Texto Completo acta: 6F577
CIRCULAR Nº 123-2003
Circular 123-2003
(Nota de Sinalevi:
Esta norma fue reiterada mediante circular N° 320 del 12 de diciembre de 2023 y
publicada en el Boletín Judicial N° 235 del 20 de diciembre de 2023)
Asunto: Obligación del Ministerio Público de coadyuvar en
la localización y comparecencia de los testigos
A TODAS LAS AUTORIDADES PENALES,
DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO PÚBLICO Y
DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN
JUDICIAL DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior en sesión Nº 78-2003, celebrada el 16 de octubre del 2003, artículo
XXXI, dispuso comunicarles que de conformidad con lo que establece el artículo
324 del Código Procesal Penal, es obligación del Ministerio Público, coadyuvar
en la localización y comparecencia de los testigos que se hayan propuesto para
un juicio, y que resulta conveniente que en la etapa preparatoria, realice una
adecuada coordinación con los investigadores del Organismo de Investigación
Judicial encargados del caso en concreto, con el fin de que se establezcan los
controles necesarios para obtener la información para la ubicación de los
testigos ofrecidos, con el fin de corroborar si la dirección del domicilio
brindada en su oportunidad por el imputado en su declaración es la
correcta.
San José, 12
de noviembre del 2003.
Ficha articuloFecha de generación: 1/3/2024 09:42:18