Texto Completo acta: 9FFD4
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES
Y
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
(NOTA:
En Las Gacetas N° 191 del 5 de octubre del 2006 y N° 192 del 6 de octubre del
2006, se publicó nuevamente este acuerdo).
La Dirección
General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, avisa:
A todos los
Despachos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia que de conformidad con el
Decreto Ejecutivo Nº 32333-MP-J, publicado en el Alcance Nº 11 a La Gaceta Nº
82 del 29 de abril del 2005, denominado "Reglamento a la Ley Contra la
Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública", Sección Cuarta,
artículo 52, establece que es competencia de Dirección General de
Administración de Bienes y Contratación Administrativa, del Ministerio de
Hacienda, custodiar y llevar un registro actualizado de los bienes caídos en
comiso producto del delito de enriquecimiento ilícito.
En virtud de lo
cual, se les solicita respetuosamente a los despachos judiciales respectivos,
para que una vez firme las sentencias en las que se condene por los delitos de
enriquecimiento ilícito, y producto de ellas el Estado reciba bienes, se
informe a esta Dirección y se proceda a poner en custodia de la misma los
bienes que se encuentren en esa situación, con el fin que esta institución
pueda incorporarlos al Registro que para tal efecto lleva y posteriormente se
defina el destino final de cada uno de ellos, todo lo anterior para dar fiel
cumplimiento a lo preceptuado en la normativa citada.-Dirección de Normas y
Procedimientos.
Ficha articuloFecha de generación: 19/4/2024 21:10:53