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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30694 >> Fecha 23/08/2002 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 30694
Normas para la Habilitación de Establecimientos que brindan la Atención en Medicina y Cirugía General y/o por Especialidades Médicas y Quirúrgicas con Internamiento con más de 20 camas.
Texto Completo acta: 586EC Nº 30694-S

Nº 30694-S



EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA



Y LA MINISTRA DE SALUD



En uso de las facultades que le confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 1º, 2º y 69 de la Ley N° 5395 de 30 de octubre de 1973, "Ley General de Salud"; 2 inciso ch) de la Ley N° 5412 de 8 de noviembre de 1973, "Ley Orgánica del Ministerio de Salud".



Considerando:



1º-Que la Ley General de Salud contempla que la salud de la población, es un bien de interés público tutelado por el Estado.



2º-Que mediante Decreto Ejecutivo N°. 30002-S de 26 de noviembre del 2001 publicado en La Gaceta N° 238 de 11 de diciembre del 2001, se oficializó la Norma de Habilitación de Establecimientos con internamiento en Medicina y Cirugía General y /o por Especialidades Médicas y Quirúrgicas con más de 20 camas.



3º-Que se ha considerado pertinente y oportuno adecuar esa normativa a la legislación vigente. Por tanto,



Decretan:



Artículo 1º-Oficialícese para efectos de aplicación obligatoria " La Norma para la Habilitación de Establecimientos que brindan la Atención en Medicina y Cirugía General y/o por Especialidades Médicas y Quirúrgicas con Internamiento con más de 20 camas.



 



0 Introducción



La necesidad de mejorar la calidad de atención en los servicios de salud y afines y la redefinición de las funciones del Ministerio de Salud como ente rector del Sector de Salud, han generado acciones para normalizar las condiciones de operación de los establecimientos que actúan o prestan servicios, directa o indirectamente, en materias ligadas con la salud y el bienestar de las personas. Es así que se establece la Norma para la Habilitación de los establecimientos que brindan atención en Medicina y Cirugía General o por Especialidades Médicas y Quirúrgicas con internamiento.



Los requisitos establecidos en esta norma se basan en lo dispuesto en la Ley General de la Salud, Reglamento General de Habilitación de Establecimientos de Salud y Afines, emitido mediante Decreto Ejecutivo Nº 30571-S, del 25 de junio del 2002, y otras disposiciones legales y reglamentarias vinculadas con la materia.



Además se establecen los requisitos para realizar el trámite de solicitud de habilitación, los cuales se presentan en el Anexo A. Así mismo en el Anexo B, se presentan los requisitos de información requerida al realizar la evaluación del establecimiento.



1 Objetivo y ámbito de Aplicación



Esta norma tiene como objeto especificar las condiciones y requisitos que deben cumplir los establecimientos que brindan atención en Medicina y Cirugía General o por Especialidades Médicas y/o Quirúrgicas con internamiento.



Estas especificaciones deben ser cumplidas para obtener la habilitación de parte del Ministerio de Salud lo cual faculta al funcionamiento de estos establecimientos.



El ámbito de aplicación de esta normativa es nacional y aplica para todos los establecimientos que brindan servicios de atención en Medicina y Cirugía General o por Especialidades Médicas y/o Quirúrgicas con internamiento y con veinte camas o más ya sean públicos, privados o mixtos que pueden ser llamados hospitales.



2 Definiciones generales y símbolos



@ Arroba: hace alusión a ambos sexos, masculino y femenino



Alojamiento conjunto: permanencia de la madre y el recién nacid@ las veinticuatro horas del día, desde el nacimiento hasta su egreso del establecimiento con servicio de maternidad.



Datos clínicos: información del estado de salud del paciente obtenida por los funcionarios del establecimiento.



Egreso: retiro de un@ paciente de los servicios de internamiento de un hospital.



Expediente clínico: registro de salud en donde se reúne en un solo documento, debidamente identificado, toda la información concerniente a la salud de una persona, sus alteraciones y evolución en los tratamientos recibidos dentro de una misma institución de salud, a través de toda la vida.



Giro-cama: indicador que mide el número de pacientes que ocupan cada cama hospitalaria en un periodo dado. Se obtiene de dividir los egresos entre el número de camas respectivo.



Habilitación: trámite de acatamiento obligatorio, realizado por el Estado, para autorizar el funcionamiento de los servicios de salud y afines, tanto públicos, privados o mixtos, por el cual se garantiza a los usuarios y las usuarias, que éstos cumplen con los requisitos mínimos estructurales, para dar la atención que explícitamente dicen ofrecer.



Hospital: establecimiento de salud con al menos cinco camas para internamiento de pacientes, que ofrece servicios de atención básica de diagnóstico y tratamiento; cuerpo clínico organizado, con evidencia de admisiones y asistencia permanente conducida de médicos.



Incidencia: número de casos de una enfermedad en una población durante un período determinado.



Infección intrahospitalaria: infección que se desarrolla en un paciente internado en un hospital o en otro centro de asistencia y que no la padecía ni la estaba incubando en el momento de la hospitalización, o es el efecto residual de una infección adquirida durante una hospitalización anterior.



m²: metros cuadrados



Morbilidad: estado de enfermedad; número proporcional de personas que enferman en una población durante un período determinado; casos registrados de enfermedades.



Mortalidad: número proporcional de personas que fallecen en una población durante un período determinado; número de casos de pacientes fallecidos por diferentes causas.



Muerte fetal tardía: muerte del feto que ocurre a partir de la semana veintiocho de gestación.



Muerte materna tardía: muerte de una mujer, por causas obstétricas directas o indirectas, después de los cuarenta y dos días pero antes del año de la terminación del embarazo.



Muerte materna: es la muerte de una mujer mientras está embarazada o dentro de los cuarenta y dos días posteriores a la terminación del embarazo, independientemente de la duración y sitio del embarazo; debida a cualquier causa relacionada con o agravada por el embarazo mismo o su atención, pero no por causas accidentales o incidentales.



Muerte neonatal: defunción del recién nacido vivo durante los primeros veintiocho días completos de vida.



Muerte perinatal: defunción fetal o del recién nacido en el período comprendido entre las veintidós semanas de gestación y siete días completos después del parto.



Neonato: recién nacido desde su nacimiento hasta los primeros veintiocho días de vida.



Período postanestésico: en un proceso de anestesia, comprende desde la suspensión de la administración de la droga anestésica hasta la recuperación total de conciencia, estado hemodinámico y coordinación motora.



Período preanestésico: en un proceso de anestesia, comprende desde la evolución y preparación del paciente para el acto anestésico hasta antes del inicio de la inducción anestésica.



Período transanestésico: periodo perioperatorio: en un proceso de anestesia, desde la inducción anestésica hasta la suspensión de la administración de la droga anestésica.



Prevalencia: número de casos de una enfermedad existentes en una población dada y en un momento o tiempo específico. Casos existentes de determinada enfermedad en un periodo determinado de estudio.



Protocolo: serie de pasos claramente definidos y especificados contenidos en un documento que se deben llevar a cabo para llevar a cabo una tarea o procedimiento determinado.



r.c.p: reanimación cardio pulmonar



Relación O2/N2O: relación porcentual entre oxígeno y óxido nitroso, utilizado como flujo de gases que se combinan en la maquina de anestesia y medida con monitores especiales.



Reporte del análisis: expresión por escrito del resultado del análisis de una muestra tomada a un paciente.



Sector de admisión clínica: sección de admisión clínica: área o sección del hospital donde se inicia el proceso de ingreso e internamiento de los pacientes, ya sean referidas por consulta externa, por emergencias.



Sector de internamiento: sección de internamiento: sección o área del hospital donde se encuentran hospitalizad@s l@s pacientes.



Sector quirúrgico: sección quirúrgica: sección o área donde ingresan l@s pacientes para recibir tratamiento quirúrgico.



3 Clasificación y designación



3.1 Primer nivel de clasificación



En el primer nivel de clasificación, la norma se clasifica de acuerdo con los servicios que intervienen al brindar el servicio, en los siguientes:



a) Obstetricia y Atención del Recién Nacido



b) Cirugía



c) Medicina Interna



d) Ginecología



e) Pediatría



f) Emergencias



g) Anestesiología



h) Farmacia



i) Enfermería



j) Diagnóstico por Imágenes



k) Laboratorio Clínico



l) Esterilización



m) Nutrición



n) Trabajo Social



o) Infecciones Intrahospitalarias



p) Dirección



q) Administración



r) Registros Médicos y Estadística



s) Seguridad e Higiene Laboral



t) Lavandería



u) Documentación Edilicia



3.2 Segundo nivel de clasificación



En el segundo nivel de clasificación, los requisitos para cada servicio se divide en las siguientes categorías:



1. Recurso humano



2. Planta física



3. Recurso material



4. Documentación



5. Gestión



6. Educación



7. Manejo de la información



8. Calidad



4 Especificaciones



4.1 Obstetricia y Atención del Recién Nacido



4.1.1 Sección de admisión u hospitalización



4.1.1.1 Recurso Humano



4.1.1.1.1 La sección de admisión clínica debe estar a cargo de un@ médic@ especialista en obstetricia



4.1.1.1.2 La sección de admisión clínica debe contar con el siguiente personal las 24 horas del día:



4.1.1.1.2.1 Un médic@ especialista en ginecobstetricia, médic@ general o enfermer@ obstétrica.



4.1.1.1.2.2 Un médic@ pediatra neonatólog@ (disponible o de interconsulta)



4.1.1.2 Planta Física



4.1.1.2.1 El servicio debe contar con un área de uso exclusivo y ser de fácil acceso para la admisión clínica del paciente. Con los siguientes espacios físicos diferenciados:



4.1.1.2.1.1 Sala de espera con bancas para la paciente y sus acompañantes



4.1.1.2.1.2 Al menos un cubículo o consultorio habilitados para la atención individual y privada de la paciente.



4.1.1.3 Recurso Material



4.1.1.3.1 El cubículo o consultorio para la atención individual y privada de las pacientes debe contar con el recurso mínimo para brindar la atención según el Anexo C



4.1.1.3.2 El servicio debe disponer de los recursos materiales indispensables para la atención de un accidente cardio-respiratorio de la madre o del recién nacido según el Anexo D .



4.1.2 Sección de Internamiento



4.1.2.1 Recurso Humano



4.1.2.1.1 La sección debe estar a cargo de un@ médic@ especialista en obstetricia.



4.1.2.1.2 La sección de debe disponer en la jornada ordinaria al menos el siguiente personal.:



4.1.2.1.2.1 Un@ médic@ especialista en ginecobstetricia o médic@ asistente general por cada 20 camas ocupadas.



4.1.2.1.2.2 Un@ enfermer@ por cada 20 camas ocupadas.



4.1.2.1.2.3 Un@ auxiliar de enfermería por cada 10 camas ocupadas.



4.1.2.1.2.4 Un@ asistente de pacientes por cada 20 camas ocupadas.



4.1.2.1.2.5 Un@ secretari@ o recepcionista que puede ser compartida con otros servicios.



4.1.2.1.3 La sección debe tener disponible en la jornada extraordinaria el siguiente personal:



4.1.2.1.3.1 Un@ médic@ especialista en ginecobstetricia o un@ médic@ general asistente a disponibilidad.



4.1.2.1.3.2 Un@ enfermer@ por veinticuatro camas ocupadas.



4.1.2.1.3.3 Un@ auxiliar de enfermería por veinticuatro camas ocupadas



4.1.2.1.3.4 Un@ asistente de pacientes por veinticuatro camas ocupadas.



4.1.2.1.3.5 Un@ médic@ neonatólogo disponible las veinticuatro horas del día para las maternidades con más de dos mil nacimientos al año o un pediatra en las maternidades con menos de dos mil nacimientos al año.



4.1.2.1.3.6 Un@ supervisor de enfermería, con especialidad en obstetricia durante las veinticuatro horas del día.



4.1.2.2 Planta Física



4.1.2.2.1 La sección, debe tener las siguientes áreas diferenciadas y separadas:



4.1.2.2.1.1 Área para internamiento o atención del neonat@ con patología, contigua o cerca de la sala de internamiento de obstetricia



4.1.2.2.1.2 Área de internamiento de postparto con facilidades para el alojamiento conjunto



4.1.2.2.1.3 Área de internamiento en obstetricia que debe disponer de áreas separadas para el cuidado de mujeres según su condición de riesgo.



4.1.2.2.1.4 Área de atención de postparto inmediato.



4.1.2.2.1.5 Área de atención postparto quirúrgico



4.1.2.2.1.6 Area de aislamiento para el internamiento de mujeres con patologías infectocontagiosas



4.1.2.2.2 La separación mínima entre camas de internamiento debe ser de 1,5 metros



4.1.2.2.3 La sección debe disponer al menos de las siguientes facilidades:



4.1.2.2.3.1 Un lavamanos por cada seis camas.



4.1.2.2.3.2 Un baño completo por cada seis camas.



4.1.2.2.3.3 Un servicio sanitario completo por cada seis camas



4.1.2.2.3.4 Debe contar con un servicio sanitario y un lavamanos completo para uso de los acompañantes.



4.1.2.2.3.5 Un baño, servicio sanitario y un lavamanos para uso del personal.



4.1.2.2.4 La sección de internamiento debe disponer al menos de las siguientes facilidades para los procedimientos diagnósticos y terapéuticos.



4.1.2.2.4.1 Estación de enfermería.



4.1.2.2.4.2 Cubículo de atención individual de las mujeres para procedimientos asépticos



4.1.2.2.4.3 Cubículo de atención individual de las mujeres para procedimientos sépticos



4.1.2.2.4.4 Áreas físicas diferenciadas para la organización, administración, educación y docencia de los funcionarios, los usuarios y sus familiares



4.1.2.2.4.5 Un área separada para colocar el equipo sucio y material contaminado



4.1.2.2.4.6 La sección debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre el puesto de enfermería, los salones de internamiento y los baños.



