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 Normativa >> Decreto TSE 18 >> Fecha 10/11/2005 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 18
Uso de Distintivo para las Papeletas de las elecciones del 2006
Texto Completo acta: 956D4 Nº 18-2005

Nº 18-2005



 



El Tribunal Supremo de Elecciones, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 27 del Código Electoral,



 



DECRETA:



 



Artículo 1º-Distintivo de las papeletas elecciones 2006. Las papeletas que se usarán para la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República, Diputados a la Asamblea Legislativa y Regidores Municipales en las Elecciones Generales del próximo 5 de febrero del 2006, llevarán al dorso, en el cuadrante inferior izquierdo de cada papeleta, un distintivo conformado por los elementos que se describen a continuación:



 



. Área circular con el dibujo de dos columnas, con un capitel en cada uno de sus extremos que las entrelaza visualmente.



 



. Al centro de las columnas el texto "2006-2010" en letra tipo friz quadrata, a 39 puntos. Alrededor del distintivo la leyenda "Tribunal Supremo de Elecciones" en la misma tipografía a 17 puntos.



 



. Tiene un tamaño de 7.9 centímetros de diámetro y se imprime a dos tintas, según el color correspondiente a cada papeleta.




 




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Artículo 2º-Tamaño de las papeletas. Todas las papeletas tendrán un tamaño de 8.5 pulgadas de alto por 13.75 de ancho, y el contenido se colocará en sentido horizontal.




 




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Artículo 3º-Color y diseño de cada papeleta. Las papeletas para presidente serán de color blanco con detalles de seguridad en cyan y negro; para Diputados color cyan con detalles en blanco y negro; para Regidores color magenta con detalles en blanco y negro. El color será el mismo por ambos lados de la papeleta.




 




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Artículo 4º-Tramas. Se utilizará una trama exclusivamente diseñada para el retiro (dorso) de las papeletas, cuyo diseño es el mismo para las tres, variando sólo el color.




 




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Artículo 5º-Texto en las papeletas. El texto de las papeletas tendrá los siguientes elementos comunes:



En la parte izquierda del encabezado aparecerá el escudo de Costa Rica, al centro del texto que distingue a cada papeleta y a la derecha del encabezado el logotipo del Tribunal Supremo de Elecciones.



La papeleta blanca consigna el siguiente texto: Elecciones 2006- 2010, Presidente y Vicepresidentes de la República.



La papeleta cyan consigna el siguiente texto: Elecciones 2006-2010, Diputados



La papeleta magenta consigna el siguiente texto: Elecciones 2006- 2010, Regidores.




 




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Artículo 6º-Casillas con candidatos. Los partidos políticos que participan en esta elección se ubicarán en dos filas, una bajo la otra, y el texto referido en el párrafo segundo del artículo anterior irá en el centro de la papeleta. Cuando se trate de un número impar de partidos políticos, la fila mayor irá arriba.




 




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Artículo 7º-Borde vertical izquierdo de las papeletas. Las papeletas serán encoladas en talonarios que tendrán en su parte izquierda un talón en donde se consigna el encabezado de la papeleta con la numeración, de forma tal que al desprender la papeleta, este talón es el que queda adherido al talonario.




 




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Artículo 8º-Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.



 



Publíquese en el Diario Oficial y comuníquese a la Dirección General del Registro Civil y a los partidos políticos con candidaturas inscritas.



 



San José, 10 de noviembre del 2005.



 



 




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Fecha de generación: 6/3/2024 01:00:01
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