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 Normativa >> Acuerdo 0 >> Fecha 04/10/2006 >> Texto completo
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Texto Completo Norma 0
Solicita a los despachos judiciales para que una vez firme las sentencias en las que se condene por los delitos de enriquecimiento ilícito, se informe a la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa
Texto Completo acta: 9FFD4 DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES



Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA



 



PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ



 



(NOTA: En Las Gacetas N° 191 del 5 de octubre del 2006 y N° 192 del 6 de octubre del 2006, se publicó nuevamente este acuerdo).



 



La Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, avisa:



A todos los Despachos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia que de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 32333-MP-J, publicado en el Alcance Nº 11 a La Gaceta Nº 82 del 29 de abril del 2005, denominado "Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública", Sección Cuarta, artículo 52, establece que es competencia de Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, del Ministerio de Hacienda, custodiar y llevar un registro actualizado de los bienes caídos en comiso producto del delito de enriquecimiento ilícito.



En virtud de lo cual, se les solicita respetuosamente a los despachos judiciales respectivos, para que una vez firme las sentencias en las que se condene por los delitos de enriquecimiento ilícito, y producto de ellas el Estado reciba bienes, se informe a esta Dirección y se proceda a poner en custodia de la misma los bienes que se encuentren en esa situación, con el fin que esta institución pueda incorporarlos al Registro que para tal efecto lleva y posteriormente se defina el destino final de cada uno de ellos, todo lo anterior para dar fiel cumplimiento a lo preceptuado en la normativa citada.-Dirección de Normas y Procedimientos.



 




Ficha articulo





Fecha de generación: 19/4/2024 21:10:53
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