4.1.2.3 Recurso Material



4.1.2.3.1 Los cubículos de atención individual séptico y aséptico deben disponer del equipo mínimo indispensable para una adecuada atención de la paciente según el Anexo E



4.1.2.3.2 El servicio debe disponer de facilidades de encamado, que cumplan con las siguientes características:



4.1.2.3.2.1 Camas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición, con barandas.



4.1.2.3.2.2 Cada cama debe contar con: gradas, mesa de noche, mesa para alimentación, una silla, fuente de iluminación individual, placa de identificación de la paciente.



4.1.2.3.2.3 Cuneros para el recién nacido en alojamiento conjunto



4.1.2.3.2.4 Tener suficiente ropa de cama limpia para hacer cambio diario



4.1.2.3.3 El área debe disponer permanentemente de los recursos materiales indispensables para la atención de un accidente cardio-respiratorio según el Anexo D.



4.1.3 Sección de Sala de Parto



4.1.3.1 Recurso Humano



4.1.3.1.1 La sección debe estar a cargo de un médico especialista en ginecobstetricia



4.1.3.1.2 La sección de sala de parto debe contar al menos con el siguiente personal:



4.1.3.1.2.1 Un@ médico especialista en ginecobstetricia las veinticuatro horas del día para las maternidades con más de cuatro mil nacimientos o más por año.



4.1.3.1.2.2 Un@ médico especialista en ginecobstetricia a disponibilidad las veinticuatro horas del día para las maternidades con menos de cuatro mil nacimientos al año.



4.1.3.1.2.3 Un@ enfermera obstétrica, en cada turno, por cada cuatro camas del área de labor y parto para maternidades con dos mil nacimientos o fracción al año.



4.1.3.1.2.4 Un@ neonatólog@ o pediatra las veinticuatro horas del día.



4.1.3.1.2.5 Un@ Auxiliares de enfermería en las salas de labor, parto y postparto inmediato según el número de nacimientos anuales:



4.1.3.1.2.6 Un@ auxiliar por más de cuatro mil nacimientos anuales, las veinticuatro horas del día asignada a cada una de las salas anteriores.



4.1.3.1.2.7 Un@ auxiliar por cuatro mil nacimientos anuales o menos para varias de las salas simultáneamente.



4.1.3.1.2.8 Un@ Auxiliares de enfermería por turno asignada a la sala de atención del recién nacido.



4.1.3.1.2.9 Personal de aseo.



4.1.3.1.2.10 Asistente de pacientes.



4.1.3.2 Planta Física



4.1.3.2.1 Esta sección debe tener un área específica para las diferentes etapas del parto:



4.1.3.2.1.1 Área de labor de parto.



4.1.3.2.1.2 Área de atención del parto



4.1.3.2.1.3 Área de postparto inmediato



4.1.3.2.1.4 Atención inmediata. al recién nacido



4.1.3.2.1.5 Estación de enfermería.



4.1.3.2.2 La sala de labor de parto y el quirófano deben de estar contiguos o tener facilidades de desplazamiento entre estas.



4.1.3.2.3 La sección debe contar con una sala de atención individual para el período expulsivo y alumbramiento por cada mil quinientos nacimientos por año o fracción



4.1.3.2.4 El espacio de la sala de expulsivo debe ser de al menos de diez m²



4.1.3.2.5 La sala de atención inmediata al recién nacid@ debe ser de uso exclusivo y tener un espacio mínimo de diez m2 y cumplir con las Normas Nacionales de Neonatología para el Primer Nivel de atención



4.1.3.2.6 La sección de labor y expulsivo debe tener acceso a un quirófano por cada dos mil nacimientos al año o una sala de operaciones exclusiva en el sector de parto por cada cinco mil nacimientos al año.



4.1.3.2.7 En las maternidades con más de cinco mil nacimientos al año, debe existir un sala destinada para la labor, el parto y realización de cirugía en aquellas pacientes portadoras de procesos infectocontagiosos.



4.1.3.2.8 La sala de partos debe contar con un sistema de comunicación o de aviso entre el área de vigilancia del período de labor, las salas de expulsivo y el quirófano central o la sala de operaciones de obstetricia.



4.1.3.3 Recurso Material



4.1.3.3.1 La sala de expulsivo debe disponer de un lavamanos quirúrgico inmediato a la misma, pero fuera de ella. El lavamanos debe ser de accionamiento por medio del codo, la rodilla, el pie o automático.



4.1.3.3.2 El área de labor debe tener una cama individualizada y con barandas, por cada 1000 nacimientos por año o fracción.



4.1.3.3.3 La sala de partos debe contar con una cama individualizada con barandas para la vigilancia del posparto inmediato, por cada 1000 nacimientos por año o fracción.



4.1.3.3.4 La sala de partos debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender un accidente cardio-respiratorio, Anexo D.



4.1.3.3.5 La unidad individual de atención del parto en el período de expulsivo debe disponer de los siguientes recursos mínimos para la atención en el nacimiento, Anexo F.



4.1.3.4 Documentación



4.1.3.4.1 La sección debe contar con papelería (hoja de evolución) y adjuntarla al expediente médico.



4.1.3.4.2 El servicio debe mantener los siguientes documentos actualizados:



4.1.3.4.2.1 Manual de funciones del personal



4.1.3.4.2.2 Protocolos de atención de pacientes de las cinco causas de egresos más frecuentes.



4.1.3.4.3 El personal responsable de la atención debe registrar en el expediente clínico el resultado de la valoración periódica, durante la labor, parto y posparto inmediato.



4.1.3.4.4 Todo expediente debe tener un registro de la evolución del parto en el cervicograma



4.1.3.5 Gestión



4.1.3.5.1 El recién nacid@ san@ debe recibir los cuidados inmediatos en la misma sala donde está la madre y permanecer junto a ella durante su estancia.



4.1.3.5.2 La sección debe asegurar la presencia de un funcionario del Registro Civil para la elaboración de los certificados de nacimiento



4.1.3.5.3 La sala de partos debe ofrecer la facilidades para el acompañamiento de las usuarias



4.1.3.5.4 El servicio de obstetricia al dar de alta a la madre, debe entregarle el carné de salud del niño y el perinatal. Ambos debidamente llenos y explicarle su manejo.



4.1.3.5.5 El servicio de obstetricia debe contar con un sistema de mantenimiento (preventivo y correctivo) para sus equipos.



4.1.3.6 Manejo de la información



4.1.3.6.1 El personal del servicio responsable de la atención debe registrar continuamente los datos relevantes al nacimiento en el expediente clínico, en el carné perinatal, en el expediente del recién nacid@ y en el Carné de Salud del Niñ@.



4.1.3.6.2 El servicio debe llevar registros de labor y parto, en el libro de registro de nacimientos



4.2 Cirugía



4.2.1 Recurso Humano



4.2.1.1 El servicio debe estar bajo la dirección de un@ médic@ especialista en cirugía



4.2.1.2 El servicio debe tener en la jornada ordinaria el siguiente personal:



4.2.1.2.1 Un@ médic@ especialista en cirugía por cada veinticuatro camas ocupadas



4.2.1.2.2 Un@ enfermer@ por cada veinticuatro camas ocupadas



4.2.1.2.3 Un@ auxiliar de enfermería por cada doce camas ocupadas



4.2.1.2.4 Un@ asistente de pacientes por cada diez camas ocupadas



4.2.1.2.5 Un@ secretari@ u oficinista, puede ser compartida con otros servicios



4.2.1.3 El servicio debe tener en la jornada extraordinaria el siguiente personal:



4.2.1.3.1 Un@ médic@ especialista en cirugía disponible por especialidad según las necesidades.



4.2.1.3.2 Un@ enfermer@ en jefe por cada veinticuatro camas ocupadas.



4.2.1.3.3 Un@ auxiliar de enfermería por cada veinticuatro camas ocupadas.



4.2.1.3.4 Un@ asistente de pacientes por cada veinticuatro camas ocupadas



4.2.2. Planta Física



4.2.2.1 El servicio debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre la estación de enfermería y los salones de internamiento, así como los baños



4.2.2.2 La distribución física de servicio debe comprender al menos los siguientes elementos:



4.2.2.2.1 Un inodoro con varillas de apoyo por cada seis camas ocupadas



4.2.2.2.2 Un baño por cada seis camas ocupadas



4.2.2.2.3 Un lavamanos en el área de servicios sanitarios



4.2.2.2.4 Un cuarto de aislamiento para pacientes potadores de procesos infectocontagiosos con baño completo incluido



4.2.2.3. El servicio debe contar para la realización de procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de preparación, al menos con la siguiente distribución física:



4.2.2.3.1 Área de preparación de medicamentos con un área de al menos seis m²



4.2.2.3.2 Cubículo para procedimientos sépticos con baño completo y de uso exclusivo



4.2.2.3.3 Cubículo para procedimientos asépticos



4.2.2.3.4 Área de depósito de desechos y equipo sucio



4.2.2.3.5 Cuarto para ropa limpia con estantería



4.2.2.3.6 Cuarto para almacenamiento de equipo con un área de al menos cuatro m²



4.2.2.3.7 Un lavamanos en cada salón para uso de funcionarios con dispensador de jabón y toallas desechables



4.2.2.3.8 Estación de enfermería



4.2.2.4. El servicio debe contar con un baño completo para uso exclusivo de l@s funcionari@s



4.2.2.5. Los pasillos del servicio deben ser de al menos dos metros de ancho



4.2.2.6. La separación mínima entre camas de internamiento de cirugía debe ser de uno y medio metros



4.2.3 Recurso Material



4.2.3.1 El servicio debe estar equipado al menos con el equipo y materiales básicos indicados en el Anexo G. Estos materiales deben encontrarse disponibles en los cubículos individuales de tratamiento y en el área de preparación de medicamentos según corresponda.



4.2.3.2 El servicio debe disponer de facilidades de encamado que cumplan con las siguientes características:



4.2.3.2.1 Camas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición, con barandas



4.2.3.2.2 Cada cama debe contar con placa de identificación del paciente, fuente de iluminación individual, mesa para alimentación, gradas, mesa de noche, una silla



4.2.3.2.3 Tener ropa limpia de cama para realizar un cambio diario



4.2.3.2.4 El servicio debe contar con sillas de ruedas y camillas con barandas para el traslado de las usuarias



4.2.3.3 El servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender un accidente cardio-respiratorio, de acuerdo con el Anexo D



4.2.3.4 El servicio debe contar al menos con los siguiente medicamentos en existencia:



4.2.3.4.1 Analgésicos



4.2.3.4.2 antibióticos



4.2.3.4.3 suero salinos



4.2.3.4.4 sueros mixtos



4.2.3.4.5 sueros glucosados.



4.2.3.5 El servicio debe contar al menos con los siguientes equipos para la atención de l@s pacientes:



4.2.3.5.1 Camilla móvil, con baranda



4.2.3.5.2 Camilla fija



4.2.3.5.3 Equipo de diagnóstico (oftalmoscopio y otoscopio)



4.2.3.5.4 Esfignomanómetro



4.2.3.5.5 Estetoscopio



4.2.3.5.6 Escritorio con su respectiva silla



4.2.3.5.7 Carro de curaciones



4.2.3.6 El área de preparación de medicamentos debe contar al menos con los siguientes recursos:



4.2.3.6.1 Estante con un compartimento para medicamentos por cada cama ocupada



4.2.3.6.2 Refrigeradora para medicamentos termolábiles



4.2.3.6.3 Pila de acero inoxidable.



4.2.3.6.4 Carro de preparación y distribución de medicamentos



4.2.3.6.5 Compartimentos para sueros



4.2.3.7 Los cubículos para procedimientos sépticos y para procedimientos asépticos deben de contar al menos con los siguientes recursos:



4.2.3.7.1 Pila de acero inoxidable



4.2.3.7.2 Instrumental y materiales para valoración general (termómetros, foco de baterías y equipo de diagnóstico)



4.2.3.7.3 Equipos para curación, drenaje de abscesos, etc.



4.2.3.7.4 Recipientes con tapa para materiales desechables y para materiales rehusables



4.2.3.7.5 Camilla corriente con gradilla y fuente de luz



4.2.3.7.6 Lavamanos de accionamiento por medio de codo, rodilla o automático



4.2.3.7.7 Sillas de ruedas.



4.2.3.7.8 Recipiente de acero inoxidable para el desecho de material contaminado



4.2.3.7.9 Recipiente para desecho de material punzo cortante



4.2.3.7.10 Negatoscopio



4.2.3.7.11 Tomas de vacío, oxígeno y succión



4.2.3.8 El área de depósito de desechos y equipo sucio debe contar al menos con los siguientes recursos:



4.2.3.8.1 Canasta para ropa sucia



4.2.3.8.2 Pileta de descarga de desechos



4.2.3.8.3 Estantería para almacenamiento de cachos,



4.2.3.8.4 riñones y



4.2.3.8.5 palanganas no estériles



4.2.4 Documentación



4.2.4.1 El servicio debe mantener los siguientes documentos actualizados:



4.2.4.1.1 Manual de funciones del personal



4.2.4.1.2 Protocolos de atención de pacientes de las cinco causas de egresos más frecuentes.



4.2.4.1.3 Expediente clínico de cada paciente a su cargo



4.2.5 Gestión



4.2.5.1 El servicio debe tener un programa de mantenimiento (preventivo y correctivo) para los equipos que utiliza.



4.3 Medicina Interna



4.3.1 Recurso Humano



4.3.1.1 El servicio debe estar bajo la dirección de un@ médic@ internista



4.3.1.2 El servicio debe tener disponible en la jornada ordinaria al menos el siguiente personal:



4.3.1.2.1 Un@ médic@ internist@ o un médico general asistente por cada doce camas ocupadas



4.3.1.2.2 Un@ enfermer@ graduad@ por cada veinte camas ocupadas



4.3.1.2.3 Un@ auxiliar de enfermería por cada diez camas ocupadas



4.3.1.2.4 Un@ asistente de pacientes por cada diez camas ocupadas



4.3.1.2.5 Un@ secretari@ u oficinista (puede ser compartida)



4.3.1.3 El servicio debe tener en la jornada extraordinaria al menos el siguiente personal:



4.3.1.3.1 Un@ médic@ internista o un@ médic@ general en disponibilidad



4.3.1.3.2 Un@ enfermer@ graduad@ por cada veinticuatro camas ocupadas



4.3.1.3.3 Un@ auxiliar de enfermería por cada veinticuatro camas ocupadas



4.3.1.3.4 Un@ asistente de pacientes por cada veinticuatro camas ocupadas



4.3.2 Planta Física



4.3.2.1 El servicio debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre la estación de enfermería , los salones de internamiento y los baños.



