Texto Completo acta: EB835
N° 27084-PLAN
N° 27084-PLAN
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N°
37498 del 9 de noviembre de 2012, "Derogatoria de normativa que comprenda
órganos interinstitucionales constituidos ad hoc que hayan concluido su ciclo
operativo o haya entrado en desuso")
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA
En ejercicio de las facultades que les confieren las disposiciones contenidas en los artículos 140. incisos 3) y 18) de la Constitución Política, 27.1 v 28.2.b de la Ley General de la Administración Pública (No 6227 del
2 de mayo de 1978). 19 y 21 de la Ley de Planificación Nacional (N° 5525 de 2 de mayo de 1974).
Considerando:
I.-Que mediante Decreto Ejecutivo No 23629-PLAN de 29 de agosto de 1994 se creó la Comisión Presidencial (COPRE), para coordinación de actividades de reforma institucional y reestructuración del Estado, con respecto a la definición de políticas generales y proyectos específicos.
II.-Que para el buen funcionamiento de la Comisión y Presidencial (COPRE), se hace necesario modificar su integración. Por tanto,
DECRETAN:
Artículo 1"-Modifíquese el Artículo 2° del Decreto Ejecutivo N° 23629-PLAN de 29 de agosto de 1994, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
"Artículo 2°-La Comisión Presidencial estará integrada por:
a) el Ministro de Hacienda;
b) el Presidente Ejecutivo del Banco Central de Cosía Rica;
c) la Viceministra de Planificación Nacional y Política Económica; y
d) dos asesores de la Presidencia, nombrados por el Presidente de la República.
Uno de los asesores presidenciales presidirá la Comisión.
Ficha articulo
Artículo 2°Para los efectos del inciso d) del Artículo 2° del
Decreto Ejecutivo N° 23629-PLAN de 29 de agosto de 1994. reformado por Artículo 1 del
presente decreto, nómbrese a los señores Andrés Rodríguez Clare y Alberto Dent
Zeledón. Presidirá la Comisión el asesor Rodríguez Clare.
Ficha articulo
Artículo 3°-Rige a partir del ocho de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
Ficha articulo
Fecha de generación: 5/3/2024 06:58:25