimientos:
i.
Porcentaje de nacidos con bajo peso al nacer (menos de 2500 gramos)
ii.
Porcentaje de nacidos de pretérmino (de 20 a 37 semanas de edad gestacional)
iii.
Porcentaje de nacimientos por operación de fórceps obstétrico
7) Atención
del Parto:
i.
Porcentaje de cesáreas intra parto
ii.
Porcentaje de las mujeres atendidas con parto conducido
iii.
Porcentaje de las mujeres atendidas con parto espontáneo
iv.
Porcentaje de las mujeres atendidas con parto inducido
v.
Porcentaje de partos de alto riesgo
vi.
Porcentaje de utilización de fórceps
vii.
Promedio de estancia de las mujeres en el área de recuperación post-parto
viii.
Porcentaje de nacimientos por operación cesárea
ix.
Porcentaje de mujeres atendidas con registro completo en el cervicograma
8)
Traslados:
i.
Frecuencia de traslados de las madres a otras unidades de ención médica
ii. Frecuencia
de traslados de los neonatos a otras unidades de atención médica
9 Egresos:
i Desglose
de egresos por patologías
P3. Servicio
de Cirugía:
1)
Infecciones:
i.
Frecuencia de egresos de la sección con diagnóstico de infección
intrahospitalaria
2) Interconsultas:
i.
Frecuencia de interconsulta a otras disciplinas medicas
3)
Producción:
i. Costo
promedio día-cama
ii. Giro de
cama
iii. Horas
de utilización efectiva de las salas de operación y promedio diario
iv. Índice o
porcentaje ocupacional
v. Promedio
de días de estancia
4)
Mortalidad:
i. Tasa de
mortalidad
5) Cirugías:
i. Número
promedio de cirugías practicadas en el primer turno
ii. Número
promedio de cirugías practicadas en el segundo turno
iii. Número
promedio de cirugías practicadas en el tercer turno
iv. Tiempo
promedio de las cirugías
v. Tiempo
promedio de la cirugía más frecuente
vi. Tiempo
promedio de la segunda cirugía más frecuente
vii. Tiempo
promedio de la tercera cirugía más frecuente
6)
Complicaciones:
i.
Porcentaje de complicaciones médicas
ii.
Porcentaje de complicaciones quirúrgicas
iii.
Porcentaje de complicaciones en el área de recuperación
7) Atención:
i. Promedio
mensual de usuarios atendidos en la sección de recuperación
ii. Promedio
de estancia en el área de recuperación
8) Traslados:
i.
Frecuencia de traslados de pacientes a otras unidades de atención médica
9) Egresos:
i. Desglose
de egresos por patologías
P4. Servicio
de Medicina Interna:
1)
Infecciones:
i.
Frecuencia de egresos de la sección con diagnóstico de infección intrahospitalaria
2)
Interconsultas:
i.
Frecuencia de interconsulta a otras disciplinas médicas.
3)
Producción:
i. Costo
promedio día-cama
ii. Giro de
cama
iii. Indice
o porcentaje ocupacional
iv. Promedio
de días de estancia
4)
Mortalidad:
i. Tasa de
mortalidad
5)
Complicaciones:
i.
Porcentaje de complicaciones médicas
6)
Traslados:
i.
Frecuencia de traslados de pacientes a otras unidades de atención médica
7) Egresos:
i. Desglose
de egresos por patologías
P5. Servicio
de Ginecología:
1)
Infecciones:
i. Frecuencia
de egresos de la sección con diagnóstico de infección intrahospitalaria
2)
Interconsultas:
i.
Frecuencia de interconsulta a otras disciplinas medicas
3)
Producción:
i. Costo
promedio día-cama
ii. Giro de
cama
iii. Índice
o porcentaje ocupacional
iv. Promedio
de días de estancia
4)
Mortalidad:
i. Tasa de
mortalidad
5) Cirugías:
i. Número
promedio de cirugías ginecológicas practicadas en el primer turno
ii. Número
promedio de cirugías ginecológicas practicadas en el segundo turno
iii. Número
promedio de cirugías ginecológicas practicadas en el tercer turno
iv. Tiempo
promedio de las cirugías ginecológicas
v. Tiempo
promedio de la cirugía ginecológica más frecuente
vi. Tiempo
promedio de la segunda cirugía ginecológica más frecuente
vii. Tiempo
promedio de la tercera cirugía ginecológica más frecuente
6)
Complicaciones:
i Porcentaje
de complicaciones médicas
ii.
Porcentaje de complicaciones quirúrgicas
7)
Traslados:
i.
Frecuencia de traslados de pacientes a otras unidades de atención médica
8) Egresos:
i. Desglose
de egresos por patologías
P6. Servicio
de Pediatría:
1)
Infecciones:
i.
Frecuencia de egresos de la sección con diagnóstico de infección
intrahospitalaria
2)
Interconsultas:
i.
Frecuencia de interconsulta a otras disciplinas medicas
3) Producción:
i. Costo
promedio día-cama
ii. Giro de
cama
iii. Índice
o porcentaje ocupacional
iv. Promedio
de días de estancia
4)
Mortalidad:
i. Tasa de
mortalidad
5)
Complicaciones:
i.
Porcentaje de complicaciones médicas
ii. Porcentaje
de complicaciones quirúrgicas
6)
Traslados:
i.
Frecuencia de traslados de pacientes a otras unidades de atención médica
7) Egresos:
i. Desglose
de egresos por patologías
8) Calidad
de la Atención:
i. Registro
periódico del grado de satisfacción de los usuarios atendidos
ii. Registro
periódico del grado de satisfacción de los trabajadores del hospital
iii.
Diagnóstico anual de la situación de las secciones con internamiento
ANEXO Q
ORDENAMIENTO
DE LOS ELEMENTOS CONTENIDOS
EN EL
EXPEDIENTE CLÍNICO
(Este anexo
es parte integrante de la norma)
1)
Identificación
2) Epicrisis
3) Anamnesis
4) Lista de
problemas
5) Examen
físico
6) Evolución
y tratamiento hospitalario
7) Exámenes
de laboratorio
8) Estudios
radiológicos
9) Estudios
especiales
10) Registros
auxiliares de diagnóstico
11)
Registros de enfermería
12)
Registros de otras especialidades
ANEXO R
INSTITUCIONES
RELACIONADAS CON LA AUTORIZACIÓN
DE UBICACIÓN
DE EDIFICACIONES
(Este anexo
forma parte integrante de la norma)
1) En el
ámbito nacional, en cabeceras de provincia o bien dentro de la Gran Área
Metropolitana (GAM), está regulada por el Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo.
2) A nivel
Local, fuera de la GAM, permiso de ubicación Municipal correspondiente.
3) Además
deberá contar con el permiso específico de:
a) Dirección
General de Aviación Civil, en casos de cercanía a los aeropuertos
b) Instituto
Costarricense de Ferrocarriles, en caso de cercanía de vías férreas
c)
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en caso de cercanía de carreteras
nacionales
d) Instituto
Costarricense de Electricidad, en caso de cercanía con líneas de alta tensión.