4.3.2.2 La distribución física de esta sección debe comprender al menos los siguientes elementos:



4.3.2.2.1 Un inodoro con varillas de apoyo por cada seis camas ocupadas



4.3.2.2.2 Un baño por cada seis camas ocupadas



4.3.2.2.3 Un lavamanos en el área de servicios sanitarios



4.3.2.2.4 Cuarto de aislamiento para pacientes portadores de procesos infectocontagiosos con baño completo incluido



4.3.2.3 Para la realización de procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de preparación, el servicio debe contar al menos con las siguientes áreas:



4.3.2.3.1 Área de preparación de medicamentos con un área de al menos seis m²



4.3.2.3.2 Cubículo para procedimientos sépticos con baño completo y de uso exclusivo



4.3.2.3.3 Cubículo para procedimientos asépticos



4.3.2.3.4 Área de depósito de desechos y equipo sucio



4.3.2.3.5 Área para ropa limpia con estantería



4.3.2.3.6 Área para almacenamiento de equipo con espacio de cuatro m²



4.3.2.3.7 Un lavamanos en cada salón para uso de funcionarios con dispensador de jabón y toallas desechables



4.3.2.3.8 Estación de enfermería.



4.3.2.4 El servicio debe contar con un baño completo con inodoro y lavatorio para uso exclusivo de l@s funcionari@s.



4.3.2.5 Los pasillos del servicio deben ser al menos de dos metros de ancho



4.3.2.6 La separación mínima entre camas en los salones debe ser de un metro y medio metros



4.3.3 Recurso Material



4.3.3.1 El servicio debe estar equipada al menos con el equipo y materiales básicos indicados en el Anexo H. Estos materiales deben encontrarse disponibles en los cubículos individuales de tratamiento y en el área de preparación de medicamentos según corresponda.



4.3.3.2 El servicio debe disponer de facilidades de encamado que cumplan con las siguientes características:



4.3.3.2.1 Camas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición, con barandas



4.3.3.2.2 Cada cama debe contar con placa de identificación del paciente, fuente de iluminación individual, mesa para alimentación, gradas, mesa de noche, una silla.



4.3.3.2.3 Tener suficiente ropa limpia de cama para realizar un cambio diario



4.3.3.3 El servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender un paro cardio-respiratorio, de acuerdo con el Anexo D.



4.3.3.4 El servicio de medicina interna debe contar al menos con los siguientes equipos para la atención de l@s pacientes:



4.3.3.4.1 Camilla móvil



4.3.3.4.2 Camilla fija



4.3.3.4.3 Equipo de diagnóstico (oftalmoscopio y otoscopio)



4.3.3.4.4 Esfignomanómetro



4.3.3.4.5 Estetoscopio



4.3.3.4.6 Escritorio con su respectiva silla



4.3.3.4.7 Carro de curaciones



4.3.3.5 El área de preparación de medicamentos debe contar al menos con los siguientes recursos:



4.3.3.5.1 Estante con un compartimiento para medicamentos por cada cama ocupada



4.3.3.5.2 Refrigeradora para medicamentos termolábiles



4.3.3.5.3 Pila de acero inoxidable



4.3.3.5.4 Carro de preparación y distribución de medicamentos



4.3.3.5.5 Compartimentos para sueros



4.3.3.6 Los cubículos para procedimientos sépticos y para procedimientos asépticos deben de contar al menos con los siguientes recursos:



4.3.3.6.1 Pila de acero inoxidable



4.3.3.6.2 Instrumental y materiales para valoración general (termómetros, foco de baterías y equipo de diagnóstico)



4.3.3.6.3 Camilla corriente con gradilla y fuente de luz



4.3.3.6.4 Equipos para curación



4.3.3.6.5 Recipientes con tapa para materiales desechables y para materiales rehusables



4.3.3.6.6 Lavamanos de accionamiento por medio de codo, rodilla o automático



4.3.3.6.7 Tomas de vacío, oxígeno y succión



4.3.3.6.8 Recipiente de acero inoxidable para el desecho de material contaminado



4.3.3.6.9 Recipiente para desecho de material punzo cortante con tapa



4.3.3.7 El área de depósito de desechos y equipo sucio debe contar al menos con los siguientes recursos:



4.3.3.7.1 Canasta para ropa sucia



4.3.3.7.2 Pileta de descarga de desechos



4.3.3.7.3 Estantería para almacenamiento de cachos, riñones y palanganas no estériles



4.3.4 Documentación



4.3.4.1 El servicio de medicina interna contar con los siguientes documentos actualizados:



4.3.4.1.1 Manual de funciones del personal



4.3.4.1.2 Protocolos de atención de pacientes de las cinco causas más frecuentes de egresos.



4.3.4.1.3 Expediente clínico de cada paciente a su cargo



4.4 Ginecología



4.4.1 Recurso Humano



4.4.1.1 El servicio debe estar a cargo de un@ médic@ especialista en ginecobstetricia



4.4.1.2 El servicio debe tener disponible en la jornada ordinaria al menos el siguiente personal:



4.4.1.2.1 Un@ médic@ especialista en ginecobstetricia o médic@ asistente general por cada veinte camas ocupadas



4.4.1.2.2 Un@ enfermer@ por cada veinte camas ocupadas



4.4.1.2.3 Un@ auxiliar de enfermería por cada diez camas ocupadas



4.4.1.2.4 Un@ asistente de pacientes por cada veinte camas ocupadas



4.4.1.2.5 Un@ secretari@ o recepcionista que puede ser compartida con otros servicios



4.4.1.3 El servicio debe tener disponible en la jornada extraordinaria el siguiente personal:



4.4.1.3.1 Un@ médic@ especialista en ginecobstetricia o un@ médic@ general asistente a disponibilidad



4.4.1.3.2 Un@ enfermer@ por veinticuatro camas ocupadas



4.4.1.3.3 Un@ auxiliar de enfermería por veinticuatro camas ocupadas



4.4.1.3.4 Un@ asistente de pacientes por veinticuatro camas ocupadas



4.4.2 Planta Física



4.4.2.1 El servicio debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre la estación de enfermería, los salones de internamiento y los baños.



4.4.2.2 El servicio debe tener al menos las siguientes elementos físicos:



4.4.2.2.1 Un inodoro con varillas de apoyo por cada seis camas



4.4.2.2.2 Un baño por cada seis camas



4.4.2.2.3 Un lavamanos en el área de servicios sanitarios



4.4.2.2.4 Cuarto de aislamiento para pacientes portadores de procesos infectocontagiosos con baño completo incluido.



4.4.2.3 El servicio debe contar con la siguientes áreas, para la realización de procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de preparación:



4.4.2.3.1 Área de preparación de medicamentos con un área de al menos seis m²



4.4.2.3.2 Cubículo para procedimientos sépticos con baño completo y de uso exclusivo



4.4.2.3.3 Cubículo para procedimientos asépticos



4.4.2.3.4 Área de depósito de desechos y equipo sucio



4.4.2.3.5 Cuarto para ropa limpia con estantería



4.4.2.3.6 Cuarto para almacenamiento de equipo con un área de al menos cuatro m²



4.4.2.3.7 Un lavamanos en cada salón para uso de funcionarios con dispensador de jabón y toallas desechables



4.4.2.3.8 Estación de enfermería



4.4.2.4 La sección debe contar con un baño completo para uso exclusivo de l@s funcionari@s



4.4.2.5 Los pasillos de la sección de internamiento de cirugía deben ser de al menos dos metros de ancho



4.4.2.6 La separación mínima entre camas de internamiento de ginecología debe ser de uno y medio metros.



4.4.3 Recurso Material



4.4.3.1 El servicio debe estar equipado al menos con el equipo y materiales básicos indicados en el Anexo I. Estos materiales deben encontrarse disponibles en los cubículos individuales de tratamiento y en el área de preparación de medicamentos según corresponda.



4.4.3.2 El servicio debe disponer de facilidades de encamado que cumplan con las siguientes características:



4.4.3.2.1 Camas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición, con barandas



4.4.3.2.2 Cada cama debe contar con placa de identificación de la paciente, fuente de iluminación individual, mesa para alimentación, gradas, mesa de noche, una silla.



4.4.3.2.3 Tener suficiente ropa limpia de cama para realizar un cambio diario



4.4.3.3 El servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender un accidente cardio-respiratorio, de acuerdo con el Anexo D.



4.4.3.4 El servicio debe contar al menos con los siguientes equipos para la atención de l@s pacientes:



4.4.3.4.1 Camilla móvil



4.4.3.4.2 Camilla fija



4.4.3.4.3 Equipo de diagnóstico (oftalmoscopio y otoscopio)



4.4.3.4.4 Esfignomanómetro



4.4.3.4.5 Estetoscopio



4.4.3.4.6 Escritorio con su respectiva silla



4.4.3.4.7 Carro de curaciones



4.4.3.4.8 Lavamanos.



4.4.3.5 El área de preparación de medicamentos debe contar al menos con los siguientes recursos:



4.4.3.5.1 Estante con un compartimiento para medicamentos por cada cama ocupada



4.4.3.5.2 Refrigeradora para medicamentos termolábiles



4.4.3.5.3 Pila de acero inoxidable



4.4.3.5.4 Carro de preparación y distribución de medicamentos



4.4.3.5.5 Compartimentos para sueros



4.4.3.6 Los cubículos para procedimientos sépticos y para procedimientos asépticos deben contar con los siguientes recursos:



4.4.3.6.1 Pila de acero inoxidable



4.4.3.6.2 Instrumental y materiales para valoración general (termómetros, foco de baterías y equipo de diagnóstico)



4.4.3.6.3 Camilla corriente con gradilla y fuente de luz



4.4.3.6.4 Equipos para curación



4.4.3.6.5 Recipientes con tapa para materiales desechables y para materiales reusables



4.4.3.6.6 Lavamanos de accionamiento por medio de codo, rodilla o automático



4.4.3.6.7 Tomas de vacío, oxígeno y succión



4.4.3.6.8 Recipiente de acero inoxidable para el desecho de material contaminado



4.4.3.6.9 Recipiente para desecho de material punzo cortante



4.4.3.6.10 Negatoscopio



4.4.3.7 El área de depósito de desechos y equipo sucio debe contar al menos con los siguientes recursos:



4.4.3.7.1 Canasta para ropa sucia



4.4.3.7.2 Pileta de descarga de desechos



4.4.3.7.3 Estantería para almacenamiento de cachos, riñones y palanganas no estériles. Compartimentos para sueros



4.4.4 Documentación



4.4.4.1 El servicio de ginecología debe mantener los siguientes documentos actualizados:



4.4.4.1.1 Manual de funciones del personal



4.4.4.1.2 Expediente clínico de cada paciente a su cargo.



4.4.4.1.3 Protocolos de las cinco causas más frecuentes de egreso.



4.5 Pediatría



4.5.1 Recurso Humano



4.5.1.1 El servicio debe estar bajo la dirección de un@ médic@ especialista en pediatría



4.5.1.2 El servicio de pediatría debe tener contar en la jornada ordinaria al menos con el siguiente personal:



4.5.1.2.1 Un@ médic@ especialista en pediatría por cada catorce camas ocupadas



4.5.1.2.2 Un@ enfermer@ por cada catorce camas ocupadas



4.5.1.2.3 Un@ auxiliar de enfermería por cada diez camas ocupadas.



4.5.1.2.4 Un@ asistente de pacientes por cada catorce camas ocupadas



4.5.1.2.5 Un@ secretaria u oficinista



4.5.1.3 El servicio de pediatría debe contar en la jornada extraordinaria al menos con el siguiente personal:



4.5.1.3.1 Un@ médic@ especialista en pediatría disponible



4.5.1.3.2 Un@ enfermer@ por cada catorce camas ocupadas.



4.5.1.3.3 Un@ auxiliar de enfermería por cada diez camas ocupadas.



4.5.1.3.4 Un@ asistente de pacientes por cada catorce camas ocupadas



4.5.2 Planta Física



4.5.2.1 El servicio debe tener un sistema de comunicación o de aviso entre la estación de enfermería y los salones de internamiento, así como los baños



4.5.2.2 La distribución física de este servicio debe comprender al menos los siguientes elementos:



4.5.2.2.1 Un inodoro con varillas de apoyo por cada diez camas o cunas ocupadas



4.5.2.2.2 Una pileta por cada diez camas o cunas ocupadas



4.5.2.2.3 Un lavamanos en el área de servicios sanitarios



4.5.2.2.4 Un cuarto de aislamiento para pacientes potadores de procesos infectocontagiosos con baño completo incluido.



4.5.2.3 El servicio debe contar con las siguientes áreas para la realización de procedimientos diagnósticos, terapéuticos y de preparación:



4.5.2.3.1 Área de preparación de medicamentos con un área de al menos seis m²



4.5.2.3.2 Cubículo para procedimientos sépticos con baño completo y de uso exclusivo



4.5.2.3.3 Cubículo para procedimientos asépticos



4.5.2.3.4 Área de depósito de desechos y equipo sucio



4.5.2.3.5 Cuarto para ropa limpia con estantería



4.5.2.3.6 Cuarto para almacenamiento de equipo con un área de al menos cuatro m²



4.5.2.3.7 Un lavamanos en cada salón para uso de funcionarios con dispensador de jabón y toallas desechables



4.5.2.3.8 Estación de enfermería



4.5.2.4 El servicio debe contar con un baño completo para uso exclusivo de los funcionarios



4.5.2.5 El servicio debe contar con un baño completo para el uso de las madres y familiares de los pacientes



4.5.2.6 Los pasillos deben ser al menos de dos metros de ancho



4.5.2.7 La separación mínima entre camas o cunas de internamiento de pediatría debe ser de uno y medio metros.



4.5.3 Recurso Material



4.5.3.1 El servicio debe estar equipado al menos con el equipo y materiales básicos indicados en el Anexo J. Estos materiales deben encontrarse disponibles en los cubículos individuales de tratamiento y en el área de preparación de medicamentos según corresponda.



