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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27073 >> Fecha 08/05/1998 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 27073
Reforma al reglamento general del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN)
Texto Completo acta: 983FF N° 27073-PLAN
N° 27073-PLAN
 
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA,

    En uso de las facultades establecidas en el inciso 18) del artículo 140 de la Constitución Política y en el inciso 1) del artículo 25 de la Ley General de la Administración Pública,



Considerando:



    I.—Que mediante decreto ejecutivo No 23323-PLAN del 17 de mayo de 1994, publicado en "La Gaceta" N° 102 del 27 de mayo de 1994, se promulgó el "Reglamento General del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN)".
    II.—Que es necesario readecuar algunos elementos de la organización interna de MIDEPLAN, para garantizar el cumplimiento eficiente de los objetivos establecidos por Ley y aquellos prioritarios dentro de la gestión de Gobierno, dada su función asesora y de apoyo técnico a la Presidencia de la República. Por tanto,

DECRETAN:



    Artículo 1°—Refórmase el decreto ejecutivo N° 23323-PLAN del 17 de mayo de 1994, "Reglamento General del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN)", de la siguiente manera: modifíquense el inciso c) del artículo 8°, el artículo 9° y el inciso e) del artículo 11; adiciónense al artículo 8° los incisos d) y e); agréguese un nuevo artículo 13 y córrase la numeración del articulado a partir del numeral incorporado. Todo lo cual se leerá de la siguiente manera:



"Artículo 8°— …

 

c) La Oficialía Mayor tendrá a cargo la supervisión del Área Administrativa de la institución y contará con una Unidad de Sistemas y con un Centro de Documentación (CEDOP).

 

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 27596 del 4 de enero de 1999)

 

d) La Dirección Ejecutiva será dependencia directa del Despacho Ministerial y estará a cargo de un Director Ejecutivo, cuyo nombramiento y remoción corresponderá al Ministro de MIDEPLAN. La Dirección Ejecutiva tendrá las siguientes funciones:
i) Dirigir la ejecución de los lineamientos y directrices emitidos por el Ministro y el Viceministro de MIDEPLAN para organizar, coordinar y controlar todas las actividades que realizan cada una de las diferentes instancias de MIDEPLAN, garantizando el desarrollo de las mismas con el mayor grado de eficiencia y eficacia.
ii) Facilitar al Consejo de Asesoría Presidencial todas aquellas acciones que dentro de las competencias establecidas para este Ministerio, garanticen el cumplimiento efectivo del mandato de Ley y las directrices y lineamientos presidenciales.
iii) Informar a las autoridades superiores sobre el desarrollo de las actividades de MIDEPLAN.
iv) Representar al Ministro y al Viceministro en los casos que por delegación se designe.
v) Constituirse en vínculo entre el Despacho Ministerial y las instancias técnicas y administrativas del Ministerio.
vi) Colaborar en la formulación, el cumplimiento y la realización del Plan Nacional de Desarrollo y del Sistema Nacional de Evaluación con el Despacho Ministerial y el Consejo de Asesoría Presidencial.
vii) Elaborar y someter al Ministro los proyectos ministeriales de presupuesto anual, los extraordinarios y las modificaciones a éstos.
viii) Ejercer las demás funciones que se le asignen.
e) El Área Administrativa estará integrada por dos procesos:
i) Proceso Administrativo, que comprende las actividades de administración de recursos humanos, administración de recursos materiales y administración de servicios generales.
ii) Proceso Financiero, que comprende las actividades de contabilidad, tesorería y presupuesto.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 27596 del 4 de enero de 1999)



 

Artículo 9°—Para un eficaz cumplimiento de las funciones contempladas en este Reglamento, MIDEPLAN dirigirá sus esfuerzos hacia cuatro áreas prioritarias. Para el funcionamiento idóneo de esas áreas, MIDEPLAN tendrá una estructura flexible que le permita adecuarse a la evolución del desarrollo nacional. Estas áreas son:
a) Análisis del Desarrollo
b) Evaluación y Seguimiento
c) Preinversión y Recursos Externos
d) Modernización del Estado
 
Artículo 11.—. . .
e) Para el cumplimiento de sus funciones esta área contará con las siguientes unidades:
i) Unidad de Acciones de Gobierno
ii) Unidad de Inversiones
Artículo 13.—Área de Modernización del Estado. Sus funciones son:
a) Actualizar el perfil institucional de las entidades que conforman el Sector Público con el fin de mantener la visión global y de conjunto del Estado Costarricense, mediante la coordinación y el análisis de procesos de reforma institucional, bajo criterio de racionalidad administrativa, productividad, eficiencia y mejoramiento de los servicios públicos.
b) Promover procesos de desconcentración institucional para mejorar la prestación de servicios públicos a los ciudadanos, especialmente en zonas rurales.
c) Elaborar estrategias tendientes a identificar bienes y servicios del sector público, factibles de ser contratados con el sector privado, que permita una gestión más efectiva, oportuna y de menor costo.
d) Diseñar políticas, estrategias y establecer prioridades generales en el campo de la descentralización, modernización y fortalecimiento de Municipalidades, propiciando mecanismos técnicos y legales para concretar el traslado de competencias, responsabilidades y recursos, a entidades regionales, Gobiernos Locales y comunidades.
e) Realizar estudios e investigaciones especiales de acuerdo con las concepciones del nuevo papel del Estado moderno.
f) Para el cumplimiento de sus funciones esta área contará con las siguientes unidades:
i) Unidad de Reforma Institucional
ii) Unidad de Fortalecimiento Municipal
iii) Unidad de Estudios Especiales"

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    Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.
    Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

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Fecha de generación: 23/2/2024 22:27:57
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