4.5.3.2 El servicio debe disponer de facilidades de encamado que cumplan con las siguientes características:



4.5.3.2.1 Camas y cunas de hospitalización flexibles que permitan cambios de posición, con barandas



4.5.3.2.2 Cada cuna o cama debe contar con placa de identificación, fuente de iluminación individual, mesa para alimentación, mesa de noche y una silla.



4.5.3.2.3 Las camas de escolares deben contar con gradas.



4.5.3.2.4 Tener suficiente ropa limpia de cama, al menos para realizar cinco cambios diarios.



4.5.3.3 El servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender un accidente cardio-respiratorio, según el anexo D.



4.5.3.4 El servicio debe contar al menos con los siguientes equipos para la atención de l@s pacientes:



4.5.3.4.1 Camilla móvil



4.5.3.4.2 Camilla fija



4.5.3.4.3 Equipo de diagnóstico (oftalmoscopio y otoscopio)



4.5.3.4.4 Esfignomanómetro



4.5.3.4.5 Estetoscopio



4.5.3.4.6 Escritorio con su respectiva silla



4.5.3.4.7 Carro de curaciones



4.5.3.5 El área de preparación de medicamentos debe contar al menos con los siguientes recursos:



4.5.3.5.1 Estante con un compartimiento para medicamentos por cada cama ocupada



4.5.3.5.2 Refrigeradora para medicamentos termolábiles



4.5.3.5.3 Pila de acero inoxidable



4.5.3.5.4 Carro de preparación y distribución de medicamentos



4.5.3.5.5 Compartimentos para sueros



4.5.3.6 Los cubículos para procedimientos sépticos y para procedimientos asépticos deben contar al menos con los siguientes recursos:



4.5.3.6.1 Pila de acero inoxidable



4.5.3.6.2 Instrumental y materiales para valoración general (termómetros, foco de baterías y equipo de diagnóstico)



4.5.3.6.3 Equipos para curación, drenaje de abscesos, etc.



4.5.3.6.4 Recipientes con tapa para materiales desechables y para materiales rehusables



4.5.3.6.5 Camilla corriente con gradilla y fuente de luz



4.5.3.6.6 Lavamanos de accionamiento por medio de codo, rodilla o automático



4.5.3.6.7 Tomas de vacío, oxígeno y succión



4.5.3.6.8 Recipiente de acero inoxidable para el desecho de material contaminado



4.5.3.6.9 Recipiente para desecho de material punzo cortante



4.5.3.7 El área de depósito de desechos y equipo sucio debe contar al menos con los siguientes recursos:



4.5.3.7.1 Canasta para ropa sucia.



4.5.3.7.2 Pileta de descarga de desechos.



4.5.3.7.3 Estantería para almacenamiento de cachos, riñones y palanganas no estériles o sucias.



4.5.4 Documentación



4.5.4.1 El servicio debe contar con los siguientes documentos actualizados:



4.5.4.1.1 Manual de funciones del personal



4.5.4.1.2 Protocolos de atención de pacientes para las cinco causas más frecuentes de egreso.



4.5.4.1.3 Expediente clínico para cada paciente.



4.6 Emergencias



4.6.1 Recurso Humano



4.6.1.1 El servicio debe contar al menos con un@ médic@ a cargo del servicio las veinticuatro horas del día, con especialidad en emergencias y cursos aprobados de reanimación cardio-respiratorio.



4.6.1.2 Los médicos asistentes del servicio de emergencias deben tener una experiencia mínima de tres años en el área de emergencias médicas y entrenamiento certificado en Reanimación .Cardio. Pulmonar. ( RCP)



4.6.1.3 El servicio debe contar con un profesional en enfermería, las veinticuatro horas del día



4.6.2 Planta Física



4.6.2.1 El servicio de emergencias debe contar con un área exclusiva y de circulación restringida para su funcionamiento



4.6.2.2 El servicio emergencias debe tener sectores diferenciados para la atención de l@s pacientes: sala de espera y consultorios de atención individualizada y privada



4.6.2.3 El servicio debe contar con servicios sanitarios para el personal y l@s pacientes, al menos un servicio por cada sexo, debe cumplir las especificaciones de la Ley 7600 Igualdad de Oportunidades para personas con discapacidad.



4.6.2.4 El servicio debe contar con una entrada exclusiva para pacientes críticos que no tenga barreras arquitectónicas que impidan el libre desplazamiento.



4.6.2.5 El servicio debe contar con un área de Shock con las siguientes características:



4.6.2.5.1 Las uniones entre paredes y pisos y cielo raso deben ser cóncavos y de fácil limpieza.



4.6.2.5.2 Luces de emergencia.



4.6.3 Recurso Material



4.6.3.1 El servicio debe tener un sistema de comunicación exclusivo para ser utilizado en situaciones de emergencia.



4.6.3.2 El servicio debe contar con existencias permanentes de medicamentos para la atención de emergencias, de acuerdo con las intervenciones que realiza con mayor frecuencia.



4.6.3.3 El servicio debe contar con el equipo y medicamentos necesarios para atender accidentes cardio-respiratorios, de acuerdo con el Anexo D .



4.6.3.4 El servicio de emergencias debe disponer al menos del siguiente equipo:



4.6.3.4.1 Un electrocardiógrafo,



4.6.3.4.2 Un monitor,



4.6.3.4.3 Un oftalmoscopio



4.6.3.4.4 Un esfignomanómetro,



4.6.3.4.5 lámparas de emergencias,



4.6.3.4.6 camillas



4.6.3.4.7 sillas de ruedas



4.6.3.4.8 contar con las condiciones necesarias para la atención de partos



4.6.3.4.9 camilla de exploración obstétrica,



4.6.3.4.10 oxímetro de pulso,



4.6.3.4.11 marcapaso externo,



4.6.3.4.12 ventiladores,



4.6.3.4.13 monitor transportable,



4.6.3.4.14 bomba de infusión



4.6.3.5 El servicio debe tener disponible medios de transporte de urgencias (ambulancia) las veinticuatro horas del día



4.6.3.6 El área de Shock debe contar con el equipo necesario para atender un accidente cardio-respiratorio según el Anexo D.



4.6.4 Documentación



4.6.4.1 El servicio debe elaborar una hoja de emergencias a cada paciente que ha sido atendido en el servicio. Este reporte debe contener:



4.6.4.1.1 historia clínica completa,



4.6.4.1.2 antecedentes personales patológicos y no patológicos,



4.6.4.1.3 examen físico completo e impresión diagnóstica,



4.6.4.1.4 el plan y los estudios a realizar;



4.6.4.1.5 debe incluir la firma e identificación del profesional que atendió.



4.6.4.2.El servicio debe tener los siguientes documentos actualizados:



4.6.4.2.1 Manual de funciones



4.6.4.2.2 Protocolos escritos para la atención de las situaciones de emergencias más frecuentes. Estos protocolos deben ser actualizados al menos cada dos años.



4.7 Anestesiología



4.7.1 Período Preanestésico



4.7.1.1 Recurso Humano



4.7.1.1.1 El servicio debe contar con un@ anestesiólog@ o un@ médic@ residente de anestesia, debidamente supervisad@ por un@ anestesiólog@, para realizar los procedimientos del período preanestésico



4.7.1.2 Planta Física



4.7.1.2.1 El servicio debe contar con de un área específica, con privacidad, para la evaluación preanestesica, la elaboración del plan anestésico y la discusión con cada paciente o persona legalmente responsable de los pormenores del acto anestésico. Esta área puede ser compartida con otras especialidades.



4.7.1.3 Documentación



4.7.1.3.1 En el expediente clínico debe contener la documentación de evaluación preanestésica que incluye los siguientes aspectos: historia clínica, historia anestésica, historia de medicamentos, examen físico completo, revisión de datos diagnósticos objetivos (hoja de laboratorio y gabinete), clasificación de riesgo según estado físico, plan de la técnica anestésica, prescripción de medicamentos preoperatorios, debe incluir la firma e identificación del profesional que atendió



4.7.1.3.2 El servicio debe tener los siguientes documentos actualizados:



4.7.1.3.2.1 protocolos de las cinco causas de egreso más frecuente



4.7.1.3.2.2 Protocolos de revisión del equipo antes de la inducción anestésica



4.7.1.3.2.3 Programa escrito de mantenimiento del equipo y la bitácora de controles.



4.7.1.3.2.4 Manual de funciones.



4.7.1.3.3 El servicio debe asegurar que se discute previo al procedimiento los riesgos y beneficios del mismo.



4.7.2 Período Transanestésico



4.7.2.1 Recurso Humano



4.7.2.1.1 El servicio de anestesiología debe tener un@ médic@ anestesiólog@ responsable de la atención anestésica durante el período transanestésico



4.7.2.2 Planta Física



4.7.2.2.1 Las uniones entre paredes y pisos, paredes y cielos de los quirófanos deben ser cóncavas.



4.7.2.2.2 Las paredes, pisos y cielos rasos de los quirófanos deben tener las superficies lisas y lavables.



4.7.2.2.3 Los quirófanos deben contar con un sistema que garantice las condiciones de temperatura, ventilación, circulación de aire y evacuación de gases.



4.7.2.3 Recurso Material



4.7.2.3.1 Durante el período transanestésico, el anestesiólog@ encargado debe contar en sala de operaciones con medicamentos anestésicos, coadyuvantes, líquidos y otros necesarios para cada caso:



4.7.2.3.1.1 Líquidos fisiológicos



4.7.2.3.1.2 Opiáceos



4.7.2.3.1.3 Dextrosa



4.7.2.3.1.4 Benzodiazepinas



4.7.2.3.1.5 Solución electrolítica.



4.7.2.3.1.6 Atropina



4.7.2.3.1.7 Drogas inductoras



4.7.2.3.1.8 Neoestignina



4.7.2.3.1.9 Gelatinas



4.7.2.3.1.10 Dehidrobenzoperidol



4.7.2.3.1.11 Relajantes musculares



4.7.2.3.1.12 Hemacel



4.7.2.3.1.13 Solución cristaloide



4.7.2.3.2 El servicio debe contar en los quirófanos con el equipo y medicamentos necesarios para atender un accidente cardio-respiratorio, según el Anexo D.



4.7.2.3.3 Cada quirófano del hospital debe contar al menos con el equipo necesario para la realización del proceso anestésico según el Anexo K.



4.7.2.4 Documentación



4.7.2.4.1 El expediente clínico y el registro anestésico deben incluir al menos la siguiente documentación:



4.7.2.4.1.1 Evaluación del paciente



4.7.2.4.1.2 Verificación de funcionamiento del equipo, drogas y suministro de gases



4.7.2.4.1.3 Vigilancia del paciente (ejemplo: registro de los signos vitales del paciente)



4.7.2.4.1.4 Registro de todas las drogas, líquidos (incluyendo hemoderivados) y agentes utilizados así hora en que fueron administrados



4.7.2.4.1.5 Técnicas anestésicas utilizadas



4.7.2.4.1.6 Dispositivos de monitoreo utilizados para vigilancia del paciente



4.7.2.4.1.7 Eventos inesperados durante el episodio anestésico



4.7.2.4.1.8 Estado del paciente al momento de concluir la anestesia



4.7.2.4.1.9 Identificación del paciente



4.7.2.4.1.10 Firma e identificación o código del anestesiólogo responsable



4.7.2.4.2 El servicio debe tener los siguientes documentos actualizados:



4.7.2.4.2.1 Protocolos de las cinco causas de egreso más frecuentes



4.7.2.4.2.2 El servicio debe tener protocolos para la revisión del equipo antes de la inducción anestésica.



4.7.3 Período Postanestésico



4.7.3.1 Recurso Humano



4.7.3.1.1 El área de recuperación debe contar con un@ anestesiólog@ responsable de la misma



4.7.3.1.2 El área de recuperación debe contar con un@ enfermer@ por cada diez pacientes.



4.7.3.1.3 El área recuperación debe contar con un@ auxiliar de enfermería por cada cuatro pacientes.



4.7.3.2 Planta Física



4.7.3.2.1 El hospital debe tener un área de circulación restringida dedicada exclusivamente al cuidado post-anestésico



4.7.3.2.2 Cada camilla de recuperación debe contar con:



4.7.3.2.2.1 Dos tomas eléctricas conectados a la red de emergencia del hospital



4.7.3.2.2.2 Al menos una fuente de succión



4.7.3.2.2.3 Una fuente de oxígeno



4.7.3.3 Recurso Material



4.7.3.3.1 El área para cuidado post-anestésico debe contar con un promedio de uno punto cinco camillas por cada quirófano



4.7.3.3.2 El área de recuperación debe contar con el siguiente equipo mínimo para la atención de l@s pacientes:



4.7.3.3.2.1 estetoscopio,



4.7.3.3.2.2 mascarillas de oxígeno,



4.7.3.3.2.3 monitor de electrocardiografía para cada tres camas ocupadas,



4.7.3.3.2.4 esfignomanómetro,



4.7.3.3.2.5 un oxímetro de pulso por cada cuatro pacientes.



4.7.3.3.2.6 un desfibrilador del tipo sincronizado,



4.7.3.3.2.7 conexiones para marcapasos.



4.7.3.3.3 El servicio debe contar en el área para cuidado post-anestésico con el equipo y medicamentos necesarios para atender un accidente cardio-respiratorio, según el Anexo D



4.8 Farmacia



4.8.1 Recurso Humano



4.8.1.1 La farmacia debe contar con un profesional regente, durante todo el tiempo que ésta permanezca brindando el servicio.



4.8.1.2 La farmacia debe contar al menos con el siguiente personal:



4.8.1.2.1 Un@ farmacéutic@ por cada cien camas ocupadas para el área de dispensación de medicamentos a pacientes hospitalizados



4.8.1.2.2 Un@ farmacéutic@ por cada diez mil recetas mensuales o fracción para pacientes ambulatorios



4.8.1.2.3 Un@ farmacéutic@ por cada programa o servicio farmacéutico especializado.



4.8.1.2.4 Un@ ténic@ en farmacia por cincuenta camas ocupadas para el área dispensación de medicamentos a pacientes hospitalizados



4.8.1.2.5 Un@ auxiliar de farmacia por cada cincuenta camas ocupadas para el área de dispensación de medicamentos a pacientes hospitalizado



4.8.1.2.6 Un@ auxiliar de farmacia por cada dos mil quinientas recetas mensuales o fracción para el área de dispensación de medicamentos a pacientes ambulatorios



4.8.1.2.7 Un@ bodeguer@ de farmacia



4.8.1.2.8 Un@ misceláne@



4.8.1.2.9 Un@ asistente administrativ@



4.8.1.2.10 Un@ Secretari@



4.8.2 Planta Física



4.8.2.1 La farmacia debe contar con un área física suficiente, distribuida en secciones claramente definidas:



4.8.2.1.1 Área de dispensación para pacientes hospitalizados



4.8.2.1.2 Área de dispensación para pacientes ambulatorios



4.8.2.1.3 Área de almacenamiento de medicamentos y otros insumos



4.8.2.1.4 Área administrativa y de dirección



4.8.2.1.5 Área de fraccionamiento de medicamentos



4.8.2.1.6 Área para servicio de información de medicamentos y docencia



4.8.2.1.7 Área de espera para usuarios



4.8.2.1.8 Área de servicios personales y de descanso



4.8.2.2 El servicio debe contar al menos con un lavatorio para uso del personal dentro su área de funcionamiento



4.8.2.3 El servicio debe tener condiciones ambientales (ventilación y temperatura) que aseguren la conservación o estabilidad de los medicamentos.



4.8.2.4 En las áreas de almacenamiento, las cajas deben estar en tarimas y no exceder el número de bultos apilados de acuerdo a las especificaciones del fabricante.



4.8.2.5 El servicio debe tener un sistema para el control de la temperatura en las áreas en que se almacenan los medicamentos.



4.8.2.6 El servicio debe contar con luz suficiente que permita la realización de las labores en una forma normal.



4.8.2.7 El servicio debe contar con un suministro continuo de agua potable



4.8.3 Recurso Material



4.8.3.1 El servicio de farmacia debe contar con equipo, instrumentos y tecnología mínimos que permitan una adecuada prestación de los servicios:



4.8.3.1.1 Cámara de refrigeración o refrigeradora para almacenamiento exclusivo de vacunas con termómetro para control de temperatura.



4.8.3.1.2 Cámara de refrigeración o refrigeradora para medicamentos termolábiles con termómetro para control de temperatura



4.8.3.1.3 Equipo para preparación de medicamentos



4.8.3.1.4 Máquina de escribir o computadora



4.8.3.1.5 Calculadora



4.8.3.1.6 Armario o gaveta de seguridad para almacenamiento de sicotrópicos y estupefacientes.



4.8.4 Documentación



4.8.4.1 El servicio de farmacia debe contar con un manual de protocolos técnicos, de preparación y dispensación de recetas. Este manual debe ser conocido por todo el personal del servicio.



4.8.4.2 El servicio de farmacia debe contar con un manual de procedimientos administrativos y de funciones del personal. Este manual debe ser conocido por todo el personal del servicio



4.8.4.3 El servicio de farmacia debe contar con una lista oficial de medicamentos



4.8.4.4 El servicio de farmacia debe contar con gráficas del control de temperatura de sus equipos de enfriamiento.



4.8.5 Gestión



4.8.5.1 El servicio debe garantizar el suministro de medicamentos las veinticuatro horas del día para casos de urgencia y de hospitalización



4.8.5.2 Los estupefacientes y sicotrópicos deben estar almacenados con llave, custodiados y controlados por un@ farmacéutic@.



4.8.5.3 El servicio debe tener en operación una cadena de frío con gráficas de control de temperatura para el manejo de las vacunas y otros medicamentos que lo requieran.



4.8.5.4 Los medicamentos dispensados por el servicio deben estar identificados con una etiqueta que contenga al menos la información siguiente:



4.8.5.4.1 Nombre y dos apellidos del paciente



4.8.5.4.2 Número de identificación del paciente



4.8.5.4.3 Nombre, presentación y fuerza o concentración del medicamento



4.8.5.4.4 Cantidad de medicamento que se dispensa



4.8.5.4.5 Instrucciones para tomar o aplicar el medicamento: dosis, vía de administración, frecuencia y tiempo del tratamiento



4.8.5.4.6 Instrucciones especiales para uso, manejo y preparación del medicamento.



4.8.5.4.7 Fecha de dispensación de recetas



4.8.5.4.8 Número de receta



4.9 Enfermería



4.9.1 Recurso Humano



4.9.1.1 La dirección de enfermería debe estar a cargo de un@ profesional en enfermería



4.9.1.2 El hospital debe contar al menos con un@ supervisor@ de enfermería, durante las veinticuatro horas del día.



4.9.2 Documentación



4.9.2.1 El servicio de enfermería debe tener protocolos escritos para la atención de l@s pacientes a su cargo, de acuerdo con la clasificación de riesgo



4.9.2.2 El servicio de enfermería debe contar con un Manual de Funciones de todo el personal.



4.9.2.3 El servicio debe tener disponibles los manuales de uso de los equipos que utiliza en la atención de l@s pacientes



4.9.3 Gestión



4.9.3.1 Todo paciente hospitalizado debe tener un plan individualizado escrito de cuidados de enfermería.



4.10 Diagnóstico por Imágenes



4.10.1 Recurso Humano



4.10.1.1 El servicio de diagnóstico por imágenes debe contar con un@ médic@ radiólog@ responsable del servicio



4.10.1.2 El servicio debe contar en la jornada diurna ordinaria, con el siguiente personal (por cada cincuenta pacientes o fracción.



4.10.1.2.1 Técnico en radiología.



4.10.1.2.2 Reveladores de Placas



4.10.1.2.3 Auxiliares de Enfermería



4.10.1.2.4 Secretaria



4.10.1.2.5 Recepcionista.



4.10.2 Planta Física



4.10.2.1 El servicio diagnóstico por imágenes debe contar con un área exclusiva, de circulación restringida para su funcionamiento.



4.10.2.2 El servicio debe contar con espacios claramente definidos para:



4.10.2.2.1 recepción,



4.10.2.2.2 sala de espera,



4.10.2.2.3 vestidores,



4.10.2.2.4 sala de revelado y



4.10.2.2.5 sala de exámenes.



4.10.2.3 El servicio debe contar con un baño completo para funcionarios y servicios sanitario de uso exclusivo para l@s usuari@s



4.10.3 Documentación



4.10.3.1 El servicio diagnóstico por imágenes debe tener los siguientes documentos actualizados, cada dos años:



4.10.3.1.1 Protocolos escritos para la realización de las pruebas.



4.10.3.1.2 Programa escrito de mantenimiento del equipo



4.10.3.1.3 Bitácora de controles.



4.10.4 Gestión



4.10.4.1 El servicio debe realizar controles del nivel de radiación al que se exponen sus funcionari@s.



4.10.4.2 El servicio debe estar disponible durante las veinticuatro horas del día o en la jornada en que el hospital ofrezca sus servicios.



4.10.4.3 El servicio debe contar con el permiso de funcionamiento expedido por el Departamento de Radiaciones Ionizantes del Ministerio de Salud, cumpliendo por lo estipulado en el Reglamento sobre protección contra Radiaciones Ionizantes, Decreto 24037-S.



4.11 Laboratorio Clínico



4.11.1 Aplica la Norma para la Habilitación de Laboratorios de Microbiología y Química Clínica. CODIGO MS-DSS-UH- A009, versión 1 del 2002.



4.12 Esterilización



4.12.1 Recurso Humano



4.12.1.1 El servicio de esterilización debe estar a cargo de un@ funcionari@ capacitad@ en técnicas y equipos de esterilización.



4.12.2 Planta Física



4.12.2.1 El servicio debe contar con un área exclusiva y de circulación restringida.



4.12.2.2 El servicio debe contar con una puerta de entrada de material y equipo usado y una de salida del personal e instrumental estéril. Ambas puertas deben ser tipo holandesa ( divididas a la mitad de tal forma que quede una ventana en la parte superior).



4.12.2.3 El servicio debe de estar ubicado cerca de la sala de operaciones y la maternidad.



4.12.2.4 El servicio debe tener las siguientes áreas claramente definidas y diferenciadas:



4.12.2.4.1 Recepción de equipo usado



4.12.2.4.2 Lavado de equipo usado



4.12.2.4.3 Preparación de equipos



4.12.2.4.4 Esterilización de equipo



4.12.2.4.5 Almacenamiento de equipo y material estéril, rotulado y fechado



4.12.2.4.6 Área de entrega de material y equipo estéril



4.12.2.4.7 Bodega de material descartable



4.12.2.4.8 Vestidores y baños completos para los funcionarios



4.12.2.5 El servicio debe tener un flujo correcto de circulación de material usado y contaminado y material limpio y estéril.



4.12.3 Recurso Material



4.12.3.1 El servicio debe tener el siguiente equipo de protección para el personal:



4.12.3.1.1 Batas



4.12.3.1.2 Lentes de Protección



4.12.3.1.3 Protectores de cabello



4.12.3.1.4 Guantes



4.12.4 Documentación



4.12.4.1 El servicio debe contar con un programa escrito y actualizado de control biológico del material estéril



4.12.4.2 El servicio debe tener por escrito manuales de procedimientos los cuales deben ser conocidos por todo el personal.



4.13 Nutrición



4.13.1 Recurso Humano



4.13.1.1 El servicio de nutrición debe estar a cargo de un profesional en nutrición.



4.13.1.2 El servicio debe contar al menos con el recurso humano mínimo para el cumplimiento de cada una de sus actividades, según el Anexo L.



4.13.2 Planta Física



4.13.2.1 La ubicación del servicio debe permitir el fácil acceso de alimentos y otros materiales y debe estar alejado de lugares insalubres o con riesgo de contaminación.



4.13.2.2 El servicio debe contar con las siguientes áreas debidamente identificadas:



4.13.2.2.1 producción,



4.13.2.2.2 distribución,



4.13.2.2.3 consulta externa,



4.13.2.2.4 educación y



4.13.2.2.5 atención al personal.



4.13.2.3 La planta física del servicio debe ajustarse a las características específicas que se anotan en el Anexo M.



4.13.3 Recurso Material



4.13.3.1 El servicio de nutrición debe contar al menos con el equipo mínimo para el cumplimiento de cada una de sus actividades y éste debe estar en buen estado de funcionamiento, de acuerdo con el Anexo N.



4.13.4 Documentación



4.13.4.1 El servicio de nutrición de tener los siguientes documentos actualizados:



4.13.4.1.1 Un manual de Funciones del Personal



4.13.4.1.2 Un Manual Normas y Procedimientos Técnicos que contemplen los procesos de producción y distribución de alimentos, un ciclo de menúes, educación e investigación



4.13.4.2 El servicio debe tener un ciclo de menúes por tipo de régimen debidamente estructurado y que abarque al menos 15 días.



4.13.4.3 Las recetas del ciclo de menúes deben estar estandarizadas y tener indicación de su valor nutritivo.



4.13.5 Gestión



4.13.5.1 El servicio debe tener un programa de mantenimiento preventivo y correctivo para el equipo.



4.13.5.2 El servicio debe cumplir con la normas sanitarias específicas para la elaboración de alimentos , según el decreto 19479-S, "Reglamento de los servicios de alimentación al público".



4.14 Trabajo Social



4.14.1 Recurso Humano



4.14.1.1 El servicio de Trabajo Social debe estar a cargo de un@ profesional en trabajo social



4.14.1.2 El servicio debe contar al menos con el siguiente personal:



4.14.1.2.1 Un@ trabajador@ Social por cada treinta y cinco camas ocupadas y tres proyectos a cargo o participación en comisiones interdisciplinarias.



4.14.1.2.2 Un@Trabajador@ Social por cada tres Equipos Básicos de Atención Integral en salud ( EBAIS), cuando el Hospital brinde este servicio.



4.14.1.2.3 Un asistente Administrativo



4.14.2 Planta Física



4.14.2.1 El servicio de trabajo social debe contar con un área con privacidad para atender a l@s usuari@s



4.14.2.2 El servicio debe contar con un área dentro del hospital para la atención de grupos.



4.14.2.3 El servicio debe contar con un área de espera con bancas para pacientes y acompañantes



4.14.3 Recurso Material



4.14.3.1 El servicio debe contar con el soporte administrativo y el siguiente equipo para el desarrollo de sus funciones:



4.14.4 Documentación



4.14.4.1 El servicio. debe contar con un Manual de Funciones del Personal



4.15 Infecciones Intrahospitalarias



4.15.1 Recurso Humano



4.15.1.1 El comité de infecciones intrahospitalarias debe contar con un@ enfermer@ por cada cuatrocientas camas ocupadas, dedicada exclusivamente a las actividades de éste.



4.15.2 Documentación



4.15.2.1 El hospital debe tener protocolos escritos de prevención y el control de las infecciones intrahospitalarias. Dichos protocolos deben ser conocidos por todo el personal que labore en el hospital.



4.15.3 Gestión



4.15.3.1 El hospital debe tener un Comité Interdisciplinario de Prevención y Control de Infecciones, encargado de la generación de directrices respecto a las infecciones intrahospitalarias.



4.15.3.2 El comité deberá estar integrado al menos por el siguiente personal del hospital:



4.15.3.2.1 Médico



4.15.3.2.2 Enfermer@ asignada al comité



4.15.3.2.3 Microbiólogo químico clínico



4.15.3.2.4 Farmacéutico



4.15.3.2.5 Administrador@ del hospital o representante.



4.15.3.2.6 Dirección del hospital o representante.



4.15.3.3 El hospital debe asegurar que el Comité Interdisciplinario de Prevención y Control de Infecciones, tenga el recurso material necesario para realizar sus funciones.



4.16 Dirección



4.16.1 Recurso Humano



4.16.1.1 El hospital debe contar con un@ profesional en ciencias de la salud que funja como director@



4.16.1.2 El director@ del hospital debe tener capacitación en gerencia y administración de servicios de salud.



4.16.2 Gestión



4.16.2.1 La administración debe tener por escrito un plan de trabajo anual que oriente el desarrollo de las acciones de los diferentes servicios de la institución, así como la respectiva asignación de los recursos a cada uno de éstos.



4.16.2.2 El hospital debe tener al menos los siguientes comités interdisciplinarios activos:



4.16.2.2.1 Comité de análisis de la morbi-mortalidad materna



4.16.2.2.2 Comité de análisis de la morbi-mortalidad perinatal e infantil (neonatal y residual)



4.16.2.2.3 Comité de farmacoterapia



4.16.2.2.4 Comité de registros médicos (control de calidad de expedientes y registros)



4.16.2.2.5 Comité de lactancia materna



4.16.2.2.6 Comité de prevención y atención de desastres.



4.16.2.2.7 Comité de infecciones intrahospitalarias



4.16.2.2.8 Comité de manejo de desechos



4.16.2.3 El hospital debe tener acceso a la práctica de autopsia en todo caso de muerte materna, muerte perinatal, fetal tardía o neonatal y al estudio anatomopatológico de placenta y otros en casos seleccionados



4.16.3 Manejo de la información



4.16.3.1 El hospital debe generar información periódica de la productividad y gestión de la atención, conteniendo al menos los indicadores básicos contemplados en el Anexo P.



4.16.3.2 El hospital debe enviar al Ministerio de Salud información periódica de la productividad y gestión de la atención, al menos una vez al año y ésta, debe estar disponible, actualizada y ser del conocimiento del personal



4.17 Administración



4.17.1 Recurso Humano



4.17.1.1 La administración del hospital debe contar con un@ profesional graduad@ en alguna de las siguientes áreas: administración de negocios, administración pública, economía, administración hospitalaria o carrera afín.



4.17.2 Planta Física



4.17.2.1 El hospital debe contar con un espacio físico destinado al área administrativa, incluyendo una área acondicionada para el almacenaje de insumos, equipo y maquinaria



4.17.3 Recurso Material



4.17.3.1 El área administrativa debe tener el recurso de equipo material adecuado y suficiente para la realización de las labores propias de cada una de las áreas.



4.17.4 Documentación



4.17.4.1 El hospital debe tener un manual de procedimientos administrativos, manual de funciones y responsabilidades que incluya a todo el personal del hospital.



4.17.4.2 La administración debe tener por escrito un organigrama que especifique las relaciones de mando y coordinación entre sus funcionarios. Dicho organigrama debe estar debidamente documentado y a la vista.



4.17.4.3 El hospital debe contar con un Reglamento Interno de Trabajo, de acuerdo con la normativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.



4.17.4.4 La administración debe contar con un registro de los atestados de todo el personal del establecimiento.



4.17.4.5 La administración debe contar con un protocolo de limpieza y aseo diario, específico para cada servicio, el cual ser del conocimiento de todo el personal.



4.18 Registros Médicos y Estadística



4.18.1 Recurso Humano



4.18.1.1 Las jefaturas del departamento de registros médicos y las de sus unidades, deberán estar a cargo de personal con preparación universitaria de al menos grado de Bachiller en Registros Médicos.



4.18.1.2 Las secciones debe estar a cargo de jefaturas o coordinadores con capacitación básica de técnico o auxiliar en Registros Médicos.



4.18.2 Planta Física



4.18.2.1 El servicio de registros médicos debe contar con un área específica para la conservación de expedientes que garantice su protección, confidencialidad y control



4.18.2.2 La ubicación física del servicio, debe garantizar el suministro oportuno del expediente para cada acto de atención.



4.18.2.3 El hospital debe contar con una unidad responsable de identificar y admitir (dar ingreso) al paciente durante la jornada en que ofrece sus servicios.



4.18.2.4 Las unidades encargadas de registrar los datos de identificación, deben contar con una estructura física que garantice la privacidad y confidencialidad en el interrogatorio al paciente.



4.18.3 Documentación



4.18.3.1 Tod@ paciente atendido en el hospital debe tener confeccionado un expediente clínico .



4.18.3.2 El hospital debe contar con expedientes clínico cuyo contenido cumpla con el orden de acuerdo con el Anexo Q.



4.18.4 Recurso Material



4.18.4.1 El servicio debe tener para cada unidad, los recursos físicos y tecnológicos para llevar a cabo una labor eficiente



4.18.5 Manejo de la información



4.18.5.1 El servicio debe utilizar la Clasificación Internacional de Enfermedades e Intervenciones Quirúrgicas vigente para la codificación de la morbi-mortalidad y procedimientos quirúrgicos.



4.18.5.2 El hospital debe realizar el reporte correspondiente de las enfermedades de declaración obligatoria, muertes maternas, muertes infantiles según lo establece el Decreto Ejecutivo de Enfermedades de Denuncia Obligatoria Nº 14496-SPPS



4.19 Seguridad e Higiene Laboral



4.19.1 Recurso Humano



4.19.1.1 El hospital debe contar con un@ profesional en Seguridad e Higiene Ocupacional.



4.19.2 Planta Física



4.19.2.1 El hospital debe contar con señalización adecuada de seguridad en todas sus áreas, que incluya al menos:



4.19.2.1.1 los equipos de control de incendios,



4.19.2.1.2 salidas de emergencia,



4.19.2.1.3 rutas de evacuación,



4.19.2.1.4 zonas de seguridad y



4.19.2.1.5 áreas riesgosas de trabajo



4.19.2.2 El hospital debe contar con un lugar adecuado para le disposición de desechos previamente clasificados según su naturaleza.



4.19.3 Recurso Material



4.19.3.1 El hospital debe contar con un sistema para el control de incendios, que incluya un dispositivo de alarma para el aviso de evacuación por incendio o evento natural. El personal debe conocer el uso y manejo de tales equipos.



4.19.3.2 Todas las áreas de trabajo del hospital deben contar con equipo de protección personal, en cantidad y tipo apropiado, según el tipo de riesgo que signifique realizar las funciones.



4.19.4 Documentación



4.19.4.1 El hospital debe tener un Manual de normas de seguridad e higiene del trabajo, que contemple la realización del trabajo en forma segura Debe estar disponible para consulta de todo el personal.



4.19.4.2 El hospital debe tener un Manual de protocolos de seguridad para la prevención de enfermedades infectocontagiosas (Hepatitis B, SIDA etc.), así como otros riesgos biológicos, tanto en la atención de pacientes como en la disposición final de desechos o material bioinfeccioso, tales protocolos deben estar disponibles y ser conocidos por todo el personal.



4.19.5 Gestión



4.19.5.1 El hospital debe contar con una Comisión de Salud Ocupacional debidamente inscrita ante el Consejo de Salud Ocupacional, de acuerdo con el Reglamento de Comisiones de Salud Ocupacional, Decreto Nº 18379-TSS.



4.19.5.2 El hospital debe tener por escrito un plan de emergencias, confeccionado técnicamente en donde se indique claramente las salidas de emergencia, rutas de evacuación, zonas de seguridad del edificio, además se deben realizar simulacros para evaluar la efectividad del plan. Dicho plan debe ser conocido por todo el personal.



4.19.5.3 El hospital debe tener un mapa de riesgos en donde se indiquen las áreas o actividades de mayor riesgo, este debe ser conocido por el personal.



4.20 Lavandería y/o Ropería



4.20.1 Recurso Humano



4.20.1.1 El servicio de lavandería y ropería debe contar con un@ funcionari@ encargad@ de la administración .



4.20.2 Planta Física



4.20.2.1 El servicio debe tener un área específica y exclusiva para su funcionamiento, además contar al menos con los siguientes espacios dedicados a cada etapa del proceso:



4.20.2.1.1 recepción,



4.20.2.1.2 clasificación,



4.20.2.1.3 lavado,



4.20.2.1.4 secado,



4.20.2.1.5 planchado y



4.20.2.1.6 almacenamiento



4.20.2.2 La lavandería y/o ropería del hospital debe tener un suministro constante de agua, electricidad, vapor, aire comprimido; de acuerdo con las necesidades de los equipos que utilice.



4.20.3 Recurso Material



4.20.3.1 El servicio debe contar con equipos de transporte de ropa, dedicados exclusivamente para este uso y debidamente identificados.



4.20.3.2 La identificación del equipo debe ser de acuerdo con la condición de la ropa que se transporte (sucia o limpia). Dicho equipo debe permitir el cierre de las bolsas de ropa



4.20.4 Documentación



4.20.4.1 El servicio debe tener por escrito protocolos específicos de manejo, clasificación, operación e higiene para cada una de las etapas del proceso y de acuerdo con el tipo de contaminación. Estos deben ser conocidos por todo el personal.



4.20.4.2 El servicio debe tener un manual de procedimientos administrativos y de control del proceso. Estos deben ser conocidos por todo el personal.



4.20.5 Gestión



4.20.5.1 El hospital debe contar con un servicio de lavandería de ropa, ya sea propio o contratado a terceros.



4.20.5.2 Todas las áreas del servicio debe mantener condiciones higiénicas de orden y limpieza



4.21 Documentación Edilicia



4.21.1 Documentación



4.21.1.1 El hospital debe contar con un juego de planos, que incluya al menos las láminas de diseño de las instalaciones:



4.21.1.1.1 hidráulicas,



4.21.1.1.2 sanitarias,



4.21.1.1.3 pluviales,



4.21.1.1.4 eléctricas,



4.21.1.1.5 mecánicas,



4.21.1.1.6 estructurales y



4.21.1.1.7 arquitectónicas



4.21.1.2 En los planos del hospital deben estar indicadas la ubicación, dimensiones y especificaciones de la planta eléctrica de emergencia ,el tanque de captación de agua potable y el diseño-solución con respecto a las barreras arquitectónicas, cumpliendo condiciones mínimas establecidas por el Departamento de Ingeniería Sanitaria y de Arquitectura del Ministerio de Salud.



4.21.2 Gestión



4.21.2.1 La aprobación de la ubicación del hospital debe contar con el permiso de la autoridad o institución competente que incluya las mencionadas en el anexo R, según las características geográficas que le afecten.



4.21.2.2 Los planos de la edificación deben contar con los sellos, los timbres y las firmas, así como los documentos anexos donde se otorgue la aprobación de área mínima de predio y edificación según población atendida, otorgadas por el Ministerio de Salud, Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y la Municipalidad respectiva.



4.21.2.3 Tanto los planos originales como los de las modificaciones hechas en el hospital deben contar con la aprobación de la Comisión Interinstitucional Revisora de Planos.



4.21.2.4 El edificio debe cumplir con la aprobación del Departamento de Bomberos del Instituto Nacional de Seguros, en cuanto a la calidad y tipo de materiales utilizados, en su construcción, sean éstos incombustibles o con el coeficiente retardorio mínimo.



5 Anexos



ANEXO A



REQUISITOS PARA SOLICITAR LA HABILITACIÓN



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



Para solicitar la habilitación de un ESTABLECIMIENTO CON INTERNAMIENTO EN MEDICINA Y CIRUGÍA GENERAL O POR ESPECIALIDADES MÉDICAS Y/O QUIRÚRGICAS CON MÁS DE 20 AÑOS CON O SIN DOCENCIA UNIVERSITARIA Y PARAUNIVERSITARIA. La persona interesada debe presentar la documentación preferentemente al Area de Salud, a la cual pertenezca el establecimiento, según su ubicación geográfica o a la Dirección de Servicios de Salud del Ministerio de Salud. Los siguientes documentos deben estar debidamente llenos, completos y confrontados con los originales:



1. Formulario de habilitación de establecimientos de salud y afines, debidamente lleno con dos copias.



Este formulario se retira en el Área de Salud del Ministerio Salud.



2. Copia de los atestados profesionales de la persona responsable técnica del establecimiento, debidamente.



3. Constancia del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica de que la persona responsable técnica del establecimiento es miembro activo.



4. Fotocopia de Cédula de Identidad, ambos lados, de la persona responsable técnica del establecimiento.



ANEXO B



REQUISITOS DE INFORMACIÓN AL REALIZAR



LA EVALUACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



I. Identificación del establecimiento



1. Nombre



2. Código



II. Ubicación



1. Región



2. Área de Salud



3. Provincia



4. Cantón



5. Distrito



6. Dirección



7. Dirección postal



8. E. Mail



9. Teléfono



10. Fax



III. Información sobre la persona responsable técnica del establecimiento



3. Nombre



4. Cédula



5. Código profesional



IV. Otra información cuando aplique



1. Tipo de establecimiento



ANEXO C



EQUIPO BÁSICO DEL CUBÍCULO DE ADMISIÓN



DE PACIENTES OBSTÉTRICAS



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



1) Lavamanos



2) Fuente de oxígeno



3) Servicios sanitarios separados para el público y para el personal



4) Camilla de exploración ginecobstétrica, con grada o escalera



5) Lámpara para exploración



6) Instrumental y materiales para la exploración ginecológica y obstétrica: juego de espéculos, pinzas de Forester, guantes estériles y no estériles, torundas y cuadros de gasa estéril, aplicadores de algodón, tensiómetro, estetoscopio biauricular, estetoscopio de auscultación fetal, cinta métrica, balanza de plataforma, balde, lubricante, torniquete (Esta en B), martillo de reflejos.



7) Instrumental y materiales para la exploración general: termómetro, bajalenguas, foco de baterías y acceso a equipo diagnóstico



8) Equipo para atención de parto de emergencia



9) Papelería de hospitalización (historia clínica, carné perinatal, hojas de atención al período de dilatación y borramiento, al expulsivo, registro médico para el recién nacido, hojas de atención en urgencias)



10) Camillas de transporte con baranda y sillas de ruedas con porta gigante



11) Equipo para curaciones, drenaje de abscesos , equipo de sutura y curaciones.



12) Torniquete



13) Recipientes con bolsa y tapa para desecho de materiales



14) Recipiente especial para desecho de materiales punzocortantes



15) Cateter y sondas ( Especificar el tamaño.)



16) Equipo para canalizar vía umbilical



17) Fuente de calor (esta en B)



18) Gradilla (repetido en 4)



19) Banquillo de exploración rotativo



20) Toallas estériles



21) Tijeras



22) Reloj de pared



ANEXO D



RECURSOS MÍNIMOS PARA LA ATENCIÓN



DE UN ACCIDENTE CARDIO-RESPIRATORIO



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



D 1: Medicamentos:



1) Lasix en ampollas



2) Sulfato de magnesio



3) Gluconato de calcio



4) Dexametasona



5) Succinilcolina



6) Bicarbonato de sodio



7) Cloruro de potasio



8) Atropina



9) Anticonvulsionantes (fenobarbital, diazepan, epamin)



10) Epinefrina y adrenalina



11) Lidocaina



12) NTG Y otros vasodilatadores (propone emrgencias)



13) Morfina



14) Antiarrítmicos EMER y anestesia



15) Vasopresores anestesia



D2: Equipo:



1) Tabla para masajes



2) Resucitador (Ambu). Completo noenato / adulto



3) Laringoscopio



4) Máscaras para ventilación



5) Desfibrilador. Dice pediatría analizar si dejarlo o no



6) Tubos endotraqueales de diferentes tamaños



7) Catéteres



8) Sondas



9) Torniquete.



10) Aspirador C2



11) Esparadrapo



12) Toma de vias



13) Soluciones I V



14) Sondas varias calibres



15) Equipos toma vía umbilical



16) Jeringas desechables 5 y 10 cc.



17) Equipo 4



18) Mascarilla de adulto o niño



ANEXO E



EQUIPO MÍNIMO PARA LOS CUBÍCULOS



SÉPTICO Y ASÉPTICO



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



E1: Equipo y condiciones físicas:



1) Un lavamanos con jabón toallas desechables



2) Una fuente de oxígeno



3) Camilla de exploración ginecobstétrica, con grada



4) Lámpara de exploración



5) Servicios sanitarios para usuarias y para personal



E2: Instrumental y materiales para exploración ginecológica y obstétrica:



1) Juego de espéculos,



2) pinzas de forester,



3) guantes estériles y no estériles,



4) torundas y cuadros de gasa estériles,



5) aplicadores de algodón,



6) tensiómetro,



7) estetoscopio biauricular,



8) estetoscopio de auscultación fetal,



9) cinta métrica no estensible,



10) balanza de plataforma,



11) balde y



12) lubricante.



E3: Instrumental y materiales para la exploración general:



1) termómetro,



2) bajalenguas,



3) foco de baterías y



4) acceso a equipo de diagnóstico.



E4: Equipo para la atención de parto de emergencia:



ANEXO F



RECURSOS MÍNIMOS DE LAS UNIDADES DE ATENCIÓN



DE EXPULSIVO Y ALUMBRAMIENTO



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



1) Cama de atención de parto, con los elementos para el sostén de las piernas y mecanismos de cambio de altura de la mesa y posiciones de Fowler y Trendelenburg



2) Lámpara cielítica



3) Tensiómetro, estetoscopio biauricular, estetoscopio de auscultación fetal en cada una de las unidades de atención al expulsivo. Disponibilidad de auscultación fetal con sistema Doppler



4) Ropa estéril



5) Equipo básico de fórceps obstétrico



6) Equipo básico para atención de un parto normal



7) Equipo básico para episiotomía y epiperineorrafia



8) Atención del recién nacido: mesa calefaccionada, pedíometro, pesa, sondas gástricas, termómetro, alcohol, ungüento oftálmico, vitamina K



9) Equipo de corte y liga de cordón umbilical



10) Equipo de oxigeno



11) Aspirador



12) Agujas



13) jeringas varios calibres



14) Conexiones



15) Oxitocina



16) Metergín



17) Lidocaina



18) Soluciones intravenosas



ANEXO G



EQUIPO BÁSICO PARA LA SECCIÓN DE INTERNAMIENTO DEL SERVICIO DE CIRUGÍA



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



1) Un monitor con desfibrilador por cada 25 camas ocupadas



2) Un electrocardiógrafo por cada 25 camas ocupadas



3) Una bomba de succión de tórax por cada 12 camas ocupadas



4) Un esfignomanómetro por cada 12 camas ocupadas



5) Un evacuador por cada 3 camas ocupadas



6) Una camilla disponible 24 horas al día (puede ser compartida con otro servicio)



7) Una andadera por cada 12 camas ocupadas



8) Un termómetro por cada cama (se recomienda desechable)



9) Una lámpara de cuello de ganso por cada 6 camas ocupadas



10) Guantes estériles y no estériles



11) Una sonda de tórax por cada 25 camas ocupadas



12) Un sello Agua por cada 25 camas ocupadas y equipo para colocar las sondas Foley



13) Una sonda nasogástrica por cada 25 camas ocupadas



14) Negatoscopio



ANEXO H



EQUIPO BÁSICO PARA EL SERVICIO



DE MEDICINA INTERNA



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



1) Una balanza de plataforma por cada 30 camas ocupadas



2) Un evacuador gástrico por cada 5 camas ocupadas



3) Un monitor por cada 10 camas ocupadas



4) Una toma de oxígeno por cada 2 camas



5) Una bomba de infusión por cada 10 camas ocupadas



6) Mitad de las camas con barandas de seguridad



7) Un estetoscopio por cada 12 camas ocupadas



8) Un gigante por cada cama



9) Un esfignomanómetro por cada 10 camas ocupadas



10) Un desfibrilador por servicio



11) Un aspirador por cada 10 camas



12) Dos electrocardiógrafos por servicio



13) Dos glucómetros con frasco de cintas por servicio



14) Negatoscopio



ANEXO I



EQUIPO BÁSICO PARA LA SECCIÓN



DE INTERNAMIENTO GINECOLÓGICO



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



1) Un esfignomanómetro por cada 12 camas ocupadas



2) Un equipo de diagnóstico por cada 24 camas ocupadas



3) Espéculos grandes, medianos y pequeños (recomendable desechables)



4) Guantes estériles y no estériles



5) Una lámpara cuello de ganso por camilla ginecológica



6) Un banco giratorio por cada camilla ginecológica



7) Un termómetro por cada cama (recomendable desechable)



8) Baja lenguas



9) Un juego de Papanicolau



10) Un juego para frotis vaginal



11) Un juego para hemocultivos



12) Un juego de gases arteriales



13) Un juego de biopsia de cuello



14) Un tanque de oxígeno con su equipo por cada 10 camas ocupadas



15) Una pinza Kelly recta por cada 6 camas ocupadas



16) Una pinza Forester por cada 3 camas ocupadas



17) Una pinza de cuello por cada 6 camas ocupadas



18) Un foco con baterías



19) Un electrocardiógrafo por servicio



20) Un juego de electrodos



21) Un aspirador móvil por cada 20 camas ocupadas



22) Un juego de cucharillas de Novack por cada 30 camas ocupadas



23) Hilo crómico 30



24) Hilo seda 30



25) Negatoscopio



26) Sondas vesicales Nº 20



27) Equipo de sutura



28) Equipo de curaciones



ANEXO J



EQUIPO BÁSICO PARA LA SECCIÓN



DE INTERNAMIENTO DE PEDIATRÍA



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



1) Un esfignomanómetro por cada doce camas ocupadas



2) Un equipo de diagnóstico



3) Un foco



4) Un infantómetro por servicio



5) Un podiómetro por servicio



6) Una cinta métrica no extensible



7) Dos balanzas para lactantes



8) Dos balanzas de plataforma



9) Un martillo de reflejos



10) Un monitor completo por cada quince camas ocupadas



11) Un electrocardiógrafo por servicio



12) Acceso a una bomba de succión de tórax por cada doce camas ocupadas.



13) Un aspirador por cada tres camas ocupadas



14) Una camilla exclusiva por servicio



15) Una andadera por cada doce camas ocupadas



16) Un evacuador por cada quince camas ocupadas



17) Una fuente de oxígeno completa por cama



18) Un cilindro portátil por cada quince camas ocupadas



19) Una bomba de infusión por cada cinco camas ocupadas



20) Un halo por cada dos camas ocupadas (diferentes tamaños)



21) Dos unidades de fototerapia por servicio (una móvil y una fija)



22) Una cánula nasal desechable por cama



23) Un oxímetro de pulso por cada diez camas ocupadas



24) Un estetoscopio por cada médico y enfermera



25) Un ventilador pulmonar de traslado de servicio



26) Una incubadora abierta básica por servicio



27) Una incubadora cerrada por cada quince camas ocupadas



28) Un termómetro por cama



29) Un gigante por cada cama



30) Un colchón de agua por cada diez camas ocupadas



31) Una bomba de sangre por servicio



32) Una lámpara de cuello de ganso por cada seis camas ocupadas



33) Un biombo por servicio



34) Negatoscopio



ANEXO K



EQUIPO MÍNIMO DE LOS QUIRÓFANOS DE HOSPITALES



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



1) Una mesa de operaciones, con los cambios de posición básicos



2) Lámpara cielítica y sistema de iluminación de emergencia



3) Soportes para sueros (Nº 2)



4) Mesa semicircular de instrumentos



5) Mesa de Mayo



6) Recipientes para desecho de materiales



7) Tomas de corriente eléctrica de 110 y 220 voltios con dispositivos de seguridad



8) Suministro de oxígeno



9) Sistema de aspiración al vacío, recomendablemente de tipo central por tubería en la pared, o en su defecto, móviles de transporte, exclusivos para cada sala de cirugía



10) Máquina de anestesia con:



a) Límite de relación O2/N2O mínimo de 25%



b) Flujo mínimo de 250 a 300 centímetros cúbicos por minuto



c) Alarma de baja presión de oxígeno en el sistema de alimentación



d) Botón de flujómetro de oxígeno claramente diferenciado, incluso por tacto



e) Alarma de desconexión del circuito



f) Alarma de desconexión del paciente



g) Alarma de desconexión de la máquina



11) Vaporizador de gases anestésicos, exclusivo para cada sala de operaciones, con banco giratorio para el anestesista, mesa de instrumental para anestesia, equipos de anestesia general y de anestesia regional.



12) Gabinetes de acero inoxidable, con puertas, en la sala de operaciones, o de acceso inmediato al quirófano, para el manejo de materiales estériles en cirugía: ropa, materiales de sutura, aspiración, venoclisis, equipo para transfusión de sangre con bomba de presión



13) Dotación de un sistema central apropiado de circulación de aire, preferiblemente con disponibilidad individual de aire acondicionado.



14) Monitores de ventilación:



a) Presión de flujo de gases



b) Volúmenes ventilatorios



15) Monitores de oxigenación (oxímetro)



16) Monitor de temperatura ambiental de la sala de operaciones



17) Monitores de circulación:



a) Presión arterial automático



b) Electrocardiógrafo



c) Frecuencia cardiaca



d) Estetoscopio precordial.



18) Sistema de evacuación de gases



ANEXO L



NECESIDADES DE RECURSO HUMANO PARA NUTRICIÓN



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



L1. Profesionales en nutrición según número de camas del hospital:



Mínimo de



Camas Nutricionistas Puesto



Menos de 100 2 Un Nutricionista Jefe



Un Nutricionista Clínico



100 - 200 3 Un Nutricionista Jefe



Dos Nutricionistas Clínicos



200 - 400 5 Un Nutricionista Jefe



Un Nutricionista Subjefe



Tres Nutricionistas Clínicos



400 - 600 8 Un Nutricionista Jefe



Un Nutricionista Subjefe



Seis Nutricionistas Clínicos



Más de 600 * 8 Un Nutricionista Jefe



Un Nutricionista Subjefe



Seis Nutricionistas Clínicos



* Por cada ochenta camas adicionales, un nutricionista clínic@ adicional.



L2 Personal técnico o asistente:



1) Asistentes Administrativ@s:



Al menos un@ asistente administrativ@ en hospitales con más de cuatrocientas camas ocupadas.



3) Técnic@s en Nutrición:



Al menos un/a por cada cien camas ocupadas.



4) Cociner@s:



Al menos dos cociner@s para preparar hasta cien raciones y una cociner@ por cada cien raciones adicionales.



5) Auxiliares de cocina:



Al menos un auxiliar por cada diez raciones producidas.



6) Bodeguer@s y auxiliares de bodega:



Al menos un bodeguer@ o auxiliar de bodega para doscientas raciones y un@ por cada doscientas raciones adicionales.



7) Secretari@s:



Al menos una secretari@.



ANEXO M



CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DE LA PLANTA FÍSICA



DEL SERVICIO DE NUTRICIÓN



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



1) Pisos: Deben ser lisos, no porosos, impermeables, lavables y antideslizantes. Contar con desnivel mínimo del 2% hacia el desagüe.



2) Paredes: Deben ser de acabado liso, no poroso, impermeables y de fácil lavado.



3) Cielo raso: Deben ser lisos, pintados de color claro, con recubrimiento impermeable de fácil lavado y de diseño que no acumule polvo.



4) Uniones: Las uniones entre pared y pared, pared y piso deben ser cóncavas.



5) Puertas: Las puertas de acceso al servicio deben abrir hacia afuera y tener un mecanismo automático de cierre. Deben ajustarse completamente a los marcos y deberán ser de material que facilite su limpieza.



6) Ventanas: Deben llevar malla desmontable para facilitar el aseo. Si se utiliza cualquier otro tipo de abertura al exterior, por ejemplo: bloc ornamental, es necesario que sea protegido con malla. Todas las ventanas a la altura de la viga banquina o buque inferior de la ventana llevarán una inclinación de cuarenta y cinco grados hacia adentro.



7) Ventilación: Los servicios deben contar con ventilación natural o artificial que garantice una temperatura ambiental que no sea incómoda o inconveniente para el personal y público. Las campanas extractoras de olores, calor, vapor y otros deben estar construidas en acero inoxidable para permitir su fácil limpieza y recubierta de material aislante para evitar el recalentamiento de las áreas adjuntas.



8) Iluminación: Será natural y con suficiente alumbrado artificial. Se recomienda que sea luz blanca. Las lámparas ubicadas sobre el área de preparación contará con protecciones para evitar la caída de vidrios en caso de rompimiento accidental del bombillo.



9) Flujo de Trabajo: La ubicación de las distintas áreas de trabajo debe permitir una secuencia lógica de la línea de proceso.



10) Consultorio (consulta externa): El consultorio debe contar con sala de espera. La oficina debe asegurar privacidad, tener iluminación y ventilación adecuada con espacio necesario para la ubicación del equipo y material requerido. Este local debe contar con servicio sanitario, con las especificaciones definidas por el Departamento de Seguridad e Higiene Industrial del Ministerio de Salud.



ANEXO N



EQUIPO MÍNIMO POR ÁREA



DEL SERVICIO DE NUTRICIÓN



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



N1 Área de producción:



a) Balanza para pesar alimentos



b) Cámara frigorífica o cuarto frío



c) Pelador de vegetales



d) Licuadora industrial



e) Triturador de desperdicios



f) Abre Latas



g) Procesador de alimentos



h) Cocina industrial



i) Horno



j) Sartén inclinable o marmita



k) Batidora



l) Campana extractora



m) Pilas de acero inoxidable, en cada sección de trabajo



n) Lavatorio, dispensador de jabón y secador de manos



ñ) Lavadora de vajilla



o) Carros transportadores



p) Ollas y sartenes de diferente tamaño



q) Basurero con tapa



N2 Área de distribución:



a) Mesa caliente con compartimentos



b) Mesa Fría



c) Dispensador de refrescos



d) Urna para café o percolador



e) Bandejas, platos, vasos, cubiertos y otros



f) Lavatorio, dispensador de jabón y toallas desechables



g) Dispensador de bandejas y cubiertos



h) Mesas y sillas



i) Basurero con tapa



N3 Área de Aseo:



a) Pileta para el lavado de artículos de aseo.



b) Estantes para utensilios de limpieza



c) Basurero con tapa



N4 Área consulta externa:



a) Balanza de plataforma



b) Cinta Métrica no extensible



c) Tallímetro



d) Calibrador



e) Modelos de Alimentos



f) Material educativo de apoyo



N5 Área de Educación:



a) Pizarra



b) Sillas



c) Borradores.



d) Marcadores, tiza



N6 Área de Atención Personal:



a) Los servicios sanitarios y vestidores deben disponer de lo siguiente:



i) Inodoro



ii) Dispensador de Jabón



iii) Lavamanos



iv) Ducha



v) Secador de Manos



b) Vestidores:



i) Casilleros separados por sexo



ii) Espejos



iii) Duchas



ANEXO P



INDICADORES BÁSICOS DEL HOSPITAL



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



P1. Indicadores general del establecimiento:



1) Infecciones:



i. Frecuencia de egresos del establecimiento con diagnóstico de infección intrahospitalaria



2) Mortalidad:



i. Tasa de mortalidad



3) Producción:



i. Costo promedio día-cama



ii. Giro-cama



iii. Índice o porcentaje ocupacional



iv. Promedio de días de estancia



4) Traslados:



i Frecuencia de traslados a otras unidades de atención médica



5) Egresos:



i. Desglose de egresos por patología



P2. Servicio de Obstetricia y Atención al Recién Nacido:



1) Infecciones:



i. Frecuencia de egresos de la sección con diagnóstico de infección intrahospitalaria



2) Producción:



i. Horas de utilización efectiva de las sales de operación y promedio diario (solo para salas exclusivas de obstetricia)



ii. Costo promedio día-cama



iii. Giro-cama



iv. Indice o porcentaje ocupacional



v. Promedio de días de estancia



vi. Promedio mensual de mujeres atendidas en la sección de recuperación post-parto



3) Mortalidad:



i. Tasa de mortalidad infantil neonatal



ii Tasa de mortalidad infantil neonatal precoz



iii. Tasa de mortalidad infantil neonatal tardía



iv. Tasa de mortalidad infantil perinatal



v. Tasa de mortalidad infantil residual



vi. Tasa de mortalidad materna



4) Cirugías:



i. Número promedio de cirugías practicadas en el primer turno



ii. Número promedio de cirugías practicadas en el segundo turno



iii. Número promedio de cirugías practicadas en el tercer turno



iv. Tiempo promedio de la cirugía obstétrica más frecuente



v. Tiempo promedio de la segunda cirugía obstétrica más frecuente



vi. Tiempo promedio de la tercera cirugía obstétrica más frecuente



vii. Tiempo promedio de las cirugías obstétricas



5) Complicaciones:



i. Porcentaje de complicaciones en el área de recuperación post-parto



ii. Porcentaje de complicaciones médicas



iii. Porcentaje de complicaciones quirúrgicas



6) Nacimientos:



i. Porcentaje de nacidos con bajo peso al nacer (menos de 2500 gramos)



ii. Porcentaje de nacidos de pretérmino (de 20 a 37 semanas de edad gestacional)



iii. Porcentaje de nacimientos por operación de fórceps obstétrico



7) Atención del Parto:



i. Porcentaje de cesáreas intra parto



ii. Porcentaje de las mujeres atendidas con parto conducido



iii. Porcentaje de las mujeres atendidas con parto espontáneo



iv. Porcentaje de las mujeres atendidas con parto inducido



v. Porcentaje de partos de alto riesgo



vi. Porcentaje de utilización de fórceps



vii. Promedio de estancia de las mujeres en el área de recuperación post-parto



viii. Porcentaje de nacimientos por operación cesárea



ix. Porcentaje de mujeres atendidas con registro completo en el cervicograma



8) Traslados:



i. Frecuencia de traslados de las madres a otras unidades de ención médica



ii. Frecuencia de traslados de los neonatos a otras unidades de atención médica



9 Egresos:



i Desglose de egresos por patologías



P3. Servicio de Cirugía:



1) Infecciones:



i. Frecuencia de egresos de la sección con diagnóstico de infección intrahospitalaria



2) Interconsultas:



i. Frecuencia de interconsulta a otras disciplinas medicas



3) Producción:



i. Costo promedio día-cama



ii. Giro de cama



iii. Horas de utilización efectiva de las salas de operación y promedio diario



iv. Índice o porcentaje ocupacional



v. Promedio de días de estancia



4) Mortalidad:



i. Tasa de mortalidad



5) Cirugías:



i. Número promedio de cirugías practicadas en el primer turno



ii. Número promedio de cirugías practicadas en el segundo turno



iii. Número promedio de cirugías practicadas en el tercer turno



iv. Tiempo promedio de las cirugías



v. Tiempo promedio de la cirugía más frecuente



vi. Tiempo promedio de la segunda cirugía más frecuente



vii. Tiempo promedio de la tercera cirugía más frecuente



6) Complicaciones:



i. Porcentaje de complicaciones médicas



ii. Porcentaje de complicaciones quirúrgicas



iii. Porcentaje de complicaciones en el área de recuperación



7) Atención:



i. Promedio mensual de usuarios atendidos en la sección de recuperación



ii. Promedio de estancia en el área de recuperación



8) Traslados:



i. Frecuencia de traslados de pacientes a otras unidades de atención médica



9) Egresos:



i. Desglose de egresos por patologías



P4. Servicio de Medicina Interna:



1) Infecciones:



i. Frecuencia de egresos de la sección con diagnóstico de infección intrahospitalaria



2) Interconsultas:



i. Frecuencia de interconsulta a otras disciplinas médicas.



3) Producción:



i. Costo promedio día-cama



ii. Giro de cama



iii. Indice o porcentaje ocupacional



iv. Promedio de días de estancia



4) Mortalidad:



i. Tasa de mortalidad



5) Complicaciones:



i. Porcentaje de complicaciones médicas



6) Traslados:



i. Frecuencia de traslados de pacientes a otras unidades de atención médica



7) Egresos:



i. Desglose de egresos por patologías



P5. Servicio de Ginecología:



1) Infecciones:



i. Frecuencia de egresos de la sección con diagnóstico de infección intrahospitalaria



2) Interconsultas:



i. Frecuencia de interconsulta a otras disciplinas medicas



3) Producción:



i. Costo promedio día-cama



ii. Giro de cama



iii. Índice o porcentaje ocupacional



iv. Promedio de días de estancia



4) Mortalidad:



i. Tasa de mortalidad



5) Cirugías:



i. Número promedio de cirugías ginecológicas practicadas en el primer turno



ii. Número promedio de cirugías ginecológicas practicadas en el segundo turno



iii. Número promedio de cirugías ginecológicas practicadas en el tercer turno



iv. Tiempo promedio de las cirugías ginecológicas



v. Tiempo promedio de la cirugía ginecológica más frecuente



vi. Tiempo promedio de la segunda cirugía ginecológica más frecuente



vii. Tiempo promedio de la tercera cirugía ginecológica más frecuente



6) Complicaciones:



i Porcentaje de complicaciones médicas



ii. Porcentaje de complicaciones quirúrgicas



7) Traslados:



i. Frecuencia de traslados de pacientes a otras unidades de atención médica



8) Egresos:



i. Desglose de egresos por patologías



P6. Servicio de Pediatría:



1) Infecciones:



i. Frecuencia de egresos de la sección con diagnóstico de infección intrahospitalaria



2) Interconsultas:



i. Frecuencia de interconsulta a otras disciplinas medicas



3) Producción:



i. Costo promedio día-cama



ii. Giro de cama



iii. Índice o porcentaje ocupacional



iv. Promedio de días de estancia



4) Mortalidad:



i. Tasa de mortalidad



5) Complicaciones:



i. Porcentaje de complicaciones médicas



ii. Porcentaje de complicaciones quirúrgicas



6) Traslados:



i. Frecuencia de traslados de pacientes a otras unidades de atención médica



7) Egresos:



i. Desglose de egresos por patologías



8) Calidad de la Atención:



i. Registro periódico del grado de satisfacción de los usuarios atendidos



ii. Registro periódico del grado de satisfacción de los trabajadores del hospital



iii. Diagnóstico anual de la situación de las secciones con internamiento



ANEXO Q



ORDENAMIENTO DE LOS ELEMENTOS CONTENIDOS



EN EL EXPEDIENTE CLÍNICO



(Este anexo es parte integrante de la norma)



1) Identificación



2) Epicrisis



3) Anamnesis



4) Lista de problemas



5) Examen físico



6) Evolución y tratamiento hospitalario



7) Exámenes de laboratorio



8) Estudios radiológicos



9) Estudios especiales



10) Registros auxiliares de diagnóstico



11) Registros de enfermería



12) Registros de otras especialidades



ANEXO R



INSTITUCIONES RELACIONADAS CON LA AUTORIZACIÓN



DE UBICACIÓN DE EDIFICACIONES



(Este anexo forma parte integrante de la norma)



1) En el ámbito nacional, en cabeceras de provincia o bien dentro de la Gran Área Metropolitana (GAM), está regulada por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.



2) A nivel Local, fuera de la GAM, permiso de ubicación Municipal correspondiente.



3) Además deberá contar con el permiso específico de:



a) Dirección General de Aviación Civil, en casos de cercanía a los aeropuertos



b) Instituto Costarricense de Ferrocarriles, en caso de cercanía de vías férreas



c) Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en caso de cercanía de carreteras nacionales



d) Instituto Costarricense de Electricidad, en caso de cercanía con líneas de alta tensión.



 




Ficha articulo



Artículo 2º-El Ministerio de Salud velará por su correcta aplicación.

 


Ficha articulo



Artículo 3º-Deróguese el Decreto Ejecutivo N° 30002-S de 26 de noviembre del 2001.

 


Ficha articulo



Artículo 4º-Rige a partir de su publicación.

 

 


Ficha articulo





Fecha de generación: 24/2/2024 15:41:41
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